Licitación ID: 1943-30-LE25
CONTROL ESPECIES EXÓTICAS EN PNAJF
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de protección de ecosistemas 1 Unidad
Cod: 70161704
Control mecánico de Especies Exóticas Invasoras (EEI) arbustivas y herbáceas en una superficie de 5 ha (hectáreas) al interior del sector plazoleta el Yunque.  

2
Gestión de cuencas hidrográficas forestales 1 Unidad
Cod: 70151806
Construcción de Obras de Conservación de Suelo (OCAS) por medio de la ordenación del total de los residuos de las EEI en empalizadas al interior de la zona de intervención en el sector plazoleta el Yunque.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTROL ESPECIES EXÓTICAS EN PNAJF
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de control mecánico de especies exóticas invasoras EEI especies exóticas invasoras EEI arbustivas y herbáceas al interior del sector Plazoleta el Yunque en el Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Melgarejo 669, Piso 7
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-10-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 01-10-2025 17:48:00
Fecha inicio de preguntas: 02-10-2025 8:30:00
Fecha final de preguntas: 08-10-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-10-2025 0:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-10-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-10-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-10-2025 15:53:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes: a) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas. b) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2A (inhabilidades por condenas), adjunto a las presentes Bases, donde el oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes. c) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2B (declaración de conformidad con el código de ética proveedores contenido en la directiva de contratación pública N° 31). d) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2C (declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios). e) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo Nº 3A (Conflicto de interés), según corresponda, adjunto a las presentes bases, donde el oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 35 quáter de la ley N° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, y que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes. f) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, mediante el cual se acredita si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y salud con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, según Anexo N°3B (declaración jurada para contratar). g) Declaración Jurada Simple, Anexo Nº 4 (Antecedentes actualizados del oferente), firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes. h) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica o Para Unión Temporal de Proveedores, en donde indique que su oferta se ha determinado de manera independiente, sin consulta, comunicación o acuerdo con ningún otro oferente, según Anexo N° 5A o N° 5B, según corresponda. i) Declaración Jurada, firmada por el oferente o su representante legal, en donde declare no tener multas pendientes con la Corporación, según Anexo N° 5C. j) Anexo N°6: “Programa de Integridad y ética empresarial”: Se debe adjuntar este anexo firmado por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, indicando si cuenta o no con dicho programa. En el caso de no presentarlo, se entenderá como que no lo cuenta. Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo N°6 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Todos los anexos antes individualizados deben venir debidamente firmados por el oferente y son de carácter obligatorio, de no ser incluidos CONAF podrá solicitar, a través del foro inverso, la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, salvo el Anexo N° 6, por constituir un criterio de evaluación en sí misma. La omisión de los anexos administrativos afectará la oferta en el criterio de evaluación, “Cumplimiento de los requisitos formales”. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Todos los anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. De no incorporar los anexos y documentos, pese a haber sido solicitados a través del aplicativo “Foro inverso”, se rechazará íntegramente la oferta en acto de apertura electrónica.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá completar los anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes: Anexo Técnico N° 7 “Visita a terreno”: Los oferentes deberán realizar una visita a terreno, la cual es OBLIGATORIA y se realizará con todos los interesados en el Sexto o Séptimo día contado desde la fecha de la publicación (dependiendo del tiempo), en caso de que no pueda realizarse la visita se realizará el día hábil siguiente. La actividad estará coordinada por el Administrador, Sr. Felipe Sáez, inscribiéndose previamente en correo electrónico felipe.saez@conaf.cl con copia marcelo.perez@conaf.cl, o con carta entregada en forma personal en las Oficinas Administración de CONAF del Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández (PNAJF). La visita se realizará en el sector plazoleta el Yunque saliendo desde oficina CONAF a las 9:00 horas con retorno a las 11:00 horas al poblado San Juan Bautista. De esta visita se levantará un acta debidamente firmada por los oferentes y/o por sus representantes, la que será parte del expediente de la licitación. Las ofertas cuyos oferentes no hayan realizado la visita a terreno, no serán evaluadas y serán rechazadas en acto de apertura electrónica. Anexo Técnico N° 8 “Experiencia del Oferente”: el postulante deberá señalar y dar fe de la cantidad de trabajos asociados al control de EEI y/u obras ambientales similares del tipo objeto de la licitación. Para estos efectos deberá listar y respaldar la información requerida, indicando ordenadamente nombres y ubicación de sitios, sus propietarios y teléfonos, se considerarán medios de verificación como contratos, declaraciones simples o certificados emitidos por la persona a quién se realizó la obra, como medios de verificación válidos para la experiencia de la empresa. CONAF se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados. Al menos deberá presentar una carta escrita de la persona o institución donde trabajó en este tipo de faena.La información debe corresponder a la experiencia de la empresa oferente en servicios de faenas que sean similares al servicio requerido y/o trabajos orientados a la restauración de ecosistemas. Se entenderá por trabajos similares, trabajos realizados en servicios de faenas de construcción de cercos perimetrales, de obras de conservación de aguas y suelo y/u obras orientadas a la restauración de ecosistemas boscosos, por ejemplo: Corrección de causes, Control de taludes, Control de erosión en caminos, Construcción de parcelas, Construcción de terraplén entre otras. Las ofertas que no acompañen este Anexo N°8 en su propuesta, o que no respalden los trabajos realizados podrán ser declaradas inadmisibles en la etapa de evaluación. Si la experiencia declarada no adjunta información que la respalde podría declararse no válida. Anexo Técnico N°9 “Plazo de Ejecución y Propuesta Técnica”: En este documento se debe indicar el plan de trabajo por los cuales se prestará los servicios según el siguiente detalle: 1- Carta Gantt, formato entregado por CONAF, dado que contempla todas las actividades a realizar, descritas en las bases técnicas, durante todo el servicio, firmado por el proveedor. La entrega de este documento es obligatoria e imprescindible para una correcta evaluación de los postulantes, debido a que guarda directa relación con los hitos de pago. Además, debe tener una coherencia y sustentar la declaración de método de trabajo. 2- Descripción de los costos asociados, según tipo de OCA. 3- Descripción de las actividades considerados por el oferente de la ejecución de las faenas. 4- Indicar número de cuadrillas, capataces y personal. 5- Indicar herramientas, maquinarias y equipos a utilizar para la ejecución de las faenas. 