Artículo 1°
El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, en adelante también el “SERVICIO o SSMSO”, requiere efectuar la adquisición de “Fármacos asociados a la Canasta de Tele Dermatología” correspondientes al Programa Resolutividad en APS 2025, para la Red de Salud del SSMSO, conforme a las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en las presentes Bases.
El presente llamado y proceso de licitación se enmarca dentro de lo señalado por la Ley N°19.886, su reglamento, y las instrucciones y condiciones de operación del sitio www.mercadopublico.cl .
Artículo 2°: Bases. -
Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Técnicas
III.- Anexos:
Anexo Nº1-A “Identificación del Oferente Persona Natural”.
Anexo Nº1-B “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.
Anexo Nº1-C “Identificación del Oferente Bajo Unión Temporal de Proveedores”.
Anexo Nº2-A “Declaración Jurada Simple”.
Anexo N°2-B “Declaración Jurada de Independencia de la Oferta”
Anexo N°2-C “Declaración Jurada Programa de Integridad”.
Anexo Nº3 “Oferta Económica”.
Anexo N°4 “Características Técnicas”
Anexo N°5 “Fecha de Vencimiento”
Anexo N°6 “Garantía de Reposición”
Anexo N°7 “Plazo de Entrega”.
Artículo 3°: Normativa y Orden de Precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que dará a lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las Presentes Bases Administrativas.
b) Las Bases Técnicas.
c) Los Anexos.
d) Respuestas a las preguntas de los oferentes.
e) La Oferta con todos sus documentos anexos, y aclaraciones a las mismas que hayan sido solicitadas por el bien. Primarán los documentos acompañados por el oferente por sobre el formulario del portal.
f) La Orden de Compra.
g) El Contrato, si lo hubiera.
Artículo 4°: Definiciones. -
Las palabras y conceptos utilizados en las presentes Bases, deberán entenderse en su sentido natural y obvio, salvo que a su respecto concurra alguna definición técnica o legal especial, sin perjuicio de los siguientes conceptos, abreviaciones y definiciones:
- Servicio o SSMSO: El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Concha y Toro 3459, Puente Alto. (Metro línea 4, estación Hospital Dr. Sotero del Río), RUT 61.608.500-K.
- Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el SERVICIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
- Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Adquisición Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Adquisición Pública, sitio http://www.mercadopublico.cl.
- Registro de Proveedores: Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile Proveedores), a cargo de la Dirección de Compras y Adquisición Pública.
- Bases: Las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que regulan los requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el SERVICIO, describen los bienes a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.
- Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que regula, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismo de adjudicación, cláusulas y/o condiciones del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.
- Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
- Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
- Bienes o Servicios: Los especificados en las Bases Técnicas.
- Propuesta: La propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:
a) La Oferta Administrativa, constituida por los antecedentes del Oferente establecidos en el artículo 13º, letra a) de las presentes Bases.
b) La Oferta Técnica, que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos en el artículo 13º, letra b) de estas Bases.
c) La Oferta Económica, es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en el artículo 13º, letra c) de estas Bases.
Forman parte de la respectiva propuesta los siguientes documentos:
- La oferta misma.
- La documentación detallada en el artículo 13° de las presentes Bases.
- Las garantías requeridas, en caso de haber sido solicitadas.
- Las presentes Bases.
- Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.
- Adjudicatario: Oferente cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, ha sido seleccionada por haber obtenido el puntaje más alto conforme los criterios de evaluación.
- Contrato: Contrato de prestación de bienes y/o servicios que celebra el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente y el proponente cuya oferta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación.
- Ejecutor o Proveedor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae las obligaciones derivadas de la presente licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el SERVICIO.
- Referente Técnico: Funcionario/a del SERVICIO, quien tendrá la responsabilidad de coordinar el proceso de ejecución del servicio, actuar como interlocutor con el Proveedor adjudicado, en todo lo relacionado con materias técnicas propias del contrato que regula la relación entre las partes.
- Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el SERVICIO, en todos los asuntos técnicos relativos a la provisión del bien contratado.
- Autoridad Competente: Funcionario del SSMSO, con facultad o delegación de firma para poder emitir los respectivos actos administrativos relativos al presente proceso de contratación.
- Programas de Integridad y Ética Empresarial: Cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir – y si resulta necesario, identificar y sancionar – las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Artículo 5°: Datos de la licitación.
