Licitación ID: 1082957-15-LE26
Suscripción a plataforma digital de gestión y monitoreo de redes sociales institucionales de ProChile
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE EXPORTACIONES
Fecha de Cierre: 23-06-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Software de interconectividad de plataformas 1 Unidad
Cod: 43232915
Suscripción a plataforma digital de gestión y monitoreo de redes sociales institucionales de ProChile, por un periodo de 12 meses.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Suscripción a plataforma digital de gestión y monitoreo de redes sociales institucionales de ProChile
Estado:
Publicada
Descripción:
ProChile invita a participar en el proceso de contratación Suscripción a plataforma digital de gestión y monitoreo de redes sociales institucionales de ProChile, por un período de 12 meses. “E1O2RT9”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MN PROMOCION DE EXPORTACIONES
R.U.T.:
62.000.680-7
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-06-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 12-06-2026 12:06:30
Fecha inicio de preguntas: 12-06-2026 18:00:00
Fecha final de preguntas: 17-06-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-06-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-06-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-06-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-07-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo Nº1, “Formulario de datos del Oferente”, el que debe ser completado y enviado a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Si la información requerida en el Anexo 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado, se considera como presentada por el oferente. De no incluirse el mencionado Anexo N°1, o si dicha información no está disponible en El Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada. De no incluirse el mencionado Anexo N°1, o si dicha información no está disponible en El Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
2.- Requisito mínimo: Al momento de presentar las ofertas, los oferentes deberán encontrarse en calidad “hábil” en el Registro de Proveedores del Estado. En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada integrante de esta deberá encontrarse hábil en el citado registro. La oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme con lo establecido en el artículo 182 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
3.- Requisito mínimo: En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), la “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar” deberá ser firmada electrónicamente por el apoderado representante de la UTP.
4.- Requisito mínimo: En caso de participar como Unión Temporal de Proveedores (UTP), el representante deberá adjuntar el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y 181 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
5.- Requisito mínimo: Adjuntar Anexo N°4 “Declaración jurada de oferta de empresas relacionadas y pertenecientes a un grupo empresarial”. De no incluirse el mencionado Anexo N°4, o si dicha información no está disponible en El Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada
Documentos Técnicos
1.- Requisito mínimo:Adjuntar el Anexo Nº 3, “Formulario Oferta Técnica”, de conformidad con las Especificaciones Técnicas. Dicho formulario debe ser completado, firmado y enviado, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Sólo se aceptarán ofertas presentadas utilizando los formularios contenidos en el citado Anexo, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Si alguna información del Anexo N°3 no es incluida, para efectos de la presente licitación se considerará que el postulante carece de ella
 
2.- Requisito mínimo: Plazo de entrega de la plataforma, no podrá exceder de 10 días hábiles desde el envío y aceptación de la Orden de Compra, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
 
3.- Requisito mínimo: Vigencia del contrato, la cual no podrá ser menor a 12 meses, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- Requisito mínimo: Adjuntar el Anexo N° 2, “Formulario Oferta Económica”. Dicho formulario debe ser completado y enviado, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Sólo se aceptarán ofertas presentadas utilizando el formulario contenido en el citado Anexo, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
2.- El monto total de la oferta económica, por el período de 12 meses, no podrá exceder del presupuesto estimado, que asciende a $8.000.000 (ocho millones de pesos) incluyendo impuestos y costos asociados, de lo contrario serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Para la presente Licitación los requerimientos documentales para ser contratado serán sólo aquellos exigidos en numeral 9.14.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Para la presente Licitación los requerimientos documentales para ser contratado serán sólo aquellos exigidos en numeral 9.14.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterios sustentables y/o inclusivos Detalle en numeral 9.11.- “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 3%
2 Descripción de la propuesta técnica Detalle en numeral 9.11.- “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 50%
3 Oferta Económica Detalle en numeral 9.11.- “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 45%
4 Programa de Integridad y ética empresarial Detalle en numeral 9.11.- “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 8000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Monsalve, Susana
e-mail de responsable de pago: pagosprochile@prochile.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar, salvo autorización escrita de ProChile.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

9.1.1. ANTECEDENTES

ProChile es un servicio público dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales. ProChile tiene como misión promover el desarrollo de las exportaciones y apoyar el proceso de internacionalización de las empresas chilenas a través de la permanente difusión, promoción, diversificación y estímulo en el mercado internacional de los productos y servicios chilenos, de manera de crear, extender o intensificar su demanda y potenciar la imagen de Chile en el exterior.

