Licitación ID: 1242028-12-LE26
SERVICIO DE IMPRESIÓN PARA DIFUSIÓN
Responsable de esta licitación: CORPORACION SOCIAL Y CULTURA DE CONCEPCION - SEMCO
Fecha de Cierre: 07-05-2026 12:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 13 días para que cierre esta licitación.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Impresión de envoltorios, etiquetas, sellos o bolsas 1 Unidad
Cod: 82121508
Servicio de impresión para el Cementerio General de Concepción, conforme a bases administrativas y técnicas adjuntas. La oferta debe incluir la totalidad de lo solicitado. Entrega y facturación según especificaciones técnicas establecidas.  

2
Impresión promocional o publicitaria 1 Unidad
Cod: 82121505
Servicio de impresión para la Biblioteca Municipal de Concepción, conforme a bases administrativas y técnicas adjuntas. La oferta debe incluir la totalidad de lo solicitado. Entrega y facturación según especificaciones técnicas establecidas.  

3
Grabado en relieve 1 Unidad
Cod: 82121512
Servicio de impresión para la Galería de la Historia de Concepción, conforme a bases administrativas y técnicas adjuntas. La oferta debe incluir la totalidad de lo solicitado. Entrega y facturación se según especificaciones técnicas establecidas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE IMPRESIÓN PARA DIFUSIÓN
Estado:
Publicada
Descripción:
Las unidades administradas por la Corporación Semco: Galería de la Historia de Concepción, Biblioteca Municipal de Concepción y el Cementerio General de Concepción; requieren la adquisición de productos impresos para difusión, según lo establecido en las bases adjuntas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CORPORACION SOCIAL Y CULTURA DE CONCEPCION - SEMCO
R.U.T.:
70.942.400-9
Dirección:
Avda. Rodolfo Briceño 1995, Lorenzo Arenas
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-05-2026 12:00:00
Fecha de Publicación: 23-04-2026 18:07:40
Fecha inicio de preguntas: 23-04-2026 18:31:00
Fecha final de preguntas: 28-04-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-04-2026 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-05-2026 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-05-2026 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-05-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 27-04-2026
Fecha estimada de firma de contrato 18-05-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visitas a terreno para todas las unidades de 10 a 16 horas 27-04-2026 10:00:00
Visitas a terreno para todas las unidades de 10 a 16 horas 28-04-2026 10:00:00
Visitas a terreno para todas las unidades de 10 a 16 horas 29-04-2026 10:00:00
Visitas a terreno para todas las unidades de 10 a 16 horas 04-05-2026 10:00:00
Visitas a terreno para todas las unidades de 10 a 16 horas 05-05-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- RESOLUCIÓN Nº 088-2026 BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
2.- ANEXO N°1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
3.- ANEXO 1-A DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES
4.- ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR
5.- ANEXO N° 4 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE- PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
6.- ANEXO N°6 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3 PLAZOS DE ENTREGA
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°5 OFERTA ECÓNOMICA
2.- ANEXO N°6 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Plazos de entrega: Se evaluará en base al anexo N°3 “Plazo de entrega”, donde cada oferente deberá presentar su propuesta de entrega, diferenciado por cada unidad. Si el oferente propone plazos inferiores a los propuestos por la Corporación SEMCO y sus unidades administradas, se considerará que cumple con la propuesta solicitada. El puntaje será entregado de acuerdo a los siguientes criterios: - Cumple de acuerdo a propuesta entregada por Corporación SEMCO: 100 puntos. - Cumple parcialmente propuesta entregada por Corporación SEMCO: 30 puntos - No presenta propuesta: 0 puntos. 20%
2 Precio Oferta económica: Para la evaluación de este criterio se considerará la siguiente fórmula: POE: (35%) x (OEB/OEE). Donde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación 35%
3 ZONA GEOGRÁFICA Zona Geográfica: Este criterio se evaluará de acuerdo lo ingresado por los proveedores en registro de mercado público: - Proveedor dentro de la provincia de Concepción: 100 puntos - Proveedor fuera de la provincia de Concepción, pero dentro de la región del Biobío: 70 puntos. - Proveedor de otras regiones: 30 puntos. - Proveedor no registra domicilio: 0 puntos 20%
4 Cumplimiento de los requisitos Cumplimientos de requisitos formales: El oferente que ingrese su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas, en virtud del artículo 40, inciso segundo, del Reglamento de la Ley 19.886, obtendrá 0 puntos. 5%
5 Experiencia de los Oferentes Experiencia del oferente: Se evaluará considerando la experiencia similar del oferente, en provisión de productos de impresión, señalada en el anexo formulario N°6. Se deberá acreditar la experiencia a través de certificados, contratos emitidos por organismos mandantes u órdenes de compras emitidos por el portal mercadopublico.cl, en un plazo de 5 años hasta la fecha de apertura de la licitación. El puntaje será entregado de acuerdo a lo siguientes criterios: Se espera que el oferente tenga una experiencia comprobable de mínimo 5 años en el rubro productos gráficos de impresión. - Si cuenta con 5 años de experiencia o más, obtendrá 100 puntos. - Si cuenta con 3 años de experiencia o más, obtendrá 50 puntos - Si cuenta con menos de 3 años de experiencia, obtendrá 0 puntos 15%
6 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA Se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el anexo N°4. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el anexo N°4- Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal: 100 puntos. - No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal: 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: REQUISICIÓN 155,157,171
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Apruébanse las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos, correspondientes a la licitación pública ID 1242028-12-LE26, destinada a la adquisición Servicio de Impresión para Difusión para las distintas unidades que administra la Corporación SEMCO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CAROLINA NEIRA
e-mail de responsable de pago: cneira@semco.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
  1. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de empate en el puntaje total final entre dos o más oferentes que ocupen el primer lugar, la adjudicación se resolverá aplicando, sucesivamente y en el orden que se indica, los siguientes criterios de desempate:

