Licitación ID: 4215-3-LE26
SERVICIO DE TRASLADO DE FUNCIONARIOS DEL AERODROMO NUEVO CHAITEN
Responsable de esta licitación: Dirección General de Aeronáutica Civil
Fecha de Cierre: 26-02-2026 14:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 13 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses contratados 12 Mes
Cod: 78111803
SERVICIO DE TRASLADO DE FUNCIONARIOS PARA EL AERODROMO NUEVO CHAITEN  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE TRASLADO DE FUNCIONARIOS DEL AERODROMO NUEVO CHAITEN
Estado:
Publicada
Descripción:
SERVICIO DE TRASLADO DE FUNCIONARIOS DEL AERODROMO NUEVO CHAITEN LA DGAC APLICA UN IMPUESTO DEL 2% SOBRE EL TOTAL FACTURADO, DE ACUERDO AL ARTICULO N°37, DE LA LEY 16.752.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
UNIDAD DE COMPRA BIENESTAR SOCIAL PUERTO MONTT
R.U.T.:
61.104.022-9
Dirección:
Aeropuerto El Tepual
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-02-2026 14:00:00
Fecha de Publicación: 13-02-2026 11:06:10
Fecha inicio de preguntas: 13-02-2026 18:05:00
Fecha final de preguntas: 18-02-2026 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-02-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-02-2026 14:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-02-2026 14:05:00
Fecha de Adjudicación: 13-03-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO A IDENTIDAD DEL PROPONENTE
2.- ANEXO B DECLARACIONES JURADAS
3.- ANEXO C CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS
4.- ANEXO D PROGRAMA DE INTEGRIDAD
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- ANEXO F FORMULARIO DE PRESENTACION OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO VER ADJUNTOS PAUTA DE EVALUACION 40%
2 TIEMPO DE RESPUESTA DE ASISTENCIA EN RUTA VER ADJUNTOS PAUTA DE EVALUACION 15%
3 BUSES ELECTRICOS VER ADJUNTOS PAUTA DE EVALUACION 10%
4 ANTIGUEDAD DE LA FLOTA VER ADJUNTOS PAUTA DE EVALUACION 20%
5 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES VER ADJUNTOS PAUTA DE EVALUACION 4%
6 PACTO DE INTEGRIDAD VER ADJUNTOS PAUTA DE EVALUACION 6%
7 CERTIFICACION VER ADJUNTOS PAUTA DE EVALUACION 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 26000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ALEJANDRA AGUILAR
e-mail de responsable de pago: aaguilar@dgac.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Fecha de vencimiento: 30-06-2027
Monto: 5 %
Descripción: Dentro de los 7 días hábiles posterior a la notificación de la resolución de adjudicación y con anterioridad a la firma del Contrato, el adjudicatario deberá entregar a la institución una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o cualquier otro documento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, cuya glosa debe expresar: “Garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento del servicio de transporte para funcionarios del aeródromo Nuevo Chaitén, cobro de multas y el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores .” además deberá añadir el ID de la licitación. Esta Garantía deberá extenderse a favor del Fisco, Depto. Bienestar Social de la DGAC (RUT.: 61.104.022-9), por un monto equivalente al 5% del valor total del Contrato. La caución que se constituya deberá ser irrevocable, pagadera a la vista y de ejecución inmediata, ser emitida por una entidad autorizada para operar en Chile; la cual deberá tener una vigencia que contemple el plazo de prestación del servicio, más sesenta (60) días hábiles. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, también podrá constituirse mediante una Póliza de Seguro, en cuyo caso el tomador deberá solicitar al emisor incluir en las condiciones particulares de ella, que ésta cubra el pago de multas, pudiendo expresarse en UF (Unidad de Fomento), en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda nacional; en este último caso, sólo si se dan los presupuestos previstos en artículo 10 del DFL N°251 de 1931. Tanto la Póliza de Seguros como el Certificado de Fianza, deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico (maria.pinilla@dgac.gob.cl). Si el adjudicatario no entrega la Garantía por el fiel cumplimiento y/o no firma el contrato dentro de plazo señalado, o se desiste de él, el DBSO dejará sin efecto la adjudicación y quedará facultado para adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado o declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de contratación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta (si correspondiere). En el evento que fuere necesario, por cualquier causa, ampliar el plazo asignado a una etapa o hito de ejecución del Contrato y ello importare la necesidad de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de quien sea la parte a quien esté asociada la ampliación de la ejecución del Contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla al DBSO dentro del plazo que disponga la entidad contratante, habida consideración de que, en caso contrario, ello configura un incumplimiento grave del Contrato por parte del prestador, que facultará al DBSO para poner término anticipado al citado instrumento.
