Licitación ID: 1978-21-LR26
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE
Fecha de Cierre: 11-05-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 18 Mes
Cod: 92101501
SERVICIOS DE VIGILANCIAS EN DEPENDENCIAS DEL SSMAULE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Estado:
Publicada
Descripción:
Las presentes Bases de Licitación tienen por finalidad establecer los antecedentes, requerimientos y condiciones que regirán la Licitación Pública destinada a la contratación del “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD” para las dependencias del Servicio de Salud Maule. El objeto de esta licitación es garantizar la continuidad del servicio de vigilancia y seguridad en los establecimientos de la Red, velando por la integridad física de los pacientes, usuarios y funcionarios, así como por el resguardo de la infraestructura y el patrimonio público institucional. La descripción detallada de los puestos de vigilancia, turnos, perfiles de los guardias y las exigencias de acreditación ante la autoridad fiscalizadora correspondiente (OS-10 de Carabineros de Chile) se encuentra consignada en el ANEXO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, debiendo las ofertas presentadas ajustarse estrictamente a las condiciones y parámetros allí establecidos. El solo hecho de participar en la presente licitación implica la aceptación plena de todas las condiciones, antecedentes y requerimientos estipulados en estas Bases, comprometiéndose los oferentes a su estricta observancia.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio de Salud del Maule
R.U.T.:
61.606.900-4
Dirección:
5 Oriente, 4 Norte #1492, 4º Piso, Edificio España
Comuna:
Maule
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-05-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 08-04-2026 16:53:21
Fecha inicio de preguntas: 08-04-2026 17:31:00
Fecha final de preguntas: 23-04-2026 17:31:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-04-2026 17:31:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-05-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-05-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-06-2026 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO ADMINISTRATIVO
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO TECNICO
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO ECONOMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OTROS: CONDICION DE REMUNERACIONES SE DISTRIBUYE EN 50% EL PORCENTAJE SOBRE EL VALOR DEL SUELDO MINIMO Y EN UN 50% BENEFICIOS ADICINALES DEL 15%. POR LO TANTO, SE DISTRIBUYE COMO 7.5% Y 7.5% LOS SUBCRITERIOS. 15%
2 EVALUACION ECONOMICA SE DISTRIBUYE EN UN 80% OFERTA ECONOMICA Y EN UN 20% EL VALOR HH SERVICIOS ADICIONALES DEL 50%. POR LO TANTO SE DISTRIBUYE COMO 40% Y 10% LOS SUBCRITERIOS. 50%
3 EVALUACION TECNICA EVALUACION TECNICA 30%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: TESORERIA
Monto Total Estimado: 506062026
Justificación del monto estimado El monto de 506.062.026 se justifica para garantizar la seguridad de usuarios y funcionarios 24-7. El monto surge de sumar al contrato anterior de 398.197.800, los valores unitarios de los nuevos recintos Bodega y csmc curico para asegurar la continuidad.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones LA JUSTIFICACION ES PROPORCIONADA POR EL AREA TECNICA, AL IGUAL QUE EL INFORME TECNICO DE JUSTIFICACION.
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: UNIDAD DE TESORERIA
e-mail de responsable de pago: PROVEEDORES@SSMAULE.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD MAULE
Fecha de vencimiento: 10-08-2026
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: 90 días corridos, los cuales, para dar cumplimiento a lo solicitado en el estándar institucional, se computarán desde la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal Mercado Público.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, ID 1978-21-LR26. Vigencia mínima de 90 días corridos desde la apertura. Cada oferente presentará una única garantía de $500.000 que engloba la participación por las distintas dependencias del Servicio de Salud Maule dentro de esta licitación. Su incumplimiento es causal de inadmisibilidad inmediata e insubsanable de conformidad al artículo 52 en relación con el artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Se debe enviar a Oficina de Partes, Servicio de Salud Maule. At. Vilma Labarca Sepúlveda, Depto Sistemas de Compras. 5 Oriente 1492, Tercer Piso, Edificio España, Talca. Antes de la hora y fecha de cierre de la licitación.
Forma y oportunidad de restitución: 90 días corridos, los cuales, para dar cumplimiento a lo solicitado en el estándar institucional, se computarán desde la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal Mercado Público.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD MAULE
Fecha de vencimiento: 19-08-2026
Monto: 5 %
Descripción: 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato o de su última prórroga, si fuese el caso.
Glosa: Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicatario, el pago de multas, indemnizaciones y demás sanciones que se deriven de la licitación 'SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA LA RED ASISTENCIAL DEL MAULE', ID 1978-21-LR26, y el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Técnicas y anexos.
Forma y oportunidad de restitución: 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato o de su última prórroga, si fuese el caso.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES
R(E) INT. N° 105 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: La Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 661 del Ministerio de Hacienda, de fecha 3 de junio de 2024; la Ley Nº 21.634, de 11 de diciembre de 2023, que moderniza la Ley Nº 19.886 y otras leyes; lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto de Salud; el Decreto Nº 140, de 2005, del Ministerio de Salud, especialmente en sus artículos 6, 7 y 8, que regulan las funciones de los Servicios de Salud; la Resolución Nº 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, modificada por la Resolución N° 3, de fecha 26 de enero de 2026, de la misma Entidad Contralora; Resolución TRE 433/2/2025 del 04 de abril de 2025, que nombra al Sr. Jaime Bertolotto Honorato en calidad de titular en el cargo de Director de Hospital de Linares, y el Decreto Exento Nº 39 del 17 de marzo de 2026, que pone término y establece un nuevo orden de subrogancia al cargo de Director del Servicio de Salud Maule. CONSIDERANDO: 1. Que, la Dirección del Servicio de Salud Maule, en su calidad de articulador, gestor y encargado del desarrollo de la Red Asistencial de Salud Pública que tiene bajo su jurisdicción, debe ejercer acciones integradas de fomento, producción y recuperación de la salud y rehabilitación de la población. 2. Que, corresponde a este Servicio la organización, planificación, coordinación, evaluación y control de las acciones de salud que presten los establecimientos de la Red Asistencial del territorio de su competencia, para los efectos del cumplimiento de las políticas, normas, planes y programas del Ministerio de Salud. 3. Que, bajo el marco de la Ley N°19.886 y su Reglamento vigente, surge la necesidad de contratar un servicio externo de vigilancia y seguridad física, con el objeto de garantizar la protección de usuarios, funcionarios y el resguardo de la infraestructura crítica de los establecimientos dependientes, asegurando la continuidad operacional de las prestaciones de salud. 4. Que, los servicios de vigilancia y seguridad física se configuran como una prestación de carácter habitual y esencial para el funcionamiento de la Red Asistencial, siendo deber de esta administración garantizar la continuidad del servicio para evitar riesgos en la seguridad de los usuarios y el patrimonio público. 5. Que, por tanto, considerando que el contrato vigente tiene como fecha de término el 01 de junio de 2026, resulta estrictamente necesario y urgente proceder con este proceso concursal para asegurar una transición fluida y una adjudicación oportuna que impida periodos de desprotección en los recintos de salud. 6. Que, la contratación se financiará según la demanda histórica efectiva del servicio, contando para ello con las autorizaciones presupuestarias pertinentes en el Ítem 22.08.002. Requerimiento Periodo Cantidad Presupuesto (Referencial) Clasificación SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD 18 meses 1 $506.062.026 22-08-002 7. Que, de acuerdo con lo exigido por el artículo 35 bis de la Ley N°19.886, se ha verificado el catálogo de Convenio Marco vigente, constatándose la inexistencia de un convenio que ofrezca las condiciones específicas y particulares requeridas para el servicio de vigilancia y seguridad, por lo cual resulta procedente realizar un proceso de Licitación Pública. 8. Que, tratándose de una contratación cuyo monto estimado supera las 5.000 UTM, corresponde aplicar el procedimiento de Licitación Pública de Mayor Cuantía (LR), debiendo cumplir con un plazo de cierre de ofertas no inferior a 30 días corridos, de conformidad con lo mandatado en los artículos 4 y 46, inciso primero, del Reglamento de la Ley de Compras. 9. Que, dada la relevancia estratégica del servicio para la continuidad operacional de la Red, resulta imperativo cautelar el interés público y la seriedad de los procesos concursales mediante la exigencia de una Garantía de Seriedad de la Oferta, a fin de asegurar la estabilidad del proceso y evitar dilaciones por desistimientos que pongan en riesgo la seguridad de los recintos asistenciales. 10. Que, en cumplimiento de los estándares de integridad introducidos por la Ley N°21.634, el presente proceso se regirá bajo los principios de probidad, transparencia y deber de abstención, asegurando la igualdad de trato y la libre concurrencia de los oferentes. 11. Que, en atención a lo expuesto y en el ejercicio de las facultades del cargo del que estoy legalmente investido, dicto lo siguiente: RESOLUCIÓN: 1. APRUÉBANSE las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos y demás antecedentes que regularán el proceso de Licitación Pública denominado “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD”, individualizado en el portal www.mercadopublico.cl con el ID 1978-21-LR26, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. 2. AUTORÍZASE el llamado a presentar ofertas para el proceso de Licitación Pública individualizado en el resuelvo anterior, el cual se publicará en el portal de Mercado Público bajo el ID 1978-21-LR26 y se regirá por las bases que se aprueban en el numeral precedente de esta resolución. BASES DE LICITACIÓN SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD Índice CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES 4 ARTÍCULO № 1: OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN 4 ARTÍCULO № 2: APLICACIÓN DE LAS BASES 5 ARTÍCULO № 3: MANDANTE Y ENTIDAD LICITANTE 5 ARTÍCULO № 4: DEPARTAMENTO A CARGO DEL PROCESO 6 ARTÍCULO № 5: REFERENTE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR DEL CONTRATO 6 ARTÍCULO № 6: CONFIDENCIALIDAD 6 ARTÍCULO № 7: DEBER DE ABSTENCIÓN 7 ARTÍCULO № 8: FINANCIAMIENTO 7 ARTÍCULO № 9: MODALIDAD DE LA PROPUESTA 7 ARTÍCULO № 10: MODIFICACIONES A LAS BASES 8 CAPÍTULO II: GARANTÍAS 8 ARTÍCULO № 11: GARANTÍAS 8 ARTÍCULO № 12: GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA 10 ARTÍCULO № 13: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 12 ARTÍCULO № 14: GARANTÍAS ADICIONALES 15 ARTÍCULO № 15: VIGENCIA DE LA LICITACIÓN 15 CAPÍTULO III: DE LA LICITACIÓN 15 ARTÍCULO № 16: DE LOS PARTICIPANTES 15 ARTÍCULO № 17: NÚMERO DE PROPUESTAS 20 ARTÍCULO № 18: CALENDARIO DE ACTIVIDADES 20 ARTÍCULO № 19: SERIE DE CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES 21 ARTÍCULO № 20: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 22 ARTÍCULO № 21: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 24 ARTÍCULO № 22: ANTECEDENTES TÉCNICOS 25 ARTÍCULO № 23: ANTECEDENTES ECONÓMICOS 26 ARTÍCULO № 24: DE LAS OFERTAS 26 CAPÍTULO IV: COMISIÓN EVALUADORA, APERTURA DE LAS OFERTAS Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 27 ARTÍCULO № 25: COMISIÓN EVALUADORA 27 ARTÍCULO № 26: APERTURA DE LA PROPUESTA 29 ARTÍCULO № 27: EVALUACIÓN DE LA OFERTA 30 ARTÍCULO № 28: DE LA ADJUDICACIÓN 33 ARTÍCULO № 29: DERECHOS DE LA ENTIDAD LICITANTE Y PROHIBICIONES 34 ARTÍCULO № 30: REVOCACIÓN ART. 61 DE LA LEY 19.880 35 ARTÍCULO № 31: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO 35 ARTÍCULO № 32: CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN 35 CAPÍTULO V: DEL CONTRATO 36 ARTÍCULO № 33: SUSCRIPCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 36 ARTÍCULO № 34: REQUISITOS PARA LA FIRMA DE CONTRATO 37 ARTÍCULO № 35: ORDEN DE COMPRA 39 ARTÍCULO № 36: PRE-FACTURA 39 ARTÍCULO № 37: ORDEN DE FACTURACIÓN 40 ARTÍCULO № 38: AUMENTOS O DISMINUCIONES DE CONTRATO 40 ARTÍCULO № 39: DE LA RECEPCIÓN CONFORME 41 ARTÍCULO № 40: MODALIDAD DE PAGO 42 ARTÍCULO № 41: FACTORING 44 ARTÍCULO № 42: INCUMPLIMIENTOS DEL ADJUDICATARIO 45 ARTÍCULO № 43: PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS 45 ARTÍCULO № 44: TÉRMINO ANTICIPADO O MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 46 ARTÍCULO № 45: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 50 ARTÍCULO № 46: DOMICILIO CONTRACTUAL 50 ARTÍCULO № 47: PRELACIÓN DE ANTECEDENTES 50 CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO № 1: OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN Las presentes Bases de Licitación tienen por finalidad establecer los antecedentes, requerimientos y condiciones que regirán la Licitación Pública destinada a la contratación del “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD” para las dependencias del Servicio de Salud Maule. El objeto de esta licitación es garantizar la continuidad del servicio de vigilancia y seguridad en los establecimientos de la Red, velando por la integridad física de los pacientes, usuarios y funcionarios, así como por el resguardo de la infraestructura y el patrimonio público institucional. La descripción detallada de los puestos de vigilancia, turnos, perfiles de los guardias y las exigencias de acreditación ante la autoridad fiscalizadora correspondiente (OS-10 de Carabineros de Chile) se encuentra consignada en el ANEXO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, debiendo las ofertas presentadas ajustarse estrictamente a las condiciones y parámetros allí establecidos. El solo hecho de participar en la presente licitación implica la aceptación plena de todas las condiciones, antecedentes y requerimientos estipulados en estas Bases, comprometiéndose los oferentes a su estricta observancia. ARTÍCULO № 2: APLICACIÓN DE LAS BASES El presente proceso de licitación se regirá por estas Bases Administrativas, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos, que se establecen y adjuntan. Las presentes Bases regirán el proceso licitatorio en las etapas de llamado a presentar ofertas, respuesta a eventuales consultas, modificaciones, apertura, evaluación, adjudicación, garantías, sanciones, sistema de pago, vigencia correspondiente, incluido el período de garantía técnica, y todos los detalles relacionados con la ejecución del contrato y la liquidación de este. Este proceso de licitación se publicará a través de la plataforma de mercado público. Será parte integrante de este proceso de licitación la documentación detallada que se indica a continuación: a) Las presentes bases administrativas y sus anexos. b) Las aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases. c) La oferta adjudicada. d) La resolución de adjudicación. e) El contrato y la orden de compra. f) ARTÍCULO № 3: MANDANTE Y ENTIDAD LICITANTE El mandante y la entidad licitante serán individualizados en el Numeral 1 del Anexo Complementario. Será la entidad licitante a quien le corresponderá interpretar las eventuales discrepancias que pudiesen surgir de la aplicación de los antecedentes de la licitación. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las atribuciones que, en esta materia, le competen a la Contraloría Regional del Maule, como órgano fiscalizador. 3.1 UNIDAD TÉCNICA En aquellos procesos de licitación en que la ejecución haya sido mandatada a través del convenio correspondiente, el Servicio de Salud Maule actuará como Unidad Técnica. En este sentido, la supervisión administrativa y técnica de la ejecución encomendada será responsabilidad de esta Unidad Técnica. ARTÍCULO № 4: DEPARTAMENTO A CARGO DEL PROCESO El Departamento a cargo del proceso licitatorio será el Departamento de Sistemas de Compras del Servicio de Salud Maule, a través de la Unidad de Gestión de Compras Generales, quien encargará la administración del proceso de licitación en el sistema de información a uno o más funcionarios de esta Unidad que cuenten con acreditación vigente en el uso del sistema de información y que haya sido emitida por la Dirección de Compras y Contratación Pública. ARTÍCULO № 5: REFERENTE TÉCNICO Y ADMINISTRADOR DEL CONTRATO De conformidad a la naturaleza del requerimiento, actuará como Referente Técnico para este proceso, la Unidad o Departamento individualizado en el Numeral 2 del Anexo Complementario, quien tendrá dentro de sus funciones la definición de los requerimientos específicos del bien o servicio a contratar, los cuales podrán ser validados previamente por el usuario final. Por otra parte, el Administrador del Contrato, individualizado en el Numeral 2 del Anexo Complementario tendrá dentro de sus funciones la coordinación de la entrega de los productos o el inicio de la prestación de los servicios. Del mismo modo será el responsable de solicitar la información necesaria que respalde la correcta entrega o ejecución de los servicios prestados para ser derivados al Dpto. de Recursos Financieros. Velará por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del proveedor y actuará como interlocutor entre dicho proveedor y la entidad licitante, hasta el término y liquidación del contrato. (Artículo 133 Decreto 661) ARTÍCULO № 6: CONFIDENCIALIDAD De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 35 ter de la Ley 19.886, se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Toda Persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obligan a guardar confidencialidad sobre él. Asimismo, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas anteriormente tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 35 nonies de la Ley de 19.886. ARTÍCULO № 7: DEBER DE ABSTENCIÓN Las autoridades y los funcionarios de la administración, independiente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que pueda tener interés, de acuerdo con lo indicado en el Artículo 35 quinquies de la Ley 19.886 y circunstancias a las que se refiere el Artículo 12 de la ley 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. ARTÍCULO № 8: FINANCIAMIENTO El financiamiento y el presupuesto del proceso de licitación se establecen en el Numeral 3 del Anexo Complementario, y en dicho apartado será indicado el presupuesto disponible. ARTÍCULO № 9: MODALIDAD DE LA PROPUESTA La propuesta se contratará por el sistema de precios unitarios, sin reajuste ni intereses de ningún tipo, contra entrega y recepción conforme por cada ítem licitado. Los valores ofertados deberán considerar todos los costos asociados para la correcta entrega del bien y/o servicio. Estos valores deberán estar expresados en moneda nacional, Unidad Tributaria Mensual (UTM), Unidad de Fomento (UF) o dólar, según lo indicado en el Formulario Resumen Oferta. En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la plataforma de mercado público y los valores entregados en alguno de los formularios adjuntos a la oferta, prevalecerá el monto ingresado en la plataforma. Teniendo presente que no se considerará error formal errores en el precio de la oferta de acuerdo con Artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886. La propuesta de los oferentes deberá ser presentada en formato electrónico a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Será de responsabilidad de los oferentes entregar todos los antecedentes que permitan evaluar adecuadamente sus propuestas. Al momento de realizar la Oferta Económica deberá ingresar en la plataforma de Mercado Público, en la línea del producto o servicio licitado, el valor unitario, expresados en moneda nacional, Unidad Tributaria Mensual (UTM), Unidad de Fomento (UF) o dólar, según corresponda, en valores NETOS (sin impuestos) y para el caso de personas naturales el valor unitario debe estar expresado en términos BRUTOS (con impuesto). El valor ingresado en el Comprobante de Oferta debe ser concordante con el valor ingresado en el Formulario Resumen de Oferta. Será responsabilidad del oferente indicar el tipo de impuesto al cual se encuentra afecto su oferta. Lo cual quedará explícito en Formulario Resumen Oferta. La apertura electrónica se realizará de acuerdo con lo indicado en el Numeral 4 del Anexo Complementario, mediante la cual se realizará una revisión de las ofertas recibidas en términos administrativos, técnicos y económicos. Serán declaradas inadmisibles aquellas que no cumplan con los requisitos solicitados expresamente en las presentes bases. ARTÍCULO № 10: MODIFICACIONES A LAS BASES La Entidad Licitante podrá modificar las presentes Bases, Anexo Complementario, Formularios y demás antecedentes técnicos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución, la cual será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y una vez que se encuentre totalmente tramitada, será publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas. Eventualmente la entidad licitante podrá considerar un plazo prudencial para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones realizadas, para cuyos efectos se reformulará el calendario de la licitación, en caso de ser necesario. Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes bases y la ficha publicada en la plataforma de Mercado Público, primará lo señalado en las bases aprobadas por la autoridad competente y publicadas en dicha plataforma. CAPÍTULO II: GARANTÍAS ARTÍCULO № 11: GARANTÍAS Todas las garantías que se exigen en las presentes Bases Administrativas deberán ser tomadas por el oferente en una institución con oficina en el territorio nacional con carácter de IRREVOCABLE, A LA VISTA, EXPRESADAS EN LA MISMA MONEDA DE LA OFERTA (DÓLARES) O EN PESOS CHILENOS A LA PARIDAD DEL DÍA DE PRESENTACIÓN Y QUE ASEGURE SU PAGO DE MANERA RÁPIDA Y EFECTIVA Y A PRIMER REQUERIMIENTO. Aquellas garantías que no cumplan con lo antes señalado serán devueltas a los oferentes. En aquellos casos en que esta situación sea referida a la garantía de Seriedad de Oferta, tal situación de incumplimiento tendrá como consecuencia que dicha oferta sea declarada INADMISIBLE. En aquellas garantías que, de acuerdo con su estructura, no identifiquen en el mismo documento al oferente y el proceso de licitación al cual corresponde la caución, será responsabilidad del oferente adjuntar una carta de presentación que contenga esta información. De lo contrario, y al no poder identificar al oferente antes señalado o el proceso licitatorio al cual pertenece la garantía, la entidad licitante podrá rechazar el documento. Todas las garantías solicitadas durante el proceso licitatorio deberán ser presentadas en original dentro del plazo indicado para ello, de este modo, las garantías podrán presentarse de forma física o electrónica, dependiendo de las características del original de esta. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley №19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En el caso de la presentación de pólizas de garantías o certificados de fianza, éstos deberán señalar expresamente que tienen el carácter de irrevocables y que son extendidos a la vista y a primer requerimiento. Si por alguna razón de incumplimiento a lo señalado en las presentes bases o el contrato, se requiere hacer efectiva alguna de las garantías solicitadas a algún oferente, éste deberá reemplazar dicho documento antes que sea cobrado, por una nueva garantía tomada por el oferente según los datos indicados en el Anexo Complementario para la garantía correspondiente, por el mismo monto y con el mismo plazo de vigencia que el documento anterior. El plazo de entrega de esta nueva garantía será de 10 días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la resolución que autoriza el cobro de la garantía original. La no entrega de la nueva garantía en el plazo señalado facultará a la Entidad Licitante para poner término anticipado al contrato (cuando aplique), sin derecho a indemnización alguna. El método de reemplazo de garantías anteriormente descrito será efectivo para cualquier cambio de garantías que sea necesario realizar, independiente de cuál sea el motivo para el mencionado reemplazo, por ejemplo, aumentos de plazo, parcialización de las garantías y cualquier otra razón. Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 11 de la Ley 19.886 Inciso V. ARTÍCULO № 12: GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA En caso de que, en Anexo Complementario, numeral 5, se indique el requerimiento de garantía de seriedad de la oferta, se aplica lo siguiente: La garantía de seriedad de la oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido de las ofertas participantes en el proceso de licitación, como, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones que impone al oferente su condición de tal. Cada oferente deberá entregar un documento de garantía de seriedad de la oferta, en las condiciones establecidas en el Artículo № 11 de las presentes bases. Este documento deberá ser presentado de acuerdo con lo señalado en el Numeral 5 del Anexo Complementario en términos de monto, beneficiario y vigencia. La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta se establece como el número de días hábiles indicado en el Numeral 5 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas en la plataforma de Mercado Público. La no presentación de este instrumento dejará al oferente inmediatamente fuera del proceso de evaluación. Forma y Oportunidad de Restitución de la Garantía de Seriedad de la Oferta. La garantía de seriedad de la oferta se devolverá a los oferentes participantes de conformidad a lo establecido en el Artículo 53 del Reglamento de la Ley 19.886, salvo la del o los oferentes adjudicados, a quienes se les devolverá dicho documento una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato, previa entrega de la garantía de fiel cumplimiento, en el caso que corresponda. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, según corresponda, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que haya ocupado el segundo lugar, según lo indicado en la Propuesta de Adjudicación, dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original. De conformidad a lo anterior, y considerando la posibilidad de adjudicar al segundo mejor oferente evaluado, la entidad licitante se reserva el derecho de devolver las garantías de seriedad de la oferta una vez que se haya constatado que el adjudicatario ha presentado la totalidad de la documentación requerida. En atención a lo anterior, la devolución de estas garantías se realizará de acuerdo con lo siguiente: Proveedores no adjudicados o inadmisibles: La devolución de esta garantía se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las Bases se haya contemplado la facultad de adjudicar a aquellas ofertas que le sigan en puntaje, para el caso que el adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Proveedor adjudicado: La devolución se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la suscripción del contrato respectivo (cuando aplique). Si la adjudicación no requiere la suscripción de un contrato, el documento que cauciona la oferta será devuelto dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación de la garantía de fiel cumplimiento. En caso de que la adjudicación no contemple la presentación de una garantía de fiel cumplimiento de contrato, el documento que cauciona la oferta será devuelto una vez aceptada la orden de compra respectiva, en un plazo de 10 días hábiles. Para todos los casos, la devolución de la garantía de seriedad de la oferta será realizada por la Entidad Licitante de acuerdo con lo informado por la Unidad a cargo del proceso licitatorio. Ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta: La Entidad Licitante, podrá hacer efectiva esta Garantía en cualquiera de los siguientes casos: a. Si el proponente, se desiste, retira o cambia su propuesta unilateralmente, durante el periodo de vigencia de esta. b. Si se comprobare falsedad o falsificación en la oferta del proponente o en alguno de los antecedentes constitutivos de la oferta. c. Si el Contratista no concurre a la celebración del contrato dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades de la licitación para la firma del contrato. d. Si el Contratista no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, o que, acompañándola, sea tomada por un período inferior al solicitado o sea tomada en condiciones diferentes a las requeridas, será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases, devolviéndose al oferente respectivo a partir del día siguiente hábil a la publicación de la Resolución que declare tal inadmisibilidad en el proceso licitatorio. ARTÍCULO № 13: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO La garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá presentarse en el plazo máximo de 10 días hábiles, desde la notificación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información. De acuerdo con la normativa vigente, este acto administrativo se entenderá notificado una vez transcurridas 24 horas desde su publicación en la plataforma de mercado público. Solo deberán presentar esta garantía, aquellos proveedores adjudicados en las líneas de licitación que tienen establecida la obligación de presentar dicho documento, lo cual se encuentra definido en el Formulario Resumen Oferta. El monto, vigencia y glosa se encuentran indicados en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Esta garantía caucionará el cumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato y la calidad o condición de los bienes y/o servicios materia de éste, incluyendo la recepción, instalación y capacitación (si correspondiera) de lo adjudicado. Así mismo, caucionará el período de garantía técnica (si correspondiera) que el adjudicatario haya comprometido en su oferta. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá ser ejecutada, independiente de la aplicación de las multas establecidas en el Artículo № 42 y Numeral 14 del Anexo Complementario. Tratándose de la prestación de servicios, las garantías de cumplimiento del contrato deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 20 de la Ley № 17.322, y permanecerán vigentes hasta sesenta días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos. En el caso que el monto a garantizar se parcialice en más de un (1) documento, se requiere que estos instrumentos financieros siempre sean de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, y con igual vigencia (fecha de vencimiento), de conformidad a lo indicado en el Artículo № 121 del Reglamento de la Ley № 19.886. No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio; b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y, c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros. Esta extensión se será aplicable en el caso de contratos de obras, ni de concesión de obras de lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley 19.886. En caso de aumentos de plazo asociados a la entrega del bien adjudicado, esta garantía deberá ser reemplazada o complementada con otro documento, donde la nueva vigencia será igual al nuevo plazo del contrato aumentado en la misma cantidad de días que la garantía original. La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en las presentes bases. En caso de aumentos de contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía por un monto equivalente al porcentaje establecido en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Este documento deberá ser presentado en un plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo que autoriza el aumento de contrato. La presentación de esta garantía es considerada un requisito para la aprobación del estado de pago, según lo establecido en el Artículo № 40 de las presentas bases. Aquellos adjudicatarios cuyo plazo de garantía técnica ofertada (cuando proceda) sea superior a 24 meses, podrán presentar un documento de garantía cuya vigencia mínima será de 2 años, junto a una carta de compromiso de renovación cada 2 años (FORMULARIO: CARTA COMPROMISO DE RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO), hasta completar la vigencia descrita en el primer párrafo del presente artículo. Cada vez que el proveedor adjudicado requiera renovar la garantía con la finalidad de completar la vigencia total requerida, se permitirá que acompañe una garantía de a lo menos dos años de vigencia siempre que acompañe la carta compromiso señalada anteriormente. Toda renovación de esta garantía deberá realizarse al menos 60 días hábiles previos al vencimiento del documento de garantía vigente. La no renovación oportuna de la citada garantía facultará a la Entidad Licitante para hacer efectivo su cobro. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá reemplazar dicho documento de conformidad a lo indicado en el Artículo № 11 de las presentes bases. Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato La garantía podrá hacerse efectiva en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, por lo tanto, en esta garantía se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones, asegurándose además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor adjudicado. El cobro de esta garantía se realizará de conformidad a lo dispuesto en el Artículo №124 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y sin perjuicio de las medidas de impugnación dispuestas en la Ley №19.880 para estos efectos. En caso de cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, dentro de 10 días hábiles posterior a la notificación de cobro del primero por parte de la Entidad Licitante. Así mismo en esta garantía podrá hacerse efectivo el cobro de la garantía por eventuales incumplimientos relacionados con el servicio posventa, es decir, mantenciones, capacitaciones, el correcto funcionamiento del bien y/o servicio adjudicado, entre otros. De igual modo esta garantía podrá hacerse efectiva en caso de realizarse el término anticipado del contrato por alguna causal de incumplimiento imputable al contratista. En caso de incumplimiento, será responsabilidad de la Entidad Licitante notificar al proveedor mediante Resolución Exenta, las causas que llevan a solicitar el cobro de la garantía. Cuando el financiamiento de la adquisición provenga desde el FNDR, la Entidad Licitante deberá notificar este incumplimiento al Gobierno Regional del Maule. En el caso que se haga efectivo el cobro de esta garantía, el proveedor deberá reponer el documento de caución por otro de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, de acuerdo con lo indicado en el Artículo №11 de las presentes bases. Devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato La solicitud de devolución de la garantía será realizada una vez finalizado el periodo de garantía técnica ofertada por el proveedor (cuando proceda), o bien una vez realizada la recepción conforme de la orden de compra en la plataforma de mercado público y siempre que no existan reparos a la liquidación del respectivo contrato. La devolución será realizada por la Entidad Licitante o por el Mandante, según corresponda, en forma posterior a la recepción de la solicitud a través de memorándum u oficio correspondiente. ARTÍCULO № 14: GARANTÍAS ADICIONALES En caso de requerir la presentación de otras garantías adicionales a las mencionadas en los párrafos precedentes, las características de este documento serán descritas en el Numeral 7 del Anexo Complementario y deberán ser emitidas de acuerdo con lo señalado en el Artículo №11 del presente documento. ARTÍCULO № 15: VIGENCIA DE LA LICITACIÓN El plazo de vigencia para el presente proceso de licitación será individualizado en el Numeral 1 del Anexo Complementario. CAPÍTULO III: DE LA LICITACIÓN ARTÍCULO № 16: DE LOS PARTICIPANTES Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva que estén inscritas y habilitadas en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo con lo indicado en la Artículo 16 de la Ley № 19.886, y que no estén afectadas por alguna de las causales de inhabilidad contenidas en las siguientes normas: Artículo 4 de la Ley № 19.886 y las modificaciones de la Ley №21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley №20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado, incluyéndose también, las inhabilidades descritas en el artículo №26 letra d) del texto refundido coordinado y sistematizado del Decreto Ley №211 de 1973, no haber sido condenado en virtud de los artículos №33 y №34 de la Ley №21.595 correspondiente a Delitos Económicos, no estar inhabilitado por alguna de las causales descritas en la letra b) del Artículo 56 de la Ley 18.575. Se hace presente además que de acuerdo al Artículo 35 quater de la Ley № 19.886, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley № 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. Unión Temporal de Proveedores De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el artículo №51 de la Ley de Compras № 19.886 y artículo №180 del citado Reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores de menor tamaño se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, para representarlos en conjunto según lo dispuesto en el Artículo 180 letra e) del Reglamente de la Ley de Compras №19.886. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda. Todos los integrantes que conforman la UTP deben encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores en todo momento del proceso de la compra para contratar con la Administración del Estado. Se hará aplicable especialmente en materia de UTP, lo dispuesto en los Artículos 180 del Reglamento de la ley № 19886 y en la Directiva de Contratación Pública № 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Oportunidad de Presentación del instrumento Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la entidad licitante exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores. Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prorroga que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Compras № 19.886, y en el punto III № 1 letra d) de la Directiva № 22. Presentación de la Oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Corresponde a la entidad licitante determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cuál sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la entidad compradora, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. Es obligación de la UTP informar inmediatamente a la entidad licitante sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Renuncia de los Miembros de la UTP En aquellos casos en se presente una oferta bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores y uno de sus integrantes renuncie a la UTP durante la etapa de Evaluación o después de su adjudicación, se producirán los siguientes efectos: La UTP es una asociación de al menos, dos integrantes. Si la UTP está conformada sólo por 2 integrantes y uno de ellos renuncia, “la UTP se entenderá automáticamente disuelta” de conformidad a lo establecido en la Directiva №22 emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas. Si la UTP está conformada por 3 o más integrantes y uno de ellos renuncia, la Entidad Licitante revisará si los integrantes que se mantienen en la UTP cuentan con los atributos necesarios, según las características objeto de la evaluación, (ejemplo la experiencia) para continuar con la ejecución del contrato o en su defecto, pondrá término anticipado al contrato. Si la UTP se disuelve durante la evaluación de la licitación, ésta no podrá ser adjudicada. Si la UTP se disuelve durante la ejecución del contrato, tal circunstancia constituirá una causal de término anticipado del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, si en una UTP constituida por 3 o más integrantes, uno de ellos se retira, aquélla podrá continuar ejecutando el contrato con los restantes integrantes, siempre que ello se verifique en los mismos términos comprometidos en la oferta. Si el integrante que se retira de la UTP reunía uno o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituirá una causal de término anticipado del contrato. Cumple manifestar que, una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituye una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. Inhabilidades De acuerdo con el Artículo 53 de la Ley de Compras № 19.886 y Artículo № 182 del Reglamento, las causales de inhabilidad establecidas en la ley afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con sus restantes integrantes o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. De manera excepcional, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de Contratos para la Innovación o de Diálogos Competitivos de Innovación, en los términos de lo dispuesto en el capítulo XIV del Reglamento y Artículo 55 de la Ley de Compras. Inhabilidades sobrevinientes En conformidad a lo expuesto en el artículo №183 del Reglamento, en el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo. Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente: 1. Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores. 2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud. 3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud. Aprobada la solicitud la entidad licitante le informará al proveedor mediante oficio, teniendo éste un plazo de 5 días hábiles para la presentación de la nueva escritura. Se establece un plazo de 10 días hábiles para formalizar el retiro del integrante inhábil. Pago de obligaciones laborales y sociales Dado que la UTP no es una sociedad, cada integrante debe cumplir con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, en los términos dispuestos por la Ley de Compras, su Reglamento y las respectivas bases de licitación. Por lo tanto, la Entidad licitante verificará el cumplimiento de la mencionada obligación por parte de cada uno de los integrantes de la UTP. ARTÍCULO № 17: NÚMERO DE PROPUESTAS Cada oferente, podrá presentar solo una oferta. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según dispone el Artículo №9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del Artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras №19.886. ARTÍCULO № 18: CALENDARIO DE ACTIVIDADES Respecto de las etapas y plazos establecidos en el “Calendario de Actividades”, las fechas exactas serán informadas en el Sistema de Información, en la ficha de licitación correspondiente, en caso de modificación de alguna de las fechas o plazos, éstas podrán ser modificadas previa dictación de la resolución fundada que lo autorice. Salvo que se indique lo contrario, los plazos de días establecidos en el presente calendario son de días corridos. En el evento que alguno de los plazos, venciera en día inhábil, se entiende automáticamente prorrogado para el día hábil siguiente. Para estos efectos, se define por día inhábil los sábados, domingos y festivos. Con todo, el plazo de cierre de la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15.00 hrs. Esta información sólo podrá ser modificada a través de modificaciones y para todos los oferentes, dichos cambios se verán reflejados en la ficha electrónica del Sistema de Información. En caso de existir modificaciones al proceso, éstas se entenderán conocidas por TODAS transcurridas 24 horas desde el momento de su publicación en el Sistema de Información. No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estos documentos por parte de los oferentes. Las etapas y plazos de la presente licitación se regirán por el calendario de actividades detallado en el numeral 9 del anexo complementario. ARTÍCULO № 19: SERIE DE CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES Las Consultas de carácter técnico y administrativo, deberán hacerse en forma exclusiva a través de la opción Foro y en el plazo estipulado para estos efectos. Esta opción estará habilitada en la plataforma de mercado público. No se dará respuesta a ninguna consulta o aclaración solicitada por otro medio que no sea a través del Sistema de Información de mercado público. Aclaraciones y Respuestas a Consultas: La Unidad Técnica dará respuesta a las preguntas y solicitudes de aclaración a las Bases, SOLO a través del sistema de información, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de la Ley 19.886. Del mismo modo, se pondrá en conocimiento de los interesados, otras aclaraciones y/o modificaciones a las Bases que la Entidad Licitante estime necesario hacer, teniendo como plazo máximo el indicado en el Numeral 9 del Anexo Complementario. Las "Aclaraciones, modificaciones y respuestas a Consultas" serán publicadas a través de la ficha de licitación, y se entenderán conocidas por todos los interesados transcurridas 24 horas. No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estas respuestas, aclaraciones o modificaciones. Consultas a la Adjudicación: Realizada la adjudicación mediante su publicación en la dirección electrónica (sitio web) MercadoPublico.cl los oferentes podrán formular consultas respecto de la adjudicación vía mail con el ejecutivo encargado del proceso de compra respectivo, contando con un plazo de 2 días hábiles, luego de notificada la adjudicación, para formular las respectivas consultas. ARTÍCULO № 20: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 20.1 Respecto al ingreso de Ofertas en el Sistema de Información: El oferente deberá ingresar su Oferta en el Sistema de Información, adjuntando la documentación requerida debidamente escaneada de los documentos originales, en la dirección electrónica (sitio web) MercadoPublico.cl, considerando para ello el plazo máximo estipulado en la ficha de licitación. De acuerdo a lo estipulado en el Artículo №115 - № 3 del Reglamento de la Ley №19.886, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Respecto del formato de los archivos a adjuntar con la documentación requerida, se aceptarán archivos en algún programa perteneciente al paquete MS Office (Word, Excel, PowerPoint) compatible con la versión 2010 o inferior, formato pdf, imágenes en formato jpg y gif. Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un sólo documento contenedor de formato .pdf Todos los oferentes que ingresen anexos administrativos a su oferta lo deben realizar en la opción “Anexos Administrativos” que el Sistema de Información dispone para estos casos. De igual forma, los Anexos Técnicos y Económicos deben ser anexados en las opciones “Anexos Técnicos” y “Anexos Económicos” respectivamente. Se sugiere a los oferentes constatar que el envío de su oferta, Administrativa – Técnico – Económica, a través del Sistema de Información haya sido realizada con éxito. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a excepción de lo estipulado en el Artículo № 115 del Reglamento de la Ley 19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Ante eventuales diferencias de precios entre las ofertas entregadas en documentos anexos y la oferta económica ingresada en el Sistema de Información, será esta última la que prevalecerá en las siguientes etapas del proceso y, eventualmente, en la adjudicación. 20.2 Aplicación del Artículo №56 del Reglamento de la Ley №19.886 Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes bases de licitación. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. De acuerdo con el Artículo №56 del Reglamento de la Ley №19.886, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, se comunicará al oferente las omisiones detectadas y se le concederá un plazo de 24 horas desde su publicación para que las subsane. Esta situación será evaluada conforme al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación”, establecido en el Artículo № 27 del presente documento, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido. 20.3 Respecto de la entrega de documentación física para la Propuesta a) En caso de indisponibilidad técnica: De acuerdo a lo estipulado en el artículo №115 del Reglamento de la Ley №19.886, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicha entidad, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad por parte de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, para el envío de dicho certificado a la entidad licitante junto con entregar sus ofertas fuera del Sistema de Información. b) Garantía de Seriedad de Oferta: podrá ser presentada en formato físico o electrónico, de conformidad a lo indicado en los Artículos №11 y №12 de las presentes Bases. Indistintamente de la forma de presentación de la garantía, los oferentes serán responsables de ingresarla dentro del plazo estipulado para ello, considerando como plazo máximo la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas según lo estipulado en el Artículo №18 del presente documento. Las garantías que se presenten en formato físico deberán entregarse en original, junto a una carta en que se individualice la licitación a la cual pertenecen, contenidas en sobre cerrado antes de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas. El sobre y carta deberán indicar; Nombre de La Propuesta, ID del Proceso de Licitación y nombre del Oferente, además de la dirección indicada en el Numeral 18 del Anexo Complementario. ARTÍCULO № 21: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Los oferentes deberán entregar documentación de tipo administrativa en formato digital en el Sistema de Información, considerando los formatos anexos para los formularios que se especifican a continuación: 1. Formulario 1, Carta de Presentación del Oferente: Se deberá completar lo solicitado en el Formulario №1.A o Formulario №1.B (según corresponda) identificación completa del oferente y su representante legal cuando corresponda, incluyendo los domicilios, los números de RUT y detalle de la garantía de seriedad de la oferta (esto último cuando corresponda). Oferentes que presenten ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar el Formulario №1.C y además presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. 1.1. Formulario 1-A: Carta Presentación del Oferente Persona Natural. 1.2. Formulario 1-B: Carta Presentación del Oferente Persona Jurídica. 1.3. Formulario 1-C: Carta Presentación del Oferente Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, según sea el caso de acuerdo con el artículo 16 de las presentes bases de licitación. 2. Formulario 2, Declaración Simple de Aceptación de Antecedentes de la Licitación y Habilitación para Contratar con el Estado debidamente firmada por el oferente, o por quien éste faculte legalmente para su representación, en el cual declara conocer los antecedentes del proceso licitatorio y no estar afecto a alguna de las prohibiciones o inhabilidades señaladas en el citado Formulario para contratar con el Estado. Para las ofertas presentadas a través de la Unión Temporal de Proveedores, este formulario debe ser completado por cada integrante de la UTP. Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta: Formulario 1 (ID Licitación).pdf Formulario 2 (ID Licitación).pdf 3. Documento de Garantía por concepto de Seriedad de la Oferta, según lo indican los Artículos № 11 y 12 de las presentes bases. La ausencia de uno (1) o más formularios facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible administrativamente. Si el oferente adjunta uno o más formularios sin indicar la información solicitada para realizar la evaluación, su oferta podrá ser declarada inadmisible administrativamente. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo № 20.2 del presente documento. ARTÍCULO № 22: ANTECEDENTES TÉCNICOS Los Antecedentes Técnicos requeridos para el presente proceso de licitación se encuentran individualizados en el Formulario de antecedentes técnicos. Esta información debe ser entregada en su totalidad de acuerdo con lo solicitado. En este documento se solicitarán los aspectos de orden técnicos necesarios para la evaluación de las ofertas. Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta: Formulario 3 antecedentes técnicos (ID Licitación).pdf Otros (3.1-3.2-3.3) La ausencia de uno (1) o más de los formularios o certificados requeridos en Formulario Antecedentes Técnicos facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible técnicamente. Si el oferente adjunta uno o más formularios sin indicar la información solicitada para realizar la evaluación, su oferta podrá ser declarada inadmisible técnicamente. Sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 20.2 del presente documento. ARTÍCULO № 23: ANTECEDENTES ECONÓMICOS La oferta económica deberá ser ingresada por los oferentes en la ficha digital de la propuesta en la plataforma de mercado público. En dicha plataforma, los valores deben ser expresados en dólares estadounidenses, sin impuestos incluidos. Esta información deberá ser congruente con el siguiente documento que debe adjuntarse como antecedente económico: 1. Formulario 4 Resumen Oferta: Documento firmado por el oferente, o por quien éste faculte legalmente para su representación, en el cual el oferente señala el valor unitario y total para cada uno de los bienes y/o servicios ofertados. El valor de la oferta deberá tener contemplado todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la contratación licitada, incluyendo garantía técnica, entre otros, por lo que no se podrán efectuar otros cobros asociados para el desarrollo de estos. Cabe señalar que en este formulario se entregará información respecto a la exigibilidad de algunos hitos (presentación de garantías, capacitación, instalación, entre otros), y el cumplimiento de ellos será verificado previo a la aprobación del estado de pago. Será responsabilidad del oferente indicar el tipo de impuesto al cual se encuentra afecto su oferta. Lo cual quedará explícito en Formulario Resumen Oferta. La ausencia del formulario facultará a la entidad licitante para que dicha oferta se declare inadmisible. Sin perjuicio de lo señalado en el ARTÍCULO № 20.2 del presente documento. Se sugiere utilizar la siguiente nomenclatura de nombre de archivo para el ingreso de los documentos administrativos digitales en su oferta: Formulario 4 Resumen oferta (ID Licitación).pdf ARTÍCULO № 24: DE LAS OFERTAS 1. Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de días corridos indicados en el Numeral 8 del Anexo Complementario, contados desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas. Si vencido el plazo señalado precedentemente, no se ha realizado la adjudicación o esta no se encuentra totalmente tramitada, podrá solicitarse a los oferentes la prórroga de las ofertas y garantías (cuando proceda). Los oferentes podrán ratificar sus ofertas o desistirse de ellas. 2. Cada oferente podrá presentar una oferta por licitación. Los valores unitarios netos o brutos según corresponda (ver Artículo № 9 de las presentes bases) deberán ser ingresados al Sistema de Información en forma obligatoria en los plazos establecidos en el Artículo № 18 de las presentes bases. De existir discrepancia entre la información económica presentada en algún formato y la ingresada en el Sistema de Información, prevalecerá esta última. Sin embargo, la entidad licitante se reserva la facultad de aclarar estas discrepancias a través de foro inverso. 3. El costo del flete, embalaje, obras menores requeridas para la instalación, capacitación y/o cualquier otro gasto relacionado con la entrega del bien y/o servicio adjudicado, se entenderá incluido en el monto de la oferta. CAPÍTULO IV: COMISIÓN EVALUADORA, APERTURA DE LAS OFERTAS Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ARTÍCULO № 25: COMISIÓN EVALUADORA La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora, cuya existencia e integración será establecida antes del cierre de la propuesta, la cual estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes designados por la Directora del Servicio de Salud Maule mediante una Resolución Exenta. Cabe señalar que esta designación se realiza sobre la encomendación de funciones, ejemplo, Jefe de Unidad, Jefe de Departamento, Asesor, etc. Dicho esto, en ausencia de alguno de los integrantes de la comisión evaluadora durante el desarrollo de alguna de las funciones para las cuales fueron designados, estas funciones serán ejercidas por quien lo subrogue. Cada uno de los miembros de la comisión evaluadora que participe en el proceso de compra deberá suscribir una declaración jurada que dé cuenta de la ausencia de conflictos de interés con los oferentes que participan del citado proceso. Excepcionalmente, y de manera fundada, alguno de los integrantes de la Comisión designados por el Servicio de Salud Maule, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. La designación de la comisión evaluadora se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl y sus integrantes se registrarán en el sistema de la Ley № 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: • Mantener la confidencialidad de lo que está sucediendo en el proceso de evaluación y de la documentación respectiva, a la que solo corresponde tener acceso los integrantes de la comisión. • Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases, en el Anexo Complementario y las Especificaciones Técnicas. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla por ser inadmisible. • De acuerdo al Artículo №56 del Reglamento de la Ley №19.886, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de su oferta y deberán efectuarse dentro del plazo requerido en el Foro Inverso disponible en el Sistema de Información. Esta situación será evaluada conforme al criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales", establecido en el Artículo № 27 “Evaluación de la Oferta” del presente documento. • De acuerdo con el Artículo №56 del Reglamento de la Ley №19.886, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al oferente certificados o antecedentes que hubiere omitido en su oferta, siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. En tal caso, el oferente deberá responder a lo solicitado en la forma y plazo requeridos en el Foro Inverso disponible en el Sistema de Información. Esta situación será evaluada conforme al criterio "Cumplimiento de Requisitos Formales", establecido en el Artículo № 27 “Evaluación de la Oferta” del presente documento. • Proponer la inadmisibilidad de una oferta cuando de la revisión de los antecedentes presentados por el oferente se detectare que la información en ellos contenida no se ajusta a la realidad y no exista respuesta satisfactoria por parte del oferente. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la entidad licitante pudiere impetrar, atendida la gravedad de los hechos detectados, y del cobro de la garantía de seriedad de la oferta, de ser procedente. • Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley №20.730 que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante Autoridades y funcionarios y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo №71, del 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. • Declarar que no tienen lazos de parentesco, laborales o de amistad, ni conflictos de interés con los oferentes y de confidencialidad de acuerdo con lo descrito en los Artículo 35 quáter de las Ley 19.886. Para lo cual, cada integrante de la comisión de evaluación deberá emitir una declaración jurada, la cual se realizará una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución fundada que designa a los miembros de la comisión evaluadora. • En el caso que alguno de los integrantes de la comisión de evaluación, presentara conflicto de interés, se deberá aplicar lo dispuesto en el Artículo № 7 de las presentes bases. Y deberá ser reemplazado por otro integrante si fuere necesario. • Confeccionar una Acta de Evaluación (Proposición de Adjudicación), de acuerdo con lo establecido en el Artículo 57 del Reglamento de la Ley 19.886/2024, del Ministerio de Hacienda, la que deberá referirse especialmente a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante. 4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. ARTÍCULO № 26: APERTURA DE LA PROPUESTA El proceso de apertura de ofertas sólo se realizará en forma electrónica a través de la plataforma de mercado público y de acuerdo con lo establecido en el Numeral 4 del Anexo Complementario. No se considera ningún acto presencial para el proceso de apertura. Los Oferentes podrán efectuar observaciones a través de la plataforma de mercado público hasta las 24 horas siguientes a la publicación de la citada acta. Dichas observaciones serán respondidas dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su presentación, mediante el Sistema de Información de mercado público. Mediante el Acto de Apertura, la Entidad Licitante revisará que todas las ofertas y documentos hayan sido presentados vía electrónica en tiempo y forma, en conjunto verificará la presentación en soporte papel de la garantía de seriedad de la oferta cuando corresponda. Ante eventuales dudas o discrepancias al momento de la revisión de los antecedentes entregados por los oferentes, el departamento a cargo podrá realizar las aclaraciones que estime pertinentes utilizando el Sistema de Foro inverso habilitado en la plataforma de mercado público para estos efectos. La entidad licitante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Así mismo, podrá declarar inadmisible las ofertas cuando estas no cumplan los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la ley o el reglamento. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo №59 del Decreto de la Ley №19.886 y Artículo № 62 del reglamento; cuando no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante. ARTÍCULO № 27: EVALUACIÓN DE LA OFERTA Las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases serán sometidas a un proceso de evaluación cuyos factores y ponderaciones serán descritos en el Numeral 10 del Anexo Complementario. La escala a utilizar contempla valores desde 1 a 10 puntos, siendo 10 el puntaje máximo y 1 el mínimo a obtener, dicha evaluación se efectuará sobre las siguientes variables: Criterio de Evaluación Ponderación % A. Evaluación Económica Según detalle Numeral 10 Anexo Complementario B. Plazo de Puesta en Marcha C. Evaluación Técnica D. Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta E. Otros A. Evaluación Económica Se calificará el precio ofertado por cada oferente, según lo indicado en su oferta económica. En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la plataforma de mercado público y los valores entregados en alguno de los formularios adjuntos a la oferta, prevalecerá el monto ingresado en la plataforma. Teniendo presente que no se considerará error formal aquellos errores en el precio de la oferta de acuerdo con Artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886. El puntaje de este criterio se obtendrá de acuerdo con lo señalado en el Numeral 10.1 del Anexo Complementario y dicho puntaje será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio en el Numeral 10 de dicho Anexo. B. Plazo de Puesta en Marcha Corresponde a la cantidad de días corridos o hábiles que el oferente compromete para hacer la entrega del bien o servicio en caso de resultar adjudicado, según lo indicado en Numeral 10.2 del Anexo Complementario. El puntaje final del plazo de entrega obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. C. Evaluación Técnica Se calificará el cumplimiento técnico de las ofertas de conformidad a lo señalado en el Numeral 10.3 del Anexo Complementario según el detalle de cada criterio y/o sub-criterio. El puntaje final del plazo de entrega obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. D. Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta En este criterio se evalúa el cumplimiento de la integridad de información solicitada en los formularios de presentación de la oferta, detallados en los Artículos N°21, Nº22 y Nº23 de las presentes bases, y su asignación de puntaje se encuentra descrita en el Numeral 10.4 del Anexo Complementario. El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. E. Otros En caso de ser necesario, podrán incorporarse otros criterios de evaluación adicionales a los ya mencionados. Estos criterios serán calificados de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. Finalmente, y de acuerdo con las fórmulas de asignación de puntaje para cada criterio y/o sub-criterio de acuerdo a lo señalado en el presente artículo y en complemento con lo señalado en el Numeral 10 del Anexo Complementario, se sumarán los puntajes finales ponderados para obtener el puntaje total de cada oferta, aplicando la siguiente fórmula: Puntaje Total Oferta (i) = A. Evaluación Económica Oferta (i) + B. Plazo de Puesta en Marcha Oferta (i) + C. Evaluación Técnica Oferta (i) + D. Cumplimiento de Requisitos Formales Oferta (i) + E. Otros (i) Donde: Oferta (i): Oferta en evaluación. Para obtener la oferta más conveniente desde el punto de vista técnico y económico, se compararán los puntajes totales obtenidos por cada participante, donde la oferta que presente el mayor puntaje total será propuesta para su adjudicación. En caso de que se produzca un empate entre dos o más oferentes, la Comisión Evaluadora resolverá por aquel oferente que haya obtenido la más alta calificación en el criterio de mayor ponderación, de acuerdo con las ponderaciones establecidas en el Numeral 10 del Anexo Complementario y así sucesivamente. De persistir el empate en todos los criterios de evaluación, se adjudicará al proveedor que hubiese ingresado su oferta en el Sistema de Información, en primer lugar, en fecha y hora, lo cual será verificado con el comprobante de ingreso de oferta disponible en la plataforma de mercado público. Cabe señalar que la revisión de eventuales empates será analizada con un máximo de 3 decimales. ARTÍCULO № 28: DE LA ADJUDICACIÓN Una vez evaluadas las ofertas de acuerdo con el sistema de evaluación descrito anteriormente, se procederá según se indica a continuación: 1. La Comisión Evaluadora propondrá a la autoridad adjudicar la propuesta con la mejor ponderación de acuerdo con lo establecido en el Artículo №27 de las presentes bases. 2. De presentarse un solo oferente, no se asegura la adjudicación del proceso. La entidad licitante se reserva el derecho de adjudicar o no a ese único oferente, considerando el presupuesto disponible y el cumplimiento de los requisitos del proceso de licitación. 3. Aprobada la Proposición de Adjudicación se dictará la Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en la plataforma de mercado público, y transcurridas 24 horas desde su publicación se entenderá conocida por todos los participantes del proceso. Posteriormente, se procederá a la firma del contrato respectivo (si corresponde), el cual será aprobado por resolución y enviado a Contraloría Regional para el trámite de Toma de Razón, cuando corresponda. Luego de totalmente tramitada dicha resolución, se procederá al envío de la Orden de Compra y ejecución del contrato. No obstante, sin perjuicio que pueda consignarse en el mismo acuerdo de voluntades que por razones de buen servicio las prestaciones que derivan de él se iniciarán con anterioridad, no obstante que su pago estará condicionado a la total tramitación de la resolución que lo aprueba, acorde con lo señalado en el dictamen № 11.189, de 2008, de esta Contraloría General. 4. Para la devolución de la garantía de seriedad de la oferta se aplicará lo estipulado en los Artículos №11 y №12 de las presentes bases. 5. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, visitas a terreno, presentaciones o exposiciones, que ésta pudiese requerir durante la evaluación. 6. Aquellos proveedores cuyas ofertas no hayan sido aceptadas, pueden hacer efectivo el Principio de Impugnabilidad regulado en los Artículos №10 de la Ley №18.575 y №15 de la Ley №19.880. 7. En caso que, dentro de los plazos legales, se interpongan recursos administrativos en contra de algunas de las actuaciones de la entidad licitante, estos reclamos serán puestos en conocimiento de los demás participantes, sin perjuicio de que, si existieren motivos fundados, la autoridad decrete la suspensión del procedimiento hasta la resolución del reclamo presentado. ARTÍCULO № 29: DERECHOS DE LA ENTIDAD LICITANTE Y PROHIBICIONES La Entidad Licitante se reserva el derecho de adjudicar o rechazar alguna o la totalidad de las ofertas presentadas, sobre la base del Informe Técnico de Evaluación y la aplicación de los criterios de evaluación descritos en el Artículo № 27 de las presentes Bases. La Entidad Licitante podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplan los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento o declarar desierto el proceso cuando no se presenten ofertas, cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante. Lo anterior de acuerdo con los Artículos 59 y 62 del Decreto de la Ley 19.886. Todas estas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada. La evaluación de las ofertas recibidas que cumplan con las disposiciones establecidas en las presentes Bases serán evaluadas objetivamente utilizando para ello los criterios y los métodos de asignación de puntaje descritos en el presente documento. La Proposición de Adjudicación, junto a todos los antecedentes de la Licitación, será enviada a la Autoridad para que apruebe o rechace dicha proposición. La Entidad Licitante y/o la Unidad Técnica podrán realizar Auditorías Administrativas y/o Técnicas, encuestas de percepción usuaria, controles de calidad y/u otras mediciones que permitan constatar el cumplimiento a cabalidad de las prestaciones entregadas por el proveedor, de acuerdo con lo contratado e indicado en la oferta respectiva. Lo anterior se podrá realizar con funcionarios del Servicio de Salud Maule o con personal externo. Se prohíbe al oferente adjudicado subcontratar o ceder a cualquier título el contrato firmado con la Entidad Licitante, emanado del proceso de adjudicación de la presente propuesta pública. La entidad licitante podrá modificar las fechas de adjudicación, si se presentaran las siguientes situaciones: 1. Cuando la Comisión Evaluadora no pueda sesionar, en las fechas establecidas. 2. Debido a evento de fuerza mayor o caso fortuito calificado por la entidad licitante. 3. Imposibilidad de adjudicar el proceso, debido a ausentismo del personal encargado de esta tarea. 4. Cuando las ofertas recibidas sobrepasen de manera significativa a las ofertas estimadas. Situación que aumentará el tiempo de evaluación de las mismas. La nueva fecha de adjudicación será informada a través del Sistema de Información, la que no superará el número de días contemplados originalmente. El adjudicatario no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial lo establecido en el contrato definitivo. Lo anterior es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, los cuales podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. ARTÍCULO № 30: REVOCACIÓN ART. 61 DE LA LEY 19.880 El Artículo 61 de la Ley №19.880, permite la revocación de oficio de los actos administrativos por el órgano que los hubiere dictado, salvo cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente, cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto. La revocación ha sido recogida como una aplicación funcional en la plataforma de Mercado Público, mediante la cual, existiendo una licitación ya publicada y en curso, la Administración se desiste de su prosecución, en base a una decisión debidamente fundada, deteniéndose irrevocablemente el proceso licitatorio, cuestión que sólo puede efectuarse hasta antes de verificarse la adjudicación. ARTÍCULO № 31: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO De acuerdo con lo señalado por el artículo 45 del código civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc. Si el contratista se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales a causa de la Entidad Licitante, fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar por escrito, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la ocurrencia de los hechos, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato u orden de compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la entidad licitante, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde que haya sido notificada. ARTÍCULO № 32: CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto, de acuerdo con el Artículo 58 inciso final del Decreto de la Ley 19.886, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Entidad Licitante, se estime conveniente declarar desierta la licitación. CAPÍTULO V: DEL CONTRATO ARTÍCULO № 33: SUSCRIPCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El Contrato deberá ser suscrito entre el Oferente Adjudicado y la entidad licitante en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde el día siguiente a la fecha de adjudicación de la licitación en la plataforma de mercado público. El Contrato podrá suscribirse en soporte de papel o electrónico, conforme a las disposiciones de la Ley № 19.799. El Contrato, que consta de dos (02) copias, incluirá las cláusulas y condiciones esenciales a las que se obligan las partes. En virtud de este acuerdo, el Oferente Adjudicado se compromete a cumplir las obligaciones del Contrato de acuerdo con lo estipulado en los documentos, antecedentes y en las Bases de Licitación. El Contrato será formalizado mediante la firma conjunta del (o los) representante(s) legal(es) del Oferente Adjudicado y del Servicio de Salud Maule. Todos los gastos, certificaciones, copias autorizadas, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del Oferente Adjudicado, en adelante el “Proveedor”. En consecuencia, el Servicio de Salud Maule no asumirá en caso alguno el pago de impuestos, tasas, derechos fiscales u otros, vinculados al Contrato y a los actos que de él se deriven. En caso de que el Proveedor sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se deberán presentar todos los antecedentes señalados en el Artículo № 16 de las presentes Bases de Licitación. En primer lugar, el proveedor adjudicado deberá ingresar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato según lo indicado en el Numeral 6 del Anexo Complementario. Una vez que la garantía se encuentre recibida a conformidad por la Unidad encargada del proceso licitatorio, se procederá a enviar el documento de contrato para la firma del adjudicatario. Si el vencimiento del plazo de entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato o del documento de Contrato recae en sábado, domingo o festivo, el plazo de entrega se prorrogará automática e impostergablemente hasta el día hábil siguiente. En caso de que el proveedor no haga entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en el plazo establecido para ello, o bien, no firma o envía el contrato y/o la documentación establecida como requisito para contratar, en el plazo máximo establecido para ello, la entidad licitante podrá entender por desistida su oferta, haciéndose efectivo el documento de garantía de Seriedad de Oferta. En ese caso, adicionalmente, y si la Comisión Evaluadora así lo determina podrá proponer dejar sin efecto la adjudicación, procediéndose a adjudicar al oferente que haya ocupado el segundo lugar de la selección según la Propuesta de Adjudicación emitida por la Comisión Evaluadora según cuadro comparativo y así sucesivamente, en la medida que se cumplan íntegramente con las bases y resulten convenientes a los intereses institucionales. Lo anterior no procederá, si la entidad licitante opta por efectuar un nuevo llamado, en razón que las restantes ofertas no resultan convenientes a los intereses del Servicio. El contrato producirá efectos sólo una vez que esté totalmente tramitado y notificada la resolución que lo aprueba. Junto con la notificación del contrato se hará envío de la Orden de Compra correspondiente, y el plazo de entrega de los bienes y/o servicios será contabilizado de acuerdo con lo señalado en el Numeral 10.2 del Anexo Complementario. El Proveedor se entenderá́ notificado a partir de la adjudicación efectuada en la plataforma de Mercado Público. Cabe señalar por razones de buen servicio, las obligaciones de los contratos podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que los apruebe, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en dictamen № 14.362, de fecha 2 de abril de 2008. El contrato podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre los contratantes en aquellos casos en que, por causas no imputables a ellos, alguno de los hitos exigidos no pueda ser ejecutado porque no existen las condiciones para llevar a cabo dicho proceso, debiendo dejar constancia escrita en el respectivo Adendum, el cual formará parte integrante del contrato. El envío del contrato (o Adendum) firmado por el adjudicatario deberá ser coordinado con el área de contratos del Dpto. a cargo del proceso licitatorio. ARTÍCULO № 34: REQUISITOS PARA LA FIRMA DE CONTRATO Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos, considerando además el envío de los documentos, en el caso que ello no estuviese debidamente actualizado en el Registro de Chileproveedores. Previo a la firma del contrato el Proveedor deberá́: a) Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”. En caso de que el Proveedor sea (UTP), cada Proveedor de la Unión Temporal deberá́ estar inscrito en el Registro de Proveedores, y estar en estado “Hábil”. b) Entregar previamente una garantía para asegurar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en la forma y condiciones establecidas en los Artículos №11, №13 y №33 de las presentes bases conforme a lo establecido en el Numeral 6 del Anexo Complementario. c) Cuando el adjudicatario corresponda a una persona jurídica, deberá acompañar un certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta. d) Cuando el adjudicatario corresponda a una persona jurídica, deberá acompañar un certificado de vigencia de la sociedad con antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. e) Cuando el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, se deberá acreditar que la vigencia de dicha unión no es inferior a la del contrato adjudicado, además se deberán presentar los documentos señalados en los puntos c) y d) por cada integrante de la UTP (según corresponda). f) En adquisiciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, tratándose de un adjudicatario que se presenta con la figura de Unión Temporal de Proveedores, éste deberá presentar la escritura pública según lo indicado en el Artículo 52 de la Ley de Compras №19.886. g) Certificado emitido por la Inspección del Trabajo que acredite el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este certificado deberá tener una data máxima de 5 días previos a la presentación del documento. h) Declaración jurada del oferente que indique el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales vigente a la fecha de presentación de los antecedentes para la firma del contrato. i) Formulario Autorización Transferencia Electrónica, en el cual se señalan los datos de la cuenta a la cual deberá(n) realizarse el (los) pago(s). Lo indicado en los párrafos precedentes, aplicará para aquellos proveedores que resulten adjudicados por un monto total igual o superior a 1.000 UTM (Impuestos incluidos). Aquellos proveedores que resulten adjudicados en montos menores a 1.000 UTM y cuyos bienes o servicios adjudicados sean clasificados como bienes y servicios de simple y objetiva especificidad, su contrato se formalizará exclusivamente con el envío de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor. La emisión y envío de la Orden de Compra estará supeditada a la recepción satisfactoria de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, cuando proceda, por parte de la Unidad encargada del proceso licitatorio. Para todos los casos en que el Contrato se formalice sólo a través de Orden de Compra, el plazo para aceptar la Orden de Compra es de 1 día hábil posterior a su envío. Aquel Proveedor que no acepte la orden de compra en dicho plazo, y haya hecho entrega del bien o servicio adjudicado, ya sea parcial o totalmente, su Orden de Compra se entenderá aceptada a partir del día hábil siguiente al envío de ésta. Tal como se encuentra señalado en párrafos precedentes, el adjudicatario se obliga a entregar el bien o servicio adjudicado previa coordinación con el Referente Técnico. Del mismo modo el adjudicatario deberá entregar los bienes o servicios de acuerdo con el plazo de entrega ofrecido, o bien el plazo exigido según se indique en el Anexo Complementario. ARTÍCULO № 35: ORDEN DE COMPRA Las órdenes de compras serán emitidas por todas las unidades ejecutoras, siendo éstas, los distintos Departamentos y Unidades pertenecientes a la Dirección de Servicio de Salud Maule, así como también, los establecimientos hospitalarios, que tiene bajo su jurisdicción, de conformidad con el tipo de financiamiento definido en el Numeral 3 del Anexo Complementario. ARTÍCULO № 36: PRE-FACTURA En el caso de la contratación de servicios cuyo monto sea variable, el proveedor de forma mensual deberá emitir una nómina, con el detalle de las prestaciones realizadas en el mes, la cual será enviada vía correo electrónico al Referente Técnico o al Administrador de Contrato, quien validara dicha nómina, y generará la solicitud de emisión de la orden de compra a la Unidad de Adquisiciones de la Dirección del Servicio de Salud Maule. De conformidad a la naturaleza de los bienes o servicios a adquirir, el envío de la(s) orden(es) de compra podrá ser realizada de manera previa o posterior a la entrega de los productos o servicios, lo cual será detallado en el Numeral 17 del Anexo Complementario. ARTÍCULO № 37: ORDEN DE FACTURACIÓN Una vez que el referente técnico o el Administrador de Contrato reúnan y validen la información de respaldo que dé cuenta del correcto cumplimiento en la entrega de los bienes o servicios contratados, tomarán contacto con el adjudicatario para informar que ya puede emitir su factura. Este procedimiento aplicará de conformidad a lo señalado en el Numeral 15 del Anexo Complementario. No obstante, lo anterior, en caso de recibir una factura que no cuente con recepción conforme, la entidad receptora podrá reclamar la factura ante el Servicio de Impuestos Internos. ARTÍCULO № 38: AUMENTOS O DISMINUCIONES DE CONTRATO 1. Los aumentos de plazo y cualquier modificación del contrato: requerirá autorización expresa del Jefe de Servicio, lo cual quedará respaldado mediante Resolución Fundada. En aquellos casos donde de acuerdo con las normas e instrucciones para la Inversión Pública del Sistema Nacional de Inversiones se requiera reevaluación, el resultado favorable de esta última será condición para la autorización. En el caso de la contratación de bienes o servicios cuyo valor unitario fue desglosado en la oferta, los aumentos o disminuciones de contrato deberán ajustarse a dicho valor. En caso de presentarse la necesidad de realizar un aumento de contrato respecto de bienes o servicios que por su naturaleza no fueron expresados en valor unitario en la presentación de la oferta, el adjudicatario deberá presentar una cotización detallada, la cual será revisada por la entidad licitante y de ser aprobada esta modificación será autorizada mediante resolución fundada. De presentarse la necesidad de realizar disminuciones de contrato, éstas deberán ser acreditadas por la entidad licitante y autorizadas mediante resolución fundada. Esta disminución no dará derecho a indemnización alguna por parte de la entidad licitante. Para todos los casos, las modificaciones de contrato no podrán exceder el 30% del monto total contratado. 2. Prórroga del contrato: se podrá prorrogar el contrato de conformidad a lo indicado en el Reglamento de Compras, en su Artículo №42, Numeral 3 y Artículo №129 del Reglamento, en los siguientes casos: 1. Cuando así se haya previsto en las Bases de Licitación o el Contrato. En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos: i. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; ii. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o iii. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. 2. Las modificaciones no previstas en las Bases de Licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: i. Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante. ii. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación. iii. Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. iv. Que se respete el equilibrio financiero del contrato. La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. ARTÍCULO № 39: DE LA RECEPCIÓN CONFORME La recepción conforme por la correcta entrega de los bienes o servicios se realizará a través de la plataforma de mercado público una vez que el Referente Técnico o el Administrador de Contrato envíe el certificado de conformidad correspondiente, respaldando la correcta entrega de dichos bienes o servicios. En aquellos bienes ingresados directamente en alguna de las bodegas del Servicio de Salud Maule, los productos se considerarán recepcionados cuando el encargado de la respectiva bodega envíe al Departamento de Finanzas y a la Unidad de Adquisiciones el formulario de ingreso respectivo. En el evento de existir reparos u observaciones en la calidad y/o condiciones del producto recibido o servicio prestado, el pago sólo se realizará una vez solucionadas dichas observaciones. Para efecto del cálculo de eventuales multas, las causales para la aplicación de estas serán definidas en el Numeral 14 del Anexo Complementario. Cabe señalar que, para efecto de contabilización del plazo de entrega, los bienes no se consideran recepcionados si éstos cuentan con alguna observación. ARTÍCULO № 40: MODALIDAD DE PAGO La entidad licitante gestionará de manera directa el pago de las obligaciones a sus proveedores, velando por el correcto cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley №21.131 que establece el pago a 30 días. Lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda, a través de Ord. №14 de fecha 08 de marzo de 2023. El pago podrá ser realizado a través de uno o más estados de pago, lo cual dependerá de lo descrito en el Numeral 15 del Anexo Complementario. La facturación deberá realizarse con fecha igual o posterior a la fecha inscrita en la recepción conforme, la cual se realizará una vez que se hayan acreditado los siguientes hitos: • Correcta entrega de las Garantías solicitadas. • Correcta entrega de los bienes o servicios adquiridos, lo cual deberá ser respaldado con la documentación señalada en el Numeral 15 del Anexo Complementario. • Estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores contratados en los últimos dos años. • Declaración Jurada del adjudicatario que indique el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales vigentes a la fecha de presentación del estado de pago. • Emisión de la Resolución que aplica multa (cuando corresponda). • Comprobante de depósito o transferencia del monto asociado a la multa (cuando corresponda). Se hace presente que la solicitud de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales constituye el ejercicio del derecho de información contemplado en el Artículo №183 letra C y D del Código del Trabajo. En caso de encontrarse deudas previsionales, estas podrán ser descontadas y enteradas en la institución previsional correspondiente. Cabe señalar que los documentos solicitados en el presente artículo son complementarios a los que puedan ser individualizados en el Numeral 15 del Anexo Complementario (acta de entrega de terreno, carátula de avance físico y presupuestario, etc.). En aquellos bienes o servicios que por su naturaleza puedan ser ejecutados en su totalidad dentro de un mismo período (recepción, instalación, capacitación, etc.), esta adquisición podrá ser facturada en un único pago. Lo anterior se encuentra definido en el Numeral 15 del Anexo Complementario. En la contratación de bienes o servicios que requieran más de un estado de pago la documentación señalada en párrafos precedentes deberá ser presentada para cada uno de los estados de pago. El compromiso de pago a 30 días se iniciará una vez que se ha dado correcto cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en el pliego de condiciones que rige el presente proceso o en el contrato, lo cual será materializado a través de la emisión del CERTIFICADO DE RECEPCIÓN CONFORME y su gestión en el aplicativo de RECEPCION CONFORME EN LA ORDEN DE COMPRA respectiva. Ello implica que el compromiso de pago a 30 días contados a partir de la fecha de emisión de la factura será efectivo toda vez que la orden de compra respectiva cuente con RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma de mercado público. Si el adjudicatario emite una factura sin contar con el visto bueno de la entidad licitante, el Dpto. de Finanzas procederá a la reclamación de la factura respectiva según lo establece el procedimiento contemplado en el Artículo 3° de la Ley № 19.983, debiendo, por tanto, el proveedor emitir una nueva factura una vez realizada la recepción conforme y sin observaciones. Aquellos bienes o servicios cuya entrega se encuentre afecta a la aplicación de una multa, dicha multa podrá ser transferida directamente a la Entidad señalada en el Numeral 16 del Anexo Complementario, o bien, esta multa podrá ser descontada de manera directa sobre la factura emitida por el proveedor. En aquellos casos donde la multa sea transferida a la entidad correspondiente, el proveedor deberá enviar comprobante de transferencia o depósito al correo de contacto individualizado para la coordinación de facturación y pagos (Numeral 16 del Anexo Complementario). Considerando que el pago se ejecutará mediante transferencia electrónica, se requiere que el proveedor al momento de la contratación complete y envíe el Formulario Autorización de Pago por Transferencia Electrónica. En este formulario se señalan los datos de la cuenta a la cual se realizará el pago, y corresponde a una declaración simple por parte del proveedor que debe ser firmada por el oferente o por quien éste faculte legalmente para su representación. Este formulario debe remitirse digitalmente al correo de contacto señalado en el Numeral 16 del Anexo Complementario. La facturación deberá realizarse a nombre de la institución mencionada en el Numeral 1 del Anexo Complementario y deberá facturarse en forma separada de acuerdo a las indicaciones señaladas en el Formulario Económico. Sólo corresponde facturar a la persona o empresa cuyo nombre figura en la Orden de compra resultante de este proceso de compra, en caso contrario no se cursará el respectivo pago. En caso de modificaciones sociales u otros aspectos legales que afectaren entre otras, la propiedad, domicilio, representación legal de la sociedad contratante original, deberá comunicarse de inmediato estos hechos al Servicio de Salud Maule, para evaluar la vigencia del contrato. Constituye un incumplimiento de las obligaciones del contrato el no informar a la entidad licitante, oportunamente, cualquiera de las modificaciones o cambios antes señalados. De acuerdo a lo señalado en el Artículo №4 de la Ley №19.886, y en caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el Mandante o la Entidad Licitante, según corresponda, podrá retener el Estado de Pago hasta que el oferente contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. ARTÍCULO № 41: FACTORING La entidad licitante aceptará que el proveedor entregue su facturación a empresas de factoring o a aquellas que presenten servicios similares, lo anterior siempre y cuando cumplan con los puntos requeridos a continuación, que tienen por objeto resguardar la correcta aplicación y pago a quien corresponda de los montos adeudados por los bienes recibidos y en los tiempos que el Servicio se ha comprometido a pagar. Dicho proceder se detalla a continuación: a) La empresa de factoring deberá comunicarse con el Departamento de Finanzas respectivo (dependiendo del tipo de financiamiento indicado en el Numeral 3 del Anexo Complementario), para verificar la recepción conforme de la(s) factura(s) que se pretende recibir en factoring. Así mismo las consultas en relación con lo anterior podrán ser canalizadas a través de los datos de contacto señalados en el Numeral 16 del Anexo Complementario. b) En caso de haberse notificado válidamente al Departamento de Finanzas respectivo y no existiendo obligaciones pendientes, se originará el pago del o los documentos factorizados a nombre de la empresa que los haya recibido en factoring. Extinguiéndose las obligaciones con el proveedor. En el caso de que existan pagos de multas pendientes, y la factura haya sido factorizada, el cobro de la multa será descontado directamente de las garantías o de los pagos pendientes al proveedor dándose aplicación a lo dispuesto en el Artículo №127 del Reglamento en el cual se faculta a la entidad licitante a no cumplir el contrato de factoring si existen obligaciones o multas pendientes. ARTÍCULO № 42: INCUMPLIMIENTOS DEL ADJUDICATARIO En el caso que el adjudicatario no cumpla con una o más de las obligaciones señalas en el contrato, incluido sus anexos y formularios técnicos, administrativos y económicos, la entidad licitante podrá aplicar una sanción cuyo detalle y montos máximos se encuentran individualizados en el Numeral 14 del Anexo Complementario. Las multas podrán ser descontadas del pago inmediatamente siguiente (en el caso de la ejecución de servicios), o podrán ser descontadas directamente sobre la factura emitida por el adjudicatario en aquellas contrataciones que contemplen un único estado de pago. No obstante lo anterior, el monto de la multa podrá ser transferido de manera directa en la cuenta corriente del Organismo que financia la contratación, lo cual será señalado en el oficio de notificación que detalla el incumplimiento. ARTÍCULO № 43: PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS La Entidad Licitante, previo requerimiento del Referente Técnico, procederá a notificar al Adjudicatario por correo electrónico, detallando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida adoptada (sea esta): el monto de la multa, el cobro de la garantía, o el término del contrato. La notificación se entenderá efectuada el día hábil siguiente a la fecha de envío del correo electrónico que notifica el inicio del procedimiento. A contar de dicha notificación, el Adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para presentar por escrito sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recibidos los descargos y analizados en su mérito o vencido el plazo para presentarlos, en ausencia de éstos, la entidad licitante decidirá mediante la dictación de la resolución correspondiente sobre la aplicación de la multa. En caso de aplicación de la sanción, ésta será por Resolución fundada, la que se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados y la aplicación de la sanción respectiva. Dicha resolución será notificada al proveedor por correo electrónico. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En consecuencia, el cobro de la multa, el cobro de la garantía o el término anticipado del contrato, se ejecutarán una vez notificada la resolución exenta que resuelve el recurso o haya transcurrido el plazo para la interposición de los recursos sin que se hayan deducido. De acuerdo con lo establecido en el artículo Nº137 del Reglamento de la Ley N°19.886, todas las sanciones ejecutoriadas como multas, cobros de garantías o términos de contrato deberán formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el Proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley. Consideraciones respecto a las notificaciones: Conforme lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento, las notificaciones que se disponen en el presente procedimiento se realizarán a la dirección de correo electrónico informada por el proveedor en el Formulario: Carta Presentación del Oferente (F 1-A o F 1-B o F 1-C) Es responsabilidad del proveedor indicar dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar de cualquier cambio a la Dirección de Servicio de Salud Maule. ARTÍCULO № 44: TÉRMINO ANTICIPADO o MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Podrá ponerse término anticipado al Contrato, o modificarse el Contrato en los casos indicados en el Artículo 13 bis de la Ley 19.886 y Artículo №130 del Reglamento de la Ley de Compras y, en los siguientes casos: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4. El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el Artículo 13 de la Ley 19.886 y 129 del Reglamento de Ley de Compras. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el Artículo 13 ter de la Ley 19.886 y Artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. 8. Cuando la entrega de los bienes o servicios, ya sea la entrega material o alguno de los hitos que forman parte de lo adjudicado (instalación, capacitación, etc.), se paralice o demore sin causa justificada, más allá del plazo contractual. Lo anterior aplicará cuando esta demora implique una sanción económica superior al tope establecido en el Numeral 14 del Anexo Complementario. 9. Por haber incurrido en una o más multas cuyo total supere el tope establecido en el Numeral 14 del Anexo Complementario. 10. Cuando, de acuerdo a lo informado por el Referente Técnico y a juicio del Servicio de Salud Maule el proveedor demuestre incapacidad técnica para ejecutar las adecuaciones adicionales o especiales que se hubieren exigido para el bien objeto de la adjudicación, o si el proveedor incumpliere las observaciones o instrucciones impartidas por la entidad licitante para la ejecución del Contrato. 11. Por infracción de cualquier prohibición expresa establecida en el contrato, en las Bases o cualquiera de los documentos que las integran. 12. En el caso que los productos o servicios entregados por el adjudicatario no sean acorde a los estándares de calidad establecidos en las presentes bases de conformidad a lo exigido en las especificaciones técnicas y a la oferta presentada por el adjudicatario. 13. Por la incapacidad del proveedor para seguir adelante con la entrega encomendada, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 14. Si el adjudicado corresponde a la figura de Unión Temporal de Proveedores, y se comprobase que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 15. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. 16. Si se comprobase la ocultación de información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de los integrantes de la UTP. 17. Si se registrase inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que esta Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 18. Si se registrara la disolución de la Unión Temporal de Proveedores. 19. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. En el caso de tratarse de una UTP, deberá ser suscrito por todos sus integrantes. 20. Si la entidad licitante, comprueba errores en la autenticidad de alguno de los documentos presentados por el adjudicatario durante la ejecución del contrato. 21. Registro de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social de sus actuales trabajadores o de trabajadores contratados en los dos últimos años y hasta la mitad del plazo de duración del contrato, con un plazo máximo de seis meses. 22. Por incumplimiento debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, siempre y cuando ello no se deba a un caso fortuito o fuerza mayor 23. Si el proveedor cediera el contrato, según prohibición establecida en las presentes bases. 24. Término de giro, liquidación o disolución de la sociedad. En estos casos, el adjudicatario deberá comunicar estos hechos a la entidad licitante, dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados desde la fecha de su ocurrencia. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información. De acuerdo a lo señalado en párrafos precedentes, en caso de Unión Temporal de Proveedores formado por personas naturales o jurídicas dedicado a cualquier actividad o giro, para todos los efectos de aplicación de esta cláusula, se considerará como proveedor al conjunto y a cada uno de los miembros que la integran. 44.1 PROCEDIMIENTO PARA DAR TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO En caso de declararse el término anticipado del contrato, previo requerimiento del Referente Técnico se procederá a notificar al Proveedor por el correo electrónico que haya fijado en su Formulario: Carta de Presentación del Oferente, detallando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el término del contrato. La notificación se entenderá efectuada el día hábil siguiente a la fecha de envío del correo electrónico que notifica el inicio del procedimiento, otorgándose al Proveedor un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para presentar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recibidos los descargos y analizados en su mérito o vencido el plazo para presentarlos, en ausencia de éstos, la entidad licitante decidirá mediante la dictación de la resolución correspondiente. En caso de aplicar el Término Anticipado de Contrato, ésta será formalizado por Resolución fundada, la que se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados y la aplicación de la sanción respectiva. Dicha resolución deberá ser notificada al proveedor a través de correo electrónico. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En consecuencia, el término anticipado del contrato se ejecutará una vez notificada la resolución exenta que resuelve el recurso o haya transcurrido el plazo para la interposición de los recursos sin que se hayan deducido. De acuerdo con lo establecido en el artículo Nº137 del Reglamento de la Ley N°19.886, todas las sanciones ejecutoriadas como multas, cobros de garantías o términos de contrato deberán formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el Proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley. En caso de verificarse la efectiva ocurrencia de alguna de las causales definidas para proceder a un Término anticipado de contrato, el Referente Técnico emitirá un informe que contenga a lo menos lo siguiente: 1. Identificación del Proveedor. 2. Individualización de los documentos de adjudicación. 3. Fecha del incumplimiento por parte del proveedor. 4. Indicación de la causal de término anticipado, los hechos que la configuran y documentación de respaldo. 5. Informe Técnico. Con esta información, la entidad licitante dictará el acto administrativo que dé inicio al procedimiento de término anticipado del contrato. En primera instancia y tal como se ha descrito en el presente documento, de aplicarse un término anticipado del contrato por alguna causal atribuida al proveedor, procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Consideraciones respecto a las notificaciones: Conforme lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento, las notificaciones que se disponen en el presente procedimiento se realizarán a la dirección de correo electrónico informada por el proveedor en el Formulario: Carta Presentación del Oferente (F 1-A o F 1-B o F 1-C) Es responsabilidad del proveedor indicar dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar de cualquier cambio a la Dirección de Servicio de Salud Maule. ARTÍCULO № 45: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda discrepancia, diferencia o conflicto en relación a la aplicación y comprensión del contrato, bases administrativas y/o antecedentes de la licitación durante su ejecución, será resuelta por la Dirección del Servicio de Salud Maule, o quien subrogue. Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República en la materia. ARTÍCULO № 46: DOMICILIO CONTRACTUAL Aun cuando no se exprese en el Contrato, el adjudicatario constituye domicilio en la ciudad de Talca, para todos los efectos legales. ARTÍCULO № 47: PRELACIÓN DE ANTECEDENTES 1. Ley №19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones introducidas por la Ley №21.634 2. Reglamento de la Ley №19.886 contenido en el D.S. №661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones. 3. El set de respuestas a las consultas y aclaraciones realizadas a los antecedentes administrativos y técnicos. 4. Las bases de administrativas, especificaciones técnicas y formularios, o sus modificaciones. 5. Oferta Adjudicada. 6. Resolución de Adjudicación. 7. El contrato. 8. Resolución que aprueba el contrato. 9. Orden de compra.   FORMULARIO № 1-A CARTA DE PRESENTACIÓN DEL OFERENTE PERSONA NATURAL Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 DATOS DE LA PERSONA NATURAL Nombre completo : Cédula de identidad : Domicilio (Calle, N°, Ciudad) : Comuna, Región : Teléfono (Fijo/Móvil) : Correo Electrónico : DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR Nombre completo : Cédula de identidad : Teléfono (Fijo/Móvil) : Correo Electrónico : DATOS DEL EJECUTIVO RECEPTOR DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Nombre completo : Cédula de identidad : Teléfono (Fijo/Móvil) : Correo electrónico oficial para notificaciones : Declaración Jurada y Toma de Conocimiento: El oferente declara que la dirección de correo electrónico indicada en este numeral constituye su domicilio digital oficial. De conformidad a los arts. 9, 137 y 140 del D.S. N° 661 de 2024 (Hacienda), asume la exclusiva responsabilidad de garantizar que este correo coincida y se mantenga actualizado en su Ficha del Registro de Proveedores. Las notificaciones se entenderán legalmente practicadas transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA (Completar solo si las Bases la exigen expresamente) Tipo de documento : Nº de documento : Entidad emisora : Fecha de vencimiento : Firma , FORMULARIO № 1-B CARTA DE PRESENTACIÓN DEL OFERENTE PERSONA JURÍDICA Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 DATOS DE LA PERSONA JURÍDICA Razón Social : Giro : R.U.T : Domicilio (Calle/#/Comuna/Ciudad/Región) : Teléfono fijo : Teléfono móvil : Correo electrónico : DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL Nombre Completo : Cédula Nacional de Identidad : Domicilio (Calle/#/Comuna/Ciudad/Región) : Teléfono fijo : Teléfono móvil : Correo electrónico : (NOTA: Si son dos o más los representantes legales se deberá indicar los datos de cada uno de ellos conforme a lo señalado en el cuadro precedente) DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR Nombre Completo : Cédula Nacional de Identidad : Teléfono fijo : Teléfono móvil : Correo electrónico : DATOS DEL EJECUTIVO RECEPTOR DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Nombre completo : Cédula de identidad : Teléfono (Fijo/Móvil) : Correo electrónico oficial para notificaciones : Declaración Jurada y Toma de Conocimiento: El oferente declara que la dirección de correo electrónico indicada en este numeral constituye su domicilio digital oficial. De conformidad a los arts. 9, 137 y 140 del D.S. N° 661 de 2024 (Hacienda), asume la exclusiva responsabilidad de garantizar que este correo coincida y se mantenga actualizado en su Ficha del Registro de Proveedores. Las notificaciones se entenderán legalmente practicadas transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA (Completar solo si las Bases la exigen expresamente) Tipo de documento : Nº de documento : Entidad emisora : Fecha de vencimiento : Firma ,   FORMULARIO № 1-C CARTA DE PRESENTACIÓN DEL CONSULTOR UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 Nombre o Razón social de la Unión Temporal de Proveedores : DATOS DEL REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN Nombre Representante o Apoderado Común : R.U.T : Domicilio (Calle/#/Comuna/Ciudad/Región) : Teléfono fijo : Teléfono móvil : Correo electrónico : Notaría y fecha del documento privado o público de formalización de la unión : Identificación de miembros de la Unión Temporal de Proveedores Nombre o Razón Social Representante Legal RUT Domicilio Correo electrónico (NOTA: Si son dos o más los representantes legales se deberá indicar los datos de cada uno de ellos conforme a lo señalado en el cuadro precedente) DATOS DEL EJECUTIVO COORDINADOR Nombre Completo : Cédula Nacional de Identidad : Teléfono fijo : Teléfono móvil : Correo electrónico : DATOS DEL EJECUTIVO RECEPTOR DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Nombre completo : Cédula de identidad : Teléfono (Fijo/Móvil) : Correo electrónico oficial para notificaciones : Declaración Jurada y Toma de Conocimiento: La UTP, a través de su Apoderado Común, declara que este correo constituye su domicilio digital oficial. Según los arts. 9, 137 y 140 del D.S. N° 661 de 2024, la UTP asume la responsabilidad de mantener este correo actualizado en Mercado Público. Toda notificación dirigida a este correo y publicada en el Sistema surtirá plenos efectos legales para todos los integrantes de la UTP transcurridas 24 horas desde su publicación. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA (Completar solo si las Bases la exigen expresamente) Tipo de documento : Nº de documento : Entidad emisora : Fecha de vencimiento : Firma ,   FORMULARIO № 2 DECLARACIÓN SIMPLE DE ACEPTACIÓN DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN Y DE HABILITACIÓN PARA CONTRATAR CON EL ESTADO Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 YO:______________________, cedula nacional de identidad №_______________con domicilio en ___________________, declaro lo siguiente: El Oferente que suscribe, con el solo hecho de presentar su oferta a este proceso de compra declara y acepta explícitamente lo siguiente: 1. Haber estudiado todos los antecedentes y especificaciones técnicas requeridas para la entrega del bien y/o servicio. 2. Estar en conocimiento de que la entrega, instalación y capacitación de los bienes y/o servicios cotizados, serán de cargo y responsabilidad nuestra. Lo anterior aplica para todos aquellos hitos que sean necesarios para el uso operativo del bien y/o servicio cotizado. 3. Estar en total conocimiento y acuerdo con las aclaraciones y/o modificaciones presentadas por la entidad contratante y que hayan sido presentadas previo a la fecha cierre de recepción de ofertas. 4. Estar conforme con las disposiciones generales y específicas requeridas para este proceso de contratación. 5. Declaro no estar afectado por alguna de las causales de inhabilidad señaladas en la Ley de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, esto es la Ley 19.886 y las modificaciones que le sean aplicables a la fecha de suscripción de la presente declaración jurada (aplica Ley 21.634), y que se encuentran detalladas a continuación: - No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. - Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. - No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo № 33 y №34 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. - No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 56 de la ley N°18.575. - No me encuentro inhabilitado por una o más de las causales establecidas en el artículo 35 quáter de la ley №19.886. - No haber sido condenado en los últimos 2 años, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidas en el código penal. NOTA: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.” Para las ofertas o cotizaciones presentadas a través de una Unión Temporal de Proveedores, este formulario deberá ser completado por cada integrante de la UTP, siendo firmado por el oferente o representante legal correspondiente a dicho integrante, según sea el caso. NOMBRE OFERENTE PERSONA NATURAL : R.U.T. : DIRECCION COMPLETA : TELÉFONO : NOMBRE OFERENTE PERSONA JURÍDICA : R.U.T. : NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL : R.U.T. REPRESENTANTE LEGAL : DIRECCION COMPLETA : TELÉFONO : NOMBRE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES : R.U.T. REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN : NOMBRE REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN : DIRECCION COMPLETA : TELÉFONO : FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO № 3 ANTECEDENTES TÉCNICOS Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 A continuación, se detallan las especificaciones técnicas de lo requerido: Descripción Detalle 1 Experiencia del proveedor Si aplica la experiencia en el rubro de Servicios de vigilancia y seguridad. Para comprobar esta información deberán adjuntar Certificados emitidos por Mandantes, donde se señale expresamente si los servicios prestados han sido ejecutados de manera ÓPTIMA. Estos certificados deberán indicar además la cantidad de meses ejecutados dado que la evaluación de este criterio considerará la cantidad de MESES que el oferente ha prestado este servicio a conformidad. Los certificados válidamente aceptados por la Unidad técnica son lo señalado en Formulario Resumen Oferta. 2 Certificados (detallar según requerimiento) Si aplica. Certificado OS10 de los prestadores del servicio. 3 Condiciones específicas del Servicio Funciones Operativas de los Servicios de Seguridad y Vigilancia: Los servicios de Seguridad y Vigilancia tienen como objetivo primordial el resguardo y la protección integral de las dependencias, activos e instalaciones del Servicio de Salud del Maule, abarcando el interior de los recintos y todo el perímetro de terreno donde estén ubicadas, así como la seguridad del personal y del público presente en dichas dependencias. El sistema de vigilancia debe adaptarse a las necesidades específicas establecidas en las Bases de Licitación. Para el turno nocturno, se requerirá al menos seis (6) rondas por el perímetro de las dependencias, las cuales deberán quedar registradas mediante un control electrónico. Este sistema debe ser proporcionado e instalado por la empresa oferente, previa aprobación del Inspector designado por el SSMaule. Se establece la prohibición de acceso a las dependencias del Servicio de Salud Maule para cualquier persona ajena a la institución, sin autorización previa. Toda persona distinta a los funcionarios de la institución que deseen ingresar a las dependencias debe ser registrada detalladamente, individualizándola por su nombre, cedula de identidad, fecha y hora de ingreso y salida, motivo del ingreso y persona con la que se reúne. Oferente adjudicado será responsable de controlar y permitir el acceso a los recintos solo del personal autorizado, pudiendo exigir que las personas que deseen ingresar exhiban su credencial si fuere necesario. Todo funcionario del Servicio de Salud Maule debe identificarse a solicitud del guardia respectivo. Si no portare su credencial podrá acreditar su pertenencia a la institución mediante otros medios. (Jefatura, compañeros). Se prohíbe el ingreso de vendedores, delibery y repartidores de todo tipo de pedidos particulares. Asimismo, los guardias deben registrar cualquier incidente o situación relevante que ocurra en las dependencias que resguardan en un libro de novedades foliado proporcionado por el proponente adjudicado. Una vez completado, este libro será entregado al Servicio de Salud y quedará bajo su propiedad. Estas anotaciones deben incluir, entre otros aspectos: • Registro de personas ajenas al Servicio de Salud Maule, incluyendo nombre completo, RUT y motivo de la visita. • Registro de personas que ingresen a las dependencias fuera del horario laboral, con autorización previa del Servicio de Salud Maule, indicando nombre completo, RUT y motivo de la visita. • Registro de eventos adversos como robos, incendios, disturbios u otros incidentes significativos. • Registro de las rondas realizadas durante el turno nocturno. • Registro de ingreso y salida de vehículos autorizados por el Servicio de Salud Maule, incluyendo nombre completo y RUT del conductor y sus acompañantes. • Registro de ingreso y salida de activos de las dependencias. Entendiéndose por activos: sillas, extintores, escritorios, equipos computacionales, entre otros, sin la autorización expresa y previa del jefe o encargado del inventario respectivo, indicando nombre completo y RUT del personal responsable. Los guardias de seguridad deben monitorear las cámaras de vigilancia según las instrucciones de la Unidad Técnica designada por el Servicio de Salud Maule. Además, el adjudicado debe proporcionar uniformes corporativos adecuados para su personal, de acuerdo con las estaciones del año y la legislación vigente. 1. PROHIBICIONES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD: • Apropiarse de información, ya sea en forma digital o física de propiedad de la institución • Alterar o destruir libros, Documentos o causar daños. • Presentarse a trabajar en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol o drogas. • Introducir a su lugar de trabajo, bebidas alcohólicas y/o drogas. • No registrar la hora de entrada o salida o adulterar dichos registros. • Ausentarse de su lugar de trabajo sin permiso del supervisor. • Ingresar visitas personales • Realizar mal uso de equipos entregados por el Servicio de Salud Maule. • Sacar de las instalaciones elementos entregados por el Servicio de Salud Maule. • Presentarse a su trabajo sin su uniforme, desaseado o con su uniforme en malas condiciones. • Mal trato o trato irrespetuoso con el público o visitas en general, como asimismo con funcionarios. • Abrir cajoneras y puertas del mobiliario. • Divulgar información relacionada con la institución, así como información personal de los funcionarios. (no puede entregar a terceros datos personales de los funcionarios, como número de teléfono particular, domicilio particular). • Se prohíbe el uso de teléfonos y computadores de la institución, así como de radios y otros equipos eléctricos existentes para fines particulares, salvo aquellos que se les asigne para el cumplimiento de sus funciones. • Se Prohíbe estrictamente el uso de elementos de entretención personal, como teléfonos, Tablet, entre otras, situación considerada grave por la entidad licitante. • Se prohíbe estrictamente que el personal (guardia) duerma o no esté atento a su trabajo en horario laboral y agreda física o emocionalmente a cualquier funcionario del servicio esto será considerado como falta gravísima, siendo causal de término anticipado del contrato. 2. REQUISITOS DEL PERSONAL DE SEGURIDAD El oferente adjudicado deberá contar con la siguiente dotación de personal, el que deberá presentar la documentación necesaria al momento de la adjudicación: Guardias de Seguridad: El oferente adjudicado deberá velar porque sus trabajadores cumplan con los requisitos legales, técnicos, físicos, entre otros, de forma de cumplir con los servicios que se le encomienden, entre otros: • Salud compatible con las funciones a desempeñar. • Antecedentes laborales (deberá presentar certificado de antecedentes) con una antigüedad no superior a 30 días de vigencia. • Contar con el certificado OS-10 vigente de Carabineros de Chile. Nota: la documentación antes mencionada deberá ser entrega una vez adjudicada la licitación y en cada oportunidad que ingresa personal nuevo a cualquier dependencia. Nota 2: No se permitirá el desempeño de ningún guardia que no cuente con su credencial de curso OS-10 vigente. La presentación de personal con curso vencido, aunque se encuentre 'en trámite', será considerada falta grave a la seguridad del recinto y dará lugar a una multa de 5 UF por cada turno detectado, debiendo la empresa reemplazar al funcionario de forma inmediata (plazo máximo de 2 horas). Supervisor de la Instalación: El oferente adjudicado tendrá un trabajador que ejercerá funciones de supervisión en el desempeño de las labores de los guardias de seguridad. Este Supervisor deberá realizar rondas diarias por las dependencias en donde se presta el servicio y velará por el correcto cumplimiento del trabajo encomendado, le corresponderá verificar el correcto porte de vestimenta y credencial de cada guardia de seguridad y verificar anotaciones en el libro de Novedades. La empresa contratada deberá dotar a este funcionario de teléfono celular, que permita una comunicación oportuna entre los guardias de seguridad y la Unidad Técnica designada por el Servicio de Salud Maule. El supervisor deberá hacer reportes escritos por cada evento que ocurra, en caso de que no haya novedades, el reporte será mensual y será remitido a la Unidad Técnica que designe el Servicio de Salud del Maule. El Supervisor deberá tener un perfil adecuado para el cargo, con experiencia en servicios similares y cumplir con: a. Salud compatible con las funciones a desempeñar. c. Antecedentes laborales intachables (deberá presentar certificado de antecedentes). Se establece que la comunicación entre la Unidad Técnica y el Proponente Adjudicado será a través del Supervisor, esto para toda materia técnica y de aplicación del convenio. (Reclamos, sugerencias, coordinaciones, entre otras). En casos en que la Unidad técnica considere necesario reunirse con representante legal de proponente adjudicado, esto será requerido vía correo electrónico, según datos de contacto que deberá proporcionar el proponente adjudicado. Prevencionista de Riesgos El proponente adjudicado deberá disponer de un asesor en Prevención de Riesgos de una carrera del área de prevención, categoría técnico o profesional, inscrito ante la SEREMI de Salud, con mínimo 3 años de experiencia profesional. Dicho profesional deberá velar por el correcto desempeño de los guardias de seguridad en materias de prevención de riesgos laborales y deberá constantemente realizar actividades que refuercen el cumplimiento de Planes y Procedimientos respectivos. Conocimientos Deseables: - Planes de emergencia. - Riesgos por exposición a frío. - Higiene y Seguridad en Ambientes de trabajo - Normativa en el ámbito de salud ocupacional y seguridad laboral - Sistemas de Gestión de Calidad. - Elaboración y análisis de informes de tasas de accidentabilidad y siniestralidad. - Investigación de accidentes del trabajo. - Elaboración de procedimientos de trabajo seguro. - Elaboración de matrices de riesgo. - Elaboración de Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad 3. REQUISITOS GENERALES • El oferente adjudicado deberá tener disponible toda la documentación obligatoria de acuerdo con la Ley de Subcontratación del Código del Trabajo vigente, si fuera procedente. • La desvinculación del personal contratado, deberá ser informado en el momento en que ocurra vía correo electrónico a la Unidad técnica definida por el Servicio de Salud Maule. Deberá acreditar al momento de informar la desvinculación de uno de sus trabajadores, que sus remuneraciones y demás obligaciones laborales y previsionales se encuentren al día, y que no existen deudas pendientes. • En el caso que el personal deba ser reemplazado, deberá tener las mismas competencias y exigencias establecidas para ese cargo. • En el evento que el Servicio de Salud Maule estime razonable que personal de la empresa no cumple en forma manifiesta sus funciones, (incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones del punto 1. PROHIBICIONES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD) podrá requerir por escrito al proveedor adjudicado que proceda a sustituirlo en un plazo breve, no pudiendo ser superior a 5 días hábiles. El proveedor no podrá oponerse a tal requerimiento. El Servicio de Salud Maule deberá informar las razones que se tuvieron en consideración para requerir la sustitución del personal, éstas deberán tener relación directa con el desempeño de este en cumplimiento de sus labores o bien mientras permanezcan en el recinto del Servicio de Salud Maule. • Debe ser oportunamente comunicado y respaldado con la debida documentación, todo movimiento de personal del adjudicatario, entendiendo por esto los ingresos, egresos, traslados desde y hacia otras instalaciones del oferente ajenas al Servicio de Salud Maule 4. IMPLEMENTACIÓN DEL PERSONAL E INSTALACIONES El oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a. Dotación de vestimenta para cada guardia de seguridad, con la imagen corporativa de la empresa, debiendo ser acorde a la estación del año y ley vigente. b. Dotación de linterna portátil para cada puesto de trabajo (para recintos con vigilancia nocturna) c. Implementar control eléctrico de rondas según lo que se indica: • Dependencias Línea 1, un punto de marcación. • Dependencias Línea 2, tres puntos de marcación. • Dependencias Línea 3, un punto de marcación. • Dependencias Línea 5, dos puntos de marcación. • Dependencias Línea 6, tres puntos de marcación. • Dependencias Línea 7, un punto de marcación Dependencias Línea 8, un punto de marcación d. Dotación de teléfono celular para Supervisor y guardias. e. Dotación de libro de novedades foliado por cada puesto de trabajo. f. Dotación de libro de Registro vehicular foliado por cada puesto de trabajo. g. Credenciales de identificación con foto y nombre (visible en todo momento). 5. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICADA • El oferente adjudicado verificará que su personal de seguridad rote en los puestos de vigilancia según protocolos de patrullaje preventivo, estas serán al menos 6 rondas en periodo nocturno. • El oferente adjudicado será responsable, a través de cada vigilante de las anomalías que se produzcan en su turno respecto de las obligaciones y deberes comprendidos en la esfera de su competencia y actuación. • El oferente adjudicado será responsable directo de los hechos y atentados delictuales que ocurran en el recinto o áreas bajo el resguardo del personal de vigilancia. • El oferente adjudicado deberá informar a la Unidad Técnica que designe el Servicio de Salud Maule, cada vez que estime necesario desvincular alguno de los funcionarios de seguridad que participan del Servicio de vigilancia y seguridad. Así mismo el mandante podrá pedir cambio de funcionarios cada vez que la situación lo amerite. Las peticiones de cambio de funcionarios serán con a lo menos 5 días hábiles de anticipación en ambos casos. • Todos los guardias deberán presentarse uniformados, uniformes que deberán ser proporcionados el 100% por el proponente adjudicado y deberán portar permanentemente su credencial la cual debe poseer fotografía, Nombre, Rut y oficio. Esta siempre debe estar visible y en excelentes condiciones. El uniforme debe ser representativo a la empresa adjudicada. • El proponente Adjudicado deberá cumplir con todas las disposiciones legales vigentes en materias de protección a los trabajadores, en cuanto a previsión social y seguridad laboral, contenidas en el código del trabajo y ley 16.744 • El proponente adjudicado velará porque el personal a su cargo deba tener claro el concepto de los procedimientos legales y funcionales en el desempeño de sus tareas, con especial cuidado en las siguientes situaciones: • En caso de detención de sospechosos o de personas ajenas al SERVICIO (dependencias), con motivo de entrada no autorizada a dependencias del servicio, asalto, robo, disturbios, sabotaje, agresiones a funcionarios o pacientes , daños a la propiedad, desordenes al interior de los establecimientos y otros. • La prevención y actuación del vigilante no debe ir en contra de las normas y leyes establecidas (legítima defensa; estado de necesidad; fuerza irresistible; miedo insuperable, entre otras). • En el cumplimiento de sus deberes no podrán desestimar la protección prioritaria de la vida e integridad física de las personas, así como de los bienes materiales colocados bajo su custodia. • El personal de seguridad o guardias no podrá portar armas de fuego en ningún caso. • Todos los guardias deberán tener realizados y aprobados cursos de capacitación impartidos por Carabineros de Chile y su registro al día, lo que deberá acreditar y adjuntar el proponente adjudicado. • Los guardias deberán mantener siempre una relación respetuosa y de colaboración con las autoridades, funcionarios públicos, proveedores, contratistas del servicio y colaboradores en general. 