Licitación ID: 1030-2-LE26
Bolsas de mezcla asfáltica predosificada
Fecha de Cierre: 11-02-2026 17:27:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 58
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 13 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Asfalto 800 Unidad
Cod: 30121601
MEZCLA ASFÁLTICA PREDOSIFICADA EN FRIO (BOLSAS DE 20 KILOS C/U ALMACENAMIENTO MÍNIMO 24 MESES, CONTENIDO DE ASFALTO ENTRE 5% Y 6%.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Bolsas de mezcla asfáltica predosificada
Estado:
Publicada
Descripción:
Comprende la necesidad de Adquirir bolsas de mezcla asfáltica predosificada en frio, para trabajos en rutas Y-290 y Ruta Y-315 , Esta adquisición, se efectuarán a través de Licitación Pública, de acuerdo con lo establecido en las Bases Administrativas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - XII Región - Provincia U. Esperanza
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-02-2026 17:27:00
Fecha de Publicación: 29-01-2026 16:28:56
Fecha inicio de preguntas: 29-01-2026 17:13:00
Fecha final de preguntas: 02-02-2026 20:12:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-02-2026 20:12:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-02-2026 17:28:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-02-2026 17:28:00
Fecha de Adjudicación: 17-02-2026 17:28:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO B
2.- ANEXO C
Documentos Técnicos
1.- BASES
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO A
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA = Puntaje plazo de entrega X 0.30 Plazo de Entrega del producto tras la emisión de la orden de compra. plazo de entrega 1 a 10 días corridos = 100 puntos 11 a 15 días corridos = 50 puntos 16 a 20 días corridos = 20 puntos. Plazo Mayor o igual a 21 días corridos = La oferta NO será aceptada 30%
2 Precio = (Precio mínimo ofertado x 100/ Precio oferta) X 0.70 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rene Gonzalez A
e-mail de responsable de pago: rene.gonzalez@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite subcontratación Se prohíbe subcontratación debido a que el servicio debe ser de buena calidad, lo cual lo garantiza el Proveedor que presente la oferta.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
.9.1. Especificaciones Técnicas.
9.2. ADJUDICACIÓN
Se adjudicará el Items a la mejor oferta evaluada que cotice el total de lo requerido, y que cumpla con las Especificaciones Técnicas, y los Anexos solicitados en la licitación, considerando el punto 9.5 de las presentes Bases.
9.3. READJUDICACIÓN
El demandante se faculta, para en caso de existir una causal fundada, se proceda a la readjudicación de la Licitación, teniendo como precedente la evaluación efectuada para efectos de adjudicación al universo de ofertas. Corresponderá la readjudicación a la segunda mejor oferta evaluada, y así sucesivamente de ser necesario y convenir a los intereses del demandante.
9.4. DERECHO A PEDIR ACLARACIONES
Se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, solamente remitidas mediante la funcionalidad de Preguntas y Respuestas del Portal Mercado Público, de acuerdo a las condiciones y fechas establecidas en las presentes Bases de Licitación. Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, la Dirección de Vialidad, podrá solicitar por escrito a éstos, durante el proceso de evaluación, aclaraciones y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Esta partida se refiere a la adquisición de 800 Bolsas de Mezcla Asfáltica Predosificada en Frio (Bolsas de máximo 20 kilos de capacidad por unidad, con una propiedad mínima de almacenamiento de 24 meses y un contenido asfaltico ente 5% y 6%), las cuales se encuentran destinados a ser utilizados en los trabajos de mantenimiento de trabajos de bacheo en diferentes rutas por parte de la Administración Directa, de la Dirección de Vialidad en las provincias de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
1) Deberá ser una mezcla asfáltica fabricada en caliente para almacenamiento y aplicación en frío, que debe estar diseñada para ser utilizada como solución para la reparación de bacheos en pavimentos de asfalto y hormigón.
2) Debe estar compuesta por una mezcla de asfalto y agregados pétreos seleccionados.
3) Debe ser entregado en Bolsas en formatos de máximo 20 kg., que permitan un almacenamiento mínimo de 24 meses garantizado.
4) La Mezcla Asfáltica predosificada en frio, deberá garantizar su uso en las siguientes condiciones:
 Aplicación bajo cualquier temperatura ambiental y condición climática, inclusive de lluvia o nieve.
 No debe requerir imprimación previa ni riego de cualquier tipo para su aplicación y deberá permitir su uso sobre superficies que se encuentren húmedas o secas.