1. Mayor puntaje en la Oferta Económica.

2. Mayor puntaje en el criterio Plazos de entrega

3. Mayor puntaje en el criterio Zona geográfica.

4. Mayor puntaje en el criterio Experiencia del oferente.

5. Mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los Requisitos Formales.

6. Mayor puntaje en el criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial

Si, aplicados todos los criterios anteriores, el empate persistiere, la adjudicación se resolverá mediante acto administrativo fundado, dejando constancia de las razones objetivas que sustentan la decisión adoptada.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

La licitación será adjudicada al oferente que obtenga el mayor puntaje total en la evaluación de las propuestas, de conformidad con los criterios, ponderaciones y metodologías establecidos en las presentes Bases de Licitación.

La adjudicación se efectuará mediante resolución fundada dictada por la autoridad competente, sobre la base del informe final emitido por la Comisión Evaluadora, la cual deberá encontrarse totalmente tramitada y ser publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas.

La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor, correspondiendo a la Corporación SEMCO seleccionar la oferta más conveniente a sus intereses, atendidos los principios de eficiencia, eficacia, economía y probidad administrativa.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, conoce y acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir íntegra y oportunamente todas las obligaciones y compromisos que en él se establecen, sin perjuicio de aquellos previstos en las presentes bases de licitación, en sus anexos y en los demás documentos que formen parte integrante del proceso concursal.

Asimismo, el oferente declara que la información y documentación presentada en el marco del presente proceso licitatorio es fidedigna, completa y vigente, y se obliga a proporcionar oportunamente aquella información adicional que sea requerida por la entidad licitante, conforme a las presentes bases y a la normativa aplicable.

