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1. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN |
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El objeto de la presente licitación es la Contratación Convenio de Suministro de Servicio de Transporte para el Traslado de Estudiantes de la Universidad de Aysén, para el segundo semestre 2025 (desde agosto a diciembre) y para el año 2026 (marzo a diciembre), según especificaciones técnicas que forman parte de las presentes bases.
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2. MARCO NORMATIVO |
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Esta Licitación Pública se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N°19.886 de 2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sus modificaciones y su Reglamento, Aprobado por Decreto Supremo N°661/2024 del Ministerio de Hacienda y por las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes y aplicables al momento de su publicación, por lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, documentos anexos de la propuesta, y las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas formuladas a través del portal www.mercadopublico.cl, la resolución que adjudica la licitación, y la propuesta presentada por el oferente y el contrato o pólizas respectivas.
Adicionalmente serán aplicables las disposiciones contenidas en:
A. Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas.
B. Lo dispuesto en la Ley Nº 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
C. El Decreto 130/2015 , Reglamento del Transporte Privado Remunerado de Pasajeros, que modifica el Decreto N°80/2024 y N° 212/1992, Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría De Transportes y sus modificaciones. D. La Ley 21.369 que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la Educación Superior, en lo que sean pertinentes, y la normativa interna en materia de acoso sexual, violencia y discriminación de género contenidas en los respectivos reglamentos y sus eventuales modificaciones, contenidas en la página institucional www.uaysen.cl
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3. INTERPRETACIÓN |
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Todos los documentos mencionados en el apartado anterior formarán un todo integrado y se complementarán recíprocamente, en forma tal que se considera parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. La Universidad se reserva la facultad de interpretar tales instrumentos en caso de contradicción, considerando el principio de preeminencia, estricta sujeción de las bases, e igualdad de los oferentes.
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4 ANTECEDENTES |
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4.1 Antecedentes básicos de la Entidad Licitante
(ver cuadro en bases adjuntas)
4.2 Antecedentes Administrativos
(ver cuadro en bases adjuntas)
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5. CALENDARIO DE LA LICITACIÓN |
ve Cuadro en bases adjuntas
Las Bases estarán a disposición de todos los proveedores, a través del portal www.mercadopublico.cl y los oferentes deberán ingresar en este obligatoriamente la oferta técnica y la oferta económica.
Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal www.mercadopublico.cl y se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el mismo el respectivo acto o resolución objeto de la notificación.
Cuando se modifiquen los plazos establecidos en las bases de licitación, la institución mandante realizará el acto administrativo que apruebe dichas modificaciones, ingresando el documento al sistema de información de compras y contratación, para conocimiento de todos los oferentes interesados.
Los plazos establecidos en las presentes bases son de días corridos. Excepto si expresamente se indique que son días hábiles.
Los plazos que se cumplieren en día inhábil se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y festivos.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases de licitación. Las propuestas deberán tener una validez de 90 días corridos a contar de la fecha del cierre de la etapa de presentación de ofertas.
Cada proveedor podrá presentar una única propuesta. En caso contrario, solo se aceptará aquella que primero se hubiere presentado.
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6. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR |
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a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
c) No ser funcionario directivo de la Universidad de Aysén; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.
A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una la cual será generada completamente en línea a través de "http://www.mercadopublico.cl" en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Entidad Licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases de licitación.
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7. DE LAS PROPUESTAS PÚBLICAS |
7.1 Materia de la Propuesta
La Universidad de Aysén requiere contratar el Convenio de Suministro de servicio de transporte para el traslado de 45 Estudiantes de lunes a viernes y de 12 estudiantes los días sábados, radicados en la comuna de Puerto Aysén, hacia la Universidad ubicada en la ciudad de Coyhaique y de regreso, para el segundo semestre 2025 (desde agosto a diciembre) y para el año 2026 (marzo a diciembre), según se detalla en las "especificaciones técnicas" de las presentes bases
Se entiende que por el solo hecho de presentar su oferta, el proponente acepta la totalidad de las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación.
Se entiende que por el solo hecho de presentar su oferta, el proponente acepta la totalidad de las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación.
