9.1.1. ANTECEDENTES
ProChile es un servicio público dependiente del Ministerio de Relaciones
Exteriores, a través de la Subsecretaría de Relaciones Económicas
Internacionales. ProChile tiene como misión promover el desarrollo de las
exportaciones y apoyar el proceso de internacionalización de las empresas
chilenas a través de la permanente difusión, promoción, diversificación y
estímulo en el mercado internacional de los productos y servicios chilenos, de
manera de crear, extender o intensificar su demanda y potenciar la imagen de
Chile en el exterior.
Para apoyar el cumplimiento de las funciones de promoción comercial que realiza
ProChile, se requiere la adquisición de suscripción a una plataforma digital de
gestión y monitoreo de Redes Sociales, con el objeto de que el Departamento
Dirección de Comunicaciones Estratégicas de ProChile, pueda contar
permanentemente con información actualizada -la cual no se encuentra disponible
de manera gratuita en internet-, respecto a la gestión, monitoreo y
optimización de redes sociales, así como tendencias y estrategias comerciales,
datos demográficos, públicos objetivos, KPI, Keywords y generar reportes de
analytics para las cuentas de Redes Sociales de la institución de manera de
poder adaptar las estrategias de marketing y comunicación digital para la
difusión de las herramientas y servicios de ProChile a los empresarios y
empresarias del país, y la difusión de la oferta exportable nacional en
mercados internacionales.
De acuerdo a lo establecido en el artículo N° 21 la Ley N° 21.796 de
Presupuestos del Sector Público para el año 2026 y atendidas las instrucciones
presupuestarias vinculantes, la presente adquisición se considera de carácter
indispensable para el cumplimiento de las funciones que realiza ProChile
considerando que las plataformas digitales se han convertido en uno de los
principales medios de comunicación, siendo necesario realizar distintas
acciones o campañas como herramienta de difusión.
9.1.2. OBJETIVO
Contar con información que permita evaluar la eficiencia y eficacia de las
comunicaciones digitales desarrolladas por ProChile, tanto en la difusión de
las herramientas y servicios institucionales dirigidos a los empresarios
nacionales, como en la promoción de la oferta exportable chilena en los
mercados internacionales.
9.1.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Se requiere una suscripción de acceso a plataforma digital de gestión y
monitoreo de redes sociales institucionales, la cual debe considerar las
siguientes características mínimas:
a) Suscripción con vigencia mínima: 12 meses.
b) Acceso a la plataforma de monitoreo las 24 horas del día y los 7 días de la
semana.
c) Acceso a la plataforma para un usuario principal que permita gestionar y
monitorear al menos los perfiles de ProChile en las siguientes plataformas: X,
Facebook, Instagram, LinkedIn y otras redes sociales.
d) La plataforma de gestión y monitoreo suscrita debe incluir:
• Conectar al menos los perfiles de ProChile en las plataformas: X, Facebook,
Instagram, LinkedIn y otras redes sociales.
• Programar publicaciones utilizando tiempos óptimos de envío para conseguir
más engagement de nuestros posts.
• Acceso a programar contenido desde una cuenta hacia las distintas plataformas
de Redes Sociales.
• Acceso a reportes competitivos para Instagram, LinkedIn, Facebook y X.
• Etiquetas para las publicaciones para clasificar que pertenecen a una campaña
en proceso.
• Disponibilidad de biblioteca de contenidos y activos digitales para mantener
los medios aprobados directamente en la plataforma.
• Crear flujos de trabajo con roles personalizados (administrador, moderador,
etc.) que puedan aprobar o no los mensajes, los posts, respuestas, etc. Para
asegurarse de mantener un estilo de marca unificado.
• Acceder a reportes sociales de acciones pagadas en Facebook, Instagram, X y
LinkedIn, con el objetivo de evaluar el retorno de la inversión monetaria.
• Servicio de asistencia directa con un ejecutivo de la plataforma,
capacitación y manuales de las herramientas, informes y perfiles que entrega la
plataforma durante la implementación de la misma.
• Servicio de asistencia técnica para soporte en caso de fallas asociadas al
funcionamiento de la plataforma.
• Vínculo de calendario + Horas de publicación óptimas donde se pueda tener
registrados horarios de mejor rendimiento de publicaciones por plataforma.
• Que la herramienta entregue reportabilidad de las cuentas de Redes Sociales y
plataformas digitales de ProChile, en los reportes debe considerar:
- Generación de Informes básicos orgánicos y de pago que corresponden al
rendimiento de las publicaciones, con número de impresiones, visualizaciones e
interacciones, incluyendo post, reels, historias.
- Generación de Informes de etiquetado, definir cuáles cuentas etiquetaron a
las nuestras, cuántas y con qué contenidos.
- Generación de Informes de redes individuales de todos los datos anteriores.
- Generación de informe semestral y tendencias por plataforma.
• Servicio de Listening: recopilar y categorizar los contenidos y comentarios
de los usuarios en tiempo real, para identificar tendencias,
sentimentalización, mejoras, reputación, con el objetivo de responder
oportunamente en los diferentes casos que se presenten.