En particular, el oferente asume los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer, prometer, conceder ni solicitar, directa o indirectamente, sobornos, regalos, dádivas, beneficios indebidos o cualquier otro incentivo de naturaleza económica o no económica, a funcionarios, trabajadores o colaboradores de la Corporación SEMCO, ni a terceros que puedan influir en el proceso licitatorio, en la toma de decisiones, en la adjudicación o en la ejecución del contrato que eventualmente se derive de la presente licitación.
  2. El oferente se obliga a no celebrar acuerdos ni ejecutar conductas que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o entorpecer la libre competencia, incluyendo, especialmente, conductas de carácter colusorio, coordinado o concertado, cualquiera sea su forma o denominación, de conformidad con la normativa vigente.
  3. El oferente se obliga a revisar, verificar y validar toda la información y documentación que presente en el proceso licitatorio, adoptando las medidas necesarias para asegurar su veracidad, consistencia, legalidad y vigencia.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar a los principios de legalidad, probidad, ética, transparencia y buena fe, tanto durante el proceso licitatorio como en la eventual ejecución del contrato que se derive del mismo.
  5. El oferente declara que conoce, comprende y acepta las reglas, condiciones y procedimientos establecidos en las presentes bases de licitación, en sus documentos integrantes y en el contrato administrativo que eventualmente se suscriba.
  6. El oferente acepta que el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Pacto de Integridad podrá dar lugar a la aplicación de las medidas, sanciones o consecuencias previstas en las presentes bases y en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa tramitación del procedimiento que corresponda.
  7. El oferente declara que la oferta presentada constituye una propuesta seria, realista y viable, formulada sobre la base de antecedentes técnicos y económicos suficientes que permiten su adecuado cumplimiento en las condiciones ofertadas.
  8. El oferente se obliga a adoptar las medidas necesarias para que los compromisos establecidos en el presente Pacto de Integridad sean conocidos y cumplidos por sus trabajadores, dependientes, asesores, mandatarios y subcontratistas que participen directa o indirectamente en el proceso licitatorio o en la ejecución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que pudieren corresponder conforme a la ley.