6- Programa técnico de trabajo. El proveedor deberá formular, declarar y suscribir su cuál es su Plan de Trabajo para asegurar el cumplimiento del plazo de ejecución del servicio, de acuerdo con las prescripciones técnicas establecidas en sección Bases Técnicas. El plazo máximo de ejecución de los servicios no podrá exceder al día viernes 28 de Noviembre de 2025, desde la fecha del contrato. Las ofertas que indiquen plazo de ejecución mayor a esta fecha, o que acompañen el Anexo N° 9 incompleto, podrán ser declaradas inadmisibles por la comisión evaluadora. 7- Descripción y antecedentes técnicos 8- Se deberá indicar claramente en el programa de trabajo su avance semanal de ejecución del servicio licitado. Se entiende por plazo de entrega que va desde la entrega del terreno hasta la recepción de la superficie bajo control de EEI y la construcción de OCAS (empalizada) en el sector plazoleta el Yunque en conformidad por parte de la Administración PNAJF. También se entiende que el proyecto tiene diferentes fases: a) Traslado de personal e insumos para la permanencia del equipo en el sector de trabajo además de herramientas desde el poblado Juan Bautista a Sector Plazoleta el Yunque. b) Instalación de faena, control de EEI y posterior ordenamiento en fajas de los residuos resultantes de la actividad de corta en el sector de Plazoleta de acuerdo a las consideraciones técnicas expuestas por la Corporación Nacional Forestal. Las ofertas que excedan el 28 de noviembre de 2025, como plazo de término, no serán evaluadas y podrán ser declaradas inadmisibles en etapa de evaluación. Así mismo las ofertas que consideren las ofertas de entrega superior a los 80 días hábiles (de lunes a sábado), también podrán ser declaradas inadmisibles en etapa de evaluación. 9- Régimen de días y horario de faenas. Régimen días hábiles de lunes a sábado: con la finalidad de ejecutar la faena en el menor plazo posible, el oferente podrá considerar la planificación del servicio a realizar desde los días de lunes a sábado, con el resguardo de cumplir estrictamente la normativa laboral vigente. Horario de trabajo: Las faenas se podrán realizar en la modalidad que haya informado el oferente en su postulación, de 08:00 a 18:00 horas. Excepcionalmente, y previo acuerdo, se podrá suspender las faenas en el caso de: Ocurrencia de eventos/incidentes o fenómenos climáticos como temporales de viento o lluvia que hagan aconsejable por seguridad suspender las faenas. Estos días no serán contabilizados como jornadas comprometidas y no afectarán el número de jornadas adjudicadas, en acuerdo con CONAF. La empresa adjudicada deberá previo al inicio de la faena indicar el equipo de trabajo (medio de transporte y trabajadores) con el cual realizará la faena en todas sus fases. Se considerará el número de trabajadores contemplados en los trabajos de esta faena tanto para el transporte de las personas y del material, como de los trabajadores que realizarán labores de control y ordenación. El programa de trabajo debe tener coherencia entre el número de personas contratadas para los transportes del material e insumos necesarios y el número de personas que estarán controlando y ordenando los residuos de EEI y los días totales de trabajo. 10- Plano y puntos Geo-referenciados que indica los sectores a trabajar. Los planos de implementación se encuentran disponibles en la sesión de las Bases Técnicas, en complemento a la empresa adjudicada se le entregará una carpeta digital con toda la información cartográfica del proyecto. Las consultas técnicas se podrán realizar a través del portal www.mercadopublico.cl durante el período de consultas y aclaraciones. NOTA: Las ofertas que no incluyan los Anexos Técnicos N°7, N°8 y N°9 (formato Word, PDF, JPG O PNG), podrán no ser evaluados y la oferta declarada inadmisible. La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta podrá ser rechazada por la comisión de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- Para efectos de evaluación el oferente deberá completar el Anexo N°10, donde deberá indicar el valor neto y bruto del servicio, según la línea de servicio solicitada, en pesos chilenos e incluir todos los costos asociados a los trabajos, tales como: costo de personal, incluyendo leyes sociales; alimentación; elementos de seguridad; transporte de materiales a utilizar; transporte de personas; pago de jornada extraordinaria y descansos respectivos, según la legislación laboral existente; costos por pernoctación cerca de la faena, alimentación, materiales y herramientas, etc. así como otros costos asociados que se consideren pertinentes y/o imprevistos. Una vez adjudicada la licitación, CONAF no financiará costos que el proveedor no haya incluido en su oferta. Todos aquellos implementos y herramientas además del transporte para el control y ordenación deberán ser provisto por el adjudicatario e indicados en forma adicional en el programa de trabajo. CONAF no entregará nada adicional todo lo requerido será de cargo del oferente. La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes. En caso de discrepancia entre el valor ingresado en este Anexo y el valor ingresado en el ID de la oferta en el portal Chile Compra, prevalecerá el valor ingresado en dicho portal. Asimismo, en caso de que la oferta ingresada no esté en la moneda requerida (peso chileno (CLP), ésta podrá ser rechazada durante la apertura electrónica de las ofertas. Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta. La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma. Observaciones: Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de envío de oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica Esta fórmula opera tomando el precio mínimo de etre todas las ofertas recibidas y aceptadas, dividido por el monto de la oferta del oferente evaluado, multiplicado por 100. Otorgando el mayor puntaje a la oferta económica menor, y así sucesivamente a las demás ofertas. 20%
2 Cumplimiento requisitos formales Proporciona la totalidad de los antecedentes administrativos antes del cierre de la recepción de ofertas de la licitación:100 puntos;Completa la totalidad de antecedentes mediante “Aclaración de ofertas”, posterior al cierre de ofertas, en un plazo de 25 horas contados desde la solicitud de la información:0 puntos;No presenta algún antecedente administrativo desde su solicitud: Inadmisible. 5%
3 Programa de integridad y ética empresarial Oferente cuenta con programa de integridad conocido y aplicados por todo su personal: 100 puntos; Oferente no cuenta con programa de integridad conocido y aplicado por todo su personal: 0 puntos. 5%
4 Plazo de entrega A. 1 a 40 días hábiles de lunes a sábado: 100 puntos; B. Entre 41 y 50 días hábiles de lunes a sábado: 50 puntos; C. Entre 51 y 60 días hábiles de lunes a sábado: 30 puntos; D. Mayor a 60 días hábiles: Inadmisible. 40%
5 Experiencia del oferente A. Acredita entre 3 y más trabajos del rubro:100 puntos; B. Acredita entre 1 y 2 trabajos del rubro: 50 puntos; C. No acredita trabajos en el rubro: 0 puntos. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa Siembra Por Chile
Monto Total Estimado: 8000000
Justificación del monto estimado En el marco del Plan de Restauración de Bosques Nativos a Gran Escala del Programa Siembra por Chile, iniciativa dirigida a beneficiar a pequeños y medianos propietarios forestales de la región de Valparaíso.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto disponible, 8.000.000.- con impuesto incluido.
Tiempo del Contrato 40 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Fernanda Gomez
e-mail de responsable de pago: fernanda.gomez@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcelo Pérez Contreras
e-mail de responsable de contrato: marcelo.perez@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320261-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal (CONAF)