• Employee advocacy: plataforma que habilita un lugar en la nube donde subir
todo el contenido recomendado para compartir a fin de que los empleados puedan
publicar el material aprobado en sus redes sociales de forma rápida y sencilla.
• Gestión especializada y en entorno nativo de X: considerando el perfil de las
audiencias estratégicas de ProChile en mercados internacionales, así como la
relevancia de actores institucionales, medios de comunicación, autoridades y
líderes de opinión presentes en la plataforma X, se requiere una gestión
dinámica, especializada y en tiempo real de la cuenta institucional. Debido a
la naturaleza inmediata de la conversación pública en dicha red social, la
solución deberá complementar las funcionalidades generales de monitoreo y
escucha social con capacidades avanzadas y/o nativas específicas para X,
orientadas al seguimiento de contingencias, monitoreo de conversación pública y
gestión de crisis digitales. Para ello, la propuesta deberá contemplar las
siguientes capacidades:
o Panel de monitoreo en tiempo real mediante columnas: visualización simultánea
de múltiples búsquedas, listas, menciones, palabras clave y hashtags en X a
través de columnas paralelas con actualización continua y sin latencia.
o Monitoreo avanzado mediante listas, hashtags y búsquedas avanzadas y
parametrizables en tiempo real: seguimiento de conversaciones, tendencias y
actores estratégicos dentro de X utilizando filtros avanzados y herramientas
propias de la plataforma, más allá de las menciones directas.
o Acceso a funcionalidades avanzadas de monitoreo, visualización y seguimiento
en tiempo real disponibles dentro del ecosistema nativo de X, orientadas a la
identificación temprana de tendencias, conversaciones relevantes, contingencias
comunicacionales y actores estratégicos.
o Capacidad de apoyar procesos de escucha social, seguimiento de contingencias
comunicacionales y monitoreo permanente de conversación pública vinculada a
temas institucionales y sectoriales de interés para ProChile.
9.1.4.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos
mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:
ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente
Se debe entregar la información requerida en el Anexo N°1 definida como
obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida
en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del
Estado, se considerará como presentada por el oferente.
De no incluirse el mencionado Anexo N°1, o si dicha información no está
disponible en El Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible
y no será evaluada.
ANEXO N° 4: Declaración Jurada de oferta de empresas relacionadas y
pertenecientes a un grupo empresarial
Se debe entregar la información requerida en el Anexo N°4. De no incluirse la
citada declaración la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
ANEXO N° 2: Formulario Oferta Económica
Los oferentes deberán completar el Anexo N°2: “Formulario Oferta Económica”,
indicando el precio en pesos chilenos el que debe considerar la totalidad de
los bienes requeridos e incluir impuestos y todos los costos que ello implique.
El monto total ofertado no podrá exceder de $8.000.000.- (ocho millones de
pesos), incluyendo impuestos y costos asociados, considerando los 12 meses de
vigencia de la suscripción.
De no incluirse el mencionado Anexo N°2; si dicho Anexo no contiene toda la
información solicitada; o si la propuesta supera el monto máximo establecido en
las presentes bases, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
ANEXO N° 3: Formulario Oferta Técnica
Presentación escrita, atendiendo a lo solicitado en las presentes Bases de
Licitación, que debe considerar la totalidad de los bienes requeridos, de
acuerdo al Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”.
La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:
Ítem I: Descripción de la propuesta técnica
Los oferentes deberán describir su Propuesta, considerando los requerimientos
técnicos mínimos establecidos en el numeral 9.1.3 “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”
de las presentes bases, describiendo la propuesta, indicando los servicios y
funcionalidades que esta ofrece.
Lo anterior podrá incluir una simulación de monitoreo de una red social de la
plataforma ofertada, o prints de las funcionalidades existentes en la
plataforma ofertada
Lo anterior de conformidad al formato dispuesto en el ítem I del Anexo N° 3:
“Formulario Oferta Técnica”.
Ítem II: Plazo de entrega de la suscripción
Los oferentes deberán indicar el plazo de entrega de la plataforma, la cual no
podrá superar los 10 días hábiles desde el envío y aceptación de la Orden de
Compra.
Ítem III: Criterios sustentables y/o inclusivos
En relación con la evaluación del criterio de evaluación inclusivo, los
oferentes deberán completar el formulario establecido en el numeral IV. del
Anexo N° 3 y adjuntar la documentación solicitada para verificar lo declarado,
de acuerdo con el siguiente detalle:
• Sello Empresa Mujer: El/la
oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas
por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado, a través del
Certificado Empresa Mujer, disponible en el Registro de Proveedores.
En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición
necesaria es ser mujer (información del Registro Civil).
En el caso que el proveedor, sea una institución sin fines de lucro,
instituciones públicas u otro similar, podrá incorporar una certificación
equivalente al Sello Empresa Mujer.
