Licitación ID: 3992-11-L126
RETIRO E INSTALACIÓN DE CERÁMICA G-80 ALMENDRO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO
Fecha de Cierre: 06-04-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación de mármol, piedra o azulejos 1 Unidad
Cod: 72102503
Se requiere ejecutar el “Retiro e Instalación de Cerámica Sala Pre-Básica Escuela G-80, Almendro”, El trabajo considera el retiro de la cerámica en mal estado e instalar nueva, incluyendo limpieza, levantamiento y el retiro del escombro generado.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
RETIRO E INSTALACIÓN DE CERÁMICA G-80 ALMENDRO
Estado:
Publicada
Descripción:
Que, se requiere adquirir la prestación de servicios para ejecutar el RETIRO E INSTALACIÓN DE CERÁMICA G-80 ALMENDRO El trabajo considera el retiro de la cerámica existente que se encuentra en mal estado, en una superficie aproximada de 84 metros cuadrados, incluyendo el levantamiento del material, limpieza del área de trabajo y retiro de escombros generados.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Departamento de Educación
R.U.T.:
69.080.700-9
Dirección:
Departamento de Educación Municipal, Avenida Bernardo O’Higgins # 254
Comuna:
Coltauco
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-04-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 30-03-2026 11:28:41
Fecha inicio de preguntas: 30-03-2026 23:59:00
Fecha final de preguntas: 02-04-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-04-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-04-2026 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-04-2026 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-04-2026 12:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario N° 1 Identificación del Oferente.
2.- Patente Municipal, Comercial y/o Profesional Vigente
3.- Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores
4.- Formulario N.º 5 Declaración de Unión Temporal de Proveedores
5.- Declaración Jurada Simple Persona Natural/Jurídica.
Documentos Técnicos
1.- Formulario N° 2 Oferta Técnica.
 
2.- Formulario N° 3 Certificación de experiencia (Anexar copias de ordenes de compras o contratos similares, certificados).
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N° 4 Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica - Precio Los oferentes deberán presentar su propuesta económica indicando precios unitarios por cada ítem requerido. Las cantidades señaladas tienen carácter referencial y se utilizan únicamente para efectos de evaluación. El contrato se ejecutará bajo la modalidad de prestación de Servicios, pagándose únicamente los servicios efectivamente solicitados y recepcionados conforme a Orden de Compra. En el comprobante de Oferta en plataforma www.mercadopublico.cl deberá indicar total neto siendo este comparado con el Formulario Oferta Económica. En caso de discrepancia entre el precio registrado en el comprobante de oferta del portal mercado público y el precio señalado en el referido Formulario económico, prevalecerá lo informado en el “Comprobante de Ingreso de la Oferta”. 30%
2 Plazo de Ejecución Se evaluará con mayor puntaje a aquella oferta que indique plazo de ejecución de acuerdo a la normativa de obras menores. Para ello, el Proveedor deberá ingresar el Formulario “Oferta Técnica" e indique toda su oferta técnica. 15%
3 Experiencia del Proveedor en el rubro Se evaluará con mayor puntaje a aquella oferta que en el Formulario “Experiencia del Oferente” indique las Ordenes de Compras con Recepción Conforme y en qué organismo público prestó servicios, sólo bastará que las mencione, ya que se verificarán directamente en el portal www.mercadopublico.cl. 20%
4 Cumplimiento de los Aspectos Técnicos Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónico, cumpla con todos los requisitos técnicos solicitados en el punto N° 9. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDO, aquellos proveedores que no se ajusten a lo solicitado no serán considerados en la evaluación de las ofertas. 25%
5 Garantía del Trabajo Se evaluará con mayor puntaje a aquella oferta que indique tiempo de garantía ofrecida respecto a la correcta instalación de la cerámica. Para ello, el Proveedor deberá ingresar el Formulario “Oferta Técnica" e indique toda su oferta técnica. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Subvención Mantenimiento
Monto Total Estimado: 2800000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Marlene Hidalgo Toro
e-mail de responsable de pago: mhidalgo@daemcoltauco.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
De las Consultas (Foro Inverso)
El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación Municipal (DAEM) “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores…” (Articulo N° 56 del Reglamento de Compras, Decreto N° 661/2024, la Ley N° 21.634/2023). Dichas consultas o dudas serán solicitadas por el operador del sistema, activando el enlace pertinente, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se marginará del proceso por tratarse de los antecedentes a evaluar.
Del puntaje mínimo para adjudicar
Se sumarán todos los ponderados, lo que dará un puntaje total y que permitirá determinar cuál de las ofertas pasará a formar parte de la terna. Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior al 70% de la ponderación.
De los antecedentes omitidos
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario “Oferta Económica”, y la Patente Comercial, Municipal y/o Profesional, éste será marginado del proceso licitatorio, por tratarse de requisitos de admisibilidad.
De la Subcontratación
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato no superando el 30% de los servicios, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. 1º. "El Proveedor Adjudicado deberá solicitar oportunamente la autorización del Inspector Técnico de Servicios o de quien lo subrogue, en situaciones de excepción debidamente justificadas. Este último deberá pronunciarse dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la recepción del documento correspondiente, ingresado a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad. En caso de no emitirse pronunciamiento dentro del plazo indicado, se entenderá aceptada la solicitud."
Oferta riesgosa o temeraria
El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. (Decreto N° 661/2024, Articulo 61.-)
Union Temporal de Proveedores
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda. Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores. Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere. Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases. Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo con los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar juntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicara a quien haya ingresado primero la oferta:

1º.  Oferta Económica – Precio.

