|
Resolución de Empates |
|
En el evento de producirse un empate entre las ofertas mejor evaluadas, la Comisión Evaluadora podrá proponer la adjudicación de la especie, al oferente cuya oferta económica que haya obtenido el mayor puntaje y de persistir el empate, se adjudicará al proponente cuya oferta técnica sea la de mayor valor. Si aún persiste la igualdad, se adjudicará a la que haya obtenido mejor puntaje en el factor Soporte Técnico del Servicio, y si, de igual manera persiste el empate, se propondrá la adjudicación de la oferta que primero se haya presentado en el Portal según día y hora.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
Los oferentes podrán hacer consultas con relación a la adjudicación, en el plazo de tres días a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
|
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
2. 2. DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES. |
|
2.1. Aceptación de los términos de las Bases
La participación en el proceso implica la aceptación de los proponentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
2.2. Interpretación de las Bases
El CFT de Los Ríos se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los principios de libre concurrencia de los oferentes e igualdad ante las Bases, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.
2.3. Estatuto Jurídico
La relación contractual se regirá por las normas obligatorias y complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que formarán parte integrante de la misma para todos los efectos legales y, en caso de discrepancias, prevalecerán en el orden que se indica:
1. Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación.
2. Respuestas y Aclaraciones a las ofertas del CFT Los Ríos, a las consultas formuladas por los interesados, si las hubiere.
3. Respuestas a las preguntas de los proveedores.
4. Oferta.
5. Orden de Compra.
|
|
|
|
4. DE LAS OFERTAS. |
|
Los participantes de este proceso de licitación deberán presentar sus ofertas considerando todos los servicios licitados, de lo contrario, el CFT de Los Ríos declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con esta condición.
Las ofertas deberán mantenerse vigentes durante 90 (noventa) días corridos, contados desde la fecha de apertura de la licitación.
4.1. Contenido de las Ofertas
Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada Oferta deberá estar conformada por:
• Los Antecedentes Generales del Oferente.
• La Oferta Técnica del Oferente.
• La Oferta Económica del Oferente.
4.1.1. De los Antecedentes Generales.
Todos los proponentes, deberán presentar los siguientes documentos:
a) Declaración jurada simple para postular en la presente Licitación (Anexo Nº1): en donde el proponente declara que no le afectan ninguna de las inhabilidades ni prohibiciones para postular a la presente licitación, establecidas en el inciso 1º del artículo 4° de la Ley N.º 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, de no haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal y de no haber sido sancionado por infracciones a la libre competencia, en los términos del artículo 26 letra d), del Decreto Ley N.º 211, sobre normas de protección a la libre competencia. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, esta declaración debe ser presentada por cada uno de los integrantes.
b) Anexos y propuestas establecidos en la presente licitación: todos los oferentes deberán adjuntar los documentos que se mencionan a continuación, en la oportunidad que se indique:
- Anexo N°1: Declaración jurada simple de habilidad para postular en la presente licitación
- Anexo Nº2: Identificación del oferente.
- Anexo Nº3: Programa de integridad o Compliance.
- Anexo Nº4: Oferta Técnica
- Anexo Nº5: Oferta Económica
Todo lo exigido en el punto 4.1.1. constituye un requisito esencial, por consiguiente, aquel oferente que no presente los anexos al portal, su oferta será declarada inadmisible. Salvo en las excepcionalidades que establezca la comisión evaluadora, de realizar las aclaraciones que estime necesarias, para la correcta evaluación de los oferentes, lo cual no tendrá en ningún caso el carácter de obligatoria para esta.
En caso de existir discrepancia entre lo señalado en el portal www.mercadopublico.cl. y los anexos, prevalecerá lo publicado en el Portal.
Todos los proponentes deberán adjuntar los antecedentes antes singularizados, en soporte electrónico y a través del portal www.mercadopublico.cl (letra a, del ambiente del proveedor).
4.1.2. Garantía de Seriedad de la Oferta
El presente proceso licitatorio no requiere de la presentación de garantías de seriedad de la oferta. Ponderando la urgencia de la adquisición y el valor total de la licitación, presupuesto estimado que no supera las 122 UTM.
4.1.3. La Oferta Técnica
Corresponde a la descripción de los servicios solicitados, conforme a lo requerido en las Bases Técnicas, deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl (Letra b del ambiente del proveedor), de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, debiendo utilizarse para ello el Anexo Nº4, y adjuntando la descripción técnica del servicio, conforme a lo indicado precedentemente.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por el representante o apoderado común con poderes suficientes, designado para estos efectos, quien actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de la Unión Temporal.
La Unión Temporal será considerada como el "Oferente" y sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante el CFT de Los Ríos y de todas las obligaciones que se generen con la entidad.
