9. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
9.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
9.1.1. Introducción
La Dirección General de Promoción de Exportaciones (PROCHILE), requiere implementar un sistema de gestión por competencias que permita gestionar de forma eficiente el desarrollo y desempeño de las personas en su ciclo de vida laboral. Para esto, el nuevo sistema de gestión del desempeño aporta un valor fundamental al medir las competencias del personal en base al modelo establecido. Esta información debe ser gestionada a través de una plataforma que permita un análisis de información óptimo para la toma de decisiones. Por tanto, la implementación del nuevo reglamento de gestión del desempeño agregará valor a la gestión del desarrollo de personas a nivel institucional y aportará en la integración de los procesos de gestión de personas (selección, inducción, capacitación, desempeño y perfiles de cargo).
El Reglamento Especial de Calificaciones de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, aprobado mediante el decreto exento N° 3, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Reglamento de Calificaciones del Personal Afecto al Estatuto Administrativo, aprobado por el decreto N° 1.825, de 1998 del Ministerio del Interior, y de aplicación supletoria en la especie contemplan, entre otras, las siguientes características:
a. Periodo objeto de calificación de 1 año calendario comprendido entre el 1 de abril y el 31 de marzo del año siguiente (primer ciclo de implementación por única vez se contemplará un periodo de calificación de 19 meses).
b. Las etapas generales del proceso contemplan:
i. establecimiento de metas del periodo (dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de abril)
ii. informe de desempeño de los funcionarios precalificadores que comprende el período que media entre el 1 de abril y el 31 de agosto (dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de septiembre)
iii. precalificación (dentro de los 10 primeros días hábiles del mes de abril)
iv. proceso de calificación (mes de 1 de abril a 30 de junio de cada año).
c. El primer ciclo de implementación considera por única vez dos (2) informes parciales de desempeño (abril y septiembre 2020).
d. Los factores que se evaluarán serán:
i. Factor 1: competencias institucionales
ii. Factor 2: competencias específicas por familias de cargo.
iii. Factor 3: Cumplimiento de metas individuales, las que pueden ser modificadas durante el periodo calificatorio.
e. Escala de medición en base a cinco intervalos que tienen asignadas las notas 2, 4, 6, 8 y 10, la que en definitiva, conforme se traduce en un puntaje final de 20 a 100 puntos, conforme a lo señalado en el reglamento calificatorio de PROCHILE.
f. Entrevista de retroalimentación como proceso obligatorio entre la jefatura y sus colaboradores/as.
g. Autoevaluación, la que es solo una referencia para la jefatura directa, no vinculante con la evaluación final.
h. La persona evaluada puede realizar observaciones a la evaluación realizada por su jefatura directa, tanto en el informe parcial de desempeño como en la precalificación.
i. El proceso de desempeño debe contemplar una Hoja de Vida del funcionario, donde se registren las actuaciones del/de la empleado/a que impliquen una conducta o desempeño funcionario destacado o reprochable. Esto de traduce en un registro de anotaciones de mérito o demérito solicitadas por la jefatura directa al área de Gestión de Personas para ser registradas en la Hoja de Vida Funcionaria.
j. El proceso de calificación se aplica a personas que hayan tenido un desempeño efectivo de al menos 6 meses continuos o discontinuos durante el periodo calificatorio, salvo las excepciones contempladas en el artículo 5 del decreto N° 1.825, de 1998.
k. El informe parcial de desempeño y la precalificación son efectuadas por la jefatura directa (ambas deben ser debidamente fundadas). En tanto, la calificación es efectuada por la Junta Calificadora, la cual se constituye por las 5 más altas jerarquías de la Institución, exceptuando al Jefe de Servicio. La Junta Calificadora toma como base la evaluación realizada por la jefatura directa en la precalificación y puede bajar, mantener o subir esta nota.
9.1.2. OBJETIVOS DE LA LICITACIÓN
Objetivo General
El objetivo general de la presente Licitación es seleccionar una entidad que preste los servicios de administración, suministro y continuidad de una plataforma para la implementación del sistema de gestión del desempeño de PROCHILE, que se ajuste a los requerimientos del Reglamento General de Calificaciones (D.S. 1825 de 1998 del Ministerio del Interior), y del Reglamento Especial de Calificaciones de PROCHILE (Decreto N° 3 del 05 de enero de 2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 05 de diciembre de 2018).