Todas las modificaciones al calendario, en especial lo que respecta al año 2026, con fechas y horarios de salida o regreso actualizados se enviará vía email al proveedor adjudicado, por parte de la encargada del contrato, con a lo menos una semana de anticipación al primer viaje de cada mes. En caso de que las modificaciones académicas se realicen en un menor plazo, la comunicación será telefónica y luego ratificada vía correo electrónico
7.2 Forma de presentar la oferta
Los participantes deberán contemplar en su propuesta todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación, de acuerdo con los Anexos cuya presentación se exige en esta licitación. Así cada oferta deberá estar conformada por:
(ver cuadro en bases adjuntas)
Cada oferente deberá presentar su propuesta en formato electrónico, escaneadas y debidamente completadas y/o firmadas por el oferente, su representante legal o apoderado, según el detalle y clasificación establecido en las presentes bases de licitación, dentro de los plazos que en tal sitio electrónico se establezcan para ello, conforme al calendario aprobado en las presentes bases, y ajustándose a los Anexos en él publicados. No se aceptarán propuestas que sean presentadas de otro modo, salvo en los casos de indisponibilidad del sistema previstos en el artículo 115 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
De encontrarse con indisponibilidad técnica el Sistema de Información, según expresa el artículo 115 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, podrán enviar o entregar en soporte papel en un sobre cerrado en cuyo anverso deberá indicarse el nombre o razón social del proponente y nombre de la licitación, "para la contratación de Convenio de Suministro SERVICIO DE TRASLADO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN, para el segundo semestre 2025 (desde agosto a diciembre) y para el año 2026 (marzo a diciembre) hasta las 15.30 horas del segundo día hábil desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras Públicas, en la Oficina de Partes de la Universidad de Aysén, ubicada en Campus Lillo, Calle Eusebio Lillo 667, Coyhaique, Región de Aysén. En caso de contar con los antecedentes digitales, debe remitirlos, en el plazo descrito precedentemente al correo electrónico licitaciones@uaysen.cl, detallando los documentos que adjunta, e indicando en el asunto del correo SERVICIO DE TRASLADO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN.
Los oferentes que no cuenten con certificado de indisponibilidad descrito en el párrafo anterior y no ingresen su oferta vía portal, quedarán fuera de las bases y por ello, serán eliminados del proceso licitatorio, excepto en la situación referida en el párrafo anterior.
Los oferentes que no cuenten con certificado de indisponibilidad descrito en el párrafo anterior y no ingresen su oferta vía portal, quedarán fuera de las bases y por ello, serán eliminados del proceso licitatorio, excepto en la situación referida en el párrafo anterior.
Los oferentes que no cuenten con certificado de indisponibilidad descrito en el párrafo anterior y no ingresen su oferta vía portal, quedarán fuera de las bases y por ello, serán eliminados del proceso licitatorio, excepto en la situación referida en el párrafo anterior.
7.3 Contenido de las Ofertas
La(s) oferta(s) está(n) compuesta(s) por las ofertas técnicas y económicas y los documentos anexos que los proveedores deben presentar al proceso de compra. La Universidad arbitrará los medios para mantener la confidencialidad de las ofertas, en tanto ello no contravenga la obligación de publicidad y transparencia referida a los procesos de compras públicas.
Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta. La existencia de documentos ajenos a los requeridos en las presentes bases se considerará complementario y, por lo tanto, su presentación no dará motivo de descalificación del oferente.
7.4 Veracidad de la oferta y comprobación de lo declarado
Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.
Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.
7.4 Vigencia de las ofertas
Las ofertas tendrán un plazo de validez de 90 días corridos, contados desde la fecha fijada para su presentación en el cronograma de licitación. En el evento de que la adjudicación no se pudiere realizar dentro del plazo señalado, la Universidad dictará una resolución, exponiendo las razones que lo justifican, indicando un nuevo plazo para la adjudicación. Los archivos de todos los formularios se publicarán en www.mercadopublico.cl.
Si dentro del plazo de vigencia de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, la Universidad de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de las mismas. Si alguno/s de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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8. MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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La Universidad, mediante el acto administrativo respectivo, podrá modificar las bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación, hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas, informando de ello a través del sistema de información. En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la licitación se extenderá en un plazo prudente, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
En todos los casos será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación por medio del portal de compras públicas con el ID correspondiente a la licitación y atender toda modificación realizada por la Universidad.
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9. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley 19.886 y sus modificaciones, los oferentes podrán realizar consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias a través del sistema de información, por medio del foro establecido en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos fijados para este efecto en el Calendario de la Licitación, indicados en la ficha de licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases.
Las respuestas y aclaraciones serán entregadas por la Universidad, en la oportunidad establecida en el calendario, mediante el mismo Sistema de Información.
Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones, si existieren, se entenderán incorporadas a las presentes bases administrativas o técnicas según corresponda.