2º.  Plazo de Ejecución

3º.  Experiencia del Oferente

4º.  Cumplimiento de los Aspectos Técnicos

5º.  Garantía del Trabajo

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
De la Re-adjudicación
Se procederá a la Re-Adjudicación cuando el proveedor seleccionado rechace la oferta y/o la orden de compra, desista de participar en el proceso, o incumpla con los requisitos necesarios para la suscripción del contrato, adjudicando al segundo puntaje en la Terna, siendo este superior o igual al 70% de cumplimiento.
Bases Administrativas y Técnicas

BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

RETIRO E INSTALACIÓN DE CERÁMICA SALA PRE-BÁSICA ESCUELA G-80, ALMENDRO

  1. ANTECEDENTES GENERALES

La Ilustre Municipalidad de Coltauco, R.U.T. N° 69.080.700-9, con domicilio en Avda. Bernardo O’Higgins N° 254, comuna de Coltauco, a través del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM), llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, para la contratación de la prestación de Servicios denominada “Retiro e instalación de Cerámica Sala Pre-Básica Escuela G-80, Almendro”, en un plazo de 10 días hábiles.

El presente proceso licitatorio se regirá por lo dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas y demás antecedentes que las complementan, los cuales se entenderán formar parte integrante del presente llamado a licitación.

  1. FINANCIAMIENTO

El financiamiento de la licitación denominada “Retiro e Instalación de Cerámica Sala Pre-Básica Escuela G-80, Almendro” se realizará con cargo a la Subvención Fondos de “Mantenimiento”, vigente para el año 2026. Los valores ofertados deberán considerar el IVA incluido.

Cuenta Contable

Denominación

Presupuesto

215.22.06.001.001.001

Mantención y Reparación de Edificación

$ 2.800.000.-

Presupuesto Total Disponible

$ 2.800.000.-

  1. MANDANTE

Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación Municipal (DAEM)

  1. UNIDAD TÉCNICA REQUIRENTE

Departamento de Adquisiciones DAEM – Directora Escuela Capitán Ignacio Carrera Pinto Almendro.

  1. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES (Para Ofertar y Contratar)

Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en la forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Articulo 35 quater de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N° 21.634, no haber sido sancionado de acuerdo con la Ley N° 20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.

Los Oferentes Persona Natural y/o Persona Jurídicas deberá contar con iniciación de actividades ante Servicio de Puestos Internos (SII), encontrarse inscrito y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el Artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.

5.1. Requisitos para Ofertar:

  1. El Proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
  2. Como Persona Jurídica el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N° 20.393 Artículo 10°.
  3. No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
  4. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Articulo 26, Letra d) Decreto Ley N° 211).
  5. El Proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora.  (Artículo 4° Ley N°19.886/2003), (Articulo N° 56 de la Ley N° 18.575).
  6. El Proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuge o conviviente civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiario finales, ni con los Gerentes, Administradores, Representantes Legales o Directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma Autoridad o Jefatura Superior del organismo o Servicio Público que intervenga en el procedimiento de contratación.
  7. Igualmente, la prohibición para subscribir contratos establecidos en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de  contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del Articulo 54 de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o estas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario(a) haya cesado en su cargo.
  8. Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:

TITULAR (FUNCIONARIO DE PLANTA, CONTRATA U HONORARIOS)

CÓNYUGE O CONVIVIENTE CIVIL

Grado

Consanguinidad

Grado

Afinidad

Padres (Padre y Madre)

Suegros/ padres del conviviente civil

Hijos e Hijas

Hijos(as) del cónyuge o conviviente civil.

Hermanos y Hermanas

Cuñados/hermanos del conviviente civil.

Abuelos(as)/Nietos(as)

Abuelos del cónyuge/nietos (as)

  1. Los oferentes al ingresar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, se estimará que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas en el párrafo Requisitos de los participantes (para ofertar y contratar).
  2. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y anexos.

5.2. Requisito para Contratar:

  1. Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y en contraste, del estado hábil para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma www.mercadopublico.cl, Declaración Jurada simple de requisito para ofertar, que es aquella que el Oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (Formato adjunto es solo de carácter referencial).
  2. Los Oferentes Persona Natural y/o Persona Jurídicas deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscrito en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley N° 19.888/2003, “Bases sobre contratos administrativos, de suministro y prestación de servicios.
  3. SOBRE RENTAS Y PATENTES COMERCIALES.

En este contexto, es preciso recordar que el decreto ley No  3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, señala en su artículo 23 que el ejercicio de todo profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeto a una contribución de patente municipal, y que, según lo dispuesto en el artículo 57 del mismo, las infracciones a la presente ley no sancionadas especialmente serán castigadas con una multa de hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales.

