Licitación ID: 1082957-38-LE25
Servicio de plataforma digital para el Sistema de Evaluación del Desempeño y Programa Sello de Liderazgo para ProChile
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE EXPORTACIONES
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Productos o servicios
1
Asesorías Informáticas 1 Unidad
Cod: 80101507
Servicio de Plataforma digital para el Sistema de Evaluación del Desempeño y Programa Sello de Liderazgo para ProChile, por un período de 24 meses.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de plataforma digital para el Sistema de Evaluación del Desempeño y Programa Sello de Liderazgo para ProChile
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Dirección General de Promoción de Exportaciones, ProChile, invita a participar en el proceso de contratación de un servicio de plataforma digital para el sistema de evaluación del desempeño y programa sello de liderazgo para ProChile, contemplando que serán seis en total los hitos a ejecutarse, dentro de un período de 24 meses. “E1O2RT9”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Sólo se publicará la oferta técnica de la propuesta adjudicada, junto a la resolución de adjudicación.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MN PROMOCION DE EXPORTACIONES
R.U.T.:
62.000.680-7
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-06-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 13-06-2025 16:11:49
Fecha inicio de preguntas: 14-06-2025 8:00:00
Fecha final de preguntas: 17-06-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-06-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-06-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-06-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 09-07-2025 12:55:31
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo N°1 “Formulario de Datos del Oferente”, el que debe ser completado y enviado, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Si la información requerida en el Anexo N°1 se encuentra disponible en el “Registro de Proveedores”, se considerará como presentada por el oferente. De no incluirse el mencionado Anexo N°1, o si dicha información no está disponible en el “Registro de Proveedores”, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
2.- Requisito mínimo: Al momento de presentar las ofertas, los oferentes deberán encontrarse en calidad “hábil” en el Registro de Proveedores del Estado. En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada integrante de esta deberá encontrarse hábil en el citado registro. La oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme con lo establecido en el artículo 182 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), el representante deberá adjuntar el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y 181 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
3.- Requisito mínimo: En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), la “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar” deberá ser firmada electrónicamente por el apoderado representante de la UTP.
Documentos Técnicos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo Nº 3, “Formulario Oferta Técnica”, de conformidad con las Bases Técnicas. Dicho formulario debe ser completado, firmado y enviado a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Sólo se aceptarán ofertas presentadas utilizando los formularios contenidos en el citado Anexo, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Si alguna información del Anexo N°3 no es incluida, para efectos de la presente licitación se considerará que el postulante carece de ella.
 
Documentos Económicos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo N° 2, “Formulario Oferta Económica”. Dicho formulario debe ser completado y enviado, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Sólo se aceptarán ofertas presentadas utilizando el formulario contenido en el citado Anexo, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
2.- Requisito mínimo: El monto total de Oferta económica no podrá exceder del presupuesto estimado, que asciende a $28.000.000.- (veintiocho millones de pesos), incluyendo impuestos y costos asociados, por un período de 24 meses, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Para la presente Licitación los requerimientos documentales para ser contratado serán sólo aquellos exigidos en numeral 9.14.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Para la presente Licitación los requerimientos documentales para ser contratado serán sólo aquellos exigidos en numeral 9.14.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del Oferente Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 45%
2 Propuesta Económica Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 5%
3 Criterios inclusivos Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 3%
4 Programa de Integridad y ética empresarial Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 2%
5 Descripción y Calidad Técnica de la Propuesta Detalle en numeral 9.11.- "Procedimiento de Evaluación de las Ofertas". 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 28000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Cifuentes Tapia, Carolina
e-mail de responsable de pago: pagosprochile@prochile.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Osorio Rubio, Claudio
e-mail de responsable de contrato: cosorio@prochile.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-33220329-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar, salvo autorización escrita de ProChile.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas

9.1   ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

9.1.1. Introducción

ProChile, ha implementado un sistema de gestión por competencias que permita gestionar de forma eficiente el desarrollo y desempeño de las personas en su ciclo de vida laboral.

Para esto, se requiere contar con una plataforma digital que lleve a cabo el proceso de evaluación del desempeño, el cual permita agregar valor a la gestión del desarrollo de personas, midiendo las competencias del personal en base al modelo institucional establecido, y aportando elementos en la integración entre los procesos internos de gestión de personas (selección, inducción, capacitación, desempeño y perfiles de cargo). Esta información debe ser gestionada, a través de una plataforma que permita un análisis de información óptimo para la toma de decisiones.

Del mismo modo, se requiere que dicha plataforma digital permita llevar a cabo el programa Sello de Liderazgo de ProChile, el cual busca estandarizar competencias clave en las jefaturas que integran la institución, mediante una evaluación 270° (autoevaluación de jefatura, evaluación del equipo y evaluación de jefatura superior), que permita una retroalimentación completa y el levantamiento de futuros planes de trabajo, a partir de cada medición, pudiendo volver a registrar nuevos planes de trabajo, que queden almacenados.

Para efectos del proceso evaluación del desempeño, la plataforma deberá tomar como base para su implementación el Reglamento Especial de Calificaciones de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 3, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Reglamento de Calificaciones del Personal Afecto al Estatuto Administrativo, aprobado por el Decreto Supremo N° 1.825, de 1998 del Ministerio del Interior.

En cuanto a la implementación del programa Sello de Liderazgo de ProChile, la plataforma deberá tomar como base la estructura orgánica de la institución, organigrama, y un cuestionario con 20 afirmaciones, las que tendrán que ser contestadas mediante una escala de calificación, del 1 al 5 denominada Likert.

El proceso de evaluación del desempeño de ProChile cuenta con las siguientes características:

* Periodo objeto de calificación de 1 año calendario comprendido entre el 1 de abril y el 31 de marzo del año siguiente.

* Las etapas generales del proceso contemplan:

- Precalificación (dentro de los 10 primeros días hábiles del mes de abril).

- Proceso de calificación (desde 1 de abril a 30 de junio de cada año).

- Establecimiento de metas para el periodo que media entre el 1 de abril y el 31 de agosto (dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de abril).

- Informe de desempeño de los funcionarios que comprende el período que media entre el 1 de abril y el 31 de agosto (dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de septiembre).

- Establecimiento de metas para el periodo que media entre el 1 de septiembre y el 31 de marzo (dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de septiembre).

* El primer ciclo de implementación considera el desarrollo del Informe de Desempeño parcial, a realizarse en septiembre del año 2025.

* Los factores que se evaluarán serán:

- Factor 1: Competencias institucionales

- Factor 2: Competencias específicas por familias de cargo.

-Factor 3: Cumplimiento de metas individuales, las que pueden ser modificadas durante el período calificatorio.

* Escala de medición en base a cinco intervalos que tienen asignadas las notas 2, 4, 6, 8 y 10, la que, en definitiva, se traduce en un puntaje final de 20 a 100 puntos, conforme a lo señalado en el reglamento calificatorio de ProChile.

* Entrevista de retroalimentación como proceso obligatorio entre la jefatura y sus colaboradores/as.

* Autoevaluación, la que es solo una referencia para la jefatura directa, no vinculante con la evaluación final.

* La persona evaluada puede realizar observaciones a la evaluación realizada por su jefatura directa, tanto en el informe parcial de desempeño como en la precalificación.