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DATOS DE LA LICITACIÓN
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a) Rubro de la licitación
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INSUMOS DENTALES
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Tiempo máximo de duración del contrato.
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Ejecución inmediata
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Modalidad de Pago
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Contra factura a 30 días, previa recepción conforme de los bienes.
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Tipo de Licitación
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LE: Igual o Superior a 100 e Inferior a 1.000 UTM
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Presupuesto Referencial
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$30.000.000.- CLP Impuestos Incluidos
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Artículo 6°: Plazos. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el Sistema de Información de Compras y Adquisición Pública sitio web http://www.mercadopublico.cl.
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Etapa
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Plazo
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Fecha de Publicación:
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Día 1
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Fecha inicio de preguntas:
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Día 1
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Fecha final de preguntas:
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Día 4
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Fecha de publicación de respuestas:
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Día 7
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Fecha de cierre de recepción de la oferta:
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Día 11, 15:01 horas.
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Fecha de acto de apertura oferta Técnica y Económica
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Día 11, 15:02 horas.
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Fecha de Adjudicación (plazo máximo):
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Día 30 plazo máximo de adjudicación
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Formalización de la Contratación
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Mediante la aceptación de la Orden de Compra por parte del Proveedor.
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Para los efectos de esta licitación, todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, según lo preceptuado en el artículo Nº46, inciso octavo del Decreto. Nº661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración los plazos contemplados en el cuadro anterior no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 115º del Decreto Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
En el caso que la Entidad Licitante deba modificar alguno de los plazos definidos en el presente artículo, automáticamente, se ajustaran los siguientes plazos del cronograma, en la misma cantidad de días, de manera proporcional.
Artículo 7°: Notificaciones, Domicilio y Jurisdicción. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el SERVICIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Puente Alto y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 8°: Gastos. -
Todos los gastos y los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de la licitación o del Contrato, corresponden a los OFERENTES o al ADJUDICATARIO, respectivamente, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del SERVICIO, cualquiera que sea su resultado.
Artículo 9°: Llamado a licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación. -
El llamado a ofertar se publicará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información dentro de un plazo prudencial, a contar de la total tramitación administrativa de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.
Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases y con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en esta oferta pública personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá que estas otorguen mandato con poder suficiente, a una persona natural o jurídica chilena, o que constituyan una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° inc. 4º de la ley Nº19.886, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución del mismo.
a) Por aplicación de lo establecido en el artículo 4°, inciso 1°, de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación, quienes, al momento de presentación de la propuesta hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos años anteriores, o por delitos concursales establecidos en el código penal.
b) Que, infrinja las inhabilidades previstas en el artículo 35 quárter de la Ley N°19.886, agregado por la Ley N°21.634, circunstancia que, además, deberá ser acreditada tanto el momento de la presentación de las respectivas ofertas como al suscribir la correspondiente convención (aplica el criterio contenido en los dictámenes N°E145.242, de 2021 y N°E439.075, de 2024).
Además,
c) Quedan inhabilitados para contratar con el Estado, quienes han sido condenados por delitos económicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 33° de la Ley N°21.595/2023, Ley de Delitos Económicos.
d) Si algunos de los miembros de este oferente, o de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, según se trate, hayan sido condenados a pena de inhabilitación para contratar con el Estado de conformidad con la Ley N°20.393, en los casos que aplique.
e) Si algunos de los miembros de este Oferente, o de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, según se trate, hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N°211 del año 1973.
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48° del Reglamento de la Ley N°19.886, no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 6° de las presentes Bases.
No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El SSMSO realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
El SERVICIO podrá aclarar la Bases, las veces que sean necesarias, hasta el vencimiento del plazo para presentar ofertas, y subsanar o corregir errores ortográficos, numéricos o de referencias detectadas, las que se considerarán parte integrante de las Bases, y será informado ello en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
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![Cuadro de texto: 3.- Presentación y Contenido de las Propuestas-]() |
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el SSMSO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial contabilizado desde la fecha original de cierre de recepción de ofertas, para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Los proponentes podrán presentar sus propuestas en el formato/o anexo indicado en las presentes Bases.
La entrega de las propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto en el cronograma de licitación contenido en el artículo 6° de las presente bases.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.
El SERVICIO tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.