En consecuencia, para participar en este acto licitatorio, el oferente debe cumplir con el requisito de admisibilidad de contar con documento Patente Municipal/Comercial y Profesional vigente al momento de ofertar.

  1. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO

PROCESO

DESCRIPCIÓN

Publicación de la Licitación

Se publicará a más tardar tres (3) días hábiles dictada la Resolución aprobatoria.

Periodo de Consultas

A contar de las 23:59 horas del día de su publicación, el plazo permanecerá vigente por un período de tres (3) días hábiles, finalizando en día hábil a las 23:59 horas.

Periodo de Respuesta a Consultas

Se realizará a contar del día siguiente a la finalización del proceso de consultas a las 15:00 hrs. En caso de coincidir dicho día con una fecha inhábil, la actividad se llevará a cabo el día hábil siguiente, a la misma hora.

Cierre de Recepción de Ofertas

Se realizará a los cinco (5) días de corrido, contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 16:00 hrs.

Apertura Electrónica de las Ofertas

La apertura de las ofertas podrá efectuarse inmediatamente después del cierre a las 16:01, o bien dentro de un plazo máximo de tres (3) días posteriores a dicho cierre.

Evaluación de las Ofertas

La evaluación se realizará en un plazo de Tres (3) días hábiles, contado desde la apertura electrónica de las Ofertas.

Publicación de la Adjudicación

Se procederá a adjudicar pasado diez (10) días corridos desde la fecha de apertura de la licitación.

Emisión de la Orden de Compra

Posterior a la adjudicación se enviará la O.C. teniendo un plazo de tres (3) días hábiles para aceptar Orden de Compra.

Inicio del Servicio

Una vez aceptada la Orden de Compra y firmado el Contrato, tendrá un plazo de 24 horas para coordinar con la entidad el inicio del servicio.



  1. OBJETIVO DEL REQUERIMIENTO “RETIRO E INSTALACIÓN DE CERÁMICA SALA PRE-BÁSICA ESCUELA G-80, ALMENDRO”.

La Escuela Capitán Ignacio Carrera Pinto solicita la ejecución del servicio de retiro e instalación de cerámica en la sala de Pre-Básica de la Escuela G-80, sector El Almendro.

El trabajo considera el retiro de la cerámica existente que se encuentra en mal estado, en una superficie aproximada de 84 metros cuadrados, incluyendo el levantamiento del material, limpieza del área de trabajo y retiro de escombros generados. Posteriormente, se deberá realizar la instalación de cerámica nueva en una superficie aproximada de 84 metros cuadrados, considerando suministro e instalación de cerámica antideslizante de medidas 60 x 20 cm. La instalación deberá contemplar el uso de adhesivo tipo Bekron o equivalente de alta adherencia, aplicado en cantidad suficiente para garantizar una correcta fijación del revestimiento y evitar desprendimientos futuros. Asimismo, se deberán considerar separadores para una correcta alineación de las piezas y fragüe del color acorde al tono de la cerámica instalada. El color y modelo de la cerámica serán definidos en conjunto con la unidad solicitante de la presente licitación, previo al inicio de los trabajos.

Además, el proveedor deberá asegurar que los trabajos se ejecuten bajo adecuados estándares de terminación, nivelación y limpieza del área intervenida.

  1. Aquellos proveedores que no se ajusten a lo solicitado no serán considerados en la evaluación de ofertas.
  2. Los proponentes deberán considerar todos los gastos, directos e indirectos que irrogue el cumplimiento del contrato.
  3. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes, el oferente tendrá un plazo de 48 horas, contados desde el acto de apertura, para presentar en las oficinas del DAEM, un certificado emitido de la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar situación ante el DAEM y el resto de los oferentes que participen en la licitación.  En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte de papel de su oferta, dentro del mismo plazo señalado. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado al sistema de información de compras y contratación pública.  Para tal efecto, deberá coordinar previamente la fecha y horario de entrega de su oferta, a través del siguiente correo electrónico: mvera@daemcoltauco.cl y esepulveda@coltauco.cl.
  4. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS

Se requiere contrato de prestación de servicios retiro e instalación de cerámica en la sala de Pre-Básica de la Escuela G-80, sector El Almendro:

-        El trabajo considera el retiro de la cerámica existente que se encuentra en mal estado, en una superficie aproximada de 84 metros cuadrados, incluyendo el levantamiento del material, limpieza del área de trabajo y retiro de escombros generados.

-        Posteriormente, se deberá realizar la instalación de cerámica nueva en una superficie aproximada de 84 metros cuadrados, considerando suministro e instalación de cerámica antideslizante de medidas 60 x 20 cm.

-        La instalación deberá contemplar el uso de adhesivo tipo Bekron o equivalente de alta adherencia, aplicado en cantidad suficiente para garantizar una correcta fijación del revestimiento y evitar desprendimientos futuros. Asimismo, se deberán considerar separadores para una correcta alineación de las piezas y fragüe del color acorde al tono de la cerámica instalada.

-        Además, el proveedor deberá asegurar que los trabajos se ejecuten bajo adecuados estándares de terminación, nivelación y limpieza del área intervenida.