* El proceso de desempeño debe contemplar una Hoja de Vida del funcionario, donde se registren las actuaciones del/de la empleado/a que impliquen una conducta o desempeño funcionario destacado o reprochable. Esto se traduce en un registro de anotaciones de mérito o demérito solicitadas por la jefatura directa al área de Gestión de Personas para ser registradas en la “Hoja de Vida Funcionaria”.

* El proceso de calificación se aplica a personas que hayan tenido un desempeño efectivo de al menos 6 meses continuos o discontinuos durante el periodo calificatorio, salvo las excepciones contempladas en el artículo 5 del Decreto supremo N° 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior.

* El informe parcial de desempeño y la precalificación son efectuadas por la jefatura directa (ambas deben ser debidamente fundadas). En tanto, la calificación es efectuada por la Junta Calificadora, la cual se constituye por las 5 más altas jerarquías de la Institución, exceptuando al Jefe de Servicio. La Junta Calificadora toma como base la evaluación realizada por la jefatura directa en la precalificación y puede bajar, mantener o subir esta nota.

En cuanto al programa Sello de Liderazgo de ProChile, cuenta con las siguientes características:

* Aplicación de un sistema de evaluación del desempeño para evaluar competencias de liderazgo, que contempla autoevaluación de la jefatura, evaluación descendente y evaluación ascendente, el cual será dirigido a las jefaturas de la institución.

* Implementación anual, periódica y sistemática, proyectada para la primera quincena del mes de noviembre del año 2025 y 2026.

* Consiste en una evaluación de 270°, la que contempla 3 fases: Autoevaluación de cada jefatura, evaluación del equipo a cargo y evaluación de la jefatura superior.

* Acceso a cuestionario de evaluación de desempeño que contempla 20 afirmaciones, correspondientes a conductas que se organizan bajo 5 grandes competencias, y que deben ser contestadas en una escala Likert de 5 niveles, más un formulario final de fortalezas y oportunidades de mejora (texto).

* La plataforma debe contemplar un espacio por cada conducta, para dejar comentarios (texto) el cual deberá ser obligatorio cuando se seleccione el puntaje mínimo o máximo en la escala Likert, a modo de justificación.

* Almacenamiento y resguardo de datos personales y laborales de los/as funcionarios/as del Servicio, cargados conforme a la estructura orgánica y dependencia jerárquica, conforme a la Ley N° 21.719, que regula la Protección y el Tratamiento de los Datos Personales y Crea la Agencia de Protección de Datos Personales.

* Carga de competencias y conductas a evaluar, junto con el detalle de las autoevaluaciones, evaluaciones ascendentes y evaluaciones descendentes.

* Emisión de reportes y resultados para cada jefatura: El sistema deberá entregar una retroalimentación escrita, mediante dos informes:

a. Un informe detallado que entregue el puntaje obtenido por competencias y conductas, especificando aquellos obtenidos en la autoevaluación, evaluación ascendente y evaluación descendente. Además, un apartado que dé cuenta de las fortalezas y aspectos a mejorar

b. Un informe breve, elaborado mediante inteligencia artificial. Este último debe contener un resumen de la evaluación 270°, descripción de fortalezas, oportunidades de mejora, como así también, una propuesta de planes de acción.

* El primer ciclo de implementación se llevará a cabo la primera quincena de noviembre del año 2025.

* Mientras que el segundo ciclo, se llevará a cabo primera quincena de noviembre del año 2026.

9.1.2.  OBJETIVOS DE LA LICITACIÓN

Objetivo General

El objetivo general de la presente Licitación es seleccionar una entidad que preste los servicios de administración, suministro y continuidad de una plataforma digital para el sistema de evaluación del desempeño, que se ajuste a los requerimientos del Reglamento General de Calificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 1825, de 1998, del Ministerio del Interior; y del Reglamento Especial de Calificaciones de ProChile, aprobado por el Decreto Supremo N° 3 de 2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores, documentación que será entregada oportunamente al proveedor adjudicado, y para el programa Sello de Liderazgo de ProChile.

Objetivos Específicos

a. Disponer de un servicio de plataforma web que apoye la implementación y mantenimiento del sistema de evaluación del desempeño y del programa Sello de Liderazgo de ProChile, siendo los datos almacenados por el oferente.

b. Disponer de un servicio de apoyo óptimo para la adecuación del servicio de la plataforma web para ProChile.

c. Contar con una herramienta de apoyo en la gestión del proceso evaluación del desempeño institucional y programa sello de liderazgo, particularmente en los periodos de alta demanda, de acuerdo a los niveles de servicio determinados.

9.1.3. VOLUMEN OPERACIONAL

Se requiere que la plataforma considere volúmenes para su operatividad y funcionalidades de al menos 600 personas que participarán de ambos procesos, en cada periodo (2).

9.1.4. SERVICIOS REQUERIDOS

Las condiciones de contratación de los servicios se detallan a continuación:

9.1.4.1. Adecuación e implementación de la plataforma

El oferente deberá presentar una plataforma web, de acuerdo con las necesidades del programa sello de liderazgo de ProChile y del sistema de evaluación del desempeño y su respectiva implementación establecidas en el reglamento de desempeño de ProChile, texto que será proporcionado en integridad al oferente adjudicado para su análisis y aplicación.

Esta plataforma debe contemplar las principales fases, actividades y responsables para llevar a cabo el proceso de evaluación de desempeño, como así también el programa sello de liderazgo de ProChile.

La plataforma deberá estar disponible para la realización del primer ciclo de implementación del sistema evaluación del desempeño, llamado “Informe de Desempeño”, a realizarse los 10 primeros días hábiles se septiembre de 2025.

Posteriormente, en noviembre del mismo año, la plataforma deberá estar preparada para la aplicación de la evaluación 270° a jefaturas de la institución.

En esta etapa inicial de adecuación e implementación (durante los primeros 30 días desde la vigencia del contrato) deberá considerar además la entrega de manuales de usuarios, tutoriales y la realización de, al menos una capacitación, en formato y fecha a coordinar, en el uso y aplicativo de la plataforma según la configuración de perfiles asignada.

9.1.4.2. Características de la plataforma

La plataforma deberá contar con aplicativos que permitan la ejecución de los siguientes requerimientos, para llevar a cabo con éxito el Sistema de Evaluación de Desempeño:

1.- Evaluación de la persona en base a competencias, conforme a las indicadas en el artículo 2 y 3 del Reglamento Especial de Calificaciones de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, distribuidas en:

a. competencias institucionales (comunes a todo el personal)

b. competencias específicas por familias de cargo (grupos de cargos con competencias comunes)

c. cumplimiento de metas individuales. Las cuales varían de 1 a 3 metas fijadas por persona y deben contar con campos de registro para su seguimiento. A su vez, estas metas deben contar con la flexibilidad en la plataforma para ser modificables durante el periodo calificatorio.

2.- El sistema deberá contener una configuración personalizada de ponderaciones por competencia y por nivel.

3.- Conforme con el artículo 3 del Reglamento Especial de Calificaciones de este Servicio, el sistema debe contar con una escala de evaluación de las competencias y metas, determinado en los siguientes intervalos: 2 (insuficiente), 4 (regular), 6 (bueno), 8 (muy bueno) y 10 (excelente). El puntaje total debe ser expresado en un numeral de 20 a 100 puntos.

4.- La plataforma debe contemplar un espacio por cada competencia evaluada, para dejar comentarios (texto) el cual deberá ser obligatorio cuando se seleccione el puntaje mínimo o máximo en la escala, a modo de justificación.

