Licitación ID: 1058062-6-LE26
CS DE FÁRMACOS HABITUALES Y AMBULATORIOS
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE HOSPITAL DE CAUQUENES
Fecha de Cierre: 18-06-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 11 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Furosemida 10800 Frasco Ampolla
Cod: 51191510
FUROSEMIDA 20 MG/1 ML SOLUCIÓN INYECTABLE.  

2
Propafenona 5500 Comprimido
Cod: 51121509
PROPAFENONA CLORHIDRATO 150 MG.  

3
Clorhidrato de mebeverina 2800 Frasco Ampolla
Cod: 51172101
PARGEVERINA 5MG + METAMIZOL 2.0 GR SOLUCIÓN INYECTABLE.  

4
Rifamicina 360 Comprimido
Cod: 51101533
RIFAXIMINA 200 MG.  

5
Glibenclamida o gliburida 360 Comprimido
Cod: 51181516
EMPAGLIFLOZINA 12,5 MG / METFORMINA 1000 MG.  

6
Sucralfato 600 Comprimido
Cod: 51171911
SULFASALAZINA 500 MG.  

7
Cloranfenicol 600 Tubo
Cod: 51101503
CLORANFENICOL UNGÜENTO 1%  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CS DE FÁRMACOS HABITUALES Y AMBULATORIOS
Estado:
Publicada
Descripción:
el Hospital de Cauquenes, con el objetivo de garantizar el abastecimiento oportuno y suficiente de medicamentos, asegurando la continuidad de los tratamientos médicos, el adecuado funcionamiento de los servicios de salud y la calidad en la atención de los pacientes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Fármacos
R.U.T.:
61.606.913-6
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-06-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 05-06-2026 13:58:36
Fecha inicio de preguntas: 05-06-2026 14:01:00
Fecha final de preguntas: 10-06-2026 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-06-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-06-2026 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-06-2026 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 20-07-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LICITACIÓN
3.- ANEXO Nº 3 REQUISITOS PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
4.- ANEXO Nº 4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD
5.- ANEXO Nº 7 CERTIFICADO DE ASEGURAMIENTO DE STOCK Y VENCIMIENTO
Documentos Técnicos
1.- ANEXO Nº 5 MONTO MÍNIMO DE FACTURACIÓN Y DESPACHO
 
2.- ANEXO Nº 6 PLAZO DE ENTREGA
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