Fecha de vencimiento: 31-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: 1) El oferente que se adjudique esta licitación deberá entregar a la Corporación un documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, valorado en pesos chilenos, equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, el cual tendrá por objeto asegurar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de esta licitación pública y el respectivo contrato. 2) Dichas garantías deberán ser pagaderas a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, tomado por el oferente adjudicado con carácter de irrevocable y nominativo, a favor de la Corporación Nacional Forestal, con vigencia de a lo menos 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato de servicios, que no devengue reajustes ni intereses de ninguna especie que sean de cargo de CONAF. En el caso de garantías no bancarias, deberá indicar en su documento “Pagadera a primer requerimiento”, con el fin de asegurar el cobro de ésta de manera rápida y efectiva. 3) El documento de garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregado en un sobre cerrado dirigido al Administrador del Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández, indicando la siguiente leyenda en su exterior: “Contiene documento de fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la adjudicación de la licitación pública: “Servicio de control mecánico de especies exóticas invasoras (EEI) arbustivas y herbáceas al interior del sector Plazoleta el Yunque en el Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández”, ID 1943-30-LE25. Además, al reverso deberá señalar el nombre del adjudicado, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre conteniendo el documento de fiel cumplimiento, deberá ser entregado en la Administración de CONAF ubicada en el Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández, con anterioridad a la firma del contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación. La entrega deberá realizarse, en días hábiles (lunes a viernes), entre las 09:00 y 14:00 horas. En caso de que el documento de garantía corresponda a una Póliza de Seguro o Certificado de Fianza, ésta podrá ser enviada a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl 4) Cobro de la garantía de fiel cumplimiento: En caso de incumplimiento del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, la Entidad estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. En la garantía de fiel y oportuno cumplimiento se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Entidad licitante pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Proveedor. En los casos que corresponda, la renovación del contrato deberá, ser garantizada mediante la entrega de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento, emitido en los términos indicados en el presente numeral.
Glosa: “Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones que le corresponden como adjudicatario de la licitación pública ID 1943-30-LE25 “Servicio de control mecánico de especies exóticas invasoras (EEI) arbustivas y herbáceas al interior del sector Plazoleta el Yunque en el Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández”, y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario señaladas en el artículo 11 de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas”. En caso que la glosa exceda el espacio disponible en el documento, ésta podrá ser escrita en una carta adjunta a éste, dirigida a la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración.
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación devolverá esta garantía al oferente, total o parcialmente, si procediere, una vez recibido a su entera satisfacción los servicios materia de esta Licitación Pública, a los 60 días hábiles posteriores al término del contrato. Esta garantía no devengará reajustes, ni intereses de ninguna especie, que sean de cargo de CONAF. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado. En caso de que el documento de garantía corresponda a una Póliza de Seguro o Certificado de Fianza, ésta podrá ser enviada a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Observaciones a las etapas y plazos.
Excepcionalmente, en el caso que CONAF determine que, por razones de buen servicio, los plazos establecidos en la tabla anterior, no sean suficientes para cumplir las etapas predefinidas de este proceso licitatorio, podrá modificar los plazos, con estricta sujeción a los principios de igualdad y de libre concurrencia que deben primar para todos los oferentes, decisión que sólo deberá ser comunicada, mediante una aclaración, a través de la Plataforma de Licitaciones www.mercadopublico.cl, en el correspondiente ID del proceso de licitación. La fecha de cierre de recepción de ofertas podrá ser prorrogada en dos días hábiles, si al momento del cierre de recepción de ofertas se han recibido dos o menos ofertas en el Portal de Mercado Público, sin necesidad de emitir un nuevo acto administrativo, lo que se indicará en el portal www.mercadopublico.cl, en caso que a dicha fecha no se hayan recibido ofertas. En el mismo tiempo serán ampliadas cada una las fechas de todas las etapas de esta Licitación Pública. El cierre de ofertas no podrá producirse en día inhábil o en día lunes o después de un día inhábil antes de las 15:00 horas. En caso de vencer algún plazo en día inhábil (sábado, domingo, feriado y/o festivo), con excepción del plazo máximo para adjudicación, se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente. 1. Consultas y aclaraciones Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario “Etapas y Plazos” de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida. 2. Modificación de las bases La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de consultas a través del foro de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, en caso que así la CONAF lo amerite.
Aceptación de Bases y presentación de las ofertas.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, de las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato. Para estos efectos, el oferente deberá suscribir y presentar el anexo N°1 denominado “Declaración Jurada Simple de conformidad con las bases”.
Unión temporal de proveedores
La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. El representante de la Unión temporal de proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión temporal de proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Para las habilidades de los integrantes de la Unión temporal de proveedores e Inhabilidades, las bases se apegan a los artículos 182 y 183 del reglamento de Ley.
Presentación de las Ofertas
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley N° 19.886 de Compras y Contratación Pública, sus modificaciones y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras. Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación. Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Antecedentes a incluir en la oferta
Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes: Si durante el estudio de los antecedentes, el o la oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las especificaciones técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del portal Mercado Público, en la modalidad foro. Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del portal, en la fecha indicada en el cronograma del portal Mercado Público. Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las aclaraciones y/o la apertura de la propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como aclaración en el portal Mercado Público.
Apertura de las ofertas
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y será realizada por un:
- Profesional de la sección de Administración.
La admisibilidad de las ofertas quedará sujeta a las indicaciones señaladas en las presentes bases.
Los archivos recibidos en las ofertas, serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas para su respectivo análisis.
a) Observaciones a la apertura de las ofertas
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley.
b) Evaluación de las ofertas aceptadas
Se evaluarán los antecedentes que constituyan la oferta de los proveedores y se rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:

INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA

Integrantes Titulares

Integrantes Suplentes

1)            Jefe Departamento Áreas Silvestres Protegidas

1) o quien designe.

2)            Jefe (I) Bosques y cambio Climático

2) o quien designe.

3)Administrador Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández

3) o quien designe.

4) Jefa de la Unidad Jurídica

4) o un Abogado/a que designe, en el rol de Ministro de fe


La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los criterios de evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.
Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Dirección Regional de Valparaíso, de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los criterios de evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.
Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Dirección Regional de Valparaíso, de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los criterios de evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.
Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Dirección Regional de Valparaíso, de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los criterios de evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.
Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Dirección Regional de Valparaíso, de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación.
Resolución de empates
Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia. En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades: - Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Plazo de entrega” - Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Experiencia Oferente”. - Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Oferta económica”. De persistir la igualdad, habiendo sido aplicados los criterios de desempate antes indicados, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en el portal, según la fecha y hora indicada en el “Comprobante de ingreso de la oferta”, emitido por la plataforma de Mercado Público.
Errores u omisiones
Durante la etapa de evaluación, CONAF podrá solicitar a los oferentes de acuerdo, al artículo 56 del Reglamento de Compras, lo siguiente: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas. 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. 4. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Acta de evalución de las ofertas
De la evaluación resultante, se elaborará un acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente/s se sugiere adjudicar la licitación, o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el acta de las ofertas que fueron declaradas inadmisibles o que no fueron evaluadas de conformidad a las bases: A lo menos, la presente acta deberá hacer mención a: 1. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases administrativas y/o técnicas, la Ley de compras o su Reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial (Art 60, del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda). 3. La proposición de declaración como desierta cuando no se presenten ofertas, o cuando las presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación.
Adjudicación y readjudicación
CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de licitación. La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley.Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna. 1. Fecha de la Adjudicación En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha e indicando un nuevo plazo. Según lo indica el artículo 58, del reglamento de la Ley de Compras. 2. Observaciones posteriores a la adjudicación y re adjudicación. Las reclamaciones que se interpongan en contra la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes de la licitación deberán formularse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, www.mercadopublico.cl, las que serán respondidas por CONAF en plazo de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado: ● Si oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con CONAF. ● Si el adjudicatario desistiera de firmar el contrato dentro del plazo establecido, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases. En todos los casos, CONAF podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá re adjudicar al siguiente proponente que le seguía en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. El plazo máximo de re adjudicación será de 90 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original. 3. Vigencia de la oferta La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
Requisitos para contratar
1. Idoneidad técnica y financiera de los proveedores De acuerdo a lo señalado en el artículo 26 del Reglamento de Compras Públicas, la idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.
Formalización de la contratación
La contratación se formalizará mediante la aceptación por parte del proveedor, de la Orden de Compra, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 117, del Decreto Supremo, N°661/2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento del Ley N°19.886, y sus modificaciones, el cual señala que, “Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley de Compras, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor. De la misma forma, podrán formalizarse las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud. La Orden de Compra debe ser emitida por cada proceso de compra, renovación, prórroga, aumento de montos de un contrato, o ejecución de una opción de compra, según corresponda. Además, debe emitirse oportunamente dentro del plazo estipulado en las Bases o en la resolución de Adjudicación o en el contrato, según corresponda. Si el respectivo proveedor no entrega la garantía de fiel cumplimiento de contrato, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o rechaza la orden de compra , la entidad licitante podrá re-adjudicar. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere. Los derechos y obligaciones que deriven del contrato licitado, serán establecidos en las presentes Bases, en la oferta del adjudicatario, siempre y cuando no contravenga las Bases de Licitación.
Clausulas de contratación
a) Plazo de Vigencia del Contrato: El plazo de vigencia del contrato comenzará desde la aceptación de la orden de compra y no deberá superar el día 28 del mes de noviembre de 2025. b) Del precio: El precio será el indicado por el oferente en su oferta económica, cuyo monto de la adjudicación no podrá superar el monto disponible para la presente licitación. c) Modalidad de Pago El pago del servicio se efectuará siempre contra estados de avance recibidos conforme por parte de CONAF, de acuerdo con el siguiente plan de avance, salvo que el proveedor adjudicado desee recibir solo un pago por el 100% del servicio ejecutado y recibido conforme. Plan de Pago por Avance. Primer Pago Control mecánico de Especies Exóticas Invasoras (EEI) arbustivas y herbáceas en una superficie de 5 ha al interior del sector plazoleta el Yunque. Se pagará el 50% del monto adjudicado. Con informe conforme del Administrador del PNAJF Segundo Pago Construcción de Obras de Conservación de Suelo (OCAS) por medio de la ordenación del total de los residuos de las EEI en empalizadas al interior de la zona de intervención en el sector Plazoleta el Yunque. Se pagará el 50% del presupuesto adjudicado. Con informe conforme del Administrador del PNAJF. Total 100% ejecutada y recibida conforme Con informe del Administrador del PNAJF El oferente adjudicado, sólo podrá emitir sus facturas una vez que se haya elaborado los dos informes técnicos de recepción conforme por parte de CONAF, lo que se comunicará al oferente. El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF. El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir con la recepción del servicio por parte de CONAF. La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada, siempre que el primer pago se realice después de un mes de contrato de los trabajadores. Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato. CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta acreditación deberá enviarse a CONAF, cada vez que se facture el servicio, para los efectos de aceptación de la factura electrónica, la que una vez contabilizada quedará a disposición de la Sección Finanzas para para pago.
Formalización de la contratación
La contratación se formalizará mediante la aceptación por parte del proveedor, de la Orden de Compra, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 117, del Decreto Supremo, N°661/2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento del Ley N°19.886, y sus modificaciones, el cual señala que, “Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley de Compras, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor. De la misma forma, podrán formalizarse las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
La Orden de Compra debe ser emitida por cada proceso de compra, renovación, prórroga, aumento de montos de un contrato, o ejecución de una opción de compra, según corresponda. Además, debe emitirse oportunamente dentro del plazo estipulado en las Bases o en la resolución de Adjudicación o en el contrato, según corresponda.
Si el respectivo proveedor no entrega la garantía de fiel cumplimiento de contrato, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o rechaza la orden de compra , la entidad licitante podrá re-adjudicar. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
Los derechos y obligaciones que deriven del contrato licitado, serán establecidos en las presentes Bases, en la oferta del adjudicatario, siempre y cuando no contravenga las Bases de Licitación.
2. Cláusulas de Contratación:
a) Plazo de Vigencia del Contrato:
El plazo de vigencia del contrato comenzará desde la aceptación de la orden de compra y no deberá superar el día 28 del mes de noviembre de 2025.
b) Del precio:
El precio será el indicado por el oferente en su oferta económica, cuyo monto de la adjudicación no podrá superar el monto disponible para la presente licitación.
c) Modalidad de Pago
El pago del servicio se efectuará siempre contra estados de avance recibidos conforme por parte de CONAF, de acuerdo con el siguiente plan de avance, salvo que el proveedor adjudicado desee recibir solo un pago por el 100% del servicio ejecutado y recibido conforme.