Este mecanismo sólo tiene por objeto esclarecer aspectos de las bases, de modo de otorgar mayor certeza jurídica a los oferentes para la preparación de sus ofertas. Conforme con lo anterior, no procede que a través de ellas se modifiquen las exigencias y/o condiciones establecidas en las respectivas bases. En caso de que se requiera realizar modificaciones a las bases o sus anexos, se estará a lo dispuesto en el numeral 9.
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10. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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10.1 De la Comisión Evaluadora.
11.1.1 Integración de la Comisión Evaluadora.
La comisión evaluadora, en adelante “la Comisión”, estará integrada por funcionarios/as de la Universidad de Aysén, que se describen a continuación y en ausencia de ellos(as), participara quien los subrogue o reemplace:
- Encargada de la Unidad de Asuntos y Apoyos Estudiantiles, o en su ausencia quien la subrogue o reemplace.
- Profesional de la Unidad de Desarrollo Estudiantil, o en su ausencia quien subrogue o reemplace.
- Encargada de Unidad de Adquisiciones, Dirección General de Administración y Finanzas, o en su ausencia quien subrogue o reemplace.
La comisión será apoyada por un funcionario/a de la Unidad de Adquisiciones que actuará como secretario/a de actas.
Teniendo en cuenta que el sentido de la comisión es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de las ofertas, se prohíbe el contacto con ésta, ya sea mediante reuniones, contacto telefónico o correo electrónico, durante el curso del proceso.
Los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir la declaración jurada simple relativa a intereses y confidencialidad de los miembros de la comisión evaluadora.
La Universidad de Aysén, deja establecido que está estrictamente prohibido que los miembros de la Comisión Evaluadora del proceso licitatorio acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión. Todo esto bajo el marco legal de la ley N° 20.730 y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado.
10.1.2 Funciones de la Comisión Evaluadora.
- Apertura y Verificación de antecedentes de admisibilidad:
La apertura de los antecedentes de la propuesta se efectuará electrónicamente en un acto, según lo establecido en el cronograma de la licitación a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
En el acto se verificará que los oferentes hayan cumplido con los siguientes requisitos mínimos:
- Presentar documentos detallados en Anexo 6:
- Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros- Servicio de Transporte Público vigente del bus que prestará el servicio.
Certificado de inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados del bus que prestará el servicio licitado.
Permiso de circulación vigente.
Certificado de revisión técnica aprobada vigente al tiempo de la prestación del servicio.
Documento que acredite que el bus que prestará el servicio se encuentra asegurado contra el riesgo de accidentes personales de acuerdo a la Ley N°18.490 y a la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales causado por vehículos motorizados.
Licencia de conductor, adjuntando el Certificado de Inhabilidades para trabajar con menores de edad, que emite el Registro Civil e Identificación.
Detalles del Bus que prestará los Servicios (año, capacidad, etc). Se debe adjuntar padrón.
- Presentar Anexo 7 Oferta Económica
En caso de que no se haya presentado alguno de los anexos y/o documentos previamente señalados, la oferta será declarada inadmisible.
En caso de que, durante el proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora detecte que la oferta en revisión no cumple con alguna de las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases, se suspenderá su evaluación y se declarará inadmisible. Esta situación será debidamente detallada en el acta de evaluación correspondiente.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Universidad estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, debiendo contar para ello con la certificación respectiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Solicitud de complementación o aclaración de antecedentes.
En el proceso de evaluación de las ofertas, la comisión evaluadora podrá solicitar información complementaria a través del foro inverso del Portal Mercado Público, la que de ninguna manera puede referirse a aspectos determinantes de la licitación. La respuesta deberá ser canalizada por el mismo medio. También podrá solicitar a cualquier proponente que aclare su oferta, que salve errores u omisiones formales, siempre y cuando las aclaraciones y/o rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Del mismo modo, conforme lo establecido en el Reglamento de la Ley N°19.886, la Universidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Para tal efecto el o los oferentes tendrán un plazo de 48 horas contados desde el ingreso de la Solicitud en el Sistema de Información, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para la presentación de ofertas, con todo lo requerido.
Evaluación de las propuestas
Una vez verificado el cumplimiento estricto de los requisitos de admisibilidad, las ofertas se evaluarán considerando los criterios que se indican a continuación, adjudicándose la licitación a la oferta con mayor puntaje y que convenga a los intereses de la Universidad de Aysén.