 Debe garantizar que el sobrante de la mezcla pueda ser nuevamente acopiada y ser utilizada en la siguiente jornada de trabajo al día siguiente.
El oferente que se adjudique la presente licitación, deberá considerar todos los costos asociados a la entrega y descarga a piso de los productos en el lugar que se le asigne en las Bodega de la Dirección de Vialidad, ubicadas en campamento fiscal Huerto N°2 ruta 9 Km.245, de la ciudad de Puerto Natales, , Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
En el proceso de recepción de productos, serán rechazados todas las bolsas o sacos que venga con un daño aparente, que no garantice la hermeticidad de su embalaje o presente claramente productos de mezcla asfáltica a la vista, lo cual será devuelto al oferente, bajo sus costos, las cuales a su vez deberán ser repuestas por nuevas unidades de productos, para dar cumplimiento con la entrega total de los productos.
9.5. DERECHO A DESESTIMAR OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Adjudicación correspondiente. En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra
de la Dirección de Vialidad.
9.6. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
 La omisión del ANEXO A en la oferta del proveedor quedara rechazada por ser parte de la evaluación.
 Por cada anexo en la oferta y solicitados estando la Licitación en estado “Cerrada” a través de la opción para que dicho Anexo sea ingresado (B y C) se restaran un punto por cada uno de ellos.
 Si el oferente no adjuntó el Anexo solicitado cumplido en el plazo, la oferta será rechazada.
9.7. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si se produce un empate en la evaluación de acuerdo al polinomio establecido en las Bases, se optará por definir la adjudicación de acuerdo a las siguientes prioridades:
i. Menor precio.
ii. Menor plazo de entrega.
iii. De continuar En caso de persistir el empate, la Comisión de Evaluación definirá por el oferente que primero ingreso su oferta
9.8. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y
demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
9.8.1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
9.8.2- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
9.8.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
9.8.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
9.8.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
9.8.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
9.8.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.8.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.9. DERECHO A VARIACIÓN DE CANTIDADES
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades solicitadas, cualesquiera sean los montos, precios y condiciones hasta en un 30%. Tal variación no podrá significar una alteración del precio o plazo ofrecido por el oferente
9.10. FORMA DE PAGO
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la Dirección de Vialidad, se efectuará dentro de un plazo máximo de hasta 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la Unidad Técnica / Inspector Fiscal, certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
Razón Social
:
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECCION GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF.
Domicilio
:
MANUEL SEÑORET N° 146
Comuna
:
PUERTO NATALES
Rut.
:
61.202.000-0
Giro
:
FISCAL
Código Unidad de Pago
:
1552
Se establece que la Dirección Regional de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los bienes o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario.
En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su factura que se encuentre registrado en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, el MOP dispone de dos alternativas, cuyo objeto es actualizar la información de datos de pago del beneficiario.
ALTERNATIVA I: Completar y firmar el formulario disponible en la página web institucional (www.dcyf.cl) denominado “Autorización Pagos a través de Bancos”, el que debe ser presentado ante Notario, acreditando la representación legal de la empresa.
ALTERNATIVA II: Entregar los siguientes documentos:
1. Formulario DCyF de “Autorización Pagos a través de Bancos” disponible en la página web institucional www.dcyf.cl, sin tramitar ante Notario, en original.
2. Al respecto se hace presente que si el formulario es firmado electrónicamente, debe utilizarse Firma Electrónica Avanzada según lo estipulado en la Ley Nº 19.799.
3. Tratándose de Personas Jurídicas, copia simple de la Escritura Pública de constitución de la sociedad, indicando la página donde constan los poderes del firmante de la escritura.
4. Certificado de Vigencia de la Sociedad, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha del formulario señalado precedentemente.
5. Certificado de Vigencia de Personería, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha del formulario señalado precedentemente.
6. Copia simple del RUT de la empresa.
7. Los documentos N° 3 y 4, se pueden obtener en formato digital a través de la página web del Conservador de Bienes Raíces (CBRS), Trámites en Línea del Registro de Comercio.
Nota: El adjudicatario debe tener presente que, una vez registrada la cuenta bancaria en el sistema
MOP, podrá emitir la factura.
Complementariamente, el Adjudicatario podrá ceder los derechos de las facturas originadas en el pago del Contrato que se genere, solo si en la copia de factura, en la cual de forma destacada aparezca la mención "cedible", conste la siguiente información:
• Recibo conforme de los servicios prestados.