Glosa: “Garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento del servicio de transporte para funcionarios del aeródromo Nuevo Chaitén, cobro de multas y el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, ID licitación publica 4215-2-LE26”
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será restituida al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción del DBSO. La devolución se efectuará en la oficina Bienestar Social DGAC, Oficina Puerto Montt, ubicada en dependencias del aeropuerto El Tepual de la ciudad de mismo nombre, Zona Aeroportuaria Sur, en caso de que este documento haya sido entregado en forma física. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
GENERALIDADES
El proceso completo de licitación, recepción y selección de ofertas, adjudicación y emisión de orden de compra se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación y sus Anexos, en adelante también las Bases de Licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso. III.1 Las consultas, respuestas y aclaraciones, si las hubiere, formarán parte integrante de las Bases de Licitación y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). III.2 Las ofertas deberán formularse conforme a lo requerido en las presentes Bases de Licitación, por lo que no se aceptarán soluciones parciales. III.3 Se hace presente, que por el solo hecho de presentar oferta se entenderá que el proponente ha estudiado las Bases de Licitación y que está conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el Capítulo IV, de las presentes Bases Administrativas. III.4 El Departamento Bienestar Social de la Dirección General de Aeronáutica Civil, la Oficina Bienestar Social de Puerto Montt adjudicará esta Licitación Pública a aquél proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtenga la mayor ponderación como resultado del proceso de Evaluación Administrativa, Técnica y Económica. III.5 El DBSO, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la propuesta cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente. III.6 El presupuesto disponible informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $26.000.000.- (veintiséis millones) por un periodo de 12 meses. III.7 Adjudicada esta Propuesta, no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento de las obligaciones que asume en esta Propuesta Pública y las que emanen del contrato de prestación de servicios. III.8 Todos los plazos que se señalan en la ficha de licitación de esta Licitación Pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trate de días hábiles administrativos. En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con día sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente. III.9 Cualquier proveedor que desee participar en un proceso de compra deberá estar inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores, gestionado por la Dirección ChileCompra. Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 120 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N° 661 del año 2024). La falta de cumplimiento de lo anterior facultará a la entidad licitante para declarar inadmisible o desestimar la oferta adjudicada y, eventualmente, adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado. III.10 Todos los plazos que se establecen en las presentes Bases Administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas, fecha de apertura de ofertas, plazo de evaluación, plazo de adjudicación y de suscripción de contrato, podrán ser modificados por la entidad licitante en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a dichos términos y fechas originalmente publicados. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución fundada firmada por la autoridad competente, oportuna y debidamente tramitada. III.11 Esta institución retiene por todas las compras un impuesto del 2% del total facturado (Art. 37 de la Ley 16.752) III.12 La entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por éstos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública. La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del Contrato, según corresponda, cuando la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el Contrato. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
DE LOS PARTICIPANTES
IV.1 Podrán participar en esta Licitación personas naturales, jurídicas o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 180 del Reglamento de la Ley de compras públicas. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a prestar el servicio contratado, por la institución y facultadas para cobrar y percibir el pago. IV.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado”. Asimismo, no podrán participar en esta propuesta aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, para cuyo efecto deberán presentar la correspondiente Declaración Jurada. Tampoco podrán participar aquellos proveedores que se encuentren afectos a la prohibición de contratar impuesta por sentencia ejecutoriada del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, como consecuencia de las conductas descritas en el artículo 3, letra a) de ese cuerpo legal.
CONSULTAS Y ACALARACIONES
Toda solicitud de aclaración de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl/) dentro del plazo establecido en el calendario de la propuesta. Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, dentro del plazo establecido en el calendario de la propuesta. Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, el DBSO, podrá introducir cambios en las Bases de Licitación, resguardando debidamente los eventuales intereses de los proponentes con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional de a lo menos tres (3) días hábiles, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
INTERPRETACION DE LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio del DBSO, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Ante una eventual discrepancia entre las Bases de la Licitación, ficha del portal y/o la oferta, prevalecerán las primeras.
GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente Propuesta, deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
DE LA PRESENTACION
Todas las Ofertas deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta. Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses del DBSO o que se contrapongan a lo establecido en las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta, por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases. Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos técnicos que se requieran respecto del bien ofertado. Este DBSO, declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás. Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento. Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores, en tal caso, serán declaradas inadmisibles ambas ofertas. Los oferentes deberán presentar: La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentalmente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento. Los oferentes deberán presentar: VIII.1 El sobre electrónico Nº 1 “Aspectos Administrativos” (A), deberá contener los siguientes antecedentes: VIII.1.1 Patente municipal vigente de carácter obligatorio y excluyente, esta debe ser adjuntada en la oferta. VIII.1.2 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto Anexo A, de carácter obligatorio y excluyente. VIII.1.3 Una declaración simple emitida y firmada por la proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo IV.2 del Capítulo IV, de las presentes Bases Administrativas, según formato de declaraciones Anexo B, de carácter obligatorio y excluyente. VIII.1.4 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma. VIII.1.5 Cláusula de proveedores de bienes y servicios Anexo C, emitida y firmada por el Proponente persona natural o jurídica o de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, de carácter obligatorio y excluyente. VIII.1.6 Declaración de programa de integridad: los oferentes deberán presentar la declaración jurada, conforme al formulario adjunto identificado con el nombre de Anexo D “Formato de declaración de programa de integridad”, acompañando, además, los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento que permita comprobar que cuentan con dicho programa y que es conocido por su personal. VIII.1.7 Declaración de criterios de sustentabilidad: los oferentes deberán presentar la declaración jurada, conforme al formulario adjunto identificado con el nombre de Anexo E “Declaración de criterios sustentables”, el oferente, deberá adjuntar los documentos que le permitan acreditar el cumplimiento del o de los aspectos seleccionados, de no adjuntarse el o los documentos solicitados por cada iniciativa seleccionada se entenderá por no acreditado. La declaración a que hace mención en el numeral VII.1.3 de las presentes Bases Administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes Bases Administrativas como también en las Bases Técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma. VIII.2 El sobre soporte electrónico Nº 2 “Aspectos Técnicos” (T), deberá contener los siguientes antecedentes: VIII.2.1 Detalle de la Oferta Técnica, con la ficha técnica de los servicios a ofertar, en atención a los requisitos establecidos en las Bases Técnicas de la presente Propuesta y por lo estipulado en los Criterios de Evaluación. - VIII.2.2 Certificado de dominio y padrones de los vehículos que se indicarán en la oferta. VIII.2.3 Descripción de los vehículos incluidos en la oferta: MARCA, MODELO, N° ASIENTOS PARA PASAJEROS, AÑO DE FABRICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE EQUIPAMIENTO (VAN O FURGÓN). VIII.2.4 Formulario de presentación de oferta: Los oferentes deberán presentar el formulario, adjunto identificado con el nombre de Anexo F “Formulario de presentación de oferta”. VIII.2.5 Declaración de conocimiento instructivo de seguridad: El oferente deberá adjuntar declaración de conocimiento del instructivo de seguridad IT-SIG-001 Anexo G adjunto en la presente licitación publica VIII.3 El Sobre Electrónico N.º 3, “Aspectos Económicos” (E), deberá contener la Oferta Económica de la propuesta, señalando el(los) precio(s) conforme al “Formulario de presentación de Oferta Económica” adjunto a las presentes Bases de Licitación. VIII.3.1 Precio mensual neto del servicio de transporte, en moneda nacional (NO se aceptarán ofertas en U.F. o en otras monedas). El precio antes señalado debe ser ingresado por cada oferente. VIII.3.2 Plazo de validez de la Oferta, que no podrá ser inferior a 120 días corridos contados desde la fecha de apertura de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la validez, se entenderá que aceptan la señalada en estas Bases Administrativas. El precio requerido en el punto precedente y que debe encontrarse en concordancia con las Bases Técnicas, deberá, además, ser ingresado a la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, mediante un archivo adjunto denominado Formulario de presentación de oferta (Anexo F). Las ofertas deberán presentar en detalle el servicio ofrecido, según condiciones que se indiquen en las Bases Técnicas, adjuntando las certificaciones solicitadas en caso de ser requeridas. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en estas Bases de Licitación, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en la Pauta de Evaluación Técnica, que permita a la Comisión Evaluadora, analizar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario no se asignará puntaje en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida. Aquellas ofertas que cumplan con lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, serán evaluadas técnica y económicamente. Aquellas ofertas que no cumplan con lo solicitado, serán declaradas “inadmisibles”.
