Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Fecha de vencimiento:
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29-01-2021
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Monto:
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500000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de sus ofertas, todos los proponentes deberán entregar una garantía por un monto de $500.000 (quinientos mil pesos).- la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT N°70.072.600-2, pagadera a la vista, nominativo, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) (el plazo debe armonizarse con el plazo de validez de la oferta) días hábiles posteriores a la fecha de cierre de presentación de las ofertas publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
Se aceptarán como instrumentos válidos de garantía de seriedad de la oferta, boleta de garantía bancaria, vale vista o depósito a la vista, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza a la vista, como cualquier otro instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el párrafo anterior.
La garantía deberá indicar en su texto o glosa:
“EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DEL CONTRATO DE “SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA LAS DEPENDENCIAS DE JARDINES INFANTILES MIRAFLORES, LIQUIÑE, FUTRONO URBANO, CENTRO CIVICO, CARRUSEL, PURINGUE RICO Y OTROS, DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES - REGIÓN DE LOS RÍOS”._____________”.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser emitida a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas bases de licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus clausula la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el prestador del servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al periodo de vigencia de la póliza respectiva.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo establecido en las presentes bases.
El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta el día del cierre de recepción de ofertas, de acuerdo con el cronograma de esta licitación (punto 4), en el siguiente horario:
Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs.
Viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs.
La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl
En los casos que se otorgue de manera electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma
Dada la contingencia nacional por COVID-19, la entrega del documento podrá también otorgarse de manera electrónicamente enviando por correo electrónico a oficina_partesXIV@junjired.cl, solo se recibirán certificados de fianza electrónicos, boletas de garantía electrónicos, vale vista electrónicos, Póliza de Seguro electrónicos, que deberán ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, se faculta a la JUNJI para obtener de oficio, según sea el caso, la validez del documento en garantía y que se encuentran ajustados por la Ley N°19.799.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error o defecto formal, que se contenga en el instrumento de garantía expresado defectuosamente, dentro del plazo previsto para su presentación. Si la subsanación se requiriere el último día de ese término, se concederán tres (03) días hábiles para la corrección del documento de garantía.
Las ofertas de los proveedores que no presenten garantía de seriedad de la oferta, o que en el caso de haberla presentado no cumpla con los requisitos exigidos precedentemente, serán rechazadas al momento de la apertura electrónica de las mismas y será declarada inadmisible por la Junta Nacional de Jardines Infantiles por no ajustarse a los términos de las presentes bases.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, sin forma de juicio, en los siguientes casos:
• Si se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de esta.
• Si presentare una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
• Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (ChileProveedores) previo al plazo de suscripción del contrato.
• Si el contratista no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y sociales.
• Por cualquier otra cusa imputable al proponente, que haga imposible la adjudicación de la Licitación o la suscripción del contrato.
La resolución que disponga el cobro de esa garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, se efectuará dentro de diez (10) días hábiles siguientes, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo proveedor adjudicado, previa solicitud mediante correo electrónico a la persona encargada del proceso de licitación.
La Garantía por seriedad de la oferta será devuelta al adjudicatario, una vez que suscriba el contrato correspondiente y se efectúe la entrega de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato a que se refiere el punto N°19 y 23 de las presentes Bases.
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Glosa:
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“EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DEL CONTRATO DE “SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA LAS DEPENDENCIAS DE JARDINES INFANTILES MIRAFLORES, LIQUIÑE, FUTRONO URBANO, CENTRO CIVICO, CARRUSEL, PURINGUE RICO Y OTROS, DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES - REGIÓN DE LOS RÍOS”._____________”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de garantías debe solicitarse a sus vez mediante correo electrónico a la persona encargada del proceso de licitación, para coordinar su retiro y liberación.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Fecha de vencimiento:
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24-01-2022
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Monto:
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7
%
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Descripción:
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Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, se exigirá al oferente que se adjudique el servicio entregar una garantía, consistente en una boleta bancaria, vale vista, póliza de seguros de ejecución inmediata, depósito a la vista o certificado de fianza, como, además, todo otro documento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, modificado por el Decreto Supremo N°1410, de 2014, del Ministerio de Hacienda, a favor de organismos públicos, por un 7% del valor total proyectado hasta el 31 de diciembre 2020, a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, con una fecha de vencimiento mínimo 60 días corridos aumentado al plazo de ejecución del contrato, contados desde el día siguiente de la fecha de adjudicación, esta garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
Esta garantía será entregada en la Dirección Regional, en un plazo no mayor a 3 días contados desde la notificada resolución, que deberá ser entregado físicamente y recibido en la Oficina de Partes en de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle Arauco 371 – 373 de la Ciudad de Valdivia Región de Los Ríos.
En el siguiente horario:
Lunes a jueves: De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Día viernes: De 08:30 hasta las 16:30 hrs.
La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl].
La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente “En garantía del fiel cumplimiento de contrato de Servicio Vigilancia “Jardín Infantil _____________________”
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento.
Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato.
La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato y las que ordene el Artículo 11° de la Ley 19.886. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última.
En caso de aumento de plazo del Servicio contratado, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en este párrafo.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las presentes bases administrativas Clausula 25.-
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Glosa:
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“En garantía del fiel cumplimiento de contrato de Servicio Vigilancia “Jardín Infantil _____________________”
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Forma y oportunidad de restitución:
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coordinar con encargado de licitación flavado@junji.cl
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