• Indicación del lugar y fecha de prestación de los servicios.
• Nombre completo, Rut y domicilio de la Dirección.
• Identificación de la persona que recibe conforme, más su correspondiente firma.
9.11. FORMA DE EVALUACIÓN
Precio (70%): Puntaje Precio = (Precio mínimo ofertado x 100/ Precio oferta) X 0.70.
9.12. P L A Z O D E E N T R E G A
Plazo de entrega del producto tras emisión de la Orden de compra 30%): Puntaje Plazo= (Puntaje obtenido x 0.30)
Plazo Mayor o igual a 21 días corridos = La oferta NO será aceptada
Puntaje Total= (Puntaje Precio + Puntaje Plazo)
9.13. COTIZAR
Se debe cotizar en el portal mercado público, especificando claramente los valores y la Ubicación de acuerdo al anexo A. En el caso que los valores indicados en el Anexo A, sean diferentes a los ingresados en la Ficha del Portal, prevalecerán el anexo A, salvo que exista un error evidente, Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, las que serán derivadas para su Evaluación, la cual deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas De existir inconsistencias graves o que no correspondan a errores evidentes y que no puedan ser aclaradas a través del foro del portal, la oferta podrá ser considerada inadmisible y rechazada en el proceso de apertura (Dictamen N° 072362 de 2014).
.
9.14. LA FACTURA DEBE SER EXTENDIDA CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES:
El proveedor deberá completar formulario de autorización de depósito y enviarla a la Dirección de Contabilidad Finanzas del MOP en caso que no estar ingresado a sus registros una vez si es adjudicado.-
9.15. NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 9 del Reglamento de la Ley 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación. Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público.
9.16. CONTRAPARTE TÉCNICA (UNIDAD TÉCNICA / INSPECTOR FISCAL):
Con la la finalidad de efectuar una mejor coordinación y control del correcto cumplimiento en la entrega y puesta en marcha de los productos y/o servicios contratados, la Dirección de Vialidad designa como contraparte Técnica al Jefe de Conservacion Provincial o Subrogante de la Dirección de Vialidad de Ultima Esperanza, quien cumplirá las funciones como Unidad Técnica
/ Inspector Fiscal, además tendrá al efecto las siguientes facultades-obligaciones:
9.16.1 Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento en la entrega de los productos y/o servicios contratados.
9.16.2 Aprobar el pago correspondiente.
9.16.3 Confeccionar el documento que dé cuenta de la recepción conforme de los productos y/o servicios adquiridos.
9.16.4 Visar la factura correspondiente, posterior a la recepción conforme de los productos y/o servicios.
9.16.5 Aplicar el cobro de multas si corresponde.
9.16.6 Desarrollar todas las acciones referidas de control y gestión, que faciliten la entrega y puesta en marcha de los productos y/o servicios adquiridos.
9.17. MODIFICACIONES A LAS BASES
La Dirección de Vialidad de Ultima Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los proveedores. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los proveedores puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante resolución fundada, las respuestas a las consultas efectuadas se harán por circular aclaratoria o mediante el mismo portal.
9.18. FACTORING
La Dirección de Vialidad, aceptará la tramitación de factura sometida a Factoring por el Proveedor Adjudicado, siempre y cuando, no existan obligaciones o multas pendientes. Para ello, el Proveedor Adjudicado, deberá comunicar oportunamente al Responsable del Contrato, y dar aviso a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP., para dar continuidad al trámite.
9.19. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán evaluadas, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por funcionarios públicos (profesionales o técnicos calificados) y/o agentes públicos, todos de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas., y se podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el cumplimiento de su labor.
La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las ofertas que detalle todos los aspectos considerados.
Se propondrá declarar inadmisibles:
- Las ofertas que no cumplan con la presentación del ANEXO A y lo indicado en el punto 9.6 por tratarse de documentos esenciales,
- Se propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9° de la Ley 19.886:
- Cuando no se presenten ofertas o Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los Intereses del Servicio.
- Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación Correspondiente.
- Se efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en las bases.
9.20. FORMALIZACION DE LA CONTRATACION Y NOTIFICACION:
Para efectos de la contratación pública, se establece que el único documento válido que formaliza y respalda legalmente la relación contractual entre las partes será la respectiva orden de compra, emitida a través del sistema correspondiente. Esta orden de compra constituirá el instrumento que acredita el compromiso de adquisición de bienes o servicios y la notificación formal por parte del organismo público, y su aceptación implicará la obligación de cumplimiento en los términos y condiciones establecidos en ella.
