Licitación ID: 514847-23-LE24
Adquisición Equipos para Central de Esterilización
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LAUTARO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 26
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Esterilizadores o autoclaves de vapor 2 Unidad
Cod: 42281508
Autoclaves Automático 85 Litros  

2
Unidades médicas 2 Unidad
Cod: 30201901
Selladoras Continuas para Material Esterilizables  

3
Unidades médicas 2 Unidad
Cod: 30201901
Aplicadores de Etiqueta Esterilización con Rollos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición Equipos para Central de Esterilización
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Lautaro, a través de su Departamento de Salud, en adelante DSM, llama a presentar ofertas a través de Licitación Pública para la Adquisición de EQUIPOS CENTRAL DE ESTERILIZACIÓN, según detalle de Numeral 13 y Anexo N° 3.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Salud
R.U.T.:
69.190.100-9
Dirección:
OHIGGINS Nº 1096
Comuna:
Lautaro
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-07-2024 18:00:00
Fecha de Publicación: 09-07-2024 13:55:00
Fecha inicio de preguntas: 09-07-2024 17:29:00
Fecha final de preguntas: 11-07-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-07-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-07-2024 13:21:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-07-2024 13:21:00
Fecha de Adjudicación: 13-01-2025 11:48:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA SEGUN BASES ADJUNTAS. 5%
2 PROCEDENCIA DE LA MARCA SEGUN BASES ADJUNTAS. 30%
3 PLAZO DE ENTREGA SEGUN BASES ADJUNTAS. 15%
4 LOCALIZACION GEOGRAFICA SEGUN BASES ADJUNTAS. 10%
5 GARANTIA SEGUN BASES ADJUNTAS. 15%
6 PERMANENCIA CON LA MARCA SEGUN BASES ADJUNTAS. 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2152905999003
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: HERNALDO MORALES URREA
e-mail de responsable de pago: HMORALES@MUNILAUTARO.CL
Nombre de responsable de contrato: MARCO JOFRE LEIVA
e-mail de responsable de contrato: MJOFRE@MUNILAUTARO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2591471-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe al Proveedor adjudicado subcontratar todos o algunos de los servicios y productos encomendados a raíz de la presente Licitación, sus Bases, Contrato yu Orden de Compra. El incumplimiento de esta prohibición por parte del Contratista será cons
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
SANCIONES Y MULTAS
El oferente contratado estará afecto a las multas y sanciones que digan relación con la inadecuada ejecución en la entrega del producto adjudicado, la forma de entregarlo o incumplimiento de lo indicado en las presentes Bases y posterior Orden de Compra. Se aplicarán multas del 0.5% del valor total adjudicado por día de atraso en la entrega del producto. En caso que los hechos sean constitutivos de falta, corresponderá al DSM determinar la naturaleza y cuantía de la sanción, para lo que considerará, entre otros aspectos, la situación del abastecimiento del bien en particular y el porcentaje de cumplimiento de las entregas que el proveedor tiene en el período respectivo, de acuerdo a las bases. El DSM resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la sanción. En caso de aplicar una sanción, ésta se comunicará por escrito, El Proveedor podrá interponer recurso de reposición ante el Director del DSM, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación. Se entenderá practicada la notificación a contar del tercer día siguiente de la recepción de la carta en la oficina de correos respectiva. Recibida la reposición del proveedor, el Director por su parte deberá resolver en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, con los antecedentes que se disponga y/o que el proveedor haya aportado. Se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía, a través de una resolución, la que será debidamente notificada al proveedor, en los términos señalados en los párrafos anteriores. Respecto de esta decisión, procederán los recursos que al efecto dispone la Ley Nº 19.880. Una vez ejecutoriada la sanción, y para el evento de que esta conlleve una multa, o indemnización, el DSM podrá cobrar mediante la rebaja directamente del total facturado debiendo el proveedor respaldar con la Nota de Crédito respectiva. No obstante lo anterior, se podrá obviar la multa en la medida que el atraso o incumplimiento se deba a razones de fuerza mayor no atribuibles al proveedor. Con todo, las razones del atraso o incumplimiento deberán ser debidamente informadas y respaldadas lo que será evaluado y considerado por el DSM. Junto con ello, el proveedor deberá comprometerse con un nuevo plazo de despacho. En el caso que el proveedor no cuenta con el producto solicitado, deberá en un plazo no mayor a 48 horas rechazar la Orden de Compra emitida consignando tal razón. De no cumplir con esta formalidad y transcurridas las 48 horas, se entenderá como incumplimiento al contrato y se le aplicará la multa indicada en esta cláusula.
MECANISMO Y RESOLUCION DE EMPATE
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate, en este caso, son los siguientes: En caso de presentarse un empate en puntaje ponderado, se considerará para efectos de adjudicación, en primer término, al oferente con mejor puntaje en el criterio Procedencia de la Marca. De persistir el empate, se considerará al proveedor con el mayor puntaje obtenido en el criterio Permanencia con la Marca. De no producirse desempate, se considerará el mayor puntaje obtenido en el parámetro Garantía. De mantenerse el empate, se considerará al oferente con mayor puntaje en el criterio Plazo de Entrega. De continuar el empate, se considerará al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio Localización Geográfica. De continuar el empate, se considerará al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio Oferta Económica. Si pese a todo lo anterior, aun persistiera el empate, la Comisión Evaluadora citará a representantes de las Empresas que igualen en puntaje para definir en conjunto la modalidad para desempatar. De no presentarse uno o unos de los oferentes empatados, implicará la adjudicación al que se presentare o se dirimirá sólo entre quienes se presentaron, según corresponda la situación.
ADJUDICACION Y READJUDICACION
Se adjudicará a aquel Proveedor que cumpliendo todos los requisitos formales haya además obtenido el mayor puntaje ponderado, previa aplicación y cálculo de los parámetros de evaluación por parte de la Comisión Evaluadora. Con ello, se asegura que la propuesta adjudicada sea la que satisfaga de mejor forma la necesidad del DSM, en este caso, en lo que a la adquisición de los Equipos de la Central de Esterilización se refiere. El Acto Administrativo indicado anteriormente, quedará materializado a través del Decreto respectivo autorizado y firmado por el Sr. Alcalde de la Comuna o por quien haya delegado su firma o por quien los subroguen. A su vez, cuando el Proveedor adjudicado no suscribiera el Contrato o no aceptara la Orden de Compra dentro de los plazos establecidos por las Bases o la Ley de Compras, el Municipio está facultado para readjudicar la Licitación a aquel Proveedor que en orden de prelación haya obtenido el segundo puntaje ponderado más alto y así sucesivamente si este último tampoco suscribiera Contrato o aceptare la respectiva Orden de Compra.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.