Plan de Pago por Avance.

Primer Pago

Control mecánico de Especies Exóticas Invasoras (EEI) arbustivas y herbáceas en una superficie de 5 ha al interior del sector plazoleta el Yunque.

Se pagará el 50% del monto adjudicado. Con informe conforme del Administrador  del PNAJF

Segundo Pago

Construcción de Obras de Conservación de Suelo (OCAS) por medio de la ordenación del total de los residuos de las EEI en empalizadas al interior de la zona de intervención en el sector Plazoleta el Yunque.

Se pagará el 50% del presupuesto adjudicado. Con informe conforme del Administrador del PNAJF.

Total

100% ejecutada y recibida conforme

Con informe del Administrador del PNAJF


El oferente adjudicado, sólo podrá emitir sus facturas una vez que se haya elaborado los dos informes técnicos de recepción conforme por parte de CONAF, lo que se comunicará al oferente.
El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF. El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir con la recepción del servicio por parte de CONAF.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada, siempre que el primer pago se realice después de un mes de contrato de los trabajadores.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
Esta acreditación deberá enviarse a CONAF, cada vez que se facture el servicio, para los efectos de aceptación de la factura electrónica, la que una vez contabilizada quedará a disposición de la Sección Finanzas para para pago.El oferente adjudicado, sólo podrá emitir sus facturas una vez que se haya elaborado los dos informes técnicos de recepción conforme por parte de CONAF, lo que se comunicará al oferente.
El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF. El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir con la recepción del servicio por parte de CONAF.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada, siempre que el primer pago se realice después de un mes de contrato de los trabajadores.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.El oferente adjudicado, sólo podrá emitir sus facturas una vez que se haya elaborado los dos informes técnicos de recepción conforme por parte de CONAF, lo que se comunicará al oferente.
El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF. El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir con la recepción del servicio por parte de CONAF.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada, siempre que el primer pago se realice después de un mes de contrato de los trabajadores.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
Facturación:
El documento tributario debe ser emitido una vez recibido conforme los Servicios a windte_dte@custodium.com. ● En el caso de Factura Deberá indicar el ID de la orden de compra en Campo 801 (Formato SII) – Referencia y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 horas. En el caso de factura o Boleta de honorarios, deberá indicar el ID de la orden de compra en la Glosa y enviar el documento PDF a los correos electrónicos: silvia.gomez@conaf.cl , karina.araneda@conaf.cl ● En la Glosa deberá indicar el detalle de los servicios ejecutados. ● Datos de Facturación: Corporación Nacional Forestal ● Rut: 61.313.000-4 ● Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales. ● Domicilio: 3 Norte 555, Viña del Mar La omisión de la información requerida para la formalidad del pago y facturación por parte del Proveedor, será motivo suficiente para rechazar los documentos tributarios electrónicos correspondientes.
Contraparte técnica y administrativa del contrato
i. Contraparte Técnica (adjudicatario) El adjudicatario deberá informar, antes de la suscripción del contrato, el nombre del encargado/coordinador o persona a cargo, quien actuará como interlocutor válido ante la Contraparte técnica de CONAF. El responsable del proveedor adjudicatario se encargará, entre otras labores, de: ● Asistir personalmente a todas las reuniones que convoque la Contraparte técnica de CONAF y coordinar la labor de su equipo de trabajo. ● Responder a los requerimientos y las observaciones que le formule la contraparte técnica de CONAF. ● Deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones del control mecánico y ordenación en OCAS (empalizadas) de los residuos de especies exóticas invasoras (EEI) de la contraparte técnica de CONAF. ii. Contraparte técnica (CONAF) La contraparte técnica corresponderá al Administrador del Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández o a quien lo subrogue. Región de Valparaíso, o quien lo subrogue. Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes: ● Administrar el contrato. ● Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato. ● Instructor en el procedimiento administrativo de aplicación de multas y término anticipado del contrato. ● Aprobar la recepción conforme de los servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente. ● Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda. ● Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación. iii. Contraparte Administrativa La contraparte administrativa corresponderá al Departamento de Finanzas y Administración, representada por los Jefes de Sección Administración y Finanzas, o quienes los subroguen, en las materias que le competen a cada uno de ellos. Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes: ● Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra. ● Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda. ● Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios. ● Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme. ● Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
Modificación de contrato
La contratación podrá modificarse de mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando no se alteren los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos cuando se introducen modificaciones que alteran los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; se modifique el equilibrio financiero del contrato y/o dé como resultado un contrato de distinta naturaleza. No se entenderán como alterados los elementos esenciales del contrato, cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual, de acuerdo a lo señalado en el artículo N°129 del Reglamento de la Ley de Compras. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del presente contrato, y no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria. CONAF podrá aumentar el plazo de ejecución del contrato, además, modificar los servicios contratados, siempre y cuando existan razones de interés público.
Finiquito del contrato
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato una vez efectuado el informe o acta de cumplimiento por la Jefa del Departamento Finanzas y Administración, sobre la base del Informe del Administrador del Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández de CONAF, con su correspondiente recepción conforme por parte del Jefe del Departamento Áreas Silvestres Protegidas o quien lo subrogue. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días corridos, contado desde el término del servicio.
Registros de terreno
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación formal y efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades objeto de la presente licitación, sean ya no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un “Registro de terreno con observaciones, amonestaciones o multas”, cuya notificación deberá ser obligatoriamente recibida por el Supervisor de terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento. De esta forma, la empresa debe nombrar un Supervisor de terreno, quien se relacionará con el personal de CONAF en la faena; quien deberá tener capacidad de resolución en terreno frente a observaciones o correcciones que instruya personal de CONAF destinado a la supervisión de la faena.
Multas por incumplimiento
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos, los que no son taxativos:
1. Faltas relacionadas con el incumplimiento de los elementos de protección personal (EPP) para los trabajadores.
2. Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en el Parque Archipiélago Juan Fernández.
3. Retraso en la entrega del servicio.
4. Generar impactos ambientales o incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
 Incumplimiento de prescripciones de manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados.
 Incumplimiento de las prescripciones técnicas, que se deben aplicar en la ejecución de la faena.
 Uso del Fuego en sector no habilitado del cual se derive amago o principio de incendio PNAJF, sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF.
 Daño a la flora y fauna nativa y endémica del Parque.