DE LA APERTURA
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), se realizará el día hábil siguiente al cierre de la licitación a las 15:05 horas. En la apertura sólo se efectuará la descarga del contenido de las ofertas desde la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis en detalle del contenido de ellas, corresponderá exclusivamente a la Comisión Evaluadora. Una vez concluido el acto de apertura, se confirmará el Acta de Apertura Electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las 24 horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la misma Plataforma, las que serán resueltas por el DBSO dentro del plazo de tres (3) días HABILES, contado desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de las ofertas, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente. En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un Certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, el o los oferentes afectados podrán presentar su oferta fuera del Sistema de Información en la Oficina Logística del Aeropuerto el Tepual de Puerto Montt, en el plazo que estipula el artículo 115 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N°661 del 2024)
DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION
X.1 Las ofertas “Aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la Comisión de evaluación, designada para tal efecto mediante Resolución, e integrada por DOS (2) funcionarios del aeródromo Nuevo Chaitén o de la Zona Aeroportuaria Sur. Si del examen y análisis del detalle de las ofertas por parte de la Comisión de evaluación, ésta concluye acerca de la omisión de antecedentes, documentos y/o información de carácter excluyente o invalidante, se abstendrá de proceder a evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad. X.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la Pauta de Evaluación que forma parte de las Bases de Licitación, en un plazo no superior a siete (7) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 50% para los Aspectos Técnicos, 40% para los Aspectos Económicos y 10% para los Aspectos Administrativos. En caso de producirse un empate en la evaluación final, entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio técnico. De persistir el empate, se considerarán en forma sucesiva los siguientes parámetros: 1. Mayor puntaje de la oferta técnica (50%). 2. Mayor puntaje de la oferta económica (40%). 3. Mayor puntaje de la oferta administrativa (10%). 4. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar los criterios definidos anteriormente, se privilegiará a aquel que haya ingresado primero su oferta en el Portal Mercado Público, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta. Durante el periodo de evaluación la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, acorde a lo señalado en el artículo 56 del decreto supremo N° 661, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes a través del Sistema de información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Asimismo, podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El o los oferentes requeridos tendrán un plazo máximo de 48 horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones. Se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con el precio de la oferta. Culminada la Evaluación Técnica y Económica, la Comisión de evaluación, deberá emitir el Informe pertinente dentro del plazo de siete (7) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas. X.3 Dentro de los siete (7) días corridos siguientes a la fecha de emisión del Informe de Evaluación y Sugerencia de Adjudicación, el DBSO dictará la Resolución de Adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. Mediante igual mecanismo se notificará a los proponentes cuyas ofertas no sean aceptadas. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el Artículo N° 58 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado. Los oferentes tendrán 48 hrs. para efectuar consultas respecto de la Adjudicación, las que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (04) días hábiles administrativos.