5.- El sistema deber contar con un apartado de fortalezas y oportunidades de mejora, que permita ingresar texto.

6.- El sistema debe contar con los módulos de 1 informe parcial (de desempeño) y 1 precalificación, ambas realizadas por la jefatura directa y en las que se evalúan las competencias y metas asignadas a la persona.

7.- El sistema debe contar con un módulo de autoevaluación disponible en el informe parcial y en la precalificación, esta información será de referencia para la jefatura directa, no vinculante con la evaluación final.

8.- El sistema deberá entregar las condiciones para que se realice la retroalimentación en el informe parcial y en la precalificación, indicando formas de consulta que permitan chequear que la jefatura cumplió con este deber.

9.- El sistema deberá proveer de una “Hoja de Vida” por cada persona evaluada en la que se registren sus anotaciones de mérito y demérito. Esta Hoja de Vida no será visible para la jefatura directa, sino que su registro y visualización deben ser visibles para los administradores del Departamento de Gestión de Personas.

10.- El sistema debe proveer un espacio para que cada jefatura registre planes de acción para cada colaborador/a, el cual permita realizar seguimiento de las acciones implementadas.

11.- El sistema deberá contar con una bitácora para que cada jefatura cargue y almacene información del periodo a evaluar de cada colaborador a cargo.

12.- El sistema debe proveer de un espacio llamado encuesta de cierre para que la persona evaluada realice observaciones a su informe parcial de desempeño y a su precalificación, en la medida que lo considere necesario. Estas observaciones deben ser visibles para los administradores del Departamento de Gestión de Personas.

13.- El sistema debe contener permisos de visualización de monitoreo para el equipo administrador del Departamento de Gestión de Personas de forma permanente, de manera que les permita monitorear el status del proceso de evaluación.

Por otra parte, la plataforma deberá contar con ciertas particularidades que permitan la ejecución de los requerimientos que a continuación se detallan, para llevar a cabo de manera adecuada el Programa Sello de Liderazgo de ProChile:

1.- El sistema debe contener un cuestionario, que proveerá el área de Gestión de Personas de ProChile, el cual busca ayudar a las jefaturas a conocer su grado de desarrollo de los distintos atributos, con el fin de fortalecerlos.

2.- El programa consiste en una evaluación 270° (autoevaluación de jefatura, evaluación del equipo y evaluación de su superior jerárquico) a cada jefatura de la institución, en base a 5 competencias. A su vez, cada una de ellas contiene 4 conductas, que deberán ser evaluadas a través de una escala, como una forma de conocer y medir la opinión de las personas encuestadas.

3.- La autoevaluación, la evaluación ascendente y evaluación descendente debe permitir que cada persona pueda seleccionar su nivel de acuerdo o desacuerdo, a través de una escala de 5 puntos (Muy de acuerdo, De acuerdo, Indiferente, En desacuerdo y Muy en desacuerdo)

4.- Forma parte del cuestionario un espacio para que cada encuestado registre una breve descripción de las principales fortalezas y oportunidades de mejora.

5.- El sistema deberá contener una configuración personalizada de ponderaciones por competencia y otro general.

6.- La plataforma debe contemplar un espacio por cada competencia evaluada, para dejar comentarios (texto) el cual deberá ser obligatorio cuando se seleccione el puntaje mínimo o máximo en la escala, a modo de justificación.

7.- El sistema debe contener permisos de visualización de monitoreo para el equipo administrador del Departamento de Gestión de Personas de forma permanente, de manera que les permita monitorear el status del proceso de evaluación.

8.- El sistema deberá proporcionar reportes de resultados para cada jefatura: El sistema deberá entregar una retroalimentación escrita, mediante dos informes:

a.- Un informe detallado que entregue el puntaje obtenido por competencias y conductas, especificando aquellos obtenidos en la autoevaluación, evaluación ascendente y evaluación descendente. Además, un apartado que dé cuenta de las fortalezas y aspectos a mejorar

b.- Un informe breve, elaborado mediante inteligencia artificial. Este último debe contener un resumen de la evaluación 270°, descripción de fortalezas, oportunidades de mejora, como así también, una propuesta de planes de acción.

9.- La plataforma deberá almacenar los informes de retroalimentación, organizados por año, los cuales deben permanecer visibles para el equipo administrador.

10.- El sistema debe contener datos personales y laborales del personal de ProChile, conforme a la estructura orgánica y dependencia jerárquica, actualizada a la fecha de aplicación del instrumento.

9.1.4.3. Usabilidad y gestión

La plataforma debe proveer los siguientes requisitos de usabilidad y gestión para el Sistema de Evaluación de Desempeño:

a.- El sistema debe ser 100% responsivo (diseño web adaptable y disponible para todos los dispositivos que requieran acceder, computadores, Tablet, etc.).

b.- El sistema debe entregar reportes en línea respecto al cumplimiento de evaluaciones de las jefaturas.

c.- El sistema debe permitir la notificación automática a los correos electrónicos de las personas que se encuentren pendientes de cumplimiento.

d.- El sistema debe entregar distintos perfiles con visualización segmentada, por ejemplo, administradores, jefaturas, directivos, usuarios, etc.

e.- El sistema debe entregar informes por al menos: evaluación por competencias, metas, dirección, anotaciones de mérito y demérito, calificaciones, etc.

f.- El sistema debe permitir cargas de personas con campos que faciliten su individualización: nombre, RUT, fotografía, dirección, jefatura directa, etc.

g.- El sistema debe proveer un usuario y clave por persona, permitiendo su acceso desde la intranet institucional.

h.- El informe parcial (de desempeño), la precalificación y la calificación deben encontrarse en formato de impresión individual, la que debe contener las notas por cada competencia y meta.

i.- La plataforma deberá almacenar los resultados obtenidos en procesos calificatorios anteriores e informes de desempeño parciales, desde el año 2019 en adelante. Los informes del personal evaluado años anteriores, serán traspasados por el área de Gestión de personas al proveedor que se adjudique la presente licitación, con el objetivo de resguardar los datos históricos del proceso.

Del mismo modo, la plataforma debe proveer los siguientes requisitos de usabilidad y gestión para el Programa Sello de Liderazgo:

a.- Al igual que para el proceso anterior, el sistema debe ser 100% responsivo (diseño web adaptable y disponible para todos los dispositivos que requieran acceder, computadores, Tablet, etc.).

b.- El sistema debe entregar reportes en línea respecto al cumplimiento de las personas encuestadas.

c.- El sistema debe entregar distintos perfiles con visualización segmentada, por ejemplo, administradores, jefaturas, usuarios, etc.

d.- El sistema debe permitir un monitoreo mediante el uso de ciertos filtros, por ejemplo, evaluadores, evaluado y áreas.

e.- El sistema debe proporcionar el resultado obtenido por cada jefatura, a través de la emisión de dos informes de retroalimentación, uno de ellos detallado y otro, resumido mediante inteligencia artificial.

f.- El sistema debe permitir cargas de personas con campos que faciliten su individualización: nombre, RUT, fotografía, dirección, jefatura directa, etc.

g.- El sistema debe proveer un usuario y clave por persona, permitiendo su acceso desde la intranet institucional.

h.- El informe de retroalimentación detallado debe encontrarse en formato de impresión individual, la que debe contener las notas por cada competencia y la ponderación global.

i.- La plataforma deberá almacenar los resultados obtenidos en la primera aplicación del programa Sello de Liderazgo. Dicha información, la proporcionará el área de Gestión de personas al proveedor que se adjudique la presente licitación, con el objetivo de resguardar los datos históricos del proceso.