- Elaboración de acta de evaluación
Será la Comisión, quien evaluará y calificará, desde el punto de vista técnico y económico, los antecedentes de los oferentes, información con que elaborará un Acta de Evaluación, firmada por todos sus integrantes, en virtud de la cual, a partir del puntaje final obtenido por cada oferente, se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre ellos, para posteriormente proceder a presentar, a la autoridad de la institución, una propuesta de adjudicación o deserción del proceso, con todos los antecedentes que permitan resolver sobre la materia, y donde además consten, las observaciones respecto a los oferentes cuyas ofertas hayan quedado inadmisibles en el proceso de evaluación de antecedentes, especificando los motivos que determinaron la inadmisibilidad de la oferta.
10.2 Criterios de Evaluación
Los criterios objetivos de evaluación y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:
(ver cuadro en bases adjuntas)
El puntaje global será calculado conforme a aquél obtenido en cada criterio de evaluación con su respectiva ponderación, considerando 2 decimales, y aproximando el resultado al número entero más cercano, informando las razones o fundamentos considerados para otorgar el puntaje asignado.
El cumplimiento de las características técnicas, indicadas en las bases técnicas, es obligatorio, aquellas propuestas que no cumplan con todas las especificaciones técnicas requeridas se declararán inadmisibles.
La base de cálculo para cada criterio de evaluación se presenta a continuación:
Oferta Económica 50%
Se evaluará el valor ofertado por un recorrido, para el traslado de 45 estudiantes de la Universidad de Aysén de Lunes a Viernes. En base a dos recorridos diarios, ida y vuelta, con 1 Bus con capacidad de 45 pasajeros sentados.
De acuerdo a fórmula (Menor oferta recibida/ oferta oferente evaluado) *100
(Puntaje Obtenido)x 50% = Ponderación Final Criterio Oferta Económica
Experiencia de la Empresa 25%
Se evaluarán experiencias en servicios similares. De acuerdo a los antecedentes presentados en la oferta, se contabilizarán los servicios cuya duración haya sido mayor a 1 mes.
Puntaje = (Años experiencia ofertados / Mayor cantidad de años ofertados entre todos los proveedores) × 100
(Puntaje Obtenido)x 25% = Ponderación Final Criterio Experiencia de la Empresa
Antigüedad de los buses 10%
El puntaje de las otras ofertas se asignará en forma inversamente proporcional, según la cantidad de años de antigüedad del bus. El proveedor deberá presentar los antecedentes de vehículo a utilizar y deben encontrarse con las autorizaciones correspondientes
Se debe considerar que será declarada inadmisible la oferta que presente buses con una antigüedad mayor a 14 años.
Puntaje = (Menor cantidad de años de la oferta recibida/ cantidad de años oferta oferente evaluado) *100
(Puntaje Obtenido)x 10% = Ponderación Final Criterio Antigüedad de los buses
Programa De Cumplimiento O Compliance 10%
Detalle
Puntaje
Cuentan con programas de integridad y/o compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios legibles de verificación para acreditar que son conocidos por éstos.
No se otorgará puntaje si únicamente acompaña el documento en que conste la política interna sobre la materia.
100
No cuentan con programas de integridad y/o compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal.
0
(Puntaje Obtenido)x 10% = Ponderación Final Criterio Programa De Cumplimiento O Compliance
Cumplimiento de Antecedentes Formales 5%
(ver cuadro en bases adjuntas)
(Puntaje Obtenido)x 10% = Ponderación Final Criterio Cumplimiento de Antecedentes Formales
10.3 Mecanismos de resolución de empates.
En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión propondrá dirimir el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:
1.- Se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación “oferta económica”.
2.- Si persiste el empate se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación en “Experiencia del oferente”.
3.- Si luego de aplicar los anteriores criterios persistiera el empate (en el ponderado general como particular), la autoridad competente escogerá aquella propuesta que se haya presentado primero en el sistema de información, según conste en la ficha.
10.4 Declaración de Licitación Desierta
La Universidad se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles, o cuando, en general, las ofertas no resulten convenientes para los intereses de la Universidad, procediendo a emitir una resolución fundada. En este caso los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme el artículo 9° de la Ley N° 19.886.
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11. ADJUDICACIÓN |
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Una vez evaluadas las ofertas, la Comisión recomendará a la Autoridad, adjudicar la licitación al oferente que presente la oferta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizado.
La Universidad comunicará mediante el portal www.mercadopublico.cl a los oferentes, el resultado de la adjudicación.
La adjudicación se hará por resolución fundada y contendrá los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de Compras Públicas.
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12. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Los proponentes podrán hacer a través de correo electrónico licitaciones@uaysen.cl las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl.