ACTO PREPARATORIO DEL CONTRATO
XI.1 Luego de dictada la Resolución de Adjudicación y dentro de los TREINTA (30) días corridos siguientes de notificado en el Portal dicho acto administrativo, el Departamento Bienestar Social de la DGAC, Oficina Puerto Montt, celebrará el Contrato de prestación de servicios con el oferente adjudicado. XI.2 Para celebrar el Contrato de prestación de servicios, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de (7) días hábiles, contado desde la notificación de la adjudicación, la que se efectuará a través del sistema de información de mercado público, los siguientes documentos, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados: XI.2.1 Si se tratare de Persona Jurídica, en caso de que los antecedentes no estén en la ficha de Chileproveedores, deberá presentar: ● Certificado de Inicio de Actividad del S.I.I. ● Certificado de vigencia de la Sociedad expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. ● Certificado de vigencia de personería, expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación, y cualquier otro documento que acredite la personería del representante legal o convencional. ● Fotocopia de la cédula de identidad de su(s) representante(s). XI.2.2 Si se tratase de Persona Natural, en caso de que los antecedentes no estén en la ficha de Chileproveedores, deberá presentar fotocopia de su cédula de identidad y Patente Municipal vigente. XI.2.3 Si se tratase de Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes de la misma, los antecedentes señalados en los puntos XI.2.1, según corresponda. Asimismo deberá dar cumplimiento a lo señalado en los Art. 180 y 181 del Reglamento de Compras Públicas, acompañando el instrumento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que contenga, al menos, los requisitos establecidos en dicha disposición, esto es la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que considere una vigencia no menor a la del Contrato adjudicado, incluyendo la renovación que pudiera contemplarse, si procede. XI.2.4 Cumplido el plazo de siete (7) días hábiles indicados en el punto XI.2 sin que el adjudicado haya presentado los documentos exigidos, el DBSO dejará sin efecto el acto administrativo, quedando facultado para adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado o declararla desierta y efectuar una nueva contratación, para cuyo caso se dictarán los actos administrativos correspondientes. Lo anterior sin perjuicio de su facultad de ejercer las acciones legales que correspondan. No podrán contratar con el Depto. Bienestar Social aquellos proponentes que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886 y artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393, para cuyo efecto deberán acompañar la correspondiente Declaración Jurada.
CONTENIDO MINIMO DEL CONTRATO
XII.1 El Contrato de Prestación de Servicios contendrá, entre otras cláusulas, el objeto, la vigencia, el precio y la forma de pago. Se entenderá que son parte integrante del citado contrato, las Bases de Licitación, las aclaraciones que pudiera emitir el Departamento Bienestar Social de la DGAC, las consultas de los proponentes, las respuestas recaídas en éstas y la Oferta que resulte favorecida con la adjudicación. XII.2 El contrato iniciará su vigencia una vez que se notifique al contratista la circunstancia de encontrarse totalmente tramitada la Resolución Administrativa aprobatoria del mismo y se extenderá por un periodo de 12 meses. No obstante, lo anterior, por razones impostergables de buen servicio las partes podrán acordar dar inicio a la ejecución de los servicios de forma anticipada, con anterioridad a la total tramitación de la resolución aprobatoria del mismo, expresando desde ya, que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se hayan pactado sólo se cursarán una vez que la citada resolución administrativa, se encuentre totalmente tramitada. XII.3 Además de lo anterior, el Contrato contendrá las demás cláusulas inherentes a la Contratación del servicio de transporte, señalando especialmente las siguientes: Cláusula de modificación por las causales señaladas en los artículos 13 y 13 bis de la Ley N° 19.886, y especialmente por las que a continuación se señalan: A. Por causas externas al contratista y al Departamento Bienestar Social, se podrán modificar los horarios, recorridos y/o paradas, bajo las mismas condiciones contenidas en el respectivo Contrato. Para no afectar la fluidez del servicio, esta modificación será coordinada previamente entre el Inspector Fiscal y el contratista, con la antelación suficiente para informar a los usuarios del servicio. B. Durante la vigencia del Contrato el contratista podrá ofrecer al Departamento Bienestar Social el cambio de los Buses, solo si estos fueran de iguales o mejores características técnicas y año de fabricación (manteniendo las características solicitadas en la descripción técnica de los buses requeridos), esta propuesta deberá ser realizada por escrito a la Inspección Fiscal quien tendrá un plazo de 10 días corridos para responder de la misma forma. En caso de aceptar la propuesta, el cambio de los vehículos deberá consignarse por escrito con firma de ambas partes, y el detalle de los buses que se retiran del servicio y los nuevos que ingresan, dicho documento será archivado en la respectiva carpeta que albergue los documentos del Contrato. Cualquier cambio que se realice no podrá significar un costo o aumento de los pagos mensuales para el Departamento Bienestar Social. C. De acuerdo al aumento de dotación de funcionarios D.G.A.C, el Depto. Bienestar Social podrá solicitar aumento de cantidad de buses y/o recorridos, el que no podrá exceder el 30% del total del contrato. XII.3.1 Cláusulas de término anticipado por las causales señaladas en los artículos 129 y 130 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) Nº 661/2024, y especialmente por las que a continuación se señalan: a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el contratista no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato. d) La imposibilidad de ejecutar la prestación de los servicios en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de mutuo acuerdo. e) Por exigir el interés público o la seguridad nacional. f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: - En caso que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio. - Exceder el 5% del valor total del contrato por concepto de multas, por cualquier causa. - Recibir más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos, el DBSO. - La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por éstos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes. - El incumplimiento en el plazo de entrega de la extensión de la vigencia de la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato, requerida por el DBSO ante la necesidad de ampliar, por cualquier causa, el plazo asignado a una etapa o hito de ejecución