GRAVEDAD

DESCRIPCIÓN

MULTA

LEVE

-Faltas relacionadas con el incumplimiento de los elementos de protección personal (EPP) para los trabajadores.

-Incumplimiento de prescripciones de manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados.

-Incumplimiento de las prescripciones técnicas, que se deben aplicar en la ejecución de la faena.

1 (una) UTM

MEDIANA

-Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en el Parque.

-Retraso en la entrega del servicio.

-Daño a la flora y fauna nativa y endémica del Parque.

3 (tres) UTM

GRAVE

-Uso del Fuego en sector no habilitado del cual se derive amago o principio de incendio sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF.

25 (veinticinco) UTM


Las multas definidas en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) que sean cursadas y aplicadas para su descuento en la facturación correspondiente, deberán ser convertidas a pesos chilenos al valor de la UTM a la fecha de ocurrencia del incumplimiento, conversión monetaria que deberá ser revisada y ratificada por el Departamento de Administración y Finanzas.
j) Monto Máximo por cobro de Multas:
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 30% del monto neto de la orden de compra.
Del término anticipado del contrato
Los respectivos contratos administrativos regulados por la Ley de Compras, sus modificaciones y su Reglamento, podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causales: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, se entenderán como incumplimiento grave la aplicación de 5 multas cursadas mediante el respectivo acto administrativo. 4. Cuando al proveedor se le haya cursado el monto máximo del 30% establecido de multas. 5. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 6. La imposibilidad de ejecutar la prestación de los servicios en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129, del Decreto N°611 que contiene el Reglamento de la Ley de Compras. En tal caso, solo se pagará los servicios efectivamente prestados durante la vigencia del contrato. 7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 8. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 9. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. 10. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e) Disolución de la UTP. 11. Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023. 12. El desistimiento de la prestación del servicio, entiendo por tal, la no aceptación de la orden de compra en el plazo señalado por CONAF o el rechazo expreso de la misma. De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del número 2) y 7), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios/productos que se le encomendaren. En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
CLÁUSULA LEY 21.643 que modifica el código del trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, también denominada Ley Karin.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, Modifica el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N°21 Ministerio del Trabajo y Previsión Social, aprueba reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada. Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa. Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda. Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal. En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento. Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente. Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.”
Responsabilidad del proveedor
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente. El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
Exclusividad
La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o tratos directos que incluya las partidas que forman parte de la presente licitación con otros proveedores.
Trabajadores que ejecuten los servicios
Los trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios serán dependientes exclusivos del proveedor, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ningún vínculo laboral, ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
Subcontratación
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos, en consideración a lo dispuesto en el Reglamento, artículo 128 sobre Subcontratación, específicamente en su letra B, que establece lo siguiente: “Si excede el 30% del monto total del contrato, salvo que las bases de licitación establezcan un porcentaje mayor por razones fundadas…” De acuerdo con lo anterior, corresponde que en las bases de licitación que consideren la posibilidad de subcontratación, se incluya expresamente un párrafo que señale el monto subcontratado, para lo cual se deja establecido que en la presente licitación únicamente, se podrá subcontratar hasta el 80% del total del contrato adjudicado, toda vez que se trata de servicios que se prestarán en el Archipiélago de Juan Fernández, Isla Robinson Crusoe, lo que implica adoptar criterios de excepcionalidad atendida la condición insular. La Corporación podrá requerir cuando estime conveniente la siguiente documentación al proveedor adjudicado; a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo. b) Contratos de trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar. c) Carta Gantt de actividad a realizar. d) Registro de entrega de Equipo de Protección Personal. e) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI). f) Matriz de Evaluación de Riesgos de la faena a realizar. g) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad. h) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo. i) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo. j) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley. k) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. l) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas, sus modificaciones y su Reglamento contenido en el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: Página 34 de 43 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Interpretación e información
Las Bases Administrativas y Técnicas que lo rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y la ejecución de los servicios requeridos y contratos, de acuerdo con las reglas de ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otros.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
Principio de Igualdad y no Discriminación Arbitraria.
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas: 1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria. 2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamiento acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos. 3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes. 4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Cesión del contrato.
En virtud del principio de igualdad de los oferentes, el adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, de conformidad a lo establecido en el artículo 126 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Domicilio.
Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna Viña del mar y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
Clausula de Observaciones generales
y) Observaciones generales. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886, sus modificaciones y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato. La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación.
Definiciones
Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por: 1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un contrato de suministro o prestación de servicios, regido por la Ley N° 19.886, también denominada "Ley de Compras". 2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. 3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. 4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías. 5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato. 6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato. 7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento. 8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal) 9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él. 10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación. 11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades. 12. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado. 13. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
Referencias técnicas de la faena
1.- ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO A EJECUTAR
Se requiere la ejecución del servicio de control de EEI y ordenación de residuos resultantes. La primera actividad por la ejecución del proyecto “SERVICIO DE CONTROL MECÁNICO DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS (EEI) ARBUSTIVAS Y HERBÁCEAS EN UNA SUPERFICIE DE 5 HA AL INTERIOR DEL SECTOR PLAZOLETA EL YUNQUE EN EL PARQUE NACIONAL ARCHIPIÉLAGO JUAN FERNÁNDEZ”.
El objetivo de esta acción es reducir la presión generada por especies aloctonas al bosque endémico de Isla Robinson Crusoe por medio de una actividad de control de EEI y ordenación de los residuos en el sector Plazoleta el Yunque en el Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández. Estas acciones contribuyen a la mitigación y/o adaptación al cambio climático, procurando que el bosque siga desarrollando sus funciones ambientales y sociales para bien del medio natural y humano.
Se adjuntan 2 planos de la ubicación, el primero de ellos localizado el sector de la implementación en el sector plazoleta (Figura 1) y el segundo donde se detalla el polígono de 5 ha de la intervención de control y ordenamiento de residuos. (Figura 2)