Persona jurídica
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica Se evaluará según lo señalado en el Punto Nº 10.6.2 letra a) de las presentes bases. 20%
2 Precio Se evaluará según lo señalado en el Punto Nº 10.6.1 letra a) de las presentes bases. 60%
3 Plazo de entrega Se evaluará según lo señalado en el Punto Nº 10.6.2 letra b) de las presentes bases. 10%
4 Programa de integridad Se evaluará según lo señalado en el Punto Nº 10.6.3 letra a) de las presentes bases. 3%
5 Cumplimiento de requisitos formales Se evaluará según lo señalado en el Punto Nº 10.6.3 letra b) de las presentes bases. 2%
6 Monto mínimo de facturación y/o despacho Se evaluará según lo señalado en el Punto Nº 10.6.2 letra c) de las presentes bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Hospital de Cauquenes
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ana Alarcón Díaz
e-mail de responsable de pago: aalarcon@ssmaule.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En el evento de existir empate en el puntaje, la comisión evaluadora resolverá esto, aplicando las siguientes consideraciones: a)Se buscará en primer término en las ofertas empatadas, el mejor puntaje para el criterio precio, adjudicando a dicho oferente la licitación. b)Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor puntaje obtenido en el factor calidad técnica, a éste se procederá a adjudicar la licitación. c)Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor puntaje obtenido en el factor plazo de entrega, a éste se procederá a adjudicar la licitación. d)Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor puntaje obtenido en el factor monto mínimo de facturación y/o despacho, a éste se procederá a adjudicar la licitación. e)Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor puntaje obtenido en el factor difusión del programa de integridad, a éste se procederá a adjudicar la licitación. f)Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor puntaje obtenido en el factor cumplimiento de los requisitos formales, a éste se procederá a adjudicar la licitación. Finalmente, de persistir el empate se privilegiará al oferente que primero haya realizado su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 3 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico rgallardo@ssmaule.cl. El Hospital de Cauquenes dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
El Hospital de Cauquenes tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles Administrativos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Vigencia del convenio
El plazo de contratación de los suministros para el Hospital de Cauquenes será a contar de la fecha de adjudicación por 12 meses.
Extensión del contrato
De ser necesario y por única vez para asegurar la continuidad del servicio, el contrato podrá extenderse por un máximo de 3 meses previo acto administrativo y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación hasta la adjudicación del nuevo proceso licitatorio.
Comportamiento ético del adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Dichos estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Administrador y coordinador del contrato
El administrador de convenio será la Jefatura de bodega de insumos y farmacia del Hospital de Cauquenes, correo electrónico favilam@ssmaule.cl, quién deberá realizar las siguientes funciones: 1. Supervisar y coordinar el uso eficiente y correcto del contrato, asegurando que los procesos sean de la calidad deseada, verificar que se cumplan las normas y las regulaciones establecidas y que estén acorde a los protocolos de calidad internos. 2. Fiscalizar que la ejecución del convenio sea bajo la estricta sujeción a las bases de la presente licitación. 3. Solicitar sanción a través de un informe que se enviara a la Subdirección de Gestión Administrativa del Hospital, en el caso de incumplimiento de las obligaciones del presente convenio, que hayan sido detectadas personalmente o denunciadas formalmente por algún administrador interno, funcionario o usuario del establecimiento. El adjudicatario, deberá nombrar un coordinador del convenio, el que deberá ser informado a través del formulario Anexo Nº 1 “Identificación del Oferente” adjunto en las presentes bases. El desempeño de su cometido deberá ser: a) Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio. b) Informar oportunamente a la institución de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este convenio. Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado al Coordinador del convenio de la institución, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 Hrs. siguientes de efectuado la designación o cambio.
Cumplimiento del artículo 35 quater
El adjudicatario garantiza que tanto él como su equipo no se encuentran afectos por las inhabilidades establecidas en el artículo 35 quater de la Ley N° 19.886 y el artículo 14 del reglamento de compras públicas N°661/2024, que prohíbe la suscripción de contratos administrativos con el personal del mismo organismo, así como con personas relacionadas, incluyendo cónyuges, convivientes civiles y aquellos vinculados por parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Adicionalmente, conforme al artículo 14 del reglamento de la Ley N° 19.886, esta prohibición se aplica a las personas identificadas anualmente mediante resolución de la jefatura superior de la entidad. En particular, afecta a quienes desempeñen funciones de "Participantes de la Unidad de Compra o unidad equivalente" (numeral 2 del artículo 13 del reglamento) y "Administrador de Contrato" (numeral 5 del artículo 13 del reglamento), así como a quienes posean el perfil de "Comprador" o "Supervisor" en el Sistema de Información de Compras Públicas, durante el tiempo en que ejerzan dichas funciones y hasta un año después de cesar en sus cargos. De igual forma, el adjudicatario debe presentar, al momento de la presentación de su oferta, declaraciones juradas individuales tanto de él como de cada uno de los miembros de sus equipos, acreditando que ninguno de ellos está afecto a las inhabilidades mencionadas en dicho artículo.