4 Requisitos mínimos obligatorios El personal destinado a las funciones de guardia de seguridad deberá contar, de manera obligatoria y permanente, con la formación e instrucción establecida en el Decreto N°867 de 2017 (o norma que lo reemplace), debiendo acreditar la aprobación del curso de formación o perfeccionamiento para guardias de seguridad (conocido como OS-10 de Carabineros de Chile). Asimismo, cada guardia deberá portar en todo momento su Tarjeta de Identificación vigente, emitida por la Prefectura de Seguridad Privada respectiva. Será responsabilidad exclusiva de la adjudicataria mantener estos certificados actualizados. El adjudicatario deberá entregar al Administrador del Contrato, con al menos 5 días hábiles de antelación al inicio de cada mes, la programación mensual de turnos (cuadrante) identificando al personal con nombre y RUT. El incumplimiento en la entrega de esta planificación o la presentación de turnos con brechas de cobertura será sancionado conforme al capítulo de multas, sin perjuicio de la facultad del Servicio de no cursar el estado de pago hasta que la situación sea regularizada. Nota: El adjudicatario será civilmente responsable por los daños o pérdidas que su personal cause a la infraestructura, equipamiento o bienes del Servicio de Salud Maule durante la ejecución del contrato. En caso de siniestro, y previa investigación sumaria administrativa que determine la responsabilidad del guardia, el Servicio queda facultado para descontar el valor de la reposición o reparación directamente del estado de pago más próximo o, en su defecto, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. NOTA: El no cumplimiento, de conformidad a la información entregada en el presente Formulario, facultará a la Entidad Licitante para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo Nº13 de las Bases Administrativas. FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO № 3.1 CERTIFICADOS DE SERVICIOS PRESTADOS Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 Yo ____________________________________ Rut_____________ en representación de ____________________________________ Rut_____________ certifico que el proveedor ___________________________ ha prestado servicios de guardia en nuestras dependencias durante el período comprendido entre las fechas _____________________________________________________________________. Quien suscribe declara que en términos de calidad los servicios prestados han sido ejecutados de acuerdo con lo siguiente: Calidad de los Servicios Marcar con una X ÓPTIMA SUFICIENTE REGULAR DEFICIENTE Dotación promedio mensual del servicio: _______ Guardias. Tipo de servicio: [ ] 24/7 [ ] Solo Diurno [ ] Otro NOTA: Para ser válidamente el presente certificado debe ser firmado por la persona y/o Empresa que certifica la prestación de los servicios. Solo se considerará como experiencia válida aquella que sea de similar naturaleza a lo licitado (Seguridad y Vigilancia). Servicios de conserjería, portería sin curso OS-10 o control de acceso sin guardias acreditados no serán contabilizados. El presente certificado debe ser suscrito por el Representante Legal de la entidad mandante o por el Jefe de la Unidad responsable de la contraparte técnica (ej: Jefe de Servicios Generales, Logística, o Director Administrativo). No se aceptarán certificados firmados por personal sin facultades de supervisión directa del contrato. FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO № 3.2 DETALLE CRONOLOGICO DE CERTIFICADOS DE EXPERIENCIA Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 Nombre Oferente: __________________________________________ Entidad Servicio Prestado Orden de compra / Contrato Fecha de inicio Fecha de termino Monto ($) Contacto (Teléfono y E-mail) NOTA: Cada línea de este resumen debe contar con su respaldo respectivo a través del Formulario N° 3.1 (Certificado de Experiencia) debidamente firmado por el mandante. En caso de existir discrepancias entre los meses declarados en este resumen y lo indicado en los certificados (Formulario N° 3.1), la Comisión Evaluadora hará prevalecer la información contenida en los certificados. Solo se contabilizarán para puntaje aquellos periodos cuya calificación de servicio sea 'ÓPTIMA', conforme a lo establecido en las bases. La omisión de la calificación en este resumen o en el certificado respectivo será motivo para no contabilizar dicho periodo. El oferente deberá individualizar taxativamente el respaldo de cada experiencia declarada en el presente formulario. Para servicios prestados a Instituciones Públicas, se deberá consignar el ID de la Orden de Compra respectiva y adjuntar copia de dicha Orden de Compra. En caso de servicios prestados a Entidades Privadas, se deberá indicar el Número de Contrato o denominación del acto jurídico y adjuntar copia íntegra del contrato correspondiente. Es responsabilidad exclusiva del oferente adjuntar la documentación de respaldo declarada junto con los respectivos Formularios № 3, 3.1, 3.2 y 3.3. La falta de correspondencia entre lo informado en este resumen y los archivos adjuntos, o la ausencia de la copia de la Orden de Compra o Contrato, facultará a la Comisión Evaluadora para desestimar el periodo de experiencia afectado, no contabilizándolo para la asignación de puntaje. NOTA 2: Para validar la experiencia en el sector público, el ID de la Orden de Compra declarado en el Formulario № 3.2 debe encontrarse en estado 'Aceptada' o 'Recepción Conforme' en el Sistema de Información de Compras Públicas. Para el caso de servicios prestados en el sector privado, el Servicio podrá solicitar al oferente, como medida para mejor resolver, la copia de facturas emitidas y canceladas por el mandante que permitan acreditar la continuidad y vigencia del servicio durante el periodo declarado. La no entrega de estos respaldos adicionales o la detección de inconsistencias en los mismos será motivo suficiente para no contabilizar la experiencia afectada. El Servicio de Salud Maule declarará inadmisible cualquier oferta en la que se detecte la presentación de documentación falsa, adulterada o que no corresponda a la realidad, sin perjuicio de las acciones legales, penales y denuncias ante el Ministerio Público que correspondan. Para efectos del cálculo de la experiencia, en caso de existir periodos de tiempo traslapados (servicios ejecutados de forma simultánea), estos se contabilizarán como un solo periodo cronológico. No se aceptará la suma aritmética de meses en periodos coincidentes. FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO № 3.3 DECLARACIÓN JURADA DE VERACIDAD DE EXPERIENCIA Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 A LA COMISIÓN EVALUADORA DEL SERVICIO DE SALUD MAULE: Yo, [Nombre del Representante Legal], Cédula de Identidad № [RUT], en representación de la empresa [Razón Social de la Empresa], RUT № [RUT Empresa], en mi calidad de oferente de la licitación ID 1978-21-LR26, declaro bajo juramento lo siguiente: 1. Que, toda la información contenida en el Formulario № 3.2 (Resumen Cronológico) y los respectivos Formularios № 3.1 (Certificados), así como las copias de Órdenes de Compra, Contratos y Facturas adjuntas, son copias fieles de sus originales y corresponden a servicios efectivamente prestados por mi representada. 2. Que, autorizo expresamente al Servicio de Salud Maule a validar la veracidad de estos documentos con los mandantes respectivos, ya sean públicos o privados, y a solicitar documentación tributaria adicional si lo estima necesario. 3. Que, declaro estar en conocimiento de que la presentación de documentación falsa, adulterada o que no refleje la realidad de los servicios prestados, tendrá las siguientes consecuencias: • Inadmisibilidad Inmediata: La oferta será rechazada y declarada inadmisible en cualquier etapa del proceso de licitación. • Término Anticipado: Si la falsedad se detecta posterior a la adjudicación o durante la vigencia del contrato, será causal de término anticipado por falta a la probidad, con cobro de la garantía de fiel cumplimiento. • Acciones Legales: El Servicio de Salud Maule quedará facultado para remitir los antecedentes al Ministerio Público para el inicio de las acciones penales por el delito de falsificación de instrumento público o privado y estafa, según corresponda. Nota: El Servicio de Salud Maule se reserva el derecho de descartar certificados de experiencia cuya calificación Óptima no sea consistente con la información pública disponible en el Registro de Proveedores (ej: presencia de múltiples multas o términos anticipados en el historial de Mercado Público) FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO № 4 RESUMEN DE OFERTA I) PROPUESTA ECONOMICA: Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 El suscrito declara para la presente licitación, los siguientes cobros: Línea Ubicación Horario PRECIO NETO PRECIO BRUTO 1 Dependencias 1 norte Nº 1990 (SAMU Talca) 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 2 Dependencias 1 sur Nº 546 (Ex-RR.HH.) 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 3 Dependencias 1 oriente Nº 936 (Ex Dirección) 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 4 Edif. Centro 2000, 1 norte Nº 963 (Ex Dirección) Lunes a viernes de 7:30 a 17:30 hrs 5 Dependencias 2 sur Nº 535 (CR SAMU) De lunes a domingo de 20:00 a 08:00 hrs. 6 Dependencias de Ex SEREMI 2 oriente 1388 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 7 Dependencias de Jardín Infantil Pinocho, 2 sur #516, Talca Servicio de 20:00 a 08:00 Horas los 7 días de la semana en forma mensual 8 Dependencias CSMC Talca; Linares; Maule y Constitución Lunes a viernes de 8:30 a 17:30 hrs. 9 Dependencia CSMC Curicó 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 10 Anexo Bodega 4 Oriente 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 11 Hora extra En cualquier dependencia del servicio (*) Para evaluar el Criterio Económico, se considerará el monto total Neto de la oferta para los recintos requeridos. NOTA: Estos servicios de vigilancia podrán ser aumentados y reforzados cuando las circunstancias o necesidades lo ameriten y a expresa petición por escrito de la Unidad Técnica. Estas prestaciones adicionales serán pagadas en proporción al valor de los servicios que por contrato se establecen en la adjudicación, es decir, por el valor hora extra adjudicado. El servicio tendrá la facultad de aumentar o disminuir el contrato hasta en un 30% del monto total contratado, de acuerdo con la demanda futura y a las posibles variaciones presupuestarias del Servicio de Salud Maule. II) CONDICIONES REMUNERACIONALES: Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 El suscrito declara para la presente licitación y respecto del monto a pagar a sus trabajadores durante el período que dure la contratación, lo siguiente: Recinto solicitado Horario requerido Monto Bruto por hora (HH) Sueldo Bruto mensual considerando pagos cotizaciones obligatorias (AFP, Salud) Cantidad de guardias (os) Valor Total a Pagar por recinto 1 Dependencias 1 norte Nº 1990 (SAMU Talca) 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año - - - - 2 Dependencias 1 sur Nº 546 (Ex-RR.HH.) - - - - 3 Dependencias 1 oriente Nº 936 (Ex Dirección) - - - - 4 Edif. Centro 2000, 1 norte Nº 963 (Ex Dirección) Lunes a viernes de 7:30 a 17:30 hrs - - - - 5 Dependencias 2 sur Nº 535 (CR SAMU) De lunes a domingo de 20:00 a 08:00 hrs. - - - - 6 Dependencias de Ex SEREMI 2 oriente 1388 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año - - - - 7 Dependencias de Jardín Infantil Pinocho, 2 sur #516, Talca Servicio de 20:00 a 08:00 Horas los 7 días de la semana en forma mensual 8 Dependencias CSMC Talca; Linares; Maule; y Constitución De lunes a viernes de 8:30 a 17:30 hrs. 9 Dependencia CSMC Curicó 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 10 Anexo Bodega 4 Oriente 24 horas x 7 días de la semana, los 365 días del año 11 Supervisor** 24 horas x 7 días de la semana NOTA: El valor mínimo de HH a pagar no deberá ser inferior al valor hora resultante del sueldo mínimo establecido por ley. Aquellas ofertas que indiquen un monto menor quedarán automáticamente excluidas del proceso de evaluación. Lo indicado en el presente formulario será validado a través de los documentos solicitados en cada estado de pago y su incumplimiento será sancionado con descuento directo en el pago de las facturas y de considerarlo pertinente dará origen al término anticipado del contrato. Dentro de las labores del supervisor (a) se incluye completar el libro de novedades que el adjudicatario deberá mantener en cada recinto. En dicho libro también se registrarán las observaciones detectadas en cada supervisión desarrollada por la Entidad Licitante. Respecto de los días feriados, el servicio de guardia deberá realizarse de forma normal, cualquier modificación respecto a ello será coordinada entre el Servicio de Salud Maule a través de su Unidad Técnica y el Representante o Supervisor del adjudicatario. Lo cual deberá quedar por escrito a lo menos a través de un correo electrónico. Pagos Adicionales Considera SI/NO Monto por operario (a) Bono de locomoción Bono de Asistencia y puntualidad Aguinaldo septiembre y diciembre otros Para efectos de evaluación, LAS GRATIFICACIONES NO SE CONSIDERAN COMO PAGOS ADICIONALES OPCIONALES, dado que estas son reguladas de acuerdo con las utilidades generadas por la empresa en cada ejercicio contable. Nombre Oferente : Rut Oferente : Representante Legal : Rut Repr. Legal : Email Contacto : Teléfono Contacto : NOTA: En caso de existir discrepancias aritméticas entre el monto global de la oferta y el desglose detallado por recintos (Neto/Bruto), el Servicio de Salud Maule hará prevalecer los valores unitarios netos indicados por recinto para efectos de evaluación y posterior contrato. El oferente acepta que la Comisión Evaluadora realice las correcciones matemáticas de oficio basándose en dichos valores unitarios. III) SERVICIOS ADICIONALES: Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 Servicios Adicionales (En cualquier dependencia y en cualquier horario) Monto Total Neto Monto Total Bruto Valor Hora Hombre diurna o nocturna día hábil - - Valor Hora Hombre diurna o nocturna día inhábil - - Total promedio - - El presente proceso considera un tope máximo de 1000 HH durante la vigencia del contrato (considerando HH hábil o inhábil). NOTA: El oferente deberá calcular el 'Promedio Neto Hora Adicional' sumando el valor de la Hora Hombre Día Hábil y el valor de la Hora Hombre Día Inhábil, dividiendo el resultado por dos (2). Este promedio será el valor único que la Comisión Evaluadora considerará para la asignación de puntaje del subcriterio 'Valor HH Servicios Adicionales' (20%). En caso de existir errores en el cálculo del promedio por parte del oferente, la Comisión procederá a su corrección de oficio aplicando la fórmula ((Valor HH Hábil + Valor HH Inhábil) / 2) sobre la base de los valores unitarios netos declarados. IV) RESUMEN OFERTA: Nombre Licitación Pública : SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID MercadoPublico.cl : 1978-21-LR26 Línea de licitación Cant. Presupuesto informado Plazo de entrega ofertado Valor Total Neto Valor Total ofertado (IVA incluido) SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD 18 meses $506.062.026 No aplica Nota: si el presupuesto informado corresponde a presupuesto “disponible” de acuerdo con lo señalado en el Numeral 3 del Anexo Complementario, las ofertas deberán ajustarse al monto informado disponible “por línea”. En caso de presentarse ofertas que superen dicho monto, la entidad licitante revisará la disponibilidad de recursos considerando las ofertas recibidas para las otras líneas contempladas en el decreto o asignación presupuestaria, y en dicho tenor podrá aceptar dichas ofertas. Lo anterior sólo aplicará si los recursos disponibles lo permiten, de lo contrario las ofertas que superen el presupuesto informado por línea podrán ser declaradas inadmisibles. Requerimientos para el / los proveedores adjudicados Línea de licitación Requiere Garantía de Seriedad de la Oferta Requiere Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Requiere Capacitación Requiere Instalación SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD SI SI NO NO FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , FORMULARIO N° 5 AUTORIZACIÓN TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA 1.- DATOS DEL OFERENTE NOMBRE OFERENTE : DIRECCION COMPLETA : RAZÓN SOCIAL : RUT : TELÉFONO : E-MAIL : 2.- DATOS REPRESENTANTE LEGAL/APODERADO NOMBRE : CÉDULA DE IDENTIDAD : TELÉFONO : E-MAIL : DIRECCIÓN : 3.- CONTACTO DEL PROVEEDOR A QUIEN SE LE COMUNICARÁ EL PAGO REALIZADO. NOMBRE : CÉDULA DE IDENTIDAD : CARGO : TELÉFONO : E-MAIL : 4.- DATOS CUENTA CORRIENTE PARA DEPOSITO. BANCO : SUCURSAL : № CUENTA : TIPO DE CUENTA (CORRIENTE - VISTA) : FIRMA EN SEÑAL DE CONFORMIDAD: Firma , ANEXO COMPLEMENTARIO Para todos los efectos legales, los requisitos técnicos, económicos y administrativos detallados en este Anexo Complementario y sus respectivos Formularios, complementan y especifican lo dispuesto en el cuerpo de estas Bases, teniendo primacía en caso de discrepancia técnica específica sobre el objeto de la licitación. Num Tema a Especificar 1 Mandante Nombre: Servicio De Salud Maule Rut: 61.606.900-4 Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca. Identificación de la Entidad Licitante Nombre: Servicio de Salud Maule Rut: 61.606.900-4 Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 3º piso, Talca. Datos de Facturación Nombre: 61.606.900-4 Rut: 61.606.900-4 Dirección: 5 Oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 3º piso, Talca. Correo Consulta Pagos: proveedores@ssmaule.cl Nombre de Licitación Pública SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD ID Mercado Público 1978-21-LR26 Vigencia del Contrato 18 meses una vez la licitación sea adjudicada. 2 Referente Técnico Nombre: Patricio Orellana Departamento: Sistemas Logísticos Unidad: Servicios generales Correo: porellanap@smaule.cl Administrador de Contrato Unidad: Departamento de Sistemas Logísticos – Servicios Generales 3 Financiamiento Financiamiento DSSM. ITEM 22-08-002. Presupuesto Operacional. Nota: El presupuesto ha sido establecido como Estimado. En caso de presentarse ofertas que, en su valor total, superen el presupuesto informado, la Entidad Licitante se reserva el derecho de revisar la disponibilidad de recursos adicionales y, si estos lo permiten y resulta conveniente a los intereses del Servicio, podrá aceptar la oferta y adjudicar (Art. 62, Reglamento N° 661). De lo contrario, la oferta podrá ser declarada inadmisible, sin perjuicio de la facultad de declarar desierto el proceso si las ofertas no resultan convenientes. Código BIP No aplica Presupuesto ( X ) Estimado ( ) Disponible 4 Apertura electrónica de ofertas ( X ) Una Etapa ( ) Dos Etapas 5 Garantía de Seriedad de la Oferta (para licitaciones sobre las 5.000 UTM, no debe exceder el 3% del monto de la licitación) En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. ( X ) Requiere ( ) No Requiere Beneficiario: Servicio de Salud Maule Rut: 61.606.900-4 Monto: $500.000 (Quinientos mil pesos chilenos). Vigencia: 90 días corridos, los cuales, para dar cumplimiento a lo solicitado en el estándar institucional, se computarán desde la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal Mercado Público. Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, ID 1978-21-LR26. Vigencia mínima de 90 días corridos desde la apertura. Cada oferente presentará una única garantía de $500.000 que engloba la participación por las distintas dependencias del Servicio de Salud Maule dentro de esta licitación. Su incumplimiento es causal de inadmisibilidad inmediata e insubsanable de conformidad al artículo 52 en relación con el artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Se debe enviar a Oficina de Partes, Servicio de Salud Maule. At. Vilma Labarca Sepúlveda, Depto Sistemas de Compras. 5 Oriente 1492, Tercer Piso, Edificio España, Talca. Antes de la hora y fecha de cierre de la licitación. 6 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato (5% del monto neto adjudicado, siendo obligatorio su envío para los proveedores que se adjudiquen montos superiores a 1.000 UTM) En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. ( X ) Requiere ( ) No Requiere Beneficiario: Servicio de Salud Maule Rut: 61.606.900-4 Monto: 5% del monto total adjudicado, incluyendo el IVA. Vigencia: 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato o de su última prórroga, si fuese el caso. Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicatario, el pago de multas, indemnizaciones y demás sanciones que se deriven de la licitación 'SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA LA RED ASISTENCIAL DEL MAULE', ID 1978-21-LR26, y el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Técnicas y anexos. 7 Otras Garantías En el caso de documentos emitidos físicamente (ej. Boleta, vale vista) estos deberán ser presentados en original en 5 oriente 1492, oficina 304, Edificio España, Talca. ( ) Requiere ( X ) No Requiere Beneficiario: Rut: Monto: Vigencia: Glosa: 8 Vigencia de la Ofertas 90 días corridos y contados desde el cierre de recepción de ofertas. 9 Calendario de Actividades * Salvo que se indique lo contrario, los plazos de días establecidos en el presente calendario son de días corridos. En el evento que alguno de los plazos ya señalados, venciera en día inhábil, se entiende automáticamente prorrogado para el día hábil siguiente. Para estos efectos, se define por día inhábil los sábados, domingos y festivos. Con todo, el plazo de cierre de la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15.00 hrs. Actividad Fecha Publicación del Llamado Dentro de 02 hábiles desde la fecha de Resolución que apruebe las presentes bases, a las 17:30 hrs. Periodo de Publicación 30 días corridos desde la publicación del llamado a licitación pública. Visita a Terreno Si aplica Envío de muestras y/o demostraciones técnicas No Aplica Plazo para Formular Consultas Desde el día 1 hasta el día 15, luego de publicada la licitación hasta las 15.00 horas. Plazo para Publicar Respuestas a Consultas Desde el dia 16 hasta el dia 20, luego de publicada la licitación hasta las 15.00 horas. Plazo Aclaraciones o Modificaciones Hasta antes del cierre de Recepción de Ofertas. Cierre de Recepción de Ofertas Hasta el dia 30, luego de publicada la licitación hasta las 15.00 horas. Apertura Electrónica Hasta 5 días corridos desde el cierre del proceso de licitación. Plazo Estimado de Evaluación Hasta 30 días corridos desde la apertura electrónica de la licitación. Plazo Estimado de Adjudicación Hasta 30 días corridos desde la apertura electrónica de la licitación, hasta las 17.00 horas. 10 Ponderación de los Criterios de Evaluación Criterios de Evaluación A. Evaluación Económica 50% B. Plazo de entrega No aplica C. Evaluación técnica 30% D. Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación 5% E. Otros: Condición de remuneraciones 15% 10.1 A. Evaluación Económica Este criterio se construye con 2 subcriterios: 1) Oferta Económica (80%): El puntaje de este subcriterio se obtendrá aplicando la siguiente formula: Puntaje (i) Valor oferta más económica X 10 Valor de oferta (i) Siendo (i) el valor de la oferta válida de cada postulante. NOTA: Para efectos de la evaluación del subcriterio “Oferta Económica” (80%), la Comisión Evaluadora considerará el Monto Total Neto consignado en el Formulario N° 4, sección: “Resumen de la Oferta”. Dicho monto debe ser la resultante exacta de la sumatoria de los valores netos detallados por cada recinto en la sección: “Propuesta Económica” del mismo formulario. En caso de existir discrepancias entre el resumen y el detalle por recinto, la Comisión hará prevalecer la sumatoria de los valores unitarios detallados, procediendo a la corrección de oficio del monto total si fuera necesario, para asegurar la integridad de la evaluación. 