-        El trabajo debe incluir la cerámica antideslizante (84 metros cuadrados)  de medidas 60x20, en un plazo de 10 días hábiles. El color y elección de la cerámica se realizará en conjunto con el solicitante de esta licitación, directora Srta. Rocío Manzor Pérez.

10. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando Anexo(s) indicado(s) en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. 

Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.

No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito incluyendo el previo ingreso del Anexo requerido.

Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo.

Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.

Para facilitar el ingreso de documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un solo documento contenedor de formato PDF.

El Oferente, que ingrese una oferta en el sistema ha tomado conocimiento cabal de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y los acepta en su totalidad.

El Oferente deberá ingresar en www.mercadopublico.cl, en la Licitación denominada “Retiro e instalación de cerámica Sala Pre-Básica Escuela G-80, Almendro” los siguientes antecedentes:

10.1.           Antecedentes Administrativos

-        Formulario N° 1 Identificación del Oferente.

-        Patente municipal, comercial y/o profesional vigente.

-        Certificado de Inhabilidades para trabajar con menores.

10.2.           Antecedentes Técnicos

-        Formulario N° 2 Oferta Técnica.

-        Formulario N° 3 Certificación de experiencia (Anexar copias de ordenes de compras o contratos similares, certificados).

10.3.           Antecedentes Económicos

-        Formulario N° 4 Oferta Económica

En caso de haber omitido el ingreso de alguno de los documentos antes señalados, se otorgará un plazo de 48 hora hábiles, para ingresarlo, descontándose 1 punto del puntaje total obtenido.

          En aquellos casos, que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, de igual manera se procederá a descontar un punto del puntaje total obtenido.

11. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA

11.1.           Apertura Electrónica

La Apertura Electrónica se efectuará a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en una etapa y será la Unidad de Adquisiciones del Departamento de Educación la encargada de realizarla.

Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto “Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos" de las presentes Bases Administrativas y técnicas que rigen para esta Licitación.  Aquellas ofertas que no presenten el Formulario N.º, 2 y 3, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Articulo N° 56 del Reglamento de Compras (Decreto N° 661/2024) la Ley N° 21.634/2023.  Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles, contado desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información, esta situación.

11.2.           Comisión Evaluadora

Se designará la Comisión Evaluadora por el mediante acto administrativo correspondiente a través del Departamento de Educación conformada por 3 Integrantes para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:

  1. Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores u omisiones importantes y que, a juicio de la comisión evaluadora, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
  2. Podrán declarar inamisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
  3. Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan concluir dicha controversia.
  4. Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas considerando los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl, levantar un acta de evaluación dirigida al Sr. Alcalde o en quien este delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y solo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor porcentaje y que superen o igualen el 70%.
  5. La comisión evaluadora podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si se determina que se tratan de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato. La comisión podrá solicitar a través del portal www.mercadopublico.cl a los proveedores en un plazo de 3 días hábiles acompañando antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido su oferta

12. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La evaluación de las Ofertas se realizará considerando los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:

Criterio

Ponderación

1

Oferta Económica – Precio

30%

2

Plazo de Ejecución

15%

3

Experiencia del Oferente

20%

4

Cumplimiento de los Aspectos Técnicos

25%

5

Garantía del Trabajo

10%

Ponderación Total

100%

Conforme a los criterios de evaluación antes mencionados se emitirá un acta de evaluación, dirigido al Alcalde / Administración Municipal y Concejo Municipal correspondiente para su determinación de adjudicar (si corresponde) mediante Decreto Alcaldicio.

12.1.           Oferta Económica – Precio (30%)

Los oferentes deberán presentar su propuesta económica indicando precios unitarios por cada ítem requerido. Las cantidades señaladas tienen carácter referencial y se utilizan únicamente para efectos de evaluación. El contrato se ejecutará bajo la modalidad de prestación de Servicios, pagándose únicamente los servicios efectivamente solicitados y recepcionados conforme a Orden de Compra.

En el comprobante de Oferta en plataforma www.mercadopublico.cl deberá indicar total neto siendo este comparado con el Formulario Oferta Económica.

En caso de discrepancia entre el precio registrado en el comprobante de oferta del portal mercado público y el precio señalado en el referido Formulario económico, prevalecerá lo informado en el “Comprobante de Ingreso de la Oferta”.

Criterio de Evaluación

Rango

1

Oferta Económica - Precio (30%)

Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100

12.2.           Plazo de Ejecución (15%)

Se evaluará con mayor puntaje a aquella oferta que indique plazo de ejecución de acuerdo a la normativa de obras menores. Para ello, el Proveedor deberá ingresar el Formulario “Oferta Técnica" e indique toda su oferta técnica.

Criterio de Evaluación

Rango

2

Plazos de Ejecución (15%)

Hasta 7 días hábiles

:

100 puntos

Entre 8 y 9 días hábiles

:

70 puntos

Entre 10 y 12 días hábiles

:

40 puntos

Más de 12 días hábiles

:

10 puntos

No informa o no se puede demostrar

:

0 puntos

12.3.           Experiencia del proveedor en el rubro (20%)

Se evaluará con mayor puntaje a aquella oferta que en el Formulario “Experiencia del Oferente” indique las Ordenes de Compras con Recepción Conforme y en qué organismo público prestó servicios, sólo bastará que las mencione, ya que se verificarán directamente en el portal www.mercadopublico.cl.