4.1.4. La Oferta Económica
Es la que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, detalla el precio del servicio ofertado en la correspondiente oferta técnica, en todos sus aspectos esenciales.
El presupuesto estimado en la presente licitación corresponde a $ 7.900.000.- (siete millones novecientos mil pesos) impuesto incluido.
La Oferta Económica deberá presentarse electrónicamente y además deberá adjuntar el Formato de Presupuesto contenido en Anexo Nº5 de las presentes Bases en los anexos económicos del portal www.mercadopublico.cl (Letra c del ambiente del proveedor), de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio.
Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional y en NETO, es decir, no deben contener ningún tipo de impuesto, lo anterior, independiente de completar el Anexo Nº5, en donde se establece el impuesto respectivo si correspondiese.
4.1.5. Costo de formulación de las ofertas
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
|
|
|
|
5. APERTURA ELECTRÓNICA DE LOS ANTECEDENTES GENERALES Y OFERTAS |
|
La Apertura Electrónica se efectuará en la oportunidad y lugar indicado en el Calendario de Eventos, liberándose las ofertas el día y hora señalada en dicho cronograma.
La Apertura es electrónica y no un acto presencial, en el que se procederá a la Apertura Electrónica de los Antecedentes Generales del Oferente y de las Ofertas Técnicas y Económicas.
Seguidamente, se abrirán todos los archivos electrónicos de "Antecedentes Generales" de los oferentes, desde los portales ChileProveedores o Mercado Público, según corresponda, revisando y dando cuenta de la presencia de todos y cada uno de los documentos exigidos en las Bases.
Los oferentes interesados tendrán acceso al acta de apertura a través del Portal y podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura electrónica de las ofertas a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl las que serán analizadas por la respectiva Comisión Evaluadora.
|
|
|
|
6. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
6.1. La Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora elaborará un acta final de la evaluación correspondiente, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación y los resultados de esta, en los términos establecidos en el artículo 40 bis del reglamento de la ley de Compras Públicas.
6.2. Consultas Aclaratorias a Oferentes
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
6.3. Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, requerimiento que será informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Dentro del plazo de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la Comisión Evaluadora, de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Reglamento, los oferentes podrán corregir estos errores o acompañar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
6.4. Evaluación de las Ofertas
Los criterios de evaluación estarán principalmente centrados en una lógica de rigor y control de la seriedad, capacidad y aptitud de los oferentes para prestar el servicio requerido, sin afectar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las Bases.
Las ofertas que no cumplan con todos los criterios, antecedentes y documentación solicitados en las presentes bases, no serán sometidas a evaluación, y se declararán inadmisibles, en los casos expresamente establecidos en estas bases, conforme lo indicado en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
El proceso de evaluación contempla los siguientes criterios, los que estarán valorizados por una ponderación. Cada componente será evaluado en forma independiente y su resultado será representado por una calificación, la cual, ponderada por el respectivo factor, arrojará el puntaje final de la oferta:
Las Ofertas serán evaluadas de acuerdo con la siguiente Pauta de Evaluación:
CRITERIOS FACTORES PORCENTAJE
1 Oferta Técnica Puesta en Marcha 30%
Soporte Técnico del Servicio 20%
2 Oferta Económica Precio 45%
3 Cumplimiento de requisitos formales y programa de integridad Cumplimiento de requisitos formales 3%
Cumplimiento de Programa de Integridad 2%
TOTAL 100%
6.3.3. De la Oferta Técnica (50%)
Las ofertas técnicas no podrán considerar parámetros técnicos inferiores a los descritos en las Bases Técnicas, para lo cual deberán adjuntar la descripción técnica de su propuesta. En caso contrario el CFT de Los Ríos declarará inadmisible la oferta.
Los oferentes serán evaluados de acuerdo, a la siguiente tabla y sus correspondientes ponderaciones:
FACTORES Ponderación
Puesta en Marcha 30%
Soporte Técnico del Servicio 20%
Total, Oferta Técnica 50%
|
|
|
|
6.3.7. Evaluación Total de las Propuestas |
|
El puntaje final de cada propuesta se calculará en base al puntaje de evaluación de la oferta técnica (POT) y la oferta económica (POE), de acuerdo con la siguiente fórmula:
PF = (POT x 50%) + (POE x 45%) + (PCRF x 3%) + (PCPI x 2%)
Donde
PF = Puntaje Final
POT = Puntaje Oferta Técnica
POE = Puntaje Oferta Económica
PCRF = Puntaje Cumplimiento de Requisitos formales
PCPI = Puntaje Cumplimiento Programa de Integridad
Este puntaje final permitirá establecer un ranking de las ofertas, que determine el orden de prelación para adjudicar, y que podrá ser aplicable, en caso, que, el adjudicatario no entregue la documentación necesaria dentro del plazo establecido al efecto, para la elaboración del contrato y/o no suscriba el mismo.
|
|
|
|
7. DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO |
|
7.1. Adjudicación
El CFT adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, aunque ella no sea la de menor valor.