La Universidad de Aysén responderá dichas consultas, por la misma vía, dentro de las 48 horas siguientes al vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación. En caso de que este plazo se cumpliera un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará al día hábil siguiente.
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13. READJUDICACIÓN |
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La Universidad de Aysén podrá readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, que haya obtenido el segundo mejor puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime declarar desierta la presente licitación, dentro del plazo máximo de 15 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación en el caso de que el oferente inicialmente adjudicado:
Se desista de su oferta.
Por no aceptar la orden de compra en el plazo establecido en las presentes bases, por causas imputables al adjudicatario.
Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato.
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14. REVOCACIÓN |
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Los actos administrativos podrán ser revocados por la entidad licitante. Se podrá otorgar el estado de “revocada” en aquellas situaciones donde la licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, sin ser posible seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “desierta”, pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado en forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Lo anterior de acuerdo a lo estipulado en el artículo 61 de la Ley N°19.886.
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15. DEL CONTRATO |
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5.1 Formalización del Contrato
Atendido a que el servicio que se requiere se encuentra suficientemente detallado en el requerimiento de la Dirección Académica y en las bases técnicas contenidas en el presente acto administrativo, por lo que puede ser catalogado como de simple y objetiva especificación y que el monto disponible para la contratación es inferior a 1000 UTM, la contratación se formalizará mediante la aceptación por parte del oferente adjudicado de la orden de compra emitida por la institución.
Se procederá a la emisión de las órdenes de compra que resulten necesarias durante cada semestre, de acuerdo con los requerimientos de traslado derivados de las actividades académicas programadas, conforme a la planificación institucional vigente.
El oferente adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles para aceptar la respectiva orden de compra, lo anterior contado desde el día hábil siguiente a la notificación realizada por el sistema.
Las condiciones de la contratación serán las establecidas en la solicitud del requerimiento, plasmadas en las presentes bases de licitación y sus modificaciones y/o aclaraciones, de haber tenido lugar, por la propuesta del oferente adjudicado y por la orden de compra emitida por la entidad licitante.
15.2 Requisitos que debe cumplir el adjudicatario para la formalización del Contrato.
Los proveedores adjudicados estarán obligados a mantener al día su acreditación según lo dispuesto por la Dirección de Compras y Contratación Pública, mientras dure el proceso de licitación, adjudicación y término de la garantía de los servicios adjudicados.
15.3 Antecedentes legales para poder ser contratado.
(ver cuadro en bases adjuntas)
El adjudicatario deberá además adjuntar certificado de antecedentes u hoja de vida del conductor, que permita respaldar que el conductor sea idóneo.
Se deja expresamente establecido que no se exigirá al adjudicatario la presentación de los antecedentes señalados precedentemente en el caso que estos se encuentren digitalizados, en el Registro de Proveedores de la Dirección de Contratación y Compras Públicas, siempre y cuando se encuentren disponibles para la entidad licitante.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá readjudicar de conformidad a lo establecido en la cláusula 13 de las presentes bases.
15.4 Período de ejecución del servicio y modificaciones del contrato
El período de ejecución será:
(ver cuadro en bases adjuntas)
El período de ejecución, la cantidad de viajes y el calendario de ejecución del servicio establecidos en las presentes Bases podrán ser modificados, en el sentido de reducir o ampliar la cantidad de días en que se requiera el servicio, esto sujeto a las modificaciones que surjan en el calendario académico. Estas modificaciones no generarán ningún tipo de indemnización en favor del proveedor y serán informadas por la encargada del contrato, con al menos una semana de anticipación al proveedor adjudicado. En caso de que las modificaciones académicas se realicen en un menor plazo, la comunicación será telefónica y luego ratificada vía correo electrónico.
Lo anterior en conformidad a lo señalado en el artículo 129 del Reglamento de Compras Públicas, de común acuerdo por las partes; en tanto dichas modificaciones se atengan a lo estipulado en las presentes Bases, según se indicará.
La modificación procederá también por caso fortuito o fuerza mayor, entendiendo esto como:
a) La inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su ocurrencia.
b) La imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes.
c) La irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponer las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
Modificaciones contractuales por mutuo acuerdo de las partes: Se deja constancia que las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
15.5 Vigencia y renovación de la contratación
La vigencia del contrato se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones que se contraigan por la suscripción de él, del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, aclaraciones, adiciones y todo otro antecedente de esta licitación. Así el oferente que resulte contratado cumplirá con todas las obligaciones impuestas en las presentes bases, adjudicación y contrato.