Criterio de Evaluación

Rango

3

Experiencia del Proveedor en el rubro (20%)

Más de 15 órdenes ejecutadas

:

100 puntos

Entre 9 y 15 órdenes ejecutadas

:

75 puntos

Entre 3 y 8 órdenes ejecutadas

:

50 puntos

Entre 1 y 2 órdenes ejecutadas

:

25 puntos

No informa o no se puede demostrar

:

0 puntos

12.4.           Cumplimiento de los Aspectos Técnicos (25%)

Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónico, cumpla con todos los requisitos técnicos solicitados en el punto N° 9. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDO, aquellos proveedores que no se ajusten a lo solicitado no serán considerados en la evaluación de las ofertas.

Criterio de Evaluación

Rango

4

Cumplimiento de los Aspectos Técnicos (25%)

Cumple el 100%

:

100 puntos

Cumple entre 91% y 99%

:

90 puntos

Cumple entre 81% y 90%

:

80 puntos

Cumple entre 71% y 80%

:

70 puntos

Cumple entre 61% y 70%

:

60 puntos

Cumple entre 51% y 60%

:

50 puntos

Cumple el 50% o menos

:

40 puntos.

No cumple o no se informa

:

0 puntos

12.5.           Garantía del Trabajo (10%)

Se evaluará con mayor puntaje a aquella oferta que indique tiempo de garantía ofrecida respecto a la correcta instalación de la cerámica. Para ello, el Proveedor deberá ingresar el Formulario “Oferta Técnica" e indique toda su oferta técnica.

Criterio de Evaluación

Rango

5

Garantía del Trabajo (10%)

12 meses o más

:

100 puntos

Entre 6 y 11 meses

:

70 puntos

Menos de 6 meses

:

30 puntos

No informa o no se puede demostrar

:

0 puntos

13. OTROS ASPECTOS DE LA EVALUACIÓN

13.1.            De las Consultas (Foro Inverso)

El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación Municipal (DAEM) “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores…” (Articulo N° 56 del Reglamento de Compras, Decreto N° 661/2024, la Ley N° 21.634/2023).  Dichas consultas o dudas serán solicitadas por el operador del sistema, activando el enlace pertinente, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se marginará del proceso por tratarse de los antecedentes a evaluar.

13.2.           Del puntaje mínimo para adjudicar

Se sumarán todos los ponderados, lo que dará un puntaje total y que permitirá determinar cuál de las ofertas pasará a formar parte de la terna. Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior al 70% de la ponderación.

13.3.           De los antecedentes omitidos

En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario “Oferta Económica”, y la Patente Comercial, Municipal y/o Profesional, éste será marginado del proceso licitatorio, por tratarse de requisitos de admisibilidad.

13.4.           De los documentos extras no exigidos y presentados por el Oferente

Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora.

13.5.           De presentarse solo una Oferta

Cuando en un proceso licitatorio se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o Deserción. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.

13.6.            De presentarse una o más Ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial

El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) podrá declarar inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren ofertas simultaneas de un mismo proveedor o del mismo grupo empresarial, para efectos de evaluación solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores, según los criterios de evaluación será admisible, y declarará inadmisible las demás.

13.7.           De la Subcontratación

El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato no superando el 30% de los servicios, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado.

1º.  "El Proveedor Adjudicado deberá solicitar oportunamente la autorización del Inspector Técnico de Servicios o de quien lo subrogue, en situaciones de excepción debidamente justificadas. Este último deberá pronunciarse dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la recepción del documento correspondiente, ingresado a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad. En caso de no emitirse pronunciamiento dentro del plazo indicado, se entenderá aceptada la solicitud."

13.8.           Oferta riesgosa o temeraria

El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. (Decreto N° 661/2024, Articulo 61.-)

13.9.           Union Temporal de Proveedores

De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento.  Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.  Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.

Oportunidad de presentación del instrumento:  Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.  El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.

Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.  Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.  De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.

Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP):  La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.

Presentación de la oferta:  Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.

Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo con los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases.  En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar juntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.

13.10.        Resolución de Empate

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicara a quien haya ingresado primero la oferta:

1º.  Oferta Económica – Precio.

2º.  Plazo de Ejecución

3º.  Experiencia del Oferente

4º.  Cumplimiento de los Aspectos Técnicos

5º.  Garantía del Trabajo

14. DE LA ADJUDICACIÓN

Se adjudicará a un solo oferente la totalidad de la licitación.

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no se encuentra hábil en el registro de proveedores, o bien no suscribe el Contrato de prestación de servicios, el mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación Municipal (DAEM) podrá  seleccionar al oferente que de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en la terna y en puntaje y/o podrá dejar sin efecto la adjudicación, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En caso de que la Licitación se declara desierta ( Artículo 59, Decreto N° 661/2024),  por no presentarse ofertas, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado. Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo con el Artículo 58° del Reglamento de Compras (Decreto N° 661/2024), indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.

