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3. CONCURSO Y PARTICIPANTES |
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Se realizará una licitación pública de adjudicación múltiple, en la cual podrán presentar propuestas, organismos técnicos de capacitación (OTEC), que se encuentren constituidos como Escuela de Conductores Profesionales autorizadas y acreditadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y aquellas establecidas en la normativa vigente, y que además cuenten con domicilio autorizado por dicho Ministerio, las que tienen que estar inscritas en el Registro de proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y encontrase habilitados para participar en este proceso y poder suscribir el contrato respectivo. Esto en virtud de lo contemplado en el Art. 16 de la Ley 19.886.
Para que oferte una Unión Temporal de Proveedores, deberá cumplir con lo contemplado en la normativa vigente. Esto es, para el efecto de participar en un proceso de compra, el acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, deberán adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, cuya vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Se entiende que por el sólo hecho de presentar su oferta, el Proponente acepta la totalidad de las condiciones de las presentes Bases.
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8. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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Sólo podrán presentar propuestas aquellos organismos técnicos de capacitación (OTEC), inscritos en el registro de proveedores y habilitados para participar en este proceso, y debiendo, además, estar autorizados y acreditados por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que se detallan en el numeral 3. CONCURSO Y PARTICIPANTES, de las presentes bases administrativas, y no tengan ninguna de las causales de Inhabilidad que se indican a continuación:
a) Inhabilidades previstas en el artículo 4° y 35 quáter de la ley N° 19.886.
b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
c) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.
d) No tener inhabilidades de las establecidas en el artículo 33 de la Ley N° 21.595, de delitos económicos. El oferente deberá completar la declaración jurada de requisitos para ofertar en línea, que se encuentra disponible en el portal www.mercadopublico.cl, para el presente proceso licitatorio.
En atención a que la contratación en las presentes bases se formalizará mediante contrato por cada línea de producto, el Anexo N°1, el que deberá ser presentado sólo por el proveedor adjudicado al momento de la suscripción del contrato y no se requiere para ofertar. En caso de Unión Temporal de Proveedores, este Anexo deben ser llenados y presentados al momento de ofertar, por el apoderado de la Unión Temporal de proveedores (UTP).
8.1 Requisitos de admisibilidad para la evaluación de ofertas:
• Propuesta Económica (Anexo 3 o formato similar por cada línea de producto a ofertar, que contenga la información necesaria para evaluar).
• Propuesta Técnica (Anexo 4 o formato similar por cada línea de producto a ofertar, que contenga la información necesaria para evaluar).
La información señalada anteriormente es considerada indispensable para la correcta evaluación de su oferta. El SENCE podrá declarar inadmisible la oferta respecto de todo oferente que omita alguno de los requisitos obligatorios antes señalados.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, los anexos deberán ser completados por el apoderado de esta, según corresponda.
Se deja expresa constancia que el SENCE podrá comprobar y exigir que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de lo declarado, en cualquier etapa de este proceso licitatorio y durante la vigencia del contrato. En caso de detectar alguna inconsistencia en lo declarado, durante la etapa de evaluación, el oferente será descartado de dicho proceso.
8.2 Información requerida para la Evaluación de Ofertas:
• Experiencia del oferente (Se revisará de acuerdo con las bases de datos de SENCE)
• Certificaciones de la Empresa. (Anexo 5 o formato similar que contenga la información necesaria para evaluar)
• Programa de Integridad Empresarial (Anexo 6 o formato similar que contenga la información necesaria para evaluar, deberá acompañar documentación que lo acredite).
• Criterio Sustentable – Política Medioambiental (Anexo 7 o formato similar que contenga la información necesaria para evaluar, deberá acompañar documentación que lo acredite).
• Pacto de Integridad: El oferente debe presentar el Anexo N°10 PACTO DE INTEGRIDAD.
Los oferentes que no presenten los anexos indicados no obtendrán puntaje en los criterios de evaluación respectivos.
8.3 Anexos que el oferente determine para complementar su oferta
El oferente podrá adjuntar otros documentos o anexos que estime pertinente para complementar su oferta cuya información no se haya solicitado en el formulario de la oferta técnica.
8.4 Antecedentes Técnicos de los proponentes
El oferente deberá presentar su propuesta técnica electrónicamente en el sistema de información de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl, plataforma que soporte archivos tales como Word, PDF y/o Excel, debiéndose ceñirse estrictamente a las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas. El oferente que omita estos requisitos podrá declararse inadmisible su propuesta por la comisión evaluadora.