9.1.4.4.   Requisitos técnicos de la plataforma para ambos procesos.

El oferente deberá considerar, como parte de la solución ofertada, el cumplimiento de los siguientes requisitos técnicos de la plataforma:

1.- Un portal web que permita el acceso controlado y perfilado de distintos usuarios de la organización.

2.- El adjudicatario será el encargado de la carga de administración de los datos de la plataforma para cada una de las etapas del proceso de gestión interno de ProChile. Se le entregará oportunamente -en un plazo no superior a 10 días hábiles- las bases de datos con el personal actual, perfiles asociados y su respectiva línea jerárquica para la carga inicial del sistema.

3.- La solución deber compatible con la última versión de los browsers (Internet Explorer, Chrome y Edge). En el caso que, si existieran nuevas versiones de navegadores, las modificaciones al sistema deberán ser sin costo para ProChile.

4.- La plataforma debe presentar una disponibilidad mensual de acuerdo a los periodos divididos en baja/alta demanda:

-. Alta Demanda: lapso correspondiente a los periodos de precalificación y evaluación. En este periodo la disponibilidad de la plataforma debe corresponder al menos de 99,5%. (Considerar que 99,5 implica estar fuera de línea 3 horas con 40 minutos al mes).

-. Baja Demanda: corresponde a los períodos del año no contemplados en el punto número 8 y debe considerar una disponibilidad de la plataforma de 99% (Esto implicar estar fuera de línea 7 horas 18 minutos).

5.- La concurrencia de usuarios conectados simultáneamente para “Alta Demanda” debe ser de al menos del 25% y para “Baja Demanda” de al menos un 10% del total de usuarios indicados en la sección 9.1.3. de las presentes bases.

6.- Debe considerar los siguientes niveles de servicio de soporte para la resolución de incidencias:

Nivel de Severidad

Definición

Soporte

Tiempo de resolución máximo

Alto

El sistema no es posible usar, resultando en un impacto crítico en la operación.

Trabajo continuo hasta que se haya repuesto el servicio o que se disminuya el grado de criticidad

4 horas

Medio

El servicio opera con limitaciones y afecta al menos 50% de los usuarios

Trabajo continuo hasta que se haya repuesto el servicio o que se disminuya el grado de criticidad

12 horas

Bajo

Presenta un error menor, pero el sistema aún puede ser usado.

Trabajar en el diagnóstico y solución del problema. Acordar con el administrador de plataforma la entrega de solución

24   horas

7.- La solución debe incluir la integración del sistema con nuestro Active Directory (AD), para la autenticación de usuarios a la plataforma.

8.- El proveedor debe incorporar en su oferta un ambiente de testing para que PROCHILE valide los cambios y mejoras antes de poner en producción.

9.- El proveedor debe considerar la preparación, entrega de manuales de usuarios, demo(s) para los funcionarios(as) que nos permita promocionar la plataforma y entender el paso a paso de cada etapa.

10.- La solución debe considerar el análisis de vulnerabilidad y ciberseguridad de la plataforma. Debe incluir acciones de corrección y mitigación aplicadas.

11.- Disponibilidad horaria del servicio de administración y soporte de plataforma, como mínimo en horario hábil, es decir, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 09:00 y 18:00 horas.

12.- Deberá disponer de un equipo que brinde soporte a colaboradores, ante dudas, solicitud de recomendaciones, entre otros, en el mismo horario señalado anteriormente.

13.- Los oferentes deberán considerar que una vez se haya completado un módulo de evaluación (informe parcial de desempeño), se solicitará un diagnóstico y levantamiento de posibles mejoras a aplicar en servicio, las que deberán ser desarrolladas y aplicadas para el segundo módulo de evaluación (precalificación). Todos los mantenimientos correctivos y evolutivos de la plataforma asociados a este punto deberán estar incorporados en su oferta técnica-económica.

14.- Del mismo modo, una vez se haya completado la aplicación del cuestionario diseñado para brindar retroalimentación a líderes, en el marco del programa Sello de Liderazgo, se solicitará un diagnóstico y levantamiento de posibles mejoras a aplicar en servicio, las que deberán ser desarrolladas y puestas en marcha para la segunda aplicación a realizarse en octubre del año 2026. Todos los mantenimientos correctivos y evolutivos de la plataforma asociados a este punto deberán estar incorporados en su oferta técnica-económica.

15.- Para el proceso, evaluación del desempeño, se debe incluir carga inicial de metas y mantenimiento de organigrama y subrogancia de evaluadores, información que será entregada oportunamente por ProChile.

16.- Para el programa sello de liderazgo se debe incluir mantenimiento de organigrama y actualización de la dependencia jerárquica y dotación del personal.

17.- La plataforma – de forma obligatoria - deberá almacenar los resultados históricos del proceso evaluación del desempeño y del programa sello de liderazgo de ProChile, con la finalidad de resguardar los datos históricos, desde el 2019 en adelante.

18.- Cada proveedor deberá entregar de manera adjunta, al menos 2 evidencias que den cuenta que la plataforma ofrecida cumple con las características informáticas que se están solicitando. Se considerarán evidencias válidas, ejemplo: demos y/o pantallazos, tanto de la versión web, como de la versión móvil.

19.- Una vez autorizado el contrato respectivo, la plataforma deberá contar con la información del personal de ProChile cargada, sin superar en esta etapa 10 días corridos desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato y la entrega de los datos por parte del equipo administrador, considerando que se debe realizar la primera evaluación por la plataforma durante el mes de septiembre de 2025. El Oferente debe considerar un equipo de trabajo compuesto por al menos tres (3) personas, de acuerdo a lo siguiente, con objeto de dar cumplimiento a lo solicitado:

-. Un (1) gerente de producto, para que lidere la estrategia, planificación, ejecución y lanzamiento de la plataforma

-. Un (1) ejecutivo de operaciones, para la implementación y asistencia de los requerimientos de la contraparte técnica.

-. Un (1) ejecutivo de soporte, que ayuda y asista frente a eventuales cambios de orgánica y/o de dependencia jerárquica, y problemas detectados en la plataforma.

9.1.4.5.   Entregables

El oferente deberá considerar durante la ejecución del contrato la entrega de informes parciales y finales, los cuales deberán ser entregados en formato PDF a la contraparte técnica:

a. Proceso de evaluación del desempeño:

 

-. Primer informe parcial: Deberá ser enviado a más tardar el 30 de septiembre 2025, a más tardar, dando cuenta de un análisis del funcionamiento de la plataforma para el proceso informe de desempeño, junto a la planilla de resultados, en formato Excel.

-. Segundo informe parcial: Deberá ser presentado a más tardar el 30 de junio de 2026, a más tardar, dando cuenta de un análisis de la gestión del servicio (funcionamiento de la plataforma, comunicación con la contraparte, tiempos de respuesta y entrega de soporte, planilla de resultados en formato Excel, entre otros), a la fecha de cierre del proceso calificatorio 2025-2026.

-. Tercer informe parcial: Deberá ser enviado a más tardar el 30 de septiembre de 2026, a más tardar, dando cuenta de un análisis del funcionamiento de la plataforma para el proceso informe de desempeño, junto a la planilla de resultados, en formato Excel.