14.1.           Mecanismo para solución de consultas respecto de la Adjudicación

Cualquier duda o consulta será por escrito a e-mail esepulveda@coltauco.cl, y/o mvera@daemcoltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión evaluadora y se procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 48 horas hábiles.

14.2.            De la Re-adjudicación

Se procederá a la Re-Adjudicación cuando el proveedor seleccionado rechace la oferta y/o la orden de compra, desista de participar en el proceso, o incumpla con los requisitos necesarios para la suscripción del contrato, adjudicando al segundo puntaje en la Terna, siendo este superior o igual al 70% de cumplimiento.

15. FORMALIZACION DE LA CONTRATACIÓN

Una vez adjudicada la licitación y notificado el oferente a través del portal www.mercadopublico.cl, la Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) formalizará la contratación mediante la emisión de la respectiva Orden de Compra a través del sistema de Mercado Público.

El proveedor adjudicado deberá ACEPTAR la Orden de Compra en el portal dentro del plazo máximo de 2 días hábiles desde su emisión. La aceptación de la Orden de Compra implicará la aceptación íntegra de las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas.

La Orden de Compra establecerá, entre otros aspectos:

  1. El monto total del servicio adjudicado
  2. El plazo de ejecución de los servicios.
  3. El lugar de ejecución del servicios.
  4. Las condiciones de pago correspondientes.

El plazo de ejecución de los trabajos será el ofertado por el proveedor adjudicado, con un máximo de 10 días hábiles, contados desde la aceptación de la Orden de Compra o desde la coordinación con la unidad requirente para el inicio de los trabajos.

En caso de que el proveedor adjudicado no acepte la Orden de Compra dentro del plazo establecido, la municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a adjudicar al oferente que le siga en la terna de acuerdo con el acta de evaluación correspondiente.

15.1.           Forma de Pago

El pago del servicio se realizará en un solo estado de pago, una vez ejecutado la totalidad de los trabajos y previa recepción conforme por parte del Departamento de Educación de la Ilustre Municipalidad de Coltauco, a través del funcionario responsable o la Unidad técnica designada para la supervisión del servicio.

Para proceder al pago, el proveedor deberá cumplir con lo siguiente:

  • Haber ejecutado íntegramente los trabajos de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en la licitación.
  • Contar con la recepción conforme de los trabajos, la cual será emitida por el Inspector Técnico de Obra, la Directora o quien lo Subrogue.
  • Emitir la factura correspondiente a nombre de la Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación, conforme al monto adjudicado.

El pago se realizará mediante transferencia electrónica o cheque, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción conforme de los trabajos y la correcta recepción de la factura en el sistema.

En caso de existir observaciones en la ejecución de los trabajos, estas deberán ser subsanados por el proveedor antes de la emisión de la recepción conforme.

La factura podrá ser entregada a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad de Coltauco, Ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins N° 254, Coltauco, quien remitirá el Informe Favorable, copia de la Orden de Compra Electrónica, dirigido a Oficina de Finanzas DAEM en un plazo no superior a 24 horas recepcionado el documento. El informe de conformidad deberá reflejar explícitamente si debe existir retenciones al pago ya sea por incumplimiento, por multa, entre otros. El servicio se pagará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la Factura o Factura electrónica.  Dicha factura podrá ser ingresada en la Oficina de Partes, o bien enviarla al correo electrónico del funcionario requirente, con copia a mvera@daemcoltauco.cl o a esepulveda@coltauco.cl, con especial atención a la Unidad de Finanzas DAEM, quien, en un plazo no superior a 24 horas, contados desde la recepción, remitirá un informe favorable con todos los antecedentes de respaldo para su respectivo trámite de pago.

Al momento de emitir facturas, la Orden de Compra Electrónica deberá estar en estado “aceptada” en el sistema.

15.2.            De la Operación de Factoring

En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar a la Municipalidad dentro de 48 horas de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.

15.3.           Anticipo

No te contempla – no se consulta.

15.4.           Aplicación de Multas

La aplicación de multas se realizará de forma administrativa, sin forma de juicio, y su monto será descontado de la factura correspondiente. En caso de incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y/o de la documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas que se indican a continuación:

a)   Retraso en el plazo de ejecución: 

En caso de atraso injustificado en la ejecución del trabajo respecto del plazo ofertado se aplicará multa de 1% del valor total del contrato por cada día hábil de atraso, con un máximo de 10% del valor del contrato.

b)   Incumplimiento en la calidad del trabajo:

Se aplicará una multa equivalente al 5% del valor total del contrato si se detectan fallas en la instalación tales como:

  • Cerámica suelta
  • Mala nivelación
  • Fragüe deficiente
  • Materiales distintos a los ofertados.

Se otorgará un plazo de 3 días hábiles para subsanar las observaciones.

c)    Incumplimiento en el retiro de escombros

Si al finalizar los trabajos no se realiza el retiro de escombros o limpieza del lugar se aplicará una multa equivalente al 2% del valor del contrato.

d)   Reiteración de incumplimiento

En caso de que la aplicación de la multa sea reiterativa, entendiéndose por tal más de tres (3) ocasiones, la entidad licitante podrá poner término anticipado a la Orden de Compra, solicitando su cancelación conforme a la normativa vigente, y las multas aplicadas no podrán superar el 20% del valor total del contrato. Superando este monto, la entidad pondrá termino anticipado al contrato.

