|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas hábiles, contados desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
mecanismo de deempate |
|
En caso de producirse situación de empate entre los oferentes, para elegir la mejor oferta se priorizará el mayor puntaje en la oferta Económica, de continuar el empate se priorizará el mayor puntaje en la oferta Plazo de Entrega de los Productos, de perdurar el empate se priorizará el mayor puntaje en, de mantenerse el empate se priorizará el mayor puntaje a la Experiencia en el rubro, de mantenerse el empate se priorizara el mayor puntaje en Impacto Social, de mantenerse el empate se priorizara Pacto de Integridad y finalmente de mantenerse el empate se priorizara el mayor puntaje en Cumplimiento de Requisitos.
En caso de continuar el empate entre dos o más oferentes, se resolverá con la primera oferta ingresada a la plataforma de Mercado Público según lo señalado por está, en virtud con el día y hora de ingreso de la oferta.
|
|
|
|
DE LAS MULTAS |
|
La Encargada de Bodega e Inventario, o quien la subrogue, será responsable de evaluar y aplicar las multas y sanciones por incumplimiento en la entrega de los materiales solicitados en este “SUMINISTRO DE ARTICULOS DE FERRETERIA DAEM CUREPTO AÑO 2026”:
Si el Oferente incumpliere cualquiera de los requerimientos y productos ofertados se le aplicaran las siguientes multas, que será descontado del valor neto del contrato
MULTA PORCENTAJE
Entrega fuera de plazo establecido en la orden de compra 2 %
Entrega parcial o incompleta de los bienes solicitados 3%
Entrega de bienes distintos a los especificados en la orden de compra 3%
Entrega de bienes defectuosos, usados o en mal estado 5%
No reponer productos rechazados dentro del plazo establecido 3%
No mantener stock mínimo comprometido en el convenio 2%
Incumplimiento en la obligación de informar quiebres de stock oportunamente 4%
La multa acumulada no podrá exceder del 30% del valor total adjudicado. Superado este porcentaje, la Municipalidad se reserva el derecho de cancelar la orden de compra correspondiente y poner término anticipado al contrato informando de esto en el portal de mercado público.
|
|
|
|
APLICACION DE MULTAS |
|
Detectada una situación que amerite Ia aplicación de multas por parte de Ia Entidad o del funcionario responsable, éste Ie notificará al adjudicatario, mediante el correo electrónico informado en el Anexo N° 1, indicando la infracción cometida, los hechos que Ia constituyen y el monto de Ia multa. A contar de Ia notificación de Ia comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos en relación al eventual incumplimiento, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, dichos descargos podrán ser enviados mediante el correo electrónico u oficio ingresada por la oficina de partes.
Vencido el plazo para la formulación de descargos, y, se hayan deducido estos o no, se dictará la resolución fundada que determine la aplicación de multa o término anticipado del contrato, la que será sancionada a través Decreto Alcaldicio y se notificará al oferente mediante envió por correo electrónico.
El acta que informa la multa o término anticipado del contrato y el descargo del proveedor será presentada por la Unidad Técnica al Alcalde quien, si lo considera debidamente justificado podrá aplicar, rebajar o eximir de las multas, y/o dar término anticipado del contrato correspondiente mediante resolución fundada, la que será notificada por la Unidad Técnica al oferente. Esta resolución podrá ser impugnada de acuerdo a la Ley N° 19.880.
Una vez transcurridos los plazos pertinentes para la interposición de los recursos quedará ejecutoriada la multa, y desde ese momento el oferente se encontrará obligado al pago de la misma.
Las multas que se apliquen al proveedor podrán ser compensada con el pago que a este corresponda, esta facultad podrá ser ejercida de oficio por parte del municipio o a solicitud del proveedor. También podrán ser pagadas en Tesorería Municipal y su comprobante deberá ser presentado junto al pago correspondiente.
|
|
|
|
MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSUKLAS RESPECTO A LA ADJUDICACION |
|
Las respuestas a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las Bases, sin perjuicio de otras aclaraciones a las Bases Administrativas y sus antecedentes que la Unidad Técnica estime necesario hacer en la misma oportunidad. Se contestarán a través del portal www.mercadopublico.cl y será responsabilidad de los interesados revisar y/o consultar si se emitieron aclaraciones
|
|
|
|
DEL PRESUPUESTO |
|
Si las ofertas superan el precio del mercado o el informado como presupuesto disponible o referencial o no son ventajosos para el municipio, estas serán informadas a la unidad de finanzas para verificar disponibilidad de fondos adicionales, de no contar con el presupuesto adicional dicha oferta se declarara inadmisible, siendo rechazada en la apertura electrónica. No podra exceder el 30% sobre el valor total de la oferta.
|
|
|
|
DE LA APERTURA |
|
se rechazaran las ofertas del oferente que no oferte la totalidad de lo solicitado.--
|
|
|
|
CHILEPROVEEDORES |
|
Deberán los proveedores interesados en esta licitación, encontrarse al momento de la adjudicación, inscritos, vigentes y debidamente certificados como Hábiles en el Sistema Chileproveedores, de no ser así, el proveedor tendrá 5 días corridos posteriores a la adjudicación de la licitación para que pueda inscribirse en el sistema de proveedores del Estado y según lo dispuesto en el Art. 66 del Reglamento de Ley N° 19.886
|
|
|
|