Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Hospital adscrito que corresponda
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Fecha de vencimiento:
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09-10-2029
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Dada la naturaleza y complejidad del contrato denominado 'CONVENIO SUMINISTRO DETERMINACIONES PARA DETECCIÓN DEL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA (VIH) CON PROVISIÓN DE EQUIPOS EN CALIDAD DE PRÉSTAMO', y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 11° de la Ley N° 19.886 y el Reglamento de Compras Públicas vigente, se exigirá de forma obligatoria al adjudicatario la entrega de una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Esta garantía tendrá por objeto caucionar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, la provisión continua de los insumos y el cuidado de los equipos entregados en calidad de préstamo (comodato) a los Laboratorios Clínicos de la Red de Salud de la Región del Maule. El monto de dicha garantía será el equivalente al 5% del valor total neto adjudicado por cada establecimiento de salud adscrito al convenio.
Los datos específicos del beneficiario, la glosa técnica y la dirección de envío física o digital para cada hospital, serán informados formalmente a través de correo electrónico por la Unidad de Adquisiciones respectiva, una vez notificada la resolución de adjudicación de la presente licitación.
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Glosa:
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CONVENIO SUMINISTRO DETERMINACIONES PARA DETECCIÓN DEL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA (VIH) CON PROVISIÓN DE EQUIPOS EN CALIDAD DE PRÉSTAMO DESTINADOS A LOS LABORATORIOS CLÍNICOS DE LA REGIÓN DEL MAULE. ID 5401-2-LP26
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá presentarse en el plazo máximo de 10 días hábiles, desde la notificación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información. De acuerdo a la normativa vigente, este acto administrativo se entenderá notificado una vez transcurridas 24 horas desde su publicación en la plataforma de mercado público.
Solo deberán presentar esta garantía, aquellos proveedores adjudicados en las líneas de licitación que tienen establecida la obligación de presentar dicho documento, lo cual se encuentra definido en el Formulario Resumen Oferta.
El monto, vigencia y glosa se encuentran indicados en el Numeral 6 del Anexo Complementario.
Esta garantía caucionará el cumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato y la calidad o condición de los bienes y/o servicios materia de éste, incluyendo la recepción, instalación y capacitación (si correspondiera) de lo adjudicado. Así mismo, caucionará el período de garantía técnica (si correspondiera) que el adjudicatario haya comprometido en su oferta.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá ser ejecutada, independiente de la aplicación de las multas establecidas en el Artículo Nº 42 y Numeral 14 del Anexo Complementario.
Tratándose de la prestación de servicios, las garantías de cumplimiento del contrato deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 17.322, y permanecerán vigentes hasta sesenta días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos.
En el caso que el monto a garantizar se parcialice en más de un (1) documento, se requiere que estos instrumentos financieros siempre sean de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, y con igual vigencia (fecha de vencimiento), de conformidad a lo indicado en el artículo N°121 del Reglamento de la Ley Nº19.886.
No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio; b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y, c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros. Esta extensión se será aplicable en el caso de contratos de obras, ni de concesión de obras de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 19.886.
En caso de aumentos de plazo asociados a la entrega del bien adjudicado, esta garantía deberá ser reemplazada o complementada con otro documento, donde la nueva vigencia será igual al nuevo plazo del contrato aumentado en la misma cantidad de días que la garantía original.
La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en las presentes bases.
En caso de aumentos de contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía por un monto equivalente al porcentaje establecido en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Este documento deberá ser presentado en un plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo que autoriza el aumento de contrato.
La presentación de esta garantía es considerada un requisito para la aprobación del estado de pago, según lo establecido en el artículo N°40 de las presentas bases.
Aquellos adjudicatarios cuyo plazo de garantía técnica ofertada (cuando proceda) sea superior a 24 meses, podrán presentar un documento de garantía cuya vigencia mínima será de 2 años, junto a una carta de compromiso de renovación cada 2 años (FORMULARIO: CARTA COMPROMISO DE RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO), hasta completar la vigencia descrita en el primer párrafo del presente artículo.
Cada vez que el proveedor adjudicado requiera renovar la garantía con la finalidad de completar la vigencia total requerida, se permitirá que acompañe una garantía de a lo menos dos años de vigencia siempre que acompañe la carta compromiso señalada anteriormente. Toda renovación de esta garantía deberá realizarse al menos 60 días hábiles previos al vencimiento del documento de garantía vigente. La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en el artículo N°11 de las presentes bases.
Del cobro
La garantía podrá hacerse efectiva en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, por lo tanto, en esta garantía se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones, asegurándose además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor adjudicado.
El cobro de esta garantía se realizará de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°124 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y sin perjuicio de las medidas de impugnación dispuestas en la ley N°19.880 para estos efectos. En caso de cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, dentro de 10 días hábiles posterior a la notificación de cobro del primero por parte de la Entidad Licitante.
Así mismo en esta garantía podrá hacerse efectivo el cobro de la garantía por eventuales incumplimientos relacionados con el servicio posventa, es decir, mantenciones, capacitaciones, el correcto funcionamiento del bien y/o servicio adjudicado, entre otros.
De igual modo esta garantía podrá hacerse efectiva en caso de realizarse el término anticipado del contrato por alguna causal de incumplimiento imputable al contratista.
En caso de incumplimiento, será responsabilidad de la Entidad Licitante notificar al proveedor mediante Resolución Exenta, las causas que llevan a solicitar el cobro de la garantía. Cuando el financiamiento de la adquisición provenga desde el FNDR, la Entidad Licitante deberá notificar este incumplimiento al Gobierno Regional del Maule.
En el caso que se haga efectivo el cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, de acuerdo a lo indicado en el artículo Nº11 de las presentes bases.
De la devolución
La solicitud de devolución de la garantía será realizada una vez finalizado el periodo de garantía técnica ofertada por el proveedor (cuando proceda), o bien una vez realizada la recepción conforme de la orden de compra en la plataforma de mercado público y siempre que no existan reparos a la liquidación del respectivo contrato. La devolución será realizada por la Entidad Licitante o por el Mandante, según corresponda, en forma posterior a la recepción de la solicitud a través de memorándum u oficio correspondiente.
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