El oferente cuya propuesta u oferta ha sido seleccionada de este modo, será denominado el oferente adjudicatario.
En el evento que el oferente adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración "www.mercadopublico.cl", estará obligado a hacerlo dentro del plazo de 15 días, contado desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la suscripción del contrato. Dentro del mismo plazo deberá encontrarse hábil en el referido registro.
En el caso que se presente una Unión Temporal de Proveedores, todos sus miembros deberán inscribirse dentro del plazo de 15 días, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo a la suscripción del contrato. Dentro del mismo plazo, deberá encontrarse hábil en el referido registro.
La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada del Jefe del Servicio.
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el CFT de Los Ríos podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
El CFT se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso en el cual, antes del cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S.Nº 250/2004 Hacienda, modificado por el DS Nº 1763/2009 Hacienda, que señala:" Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad".
|
|
|
|
7.5. Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración Desierta de la Licitación |
|
En conformidad al artículo 9° de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, el CFT de Los Ríos declarará inadmisible, por Resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del servicio, cualquier oferta que no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, de acuerdo con las causales expresamente establecidas.
Asimismo, el CFT podrá, por resolución fundada, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
|
|
|
|
8. DE LA FORMALIZACIÓN, VIGENCIA Y DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN. |
|
8.1. Formalización de la Contratación.
Notificada la adjudicación, el CFT procederá a formalizar la contratación mediante Orden de Compra emitida a través del portal de mercado en conformidad al contenido de las presentes Bases, a las consultas formuladas y sus respectivas respuestas, a los documentos aclaratorios intercambiados por las partes, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la Ley N.º 19.886, de Compras Públicas y su Reglamento.
Una vez emitida la Orden de Compra, el CFT enviará esta al adjudicatario, otorgándole un plazo máximo de 48 horas para su aceptación, sin perjuicio que dicho plazo puede ser ampliado por necesidades del Servicio.
Al momento de la aceptación de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá hacer entrega de la Declaración Jurada contenida en Anexo Nº1, según corresponda, en la que declara no tener vínculo de parentesco con los funcionarios directivos del CFT de Los Ríos, en los términos establecidos en el inciso 6°, del artículo 4°, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios, y si éste fuere una persona jurídica, además manifestará no haber sido condenado con la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, contemplada en los artículos 8° y 1Oº del artículo primero de la Ley Nº 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho y del artículo 26 letra d) del Decreto Ley Nº 211, que establece normas de protección a la libre competencia.
Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante individualmente considerado, debiendo presentar por separado la declaración solicitada en el Anexo Nº1.
8.2. Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
La presente contratación no exige la presentación de Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
8.3. Vigencia y duración
La presente contratación tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor. Prorrogable por un plazo máximo de 12 meses, por mutuo acuerdo de las partes. La contraparte técnica del CFT junto con la contraparte, suscribirán un Acta en la que conste la fecha de inicio de los servicios correspondientes.
Lo anterior es sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el CFT de Los Ríos con el adjudicatario, desde la notificación de la adjudicación, y de la facultad del CFT de poner término anticipado al contrato en los casos señalados en estas Bases.
|
|
|
|
9. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
|
1.1. Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio prestado por el adjudicatario, el CFT designará a dos funcionarios como contraparte técnica, de forma titular y suplente, quienes tendrán al efecto las siguientes facultades y responsabilidades:
a) Cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada, suscribiendo el Acta de Inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de multas e informe de término anticipado del contrato cuando corresponda, y siempre el Informe Final del Contrato y la evaluación del proveedor.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del servicio.
c) Fiscalizar el estricto cumplimiento del servicio y proponer la aplicación de multas.
d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del CFT de los servicios contratados.
e) Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente. Estos últimos no podrán ser ejecutados sin antes contar con la autorización mediante Resolución Exenta del CFT.
f) Revisar el contenido íntegro de la o las facturas, considerando lo señalado en la Ley 19.983 Artículo 3º, que indica “, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, ó 2. reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción …. “. Remitir la factura del proveedor contratado, a la Dirección Económica y Administrativa del CFT, en un plazo no mayor a 08 días de recepcionada ésta, a fin de dar cumplimiento con lo estipulado en la Ley N° 21.131, que establece un plazo máximo de pago de 30 días desde la emisión de la factura.
g) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del servicio.