El plazo establecido para la ejecución de los servicios es una obligación del contrato, el que no debe confundirse con la vigencia del mismo.
Se entenderá que el proveedor ha cumplido la totalidad de sus obligaciones una vez que el adjudicatario ejecute todas las actividades descritas en las especificaciones técnicas, y éstas sean recibidas conforme por el encargado del contrato.
15.6 Encargado del contrato
La supervisión del contrato será llevada por la Unidad de Asuntos y Apoyos Estudiantiles de la Universidad de Aysén, o quien la subrogue o reemplace, la designación de éste se formalizará en la resolución que adjudique el proceso licitatorio, y tendrá las siguientes obligaciones:
- Velar por el cumplimiento de la ejecución del servicio contratado, y el cumplimiento de los requisitos exigibles en las presentes bases tanto del Bus como del conductor.
- Informar a la autoridad universitaria cuando corresponda la aplicación de multas o cuando se incurra en causal de término anticipado.
- Remitir información necesaria para el proceso de pago.
15.7 Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario.
Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado, durante toda la ejecución del contrato, en el Registro de Proveedores.
El proveedor seleccionado estará obligado a entregar documentación de acuerdo a lo establecido en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas y otros documentos que así lo establezcan.
Contar con un bus de reemplazo en el caso que alguno presente alguna falla y no pueda realizar su recorrido habitual. El bus de reemplazo debe ser de las mismas características o superior, respecto del indicado en su oferta. Cualquier reemplazo debe ser informado de manera previa a la encargada del contrato, quien validará esta modificación. Cuando la situación lo amerite, la comunicación se podrá realizar vía telefónica, y luego ratificada vía correo electrónico.
Ejecutar correctamente, de buena fe los servicios contratados con estricta sujeción a los requerimientos exigidos y dentro del plazo establecido.
Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, el/la adjudicatario/a deberá informar a toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del mismo, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños y retrasos ocasionados.
Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, el/la adjudicatario/a deberá informar a toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del mismo, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños y retrasos ocasionados.
El/la adjudicatario/a deberá dar cumplimiento a las instrucciones que imparta la contraparte del contrato de la Universidad de Aysén para la correcta ejecución del contrato.
Deberá el/la adjudicatario/a entregar oportunamente todos los antecedentes que la Universidad le requiera.
Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente.
Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por la entidad licitante en un plazo máximo de 5 días hábiles, contado desde su notificación.
Entregar oportunamente la nómina de asistencia diaria, según el formato que entregue la encargada del contrato.
No podrá hacer por ninguna iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
Ejecutar el contrato con estricta sujeción a las bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes, en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la Universidad de Aysén.
De igual modo, el/la adjudicatario/a será responsable de cumplir con las obligaciones que le corresponden como empleador/a, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
Las demás que le encomienden las presentes bases.
Gastos e Impuestos
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.
Cesión de contrato y Subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en los respectivos contratos que se celebren.
Sólo se permite la subcontratación del servicio de transporte de pasajeros y/o taxi ejecutivo, previo visto bueno de la encargada del contrato y siempre que los vehículos o conductores subcontratados cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases y cuyas características sean similares o superiores. a las ofrecidas por el adjudicatario.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor
Multas
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por incumplimientos en la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, cuando incurra en:
Retraso de más de una hora respecto de los horarios establecidos en los requerimientos de este proceso concursal. Se aplicará una multa de 1 UF por evento
Cambio de bus y/o conductor sin dar cumplimiento a lo establecido en el v) del sexto considerando, se aplicará una multa de 2 UF por evento.
En caso de que el proveedor incurra en alguna de las situaciones antes descritas, se iniciará el procedimiento previsto en el numeral 15.11 de las presentes bases.
Las multas tendrán un tope de 10% del valor total de la contratación con impuestos incluidos. En caso de que se supere el 10%, la Universidad podrá además poner término anticipado al contrato.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución firme que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, la entidad licitante descontará el valor de la multa del estado de pago más próximo.
Cuando las multas se fijen en una unidad financiera distinta, el monto en moneda nacional será determinado al día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
Término Anticipado de Contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) En caso de que el servicio no se preste por dos días continuos, según calendario establecido, o se verifique el incumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en la normativa aplicable.
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado con impuestos incluidos o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.
9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
10) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
11) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula 15.9 sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 15.11.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
15.11 Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la entidad licitante notificará de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, los que deberán ser enviados al correo electrónico licitaciones@uaysen.cl, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Con todo, en aquellos servicios contratados que corresponda, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.
