Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
|
Beneficiario:
|
Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena
|
|
Fecha de vencimiento:
|
28-04-2023
|
|
Monto:
|
10
%
|
|
|
Descripción:
|
Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, dentro del plazo de 05 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, alguno de los siguientes documentos de garantía:
a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCION REGIONAL MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA”, R.U.T. N°61.004.054-3, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos;
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena, R.U.T. N°61.004.054-3, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase; o
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones laborales y previsionales correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente o bien esta no se puede incluir, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
El oferente que sea readjudicado deberá cumplir con la entrega de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
La Garantía podrá otorgarse uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica,
deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 120 días corridos, a contar del término de aquel.
Una vez certificada la prestación de los servicios, sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena de Gendarmería de Chile, efectuados, si procede, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por la contraparte técnica, y previo al vencimiento del plazo adicional de Garantía de 120 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
Si la o las Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, habilitará a Gendarmería de Chile, a proceder en conformidad al inciso primero del artículo 28° de las presentes Bases Administrativas.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
En el caso de aumento de plazo del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá extender el plazo de vigencia de la garantía. Será responsabilidad del contratista renovar la garantía si el contrato se extiende más allá del plazo de su vigencia, por el período que determine el Servicio. Si no la renovare antes de 30 días de su vencimiento, el Servicio queda facultado para hacerla efectiva.
El contratista deberá mantener vigente durante todo el contrato la garantía, siendo de su cargo los gastos que ello le irrogue.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, o en caso de término anticipado cuando las irregularidades constatadas así lo ameriten en atención a su gravedad, Gendarmería de Chile estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que Gendarmería de Chile pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
|
|
|
Glosa:
|
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones laborales y previsionales correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente o bien esta no se puede incluir, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
|
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
Una vez certificada la prestación de los servicios, sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena de Gendarmería de Chile, efectuados, si procede, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por la contraparte técnica, y previo al vencimiento del plazo adicional de Garantía de 120 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
|
|