del Contrato, conforme a lo señalado en el Capítulo XIII de las presente Bases Administrativas. - Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Esta causal también será considerada como incumplimiento grave para todos los efectos. XII.3.2 El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente: a) El DBSO notificará mediante correo electrónico, el incumplimiento en que haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por correo electrónico. b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, el DBSO se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de treinta (30) días hábiles siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico a la dirección presentada en el sistema de información. c) De proceder la declaración de término anticipado del contrato por incumplimiento grave en la ejecución del servicio, el DBSO lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada debidamente comunicada al contratista, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la Ley sean procedentes. d) Ocurrido el Término Anticipado del Contrato por incumplimiento grave del prestador, se hará efectiva a favor del DBSO la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato contemplada en el Capítulo XIII de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio del cobro de las multas que procediere según el Capítulo XVII de las citadas Bases y del ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la Ley sean procedentes. XII.3.3 Cláusula de caso fortuito o fuerza mayor, esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impidan, al prestador y/o al DBSO, cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir resguardando los intereses de ambos contratantes conviniendo en el aumento del plazo del Contrato, el que en todo caso no podrá ser superior al de duración del caso fortuito o fuerza mayor. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte, tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación, el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. El DBSO deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término. XII.3.4 Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el Contrato a la Jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando para tal efecto ambas partes domicilio en la comuna y ciudad de Chaitén de Chile. XII.4. Toda la documentación o material informativo relacionado con esta Propuesta y que el Depto. Bienestar Social de la DGAC proporcionada a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto. XII.5 El proponente será el único responsable en relación con el buen uso de marcas, patentes, tecnologías y licencias, así como en general de toda propiedad intelectual empleada en la prestación del servicio contratado. XII.6 El Contrato que se derive de la licitación que se regula por las presentes Bases no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee. XII.7 Cláusula de Confidencialidad, en la que la D.G.A.C. y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir. En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del Contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar el que sea revelado o comunicado de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del Contrato.
DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 121 del Decreto Supremo (H) N°661, y considerando los riesgos involucrados en la contratación, se requerirá la presentación de una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Esta medida se fundamenta en los posibles riesgos derivados de retrasos, falta de disponibilidad o condiciones inadecuadas de los vehículos, los cuales podrían impactar negativamente en la continuidad de las operaciones aeronáuticas, seguridad de los pasajeros, actividades oficiales, imagen institucional, costos adicionales, entre otros. Dentro de los 7 días hábiles posterior a la notificación de la resolución de adjudicación y con anterioridad a la firma del Contrato, el adjudicatario deberá entregar a la institución una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o cualquier otro documento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, cuya glosa debe expresar: “Garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento del servicio de transporte para funcionarios del aeródromo Nuevo Chaitén, cobro de multas y el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores .” además deberá añadir el ID de la licitación. Esta Garantía deberá extenderse a favor del Fisco, Depto. Bienestar Social de la DGAC (RUT.: 61.104.022-9), por un monto equivalente al 5% del valor total del Contrato. La caución que se constituya deberá ser irrevocable, pagadera a la vista y de ejecución inmediata, ser emitida por una entidad autorizada para operar en Chile; la cual deberá tener una vigencia que contemple el plazo de prestación del servicio, más sesenta (60) días hábiles. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, también podrá constituirse mediante una Póliza de Seguro, en cuyo caso el tomador deberá solicitar al emisor incluir en las condiciones particulares de ella, que ésta cubra el pago de multas, pudiendo expresarse en UF (Unidad de Fomento), en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda nacional; en este último caso, sólo si se dan los presupuestos previstos en artículo 10 del DFL N°251 de 1931. Tanto la Póliza de Seguros como el Certificado de Fianza, deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico (maria.pinilla@dgac.gob.cl). Si el adjudicatario no entrega la Garantía por el fiel cumplimiento y/o no firma el contrato dentro de plazo señalado, o se desiste de él, el DBSO dejará sin efecto la adjudicación y quedará facultado para adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado o declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de contratación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta (si correspondiere). En el evento que fuere necesario, por cualquier causa, ampliar el plazo asignado a una etapa o hito de ejecución del Contrato y ello importare la necesidad de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de quien sea la parte a quien esté asociada la ampliación de la ejecución del Contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla al DBSO dentro del plazo que disponga la entidad contratante, habida consideración de que, en caso contrario, ello configura un incumplimiento grave del Contrato por parte del prestador, que facultará al DBSO para poner término anticipado al citado instrumento. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será restituida al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción del DBSO. La devolución se efectuará en la oficina Bienestar Social DGAC, Oficina Puerto Montt, ubicada en dependencias del aeropuerto El Tepual de la ciudad de mismo nombre, Zona Aeroportuaria Sur, en caso de que este documento haya sido entregado en forma física. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico.