• Contratación de personas con
discapacidad: El oferente deberá señalar si cuenta con personas con
discapacidad dentro de la empresa. Para acreditar lo anterior deberá adjuntar:
(1) contrato de trabajo vigente, firmado por ambas partes (dicho contrato debe
ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la
contratación) y (2) credencial de discapacidad correspondiente o el certificado
de discapacidad.
Esta información deberá ser acreditada mediante la presentación de la
documentación correspondiente. No obstante, si dicha información se encuentra
disponible en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntar los
documentos que la respalden.
• Convenio de disposición y/o
reciclaje de desechos: El oferente deberá indicar si dispone de convenios de
disposición y/o reciclaje de desechos, considerando insumos usados en sus
procesos productivos, papel, latas, vidrios u otros. Para acreditar este hecho
deberá adjuntar copia de contrato, convenio o certificado que acredite que
dicha política se encuentre vigente al momento de la apertura de la presente
licitación
No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas.
Ítem IV: Programa de Integridad y Ética empresarial
De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Decreto N° 661, de 2024, del
Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886, el
proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de programas de integridad
y ética empresarial los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados
por su personal, lo que deberá ser declarado por los oferentes, completando el
formulario contenido en el numeral V. del Anexo N°3 de este pliego de
condiciones.
Para efectos del presente proceso de licitación, se entenderá como programa de
integridad y ética empresarial un conjunto de políticas, procedimientos y
herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas
irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la
transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos,
promoviendo una cultura de cumplimiento.
El cumplimiento de lo anterior deberá ser acreditado por los oferentes, según
lo informado al ofertar en el ítem V del Anexo N°3. Además, los oferentes
deberán adjuntar copia del programa y el documento correspondiente que acredite
su difusión, tales como, correos electrónicos institucionales, actas de
recepción, toma de conocimiento o recepción a conformidad firmada por los
trabajadores, comunicado interno que conste en su página web y/o intranet,
copia de reglamento interno dónde conste la aplicación del programa, u otro.
Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N°
E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o
cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la
señalada acreditación.
En el caso de que los oferentes presenten su oferta como persona natural y la
contratación no requiera de un equipo de trabajo, sólo será requisito contar
con un Programa de Integridad y Ética empresarial, pues, por lógica, la sola
presentación del documento se entenderá como el medio de acreditación para su
difusión.
Cuando las ofertas sean presentadas por UTP, todos los integrantes deberán
cumplir con lo señalado y adjuntar la documentación si corresponde.
Para efectos de la evaluación del ítem referido al “Programa de Integridad y
Ética empresarial” se considerará la información proporcionada por los
proveedores en el numeral V. del Anexo N°3 de las presentes Bases.
Consideración final ANEXO N°3:
De no incluirse el mencionado Anexo N° 3; si dicho Anexo no se encuentra
firmado; si no contiene toda la información solicitada en los ítems N° I y II;
o si la propuesta no da cuenta del cumplimiento expreso de los requisitos
establecidos en el numeral 9.1 de las presentes bases, la oferta será declarada
inadmisible y no será evaluada.
No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas.
9.1.5. PRIMACÍA DE LAS BASES
En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la
información contenida en la ficha electrónica de licitación que figure en el
portal www.mercadopublico.cl, primarán las presentes bases, las cuáles se
encontrarán dentro de los archivos adjuntos, de la citada ficha de licitación.
9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN
La presente Licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N°
19.886, modificada por la Ley N° 21.634, su Reglamento y las presentes Bases,
las que son obligatorias para los que participen en la Licitación y se
entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
Los derechos y obligaciones de el o los Adjudicatarios se regirán por los
siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin
perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:
- Ley N°19.886, modificada
por la Ley N° 21.634 que la moderniza y el Decreto N° 661, de 2024, del
Ministerio de Hacienda, que aprobó su Reglamento.
- Bases, sus Anexos,
Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
- Oferta del Adjudicatario y
Aclaraciones a las mismas.
- Orden de Compra que emita
ProChile.
9.3.- PLAZOS
Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en
estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga
expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos.
Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá
automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente sin necesidad de
comunicación o resolución alguna.
9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES
Quienes presenten ofertas en esta Licitación, deberán, para los efectos del
cumplimiento de las obligaciones de la contratación, fijar su domicilio en la
ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana y se someterán a la
jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará
establecido en el convenio correspondiente con el Adjudicatario de la
contratación.
9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes
quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnico –
económica por un plazo de sesenta (60) días.
9.6.- COSTO DE PRESENTACION DE LA OFERTA
Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán
de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a ProChile responsabilidad
alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
9.7.- ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente Licitación podrán formular
consultas y solicitar Aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral
3.- “Etapas y Plazos”, de las presentes Bases. Las Preguntas deberán formularse
a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en el ID de la
licitación respectiva. ProChile pondrá las referidas Preguntas y sus Respuestas
en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el
Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las
preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.- “Etapas y
Plazos”.