Objetivos Específicos
a. Disponer de un servicio de plataforma web que apoye la implementación y mantenimiento del sistema de gestión del desempeño en PROCHILE, siendo los datos almacenados por el oferente.
b. Disponer de un servicio de apoyo óptimo para la adecuación del servicio de la plataforma web para PROCHILE.
c. Disponer de una mesa de ayuda con una respuesta rápida, particularmente en los periodos de alta demanda, de acuerdo a los niveles de servicio determinados.
9.1.3. VOLUMEN OPERACIONAL ACTUAL
A continuación, se detallan los volúmenes promedio de operación del Sistema actual, en función de los siguientes indicadores: N° de personas calificadas: 440
9.1.4. SERVICIOS REQUERIDOS
Las condiciones de contratación de los servicios se detallan a continuación:
9.1.4.1. Adecuación e implementación de la plataforma
El proveedor deberá presentar un plan de adecuación de la plataforma de acuerdo a las necesidades del sistema de gestión de desempeño y su respectiva implementación de acuerdo a las características del reglamento de desempeño de PROCHILE. Este plan debe contemplar las principales fases, así como la capacitación a las personas que operarán el sistema. La implementación de dicha plataforma deberá estar disponible para la realización del primer informe de desempeño en el mes de abril de 2020.
9.1.4.2. Características de la plataforma
La plataforma deberá contar con los siguientes requerimientos:
a. Evaluación de la persona en base a competencias, conforme a las indicadas en el artículo 2 y 3 del Reglamento Especial de Calificaciones de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, distribuidas en:
a) competencias institucionales (comunes a todo el personal)
b) competencias específicas por familias de cargo (grupos de cargos con competencias comunes)
c) cumplimiento de metas individuales. Las cuales varían de 1 a 3 metas fijadas por persona y deben contar con campos de registro para su seguimiento. A su vez, estas metas deben contar con la flexibilidad en la plataforma para ser modificables durante el periodo calificatorio.
b. Conforme con el artículo 3 del Reglamento Especial de Calificaciones de este Servicio, el sistema debe contar con una escala de evaluación de las competencias y metas, determinado en los siguientes intervalos: 2 (insuficiente), 4 (regular), 6 (bueno), 8 (muy bueno) y 10 (excelente). El puntaje total debe ser expresado en un numeral de 20 a 100 puntos.
c. El sistema debe contar con los módulos de 1 informe parcial (de desempeño) y 1 precalificación, ambas realizadas por la jefatura directa y en las que se evalúan las competencias y metas asignadas a la persona.
d. El sistema debe contar con un módulo de autoevaluación disponible en el informe parcial y en la precalificación, esta información será de referencia para la jefatura directa, no vinculante con la evaluación final.
e. El sistema deberá entregar las condiciones para que se realice la retroalimentación en el informe parcial y en la precalificación, indicando formas de consulta que permitan chequear que la jefatura cumplió con este deber.
f. El sistema deberá proveer de una “Hoja de Vida” por cada persona evaluada en la que se registren sus anotaciones de mérito y demérito. Esta Hoja de Vida no será visible para la jefatura directa, sino que su registro y visualización deben ser visibles para los administradores del Subdepartamento de Gestión de Personas.
g. El sistema debe proveer de un espacio para que la persona realice observaciones a su informe parcial de desempeño y a su precalificación, en la medida que lo considere necesario. Estas observaciones y visualización deben ser visibles para los administradores del Departamento de Gestión de Personas.
9.1.4.3. Usabilidad y gestión
La plataforma debe proveer los siguientes requisitos de usabilidad y gestión:
a. El sistema debe entregar reportes en línea respecto al cumplimiento de evaluaciones de las jefaturas.
b. El sistema debe permitir la notificación automática a los correos electrónicos de las personas que se encuentren pendientes de cumplimiento.
c. El sistema debe entregar distintos perfiles con visualización segmentada, por ejemplo administradores, jefaturas, directivos, usuarios, etc.
d. El sistema debe entregar informes por al menos: evaluación por competencias, metas, Dirección, anotaciones de mérito y demérito, calificaciones, etc.
e. El sistema debe permitir cargas de personas con campos que faciliten su individualización: nombre, rut, fotografía, Dirección, jefatura directa, etc.
f. El sistema debe proveer un usuario y clave por persona, permitiendo su acceso desde la intranet institucional.
g. El informe parcial (de desempeño), la precalificación y la calificación deben encontrarse en formato de impresión individual, la que debe contener las notas por cada competencia y meta, con los espacios para firma de la persona evaluada y su jefatura directa.