DEL PAGO Y DEL REAJUSTE
El precio total del contrato por la prestación del servicio de transporte se pagará en 12 cuotas mensuales, que será facturado por el Contratista, por mes vencido y en moneda nacional. Dicho precio será pagado por el DBSO, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura y previa emisión del Certificado de conformidad del servicio prestado por parte de la Inspección Fiscal que se designe y, deberá tener presente que se encuentra afecta al impuesto del 2% establecido en el artículo 37 de la Ley N° 16.752 y, asimismo, a eventuales retenciones y /o descuentos. Las facturas deben ser entregadas en la dirección estipulada en la orden de compra o enviadas mediante la modalidad de factura electrónica, siendo enviadas a la casilla de correo electrónico (vfarias@dgac.gob.cl o maria.pinilla@dgac.gob.cl) con la mayor información posible para su destino interno y respectivo pago. Será requisito indispensable para cursar los pagos a que se refiere el Contrato, que la empresa acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y previsionales (mes en que se presentó la factura), al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, lo que deberá justificarse mediante la presentación del formulario F30-1. REAJUSTE: El precio del contrato por el servicio de transporte para funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil hacia y desde el Aeródromo Nuevo Chaitén, NO experimentará variaciones ni reajuste durante el periodo de vigencia del Contrato.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El Contratista se obliga a lo siguiente: - A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato. Asimismo, se obliga a no subcontratar con terceros, bajo ninguna forma, la prestación de los servicios adjudicados. - Mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal del DBSO, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del Contrato de Prestación de Servicios. - Cumplir todas las exigencias que establezca el DBSO, en función de estas Bases Administrativas, Bases Técnicas y del Contrato. - Iniciar la prestación de los servicios licitados en la fecha que el Depto. Bienestar Social de la DGAC lo indique, previa entrada en vigencia del respectivo contrato. - En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al prestador del servicio o sus dependientes en los bienes del DBSO el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por este DBSO. - Cumplir con las obligaciones de la prestación del servicio, establecidas y detalladas en las bases técnicas. - El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, incluido los trabajadores subcontratados. - El contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. - El contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y física relativas a sus empleados, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral actualmente vigente. - El contratista será el responsable del cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal. - El contratista deberá cumplir con lo establecido en el instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. Queda prohibido al personal del contratista: ● Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por el inspector fiscal. ● Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC o del inspector fiscal. ● Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC. ● Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo. ● Fumar o beber alcohol en los lugares de trabajo. ● Portar armas de fuego, punzantes o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello.
