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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por la Corporación en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La CMDR podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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Causales inadmisibilidad |
Se declararán inadmisibles las ofertas en los términos y por los motivos establecidos en el artículo 59 del Decreto N° 661 de 2024.
Asimismo, se declararán inadmisibles las ofertas de los proponentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. En particular, aquellas presentadas por personas naturales o jurídicas que tengan vínculos de parentesco con autoridades o funcionarios de la Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Antofagasta que intervengan en el proceso de contratación, hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, o que dichos funcionarios o sus parientes participen en la propiedad, administración o control de la empresa oferente. Asimismo, serán inadmisibles las ofertas de quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos años anteriores a la presentación de las ofertas, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.886.
La presente licitación será evaluada en forma global, teniendo presente que el oferente deberá ofertar por el total de los servicios solicitados y no por parte de ellos, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
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La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalló en la presentación de todos los anexos. La falta de presentación de cualquiera de los Anexos indicados anteriormente, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible.
En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicarse, deberá obtener como puntaje mínimo dentro de la evaluación total un puntaje de 50 puntos, en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio y se declarará inadmisible.
Por último, los oferentes deben considerar los requisitos detallados en el punto n°4 Requisitos de los Oferentes, de las bases técnicas, cualquier incumplimiento en dicha cláusula será motivo de inadmisibilidad.
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DEL CONTRATO |
El adjudicatario seleccionado, deberá presentar los antecedentes pertinentes para redactar el contrato de prestación de servicios que suscribirá con la Corporación y estar inscrito y en estado hábil en Mercado Publico. Asimismo, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación,
Los antecedentes que deben acompañarse son los que se indican a continuación:
i) Antecedentes que deben acompañar las personas naturales:
- Fotocopia del Rol Único Tributario del adjudicatario.
- Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas naturales que la integren.
ii) Antecedentes que deben acompañar las sociedades:
- Fotocopia del Rol Único Tributario del adjudicatario.
- Fotocopia de cédula de identidad del o los representantes legales, específicamente de aquellos con poder suficiente para firmar el contrato respectivo.
- Fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones, si las hubiera.
- Certificado de vigencia de la sociedad, con copia de la inscripción respectiva, en su caso (original).
- Documentos que acrediten la personería del representante legal de la sociedad.
- Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las sociedades que la integren y se deberá acompañar la formalización de la UTP por escritura pública. De igual forma deberán certificar la inscripción de la totalidad de los integrantes en Registro de proveedores del estado.
Elaborado el contrato, la Corporación lo ofrecerá a la firma del adjudicatario otorgándole un plazo máximo de 5 días hábiles para suscribirlo, contado desde la fecha en que se le notifique vía correo electrónico, que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto.
Será responsabilidad del adjudicatario que su dirección de correo electrónico consignada en el Portal sea correcta y esté habilitada para todos los efectos de estas bases.
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Resolucion de empates |
En caso de que se produzca un empate al momento de realizar la evaluación, el orden de las variables a considerar para el desempate será el siguiente:
1°. El mayor puntaje obtenido en la Evaluación de la Oferta Económica (EOE).
2°. El mayor puntaje en la Evaluación de la Oferta Técnica (EOT).
3°. El mayor puntaje obtenido en la Evaluación de la Experiencia (EEX).
4°. El mayor puntaje obtenido en Intermediario Gestión de Seguros (IGS).
5° El mayor puntaje obtenido en Plazo de Entrega de Póliza (PEP).
6°. El mayor puntaje en la evaluación del proveedor si contiene el Sello PYME.
7°. El mayor puntaje en la evaluación del proveedor si contiene el Sello Mujer.
En caso de persistir el empate, se considerará al oferente que haya presentado su oferta en el portal de mercado público, tomando la fecha y hora de postulación de ser necesario para desempatar.
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DEL PAGO Y LA FACTURACIÓN |
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Los servicios contratados se pagarán en forma mensual. Para estos efectos, se considerará como precio del contrato la prima total, impuestos incluidos, declarada por el oferente en el Anexo N° 3, la que se dividirá en doce cuotas mensuales, iguales y sucesivas, sin alteración del monto inicialmente pactado. Para la determinación de dicho monto se considerará el valor de la UF correspondiente al día de la oferta, conforme a lo declarado en el referido anexo.
El monto total del contrato y el valor de cada una de sus cuotas se dejarán expresamente establecidos en el contrato al momento de su suscripción.
En todo caso, el pago se efectuará a la respectiva compañía de seguros, con independencia de que el proveedor adjudicado corresponda a una corredora de seguros.
Finalmente emitirá, mediante el Sistema de Información, la respectiva orden de compra, la que será expresada en pesos chilenos ―utilizando para ello la medida de conversión oficial al momento de la emisión de la orden de compra― y dará la autorización a la aseguradora para que esta emita el respectivo documento tributario de cobro en función del monto a pagar calculado según lo ya señalado.
Conforme señala la Ley N° 21.131, los pagos serán realizados dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En caso de que la fecha máxima para pago sea un día inhábil, se considerará como plazo fatal el día hábil inmediatamente anterior.
El pago de los productos será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica u otro medio de pago que establezca la ley.
Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
La factura deberá ser emitida de acuerdo con la siguiente glosa: "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PARA VEHÍCULOS, BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA CMDR ANTOFAGASTA.
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