COMISIÓN EVALUADORA
La evaluación de las ofertas será efectuada por una Comisión Evaluadora, la cual deberá ser constituida mediante resolución fundada, la que deberá indicar expresamente el ID de la licitación e identificar a sus integrantes, señalando su nombre completo y RUT, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886 y su Reglamento. La resolución que constituya la Comisión Evaluadora deberá encontrarse totalmente tramitada y ser publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas, debiendo remitirse copia de la misma al Administrador del Sistema, siendo responsabilidad del encargado del proceso licitatorio velar por el cumplimiento oportuno de dicha publicación. La Comisión Evaluadora estará integrada por tres (3) profesionales de la Corporación SEMCO, conforme a la nómina aprobada mediante Resolución N° 018/2026, de fecha 23 de enero de 2026, o aquella que la modifique o reemplace. La Comisión Evaluadora contará con un plazo razonable para emitir su informe, el cual deberá contemplar, a lo menos, las siguientes materias: 1. La individualización de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, conforme a lo establecido en las Bases de Licitación. 2. La identificación de las ofertas que deban declararse inadmisibles por no ajustarse a las Bases de Licitación, a la Ley N°19.886 o a su Reglamento, o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad con el artículo 60 del Reglamento. 3. La proposición de declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando las ofertas recibidas no resulten convenientes a los intereses institucionales. 4. La asignación de puntajes a cada oferta, por criterio de evaluación, indicando las fórmulas de cálculo aplicadas y cualquier observación relevante respecto de la aplicación de dichos criterios. 5. La proposición fundada de adjudicación, dirigida a la autoridad competente para adoptar la decisión final. La Comisión Evaluadora no podrá incorporar nuevos criterios, factores o subfactores de evaluación, ni modificar los ya establecidos en las Bases de Licitación, sin perjuicio de que pueda elaborar pautas internas de evaluación que precisen la forma de aplicar los criterios y subfactores previamente definidos, siempre que ello no altere su contenido, ponderación ni alcance.
ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Luego del cierre de la recepción de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, la Corporación SEMCO podrá, conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.886 y su Reglamento: 1. Solicitar a los oferentes la subsanación de errores u omisiones formales, entendiéndose por tales aquellos que no incidan en los elementos esenciales de la oferta ni alteren su contenido económico o técnico. En ningún caso se considerarán errores formales las inconsistencias relativas al precio ofertado ni a los antecedentes económicos, las cuales no serán susceptibles de subsanación. 2. Solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que hayan sido omitidos al momento de presentar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas. 3. Solicitar antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentación de ofertas y el período de evaluación de las mismas. El plazo para la presentación de los antecedentes solicitados será informado a través del Sistema de Información de Compras Públicas, y en ningún caso podrá ser inferior a veinticuatro (24) horas hábiles, contadas desde la notificación efectuada en dicho sistema. La no presentación de los antecedentes solicitados dentro del plazo otorgado será considerada para efectos de la evaluación, pudiendo implicar la asignación de puntaje cero (0) en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”, conforme a lo establecido en la respectiva pauta de evaluación, sin perjuicio de las demás consecuencias que procedan según las Bases y la normativa vigente.
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DESIERTA DE LA LICITACIÓN
La Corporación SEMCO podrá declarar inadmisible aquellas ofertas que incurran en alguna de las siguientes causales: a) Contener información falsa, errónea o no fidedigna, que resulte determinante para la evaluación de la oferta. b) No ajustarse total o parcialmente a lo exigido en las Bases Administrativas y Técnicas, o exceder el presupuesto máximo disponible para esta licitación. c) No acreditar debidamente la personería, representación legal o poder suficiente del oferente, conforme a lo exigido en las presentes Bases, o no contar con patente municipal vigente, cuando corresponda. d) Corresponder a ofertas riesgosas o temerarias, en los términos establecidos en el Reglamento de la Ley N°19.886, cuando el precio ofertado resulte significativamente inferior al promedio de las demás ofertas o a los precios de mercado, sin que se acredite fundadamente la viabilidad de su ejecución Para efectos de declarar inadmisible una oferta por resultar riesgosa o temeraria, la Entidad Licitante deberá previamente analizar su viabilidad, conforme al siguiente procedimiento: a) La Comisión Evaluadora o la persona evaluadora, según corresponda, deberá solicitar al oferente, a través del Sistema de Información de Compras Públicas, que en un plazo de tres (3) días hábiles acompañe antecedentes que justifiquen fundadamente los precios, costos u otros parámetros considerados para la formulación de su oferta, tales como ahorros derivados de innovaciones técnicas, condiciones excepcionalmente favorables de ejecución y/o subsidios. b) Analizados los antecedentes acompañados, la Comisión Evaluadora o la persona evaluadora deberá emitir un informe fundado, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, proponiendo la adjudicación de la oferta o su declaración de inadmisibilidad, según corresponda. La Corporación SEMCO declarará desierta la licitación en los siguientes casos: a) Cuando no se presenten ofertas. b) Cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses institucionales, atendidos los principios de transparencia, competitividad, economía, eficiencia, eficacia y calidad del gasto público. c) Cuando razones administrativas, presupuestarias, técnicas o legales, debidamente fundadas, así lo aconsejen. La declaración de inadmisibilidad de ofertas o de deserción de la licitación deberá formalizarse mediante resolución fundada, la que será publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas. Ninguna de estas decisiones dará derecho a los oferentes a reclamar indemnización de perjuicios de ninguna especie.
MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse la fecha indicada en las presentes Bases para la adjudicación de la licitación, la Entidad Licitante deberá publicar oportunamente una nueva fecha de adjudicación en el Sistema de Información de Compras Públicas, indicando de manera fundada las razones que justifican dicha modificación. La modificación de la fecha de adjudicación deberá formalizarse mediante el acto administrativo correspondiente, el cual deberá encontrarse totalmente tramitado y publicado en el Sistema de Información de Compras Públicas, sin perjuicio de lo anterior.