Las respuestas del foro se entenderán forman parte integral de las presentes
bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto
administrativo dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo
se publicará en el Sistema de Información, en los plazos dispuestos para ello
de acuerdo con lo señalado en el numeral 3, de las presentes bases.
En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 50, la
entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta
por 3 días hábiles administrativos (entendiéndose por estos los días
comprendidos entre lunes y viernes, ambos inclusive, con excepción de los
festivos de carácter nacional).
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada
en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación, sin necesidad de
dictar un acto administrativo para tales efectos.
9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES
ProChile podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en
atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, antes del
vencimiento del plazo para presentar ofertas. En caso de realizarse una
modificación a las Bases, el plazo para presentar ofertas deberá ampliarse en
no menos de 2 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan
conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.
Asimismo, las modificaciones también podrán extender el plazo para ampliar la
fecha de cierre para la presentación de las ofertas, con el objeto de aumentar
la participación de los oferentes, o en caso de ocurrir la hipótesis de
cantidad de preguntas planteada en el numeral precedente.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas, a través del Sistema
de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte
integral de las Bases y serán aprobadas por resolución de ProChile totalmente
tramitada.
9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas, a través del Sistema de
Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten
por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de
los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y
adecuadamente sus ofertas.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los
proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas
realizadas en los Formularios dispuestos por ProChile, en idioma español y sólo
aquellas ofertas enviadas oportunamente.
Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones
Generales de la Oferta ahí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá
indicarse en Pesos chilenos, con todos los impuestos incluidos. Para estos
efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:
- Habiendo ingresado al
Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y
“Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID
1082957-15-LE26. Presionar el Botón “Buscar”.
- Se desplegará una página,
en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click
sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.
- Se abrirá una página con el
Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una
breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
- Paso 2: “Completar oferta
económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia,
que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo
N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón
“siguiente”.
- Paso 3: “Ingresar
Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos
solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Formulario Datos del Oferente”, Anexo N°
2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”. Una
vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
- Paso 4: “Confirmar e
ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez
presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso,
pudiendo imprimir y finalizar el proceso.
9.10.- APERTURA
La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo
acto, por un/a funcionario/a del Departamento de Compras, de la Dirección
Administrativa de ProChile.
El/la funcionario/a del Departamento de Compras revisará y verificará el
cumplimento de los antecedentes indicados en el numeral “4. Antecedentes para
Incluir en la Oferta”, y dejará constancia del o los oferentes que no cumplan
dichos requisitos mínimos exigidos en la presente bases, lo cual quedará
reflejada en la apertura electrónica declarando como inadmisibles dichas
postulaciones. Esta acta será de conocimiento de los participantes.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la
Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas,
ProChile podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
Conforme con el inciso cuarto del artículo 51 Decreto Supremo N° 661, de 2024,
del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N°19.886, los
proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas
siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse
a través del Sistema de Información.
9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán
aquellas ofertas que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.
La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por tres
funcionarios (as) de ProChile. Los integrantes de la Comisión evaluarán en
conjunto las propuestas.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
- Respecto de las ofertas que
hayan sido rechazadas en el acto de apertura, deberán pronunciarse señalando en
el Acta de Evaluación de Ofertas las razones que lo justifican.
- En cuanto a las ofertas que
hayan sido aceptadas, serán sujetas a una fase de análisis de admisibilidad por
parte de la Comisión evaluadora, la que tendrá como fin determinar si cada
oferta presentada da cumplimiento a los requerimientos establecidos en las
Bases de Licitación.
- Aquellas ofertas que
resulten admisibles, deberán ser evaluadas por la comisión en función de los
criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación, considerando
todos los parámetros definidos para el proceso, realizando las verificaciones respectivas
cuando corresponda.
- La Comisión Evaluadora
podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar
aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los
oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo
solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una
vez vencido dicho plazo.
- Dejar constancia, en el
Acta de Evaluación de ofertas, por orden decreciente, de la puntuación obtenida
por cada una de las propuestas evaluadas. Además, se dejará constancia, en
general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le
merezca comentar.
- Recomendar a la autoridad
competente el(los) proveedor(es) adjudicado(s).
Por otro lado, los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
- Tener contacto con los
oferentes, según los términos dispuestos en el artículo 35 ter de la ley
N°19.886
- Aceptar solicitudes de
reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o
indirectamente con el proceso de licitación, mientras sea parte de la Comisión
Evaluadora.
- Aceptar donativos por parte
de terceros, entendiéndose como terceros, entre otros, a empresas que prestan
servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o
corporaciones.
En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir
los siguientes pasos:
- Paso 1, habiendo ingresado
al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y
“Clave”; En el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para
Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-15-LE26. Presionar
el Botón “Buscar”.
- Paso 2, seleccionar la
opción ofertas en la columna “Acciones”.
- Paso 3, en opciones
seleccionar “Foro Inverso”.