Figura 1. Mapa de localización general de las actividades del proyecto, se especifica el sector Plazoleta el Yunque (rojo).



Figura 2. Mapa de localización del proyecto en el sector Plazoleta el Yunque (rojo) especificando la superficie de control de EEI (5 ha).

Las faenas deberán ejecutarse de acuerdo a las prescripciones de la Bases Técnicas:
2.- BASES TÉCNICAS
El adjudicatario deberá disponer de los equipos y herramientas necesarias para asegurar que el control y ordenación de residuos sea efectivo y con la calidad exigida.
Especificaciones para el control de EEI en el sector Plazoleta el Yunque.

Superficie de control

5 ha de control de especies arbustivas y herbáceas de acuerdo a la cartografía entregada por CONAF

Ordenación en fajas de residuos

Construcción de Obras de Conservación de Suelo (OCAS) por medio de la ordenación del total de los residuos de las EEI en empalizadas con dimensiones de un metro de ancho por uno de alto y un largo mínimos de 5 metros y máximo de 7 metros al interior de la zona de intervención en el sector Plazoleta el Yunque.


EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Control mecánico de Especies Exóticas Invasoras.
Se deberá aplicar un control de especies exóticas invasoras en 5 hectáreas en el sector de Plazoleta el Yunque, el que será ejecutado mediante control mecánico (manual o maquinaria), según la condición de relieve y vegetación del sector. El servicio debe incluir la mano de obra, equipos, productos a utilizar, junto con la logística de ejecución de la actividad.
Como se indica en las bases administrativas la presente licitación considera el resguardo de toda la flora nativa y endémica del sitio donde se desarrollarán las faenas de control de EEI. Asimismo, si ocurren eventos climáticos como intensas lluvias, el trabajo se suspenderá esos días intensificando el Control de EEI los días sin lluvia, esto deberá ser respaldado mediante un medio de verificación como indican las bases administrativas.
La empresa oferente deberá realizar un control mecánico o manual de todas las especies exóticas invasoras (zarzamora, miosotis, entre otras) presente en las áreas de intervención con el uso de maquinaría (como desbrozadoras equipadas con disco o estrella de corte o motosierra) con personal capacitado o bien con herramientas manuales (como Rozón o Machete). En el caso de maquis se realizará una poda de los individuos dejando de 3 a 5 ramas de estas especies la de mayor diámetro a la altura de pecho, la actividad se realizará mediante su corta directa en la parte basal utilizando maquinaría (como motosierra) o bien con herramientas manuales (como serrucho o Machete), contando con todas las medidas de seguridad adecuadas al trabajo a ejecutar.
El material vegetal resultante de la limpieza del proyecto, será dispuesto al interior del rodal de intervención (5 ha) en los sectores definidos por CONAF en forma de OCAS mediante la construcción de empalizadas. Dichas empalizadas serán construidas apilando las ramas en fajas de un metro de ancho por un metro de alto, y con un largo mínimo de cinco metros y un máximo de siete metros y las cuales deberán estar ordenadas de forma perpendicular a la pendiente para favorecer la retención del suelo. Así mismo las fajas estarán soportadas por estacas de dos metros enterradas un metro, y distanciadas cada un metro para evitar el desmoronamiento como se observa en la figura 3.
Se considerará una tolerancia del 20% en las dimensiones de construcción de las Obras de conservación de suelos.
Se deberán preservar todos los arbustos y herbáceas nativas del sitio para ser usados como nodrizas durante la revegetación de ser precisa.



Figura 3. Fotografía de ejemplo de una empalizada construida con remanentes de una plantación posterior a un incendio forestal.
En el caso de que se utilice maquinaria se deberán establecer puntos de carga y descarga de combustibles los cuales deberán poseer las siguientes características.
 Sitios con dimensiones de 3 x 3 metros protegidas con una cubierta de plástico para evitar el derrame directo al suelo.
 Sitios con baja densidad vegetacional.
 El contratista deberá instalar recipientes certificados para el almacenamiento de combustible en el caso de ser necesario.
 El contratista deberá instalar 2 cubetas por punto de a lo menos 20 litros con arena en caso de derrame de algún combustible.
 Cada recipiente de almacenamiento de combustible debe estar sobre una tarima perfectamente nivelada (pallet o similar), evitando así que ese contenedor esté en contacto directo con el suelo.
 En caso de realizar algún trasvasije este deberá ser hecho sobre una tarima o elemento similar impermeable para evitar nuevamente el contacto directo sobre el suelo.
CONAF elaborará un informe de recepción de faenas ejecutadas y recepcionada conforme, el cual permitirá el pago de los hitos señalados en las bases de licitación. Para el pago final se podrá realizar ajustes de superficies y pagos hasta determinar la superficie total y recepcionada conforme ejecutada de acuerdo a las prescripciones técnicas de las bases de licitación.
a) El contratista deberá conocer en detalle el área de trabajo asignada para implementar las medidas ambientales requeridas.
b) Reparación y mantención de maquinaria se realizará solo en sitio autorizados por la Administración de la Unidad
c) No se deberá intervenir las especies endémicas, zonas de protección y cursos de agua.
d) Se deberá utilizar una cubierta de protección al suelo durante el carguío de combustible o aceites o reparaciones menores para evitar derrame de productos y asegurarse en el momento de aplicar de no tener derrames de combustible, lubricantes, y vertidos al suelo y aguas superficiales (canales, esteros, ríos)