MULTAS Y DESCUENTOS
El DBSO podrá aplicar multas por incumplimiento del contrato, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, por las siguientes causales: a) Por cada hora de atraso en el cumplimiento de los horarios establecidos se aplicará una multa del 2% calculado sobre el total mensual del recorrido en que se incurrió en la falta, con un tope de 3 horas, pasado este tiempo se considerará que el servicio no se prestó, en este caso la multa será del 5% calculado sobre el total neto mensual correspondiente al mes en que se incurrió en la falta. Este cobro de multas se aplicará por cada uno de los recorridos establecidos que presenten retraso. b) Si los servicios fueren calificados por la Inspección Fiscal como deficientes, o bien, se observare por parte del contratista el incumplimiento de cualquiera otra obligación o prohibición establecida en el Contrato o en las Bases Administrativas o Bases Técnicas, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de 1 U.T.M. La UTM aplicable corresponderá al mes en que ocurrió la infracción. Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 5% del valor total del contrato. Igualmente, el contratista no podrá recibir más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos. En ambos casos, se configurará una causal de término anticipado del contrato. La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: a. El DBSO notificará, mediante correo electrónico, enviada a la dirección de contacto que el contratista haya señalado en el Sistema de Información, el incumplimiento en el cual haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo electrónico del Inspector Fiscal. b. Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles sin que el contratista haya formulado descargo alguno, el DBSO se pronunciará dentro del plazo de treinta (30) días hábiles sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista al correo electrónico debidamente publicada en el Sistema de Información. c. En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas. XVI.1 Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de las multas que resulten de la aplicación de los puntos anteriores, éstas deberán enterarse, conforme al siguiente orden: ● Descontando del próximo pago de facturas, si existiesen. ● Aplicándolas el DBSO directamente sobre la garantía que se entregue por fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo período de vigencia, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, el DBSO procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y acto seguido hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa. ● Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestima su reclamación y curse la multa. XVI.2 Si el contratista excede el 5% del valor total del Contrato por aplicación de multas, por cualquier causal el DBSO quedará facultado para hacer efectiva la cláusula de Término Anticipado del Contrato por incumplimiento grave de las obligaciones por parte del prestador. En este caso el DBSO hará efectiva, además, la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato. XVI.3 En el evento que las multas impliquen hacer efectivo el total de la Garantía, el DBSO podrá poner término anticipado al Contrato, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. XVI.4 El cobro de multas no impide ni limita al DBSO para ejercer la facultad de poner término anticipado al Contrato ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del prestador del cumplimiento de su obligación principal. XVI.5 Las multas aplicadas durante la ejecución del Contrato, tendrán como tope máximo la suma equivalente al 5% del valor total del Contrato de prestación de servicios resultante de la Licitación. DESCUENTO POR SERVICIOS NO PRESTADOS AUSENCIA Descuento por cada recorrido no prestado de acuerdo a lo establecido en las Bases Técnicas. Establecida la NO prestación del servicio (no efectuar cualquiera de los 7 recorridos), el descuento que resulte de la siguiente operación: (Precio Mensual/Cantidad de recorridos mensuales) X (Cantidad de recorridos no prestados) = Valor descuento por recorrido No prestado
LEYES SOCIALES
Será obligación del prestador del servicio dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley de Seguros de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en el DBSO. Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, el DBSO estará facultado para exigir al contratista, en forma razonable y periódicamente y/o en cualquier oportunidad, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo, a través del Formulario F30-1. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, el Departamento Bienestar Social de la DGAC, Oficina Puerto Montt, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20.123 que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del D.S. (H) N° 661 de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886, el DBSO podrá hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento del Contrato en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, estando facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna. Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente, será considerado por el DBSO como causal grave de incumplimiento del Contrato y le facultará para poner término anticipado al Contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
ANEXOS
Los anexos que se adjuntan y detallan a continuación, constituyen parte integrante de las Bases Administrativas para todos los efectos legales: - Bases Técnicas. - Pauta de Evaluación -Identificación del proponente (Anexo A) OBLIGATORIO E INVALIDANTE- - Formato de Declaraciones (Anexos B1, B2 Y B3 según corresponda). OBLIGATORIO E INVALIDANTE - Clausula Proveedores Bienes y Servicios (Anexo C). OBLIGATORIO E INVALIDANTE - Certificado declaración de programa de integridad (Anexo D) -Declaración criterios de sustentabilidad (Anexo E) - Presentación de la oferta (Anexo F).
Resolución de Empates

En el caso de existir empate en el porcentaje final, se privilegiarán los siguientes criterios, para efectuar el desempate, conforme a su ponderación en la Pauta de Evaluación:

  1. Mayor puntaje de la oferta técnica (50%).

  1. Mayor puntaje de la oferta económica (40%).

  1. Mayor puntaje de la oferta administrativa (10%).

  1. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar los criterios definidos anteriormente, se privilegiará a aquel que haya ingresado su oferta en el Portal Mercado Público, primeramente, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.


Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.