15.5.           Retenciones

Las multas aplicadas serán retenidas del monto total de la factura emitida por el proveedor, efectuándose el descuento correspondiente al momento del pago.

15.6.           Recurso de Reposición

El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) podrá aplicar multas en forma administrativa.  El Adjudicatario podrá formular descargos, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la notificación, para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, siendo, finalmente, el Alcalde quien decidirá si procede la aplicación de la multa, en cuyo caso determinará su monto.

La Municipalidad de Coltauco tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de un vale vista, cheque a nombre de la Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación.

15.7.           Termino Anticipado del Contrato

La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:

  1. Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
  2. Si se disuelve la empresa adjudicada.
  3. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Municipalidad de Coltauco un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
  4. Cuando de común acuerdo, la Municipalidad de Coltauco y de respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
  5. Por multas reiteradas que superen el 20% del monto total contratado.
  6. Por fallecimiento del prestador de servicios, en caso de fallecimiento del Prestador de Servicios, solo si es persona natural, se procederá a la liquidación anticipada del contrato, y si ella arroja un saldo a favor del Prestador de Servicios, éste les será entregado a sus herederos juntamente con las garantías y retenciones, una vez suscrito el finiquito correspondiente.
  7. En el caso de que el contratista sea una Unión Temporal de Proveedores y se presente la siguiente situación:
    1. Cuando uno de los miembros de la UTP se retira de ésta, será, y dicho integrante hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
      1. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
      2. Inhabilidad sobreviniente de algunos de sus integrantes, en la media que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
      3. Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.

15.8.           De la Supervisión Técnica del Contrato

La supervisión será por parte de cada Unidad Técnica Requirente o quien subrogue, quien(es) deberá(n) legitimar mediante acto administrativo, quien(es) velará por dar fiel cumplimiento a las presentes Bases Administrativas y Técnicas, cargo que será legitimado en el Decreto de Adjudicación nombrando a él/la Inspector Técnico Supervisor (ITS).

16. OTRAS CONSIDERACIONES

16.1.           De la Publicidad de las Ofertas Técnicas

Será de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.

16.2.           Modificación de las Bases Administrativas y técnicas

El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM), podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los Oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través de la Plataforma www.mercadopublico.cl, estas modificaciones formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.

16.3.           Vigencia de las Ofertas

Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días.

16.4.           Del Contacto entre Oferentes

Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo N.º 35° Ter del Reglamento de Compras, sólo se podrá tener contacto con los Oferentes, durante las visitas a terreno y el foro de consultas. Queda prohibido cualquier otro tipo de contacto como, por ejemplo: usar el correo mvera@daemcoltauco.cl, que es sólo para aclarar los resultados posteriores a la adjudicación, ni los correos que aparecen en el formulario de adquisición, ni otros correos, fax, mensajes de textos o llamados telefónicos, mientras dure el proceso de publicación, evaluación y adjudicación.  De lo contrario, será informado a la Dirección de Compras y quedará registrado en el Informe.

17. PACTO DE INTEGRIDAD

Los Oferentes que participen deberán respetar lo indicado en el Formulario de Adquisición que dice lo siguiente:

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en   el presente proceso licitatorio.
  6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

18.  FORMULARIOS PROPORCIONADO EN LA PRESENTE LICITACIÓN.

-        Formulario N.º 1 Individualización del Oferente

-        Formulario N.º 2 Oferta Técnica.

-        Formulario N.º 3 Certificado de Experiencia en el rubro

-        Formulario N.º 4 Oferta Económica

-        Formulario N.º 5 Declaración de Unión Temporal de Proveedores

-        Declaración Jurada Simple Persona Natural/Jurídica.

ROCÍO MANZOR PÉREZ

DIRECTORA

ESCUELA CAP. IGNACIO CARRERA PINTO

COLTAUCO



 

FORMULARIO N.º 1

INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE

Id Licitación

:

Oferente

:

R.U.T

:

Dirección

:

Teléfono fijo

:

Celular

:

E-mail

:

Repte. Legal

:

R.U.T

:

Teléfono

:

Coltauco, _________de_____________del 2026.

Firma Oferente / Representante Legal


 

FORMULARIO N.º 2 OFERTA TÉCNICA

 

Id Licitación

:

Oferente

:

R.U.T

:

Dirección

:

Celular

:

E-mail

:

Repte. Legal

:

R.U.T

:

Teléfono

:

Descripción del Servicio Ofertado

-       

Materiales Por Utilizar

-       

Plazo total ofertado para la ejecución del trabajo:

Días hábiles

Garantía ofrecida por la correcta ejecución de los trabajos:

Meses / Año

Plazo de Vigencia

Validez de la Oferta

Días / Meses / Año

Coltauco, _________de_____________del 2026.

Firma Oferente / Representante Legal

FORMULARIO N.º 3 CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIA

 

Id Licitación

:

Oferente

:

R.U.T

:

Dirección

:

Teléfono fijo

:

Celular

:

E-mail

:

Repte. Legal

:

R.U.T

:

Teléfono

:

N.º

Organismo Público/Privado

Orden de Compra Electrónica / Contrato/Factura

Fecha

  1.  

