Durante
el proceso de análisis, estudio y ponderación de las ofertas que se presenten a
esta Licitación Pública, la Universidad del Bío-Bío podrá solicitar, según lo
estime pertinente y procedente y de conformidad con el artículo 40 del Decreto
Supremo Nº250, Reglamento de la Ley 19.886, a cualquiera de los oferentes,
salvar errores u omisiones formales que se detecten en sus ofertas, debiendo
informar de dicha solicitud a los demás oferentes a través del Sistema de
Información. Dichas correcciones no
podrán en caso alguno, implicar la modificación de los precios o elementos
sustanciales de la oferta.