9.1.4.4. Requisitos técnicos.
El oferente deberá considerar, como parte de la solución ofertada, el cumplimiento de los siguientes requisitos técnicos de la plataforma:
a. La solución debe considerar un portal web que permita el acceso controlado y perfilado de distintos usuarios de la organización.
b. La solución deber compatible con la última versión de los browsers (IE, Chrome y Edge). En el caso que, si existieran nuevas versiones de navegadores, las modificaciones al sistema serán sin costo para ProChile.
c. La plataforma debe presentar una disponibilidad mensual de acuerdo a los periodos de baja/alta demanda:
- Alta Demanda: lapso correspondiente a los periodos de precalificación y evaluación. En este periodo la disponibilidad de la plataforma debe corresponder al menos 99,5%. (Considerar que 99,5 implica estar fuera de línea 3 horas con 40 minutos al mes).
- Baja Demanda: corresponde a los períodos del año no contemplados en la letra a) y debe considerar una disponibilidad de la plataforma de 99% (Esto implicar estar fuera de línea 7 horas 18 minutos).
d. Debe considerar los siguientes niveles de servicio para la resolución de incidencias:
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Nivel de Severidad
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Definición
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Soporte
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Tiempo de resolución máximo
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Alto
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El sistema no es posible usar, resultando en un impacto crítico en la operación.
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Trabajo continuo hasta que se haya repuesto el servicio o que se disminuya el grado de criticidad
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4 horas
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Medio
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El servicio opera con limitaciones y afecta al menos 50% de los usuarios
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Trabajo continuo hasta que se haya repuesto el servicio o que se disminuya el grado de criticidad
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12 horas
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Bajo
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Presenta un error menor, pero el sistema aun puede ser usado.
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Trabajar en el diagnóstico y solución del problema. Acordar con el administrador de plataforma la entrega de solución.
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24 horas
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e. La solución debe incluir la integración del sistema con nuestro Active Directory (AD), para la autenticación de usuarios a la plataforma.
f. El proveedor debe incorporar en su oferta un ambiente de testing para que PROCHILE valide los cambios y mejoras antes de poner en producción.
g. El proveedor debe considerar la preparación y entrega de manuales de usuarios.
h. La solución debe considerar como parte del servicio, una vez al año, el análisis de vulnerabilidad y ciberseguridad de la plataforma. Debe incluir acciones de corrección y mitigación aplicadas.
i. Disponibilidad horaria del servicio mínima entre las 09:00 y 18:00 horas.
j. Todos los mantenimientos correctivos y evolutivos de la plataforma deben estar incorporados en su oferta técnica-económica, cuyos requerimientos serán dados hasta la finalización de un siclo de evaluación.
k. Se debe incluir carga inicial de metas y mantenimiento de organigrama y subrogancia de evaluadores.
l. Del plazo de implementación, una vez autorizado el contrato respectivo, no podrá superar los 3 meses, considerando que se debe realizar la primera evaluación por la plataforma en abril de 2020.
9.1.5.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:
- ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente
Se debe entregar la información requerida en el Anexo N° 1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado “ChileProveedores”, se considerará como presentada por el oferente.
- ANEXO N° 2: Formulario Oferta Económica
Presentación escrita en pesos chilenos, el monto total ofertado por la implementación de la solución y el período de 24 meses de prestación de los servicios no podrá exceder del presupuesto estimado, que asciende a $ 14.000.000.- (catorce millones de pesos), incluyendo impuestos y costos asociados.
- ANEXO N° 3: Formulario Oferta Técnica
Presentación escrita de acuerdo al Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”. La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:
I. Descripción de los Servicios: Una presentación escrita con la descripción detallada de las características de los servicios ofrecidos.
II. Experiencia Oferente: Experiencia del Oferente completando el listado con un máximo de cinco 5 servicios similares (servicios de implementación de plataforma de gestión del desempeño, con una cantidad de al menos 440 usuarios soportados), realizados durante los años 2016, 2017, 2018 y/o 2019, según formato contenido en el Anexo N°3. Cada uno de los servicios señalados en el listado anterior deberá contar con el respectivo respaldo, el cual podrá consistir en una copia íntegra del contrato o un certificado emitido por el cliente. Los documentos utilizados para acreditar la experiencia, deberán contener al menos la siguiente información: cliente, año que se prestó el servicio y nro. de usuarios soportados.
En el evento de que se incluyan más de 5 servicios similares al solicitado, PROCHILE sólo evaluará los primeros 5 incluidos en el listado. Si el servicio fue prestado para PROCHILE deberá indicar los datos en el listado pero no será necesario adjuntar documentos de acreditación.
9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y las presentes Bases, las cuales son obligatorias para los que participen en la licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
Los derechos y obligaciones del adjudicatario se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:
a. Ley N°19.886 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
b. Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
c. Oferta del adjudicatario y aclaraciones a la misma.
d. Orden de Compra que emita PROCHILE.
9.3.- PLAZOS
Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos. Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente sin necesidad de comunicación o resolución alguna.
9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES
Quienes presenten ofertas en esta licitación, deberán, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones de lo contratado, fijar su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, y se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el adjudicatario de la contratación.
9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnica - económicas por un plazo de sesenta (60) días.
9.6.- COSTO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a PROCHILE responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
9.7.- ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3.- "Etapas y Plazos", de las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). PROCHILE pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.- "Etapas y Plazos".
9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES
PROCHILE podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. En caso de realizarse una modificación antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, dicho plazo deberá ampliarse en no menos de 2 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y serán aprobadas por resolución de PROCHILE.
9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por PROCHILE, en idioma español y sólo aquellas ofertas de los proponentes enviadas oportunamente.
Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta ahí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá indicarse en pesos, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:
a. Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-18-LE19. Presionar el Botón “Buscar”.
b. Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.
c. Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
d. Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.
e. Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica”, Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica” y Anexo N° 4, “Declaración Jurada”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
f. Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.
9.10.- APERTURA
La apertura se efectuará a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un funcionario del Departamento de Compras, un representante del Departamento de Gestión de Personas y un abogado de la Dirección de Asuntos Jurídicos, todos de la Dirección General de Promoción de Exportaciones.
El funcionario del Departamento de Compras de PROCHILE que asista al acto de apertura extenderá un Acta, en que dejará constancia de sus nombres, fecha y hora de inicio y cierre del acto de apertura y sus circunstancias, la individualización de los Oferentes con el nombre o razón social y rol único tributario, los antecedentes de las ofertas y demás documentos recibidos según los requerimientos de las Bases de Licitación. Esta acta será publicada para conocimiento de los participantes.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, PROCHILE podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas admisibles que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.
La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora, integrada por tres funcionarios(as) del Departamento de Gestión de Personas, todos de PROCHILE. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a. Evaluar las ofertas técnicas y económicas presentadas, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.
b. Resolver si las ofertas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las Bases de Licitación. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla.
c. Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
d. Elaborar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, dejará constancia de las propuestas rechazadas o inadmisibles y sus razones y, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
e. La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 día hábiles, desde publicada la consulta, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo. Asimismo, en caso de estimarlo necesario, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a un oferente acreditar cualquier hecho contenido en su propuesta, debiendo éste acompañar los documentos complementarios requeridos dentro del plazo que se le indique.
En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:
- Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer click en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-18-LE19. Presionar el Botón “Buscar”.
- Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.
- Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.
- Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas, se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:
a. Descripción y Calidad de la Propuesta Técnica 40%
b. Experiencia del Oferente 40%
c. Propuesta Económica 20 %
1. Evaluación del criterio Descripción y Calidad Técnica de la Propuesta (40%)
Para medir este factor se evaluará la descripción, metodología y calidad de las características técnicas propuestas por cada oferente y el cumplimiento de los requerimientos técnicos contemplados en las presentes Bases en relación a:
- 9.1.5.1. Adecuación e implementación de la plataforma.
- 9.1.5.2 Características de la plataforma.
- 9.1.5.3 Usabilidad y gestión.
- 9.1.5.4 Requisitos técnicos
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Puntaje
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Justificación
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Nota 4
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La propuesta entregada por el oferente, cumple de manera satisfactoria con todos los requerimientos descritos en las especificaciones técnicas, describiendo las características, metodología y demás alcances de cada elemento solicitado en las presentes Bases, entregando adicionalmente, una propuesta de mejoras vinculada directamente con los requerimientos técnicos descritos.
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Nota 2
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La propuesta entregada por el oferente, cumple con todos los requerimientos descritos en las especificaciones técnicas y describe las características, metodología y demás alcances elementos solicitados en las presentes Bases, sin agregar una propuesta de mejoras vinculada directamente con los requerimientos técnicos descritos..
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Nota 0
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La propuesta técnica entregada por el oferente, no cumple con todo lo requerido en las especificaciones técnicas, y/o su oferta carece de información suficiente y no describa las características, metodología de los elementos solicitados en las presentes Bases, lo que no permite identificar el cumplimiento de los requerimientos técnicos solicitados.
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Al respecto, cabe señalar que se entiende como propuesta de mejoras, a aquellos aspectos que hagan más atractiva la oferta y implicando un perfeccionamiento objetivo en el servicio prestado.
2. Evaluación del criterio Experiencia del Oferente (40%)
Para la evaluación de este criterio, se tendrá en cuenta la experiencia que acrediten los oferentes, en la realización de servicios similares al de la presente licitación, respecto a servicios de plataforma para sistema de evaluación de desempeño a empresas privadas o instituciones públicas, que hayan sido prestados entre los años 2016, 2017, 2018 y/o 2019. Solo se considerarán los servicios mencionados en el Listado del Numeral II del Anexo N°3 “Formulario Oferta Técnica”, debidamente acreditados con la documentación indicada en el numeral 9.1.5. de estas bases. No serán considerados para la evaluación más de 5 servicios por oferente.
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Puntaje
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Justificación
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Nota 4
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Acredita la realización de 5 servicios similares al licitado.
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Nota 3
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Acredita la realización de 3 ó 4 servicios similares al licitado.
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Nota 2
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Acredita la realización de 2 servicios similares al licitado.
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Nota 1
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Acredita la realización de 1 servicio similar al licitado.
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Nota 0
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No entrega información suficiente o no acredita la realización de servicios similares al licitado.
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3. Evaluación del criterio Propuesta Económica (20%)
Para la evaluación de este criterio, se tendrá en cuenta el monto total ofertado, por el período de 24 meses de prestación de los servicios, incluyendo impuestos y eventuales costos asociados.
La Nota de cada oferente por su “Valor total ofertado para Evaluación” se calculará de la siguiente forma: La propuesta de menor valor será calificada con el mayor puntaje asignado para este factor (nota 4). Las siguientes ofertas serán calificadas con un puntaje proporcional a dicha propuesta, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Nota Oferente: Valor total ofertado para Evaluación de la oferta de menor precio x 4
Valor total ofertado para Evaluación de la oferta que se analiza
En caso de que se reciba una sola oferta será calificada con nota 4 siempre que no supere el presupuesto disponible. Las ofertas que excedan de $14.000.000.- (catorce millones de pesos chilenos) no serán evaluadas.
El resultado de la evaluación se obtendrá de la suma de los puntajes considerando los puntos obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes asignados a dichos factores.
9.12.- ADJUDICACIÓN
Terminada la evaluación, y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.
En caso que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:
a. Mayor puntaje total obtenido en el criterio Descripción y Calidad Técnica de la Propuesta.
b. Mayor puntaje total obtenido en el criterio Experiencia del Oferente.
c. Mayor puntaje total obtenido en el criterio Propuesta Económica.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que incluirá las declaraciones de inadmisibilidad correspondientes.
En caso que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral N° 3.- “Etapas y plazos”, PROCHILE informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
PROCHILE declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el acápite 4.- Antecedentes para incluir en la oferta.
PROCHILE podrá además declarar desierta la Licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas determinaciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.
9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
Se podrá dejar sin efecto la adjudicación, por resolución fundada, concurriendo alguna de las siguientes causales:
a. Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación.
b. Si el oferente no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de suscribirlo.
c. Si el adjudicatario es una Unión Temporal, cuando ésta no materialice mediante el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo en que conste dicha unión temporal.
d. Si el adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con la Dirección General de Promoción de Exportaciones, PROCHILE, conforme a la materia aplicable en la especie.
e. Si el adjudicatario no acredita encontrarse hábil en el Registro de Proveedores que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato.
f. Si el adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato dentro del plazo fijado para este fin en la resolución adjudicataria.
g. Si el adjudicatario no devuelve firmado el contrato dentro del plazo fijado en el numeral 9.14.- “Condiciones contractuales”.
h. Si los documentos presentados por el adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste; la misma sanción se aplicará si el error se detecta durante la vigencia del contrato.
Verificada alguna de las causales anteriores, PROCHILE podrá readjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación de las Ofertas, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES
Dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado desde la publicación de la resolución adjudicataria en el “Sistema de Información” (www.mercadopublico.cl) y siempre que el adjudicatario haya acompañado la documentación legal respectiva, ProChile elaborará y gestionará la firma del contrato por el oferente adjudicatario, debiendo éste devolverlo suscrito en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha en que se le solicite la suscripción. Si no se suscribiera dentro de este término, ProChile podrá dejar sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor.
Conjuntamente con la devolución del contrato firmado y la correspondiente Declaración Jurada, conforme al Anexo N° 5 correspondiente, el adjudicatario deberá entregar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, que además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores.
Para la elaboración del contrato, el adjudicatario deberá remitir a ProChile los siguientes antecedentes legales:
1.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):
a. Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la Ley N°19.886.
2.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:
a. Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente Licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a sesenta (60) días anteriores a la de su presentación.
b. Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a sesenta (60) días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
c. Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
d. Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
e. Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
f. Declaración jurada, según formato Anexo N° 5-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo N° 4 de la Ley N° 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas del Adjudicatario.
3.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:
a. Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
b. Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
c. Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a sesenta (60) días anteriores a la de su presentación.
d. Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las circunstancias contempladas en éste.
4.- En caso de que el Adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:
a. Declaración jurada, según formato Anexo N° 5-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo N° 4 de la Ley N° 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa adjudicataria.
b. Documentos que acrediten su existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a cinco (5) días hábiles.
El adjudicatario sólo deberá remitir a PROCHILE aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores.
En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo previsto para la suscripción del contrato.
En el caso que se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el Acuerdo en que conste la Unión Temporal deberá materializarse mediante el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo de dicha unión temporal.
9.15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En caso que se presentaren situaciones emergentes no consideradas en el contrato, ambas partes de común acuerdo podrán efectuar modificaciones a éste en la medida que no impliquen variaciones en el precio acordado y se refieran a las siguientes materias: Adecuaciones menores a la plataforma hasta su implementación, fechas y cantidad de capacitaciones propuestas y aumento o disminución de usuarios evaluados y evaluadores de hasta en un 10%.
9.16.- DEL PAGO
El pago será en pesos chilenos y se efectuará de la siguiente forma:
Los pagos se realizarán en cinco cuotas distribuidas en 24 meses de acuerdo a los siguientes hitos:
a. Primer Pago: por un monto equivalente al 50% del precio total del contrato, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo aprueba, previa entrega de la garantía correspondiente por concepto de anticipo, válidamente emitida, de conformidad a lo dispuesto en el número 8, “Garantías requeridas” subtítulo “Otras garantías”.
b. Segundo Pago: por un monto equivalente al 12,5% del precio total del contrato, se pagará una vez finalizado el primer informe de desempeño 2020 durante el mes de abril 2020.
c. Tercer Pago: por un monto equivalente al 12,5% del precio total del contrato, se pagará una vez finalizado el segundo informe de desempeño 2020 durante el mes de septiembre 2020.
d. Cuarto Pago: por un monto equivalente al 12,5% del precio total del contrato, se pagará una vez finalizado el primer informe de desempeño 2021 durante el mes de abril 2021.
e. Quinto Pago: por un monto equivalente al 12,5% del precio total del contrato, se pagará una vez finalizado el segundo informe de desempeño 2021 durante el mes de septiembre 2021.
- Los pagos se realizarán dentro de los 30 días siguientes a la recepción, por parte de PROCHILE, de la respectiva factura emitida una vez prestados los servicios y de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, siempre que cuente con aprobación de la contraparte técnica de PROCHILE.
- El Adjudicatario emitirá la Factura correspondiente y la hará llegar a PROCHILE, por medio de su Oficina de Partes, ubicada en calle Bombero Salas Nº 1345, Santiago Centro, Región Metropolitana. En caso de que sea electrónica, ésta debe ser enviada al correo electrónico: “62000680-7@prd.inbox.febos.cl.”.