Del pago.
El pago del servicio licitado se realizará de manera parcializada, mensualmente, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la correspondiente factura o documento tributario de cobro no objetado por el encargado del contrato, según el número de viajes realizado en el respectivo mes, considerando el valor diario (viaje de ida y regreso) ofertado por el adjudicatario en su oferta económica, previa emisión de la factura correspondiente y entrega del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de quien/quienes se hayan desempeñado como conductores
La Facturación deberá indicar a lo menos, los siguientes datos:
- Razón Social: Universidad de Aysén
- RUT: 61.980.520-8
- Giro: Universidades o Educación
- Domicilio: Eusebio Lillo N°667, Coyhaique
- N° de la orden de compra
La factura electrónica, deberá ser remitida al correo facturacion@uaysen.cl.
El adjudicatario sólo podrá facturar los servicios efectivamente entregados y recibidos conforme por el organismo comprador, una vez que el encargado del contrato por parte del organismo comprador autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los servicios. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa de facturar por parte de éste.
Para efectos del pago, el proveedor adjudicado deberá adjuntar a la factura:
la respectiva orden de compra
la recepción conforme emitida por la entidad compradora
listado de asistencia diario
el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores,
y en caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas.
15.13 Coordinador del Contrato
Una vez aceptada la orden de compra, en un plazo no superior a 5 días hábiles, el adjudicatario deberá informar al correo electrónico licitaciones@uaysen.cl, el nombre y datos de contacto del coordinador del contrato.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1. Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
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16. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Comportamiento ético del Adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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17. CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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18. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN |
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El proveedor no podrá utilizar la información generada con ocasión de la prestación de los servicios, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.
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19. SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
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Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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20 NORMAS LABORALES |
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El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
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21. SOMETIMIENTO A LA LEGISLACIÓN NACIONAL. |
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El proveedor por el sólo hecho de participar en este proceso se someterá a la legislación chilena y, entre otros, a los siguientes cuerpos legales y reglamentos aplicables al servicio contratado, así como sus eventuales modificaciones y todas las que puedan ser aplicables:
- Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada;
- Ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual;
- Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública;
- Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
- Ley 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma;
- Decreto Nº181/2002, del Ministerio de Economía, que aprueba el reglamento de la ley Nº19.799;
- Decreto N° 93/2006 de MINSEGPRES, que aprueba norma técnica para la adopción de medidas destinadas a minimizar los efectos perjudiciales de los mensajes electrónicos masivos no solicitados recibidos en las casillas electrónicas de los órganos de la administración del Estado y de sus funcionarios;
- Decreto Nº 83/2005 de MINSEGPRES, que aprueba la norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.
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II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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La Universidad requiere contratar los Servicios de Traslado de Estudiantes de la Universidad de Aysén, según se detalla a continuación:
El servicio requerido de Lunes a Viernes debe considerar el traslado de 45 estudiantes de la Universidad de Aysén. En base a dos recorridos diarios, ida y vuelta, tramo Puerto Aysén - Coyhaique - Puerto Aysén, con 1 Bus con capacidad de a lo menos 45 pasajeros sentados, debidamente implementado, que asegure el desplazamiento de los estudiantes.
Dependiendo de la agenda de actividades académicas, se requerirá el servicio los días Sábado debe considerar el traslado de 12 estudiantes de la Universidad de Aysén. En base a un recorrido diario, tramo Puerto Aysén - Coyhaique, con 1 Bus con capacidad de a lo menos 12 pasajeros sentados, debidamente implementado, que asegure el desplazamiento de los estudiantes. Previo al inicio del servicio cada semestre, la encargada del contrato le informará al proveedor respecto a esta calendarización. En atención a lo planteado, el proveedor tendrá derecho adquirido sólo en caso de que se ratifique la necesidad del servicio para este tramo.
El calendario definitivo será entregado por la Universidad en las fechas estipuladas en las presentes bases.
Disponibilidad para iniciar el servicio desde la formalización de la contratación.
Los choferes que presten el servicio deben contar con la licencia profesional al día y adjuntar certificado de antecedentes u hoja de vida, que permita respaldar que el conductor sea idóneo.
Los buses ofertados deben contar permanentemente con sus implementos de seguridad (set de herramientas, triángulos reflectantes, extintor de incendios, botiquín de primeros auxilios, etc)
Los buses deben tener, durante toda la ejecución del servicio, la documentación al día, revisión técnica, permiso de circulación y seguro obligatorio, correspondiente para el traslado de pasajeros. Deben estar en buen estado, tanto mecánica como electrónicamente.