  1.  

  1.  

  1.  

  1.  

  1.  

  1.  

Coltauco, _________de_____________del 2026.

 

Firma Oferente / Representante Legal


 

FORMULARIO N° 4 OFERTA ECONÓMICA

Datos del Oferente

Id Licitación

:

Oferente

:

R.U.T

:

Dirección

:

Teléfono fijo

:

Celular

:

E-mail

:

Repte. Legal

:

R.U.T

:

Teléfono

:

Corresponde al llamado a la propuesta pública, viene en presentar la siguiente oferta:

Detalle del Servicio

Cantidad

Valor Neto

Total Neto

  1.  

1

$

$

Valor Neto

$

19% IVA

$

Valor total Oferta

$

Valor total del servicio (incluye materiales, mano de obra y retiro de escombros):

$ .-

Coltauco, _________de_____________del 2026.

Firma Oferente / Representante Legal


DECLARACIÓN JURADA SIMPLE

 (Persona Jurídica)

El firmante, en su calidad de representante legal del proveedor, , cédula de identidad N° <RUT del representante legal> con domicilio en <domicilio>, , , en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio,  declara bajo juramento que:

a)    No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973.

b)    Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393.

c)     No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N° 21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.

d)    No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).

e)     No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

f)     Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.

g)    Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

h)    Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.

i)     No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

,

__________________________

 

NOTAS:

-         Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE

(Persona Natural)

El firmante, en su calidad de proveedor, <nombre del proveedor>, cédula de identidad N° <RUT del proveedor> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad>, declara bajo juramento que:

a)    No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973.

b)    Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393.

c)     No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N° 21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.

d)    No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).

e)     No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

f)     Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.

g)    Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

h)    Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.

i)     No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

,

__________________________

<Firma>

<Nombre>

NOTA:

-         Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”

FORMULARIO N° 5: DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES

(ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)

  1. Licitación para la contratación de:

     _____________________________________________________________________________.

  1. Nombre de la Unión Temporal de Proveedores:

_____________________________________________________________________________.

  1. Integrantes de la UTP:

Nombre o Razón Social

Rut

Calidad

1

Apoderado UTP

2

Integrante UTP

3

Integrante UTP

4

Integrante UTP

5

Integrante UTP

(Agregue tantas líneas como integrantes tenga la UTP)

  1. Criterios Técnicos:

Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la UTP determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de sus integrantes.

Criterio de evaluación

Rut integrante UTP

Nombre/Razón social integrante UTP

Trayectoria del oferente

Referencias de clientes

Cuando en la licitación en particular se utilicen los criterios técnicos de evaluación “Trayectoria del oferente” y/o “Referencias de clientes” ―lo que incluye sus respectivos subcriterios de evaluación―, el oferente UTP deberá designar sólo un integrante UTP respecto del cual se aplicarán dichos criterios de evaluación. En caso de que los dos criterios referidos sea utilizados en un mismo proceso licitatorio, el integrante UTP que se designe para su evaluación deberá ser el mismo en ambos criterios. En relación con lo anterior, se declarará inadmisible la oferta UTP que no designe un integrante UTP cuando sea requerido, o bien, considere más de un integrante UTP, o éste no fuera el mismo en caso de que se utilicen los dos criterios de evaluación. 

Respecto del criterio técnico de evaluación “Experiencia del Equipo Consultor”, cuando éste sea utilizado en la licitación en particular, el oferente UTP podrá conformar un equipo con los profesionales que pertenezcan a cualquiera de los integrantes de la UTP, debido a que este criterio técnico será evaluado respecto del Equipo Consultor propuesto y no en relación con un único oferente UTP.

  1. Declaración de objeto, solidaridad y vigencia de la UTP:

Mediante esta declaración el firmante declara:

  1. Ser parte de la Unión Temporal de Proveedores señalada en el numeral 2 de esta declaración, que tiene por objeto presentar una propuesta formal bajo la modalidad establecida en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 al proceso de licitación denominado “______________________________________________________”, publicado en www.mercadopublico.cl con el ID _________________.

  1. Asimismo, declara que, juntamente con todos los integrantes de esta UTP, será solidariamente responsable de la presentación de la oferta, así como de las obligaciones contraídas en virtud de los contratos suscritos en caso de ser adjudicado en esta licitación.

  1. Finalmente, declara que la vigencia de la UTP no será inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo las renovaciones, incrementos de plazos y prórrogas que procedan en caso de que las hubiere.

_________________________________________

NOTAS:

  1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente y éstos deben ser coincidentes con el instrumento de constitución de la UTP que es exigido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
  2. Cada uno de los miembros de la UTP, incluyendo el apoderado, deberán completar debidamente, firmar y adjuntar a la oferta este anexo, información que deberá ser concordante entre sí.  Luego, se deberán presentar tantos anexos como integrantes tenga la UTP.
  3. En caso de que faltare alguna declaración o ésta no se encuentre debidamente completada y firmada, o la información contenida en las diferentes declaraciones no sea concordante entre sí, conllevará a declarar inadmisible la oferta UTP.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.