CONSULTA SOBRE LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán formular consultas respecto del proceso de adjudicación a la Entidad Licitante, dentro del plazo fatal de tres (3) días corridos, contado desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras Públicas. Dichas consultas deberán realizarse preferentemente a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, y para efectos de notificación o coordinación administrativa, la Entidad podrá disponer la siguiente casilla electrónica de contacto: cneira@semco.cl
PAGO
El pago por los bienes y/o servicios adquiridos se efectuará mensualmente, según las entregas realizadas y recepcionadas, conforme a la calendarización del Título II: ‘Requerimientos Técnicos del Bien o Servicio a Contratar’. Para estos efectos, se considerará el informe de entrega mensual exigido en el mismo Título. La presente condición de pago será parte integrante del contarto. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo establecido en el artículo 133 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, podrá establecerse un plazo de pago de hasta sesenta (60) días corridos, cuando ello se encuentre debidamente fundado en las Bases o en el contrato, según corresponda. Para proceder al pago, será requisito que la Entidad registre previamente en el Sistema de Información de Compras Públicas: a) La entrega total de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación del servicio por parte del proveedor, según corresponda. b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, efectuada por la jefatura de la unidad requirente, por quien tenga delegada dicha función o por el administrador del contrato designado. En caso de disconformidad, deberán registrarse los hechos que la fundamentan y acompañarse los antecedentes de respaldo correspondientes. Las facturas deberán ser extendidas a nombre de: - Razón Social: Corporación Social y Cultural de Concepción – SEMCO - RUT: 70.942.400-9 - Giro: Servicios - Domicilio: Avenida Bernardo O’Higgins N°940, Oficina 203, Concepción La Corporación SEMCO dará cumplimiento a lo dispuesto en los contratos de factoring que hubiere suscrito el proveedor, siempre que éstos sean notificados oportunamente y no existan obligaciones pendientes, conforme a lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por el Decreto Supremo N°661, de 2024.
EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR:
El proveedor adjudicado será responsable de los incumplimientos en que incurra durante la ejecución del contrato y, en particular, por los atrasos en el inicio del servicio, la no prestación del servicio o el incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases. En tales casos, la Corporación SEMCO podrá aplicar multas, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente, conforme a lo establecido en las presentes bases y en el Reglamento de la Ley N°19.886. Las multas por atraso en el inicio del servicio, por la no prestación del servicio o por el incumplimiento de las especificaciones técnicas podrán aplicarse por cada día de atraso o incumplimiento, y se calcularán hasta por un dos por ciento (2%) del valor total del contrato, según corresponda, por cada día, con un límite máximo de quince (15) días corridos. En ningún caso el monto total de las multas aplicadas podrá exceder del treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. Cuando el cálculo del monto de la multa, expresado en pesos chilenos, resulte en un valor con decimales, este se redondeará al número entero más cercano. Las multas que se apliquen podrán ser descontadas de los pagos pendientes que la Corporación SEMCO deba efectuar al proveedor. En caso de no existir pagos pendientes o de resultar insuficientes, la Corporación podrá exigir el pago directo de la multa o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en caso de haberse exigido y encontrarse vigente, todo ello conforme a la normativa aplicable. La aplicación de multas se entenderá sin perjuicio de las demás acciones administrativas o judiciales que pudieren corresponder a la Corporación SEMCO, destinadas a hacer efectiva la responsabilidad del proveedor por los incumplimientos contractuales en que hubiere incurrido.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTOS:
Para la aplicación de multas u otras medidas derivadas de incumplimientos contractuales, la Unidad Técnica deberá emitir previamente un informe fundado, en el cual se describa el incumplimiento detectado, su calificación y la medida que se propone aplicar, el cual deberá ser debidamente notificado al proveedor. El proveedor dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles, contado desde la notificación del informe, para formular sus descargos por escrito ante la Unidad Técnica, pudiendo acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes para fundar su posición. Vencido el plazo señalado, con o sin presentación de descargos, la Unidad Técnica deberá analizar los antecedentes y emitir un pronunciamiento fundado. En caso de que el proveedor no presente descargos dentro del plazo, ello no impedirá la dictación del acto administrativo que resuelva la aplicación de la multa, dejando constancia de dicha circunstancia. Si el proveedor hubiere presentado descargos dentro del plazo establecido, la Unidad Técnica contará con un plazo de cinco (5) días hábiles, contado desde la recepción de los antecedentes, para acogerlos total o parcialmente, o rechazarlos, mediante informe fundado. En caso de proponerse la aplicación de una multa, el informe respectivo deberá ser remitido a la Secretaría General de la Corporación SEMCO, para efectos de dictar la resolución fundada que aplique o deseche la medida correspondiente. Las multas que se apliquen deberán constar en una resolución administrativa debidamente fundada, la cual será notificada al proveedor conforme a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N°19.886, a través del medio electrónico que el proveedor hubiere informado. Para estos efectos, el adjudicatario deberá señalar, al momento de suscribir el contrato administrativo o aceptar la Orden de Compra, una dirección de correo electrónico válida, la que se entenderá como medio oficial de notificación para todos los efectos del contrato. El monto de las multas aplicadas podrá ser descontado de los pagos pendientes que la Corporación SEMCO deba efectuar al proveedor. En caso de que dichos pagos no existan o resulten insuficientes, la Corporación podrá cobrar la multa directamente, o bien hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, siempre que ésta se hubiere exigido en las bases y se encuentre vigente. Si, aun así, existiere un saldo insoluto, la Corporación SEMCO podrá ejercer las acciones legales que correspondan, conforme a la normativa vigente. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor podrá pagar voluntariamente el monto de la multa, mediante depósito o transferencia a las cuentas institucionales de la Corporación SEMCO, dentro del plazo de cinco (5) días corridos, contado desde la notificación de la resolución que aplique la multa.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.