Para apoyar el cumplimiento de las funciones de promoción comercial que realiza ProChile, se requiere la adquisición de suscripción a una plataforma digital de gestión y monitoreo de Redes Sociales, con el objeto de que el Departamento Dirección de Comunicaciones Estratégicas de ProChile, pueda contar permanentemente con información actualizada -la cual no se encuentra disponible de manera gratuita en internet-, respecto a la gestión, monitoreo y optimización de redes sociales, así como tendencias y estrategias comerciales, datos demográficos, públicos objetivos, KPI, Keywords y generar reportes de analytics para las cuentas de Redes Sociales de la institución de manera de poder adaptar las estrategias de marketing y comunicación digital para la difusión de las herramientas y servicios de ProChile a los empresarios y empresarias del país, y la difusión de la oferta exportable nacional en mercados internacionales.

De acuerdo a lo establecido en el artículo N° 21 la Ley N° 21.796 de Presupuestos del Sector Público para el año 2026 y atendidas las instrucciones presupuestarias vinculantes, la presente adquisición se considera de carácter indispensable para el cumplimiento de las funciones que realiza ProChile considerando que las plataformas digitales se han convertido en uno de los principales medios de comunicación, siendo necesario realizar distintas acciones o campañas como herramienta de difusión.

9.1.2. OBJETIVO

Contar con información que permita evaluar la eficiencia y eficacia de las comunicaciones digitales desarrolladas por ProChile, tanto en la difusión de las herramientas y servicios institucionales dirigidos a los empresarios nacionales, como en la promoción de la oferta exportable chilena en los mercados internacionales.

9.1.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

Se requiere una suscripción de acceso a plataforma digital de gestión y monitoreo de redes sociales institucionales, la cual debe considerar las siguientes características mínimas:


a) Suscripción con vigencia mínima: 12 meses.
b) Acceso a la plataforma de monitoreo las 24 horas del día y los 7 días de la semana.
c) Acceso a la plataforma para un usuario principal que permita gestionar y monitorear al menos los perfiles de ProChile en las siguientes plataformas: X, Facebook, Instagram, LinkedIn y otras redes sociales.
d) La plataforma de gestión y monitoreo suscrita debe incluir:

• Conectar al menos los perfiles de ProChile en las plataformas: X, Facebook, Instagram, LinkedIn y otras redes sociales.
• Programar publicaciones utilizando tiempos óptimos de envío para conseguir más engagement de nuestros posts.
• Acceso a programar contenido desde una cuenta hacia las distintas plataformas de Redes Sociales.
• Acceso a reportes competitivos para Instagram, LinkedIn, Facebook y X.
• Etiquetas para las publicaciones para clasificar que pertenecen a una campaña en proceso.
• Disponibilidad de biblioteca de contenidos y activos digitales para mantener los medios aprobados directamente en la plataforma.
• Crear flujos de trabajo con roles personalizados (administrador, moderador, etc.) que puedan aprobar o no los mensajes, los posts, respuestas, etc. Para asegurarse de mantener un estilo de marca unificado.
• Acceder a reportes sociales de acciones pagadas en Facebook, Instagram, X y LinkedIn, con el objetivo de evaluar el retorno de la inversión monetaria.
• Servicio de asistencia directa con un ejecutivo de la plataforma, capacitación y manuales de las herramientas, informes y perfiles que entrega la plataforma durante la implementación de la misma.
• Servicio de asistencia técnica para soporte en caso de fallas asociadas al funcionamiento de la plataforma.
• Vínculo de calendario + Horas de publicación óptimas donde se pueda tener registrados horarios de mejor rendimiento de publicaciones por plataforma.
• Que la herramienta entregue reportabilidad de las cuentas de Redes Sociales y plataformas digitales de ProChile, en los reportes debe considerar: 