-. Informe final: Una vez finalice la calificación 2026-2027, se requerirá de un informe final de todo el servicio prestado concerniente al proceso evaluación del desempeño. Además, se requerirá que se incluya la identificación de los principales resultados del proceso, planilla de resultados en formato Excel y recomendaciones si corresponde. Este informe final debe ser presentado a más tardar el 30 de junio de 2027.

b. Programa Sello de Liderazgo de ProChile, una vez concurrida cada instancia de aplicación de la encuesta del, el oferente deberá remitir los siguientes informes:

-. Informe parcial de implementación: Deberá ser presentado a más tardar el 30 de noviembre de 2025, a más tardar. Debe dar cuenta de un análisis de la gestión realizada, planilla de resultados en formato Excel, y un levantamiento de aquellos aspectos a mejorar de este primer ciclo de implementación.

-. Informe final de cierre: Deberá ser presentado a más tardar el 30 de noviembre de 2026. Deberá detallar los principales resultados del programa Sello de Liderazgo, planilla de resultados en formato Excel y algunas recomendaciones si corresponde.

9.1.5. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:

ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente

Se debe entregar la información requerida en el Anexo N° 1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores, se considerará como presentada por el oferente.

ANEXO N° 2: Formulario Oferta Económica

Los oferentes deberán completar el Anexo N°2: Formulario Oferta Económica”, indicando el precio en pesos chilenos, el que debe considerar la totalidad de los servicios requeridos e incluir impuestos y todos los costos que ello implique. El monto ofertado no podrá exceder de $ 28.000.000.- (veintiocho millones de pesos), incluyendo impuestos y costos asociados.

ANEXO N° 3: Formulario Oferta Técnica

Presentación escrita, atendiendo a lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, que debe considerar la totalidad de los servicios requeridos, de acuerdo al Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”.

La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:

Ítem I: Descripción de los Servicios:

Los oferentes deberán describir su Propuesta, considerando los requerimientos técnicos mínimos establecidos en el numeral 9.1. “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” de las presentes bases.

Todo lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el numeral I. del Anexo N° 3: “Formulario Oferta Técnica”.

Ítem II: Experiencia Oferente

El oferente debe incluir un listado con un máximo de 5 (cinco) servicios similares tales como: servicios de implementación de plataforma de evaluación del desempeño de 180° y/o 270°, o similar, con una cantidad de al menos 600 usuarios soportados, realizados desde el año 2022 en adelante.

El listado anterior, deberá contar, en relación con cada una de las contrataciones, con la respectiva acreditación, adjuntando para tales casos, cualquiera de los siguientes documentos que se hayan efectuados por el oferente:

(1) Copia íntegra del contrato firmado por ambas las partes;

(2) Certificado emitido y firmado por el respectivo cliente.

Los documentos utilizados para acreditar la experiencia deberán contener al menos la siguiente información:

-. Nombre del cliente,

-. Número de usuarios soportados,

-. Breve descripción del servicio y

-. Año en que se prestó el servicio.

PROCHILE sólo evaluará 5 (cinco) servicios incluidos en el listado del numeral IV. “Experiencia del Oferente”, del Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”.

No serán considerados para la evaluación, los comprobantes que se deban obtener o consultar en otra fuente que no sea la documentación contenida en la propuesta.

Ítem IV: Criterios Inclusivos

En relación con la evaluación del criterio de evaluación inclusivo, los oferentes deberán completar el formulario establecido en el numeral III. del Anexo N° 3 y adjuntar la documentación solicitada para verificar lo declarado, de acuerdo con el siguiente detalle:

-. Sello Empresa Mujer: El/la oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado, a través del Certificado Empresa Mujer, disponible en el Registro de Proveedores. En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer (información del Registro Civil) y en el caso de que el proveedor sea una persona jurídica, debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones: (1) tener más del 50% de la propiedad de la empresa corresponde a una o más mujeres, (2) el representante legal o gerente general es mujer y (3) tener más del 50% de representantes legales mujeres (Este sello se puede verificar en www.mercadopublico.cl). En el caso que el proveedor, sea una institución sin fines de lucro, instituciones públicas u otro similar, podrá incorporar una certificación equivalente al Sello Empresa Mujer.

-. Contratación de personas con discapacidad: El oferente deberá señalar si cuenta con personas con discapacidad dentro de la empresa. Para acreditar lo anterior deberá adjuntar: (1) contrato de trabajo vigente, firmado por ambas partes (dicho contrato debe ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la contratación) y (2) credencial de discapacidad correspondiente o el certificado de discapacidad.

Ítem V: Programa de Integridad y ética empresarial.

De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886, el proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal, lo que deberá ser declarado por los oferentes, completando el formulario contenido en el numeral IV. del Anexo N°3 de este pliego de condiciones.

Para efectos del presente proceso de licitación, se entenderá como programa de integridad y ética empresarial un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos, promoviendo una cultura de cumplimiento.

El cumplimiento de lo anterior deberá ser acreditado por los oferentes, según lo informado al ofertar en el ítem IV del Anexo N°3. Además, los oferentes deberán adjuntar copia del programa y el documento correspondiente que acredite su difusión, tales como, correos electrónicos institucionales, actas de recepción, toma de conocimiento o recepción a conformidad firmada por los trabajadores, comunicado interno que conste en su página web y/o intranet, copia de reglamento interno dónde conste la aplicación del programa, u otro.

Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación.

En el caso de que los oferentes presenten su oferta como persona natural, sólo será requisito contar con un Programa de Integridad y Ética empresarial, pues, por lógica, la sola presentación del documento se entenderá como el medio de acreditación para su difusión.

Cuando las ofertas sean presentadas por UTP, todos los integrantes deberán cumplir con lo señalado y adjuntar la documentación si corresponde.

Para efectos de la evaluación del ítem referido al “Programa de Integridad y Ética empresarial” se considerará la información proporcionada por los proveedores en el numeral IV. del Anexo N°3 de las presentes Bases.

En el caso de que el proveedor adjudicado haya sido calificado con nota cero en este criterio de evaluación, podrá complementar la información remitida en su oferta, junto con los antecedentes que le serán solicitados para la formalización de la contratación, según los requisitos dispuestos en el numeral 9.14 “Condiciones Contractuales” de las presentes Bases de Licitación.

En orden a dar cumplimiento con el artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 19.886, al momento de suscribir el contrato el proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de un Programa de Integridad y Ética empresarial y que efectivamente es conocido y aplicado por el personal. En caso contrario, no podrá ser contratado por ProChile pudiendo dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación según lo indicado en el numeral 9.13 de las presentes Bases. 

No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas respecto de los criterios de evaluación previamente indicados.

Las propuestas que no contengan todos los Anexos o éstos no se acompañen debidamente completados, en los formatos indicados y con la información solicitada, no serán evaluadas.

9.1.5.  PRIMACÍA DE LAS BASES

En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la información contenida en la ficha electrónica de licitación que figure en el portal www.mercadopublico.cl, primarán las presentes bases, las cuáles se encontrarán dentro de los archivos adjuntos, de la citada ficha de licitación.

9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN

La presente Licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, modificada por la Ley N° 21.634, su Reglamento y las presentes Bases, las que son obligatorias para los que participen en la Licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

Los derechos y obligaciones de el o los Adjudicatarios se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:

-. Ley N°19.886, modificada por la Ley N° 21.634 que la moderniza y el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó su Reglamento.

-. Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.

-. Contrato que suscriba la PROCHILE con los Adjudicatario.

