. DE LA ADJUDICACIÓN:
El oferente deberá tener en consideración que la Ilustre Municipalidad de Navidad adjudicará la totalidad del servicio, siempre que reúna y cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases.
De la Readjudicación de la Propuesta:
El Municipio se reserva el derecho de readjudicar, solo en los casos que no se cumpliesen las condiciones que se establecen en las bases respectivas para suscribir el contrato definitivo y/o en las siguientes situaciones:
ü Si el Oferente Adjudicado desiste de su oferta, se dará paso a la adjudicación de la Licitación.
ü Si el Oferente Adjudicado se rehúsa a aceptar la Orden de Compra. En caso que la orden de compra no haya sido aceptada transcurridas 48 horas desde su emisión, el Municipio entenderá como desistida la oferta, dándose paso a la readjudicación del contrato.
ü Que el Adjudicatario se rehúse a la suscripción del Contrato. Si el contrato no es suscrito por el Adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, se entenderá por desistida la oferta, dándose paso a la readjudicación del Contrato.
ü En el caso de readjudicar el proceso, se considerará como Adjudicataria de la Licitación, a la segunda oferta más ventajosa para los intereses del Municipio, según la evaluación a la Comisión Evaluadora. En caso de haber más ofertas, el municipio se reserva el derecho de readjudicar o replantear un nuevo proceso licitatorio.
ü Si el Adjudicatario, es inhábil para ser contratado de acuerdo con los términos de la ley 19.886 y su reglamento.
ü Que no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases.