Si el proponente adjudicado, no aceptare la orden de compra en la forma y plazos señalados en las presentes bases, la Universidad del Bío-Bío, mediante resolución fundada, podrá dejar sin efecto la adjudicación. Si la Universidad hiciere uso de esta facultad, podrá adjudicar la licitación a los otros proponentes comenzando por la oferta que hubiera obtenido el segundo mayor puntaje, de acuerdo al orden de prelación que hubieren obtenido en la evaluación de la ofertas o bien, llamar a una nueva licitación pública, según así fundadamente lo declarare.