- Generación de Informes básicos orgánicos y de pago que corresponden al rendimiento de las publicaciones, con número de impresiones, visualizaciones e interacciones, incluyendo post, reels, historias.
- Generación de Informes de etiquetado, definir cuáles cuentas etiquetaron a las nuestras, cuántas y con qué contenidos.
- Generación de Informes de redes individuales de todos los datos anteriores.
- Generación de informe semestral y tendencias por plataforma.

• Servicio de Listening: recopilar y categorizar los contenidos y comentarios de los usuarios en tiempo real, para identificar tendencias, sentimentalización, mejoras, reputación, con el objetivo de responder oportunamente en los diferentes casos que se presenten.
• Employee advocacy: plataforma que habilita un lugar en la nube donde subir todo el contenido recomendado para compartir a fin de que los empleados puedan publicar el material aprobado en sus redes sociales de forma rápida y sencilla.
• Gestión especializada y en entorno nativo de X: considerando el perfil de las audiencias estratégicas de ProChile en mercados internacionales, así como la relevancia de actores institucionales, medios de comunicación, autoridades y líderes de opinión presentes en la plataforma X, se requiere una gestión dinámica, especializada y en tiempo real de la cuenta institucional. Debido a la naturaleza inmediata de la conversación pública en dicha red social, la solución deberá complementar las funcionalidades generales de monitoreo y escucha social con capacidades avanzadas y/o nativas específicas para X, orientadas al seguimiento de contingencias, monitoreo de conversación pública y gestión de crisis digitales. Para ello, la propuesta deberá contemplar las siguientes capacidades:

o Panel de monitoreo en tiempo real mediante columnas: visualización simultánea de múltiples búsquedas, listas, menciones, palabras clave y hashtags en X a través de columnas paralelas con actualización continua y sin latencia.
o Monitoreo avanzado mediante listas, hashtags y búsquedas avanzadas y parametrizables en tiempo real: seguimiento de conversaciones, tendencias y actores estratégicos dentro de X utilizando filtros avanzados y herramientas propias de la plataforma, más allá de las menciones directas.
o Acceso a funcionalidades avanzadas de monitoreo, visualización y seguimiento en tiempo real disponibles dentro del ecosistema nativo de X, orientadas a la identificación temprana de tendencias, conversaciones relevantes, contingencias comunicacionales y actores estratégicos.
o Capacidad de apoyar procesos de escucha social, seguimiento de contingencias comunicacionales y monitoreo permanente de conversación pública vinculada a temas institucionales y sectoriales de interés para ProChile.

9.1.4.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:

ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente

Se debe entregar la información requerida en el Anexo N°1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado, se considerará como presentada por el oferente.

De no incluirse el mencionado Anexo N°1, o si dicha información no está disponible en El Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.

ANEXO N° 4: Declaración Jurada de oferta de empresas relacionadas y pertenecientes a un grupo empresarial

Se debe entregar la información requerida en el Anexo N°4. De no incluirse la citada declaración la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.

ANEXO N° 2: Formulario Oferta Económica

Los oferentes deberán completar el Anexo N°2: “Formulario Oferta Económica”, indicando el precio en pesos chilenos el que debe considerar la totalidad de los bienes requeridos e incluir impuestos y todos los costos que ello implique.

El monto total ofertado no podrá exceder de $8.000.000.- (ocho millones de pesos), incluyendo impuestos y costos asociados, considerando los 12 meses de vigencia de la suscripción.

De no incluirse el mencionado Anexo N°2; si dicho Anexo no contiene toda la información solicitada; o si la propuesta supera el monto máximo establecido en las presentes bases, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.