-. Oferta del Adjudicatario y Aclaraciones a las mismas.

-. Orden de Compra que emita ProChile.

9.3.- PLAZOS

Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos.

Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente sin necesidad de comunicación o resolución alguna.

9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES

Quienes presenten ofertas en esta licitación, deberán, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones de lo contratado, fijar su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, y se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el adjudicatario de la contratación.

9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS

Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnica - económicas por un plazo de sesenta (60) días.

9.6.- COSTO DE PRESENTACION DE LA OFERTA

Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a ProChile responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.

9.7.- ACLARACIONES

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3.- "Etapas y Plazos", de las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). ProChile pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.- "Etapas y Plazos".

9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES

ProChile podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. En caso de realizarse una modificación antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, dicho plazo deberá ampliarse en no menos de 2 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y serán aprobadas por resolución de ProChile.

9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por ProChile, en idioma español y sólo aquellas ofertas de los proponentes enviadas oportunamente.

Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta ahí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá indicarse en pesos, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:

A.- Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-38-LE25. Presionar el Botón “Buscar”.

B.- Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”.  Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.

C.- Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.

D.- Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.

E.- Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.

F.- Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.

9.10.- APERTURA

La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un/a funcionario/a del Departamento de Compras de la Dirección Administrativa de ProChile.

El/La funcionario/a del Departamento de Compras revisará y verificará el cumplimiento de los antecedentes indicados en el numeral 4. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA, y dejará constancia del o los oferentes que no cumplan dichos requisitos mínimos exigidos en la presente bases, lo cual quedará reflejada en la apertura electrónica. Esta acta será de conocimiento de los participantes.

Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, ProChile podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.

Conforme con el inciso cuarto del artículo 51 Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N°19.886, los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.

9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS

La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas admisibles que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.

La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora, integrada por tres funcionarios(as) de la Dirección Administrativa de PROCHILE. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.

Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:

-. Respecto de las ofertas que hayan sido rechazadas en el acto de apertura, deberán pronunciarse señalando en el Acta de Evaluación de Ofertas las razones que lo justifican.

-. En cuanto a las ofertas que hayan sido aceptadas, serán sujetas a una fase de análisis de admisibilidad por parte de la Comisión evaluadora, la que tendrá como fin determinar si cada oferta presentada da cumplimiento a los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación.

-. Aquellas ofertas que resulten admisibles, deberán ser evaluadas por la comisión en función de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación, considerando todos los parámetros definidos para el proceso, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.

-. Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.

-. La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.

-. Dejar constancia, en el Acta de Evaluación de ofertas, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, se dejará constancia, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.

-. Recomendar a la autoridad competente el(los) proveedor(es) adjudicado(s).

En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:

a. Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer click en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-38-LE25 Presionar el Botón “Buscar”.

b. Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.

c. Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.

d. Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:

CRITERIOS A EVALUAR

Porcentaje

a) Descripción y calidad de la propuesta técnica

45%

b) Experiencia del Oferente

45%

c) Propuesta Económica

5%

d) Criterios inclusivos

3%

e) Programa de Integridad y Ética Empresarial

2%

a. Evaluación del criterio Descripción y Calidad Técnica de la Propuesta (45%)

Para medir este criterio se evaluará la descripción, metodología y calidad de las características técnicas propuestas por cada oferente y el cumplimiento de los requerimientos técnicos contemplados en el capítulo 9.1.4. SERVICIOS REQUERIDOS de las presentes Bases, en especial, en relación a:

1. Adecuación e implementación de la plataforma.

2. Características de la plataforma.

3. Usabilidad y gestión.

4. Requisitos técnicos

Calificaciones

Justificación

Nota 4

La propuesta entregada por el oferente, cumple de manera satisfactoria con todos los requerimientos descritos en el capítulo 9.1.4. SERVICIOS REQUERIDOS, describiendo las características, metodología y demás alcances de cada elemento solicitado en las presentes Bases, entregando -adicionalmente- funcionalidades que le dan un mayor valor agregado a la solución, respecto de los requerimientos técnicos descritos.

Nota 2

La propuesta entregada por el oferente, cumple de manera satisfactoria con todos los requerimientos descritos en el capítulo 9.1.4. SERVICIOS REQUERIDOS, describiendo las características, metodología y demás alcances de cada elemento solicitado en las presentes Bases, sin embargo, no agrega valor a la solución respecto de los requerimientos técnicos.

Nota 1

La propuesta entregada por el oferente cumple de parcialmente con los requerimientos descritos en el capítulo 9.1.4. SERVICIOS REQUERIDOS de las presentes Bases y/o describe sus características de manera muy general.

Al respecto, cabe señalar que se entiende como propuesta de mejoras, a aquellos aspectos que hagan más atractiva la oferta e implicando un perfeccionamiento objetivo en el servicio prestado.

b. Evaluación del criterio Experiencia del Oferente (45%)

Se evaluará la experiencia de los oferentes en base a la información proporcionada por el proponente en el Anexo N°3 “Formulario Oferta Técnica”, numeral III. “Experiencia del oferente”, considerando como servicios similares la implementación de plataforma de evaluación del desempeño 180° y/o 270°, o similar, con una cantidad de al menos 600 usuarios soportados ejecutados durante 2022 y 2025, inclusive, que hayan finalizado.

Calificaciones

Justificación

Nota 4

Acredita la realización de 5 servicios similares al licitado.

Nota 3

Acredita la realización de 4 servicios similares al licitado.

Nota 2

Acredita la realización de 3 servicios similares al licitado.

Nota 1

Acredita la realización de entre 1 o 2 servicios similares al licitado.

Nota 0

No entrega información suficiente o no acredita la realización de servicios similares al licitado

c. Evaluación del criterio Propuesta Económica (5%)

Para la evaluación de este criterio, se tendrá en cuenta el precio total ofrecido en la propuesta, de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº2 “Formulario Oferta Económica”, incluyendo impuestos y eventuales costos asociados.

La propuesta de menor valor económico será calificada con el mayor puntaje asignado para este criterio (nota 4) siempre que no exceda de $28.000.000.- (veintiocho millones de pesos chilenos) incluyendo y costos asociados, y las siguientes serán calificadas con el puntaje proporcional a dicha propuesta, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Nota Oferente:   Valor total de la oferta de menor precio   x 4

                           Valor total de la oferta que se analiza

d. Evaluación del criterio Criterios inclusivos (3%)

Para la evaluación de este criterio, los oferentes deberán informar completando el ítem IV.- del Anexo N°3, y obtendrán la nota de acuerdo con la siguiente tabla:

Calificaciones

Justificación

Nota 4

Sello Empresa Mujer: El/la oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado, a través del Certificado Empresa Mujer, disponible en el Registro de Proveedores.

En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer (información del Registro Civil) y en el caso de que el proveedor sea una persona jurídica, éste cumple con tres condiciones: (1) tener más del 50% de la propiedad de la empresa corresponde a una o más mujeres, (2) el representante legal o gerente general es mujer y (3) tener más del 50% de representantes legales mujeres (Este sello se puede verificar en www.mercadopublico.cl).

En el caso que el proveedor, sea una institución sin fines de lucro, instituciones públicas u otro similar, podrá incorporar una certificación equivalente al Sello Empresa Mujer.