La detección de antecedentes falsos o erróneos, podrá dar lugar a la desestimación de la oferta, invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda.
Las únicas ofertas válidas serán presentadas a través del Sistema de Información, portal http://www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo 115°, numeral 3°, del D.S N°661/2024. Para este último caso, si el ingreso de las ofertas por indisponibilidad del sistema, es en soporte papel, este debe ser en Sobre Cerrado identificando el proceso al que postula adjuntando el respectivo certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente ubicada en Calle Concha y Toro N°3459, Puente Alto. Si no, puede ingresar la oferta de forma electrónica, por indisponibilidad del Sistema debidamente acreditada, vía formulario establecido en el Sistema de Información en el siguiente enlace https://ayuda.mercadopublico.cl/.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
Los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada de requisitos para ofertar, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisible en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.
El contenido de la propuesta será el siguiente:
a) OFERTA ADMINISTRATIVA.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-A.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el proponente.
N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-B.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante legal del proponente.
N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores:
N°1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo N°1-C. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Cada uno de los integrantes de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración (incluyendo el integrante UTP que ingresó la oferta en el Sistema de Información), cada una de las cuales deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante legal de cada miembro de la Unión. Cada miembro de la UTP, debe encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores en Estado Hábil, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación. Además, debe adjuntar documento que da cuenta del acuerdo de participar como UTP, y demás documentación en los términos prescritos en el artículo 181° del DS N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.
N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
a.4) Programas de Integridad y Ética Empresarial (Compliance):
N°1.- Declaración Jurada de Programa de Integridad, contenido en el Anexo N°2-C.
Existe una serie de normativas en materias de compras públicas, referidas a quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro. Bajo dicho contexto y en cumplimiento del dictamen de la Contraloría General de la República Nº E 370752/2023, referido a disminuir los posibles riesgos de corrupción en materias de Compras Públicas, se solicita a los oferentes completar y adjuntar la declaración jurada contenida en Anexo N°2-C, que informa los programas de integridad con que cuenten y cómo ellos fueron informados a su personal (debe adjuntar documento que contenga el programa de integridad declarado). Este aspecto será evaluado en el respectivo criterio, en conformidad al art. 17° del DS 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Administrativos”.
b). - OFERTA TÉCNICA.
La propuesta técnica deberá presentarse conforme a lo establecido en las respectivas bases técnicas, señaladas en el apartado II de las presentes bases, en ella se deberá presentar los siguientes antecedentes:
b.1) Características Técnicas del Producto (Anexo Nº4) En dicho documento deberá considerar cada requisito solicitado en las bases técnicas, siendo requisito de admisibilidad para esta licitación, adjuntar Ficha Técnica del producto ofertado y Registro ISP.
b.2) Fecha de Vencimiento (Anexo N°5).
b.3) Garantía de Reposición (Anexo N°6).
b.4) Plazo de Entrega (Anexo Nº7).
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el sistema de información de compras públicas, en el apartado de ingreso de “Anexo Técnicos”.
c). - OFERTA ECONÓMICA.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en el apartado económico de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo Nº3 de estas Bases.
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el sistema de información de compras públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Económicos”.
Artículo 14°: Apertura Electrónica y Admisibilidad. -
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información será en una etapa, y se realizará en la fecha prevista en el cronograma de plazos establecido en el artículo 6° de las presentes bases. La comisión verificará la admisibilidad de acuerdo a lo siguiente:
I. Admisibilidad Administrativa: En esta instancia se verificará que la oferta cumpla con la entrega en tiempo y forma de todos los documentos y Anexos solicitados en el presente acápite, firmado por la persona Natural y/o Representante Legal. Estos son los siguientes:
a) Anexo N°1 (A-B-C) “Identificación del Oferente” (según corresponda).
b) Anexo N°2-A: “Declaración Jurada Simple”, como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl.
c) Anexo N°2-B: Declaración Jurada de Independencia de la Oferta.
d) Encontrase firmado el documento del Sistema de Información denominado “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”
e) Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil” y con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
II. Admisibilidad Técnica: La validación técnica por su parte implica que el oferente haya adjuntado los Anexos técnicos solicitados en el punto b) del Art. 13, cumpliendo con todo lo señalado en los formularios. Se declarará inadmisible la oferta que no cumpla con algunos de las especificaciones señaladas como obligatorias, a saber:
a) Solo se aceptarán ofertas con Fecha de Vencimiento de los fármacos igual o superior a 14 meses, inferior a esta fecha, se considerará inadmisible.