- Paso 4, ingresar la
respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de
solicitarse, y finalmente enviarla.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes
criterios y ponderaciones respectivas:
|
CRITERIOS A EVALUAR
|
Porcentaje
|
|
Oferta Económica
|
45%
|
|
Descripción de la oferta Técnica
|
50%
|
|
Criterios sustentables y/o inclusivos
|
3%
|
|
Programa de Integridad y Ética Empresarial
|
2%
|
a) Evaluación del criterio Oferta Económica (45%)
Para la evaluación de este criterio se tendrá en cuenta lo ofertado en el Anexo
N°2 “Formulario de Oferta Económica”, incluyendo impuestos y costos asociados,
considerando los 12 meses de vigencia de la suscripción.
La propuesta de menor valor económico será calificada con el mayor puntaje
asignado para este factor (nota 4). Las siguientes ofertas serán calificadas
con un puntaje proporcional a dicha propuesta, de acuerdo a la siguiente
fórmula:
Nota Oferente: Valor económico de la oferta de menor
precio x 4
Valor económico de la oferta que se analiza
El monto máximo ofertado no podrá exceder del presupuesto
total estimado para esta adquisición, que asciende a $8.000.000.- (ocho
millones de pesos), incluidos impuestos y costos asociados.
b) Evaluación del Criterio Descripción de la Propuesta Técnica (50%)
La evaluación de este criterio se realizará en base a propuesta técnica
entregada por los oferentes en el ítem I.- del Anexo N°3, donde deberán
identificar la plataforma web de monitoreo de redes sociales que proponen y
detallar las funcionalidades y servicios que esta ofrece, requerimientos
técnicos mínimos establecidos en el numeral 9.1.3 “REQUERIMIENTOS TÉCNICOS” de
las presentes bases.
Para la evaluación de este criterio, se aplicará lo siguiente:
|
Calificaciones
|
Justificación
|
|
Nota 4
|
La propuesta entregada por el oferente cumple de manera
satisfactoria, pues describe en detalle todos los ítems descritos, abarcando
completamente los requerimientos de la presente licitación.
|
|
Nota 3
|
La propuesta entregada por el oferente cumple con lo
solicitado, pues describe o menciona los ítems descritos, sin embargo, carece
de detalle o precisión en uno de ellos.
|
|
Nota 2
|
La propuesta entregada por el oferente cumple con lo
solicitado, pues describe o menciona los ítems descritos, sin embargo, carece
de detalle o precisión en dos de ellos.
|
|
Nota 1
|
La propuesta entregada por el oferente cumple con lo
solicitado, pues describe o menciona los ítems descritos, sin embargo, carece
de detalle o precisión en más de dos de ellos.
|
c) Evaluación del Criterio Inclusivo (3%)
Para la evaluación de este criterio, los oferentes deberán informar completando
el ítem III.- del Anexo N°3, y obtendrán la nota de acuerdo con la siguiente
tabla:
|
Calificaciones
|
Justificación
|
|
Nota 4
|
Acredita el cumplimiento de los
tres ítems.
|
|
Nota 3
|
Acredita el cumplimiento de dos
de los tres ítems.
|
|
Nota 2
|
Acredita el cumplimiento de uno
de los tres ítems.
|
|
Nota 0
|
No acredita el cumplimiento de
ninguno de los tres ítems indicados.
|
d) Evaluación del criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial (2%)
La evaluación de este criterio se realizará en base a si el oferente posee un
programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su
personal, y acompaña los antecedentes requeridos, lo que será evaluado según lo
indicado en el ítem IV.- del Anexo 3.
|
Calificaciones
|
Justificación
|
|
Nota 4
|
El oferente declara poseer un programa de integridad y
ética empresarial conocido y aplicado por su personal, adjunta copia de dicho
Programa y de los medios que acrediten que éste es conocido y aplicado por su
personal.
En caso de personas naturales, declara poseer un programa
de integridad y ética empresarial y adjunta copia de dicho Programa.
|
|
Nota 0
|
El oferente declara no poseer un programa de integridad y
ética empresarial; o no adjunta copia del programa de integridad y ética
empresarial declarado y/o no acredita que sea conocido y aplicado por su
personal.
|
Criterios de desempate
El resultado de la evaluación se obtendrá del promedio ponderado considerando
los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y los
porcentajes asignados a dichos factores.
En caso de que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se
procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de
precedencia si es que éste persiste:
• Mayor puntaje total obtenido
en el criterio denominado “Descripción de la Propuesta Técnica”.
• Mayor puntaje total obtenido
en el criterio denominado “Oferta Económica”.
• Mayor puntaje total obtenido
en el criterio denominado “Criterios sustentables y/o inclusivos”.
9.12.- ADJUDICACIÓN
Terminada la evaluación y en la medida que sea conveniente para los intereses
del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios
de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en
estas Bases.
La adjudicación producirá efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada
la Resolución que la apruebe.
En caso de que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el
numeral N° 3.- “Etapas y plazos”, ProChile informará en el Sistema de
Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento
del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
De acuerdo al artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile
declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con
alguno de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 4.- “Antecedentes
para incluir en la oferta”, o cuando estas no se ajusten a lo establecido en
las Bases de Licitación, la Ley N°19.886 y sus modificaciones o su Reglamento.
