Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL, RUT 60.905.000-4
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Fecha de vencimiento:
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28-05-2025
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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Ver lo solicitado en el punto 13.2 de las bases administrativas de licitación, a saber:
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo
el pago de las obligaciones laborales y sociales del Proveedor/a, según lo dispone el artículo 11 de la Ley
N°19.886, este deberá entregar, una vez producida la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento del
Contrato, la que podrá consistir en: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro
de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos
del artículo 68 del D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. El
documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en la República de Chile, a la
vista, irrevocable y a la orden del “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural” con la siguiente glosa:
“Consultoría para el levantamiento de procesos institucionales del SERPAT vinculados a la tramitación de
permisos ante el CMN”.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos chilenos u otra
moneda o unidades de fomento según corresponda y ser equivalente al diez por ciento (10%) del
precio total del contrato, con una vigencia igual a la vigencia del contrato incrementado en 90 (noventa)
días corridos.
En conformidad con el inciso tercero del artículo 68 del D.S. N°250, Reglamento de la Ley N°19.886, la
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento podrá otorgarse física o electrónicamente.
En los casos en que se otorgue una garantía física (impresa y sin firma electrónica), se deberá entregar
únicamente en la oficina de Partes del CMN, ubicada en Calle Huérfanos N° 1515, comuna de Santiago,
Región Metropolitana, hasta las 16:00 horas de lunes a viernes.
Cuando la garantía a presentar sea electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos
Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo:
licitaciones@monumentos.gob.cl
En caso de que la proveedora no entregue la garantía de acuerdo a los plazos establecidos en el punto
1.2., de las Bases Administrativas, el Serpat podrá desestimar la oferta presentada y proceder a adjudicar
a la segunda mejor evaluada. Así también, el Serpat podrá desechar la oferta adjudicada y hacer cobro de
la respectiva garantía si el proveedor/a demora en la firma del contrato de acuerdo a los plazos
establecidos en el punto 1.2., de las Bases Administrativas.
En caso de cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el monto de la misma será considerado
como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan.
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Glosa:
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Consultoría para el levantamiento de procesos institucionales del SERPAT vinculados a la tramitación de
permisos ante el CMN
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Forma y oportunidad de restitución:
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El Serpat devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90
(noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un
Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello,
la Inspección Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la
devolución del documento de garantía.
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