e) Asegurar que todos los trabajos de carga de equipos se realicen en forma eficiente y segura, garantizando la salud e integridad de las personas, instalaciones y el medio ambiente.
f) Los envases de productos utilizados, de cualquier naturaleza, deberán ser eliminados fuera del PNAJF, siguiendo los protocolos establecidos para no contaminar el medio ambiente.
g) No lavar ni eliminar residuos de los equipos en los cursos de agua.
h) No dejar envases vacíos en las zonas de aplicación.
La ejecución del control de EEI deberá resguardar la protección y mantención ante los siguientes hallazgos a lo largo de toda la extensión de la línea de trabajo adjudicada.
Árboles perchas para la avifauna nativa.
Superficie del piso con evidentes signos de erosión y/o zanjas
Hallazgo de especies vegetales en categoría de amenaza para su conservación.
Otras situaciones no descritas en esta lista y que sean necesarias para efectuar de mejor forma el cumplimiento de las medidas de protección ambiental contenidas en el Plan de Manejo del PNAJF
Para todos los efectos, los presentes hallazgos podrán ser notificados por:
CONAF al jefe de faena y anotados en el respectivo Libro de Faenas.
Por el jefe de faenas a CONAF. En este caso CONAF debe manifestar su expresa aprobación o denegación a la situación presentada por el jefe de faenas, para su aplicación o no, y ser registrado en el Manifold.
Durante la ejecución de los trabajos, se considera controlar principalmente:
El estado y funcionamiento del equipo empleado por el instalador, para la ejecución de los trabajos, así como el uso de los EPP, por los trabajadores.
Verificar el cumplimiento de todas las medidas requeridas sobre seguridad y medio ambiente.
Verificar que el control se realice de acuerdo con los alineamientos indicados en los planos y/o croquis de referencia.
Medir, para efectos recepción conforme y pago, la cantidad de obra correctamente ejecutada.
3. SUPERVISIÓN PERMANENTE DE CONAF Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS TÉCNICOS.
CONAF mantendrá supervisión y comunicación permanente durante las faenas, contando con una contraparte técnica en terreno para resolver cualquier situación especial o que no esté contemplada en las bases, siendo sus Guarda parques y Administrador, quienes se turnarán para efectuar la supervisión necesaria.
Condiciones específicas para el recibo y tolerancias.
Superficie. La corporación revisará y validara con la cartografía que se ejecuten de manera efectiva el control de las 5 ha se podrá considerar un error respecto de la ubicación del polígono de +- 3 metros de error de acuerdo a lo establecido en planos o lo indicado en terreno por el supervisor.
Ordenamiento: La corporación revisará que los residuos de la actividad queden dispuestos y ordenados de acuerdo a las prescripciones técnicas antes dispuestas en el documento de bases técnicas.
Los supervisores de CONAF, tendrán la potestad de paralizar la faena frente a cualquier situación anómala detectada, entendiéndose como tal incumplimiento al punto de Obligaciones generales del adjudicatario, o a los aspectos técnicos específicos de las bases o del plan de manejo del Parque Nacional.
4. CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES.
El adjudicatario deberá optimizar el rendimiento de la faena y podrá tener más de un frente de trabajo, a condición de que se respete el avance acordado, no pudiendo dejar sectores rezagados, de ocurrir no serán recepcionados conforme para los efectos del pago.
5. NORMATIVA EN FAENAS
El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:
INGRESO Y PERMANENCIA EN EL PARQUE NACIONAL: Todas las personas que hagan ingreso deberán registrarse en el libro de faenas e indicar: Nombre, destino y/o motivo de la visita y si por algún motivo ingresa fuera de horario estará obligado de avisar a CONAF.
Transitar sólo por caminos y senderos establecidos cuidando de su integridad física y respetar la flora y fauna nativa.
Está prohibido realizar cualquier actividad que no tenga relación directa con el trabajo que se esté ejecutando, actividades tales como:
Cacería, pesca, extracción de tierra de hojas, trekking, etc.
Cortar o extraer flora de cualquier tipo (plantas, flores endémicas, semillas, ramas, etc.).
Molestar o perturbar la fauna del lugar, más allá de lo que implica la ejecución de faenas.
Utilizar o derramar productos tóxicos y/o contaminantes.
Botar basura. Ésta debe ser retirada para ser depositada fuera del Parque Nacional todos los días. Durante su permanencia en la faena está totalmente prohibido generar o utilizar cualquier fuente calórica, que pudiere generar un incendio forestal.
Solo se podrá usar alguna fuente calórica en lugares seguros previa autorización de CONAF.
Se prohíbe ingresar con personas que no tengan relación directa con la faena y que no estén en los listados de trabajadores oficiales de la faena, como por ejemplo familia, hijos, amigos, etc.
Toda persona que trabaje, que preste un servicio o faena en particular, estará obligado a utilizar sus implementos de protección personal (EPP). Si alguna persona es sorprendida sin su implementación se emitirá la observación correspondiente al encargado de la Faena.
No se podrá ingresar, ni portar onda, armas de fuego, rifles de aire comprimido ni ningún implemento o artefacto que vaya en contra de la protección de los bienes naturales, si ocurriese el caso, la persona podrá ser expulsada sin posibilidades de un nuevo ingreso.
En consecuencia, toda situación detectada y que sea considerada irregular debe ser informada oportunamente a quien corresponda con la finalidad de que se tomen las medidas correspondientes, y de este modo evitar su reiteración.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.