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un
procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o
servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o
relacionadas entre sí, según dispone el inciso segundo del artículo 9 de la Ley
N° 19.886. En este caso, ProChile considerará para efectos de la evaluación de
la presente licitación pública, solo la oferta más conveniente de los
respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí,
según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las
demás. Será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre
que no sea considerada una oferta “riesgosa o temeraria” de acuerdo a la
definición establecida en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886, es
decir, se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta
presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
oferente que le sigue y se verifique por la Contraparte Técnica de ProChile que
los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.
Adicionalmente, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 62 del Reglamento
de la Ley N° 19.886, ProChile, podrá declarar desierta la Licitación cuando no
se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no fueran admisibles
y/o cuando estas últimas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes
cuyas ofertas hayan sido rechazadas, no tendrán derecho a solicitar
indemnización alguna por este hecho.
Consulta sobre la Adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad
licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la
publicación de la resolución de adjudicación en el sistema
www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica
comprasprochile@prochile.gob.cl.
Responsabilidades y obligaciones del Adjudicatario
• Velar por mantenerse
habilitado en el Registro de Proveedores durante todo el periodo de
contratación.
• El adjudicatario liberará de
toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por
terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de
patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336,
sobre propiedad intelectual.
• Velar por la calidad y
oportunidad en la entrega de los bienes y/o servicios entregables requeridos en
virtud de los servicios encomendados, so pena de la medida que esta pueda
aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.
• Entregar oportunamente la
documentación que le sea solicitada por ProChile, esto es, en los plazos que se
determine para la entrega de estos.
• Proveer de los servicios que
fueron adjudicados en los plazos comprometidos, según su oferta adjudicada, y
cumpliendo las especificaciones y requerimientos técnicos correspondientes
establecidos en las Bases de Licitación.
• El proveedor será
responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del
pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios,
gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma
de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
• Acreditar, a la mitad del
periodo de vigencia de la contratación, y con un máximo de seis meses, el
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
• Cumplir con las demás
obligaciones que le impone las Bases de licitación y la respectiva Orden de
Compra.
• El cumplimiento de las
normativas del Código del Trabajo y otras normas relacionadas como la Ley
Karin, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación será dejada sin efecto por resolución fundada en los siguientes
casos:
- Si el oferente rechaza
expresamente la adjudicación;
- Si el Adjudicatario no
acepta la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl dentro del plazo
establecido en el numeral 9.14.
- Si el Adjudicatario no
adjunta la totalidad de la documentación exigida para el envío de la Orden de
Compra dentro del plazo establecido en el numeral 9.14.
- Si el Adjudicatario
adquiere un conflicto de intereses con ProChile;
- Si el Adjudicatario no se
encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de
Compras y Contratación Pública, al momento de la adjudicación.
- Si la oferta presentada no
emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente,
sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
- Si la oferta no cumple con
las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
- Si los documentos
presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del
Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste.
Verificada alguna de las causales anteriores, ProChile podrá, dentro de un
plazo de 60 días contados desde la publicación del acto administrativo que
adjudicó, dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación
al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de
las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la
licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan
convenientes para los intereses del Servicio.
9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES
Notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, no deberá mediar
un plazo superior al establecido en la correspondiente adjudicación, para la
emisión de la(s) Orden(es) de Compra respectivas, período en que debe
gestionarse la presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario.
Para la emisión de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá remitir a
ProChile los siguientes Antecedentes Legales:
1.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o
extranjera):
- Declaración Jurada, según
formato ANEXO N°5-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de
las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y
sus modificaciones y en el artículo 33 de la Ley N°21.595.
- Cédula de identidad del
Adjudicatario.
- Tratándose de una Unión
Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado
deberán ser presentados por cada una de las personas naturales que la integran.
2.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de
lucro:
- Copia de la documentación
en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con
facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación,
con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a
la de su presentación.
- Copia de Inscripción de
constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones
marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de
fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación
de vigencia.
- Copia de la Escritura
Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si
correspondiere.
- Fotocopia simple de la
publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en
el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
- Fotocopia simple de las
inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el
Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
- Declaración Jurada, según
formato Anexo N° 5-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de
las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y
sus modificaciones y los artículos 33 y 50 de la ley N° 21.595 y que identifique
los principales socios o accionistas del Adjudicatario.
- Tratándose de una Unión
Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser
presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
3.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de
lucro:
- Copia de la escritura
pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta
Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
- Copia de la publicación en
el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
- Certificado de vigencia con
indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial
competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su
presentación.
- Declaración Jurada, según
formato Anexo N° 5-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las
circunstancias contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus
modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley
N°21.595.
- Tratándose de una Unión
Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser
presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
4.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:
- Declaración Jurada, según
formato Anexo N° 5-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de
las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y
sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la
Ley N°21.595 y que identifique los principales socios o accionistas de la
empresa Adjudicatario.