Factoring y prohibición de cesión
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Es responsabilidad y obligación del adjudicatario notificar de manera formal a los correos electrónicos del departamento de administración y finanzas jcarmona@ssmaule.cl, mamigog@ssmaule.cl, fverdugo@ssmaule.cl, aalarcon@ssmaule.cl, vvera@ssmaule.cl y/o de manera presencial mediante carta certificada dirigida a la oficina de partes del Hospital de Cauquenes, Calle Manuel Montt S/N, Cauquenes, la materialización de la contratación de factoring. El incumplimiento de las formalidades legales en la cesión de facturas o el uso malicioso del factoring facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato de forma administrativa, notificando al proveedor según los plazos establecidos en las bases de licitación. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
Del Pago
La Ley n° 21.131 establece que el pago se efectuará no excediendo los 30 días contados desde la recepción conforme de los bienes y/o servicios, de acuerdo con lo establecido en la orden de compra. Se deja constancia que Hospital de Cauquenes está autorizado por la Ley n° 21.796, del Sector Público correspondiente al año 2026 para realizar el servicio mencionado. El adjudicatario deberá emitir factura a nombre de Hospital San Juan de Dios de Cauquenes, Rut: 61.606.913-6, el documento debe ser enviado en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, en concordancia con la orden de compra. El oferente adjudicado y que cuente con una orden de compra debidamente emitida, contará con un plazo máximo de 24 hrs. para su aceptación. Se pagará mediante transferencia electrónica, de acuerdo con las condiciones de facturación, solamente cuando se haya realizado la recepción conforme de los productos. El pago se cursará en un periodo de 30 días posterior a la recepción conforme de dicha factura en sistema de ACEPTA. En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 2° quater de la Ley 19.983, que regula transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura; Hospital San Juan de Dios de Cauquenes, tendrá un plazo de 08 días corridos, contados desde la recepción de las respectivas facturas para reclamar en contra de su contenido. Será requisito indispensable que el oferente adjudicado registre cuenta bancaria asociada al RUT con el cual realizo su oferta, ya sea éste persona natural o jurídica, debido a que las órdenes de compra serán generadas con los datos informados en su oferta. Para las consultas por pago de facturas o envíos de datos bancarios al correo jcarmona@ssmaule.cl.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el punto N°10.10 de las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato.
De los precios
El precio convenido en la orden de compra y/o contrato, no estará afecto a reajustes; es decir, no se considera reajuste IPC.
Sanciones y Multas
De acuerdo con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de Compras Públicas, el sumatorio total de las multas aplicadas durante la ejecución del contrato no podrá exceder el 30% del monto total adjudicado por proveedor. En caso de que las sanciones acumuladas alcancen este límite, se evaluará la continuidad del contrato, pudiendo derivar en su término anticipado conforme a la normativa vigente. Los siguientes incumplimientos, obligarán al Hospital para aplicar las multas que se detallan a continuación: Tipo de Multa Detalle Falta leve 1 UTM 1)Irrespetuosidad a funcionarios: Conductas irrespetuosas dirigidas a funcionarios, lo cual puede afectar el ambiente laboral. 2)Incumplimientos menores de coordinación: Falta de comunicación oportuna con Hospital de Cauquenes. Retrasos en respuestas formales que no impacten la continuidad del tratamiento. Falta moderada 3 UTM 1)Incumplimiento en los plazos y condiciones de entrega: Retraso en la entrega de los bienes, no efectuar la entrega total o parcial de los productos adjudicados dentro del plazo perentorio establecido en el Anexo N° 6 de las presentes Bases (o de la Oferta Técnica, según corresponda). Entrega de bienes no conformes o discrepantes, proveer bienes que no correspondan a las especificaciones técnicas solicitadas en la Orden de Compra respectiva, o que difieran de los productos efectivamente requeridos por la entidad licitante. Falta grave 5 UTM 1)Falta de notificación oportuna: No notificar formal y oportunamente al Hospital de Cauquenes la ocurrencia de una alerta sanitaria y/o el quiebre de stock de medicamentos, afectando la continuidad del servicio. 2)Omisión de documentación de respaldo: No entregar la carta de quiebre de stock o no dar respuesta formal a las solicitudes de reposición emitidas por los funcionarios del Hospital.
Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
a. Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la Subdirección de Gestión Administrativa notificará inmediatamente de ello al adjudicado, a su correo electrónico, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. b. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. c. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. d. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Director de la institución licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, que se pronunciara sobre la aplicación de la multa que procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La indicada resolución deberá publicarse en el Sistema de Información dentro de 24 horas de dictaminada y por dicho medio se entenderá que se notificó al adjudicado. e. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. f. La resolución fundada una vez ejecutoriada aplicará la sanción de la multa, la que se descontará y/o retendrá de las sumatorias de la o las facturas emitidas por el adjudicatario donde incurrió la sanción o en cualquiera otra derivada de la misma licitación. De no existir facturaciones pendientes de pago, el proveedor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la sanción para realizar el depósito o transferencia electrónica a la respectiva cuenta corriente del establecimiento. g. El no pago de la multa, dentro del plazo señalado precedentemente, facultará a la institución para poner término anticipado al contrato y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la hubiera en la presente licitación. h. Finalmente, la sanción ejecutoriada debe ser publicada en el "Registro de Proveedores del Estado" en el aplicativo "Comportamiento Contractual Anterior de los Proveedores".
Mecanismo de pago de multa
La multa aplicada deberá pagarse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para presentar la reclamación o resuelto el recurso indicado en el punto anterior. El procedimiento de pago de la multa será el siguiente: a)Pago directo del proveedor: Las multas deberán ser pagadas mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente del Hospital de Cauquenes. b)Podrán ser descontada de pagos pendientes.
Sobre compensación de cuentas por pagar con multas aplicadas en futuras bases de licitaciones
El Hospital podrá descontar las multas que se originen de los incumplimientos que se estipulen como tal en las bases de licitación o trato directo, según corresponda, de forma administrativa de los documentos por pagar que se tenga con el proveedor respectivo, hasta completar el monto de la multa ratificada por resolución exenta. Si no existieren facturas pendientes o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro de los 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. Si no existe pago ni depósito, estas multas se podrán descontar efectuando cobro al Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, según corresponda. Si una vez efectuada todas las gestiones anteriores aún persiste un monto adeudado, el Hospital podrá efectuar cobro a través de la vía judicial o extrajudicial, si así lo determina.
Término Anticipado del Contrato
El Hospital de Cauquenes, debe declarar, administrativamente, el término del contrato, en todo o en parte, por alguna de las causales siguientes: 1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente: ● Tres veces por Faltas Leves, durante la vigencia del convenio. ● Dos veces por Falta Leve con una vez por Falta Grave, durante la vigencia del convenio. ● Dos veces por Faltas Graves; durante la vigencia del convenio. 2. Que el proveedor presente retraso en plazo de entrega, superior a 10 días hábiles en relación a plazo de entrega ofertado. 3. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la incapacidad de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 4. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 5. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 6. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 7. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 9. Las demás establecidas en la Ley, en las presentes Bases de licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Por situación sobreviviente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el establecimiento dependa o deba acatar instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y son derecho a indemnización.
Operatoria general
El Hospital de Cauquenes, a través de la Unidad de Adquisiciones, cursará al Proveedor las solicitudes de provisión de los productos en las cantidades y con la periodicidad que estime necesaria a sus requerimientos mediante el envío de la Orden de Compra a través del portal. Los fármacos serán solicitados de acuerdo con la programación de los servicios clínicos del Hospital San Juan de Dios de Cauquenes, generándose la orden de compra con la cantidad requerida antes del despacho. La Unidad de Adquisiciones del Departamento de Abastecimiento emitirá las órdenes de compra al proveedor adjudicado, quien deberá entregar los fármacos dentro del plazo especificado en su oferta (Anexo N°6), contado a partir del envió de la orden en el portal de Mercado Público. Es fundamental que el proveedor cumpla estrictamente con el plazo de entrega ofertado, ya que la provisión de los fármacos licitados es crítica para satisfacer las necesidades de los usuarios del Hospital. Los medicamentos deberán ser entregados en la Bodega de Fármacos e Insumos Clínicos, ubicada en calle Manuel Montt S/N. Los horarios de atención de Bodega de Farmacia: Lunes a jueves de 08.30 horas a 16.30 horas. Viernes de 8.30 horas a 15.30 horas. La orden de compra emitida a través del Portal www.mercadopublico.cl deberá ser aceptada dentro del plazo de 48 Hrs. El adjudicatario no podrá rechazar la Orden de Compra válidamente emitida en conformidad este convenio, salvo la existencia de deuda vencida del establecimiento que emite la Orden de Compra.
De la Orden de Compra
La primera orden de compra será emitida una vez que esté totalmente tramitado la Resolución de adjudicación. Cada Orden de Compra se entenderá notificada al adjudicatario desde la publicación en el portal Mercado Público. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de Compra desde la notificación en el portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
Responsabilidades y obligaciones del adjudicatario
erá responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. En caso contrario el establecimiento estará facultado a dar termino anticipado de contrato de forma unilateral conforme a lo establecido en el punto 11.4.2 de las presentes bases de licitación. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.