ANEXO N° 3: Formulario Oferta Técnica

Presentación escrita, atendiendo a lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, que debe considerar la totalidad de los bienes requeridos, de acuerdo al Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”.

La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:

Ítem I: Descripción de la propuesta técnica

Los oferentes deberán describir su Propuesta, considerando los requerimientos técnicos mínimos establecidos en el numeral 9.1.3 “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” de las presentes bases, describiendo la propuesta, indicando los servicios y funcionalidades que esta ofrece.

Lo anterior podrá incluir una simulación de monitoreo de una red social de la plataforma ofertada, o prints de las funcionalidades existentes en la plataforma ofertada

Lo anterior de conformidad al formato dispuesto en el ítem I del Anexo N° 3: “Formulario Oferta Técnica”.

Ítem II: Plazo de entrega de la suscripción

Los oferentes deberán indicar el plazo de entrega de la plataforma, la cual no podrá superar los 10 días hábiles desde el envío y aceptación de la Orden de Compra.

Ítem III: Criterios sustentables y/o inclusivos

En relación con la evaluación del criterio de evaluación inclusivo, los oferentes deberán completar el formulario establecido en el numeral IV. del Anexo N° 3 y adjuntar la documentación solicitada para verificar lo declarado, de acuerdo con el siguiente detalle:

             Sello Empresa Mujer: El/la oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado, a través del Certificado Empresa Mujer, disponible en el Registro de Proveedores.
En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer (información del Registro Civil).
En el caso que el proveedor, sea una institución sin fines de lucro, instituciones públicas u otro similar, podrá incorporar una certificación equivalente al Sello Empresa Mujer.

             Contratación de personas con discapacidad: El oferente deberá señalar si cuenta con personas con discapacidad dentro de la empresa. Para acreditar lo anterior deberá adjuntar: (1) contrato de trabajo vigente, firmado por ambas partes (dicho contrato debe ser indefinido o considerar una vigencia de al menos todo el periodo de la contratación) y (2) credencial de discapacidad correspondiente o el certificado de discapacidad.

Esta información deberá ser acreditada mediante la presentación de la documentación correspondiente. No obstante, si dicha información se encuentra disponible en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntar los documentos que la respalden.

             Convenio de disposición y/o reciclaje de desechos: El oferente deberá indicar si dispone de convenios de disposición y/o reciclaje de desechos, considerando insumos usados en sus procesos productivos, papel, latas, vidrios u otros. Para acreditar este hecho deberá adjuntar copia de contrato, convenio o certificado que acredite que dicha política se encuentre vigente al momento de la apertura de la presente licitación

No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas.

Ítem IV: Programa de Integridad y Ética empresarial

De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886, el proveedor adjudicado deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal, lo que deberá ser declarado por los oferentes, completando el formulario contenido en el numeral V. del Anexo N°3 de este pliego de condiciones.

Para efectos del presente proceso de licitación, se entenderá como programa de integridad y ética empresarial un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos, promoviendo una cultura de cumplimiento.

El cumplimiento de lo anterior deberá ser acreditado por los oferentes, según lo informado al ofertar en el ítem V del Anexo N°3. Además, los oferentes deberán adjuntar copia del programa y el documento correspondiente que acredite su difusión, tales como, correos electrónicos institucionales, actas de recepción, toma de conocimiento o recepción a conformidad firmada por los trabajadores, comunicado interno que conste en su página web y/o intranet, copia de reglamento interno dónde conste la aplicación del programa, u otro.

Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación.

En el caso de que los oferentes presenten su oferta como persona natural y la contratación no requiera de un equipo de trabajo, sólo será requisito contar con un Programa de Integridad y Ética empresarial, pues, por lógica, la sola presentación del documento se entenderá como el medio de acreditación para su difusión.

Cuando las ofertas sean presentadas por UTP, todos los integrantes deberán cumplir con lo señalado y adjuntar la documentación si corresponde.