b) Plazo de entrega de los productos mayor a 8 días hábiles, desde emitida y aceptada la Orden de Compra, se considerará inadmisible.
c) Plazo de reposición de los productos defectuosos, caducados o vencidos, mayor a 7 días hábiles, desde notificado al Proveedor, se considerará inadmisible.
d) Ofertas que no adjunten Ficha Técnica y no cuenten con registro vigente ISP, serán declaradas inadmisibles.
e) Adjuntar Anexos (firmados) señalados en la letra b), del artículo 13° de las Bases. Caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
III. Admisibilidad Económica: Implica revisar que la oferta se encuentre dentro del presupuesto referencial, incluyendo todos los impuestos y que la moneda utilizada corresponda a la indicada en el portal de mercado público.
Las propuestas que no cumplan con los requisitos, serán declaradas inadmisibles, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo N°9 de la Ley N°19.886.
Asimismo, se declarará inadmisible la propuesta que modifique Anexos y/o Formatos.
Artículo 15°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SERVCIO podrá solicitar a los proponentes, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.
Artículo 16°: Comisión de Evaluación, y Evaluación de las Ofertas. -
El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación y estará integrada por los siguientes funcionarios:
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Titulares
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Suplentes
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Macarena Farías Farías, Químico Farmacéutica, Encargada Técnica de Bodega de Medicamentos del SSMSO
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Claudia Reyes Rabanal, Químico Farmacéutico, Referente Técnico, Unidad de Farmacia del SSMSO
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Mariela Marengo Farías, Químico Farmacéutico, Referente Técnico, Unidad de Farmacia del SSMSO
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Miriam Crespo Fuentes, Jefa Unidad de Farmacia del SSMSO
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Victoria Hidalgo Torres, Químico Farmacéutico, Referente Técnico, Unidad de Farmacia del SSMSO
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Bárbara Rojas Domínguez, Referente Técnico, Unidad de Farmacia del SSMSO
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La evaluación se efectuará considerando el análisis de todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Los proponentes deberán completar todos los anexos que sean incluidos en estas Bases de Licitación.
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación.
La entrega de respuesta no podrá ser superior a 48 horas corridas, (el plazo anterior considera las 24 horas de notificación establecido en el artículo 9° del reglamento de compras Públicas), luego de hecha la solicitud al oferente a través del foro inverso.
Artículo 17°: Puntajes, Criterios de Evaluación y Resolución de Empates. -
Solo podrán ser adjudicadas las propuestas evaluadas con un puntaje igual o superior a 50 puntos del puntaje final ponderado, dentro de una escala de 0 a 100 puntos, en donde 0 puntos es el mínimo puntaje a obtener y 100 puntos es el máximo puntaje a obtener. Para cada criterio a evaluar el puntaje se obtiene de la ponderación obtenida del criterio evaluado.
En los casos que el resultado del puntaje ponderado arroje decimales, estos de redondearán a 2 decimales.
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:
Tabla Nº1: Criterios De Evaluación
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Criterios de Evaluación
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Puntaje
|
Ponderación
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- Precio
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0 - 100
|
60%
|
- Fecha de Vencimiento
|
0 - 100
|
15%
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- Plazo de Entrega
|
0 - 100
|
15%
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- Plazo de Reposición
|
0 - 100
|
5%
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- Cumplimiento de Requisitos Formales
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0 - 100
|
3%
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- Programa de Integridad y Ética Empresarial
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0 - 100
|
2%
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Sumatoria del Puntaje Ponderado en cada Criterio de Evaluación (Puntaje Final)
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0 - 100
|
100%
|
- PRECIO (60%)
La oferta económica consiste en la expresión monetaria que hace el oferente del precio total neto, en pesos, que conllevará la adquisición del producto. La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la fórmula que se indica a continuación, según lo solicitado en el artículo Nº13, letra c):
Donde:
POE = Puntaje de la oferta económica en evaluación. El mayor puntaje equivale a la calificación de 100 puntos. Los demás puntajes resultarán de la aplicación de la fórmula antes indicada y su calificación será proporcional en una escala descendente.