Contratación de personas con discapacidad: El oferente deberá señalar si cuenta con personas con discapacidad dentro de la empresa. Para acreditar lo anterior deberá adjuntar: (1) contrato de trabajo vigente, firmado por ambas partes (dicho contrato debe ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la contratación) y (2) credencial de discapacidad correspondiente o certificado de discapacidad.

Nota 0

No acredita el cumplimiento de alguno de los 2 ítems indicados: sello empresa mujer y/o contratación de personas con discapacidad.

e) Evaluación del criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial (2%)

La evaluación de este criterio se realizará en base a si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal, y acompaña los antecedentes requeridos, lo que será evaluado según lo indicado en el ítem V del Anexo 3.

Calificaciones

Justificación

Nota 4

El oferente declara poseer un programa de integridad y ética empresarial conocido y aplicado por su personal, adjunta copia de dicho Programa y de los medios que acrediten que éste es conocido y aplicado por su personal.

En caso de personas naturales, declara poseer un programa de integridad y ética empresarial y adjunta copia de dicho Programa.

Nota 0

El oferente declara no poseer un programa de integridad y ética empresarial; o no adjunta copia del programa de integridad y ética empresarial declarado y/o no acredita que sea conocido y aplicado por su personal.

Criterios de Desempate

El resultado de la evaluación se obtendrá de las notas obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes de ponderación asignados a dichos factores, los que al ser sumados serán considerados como puntaje final.

En caso de que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:

-. Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio denominado “Descripción y Calidad de la Propuesta Técnica”.

-. Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio denominado “Experiencia del Oferente”.

-. Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio denominado “Propuesta Económica”.

-. Mayor puntaje total obtenido en evaluación del criterio denominado “Criterios inclusivos”

9.12.- ADJUDICACIÓN

Terminada la evaluación, y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.

 La adjudicación se efectuará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que incluirá las declaraciones de inadmisibilidad correspondientes.

En caso de que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral N° 3.- “Etapas y plazos”, ProChile informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

De acuerdo al artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 4.- “Antecedentes para incluir en la oferta”, o cuando estas no se ajusten a lo establecido en las Bases de Licitación, la Ley N°19.886 y sus modificaciones o su Reglamento.

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el inciso segundo del artículo 9 de la Ley N° 19.886. En este caso, ProChile considerará para efectos de la evaluación de la presente licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no sea considerada una oferta “riesgosa o temeraria” de acuerdo a la definición establecida en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

De acuerdo con lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile, podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no fueran admisibles y/o cuando estas últimas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas, no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.

Consulta sobre la Adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica comprasprochile@prochile.gob.cl.

9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN

La adjudicación será dejada sin efecto por resolución fundada en los siguientes casos:

-. Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;

-. Si el oferente no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de suscribirlo;

-. Si el Adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con ProChile;

-. Si el Adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del contrato;

-. Si el Adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato dentro del plazo fijado para este fin en la resolución adjudicataria.

-. Si la oferta presentada no emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.

-. Si la oferta no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.

-. Si el Adjudicatario no devuelve firmado el contrato dentro del plazo fijado en el numeral 9.14.- “Condiciones contractuales”.

-. Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste.

-. En caso que el adjudicatario, al momento de la suscripción del contrato, no posee un programa de integridad y ética empresarial o bien no acredita su difusión.

Verificada alguna de las causales anteriores, ProChile podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.

9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES

Notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, no deberá mediar un plazo superior a los 20 días hábiles, salvo razones fundadas calificadas por el Servicio que justifiquen su ampliación, para la celebración del respectivo contrato, período en que debe gestionarse la presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario, la elaboración del contrato, firma de éste y tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Juntamente con la devolución del contrato firmado y la Declaración Jurada, conforme al Anexo N° 4, el Adjudicatario deberá entregar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, que además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores.

Para la elaboración del respectivo contrato, el adjudicatario deberá remitir a ProChile los siguientes Antecedentes Legales:

1.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):

-. Declaración Jurada, según formato ANEXO N°4-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y en el artículo 33 de la Ley N°21.595.

-. Cédula de identidad del Adjudicatario.

-. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas naturales que la integran.

-. Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial.

2.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:

-. Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.

-. Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.

-. Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.

-. Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.

-. Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.

-. Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y los artículos 33 y 50 de la ley N° 21.595 y que identifique los principales socios o accionistas del Adjudicatario.

-. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.

-. Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.

3.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:

-. Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.

-. Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.

-. Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.

-. Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595.

-. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.

-. Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.

4.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:

-. Declaración Jurada, según formato Anexo N° 4-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa Adjudicatario

-. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.

-. Documentos que acrediten su existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.

-. Documentos que acrediten que el adjudicatario cuenta con un programa de integridad y ética empresarial, que se encuentre difundido entre sus trabajadores.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 días hábiles.

El Adjudicatario sólo deberá remitir a ProChile aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores.

En los casos de que el oferente sea una empresa pública, se requerirá el acto administrativo de nombramiento de su representante legal o su equivalente, conforme lo determine la normativa aplicable al caso, y toda la documentación anteriormente citada, en los casos que sea procedente conforme con la naturaleza de la empresa pública.

9.15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el contrato podrá modificarse en los siguientes casos:

-. Aumento del monto total contratado, pero esta modificación no deberá superar el 30 %.

-. Aumento del Plazo de vigencia del contrato por solo una vez, pero esta modificación será hasta completar el total del monto máximo aumentado que no deberá superar el 30 %.

-. Modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.

Con todo no podrá aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado, siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello. Cualquier modificación de aquellas señaladas previamente, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

9.16.- DEL PAGO

El pago será en pesos chilenos y se efectuará de la siguiente forma:

Los pagos se realizarán en (6) cuotas, de acuerdo con cada hito de entrega, dichas cuotas se encontrarán distribuidas en los 24 meses de vigencia de la contratación, de acuerdo a lo siguiente:

a. Primer Hito de pago: correspondiente al 20% del monto total, una vez que se encuentre operativa la plataforma para la implementación del proceso Informe de Desempeño Septiembre 2025 que dé cuenta el primer informe parcial establecido en el literal a. del numeral 9.1.4.5 “Entregables”, de las presentes bases de licitación y entregado los requisitos establecidos en el número 9, del numeral 9.1.4.4, de las bases de licitación, con un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la fecha de iniciada la contratación.

b. Segundo Hito de pago: correspondiente al 20% del monto total, una vez que se encuentre operativa la plataforma para la implementación del programa Sello de Liderazgo y entregado el informe parcial de implementación, establecido en el literal b. del numeral 9.1.4.5 “Entregables”, de las presentes bases de licitación.

c. Tercer Hito de pago: correspondiente al 10% del monto total, una vez finalizado el proceso calificatorio 2025-2026, y entregado el segundo informe parcial establecido en el literal a. del numeral 9.1.4.5 “Entregables”, de las presentes bases de licitación.

d. Cuarto Hito de pago: correspondiente al 10% del monto total, una vez finalizado el hito Informe de Desempeño y entregado el tercer informe parcial establecido en el literal a. del numeral 9.1.4.5 “Entregables”, de las presentes bases de licitación.

e. Quinto Hito de pago: correspondiente al 10% del monto total, una vez realizada la segunda aplicación del programa Sello de Liderazgo, y entregado el informe final de cierre, establecido en el literal b. del numeral 9.1.4.5 “Entregables”, de las presentes bases de licitación.

f. Sexto Hito de pago: correspondiente al 30% del monto total, una vez finalizada la ejecución del proceso calificatorio 2026-2027 y entregado el informe final establecido en el literal a. del numeral 9.1.4.5 “Entregables”, de las presentes bases de licitación.