A partir de su emisión, se entenderá que el proveedor ha sido debidamente informado y notificado de la adjudicación, debiendo dar cumplimiento a los términos y condiciones establecidos en las bases de licitación.
9.21. MODIFICACION Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, solo en los casos contemplados en el artículo 129
del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Por su parte, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 130 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entenderá por “incumplimiento grave”:
• No dar cumplimiento en la entrega de los productos ofertados y/o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
• Llevar un atraso superior a 5 días corridos en la entrega del producto, sin causa justificada.
• Efectuar la cesión del contrato.
• La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes, o personal dependiente, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
• Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
• Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
• Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Unidad Técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
9.22. PROCEDIMIENTO DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
El término anticipado del contrato deberá disponerse previa resolución fundada dictada al efecto. Sin perjuicio de la declaración de término anticipado del contrato, el oferente adjudicado deberá dar cumplimiento íntegramente al contrato hasta la notificación del referido término anticipado.
Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico único para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizadas e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
Para hacer efectivo el término anticipado del contrato, la resolución administrativa que declara el término anticipado deberá ser informada al proveedor mediante notificación electrónica (art. 140 del Decreto 661/2024).
Una vez notificado el adjudicatario éste dispondrá del plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente hábil desde la fecha de recepción del correo electrónico que le notifica el término anticipado del contrato, en dicho plazo el adjudicatario podrá presentar sus descargos.
Si vencido este plazo el contratista no presenta descargos, se hará efectivo el término anticipado de contrato de forma inmediata.
Si presenta descargos, la Dirección de Vialidad, dispondrá de un plazo de 10 días hábiles no fatales, para pronunciarse respecto de aquellos.
En el evento que los descargos sean rechazados, el oferente adjudicado podrá presentar recurso de reposición en el plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la resolución respectiva, en conformidad a la ley N° 19.880.
Lo anterior, es sin perjuicio de las multas que pudieren ser aplicables, o el cobro de las garantías entregadas por el adjudicatario a la Dirección de Vialidad encontrándose esta última facultado para hacerlas efectivas, según lo establecido en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
La Dirección de Vialidad conservará su derecho de interponer las acciones judiciales pertinentes para cobrar todos los perjuicios ocasionados.
En ninguno de estos casos, procederá el pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado.
9.23. MULTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA SU APLICACION.
La contraparte técnica deberá informar, por escrito, el incumplimiento al oferente, para las medidas pertinentes, si existiesen multas relacionadas con la calidad o plazo de entrega del producto y/o servicio adjudicado, de acuerdo al plazo ofertado según lo indicado en su oferta técnica (Anexo N°A).
El incumplimiento o infracción, por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas tanto en las Bases de Licitación como en el contrato que se suscriba, será causal de las multas que se indican a continuación:
MONTO MULTA TIPO DE INFRACCION CRITERIO DE APLICACION TOPE
2 UTM
Por el retraso en la entrega de los productos
ofertados
Por cada día de atraso, contadas desde transcurridas las 24 horas del vencimiento del
plazo de entrega ofertado.
10 UTM
(5 días corridos)
 Las multas se aplicarán hasta el tope máximo de 10 UTM. En caso de que dicha multa supere el tope considerado, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave.
 El monto de las multas será rebajado del pago que la Dirección de Vialidad deba efectuar al adjudicatario.
 Para el cálculo de los montos correspondientes, se considerará el valor de la UTM a la fecha de la infracción. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
 No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, la cual será calificado como tal por parte de la Dirección
de Vialidad y se dejará constancia de ello mediante resolución fundada.
9.24. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACION DE MULTAS.
Detectado el incumplimiento que amerite la aplicación de multa; la Unidad Técnica deberá comunicar la situación a la Unidad de Gestión Presupuestaria, mediante Informe Técnico, adjuntando todos los antecedentes de respaldo.
1.- El incumplimiento será notificado al adjudicatario, mediante notificación electrónica, enviada por la Contraparte Técnica, al correo electrónico que el proveedor haya indicado como contacto al momento de presentar su oferta; donde se informará la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la sanción que corresponda. Dicha comunicación se entenderá notificada al día hábil siguiente de su envío.
2.- A contar de la notificación señalada en el punto N°1, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. El documento en que consten los descargos, deberá indicar expresamente como referencia el Número de oficio, donde conste la notificación de la multa.