Por su parte, el Adjudicatario deberá informar a la contraparte técnica, en la reunión de inicio y antes del comienzo de la prestación, la identificación de la contraparte designada, con el cual se relacionará para todos los efectos señalados y que debe corresponder al ofertado y con dedicación exclusiva.
Todas las decisiones, definiciones y acuerdos adoptados por la contraparte técnica del CFT y la contraparte designada, deberán constar en Actas firmadas por ambos.
1.2. Modificaciones contractuales.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos de éste o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante su ejecución y que incidan en su normal desarrollo.
1.3. Respeto por la normativa del CFT y debido cuidado de sus bienes.
Para la ejecución del contrato y prestación del servicio, el CFT permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución del servicio. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o pérdida que puedan sufrir los bienes del CFT. Asimismo, el adjudicatario será responsable y quedará obligado a la reparación de cualquier daño o accidente que se pudiesen provocar producto de la ejecución del servicio a terceros.
1.4. Cumplimiento de normas sobre higiene y seguridad laboral.
El adjudicatario, deberá cumplir fielmente con lo dispuesto en los incisos 1º y 2° del artículo 184 del Código del Trabajo, que disponen: "El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales". "Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica".
En caso de detectarse incumplimientos por parte del proveedor adjudicado a la normativa vigente sobre higiene y seguridad laboral, la contraparte técnica designada por el CFT tendrá la facultad de ordenar la inmediata paralización.
1.5. Pago del servicio
El servicio prestado se pagará mensualmente previa presentación de facturación del mes correspondiente al servicio prestado y posterior a la recepción conforme de dicho servicio por el área requirente.
El pago se hará por "TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA", por lo que el proveedor adjudicado estará obligado a enviar sus datos bancarios en un plazo de 15 días, contado desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la suscripción del contrato, a través de formulario online diseñado para el efecto.
|
|
|
|
10. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO |
|
10.1. Multas
El CFT aplicará multas por incumplimiento de los plazos ofertados en la puesta en marcha y soporte técnico.
En el caso de la puesta en marcha se aplicará un descuento de 0.5% del valor neto a pagar mensualmente por los servicios contratados.
Respecto del soporte técnico, dichas multas se aplicarán por cada día u hora de atraso, según corresponda, y se calcularán descontándose un 0.5% del valor neto a pagar mensualmente por los servicios contratados.
Las multas no podrán sobrepasar el 30% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
10.2. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, el CFT notificará inmediatamente de ello al adjudicado, mediante correo electrónico o carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el CFT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante correo electrónico o carta certificada.
En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
No procederán estas sanciones si se estableciere la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el CFT, mediante Resolución fundada del jefe del Servicio.
10.3. Modificación o Término anticipado del contrato.
El CFT podrá modificar o poner término anticipado al contrato, por las siguientes causas, según corresponda:
a) Por resciliación de las partes. (mutuo acuerdo)
b) Por exceder las multas el tope máximo del 30% del monto total del contrato.
c) Por estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el contratante pueda funcionar en el giro de su actividad.
g) Por incumplimiento del deber de confidencialidad de la información.
h) Por declaración de quiebra del adjudicatario.
10.4. Subcontratación de servicios.
El adjudicatario podrá previa autorización expresa del CFT, subcontratar servicios para asegurar la ejecución del servicio. Las labores que el adjudicatario subcontrate con especialistas o técnicos distintos a los señalados en su oferta deberán ser notificadas al CFT para su aceptación. En caso de subcontratación, el adjudicatario mantendrá la responsabilidad, tanto contractual como extracontractual, frente al CFT y/o frente a terceros.
Todo el personal y las actuaciones de los subcontratistas serán considerados como del Adjudicatario para efectos de estas bases y del respectivo Contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, el o los Subcontratista(s) deben estar inscritos en el registro de Chile proveedores y ser hábil(es) para contratar con la administración del Estado.
Cualquier oferente que presente subcontrataciones diferentes a alguna de las indicadas precedentemente, quedará fuera de bases y por lo tanto su oferta será declarada inadmisible.
10.5. Otras responsabilidades del adjudicatario.
Todos los permisos que sean necesarios para la ejecución del servicio, así como todas las sanciones derivadas de dicha ejecución, serán de cargo del adjudicatario.
11. RESPONSABILIDAD POR EL EQUIPAMIENTO DEL ADJUDICATARIO.
El Adjudicatario deberá procurar el cuidado y resguardo debido del equipamiento de su propiedad, necesario para servir el contrato, en cuanto a su conservación y estado funcionamiento, estando obligado a la reposición cuando presente falla. El CFT no se hará responsable de pérdidas, hurtos o robos de materiales y/o herramientas.
|
|
|
|