OEB = Oferta económica más baja. Se entenderá por aquella oferta de menor valor, sin impuestos.
OEE = Oferta económica en evaluación, sin impuestos.
PUNTAJE: Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación utilizando la tabla anterior.
2. FECHA DE VENCIMIENTO (15%)
La Fecha de Vencimiento se evaluará de acuerdo a lo solicitado en el artículo N°13, letra b.2), y la siguiente tabla:
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Fecha de Vencimiento (Anexo N°5)
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Puntaje
|
|
Mayor o igual a 24 meses
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100
|
|
Mayor o igual a 18 meses y menor a 24 meses
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50
|
|
Mayor o igual a 14 meses y menor a 18 meses
|
0
|
Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PFV= (PUNTAJE) * 0.15
Donde:
PFV= Puntaje de Fecha de Vencimiento de la oferta en evaluación.
PUNTAJE: Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.
3. PLAZO DE ENTREGA (15%)
El Plazo de Entrega se evaluará de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13°, letra b.4) de las Bases, y la siguiente tabla:
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Plazo de Entrega (Anexo N°7)
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Puntaje
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|
1-3 días hábiles (desde emitida y aceptada la Orden de Compra)
|
100
|
|
4-6 días hábiles (desde emitida y aceptada la Orden de Compra)
|
50
|
|
7-8 días hábiles (desde emitida y aceptada la Orden de Compra)
|
0
|
Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PPE= (PUNTAJE) * 0.15
Donde:
PPE= Puntaje de Plazo de Entrega de la oferta en evaluación.
PUNTAJE: Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.
4. GARANTÍA DE REPOSICIÓN (5%)
La Garantía de Reposición se evaluará de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13°, letra b.3) de las Bases, y la siguiente tabla:
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Garantía de Reposición de Productos Defectuosos, Caducados o Vencidos (Anexo N°6)
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Puntaje
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Reposición de 1 a 3 días inclusive (hábiles), desde informado el problema.
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100
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Reposición de 4 a 5 días inclusive (hábiles), desde informado el problema.
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50
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Reposición de 6 a 7 días inclusive (hábiles), desde informado el problema.
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0
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PGR= (PUNTAJE) * 0.05
Donde:
PGR= Puntaje de Garantía de Reposición de la oferta en evaluación.
PUNTAJE: Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.
5. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (3%)
Según lo establecido en artículo 56, del DS N°661/2024 de Hacienda, correspondiente a errores u omisiones detectados durante la etapa de evaluación. Se asignará la siguiente calificación:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes.
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100 puntos
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Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el art. 16° precedente, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado
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50 puntos
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Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en el art. 16° precedente.
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0 puntos
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente fórmula:
PCRF= (PUNTAJE) * 0.03
Donde:
PCRF = Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la oferta de evaluación.
PUNTAJE= Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
6. PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL (2%)
El cumplimento de programas de integridad se evaluará de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, letra a.4) de las Bases. Se asignará la siguiente calificación:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Presenta programas de Integridad y Ética Empresarial, que sean conocidos por sus trabajadores, por medio de Declaración Jurada (Anexo N°2-C) presentada.
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100 puntos
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No Presenta programas de Integridad y Ética Empresarial y/o no son conocidos por sus trabajadores, no acreditando por medio de Declaración Jurada. (Anexo n°2-C).
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0 puntos
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PPIEE= (PUNTAJE) * 0.02
Donde:
PPIEE = Puntaje Programas de Integridad y Ética Empresarial de la oferta en evaluación.
PUNTAJE= Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
Desempate
En caso de existir empate entre dos o más ofertas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación, en el siguiente orden:
- Mayor puntaje en “Oferta Económica”.
- Mayor puntaje en “Fecha de Vencimiento”
- Mayor puntaje en “Plazo de Entrega
- Mayor puntaje en “Garantía de Reposición de Productos defectuosos, caducados o vencidos”
- Mayor puntaje en “Cumplimiento Requisitos Formales”
- Mayor puntaje en “Programa de Integridad y Ética Empresarial”
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 18°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
- La proposición de adjudicación o deserción, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Artículo 19°: Adjudicación. -
La presente licitación es por línea, considerándose cada medicamento como una de ellas. Esta licitación, a su vez, es de adjudicación múltiple. Esto significa que permite adjudicar más de una oferta por cada línea de producto requerido, con la condición que la cantidad solicitada coincida con la cantidad total adjudicada. Además, un Proveedor se
podrá adjudicar más una línea de requerimiento, quien será, él que en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente.
