|
Resolución de Empates |
|
En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.
|
ORDEN DE APLICACIÓN
|
REGLA O PAUTA PARA DIRIMIR EMPATES
|
|
Primero
|
Oferta Económica
|
|
Segundo
|
Ubicación Geográfica
|
|
Tercero
|
Comportamiento Contractual Anterior
|
|
Cuarto
|
Cumplimiento de Requisitos Formales
|
|
Quinto
|
Programa de Integridad
|
En el caso de que dos o más oferentes una vez efectuado el proceso de desempate, hubiesen coincidido y obtenido el mismo puntaje en los cinco criterios de desempate informados en el párrafo anterior considerando dos decimales, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas adjudicará a la primera oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl , de acuerdo al documento “COMPROBANTE DE INGRESO DE LA OFERTA”, el cual registra la fecha y hora de ingreso de la propuesta de cada Proveedor.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar respecto al resultado del proceso de adjudicación, consultas referidas a la misma, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a licitaciones@ptovaras.cl , en un plazo no superior a 3(tres) días corridos contados desde la notificación a través del portal de la resolución de adjudicación, unidad que entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
|
|
|
|
Contrato |
|
En atención al monto de la contratación y considerando que las especificaciones técnicas que regirán el servicio se encuentran definidas y aprobadas en las presentes Bases Administrativas, configurándose así un servicio de carácter estándar de simple y objetiva especificación, la formalización del contrato se efectuará mediante la emisión y aceptación, por parte del adjudicatario, de la primera Orden de Compra que se genere a través del portal de compras públicas www.mercadopublico.cl , de conformidad a lo dispuesto por el artículo N° 117 del Reglamento de Ley N° 19.886.
Entiéndase de esta parte en adelante la orden de compra como el contrato.
|
|
|
|
DISCORDANCIAS O IMPRECISIONES EN LOS ANTECEDENTES |
|
Toda imprecisión o discordancia en los antecedentes de la licitación, se interpretará siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, conforme a las reglas técnicas que sean pertinentes.
El contratista deberá completar todas aquellas obras que son inherentes para la correcta ejecución de la construcción y sus instalaciones de acuerdo a la más exacta interpretación de los planos y especificaciones técnicas, aun cuando no aparezcan indicadas en estos entendiéndose que el contratista deberá prever tales obras en el estudio de la propuesta.
Serán de cargo del contratista adjudicado la validación técnica, aprobación y recepción o inscripción de todos los proyectos de especialidades y revisores que consulte la obra, por parte de profesionales autorizados con facultades técnicas para la tramitación de estos proyectos según corresponda. Acorde a las normativas vigentes (aguas lluvias, electricidad, ingeniería, arquitectura, sanitarios, etc.).
Para el caso que existan discrepancias entre la arquitectura y los proyectos de especialidades será de responsabilidad del contratista gestionar las actualizaciones necesarias para que estas queden perfectamente coordinadas, siendo la arquitectura inamovible.
El contratista no tomará ventaja para su provecho de ningún error u omisión de los planos, especificaciones técnicas y de otros antecedentes, para lo cual deberá estudiarlos en todos sus detalles y si hubiere errores u omisiones se tendrán que dar a conocer a la Unidad Técnica durante el periodo de consultas y aclaraciones de la propuesta.
Cualquier duda que surja de los proyectos, en alguna etapa de la obra con posterioridad a la aceptación de la propuesta o durante la ejecución de la obra deberá someterse a la instrucción o aclaración del arquitecto proyectista y/o profesional de especialidades según corresponda.
El contratista deberá aceptar la instrucción sin pretender aumento de plazo o precio, ni indemnización, entendiéndose que la duda tiene su origen en la negligencia del oferente en su estudio de la propuesta.
La tramitación y cancelación de todos los proyectos aprobados por los servicios que competan (Municipalidad, SURALIS, SAESA, SEC, IDIEM, Previsionales, etc.), serán de cargo del contratista.
|
|
|
|
Forma de Pago |
|
La obra se pagará en pesos chilenos mediante un “ESTADO DE PAGO”, debiéndose restar los valores que correspondan por concepto de retenciones, por atraso y multas, si las hubiese. Cada estado de pago con su correspondiente estado de avance se deberá poner a disposición del I.T.O para su revisión y aprobación. Los estados de pago se presentarán en tres copias, quedando una para la inspección técnica.
|
|
|
|
PROCEDIMIENTO DE PAGO |
|
Los documentos de pago, deberán ingresar a la unidad técnica de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas ubicado en San Francisco 413, de la ciudad de Puerto Varas (dirigido a la unidad técnica SECPLA).
Asimismo, cada “ESTADO DE PAGO” deberá ir acompañado de un informe técnico que detalla el cumplimiento satisfactorio de las obligaciones que impone el contrato, suscrito por el inspector técnico de la obra (I.T.O), además de los siguientes antecedentes:
● Oficio conductor dirigido a la unidad técnica.
● Informe I.T.O, donde se demuestre el cumplimiento de los requisitos establecidos en bases administrativas para dar curso al “ESTADO DE PAGO”.
● Carátula de “ESTADO DE PAGO” según formato proporcionado por la unidad técnica.
● Detalle del presupuesto(itemizado) conforme avance físico-financiero de todas las partidas que están en cobro, firmado por el contratista y el I.T.O.
● Certificado de obligaciones laborales vigente, debe indicar el nombre de la obra, que acredite que no tiene pagos pendientes por tratos o salarios insolutos, multas y pagos provisionales, en la medida que se haya cumplido un mes de funciones de los trabajadores desde el inicio de las obras, o en el caso de un estado de pago único.
● Fotografías, de las partidas más importantes que se están pagando.
El proveedor NO podrá emitir facturas previo a la revisión y aprobación por parte del mandante, y en caso que así ocurra, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas procederá a la reclamación de la factura respectiva según establece el procedimiento contemplado en la Ley N°19.983, debiendo, por tanto, el proveedor emitir una nueva factura una vez realizada la aprobación sin observaciones del “ESTADO DE PAGO”.
Aprobado el “ESTADO DE PAGO” por parte del mandante, el contratista podrá emitir la factura correspondiente con los siguientes datos:
Fecha Según emisión
Señor (es) Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
R.U.T. 69.220.200-7
Dirección San Francisco N°413
Giro Administración Publica
Comuna Puerto Varas
• Se deberá realizar notificación formal de factoring con la cesión de dicha factura, en caso de que corresponda (responsabilidad del contratista).
Las partidas cuya unidad de medida sea global, no podrán pagarse en forma fraccionada, y sólo se pagarán una vez que estén ejecutadas en su totalidad. Ello deberá ser considerado para realizar el flujo de caja por parte del contratista.
En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas de los estados de pago.
|
|
|
|