3.- Vencido el plazo indicado en el punto N°2, sin que se hayan presentado descargos por parte del proveedor, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada.
4.- Si el proveedor presenta descargos, dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección de Vialidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, en base a los antecedentes recopilados, los cuales servirán de fundamento para respaldar la decisión la Institución. La Dirección de Vialidad podrá libremente incorporar los medios de prueba que estime pertinente, siendo admisibles todos los medios de prueba que la ley franquea.
5.- El pronunciamiento por parte de la Dirección de Vialidad del MOP, ya sea, por rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, la cual deberá detallar el incumplimiento de contrato, los descargos, la decisión de la institución y la sanción (si aplicara). Se notificará al proveedor vía correo electrónico. Dicha comunicación se entenderá realizada en las 24 horas posteriores a su envío.
6.- Recurso de Reposición: el proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en el punto N°5, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La Dirección de Vialidad del MOP, tendrá un plazo no superior a 10 días hábiles para resolver el citado recurso.
7.- Resuelto los recursos, confirmando la multa, o vencido el plazo para su interposición, si no repone de ella en el plazo antes indicado la Dirección de Vialidad quedará facultada para cobrar de manera inmediata la multa mediante decreto fundado, remitiéndole copia de ella al adjudicatario.
8.- Todas las multas aplicadas serán descontadas de la factura correspondiente emitida por él proveedor.
9.- Con todo, el importe de la multa se aplicará hasta el tope de lo equivalente a 30 UTM (15 días corridos de atraso). En caso de superar dicho monto se dispondrá el término anticipado.
9.25. DIAS INHABILES
Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes bases de licitación, cuyo vencimiento recayere en día inhábil, se entenderán prorrogados para el día hábil siguiente a su vencimiento.
9.26. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION.
a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización. El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx.
b) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
c) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
d) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
9.27. INTEGRACION DEL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.28. VALIDEZ DE LA OFERTA
La validez de la oferta no podrá ser menor a los 60 días corridos a contar de la fecha de Apertura.
9.29. PRORROGA FECHA DE CIERRE
La fecha de cierre de la Licitación podrá ser modificada, si no hubiera una cantidad suficiente de ofertas u otra causal.
9.30. PRECIOS Y MONEDAS
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entrega de los productos en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste. En los casos en que un oferente presente más de una oferta, se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, y los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
9.31. VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato comenzará a regir desde la fecha de aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado.
El contrato finalizará hasta la recepción conforme de la totalidad de los productos ofertados, recepcionados por parte del Jefe de Conservación Provincial.
NOTA: La aceptación de la Orden de Compra, no podrá ser superior a 2 días hábiles desde enviada la Orden de Compra al proveedor.
9.32. SITUACIONES NO PREVISTAS
Toda situación no prevista o que resulte dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases, será resuelta por la Dirección de Vialidad, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas, siendo su decisión obligatoria e inapelable para los participantes, quienes, en esta materia, no tendrán derecho a reclamo alguno. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
La Dirección de Vialidad se encuentra facultada para verificar la habilidad del proveedor en el portal de Mercado Público durante la vigencia del contrato.
9.33. INTEGRACIÓN DEL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato (ORDEN DE COMPRA) que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.34. NORMATIVA APLICABLE
Al contrato le serán aplicables los siguientes documentos y normas legales:
 Las bases administrativas, bases técnicas, anexos, preguntas y respuestas, las aclaraciones y la oferta.
 La Ley Nº 19.886, sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones y su Reglamento contenido en el Decreto N° 661de 2024, del Ministerio de Hacienda.
 Ley 19.880 que “Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado
 La normativa interna de la Dirección de Vialidad, Región de Magallanes
 DFL N° 1/2001 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
No obstante, lo anterior, en todo lo que sea atingente, al contrato le serán aplicables las normas de Derecho Público que resulten pertinentes, y luego las disposiciones de Derecho privado en lo que sean aplicables.
9.35. RECEPCION DE LAS BOLSAS MEZCLA ASFALTICA
Las bolsas asfáltica serán recepcionadas conforme por el Jefe de Conservación o subrogante, los cuales autorizan el pago si esta correcto lo solicitado, si no corresponde a lo solicitado es responsabilidad del proveedor retirar las bolsas de nuestras bodegas.
9.36. PRORROGA FECHA DE CIERRE
La fecha de cierre de la Licitación podrá ser modificada, si no hubiera una cantidad suficiente de ofertas u otra causal.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.