- Tratándose de una Unión
Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser
presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
- Documentos que acrediten su
existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes
legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan
individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el
contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación),
como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto
del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la
correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser superior a 5 días
hábiles.
El Adjudicatario sólo deberá remitir a ProChile aquellos antecedentes que no
estén en el Registro de Proveedores.
En los casos de que el oferente sea una empresa pública, se requerirá el acto
administrativo de nombramiento de su representante legal o su equivalente,
conforme lo determine la normativa aplicable al caso, y toda la documentación
anteriormente citada, en los casos que sea procedente conforme con la
naturaleza de la empresa pública.
La presente contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de
Compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, para lo cual el
adjudicatario tendrá un plazo máximo de 2 días corridos para notificar la
aceptación. En caso contrario, ProChile estará facultado para dejar sin efecto
la adjudicación y adjudicar al segundo proveedor mejor evaluado, y así
sucesivamente.
9.15.- MODIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N°
19.886, la contratación podrá modificarse, en los siguientes casos:
- Aumento del monto total
contratado. Esta modificación no deberá superar el 30 %.
- Aumento del Plazo de
vigencia de la contratación por solo una vez. Esta modificación será hasta
completar el total del monto máximo aumentado que no deberá superar el 30 %.
- Modificación a los bienes
y/o servicios comprometidos en la Orden de Compra, siempre y cuando existieren
razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor
forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Con todo no podrá aumentarse el monto de la contratación más allá del 30% del
monto originalmente pactado. Todo aumento se realizará siempre que se cuente
con la disponibilidad presupuestaria para ello. Cualquier modificación de
aquellas señaladas previamente, deberá aprobarse mediante acto administrativo
fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones
efectuadas a la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de
Información www.mercadopublico.cl.
9.16.- DEL PAGO
ProChile pagará un monto fijo en pesos chilenos, en un desembolso,
correspondiente al 100% del monto total adjudicado, una vez se haya
recepcionado a conformidad la totalidad de las credenciales de acceso a los
servicios contratados.
El procedimiento general será el siguiente:
- Cada pago se realizará
dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la respectiva
Factura, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, por los
servicios contratados, y siempre que cuente con Recepción Conforme de la
Contraparte Técnica de ProChile.
- Las facturas electrónicas
deben ser enviadas a los correos electrónicos:
“prochilerecepcion@custodium.com” y “dipresrecepcion@custodium.com”.
- Cada factura deberá ser
emitida a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones (en caso
contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto). Lo
anterior, señalando como “Giro”: Actividad de la Administración Pública en General
“Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
- Cada pago estará sujeto a
que se encuentren aceptada/s la/s Órdenes de Compra emitidas a través de
www.mercadopublico.cl.
- Los pagos podrán
efectuarse, a través de transferencia electrónica, para lo cual el proponente
adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean
necesarios para girar los fondos.
9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA
Actuará como contraparte técnica en ProChile, la Jefa del Subdepartamento de
Comunicaciones Externas, a quien le corresponderá gestionar la contratación, la
coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado, la
aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato y las garantías
asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura
quien designará al reemplazante.
9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN
La contratación entrará en vigor una vez encuentre totalmente tramitado el acto
administrativo que adjudique la presente Licitación y aceptada la Orden de
Compra por parte del Adjudicatario a través del sitio web www.mercadopublico.cl
y se extenderá hasta que se hayan prestado la totalidad de los servicios a
conformidad de ProChile.
9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
La contratación podrá terminarse anticipadamente por ProChile sin derecho a
indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales
que se señalan a continuación:
• La muerte o incapacidad
sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica
de la sociedad contratista.
• Resciliación o mutuo acuerdo
de las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus
obligaciones.
• Incumplimiento grave de las
obligaciones contraídas por el contratado, entendiéndose por tal la aplicación
de una multa o sanción, o se haya superado el porcentaje máximo establecido en
el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes bases.
• Estado de notoria
insolvencia del contratado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o
las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la
contratación.
• Por exigirlo el interés
público o la seguridad nacional.
• Por la ocurrencia de un caso
fortuito o fuerza mayor que hagan imposible o dificulte significativamente la
prestación de los servicios de la manera en que fueron contratados.
• Por la incapacidad del
contratado de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados,
cuando no sea posible modificar la contratación, según se indica en el N° 5 del
artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
• Si los representantes o el
personal dependiente del contratado cometen actos de fraude, corrupción,
soborno y extorsión.
• Si el proveedor -en virtud
de una petición de ProChile conforme al artículo 4° de la Ley N° 19.886- no
presenta comprobantes y planillas que acrediten que no registra saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad
del período de ejecución de la contratación, con un máximo de seis meses.
• Si los documentos
presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del
Servicio, ya sea durante el proceso de Licitación o durante la vigencia de la
contratación.