El procedimiento general será el siguiente:

- Cada pago se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la respectiva Factura, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, por los servicios contratados, y siempre que cuente con Recepción Conforme de la Contraparte Técnica de ProChile.

- Las facturas electrónicas deben ser enviadas a los correos electrónicos: “prochilerecepcion@custodium.com” y “dipresrecepcion@custodium.com”.

- Cada factura deberá ser emitida a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto). Lo anterior, señalando como “Giro”: Actividad de la Administración Pública en General “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.

- Cada pago estará sujeto a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato suscrito al efecto y aceptadas la/s Órdenes de Compra emitidas a través de www.mercadopublico.cl.

Los pagos podrán efectuarse, a través de transferencia electrónica, para lo cual el proponente adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.

Sin perjuicio de lo indicado se hace presente que contratación está sujeta a la disponibilidad de fondos que la respectiva Ley de Presupuestos contemple para el año 2025 y 2026, respectivamente.

No obstante lo anterior, ProChile sólo pagará al adjudicatario el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, de acuerdo a lo indicado en el numeral 9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO de las presentes Bases.

9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA

Actuará como contraparte técnica en ProChile, el Jefe del Departamento de Gestión de Personas, a quien le corresponderá gestionar el contrato, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al remplazante.

9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de ProChile que lo apruebe y se extenderá por un período de 24 meses.

Sin perjuicio de lo señalado, la extensión de su vigencia más allá del ejercicio presupuestario anual quedará supeditado a la existencia de recursos suficientes para este efecto. Por lo anterior, ProChile queda, desde ya, facultado para poner término anticipado al o los contratos que para los efectos de la ejecución del servicio se celebre, invocando como fundamento, la falta de recursos suficientes en el ejercicio presupuestario de que se trate, sin que ello deba hacerse con una anticipación determinada y sin que genere responsabilidad alguna para el Servicio, por lo cual, dicha decisión unilateral no implicará el pago de suma alguna por ningún concepto que no sea el pago de los servicios efectivamente prestados por la entidad contratada, lo cual deberá ser certificado por la Contraparte Técnica de ProChile.

9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El o los contratos podrán terminarse anticipadamente por PROCHILE sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

-. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

-. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

-. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratado, entendiéndose por tal la aplicación de tres multas o sanciones, o se haya superado el porcentaje máximo establecido en el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes bases.

-. Estado de notoria insolvencia del contratado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.

-. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

-. Por la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible o dificulte significativamente la prestación de los servicios de la manera en que fueron contratados.

-. Por la incapacidad del contratado de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato, según se indica en el N° 5 del artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

-. Si los representantes o el personal dependiente del contratado cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.

-. No renovación o reposición de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, según lo dispuesto en el párrafo final del numeral “8. GARANTÍAS REQUERIDAS” de las presentes Bases.

-. Incumplimiento de cláusula de “CONFIDENCIALIDAD” señalada en el contrato.

-. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.

-. Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de Licitación o durante la vigencia del Contrato.

-. En caso de no existir disponibilidad presupuestaria en el año respectivo.

-. En caso que al proveedor se le imponga una pena de Inhabilitación para contratar con el Estado, lo que produce  la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el proveedor condenado, de acuerdo al artículo 33, inciso segundo, de la Ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como en el caso que al proveedor  se trate de una persona jurídica y se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, regulada en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Es caso de la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, y cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo indicado en el numeral 9.15 de las presentes Bases o en el reglamento de compras, ProChile pagará el precio sólo por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato, lo que deberá ser verificado por la Contraparte Técnica de ProChile.

En el caso en que se configure alguna causal de término anticipado del contrato que sea imputable al contratado, será utilizado el mismo procedimiento para la aplicación de sanciones descrito en el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes Bases, en aquellas secciones que corresponda.

Se dictará una resolución fundada disponiendo el término anticipado de la contratación, la cual se pronunciará sobre el alcance de la terminación, la fecha a partir de la cual ésta entrará en vigor y los descargos efectuados, si existieren. El referido acto administrativo será impugnable por el contratado, por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

Una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

Conforme con lo señalado en el artículo 135 del Reglamento de la Ley N° 19.886, PROCHILE deberá cobrar la Garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de término anticipado del contrato, salvo en los casos que la imposibilidad del cumplimiento del contrato no obedeciere a motivos imputables al Proveedor.

9.20.- SANCIONES

Para los efectos de sanciones, se aplicarán las multas de acuerdo a los siguientes ítems, las cuales, conforme con lo señalado en el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en todo caso no podrán superar el 15% del monto total del contrato:

a. - Por no cumplir con “el numeral 9.1.4.1 Adecuaciones e Implementación de la plataforma” bajo los estándares de calidad exigidos en estas Bases de Licitación y ofrecidos por el Adjudicatario en su Propuesta, por causas que le sean imputables. Se aplicará un monto equivalente a un 5% del monto total del contrato, con un tope de 15% por cada multa.

b.- Por no proporcionar los servicios contratados en los plazos, bajo los estándares de calidad exigidos en estas Bases de Licitación y ofrecidos por el Adjudicatario en su Propuesta, por causas que le sean imputables. Se aplicará un monto equivalente a un 5% del monto total del contrato, con un tope de 15% por cada multa.

c.- Por no proporcionar la disponibilidad de la plataforma para los periodos de alta demanda establecido en la sección 9.1.4.4, numeral 4, bajo los estándares de calidad exigidos en estas Bases de Licitación y ofrecidos por el Adjudicatario en su Propuesta, por causas que le sean imputables. Se aplicará un monto equivalente a un 2% del monto total del contrato, con un tope de 4% por cada multa.

d.- Por no proporcionar “los niveles de servicio para resolución de incidencias”, en el tiempo de máximo establecido en la sección 9.1.4.4, numeral 6 desde la notificación por parte de la contraparte técnica bajo los estándares de calidad exigidos en estas Bases de Licitación y ofrecidos por el Adjudicatario en su Propuesta, por causas que le sean imputables. Se aplicará un monto equivalente a un 2% del monto total del contrato, con un tope de 4% por cada multa.

La multa no se aplicará si el evento se produce por caso fortuito o fuerza mayor.

Si PROCHILE considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al contratado, indicando el monto y fundamento de la misma. El contratado dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos.

En los descargos, el Proveedor deberá señalar todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Todo ello, sin perjuicio de otras presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del procedimiento sancionatorio con el mismo objeto. Asimismo, deberán solicitarse las diligencias probatorias pertinentes.

Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, PROCHILE resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al contratado, copia del Acto Administrativo pertinente.

Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por el contratado por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones del artículo 59 de la Ley Nº 19.880.

En caso de que PROCHILE determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, el Adjudicatario deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a 5 días contados desde su notificación mediante la resolución fundada. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado, PROCHILE quedará facultado para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago, o bien, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera al Adjudicatario del cumplimiento de la obligación principal.

9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las personas jurídicas chilenas)

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, la empresa adjudicataria que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad  social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. ProChile, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que la empresa adjudicataria proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación

El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a ProChile a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

9.22.- CONFIDENCIALIDAD

El personal del adjudicatario que realice las tareas objeto de esta licitación, estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.

9.23. PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

i.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

ii.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

iii.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

iv.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

v.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

vi.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

vii.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

viii.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.