Cuando se presente ofertas que tengan características de riesgosas o temerarias, en los términos descritos en el art. 61° del DS N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda, y en caso de ser adjudicables, se solicitará al adjudicatario el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en un 5% del valor neto resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio del oferente por el que le siga en su calificación económica.
El SSMSO resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo 6°. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ) las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de las presentes Bases.
Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no cumplen un campo técnico indicado como “obligatorio”, o no alcanzan el puntaje mínimo para ser evaluada.
Según lo establecido en el artículo 17°, estimándose en este caso que las ofertas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión de los servicios requeridos, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO.
De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso de detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.
Las consultas sobre adjudicación/deserción deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://ayuda.mercadopublico.cl/.
Cabe señalar que el SSMSO dispondrá de 10 días hábiles desde la publicación de la adjudicación/deserción en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.
Facultad de Re adjudicar
El Servicio podrá Re adjudicar la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original, a (el) los oferentes que siga (n) en orden de relación de acuerdo al puntaje obtenido, de acuerdo a los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firmase en el plazo establecido por causas atribuibles al adjudicatario, en los casos que se hubiera solicitado firma de contrato físico. En caso contrario (de no solicitar contrato físico), si el proveedor no aceptara la orden de compra una vez transcurridas las 72 horas del envió.
b) Si el adjudicatario desiste de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.
c) Si el adjudicatario no cumple con los requisitos descritos en el art.10° de las presentes bases.
d) Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, en los casos que aplique.
e) Si el adjudicatario no presente los documentos de carácter obligatorios para contratar, solicitadas en las presentes bases de licitación.
f) Si el adjudicatario no se encuentra HÁBIL en el Registro de Proveedores del Estado.
g) Si se constata que el adjudicatario, en su propuesta, presentó documentación falsa o adulterada.
En el caso que a un proponente se le hubiese adjudicado la presente propuesta pública, y posterior a dicha adjudicación se detectarse errores u omisiones en su oferta y/o en el acta de evaluación de ofertas, el SSMSO podrá Retrotraer el proceso en cuestión, mediante el respectivo aplicativo en el Sistema de Información, en concordancia a lo estipulado en el inciso sexto del artículo Nº58 del DS Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda, previa Resolución Fundada.
En el caso que la Entidad Licitante aplique Readjudicación/Retrotraer el proceso licitatorio, automáticamente, se ajustaran los plazos del cronograma establecidos en el artículo 6° de las presentes Bases.
Artículo 20°: Contratación.
Por ser bienes de simple y objetiva especificación y por ser menor a 1.000 UTM, se formalizará el contrato con la generación de la orden de compra, y la aceptación de ésta por parte del Proveedor, la cual tiene como objetivo estipular la individualización del servicio objeto de esta licitación, plazo de entrega y formas de pagos, en conformidad a las presentes bases que regulan el proceso. En caso que la Orden de Compra no haya sido aceptada en 72 horas hábiles, el SERVICIO podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Previo a la formalización de la contratación, el Proveedor adjudicatario deberá:
Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”. En caso de que el adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, éste deberá entregar el acuerdo en que conste la unión, el que podrá materializarse por instrumento público o privado, en los términos prescritos en el artículo Nº180 del DS 661/2024 de Hacienda.
Si el adjudicatario no acepta la Orden de Compra dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el párrafo anterior, o no cumpla las condiciones de facturación establecida en las Bases, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el SSMSO procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta en los casos en que ello sea procedente y/o esta haya sido solicitada, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) oferta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de Evaluación, en conformidad al Acta de Evaluación respectiva, en el plazo máximo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo anterior dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Artículo 21°: Modalidad de pago y reajustes. -
Los pagos serán a 30 días corridos, contra presentación de Factura, previa recepción conforme de los bienes objeto de esta licitación, sin reajustes de ninguna especie.
Artículo 22°: Vigencia del Contrato. -
La presente contratación, será de ejecución inmediata, contra entrega y recepción conforme de todos los productos.
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al SSMSO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 27° de las presentes bases.
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO.