2) Valor HH Servicios Adicionales (20%): El puntaje de este subcriterio se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Puntaje (i) Valor promedio HH servicio adicional de la oferta más económica X 10 Valor promedio HH servicio adicional de la oferta (i) Para el cálculo de este subcriterio se considera el valor ofertado para HH servicio adicional EN CUALQUIER DEPENDENCIA (DIURNO Y NOCTURNO). Dónde: Oferta (i): oferta en evaluación NOTA: El puntaje del subcriterio “Valor HH Servicios Adicionales” (20%) se calculará utilizando el Promedio Neto indicado por el oferente en el Formulario N° 4, sección III: “Servicios Adicionales”. En caso de que el promedio declarado no coincida aritméticamente con los valores unitarios detallados en dicha sección, la Comisión Evaluadora procederá a la corrección de oficio del mismo, recalculando el promedio sobre la base de los valores unitarios netos ingresados por el oferente para asegurar la objetividad de la evaluación. El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a este criterio, según lo indicado en el Numeral 10 del Anexo Complementario. 10.2 B. Plazo de entrega No aplica 10.3 C. Evaluación Técnica Experiencia: Este criterio evalúa la trayectoria del oferente en la prestación de servicios de vigilancia y seguridad. Para su puntaje, se considerará la suma total de meses de experiencia acreditados mediante certificados de servicios prestados a conformidad. Instrucciones para la acreditación: Medio de Prueba: El oferente deberá presentar el Formulario N° 3.1 (Certificado de Experiencia) por cada servicio declarado, los cuales deberán estar resumidos cronológicamente en el Formulario N° 3.2 (Resumen Cronológico). Condición de Validez: Como requisito de validez de la información presentada, el oferente deberá adjuntar obligatoriamente el Formulario N° 3.3 (Declaración Jurada de Veracidad de Experiencia), debidamente firmado por el Representante Legal. La ausencia del Formulario N° 3.3 facultará a la Comisión Evaluadora para desestimar la totalidad de la experiencia declarada. El oferente deberá presentar obligatoriamente el Formulario № 3.1 por cada servicio prestado, los cuales deberán estar detallados y resumidos cronológicamente en el Formulario № 3.2 (detalle cronológico), para efectos de contabilización de puntaje. Asimismo, como requisito de validez y veracidad de la información, se deberá adjuntar obligatoriamente el Formulario № 3.3 (Declaración Jurada de Veracidad de Experiencia) debidamente firmado por el Representante Legal. La Comisión Evaluadora utilizará el Formulario № 3.2 como resumen base para el conteo de meses. Sin embargo, la validez de cada periodo declarado estará sujeta a la presentación del Formulario № 3.1 respectivo y a la vigencia de la declaración jurada (Formulario № 3.3). En caso de discrepancia entre el resumen y los certificados, prevalecerá lo indicado en los certificados (Formulario № 3.1). Se evaluará el tiempo de experiencia según la siguiente escala: Cantidad de Certificados de Experiencia Puntaje Mayor o igual a 60 meses 10 puntos Mayor o igual a 36 meses y menos a 60 meses 7 puntos Mayor o igual a 18 meses y menor a 36 meses. 4 puntos Menor a 18 meses 1 punto NOTA: No se considerará la experiencia que no esté debidamente acreditada. El Servicio de Salud Maule se reserva la facultad de verificar la veracidad de toda la documentación presentada. Para ello, la Comisión Evaluadora podrá contactar a los mandantes indicados en el Formulario № 3.2, solicitar copias de las facturas pagadas asociadas a dichos servicios o consultar directamente en el sistema de Información de Compras Públicas la vigencia de las Órdenes de Compra declaradas. Cualquier inconsistencia o falsedad detectada será causal de declaración de inadmisibilidad inmediata de la oferta y se procederá a la denuncia respectiva ante el Ministerio Público por falsificación de instrumento privado/público. NOTA 2: La Comisión Evaluadora aplicará el principio de Primacía de la Realidad. Si la documentación presentada genera dudas fundadas sobre su veracidad o magnitud, se priorizará la información verificable en fuentes oficiales (Portal Mercado Público / Dirección del Trabajo) por sobre lo declarado en los formularios. NOTA 3: Para la asignación de puntaje en este criterio, el oferente deberá presentar obligatoriamente el Formulario № 3.2 (Resumen Cronológico) debidamente validado por el Formulario № 3.3 (Declaración Jurada de Veracidad de Experiencia). La ausencia del Formulario № 3.1, 3.2 y 3.3, o su presentación sin la firma del Representante Legal, facultará a la Comisión Evaluadora para no contabilizar la totalidad de la experiencia declarada, asignándose el puntaje mínimo de 1 punto en este criterio, sin perjuicio de la facultad de declarar la inadmisibilidad de la oferta si se detectara falta a la integridad o falsedad documental según lo establecido en las bases administrativas. 10.4 D. Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación Presentación de Antecedentes Puntaje Oferente cumple con los requisitos formales al momento de presentar la oferta. 10 Oferente incurre en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y aplicando lo dispuesto en las presentes bases, el oferente da respuesta oportunamente a lo consultado. 1 10.5 E. Otros: E.1 Condición de remuneraciones Condición de Remuneraciones: El cumplimiento de este criterio DEBERÁ mantenerse durante todo el período del contrato. Esto será validado con la documentación solicitada para los estados de pago. Este criterio considera 2 subcriterios. NOTA: La asignación de puntaje para este criterio se realizará basándose en la información declarada en el Formulario N° 4, sección II: “Condiciones Remuneracionales y de Empleo”. Se verificará en dicha sección que el “Monto Bruto por hora (HH)” sea igual o superior a la base de $2.994, y que los beneficios adicionales (locomoción, colación, etc.) estén debidamente marcados y valorizados en las casillas correspondientes. La omisión de montos en los beneficios declarados como existentes, o la falta de concordancia aritmética en el desglose, será causal de asignación del puntaje mínimo en el subcriterio respectivo. 1) Porcentaje sobre el valor del sueldo mínimo (50%) : Porcentaje sobre el “equivalente” al sueldo mínimo que el oferente pagará a sus trabajadores. Este porcentaje “sobre el valor del sueldo mínimo, actualmente de $539.000 mensuales (Bruto)” se evaluará considerando el valor de la Hora Hombre (HH) equivalente a una jornada mensual de 180 horas mensuales, lo cual corresponde a un valor Base de $2.994 HH (Valor Bruto). En virtud de lo anterior este criterio se evaluará de la siguiente manera: Porcentaje sobre el valor HH base ($2.994) Puntaje Igual o mayor al 20% sobre el Valor HH Base. 10 puntos Entre: Igual o mayor al 15% y menor al 20% sobre el Valor HH Base 7 puntos Entre: Igual o mayor al 10% y menor al 15% sobre el Valor HH Base 5 puntos Entre: Mayor al 5% y menor al 10% sobre el Valor HH Base 3 puntos Menor al 5% sobre el Valor HH Base 1 punto NOTA: Aquella oferta que indique un valor HH inferior al valor Base de $2.994 o bien que no indique esta información será declarada INADMISIBLE. 2) Beneficios Adicionales (50%): Este subcriterio considera los beneficios adicionales que se pagan a los trabajadores de acuerdo con la siguiente tabla: Beneficios Adicionales Puntaje Bono de locomoción, asistencia, aguinaldo septiembre y diciembre y otros 10 puntos Aguinaldo septiembre y diciembre, Bono de locomoción, asistencia 7 puntos Aguinaldo septiembre y diciembre, Bono de Locomoción 5 puntos Aguinaldo septiembre y Diciembre 3 puntos No entrega pagos adicionales 1 punto NOTA: En este ítem NO se considera el pago de gratificaciones dado que dicho concepto se encuentra regulado en la normativa aplicable y dependerá de los resultados del ejercicio contable de cada año, obtenidos por el adjudicatario. El puntaje obtenido por cada oferta será multiplicado por la ponderación asignada a cada subcriterio. 11 Hito de inicio del contrato No aplica 12 Formalización de la compra Mediante la resolución de aprobación de contrato para Quien se adjudique sobre 1.000 UTM y Mediante la Emisión de la Orden de Compra para aquellos que se adjudiquen menos de 1.000 UTM. 13 Envío de la orden de compra La orden de compra se emitirá los primeros 10 días hábiles del mes, posterior al V°B° del Administrador del convenio. El oferente adjudicado deberá enviar mediante correo electrónico al Asesor del convenio las copias de los Libros de asistencia de cada instalación, con la cuales el Asesor revisará dichas asistencias y no teniendo objeción, éste solicita la Orden de Compra para el mes a pagar. Indicar documentación para solicitar emisión de OC El no presentar la documentación solicitada y/o al existir diferencia, errores, se solicitarán nuevos respaldos para efectuar la orden de compra correspondiente. La pre-factura puede ser un registro en formato PDF o EXCEL. Con el V°B° de la pre-factura el Administrador del Convenio y/o Referente técnico deberá solicitar la emisión de la orden de compra (OC) a la Unidad de Adquisiciones con cargo a su presupuesto. 14 Aplicación de multas Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas son las siguientes: Causal Categoría Multa aplicable Ausencia personal Inasistencia sin reemplazo del personal, según los turnos definidos en las referencias técnicas Falta gravísima 3 UF por cada guardia y 5 UF por supervisor ausente, con un tope de 15 eventos Infracciones a las prohibiciones del personal establecidas en bases técnicas Falta grave 1 UF por cada infracción, con u tope de 15 eventos Incumplimiento de las condiciones de empleo y remuneración presentadas en su oferta, en conformidad a lo establecido en bases de licitación. Falta grave 3 UF por cada incumplimiento, con un tope máximo de 15 eventos. Retraso en el pago de las Remuneraciones Falta grave 1 UF por cada incumplimiento, con un tope máximo de 15 eventos Doble turno Permanecer el mismo guardia en 2 turnos seguidos Falta grave 2 UF por cada doble turno con un tope máximo de 20 eventos No dejar registro en el libro de novedades de un evento sucedido durante el turno, y no dejar registro de visitas del supervisor/a Falta grave 0,5 UF por evento no registrado con un tope de 25 eventos Servicio de ronda Incumplimiento del servicio de top ronda en turnos. Falta menos grave 0,3 UF por cada registrado, con un tope máximo de 15 eventos Atrasos en inicio del servicio Atraso en el inicio de los turnos establecidos en las bases de licitación. El atraso en 2 horas o más según registro de ingreso, será considerado ausencia de personal Falta menos grave 0,3 UF por cada 30 minutos de atraso en el inicio de servicio o por interrupción del servicio. Nota: la U.F. (Unidad de Fomento) aplicable, será la pertinente al día en que se verifico la falta. Durante la vigencia del contrato, en cualquier momento la Unidad Técnica podrá requerir una copia digital o física de todos los contratos vigentes, liquidaciones, finiquitos (cuando proceda), listados de asistencia, etc. y en caso de detectar alguna inconsistencia, se le notificará al adjudicatario del incumplimiento incurrido y la sanción asociada. Considerando que las supervisiones se realizarán de manera aleatoria, serán realizadas sin previo aviso. En caso de que los mismos incumplimientos sean detectados de manera reiterada en diferentes supervisiones, el Servicio de Salud Maule estará facultado para ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, previa ponderación de la gravedad de los incumplimientos. Posterior a la notificación de cobro de esta garantía, el adjudicatario tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar una nueva garantía en las mismas condiciones de la caución presentada originalmente. Cabe señalar que, si la entidad licitante considera que lo amerita, estos incumplimientos reiterados podrán dar origen al Término Anticipado del Contrato. 14.1 Tope de Multas El tope máximo de multas que podrá aplicarse durante toda la vigencia del contrato será de 120 UF. Una vez alcanzado dicho tope, el Servicio de Salud Maule quedará facultado para poner término anticipado al contrato de forma administrativa y unilateral, sin derecho a indemnización para el proveedor, ejecutando la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. NOTA: El tope de 120 UF se entiende como un límite acumulativo durante toda la vigencia del contrato. El Servicio de Salud Maule se reserva el derecho de evaluar la continuidad del servicio cada vez que el proveedor alcance un 50% de dicho tope (60 UF). Una vez alcanzado el máximo de 120 UF, se procederá obligatoriamente a la revisión de la ejecución del contrato, quedando la institución facultada para aplicar el Término Anticipado por incumplimiento grave de las obligaciones. 14.2 Pago de multas En caso de incurrir en alguna sanción, previo requerimiento del Administrador del Convenio se procederá a informar al proveedor por carta certificada al domicilio que este fije en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, la garantía que se cobrará o el contrato al que se pone término. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a la recepción en la oficina de correos que corresponda, teniendo el proveedor un plazo de cinco días hábiles desde la notificación, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recibidos los descargos y analizados en su mérito o vencido el plazo para presentarlos, en ausencia de éstos, la entidad licitante decidirá mediante la dictación de la resolución correspondiente sobre la aplicación de la multa. En caso de aplicación de la sanción, ésta será por Resolución fundada, la que se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados y la aplicación de la sanción respectiva. Dicha resolución deberá ser notificada al adjudicatario a través de carta certificada. En contra de la resolución exenta señalada, procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Conforme al artículo N°57 de la Ley N°19.880, la interposición de recursos administrativos no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Conforme a la misma disposición legal, la autoridad llamada a resolver el recurso, a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso. En consecuencia, el cobro de la multa, el cobro de la garantía o el término anticipado del contrato, se ejecutarán una vez notificada la resolución exenta que refiere al incumplimiento. De acuerdo con lo establecido en el artículo Nº96 bis del Reglamento de la Ley N°19.886, todas las sanciones ejecutoriadas como multas, cobros de garantías o términos de contrato serán ingresadas en la herramienta de evaluación de proveedores denominada “Comportamiento Contractual”, lo que implicará que las evaluaciones registradas puedan ser empleadas por las entidades licitantes en la evaluación de las propuestas presentadas en sus licitaciones. Dichas resoluciones serán publicadas en la ficha del proveedor una vez que la sanción se encuentre ejecutoriada, es decir, cuando se encuentran agotadas todas las instancias de apelación. 15 Estados de Pago Mensualmente se emitirá una orden de compra, paralelamente el adjudicatario deberá hacer entrega de la siguiente documentación: • Liquidaciones de sueldo de los trabajadores firmados por el trabajador del mes ejecutado. Esto deberá ser coincidente con lo informado en la oferta del proveedor, por concepto de remuneración de sus trabajadores. De detectarse alguna inconsistencia, la Entidad Licitante podrá sancionar al adjudicatario hasta que la situación sea subsanada, y en caso de reiterarse podrá dar origen al término anticipado del contrato. • Finiquitos del mes ejecutado firmados por el trabajador. (En caso de que corresponda) • Formulario F-30 y F30-1 del mes ejecutado (a excepción del 1° mes en donde se exime la entrega del Formulario F30-1) • Nómina del detalle de los servicios ejecutados, los cuales deberán cumplir a cabalidad con todas las tareas solicitadas en las Especificaciones Técnicas. • Certificado de Conformidad de los servicios prestados. Si en dicho certificado se observan situaciones que ameriten la aplicación de una sanción, esta podrá ser descontada en la factura del mes en que sucedieron los incumplimientos o bien en facturas posteriores. Toda sanción para aplicar será sancionada previa Resolución Fundada. EL Servicio hará efectivo los derechos de información y retención contemplados en el Artículo 183 letra C y D del Código del Trabajo. En caso de registrar multas en los formularios F-30 y F30-1, según corresponda, el proveedor deberá indicar los motivos por los cuales se produjo el incumplimiento y su resolución respectiva previa a que el Servicio de Salud Maule efectué el pago respectivo por el servicio adjudicado. Una vez presentado todo lo anterior, la Unidad a cargo procederá a realizar la RECEPCIÓN CONFORME DE LA ORDEN DE COMPRA correspondiente y con ello el adjudicatario podrá emitir la factura correspondiente. El oferente adjudicado SOLO PODRÁ EMITIR SU FACTURA UNA VEZ QUE LA ORDEN DE COMPRA SE ENCUENTRE EN ESTADO DE RECEPCION CONFORME. Emitida la factura, la Entidad Licitante tendrá un plazo de 30 días para pagar dicho documento. Cabe señalar que aquellos proveedores que emitan su factura a través de un sistema de facturación propio deberán enviar una copia del documento digital a la casilla dipresrecepcion@custodium.com Por su parte aquellos proveedores que emitan su factura a través del sistema de facturación del Servicio de Impuestos Internos SII, este documento será recibido por el Servicio de Salud Maule a través de la plataforma ACEPTA.COM En el evento de que algún proveedor emita una factura asociada a una Orden de Compra que NO TIENE RECEPCIÓN CONFORME, el sistema automáticamente RECHAZARÀ LA FACTURA. En virtud de lo anterior, se recuerda que el adjudicatario que NO debe emitir su factura mientras la ORDEN DE COMPRA NO TENGA RECEPCION CONFORME. Suspensión del plazo de pago. El Servicio de Salud Maule podrá suspender el pago de la factura en tanto no se emita la correspondiente nota de crédito en los siguientes casos: • Cuando se haya rechazado en todo o en parte el servicio • Cuando se hayan recibido reclamos fundados respecto de la calidad de los servicios y que a juicio de la Entidad Licitante no garantizan la continuidad óptima de estos servicios. Por cada orden de compra el proveedor adjudicado deberá emitir una Factura, la cual se extenderá a nombre del SERVICIO DE SALUD MAULE, 5 oriente #1492, Edifico España, 4to piso, oficina 410, Talca, RUT: 61.606.900-4. Si el proveedor emite una factura sin contar con la orden de compra previamente descrita, para cualquiera de los estados de pago, la entidad licitante hará devolución de este documento sin cursar su pago. En caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que el oferente contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho poner término anticipado al respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el proveedor referido no podrá participar. Lo anterior de acuerdo con lo señalado en el artículo N°4 de la Ley Nº19.886. Los precios de la presente licitación se reajustarán anualmente, al cumplirse los primeros 12 meses de vigencia del contrato, de acuerdo a la variación positiva que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en dicho periodo. El reajuste se aplicará sobre el valor neto de la hora hombre y el precio mensual, mediante resolución fundada de la Dirección del Servicio de Salud Maule. NOTA: Para cursar el pago mensual, el Administrador del Contrato deberá validar que las liquidaciones de sueldo del personal coincidan con el monto bruto y los beneficios adicionales declarados por el adjudicatario en el Formulario N° 4 y N° 5. Cualquier disminución en las condiciones laborales que fueron objeto de puntaje será considerada un incumplimiento contractual, facultando al Servicio para retener el pago hasta la regularización de las mismas, sin perjuicio de las multas que correspondan. 16 Datos de contacto para consultas de facturación y pago Nombre: Unidad de Tesorería Email: proveedores@ssmaule.cl / kgarrido@ssmaule.cl Si la facturación es a través del sistema de facturación gratuito del SII, la factura llega directo al Servicio de Salud Maule. Proveedores que emitan DTE en Plataforma Distinta al SII y que aparezcan en el listado de: Pendiente de Recepción en Acepta; deben enviar la factura a la casilla dipresrecepcion@custodium.com 17 Datos para coordinación de entrega y/o ejecución Nombre: Patricio Orellana P. Email: porellanap@ssmaule.cl Dirección de Despacho: No aplica 18 Datos de Envío de Documentación Unidad de Gestión Documental del Servicio de Salud Maule At. Unidad de gestión de Compras Generales 5 oriente, 4 Norte # 1492 – Edificio España 4º piso, Talca 3. AUTORÍCESE el llamado a Licitación Pública para la contratación del servicio denominado “SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD”, proceso individualizado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (Mercado Público) bajo el ID de licitación 1978-21-LR26. 4. La imputación presupuestaria del gasto que demande la contratación de la presente licitación se efectuará en el acto administrativo correspondiente. 5. PUBLÍQUESE, esta Resolución en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, Mercado Público, bajo el ID 1978-21-LR26, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 661 del Ministerio de Hacienda, publicado el 12 de diciembre de 2024. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE DISTRIBUCIÓN: • Sub Dirección RRFF y Financieros • Depto. Sistemas de Compras • Depto. Recursos Físicos • Depto. Finanzas • Depto. Auditoría • Asesoría Jurídica • Gestión Documental
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.