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Resolución de Empates |
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En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:
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Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la totalidad del Criterio Técnico.
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Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el Criterio Económico.
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Si aplicados los criterios anteriores, aún se mantiene la paridad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el factor N°1 “Calidad de la propuesta técnica”.
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Si aplicados los criterios anteriores, aún se mantiene la paridad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el factor N°3 “Experiencia del equipo de trabajo”.
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Y si aún persiste la igualdad se elegirá la oferta que haya sido ingresada al portal en primer lugar.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las reclamaciones que se interpongan en contra de la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes en la licitación serán conocidas y resueltas por la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, en un único acto que solo será reclamable ante el Director Nacional.
Las reclamaciones deberán formularse a través de la plataforma de Licitaciones de ChileCompra (www.mercadopublico.cl), las que serán respondidas por SERNAC a más tardar en el plazo de 5 días hábiles desde su formulación.
Lo anterior sin perjuicio de lo señalado en los artículos 22 y siguientes de la Ley N°19.886.
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado:
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Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con el Estado o con el SERNAC.
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Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la adjudicación.
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Si modificare su oferta o se desistiere de ella, o no concurriere a firmar el contrato por causas imputables al contratista.
En todos estos casos, el SERNAC podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá readjudicar al siguiente proponente mejor calificado, siempre que su oferta no sea temeraria y no exceda el presupuesto disponible establecido. Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante para declarar desierta la licitación por motivo fundado.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Tratándose este de un contrato de prestación de servicios, en caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
SERNAC exigirá al contratista que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El contratista deberá presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la adjudicataria, dará derecho a SERNAC a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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SERNAC podrá requerir a los oferentes la presentación de certificaciones, antecedentes o garantías que aquellos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones, antecedentes o garantías se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de 2 días para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas y/o acompañe los antecedentes antes referidos.
En estos casos, se asignará un menor puntaje en el criterio “Requisitos formales” a aquellas propuestas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
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Resolución de Empates |
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En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:
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Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la totalidad del Criterio Técnico.
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Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el Criterio Económico.
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Si aplicados los criterios anteriores, aún se mantiene la paridad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el factor N°1 “Calidad de la propuesta técnica”.
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Si aplicados los criterios anteriores, aún se mantiene la paridad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el factor N°3 “Experiencia del equipo de trabajo”.
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Y si aún persiste la igualdad se elegirá la oferta que haya sido ingresada al portal en primer lugar.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las reclamaciones que se interpongan en contra de la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes en la licitación serán conocidas y resueltas por la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, en un único acto que solo será reclamable ante el Director Nacional.
Las reclamaciones deberán formularse a través de la plataforma de Licitaciones de ChileCompra (www.mercadopublico.cl), las que serán respondidas por SERNAC a más tardar en el plazo de 5 días hábiles desde su formulación.
Lo anterior sin perjuicio de lo señalado en los artículos 22 y siguientes de la Ley N°19.886.
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado:
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Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con el Estado o con el SERNAC.
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Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la adjudicación.
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Si modificare su oferta o se desistiere de ella, o no concurriere a firmar el contrato por causas imputables al contratista.
En todos estos casos, el SERNAC podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá readjudicar al siguiente proponente mejor calificado, siempre que su oferta no sea temeraria y no exceda el presupuesto disponible establecido. Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante para declarar desierta la licitación por motivo fundado.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Tratándose este de un contrato de prestación de servicios, en caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
SERNAC exigirá al contratista que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El contratista deberá presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la adjudicataria, dará derecho a SERNAC a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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SERNAC podrá requerir a los oferentes la presentación de certificaciones, antecedentes o garantías que aquellos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones, antecedentes o garantías se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de 2 días para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas y/o acompañe los antecedentes antes referidos.
En estos casos, se asignará un menor puntaje en el criterio “Requisitos formales” a aquellas propuestas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
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