El proveedor adjudicado, se encuentra facultado para realizar subcontratación parcial del contrato. En caso que aplique deberá ser parcial, no más del 30%, en los términos descritos en el artículo 128°, del D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Los oferentes deberán indicar en sus propuestas o luego de la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del aquel acuerdo que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores, en caso que se acojan a dicha modalidad
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que el SSMSO lo requiera, el proponente deberá acreditar al momento de remitir las facturas por el Servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100351.html. En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº4, inciso segundo de la Ley N°19.886.
El incumplimiento del Ejecutor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al SSMSO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 27° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº20.123.
Artículo 25°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna de Puente Alto de la ciudad de Santiago, y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para aplicar una o más de las multas que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituidas el proveedor, en caso que las hubiere.
El detalle las Multas son las siguientes:
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Tipo de Infracción
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Criterio de Aplicación
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Monto Multa
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a) Incumplimiento del plazo de entrega de los productos, de acuerdo al plazo ofertado en el Anexo N°7.
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Por cada evento y por día contados desde el plazo ofertado en el Anexo N°7
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4 UTM
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b) Incumplimiento en la calidad y/o característica del producto ofertado, de acuerdo a lo establecido en las Bases de Licitación.
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Por cada evento
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4 UTM
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c) Incumplimiento en la cantidad de los productos adjudicados, al momento de ser despachados.
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Por cada evento
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3 UTM
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d) Incumplimiento en el plazo de reposición de productos defectuosos, vencidos o caducados según lo ofertado en el Anexo N°6.
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Por cada evento y por día de no restitución o cambio de producto defectuoso, vencidos o caducados.
Se establecerá un Tope de 10 días hábiles, contados desde el plazo ofertado en el Anexo N°6
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5 UTM
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1.- Procedimientos para aplicar Multa y/o Término Anticipado al Contrato.
El Referente Técnico, al detectar un incumplimiento, individualizado en las presentes bases y futuro contrato, debe emitir dicho incumplimiento, generando para tal efecto un respectivo Informe Técnico, el cual se derivará al Administrador de Contrato del SSMSO, siendo este último, quien deberá notificar al proveedor. Esta notificación se realizará al encargado que designe el Oferente, en materia de Multas e Incumplimientos contractuales, a través del correo electrónico registrado en el Anexo N°1 (A-B-C), según sea el caso, de las presentes bases de licitación para estos fines.
Se establecerá un plazo de 5 días hábiles desde esta notificación, para que el Proveedor pueda realizar sus descargos al respecto. Transcurrido este plazo, el Referente Técnico, emitirá un Informe Final, el cual contendrá los descargos del Proveedor, en caso que los hubiere, y las proposiciones de multa y/o término anticipado a aplicar en caso que a su juicio ameriten.
Posterior a ello, el Administrador de Contrato, derivará dicho Informe Final a la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la multa propuesta y/o término anticipado de contrato en cuestión. En caso de aplicar la multa y/o término anticipado de contrato, esta acción se formalizará por medio de Resolución Fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas para su notificación.
Sin perjuicio a lo anterior, el PROVEEDOR en contra de dicho acto administrativo podrá ejercer todos los recursos contemplados en la Ley Nº19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, dentro de los plazos establecidos en dicho cuerpo legal.
Las multas aprobadas por el SSMSO, estarán expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, conforme al valor de dicha unidad del mes en que se aplique la respectiva multa.
Los montos asociados a los casos de multa señalados en el presente artículo, serán cobrados al Proveedor por parte de la Unidad Financiera del SSMSO, de acuerdo sus procedimientos internos y en el siguiente orden:
- Primera instancia vía transferencia electrónica.
- Segunda instancia por medio de Vale Vista, dentro de los 10 días hábiles de dicha notificación.
- Tercera instancia por medio del cobro del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento (en el caso que aplique).
Con todo, las multas que se cobren, no podrán sobrepasar el 30% del valor total bruto, impuestos incluidos, del contrato a suscribir.
2.- Normas Especiales
En todo caso el Proveedor será solidariamente responsable frente a las eventuales demandas que se interpongan en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente destinatario de los bienes solicitados en esta licitación, cuando estas tengan su fundamento en la prestación deficiente de los productos a licitar.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del SERVICIO de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas Bases.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos.