• En caso que al proveedor se
le imponga una pena de Inhabilitación para contratar con el Estado, lo que
produce la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos
que el Estado haya celebrado con el proveedor condenado, de acuerdo al artículo
33, inciso segundo, de la Ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como en el
caso que al proveedor se trate de una persona jurídica y se le imponga la pena
de inhabilitación para contratar con el Estado, regulada en los artículos 8° y
10 de la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Es caso de la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos
inicialmente pactados, y cuando no sea posible modificar la contratación
conforme a lo indicado en el numeral 9.15. de las presentes Bases ProChile
pagará el precio sólo por los bienes y/o servicios que efectivamente se
hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la
contratación, lo que deberá ser verificado por la Contraparte Técnica de
ProChile.
En el caso en que se configure alguna causal de término anticipado del contrato
que sea imputable al proveedor contratado, será utilizado el mismo
procedimiento para la aplicación de sanciones descrito en el numeral 9.20. de
las presentes Bases, en aquellas secciones que corresponda.
Se dictará una resolución fundada disponiendo el término anticipado de la
contratación, la cual se pronunciará sobre el alcance de la terminación, la
fecha a partir de la cual ésta entrará en vigor y los descargos efectuados, si
existieren. El referido acto administrativo será impugnable por el proveedor
contratado, por la vía de la interposición del correspondiente recurso de
reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880,
que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los
Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse
en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de
las 24 horas de dictada.
9.20.- SANCIONES
Para los efectos de sanciones, se aplicarán las multas de acuerdo a los
siguientes ítems, las cuales, conforme con lo señalado en el artículo 136 del
Reglamento de la Ley N° 19.886, en todo caso no podrán superar el 30% del monto
total de la contratación:
• Por el atraso en la entrega
a ProChile de los accesos a la plataforma, respecto al plazo ofertado, por
causas que le sean imputables al adjudicatario, en cuyo caso se aplicará una
multa equivalente al 2% del monto total adjudicado, por cada día hábil de atraso,
con un tope de 5 días hábiles.
La multa no se aplicará si el evento se produce por caso fortuito o fuerza
mayor.
Si ProChile considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una
multa, comunicará por escrito su decisión al contratado, indicando el monto y
fundamento de la misma. El contratado dispondrá de un plazo de cinco días
hábiles a contar de la comunicación para formular descargos.
En los descargos, el Proveedor deberá señalar todas las circunstancias o
antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible
incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que
demuestren que esto no constituye infracción. Todo ello, sin perjuicio de otras
presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del
procedimiento sancionatorio con el mismo objeto. Asimismo, deberán solicitarse
las diligencias probatorias pertinentes.
Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se
hubiesen formulado, ProChile resolverá sobre el particular, mediante resolución
fundada, dentro del plazo de diez días hábiles, previa ponderación de los
antecedentes, remitiéndole al contratado, copia del Acto Administrativo
pertinente.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable
por el contratado por la vía de la interposición del correspondiente recurso de
reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones del artículo 59 de la
Ley Nº 19.880.
En caso de que ProChile determine la procedencia de la aplicación de la multa
conforme al procedimiento anterior, el Adjudicatario deberá pagar directamente
la multa mediante Vale Vista Bancario emitido a nombre de la Dirección General
de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a 5 días contados desde
su notificación mediante la resolución fundada. De no efectuarse el pago dentro
del plazo señalado, ProChile quedará facultado para descontar el monto de la
multa de la facturación pendiente de pago. En todo caso, de devengarse multas
su pago no exonera al Adjudicatario del cumplimiento de la obligación
principal.
9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES
(Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las Personas
Jurídicas chilenas)
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 2º de la Ley Nº 19.886,
modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, el Adjudicatario que hubiese
declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados
en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones
se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la
contratación, con un máximo de seis meses.
ProChile, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que el
Adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas
que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
9.22.- CONFIDENCIALIDAD
El personal del Adjudicatario que realice las tareas objeto de esta licitación,
estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos
personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o
hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo
sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos,
obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según
lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.
Asimismo, el Adjudicatario quedará obligado a guardar absoluta reserva y
confidencialidad acerca de la información de ProChile a que pueda tener acceso
en razón de la ejecución de la contratación. Esta obligación recaerá, además,
en las personas que le presten servicios, permanentes o no y a cualquier
título, asumiendo el adjudicatario la responsabilidad por el cumplimiento de
dicha obligación.
9.23.- PACTO DE INTEGRIDAD
i. El oferente declara que,
por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en
el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
ii. El oferente se compromete a
respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por
éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485
del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los
derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a
efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
iii. El oferente se obliga a no
ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven
de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos
que de ello se deriven.
iv. El oferente se obliga a no
intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquiera de sus tipos o formas.
v. El oferente se obliga a
revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia.
vi. El oferente se obliga a
ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
vii. El oferente manifiesta,
garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
viii. El oferente reconoce y
declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados
a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones
y oportunidad ofertadas.
ix. El oferente se obliga a tomar
todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes,
asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.