- En el caso de presentar Factura no electrónica, previo al pago, el Departamento de Finanzas de PROCHILE deberá confirmar con el Adjudicatario que el cuadruplicado cobro ejecutivo cedible de la respectiva factura no ha sido transferido a un tercero. Ratificado tal hecho, PROCHILE procederá a pagar al Adjudicatario y éste entregará a su vez el mencionado cuadruplicado para su inutilización.
Cada factura deberá ser emitida a nombre de PROCHILE considerando en forma indistinta cualquiera de las alternativas que se indican a continuación (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto):
- Dirección General de Promoción de Exportaciones.
- PROCHILE.
Lo anterior, señalando como “Giro”: Actividades de la Administración Pública General y como “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
v Los pagos estarán sujetos a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudique la Licitación y aceptada la Orden de Compra a través de www.mercadopublico.cl
Los pagos podrán efectuarse a través de cheque o transferencia electrónica, para lo cual el proponente adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.
9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA
Actuará como contraparte técnica en PROCHILE, el Jefe del Departamento de Gestión de Personas, a quien le corresponderá gestionar el contrato, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado y de las Garantías asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al remplazante.
9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de PROCHILE que lo apruebe y se extenderá por un período máximo de 24 meses o hasta que se haya pagado la suma total de $ 14.000.000.- (catorce millones de pesos), según lo que ocurra primero.
9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Contrato podrá terminarse anticipadamente por la PROCHILE sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, entendiéndose por tal la aplicación de seis multas.
c) Quiebra o el estado de notoria insolvencia del Adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, como en caso de huelga de sus trabajadores, entre otros.
f) Si los representantes o el personal dependiente de la empresa adjudicataria cometan delitos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
g) No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, si correspondiere.
h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
i) Si los documentos presentados por el adjudicatario adolecen de inexactitudes que impiden su acertada inteligencia y por ello hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de licitación o durante la vigencia del contrato.
Para concretar lo indicado en el párrafo precedente, una vez así calificado PROCHILE deberá notificarlo por escrito al adjudicatario, con un aviso de 10 (diez) días corridos previo a la fecha de término que se fije. Asimismo, una vez dictada la correspondiente Resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
PROCHILE deberá cobrar la Garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de término anticipado del contrato, salvo en el caso de las causales números i y iv indicadas precedentemente.
9.20.- SANCIONES
El adjudicatario será sancionado por PROCHILE con el pago de multas, por no cumplir con la disponibilidad (Uptime) definido en la sección 9.1.4.4, letra c), para los niveles de servicios, en cuyo caso se aplicará una multa del 5% de la correspondiente factura pendiente de pago, con un tope de 15% en total, una vez transcurrido el máximo de tiempo permitido por cada mes, establecido en la referida sección 9.1.4.4., letra c).
Respecto a los niveles de servicio para la resolución de incidencias, establecidos en la letra d), del numeral 9.1.4.4, PROCHILE aplicará multa de 2% de la facturación mensual por cada hora adicional a los mínimos allí anotados, con un tope de 12 horas.
Asimismo, el Adjudicatario podrá ser sancionado por PROCHILE con el pago de multas, por no proporcionar los servicios contratados en los plazos, bajo las modalidades y conforme a los estándares de calidad y presentación exigidos en estas Bases de Licitación Pública, por causas que le sean imputables. Cada multa será por un monto equivalente a un 2% de la factura mensual.
Si PROCHILE considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al Adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. El Adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos. Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, PROCHILE resolverá sobre el particular mediante Resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al Adjudicatario, copia del Acto Administrativo pertinente.
En caso de que PROCHILE determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, la Adjudicataria deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a cinco (5) días contados desde su notificación. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado, PROCHILE quedará facultada para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago, o bien, hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera a la adjudicataria del cumplimiento de la obligación principal.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por el adjudicatario por la vía de la interposición de los correspondientes recursos de reposición y/o jerárquico, contemplados en el artículo 59 de la ley Nº 19.880.
9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las personas jurídicas chilenas)
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, la empresa adjudicataria que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. PROCHILE, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que la empresa adjudicataria proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a PROCHILE a hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento al Contrato y a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
9.22.- CONFIDENCIALIDAD
El personal del adjudicatario que realice las tareas objeto de esta licitación, estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.