Artículo 27°: Modificaciones y Terminación Anticipada del Contrato. -
Mediante Resolución fundada el SERVICIO podrá poner término anticipado y/o modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al SERVICIO, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
c) La comprobación de falsedad, o falta de completitud de los antecedentes aportados por el Proveedor adjudicado, para efectos de ser contratado.
d) Si el Proveedor supera el Tope de días, correspondiente a la letra d) señalada en artículo 26° de las Bases.
e) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán los siguientes: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de la provisión de los bienes contratados; si el Proveedor no entrega los bienes en los plazos acordados; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 23°, o la limitación establecida en el artículo 24° de las Bases; aplicación de multas que excedan el porcentaje señalado en el inciso final del punto Nº1 del artículo 26° de las Bases.
f) En caso de que no se cumplan, tanto los procedimientos de subcontratación indicados en el artículo 24° de las bases, o no informar al Referente Técnico de cambios en los subcontratos durante la ejecución del contrato a suscribir, cuando ello sea detectado, y el Proveedor no haya subsanado ello en un plazo de 10 días hábiles o exista reiteración mayor a 3 eventos relacionado con el incumplimiento al procedimiento de subcontratación regulado en las presentes bases
g) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
h) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
i) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones, conforme lo exigen los artículos 13º bis de la Ley Nº19.886 y 130º de su Reglamento.
j) En el caso que el adjudicatario fuese Unión Temporal de proveedores (UTP) y esta concurra una disolución de la UTP durante la ejecución del contrato.
k) Inhabilidad sobreviviente de uno de los integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los términos adjudicados.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h) y i), el SERVICIO podrá cobrar y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, en caso de haber sido solicitada, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al SERVICIO en contra del contratante.
Artículo 28°: Solución de Controversias. -
Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del director o quien él designe o subrogue, previo informe en derecho emitido por el abogado del SERVICIO o Informe Técnico emitido por el Referente Técnico del SERVICIO según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Artículo 29°: Oferta Económica
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto unitario para cada uno de los ítems licitados. Este valor se expresará en moneda nacional, CLP, y deberá incluir todos los costos necesarios tales como fletes, traslados, horas hombres profesionales, horas hombres técnicos, con excepción de los impuestos, para dar cabal cumplimiento al requerimiento licitado. Este valor quedará registrado en el comprobante de ingreso de ofertas del proponente.
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13°, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo N°3.
Ante discordancia entre el valor ingresado en el Sistema de Información de Compras Públicas (el cual queda registrado en el comprobante de ingreso de oferta que genera el sistema de información de compras públicas), y el valor indicado en el Anexo N°3 u otro documento que el proveedor haya adjuntado, siempre prevalecerá el valor ingresado en el Anexo N°3.
Sin perjuicio de lo anterior, la comisión de evaluación se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que sean pertinentes o determinar el mecanismo apropiado para dirimir dichas circunstancias, garantizando los principios de igualdad y transparencia del proceso ante los demás proponentes, siempre que no se modifique la oferta presentada.
Artículo 30°: Condiciones de Pago. -
El Proveedor facturará los bienes objeto de la licitación, con vencimiento máximo 30 días a contar de la recepción de la factura, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Procedimiento:
- Previa aceptación de orden de compra (en el portal), emitida por SSMSO.
- Recepción conforme por parte del Referente Técnico de los bienes y/o servicios.
- El Proveedor facturará por el monto correspondiente a los bienes despachados y recepcionados, haciendo referencia a la Orden de Compra, indicada en el artículo 20º de las Bases de Licitación.
- Enviar la factura en formato XML en un plazo no mayor a 72 horas, a la casilla ACEPTA: ssmsorecepcion@custodium.com o dipresrecepcion@custodium.com, con copia al Referente Técnico del SSMSO.
- Adjuntar a la factura: copia de orden de compra, y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (actualizado).
La facturación deberá ser a nombre de:
• Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, RUT 61.608.500-K.
Para efectos de los pagos deberá encontrarse formalizada la contratación en los términos descritos en el artículo 20° de las presentes Bases y autorizado por el acto administrativo correspondiente, entregadas las garantías de fiel cumplimiento, en los casos que aplique, entregados y recepcionados los bienes objeto de la presente licitación, en caso contrario no se gestionarán los respectivos pagos, hasta que se cumpla con lo solicitado.
Los pagos serán con transferencia electrónica, por lo que es imprescindible que junto a la factura señale además, los datos de transferencias en donde se indique un número de cuenta corriente, vista u otra al cual se realizará el depósito.