El MINISTERIO PÚBLICO durante la etapa de evaluación podrá solicitar a los Oferentes:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal los referidos a la no presentación de las ofertas técnicas y económicas o una parte de ellas. Asimismo, no se considerará error formal cualquier aspecto relativo al precio de la oferta económica presentada. En el caso de que exista inconsistencia entre el valor declarado en la plataforma Mercado Público y el respectivo documento de oferta económica (Anexo correspondiente), se considerará como válido el segundo, esto es, el valor consignado en el respectivo anexo de oferta económica.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta; y,
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de estás.
En los casos antes señalados y a contar de la solicitud del MINISTERIO PÚBLICO en el Sistema de Información: plataforma de Mercado Público, los oferentes tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, o el plazo específico que se indique en el foro, para subir los antecedentes requeridos; siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Se podrán efectuar todas las solicitudes que sean necesarias e incluso reiterar solicitudes ya efectuadas, si ello fuera requerido.
Si, finalmente, los documentos que fueren solicitados no son recibidos en tiempo y forma acorde a lo instruido por el MINISTERIO PÚBLICO y lo estipulado en estas Bases, la oferta respectiva será declarada inadmisible.