Los buses no pueden tener una antigüedad mayor a 14 años, contabilizados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Se debe contar con un Bus y chofer de reemplazo en caso de falla del que realiza el servicio en forma habitual
El Proveedor deberá informar justificadamente previamente el cambio de Bus y/o chofer que cumpla con las mismas condiciones contratadas, al encargado del contrato, con un plazo máximo de 1 día de antelación.
Los choferes de los buses deberán asegurarse de que los estudiantes firmen el listado de asistencia en cada uno de los viajes.
Recorridos: Desde el 04 de agosto al 18 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive, y durante el año 2026, de marzo a diciembre, cuyas fechas serán ratificadas una vez que se cuente con el calendario académico debidamente autorizado.
Itinerario
Tramo Puerto Aysén - Coyhaique (incluye sábados, si es que corresponde):
- Lugar de salida: Estacionamiento frente supermercado Unimarc de la ciudad de Puerto Aysén
- Horario de llegada bus a Estacionamiento frente supermercado Unimarc de la ciudad de Puerto Aysén : 07:00 hrs.
- Horario de salida hacia la ciudad de Coyhaique: 07:10 hrs.
- Se podrán subir estudiantes que vivan en el trayecto Puerto Aysén – Coyhaique, dicha nómina será entregada por el administrador del contrato.
- Llegada a Coyhaique deberá considerar parada en Calle Eusebio Lillo 667, frente al Campus Lillo de la Universidad de Aysén.
Tramo Coyhaique – Puerto Aysén (excluyendo sábados)
La salida desde la ciudad de Coyhaique deberá considerar parada
en Calle Eusebio Lillo 667, frente al Campus Lillo de la Universidad de Aysén.
- Horario de llegada bus es a las 19:30 hrs y saliendo de dicho lugar a las 19:45 horas para salir de viaje con destino a la ciudad de Puerto Aysén.
- Se podrán bajar estudiantes que vivan en el trayecto Coyhaique – Puerto Aysén.
- Llegada a Puerto Aysén: Unimarc Puerto Aysén
Los Servicios deben contar con los siguientes requisitos técnicos mínimos:
Un Bus con capacidad de transporte para 45 pasajeros sentados, para recorrido de lunes a viernes, tramo Puerto Aysén - Coyhaique - Puerto Aysén, con cinturones de seguridad para cada pasajero, en buen estado de funcionamiento.
Solo en caso de ser necesario, un Bus con capacidad de transporte para 12 pasajeros sentados, para recorrido de días sábado, tramo Puerto Aysén - Coyhaique, con cinturones de seguridad para cada pasajero, en buen estado de funcionamiento.
Disponibilidad para comenzar los servicios desde la formalización de la contratación hasta el mes de diciembre de 2025 y año 2026 de marzo a diciembre.
Contar con choferes idóneos con documentación al día: licencia profesional y certificado de antecedentes u hoja de vida. Se deberá adjuntar documentos al momento de ofertar, y cada vez que modifique a la persona designada.
Contar con la documentación de los buses al día, revisión técnica y permiso de circulación correspondiente para el traslado de los estudiantes. Se deberá adjuntar documentos al momento de ofertar, y cada vez que modifique el bus ofertado.
Contar con buses debidamente implementados, lo que asegure el desplazamiento de estudiantes.
Cuenta con buses en buen estado, tanto mecánica como eléctricamente (estado de luces, neumáticos, etc.) (adjuntar fotos)
El bus debe contar con sistema de calefacción en perfectas condiciones.
Los buses no pueden tener una antigüedad mayor a 14 años
Los choferes contarán con sus implementos de seguridad (set de herramientas, triángulos reflectantes, extintor de incendios, botiquín de primeros auxilios, etc) los cuales serán proporcionados por el prestador del servicio
Cuenta con chofer de reemplazo en caso de falla del que realiza el servicio en forma habitual (adjuntar documentación)
Cuenta con bus de reemplazo en caso de falla del que realizan el servicio en forma habitual. Deberá adjuntar documentación previa a la formalización del contrato.
El/los conductor/es Conductores deben contar con licencia de conducir profesional vigente A3, o A2 con mínimo 2 años de antigüedad. Debe adjuntar copia de licencia de conducir de a lo menos 2 conductores.
Las modificaciones al calendario con fechas y horarios de salida o regreso actualizados se enviarán vía email al proveedor adjudicado a lo menos una semana de anticipación al primer viaje de cada mes.
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