8.5 Antecedentes Económicos de los proponentes
El oferente deberá presentar su propuesta económica electrónicamente en el sistema de información de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl, plataforma que soporte archivos MS Office, tales como Word, PDF, Excel, la cual deberá incluir el precio expresado en pesos chilenos. En el precio total propuesto por el oferente, deberán ser considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la licitación. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de la prestación. Deberá seguir el formato obligatorio y completarlo en su totalidad de acuerdo con las indicaciones señaladas.
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9. ACLARACIONES, RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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Vencido el plazo para realizar preguntas, el SENCE procederá a publicar las correspondientes respuestas. Estas aclaraciones formarán parte integrante de las bases de licitación, siempre y cuando no constituyan una modificación a las mismas, caso en el cual el Servicio dictará el correspondiente acto administrativo.
Luego, una vez expirado el plazo y hora para la entrega de las propuestas, establecido en el portal www.mercadopublico.cl, no se recibirá propuesta alguna, ni pedidos de explicaciones, y se procederá a la apertura electrónica de las propuestas técnicas. A excepción de aquellos casos a que se refiere el artículo 115 del Reglamento de la Ley 19.886
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10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 56, del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda y que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de evaluación a que hace referencia el numeral 11 de las bases administrativas, podrá solicitar a los oferentes a través del Sistema de Información:
a. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
b. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
c. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se soliciten y permitan salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, a fin de no afectar el principio de igualdad de los oferentes.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 72 horas hábiles para responder a lo solicitado, contadas desde el requerimiento del SENCE, realizado vía Sistema de información.
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11. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y CONSULTA DE ADJUDICACIÓN |
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Las propuestas serán evaluadas por una Comisión conformada por al menos 3 funcionarios públicos, de conformidad a la normativa vigente. Los integrantes y sus reemplazantes serán designados por resolución exenta del SENCE, con la respectiva fundamentación de conformidad al artículo N°54 del Reglamento. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a este Servicio y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
Para efectos de dar respuesta a los oferentes que tuviesen consultas respecto al proceso de adjudicación, éstas se podrán canalizar a través del correo electrónico individualizado en la ficha electrónica de la licitación pública.
En todo caso, el SENCE se reserva el derecho, por razones fundadas, de declarar inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento.
Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el Anexo N°2 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas respecto del mismo servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás. Para estos efectos, se entenderá que dos o más oferentes, cualquiera sea su naturaleza jurídica, son del mismo grupo empresarial cuando respecto de éstos concurran alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 9 de la Ley 19.886.
Asimismo, se declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la mencionada ley,
Lo indicado en los párrafos precedentes deberá realizarse mediante resolución fundada.
Los proponentes que no resulten adjudicados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
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12. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS |
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El SENCE podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, el Sence deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado en el artículo 61 del Decreto 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda:
a) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
De ser adjudicada la oferta, el Sence solicitará al proveedor el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
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14. MECANISMOS PARA DIRIMIR EMPATES |
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En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de relación que a continuación se indica:
• En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje (calificación) en el criterio “Propuesta Económica”.
• Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá éste, a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta en el criterio “Experiencia del Oferente”.
• Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá éste, a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta en el criterio “Propuesta Técnica”
• Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá éste, a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta en el criterio “Certificaciones de la empresa”
• Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá éste, a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta en el criterio “Criterio sustentable”
• Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá éste, a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta en el criterio “Programa de Integridad Empresarial”
• Finalmente, si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá éste, a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Finalmente, si luego de aplicar los criterios precedentes se mantuviese el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que primero hubiere subido su oferta al portal www.mercadopublico.cl
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15. ACREDITACIÓN DE CONDICIONES LABORALES |
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Para proceder a la adjudicación, el SENCE verificará que el Oferente adjudicado no haya sido condenado por prácticas antisindicales, dentro de los 2 años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, revisando para ello el registro de proveedores en el portal www.mercadopúblico.cl.
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16. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN |
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El SENCE informará a todos los oferentes, del resultado de la licitación y la adjudicación de la misma, a través del portal de Mercado Público. Procederá adjudicar al oferente que presente la oferta que sea más conveniente para nuestro Servicio Nacional.
Cualquier incumplimiento del proveedor adjudicado, facultará al SENCE para dejar sin efecto la adjudicación original y re-adjudicar la licitación al Oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en un plazo máximo de 30 días corridos, de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
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