Licitación ID: 1422557-1-LE26
Servicio para Plataforma Moodle
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 42
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Programas de gestión de configuración 1 Unidad
Cod: 43232401
El objetivo de la presente licitación consiste en proveer al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, del servicio actualización, virtualización e instalación en plataforma de 9 cursos de capacitación en la plataforma Moodle, según bases adjunta.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio para Plataforma Moodle
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación consiste en proveer al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, del servicio actualización, virtualización e instalación en plataforma de 9 cursos de capacitación en la plataforma Moodle del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, en diversas materias, según bases adjuntas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE PERSONAS
R.U.T.:
60.905.000-4
Dirección:
Huerfanos 770
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 03-03-2026 11:36:44
Fecha inicio de preguntas: 03-03-2026 11:40:00
Fecha final de preguntas: 09-03-2026 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-03-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-03-2026 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-03-2026 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 11-05-2026 10:27:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 17-04-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según bases adjuntas.
Documentos Técnicos
1.- Según bases adjuntas.
 
Documentos Económicos
1.- Según bases adjuntas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Aspecto económico Según bases adjuntas. 30%
2 Aspecto Requisitos formales Según bases adjuntas. 4%
3 Aspecto Programa de integridad Según bases adjuntas. 2%
4 Aspecto técnico Según bases adjuntas. 62%
5 Aspecto Enfoque de género Según bases adjuntas. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rodrigo Ramirez Honores
e-mail de responsable de pago: rodrigo.ramirez@patrimoniocultural.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Andrés Silva Cisternas
e-mail de responsable de contrato: andres.silva@patrimoniocultural.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29970000-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor no podrá subcontratar ninguno de los servicios encomendados; con salvedad de lo indicado en el párrafo siguiente, el incumplimiento de esta prohibición de parte de este se considerará de carácter grave, según se indica en las bases.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El SERPAT podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, en los siguientes casos: a Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria. b Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente. c Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta. d Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. En cualquiera de los casos, el SERPAT podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar al siguiente proponente mejor calificado.
Resolución de Empates
En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la
ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1. Se seleccionará aquella oferta que obtenga el más alto puntaje en propuesta técnica. En caso de persistir
el empate:
2. Se seleccionará aquella oferta que obtenga mayor puntaje en propuesta económica. En caso de persistir el
empate:
3. Se seleccionará aquella oferta que obtenga el más alto puntaje en Experiencia del equipo de trabajo
4. De continuar con el empate, se preferirá aquella que haya ingresado primero su oferta completa al portal de
www.mercadopublico.cl.
Adjudicación
La selección de la parte adjudicataria será realizada por una Comisión de Evaluación integrada por el personal del SERPAT, de acuerdo a lo señalado en el numeral 6.1, de las presentes bases de licitación. La seleccionada será aquella que mejor satisfaga los requerimientos técnicos y económicos de la institución en conformidad con las bases. El SERPAT se reserva el derecho de declarar inadmisible todas las ofertas en forma fundada, cuando estas no cumplieren los requisitos señalados en las bases, o bien, declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del SERPAT. Las personas o entidades proponentes que no resulten seleccionadas no tendrán derecho a indemnización alguna.
En el caso de no cumplimiento del plazo de adjudicación
En el caso que, por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, el SERPAT informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación
Readjudicación
El SERPAT podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, en los siguientes casos: a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria. b) Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente. c) Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta. d) Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. En cualquiera de los casos, el SERPAT podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar al siguiente proponente mejor calificado.
Del Contrato
El contrato escrito será elaborado por el SERPAT de conformidad con estas bases y el contenido de las ofertas económica y técnica del adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a aquellas. El proveedor/a será el exclusivo empleador/a del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones de este, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, si correspondiere, y que el Serpat no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. El contrato que el SERPAT suscriba con la parte oferente seleccionada, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. Con todo lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 SEXIES de la Ley N° 19.886, los contratos celebrados con infracción de lo dispuesto en el capítulo VII de la Probidad Administrativa y Transparencia en la Contratación Pública de la Ley 19.886, serán nulos. Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se deberán someter a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
Plazo de vigencia del Contrato
El contrato tendrá vigencia de 6 meses a contar de la fecha de la resolución que lo aprueba. Solo por razones fundadas debidamente calificadas por el SERPAT, se podrá prorrogar el plazo de vigencia del contrato.
Prohibición de cesión del Contrato
En conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 126 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se prohíbe al Proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.