Para efectos de la evaluación del ítem referido al “Programa de Integridad y Ética empresarial” se considerará la información proporcionada por los proveedores en el numeral V. del Anexo N°3 de las presentes Bases. 

Consideración final ANEXO N°3:

De no incluirse el mencionado Anexo N° 3; si dicho Anexo no se encuentra firmado; si no contiene toda la información solicitada en los ítems N° I y II; o si la propuesta no da cuenta del cumplimiento expreso de los requisitos establecidos en el numeral 9.1 de las presentes bases, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.

No se considerarán otras acreditaciones distintas a las antes señaladas.

9.1.5. PRIMACÍA DE LAS BASES

En caso de existir disconformidad entre las presentes bases de licitación y la información contenida en la ficha electrónica de licitación que figure en el portal www.mercadopublico.cl, primarán las presentes bases, las cuáles se encontrarán dentro de los archivos adjuntos, de la citada ficha de licitación.

9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN

La presente Licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, modificada por la Ley N° 21.634, su Reglamento y las presentes Bases, las que son obligatorias para los que participen en la Licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

Los derechos y obligaciones de el o los Adjudicatarios se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:

-              Ley N°19.886, modificada por la Ley N° 21.634 que la moderniza y el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó su Reglamento.
-              Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
-              Oferta del Adjudicatario y Aclaraciones a las mismas.
-              Orden de Compra que emita ProChile.

9.3.- PLAZOS

Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos.

Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente sin necesidad de comunicación o resolución alguna.

9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES

Quienes presenten ofertas en esta Licitación, deberán, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones de la contratación, fijar su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana y se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el Adjudicatario de la contratación.

9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS

Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnico – económica por un plazo de sesenta (60) días.

9.6.- COSTO DE PRESENTACION DE LA OFERTA

Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a ProChile responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la Licitación.

9.7.- ACLARACIONES

Los interesados en participar en la presente Licitación podrán formular consultas y solicitar Aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3.- “Etapas y Plazos”, de las presentes Bases. Las Preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en el ID de la licitación respectiva. ProChile pondrá las referidas Preguntas y sus Respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.- “Etapas y Plazos”.

Las respuestas del foro se entenderán forman parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en el numeral 3, de las presentes bases.

En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 50, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 3 días hábiles administrativos (entendiéndose por estos los días comprendidos entre lunes y viernes, ambos inclusive, con excepción de los festivos de carácter nacional).

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación, sin necesidad de dictar un acto administrativo para tales efectos.

9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES

ProChile podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. En caso de realizarse una modificación a las Bases, el plazo para presentar ofertas deberá ampliarse en no menos de 2 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.

Asimismo, las modificaciones también podrán extender el plazo para ampliar la fecha de cierre para la presentación de las ofertas, con el objeto de aumentar la participación de los oferentes, o en caso de ocurrir la hipótesis de cantidad de preguntas planteada en el numeral precedente.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases y serán aprobadas por resolución de ProChile totalmente tramitada.

9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por ProChile, en idioma español y sólo aquellas ofertas enviadas oportunamente.

Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta ahí requeridas. Respecto del precio, la propuesta deberá indicarse en Pesos chilenos, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:

-              Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-15-LE26. Presionar el Botón “Buscar”.
-              Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.
-              Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
-              Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.
-              Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Formulario Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
-              Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.

9.10.- APERTURA

La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un/a funcionario/a del Departamento de Compras, de la Dirección Administrativa de ProChile.

El/la funcionario/a del Departamento de Compras revisará y verificará el cumplimento de los antecedentes indicados en el numeral “4. Antecedentes para Incluir en la Oferta”, y dejará constancia del o los oferentes que no cumplan dichos requisitos mínimos exigidos en la presente bases, lo cual quedará reflejada en la apertura electrónica declarando como inadmisibles dichas postulaciones. Esta acta será de conocimiento de los participantes.

Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, ProChile podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.

Conforme con el inciso cuarto del artículo 51 Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N°19.886, los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.

9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS

La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.

La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por tres funcionarios (as) de ProChile. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.


Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:

-              Respecto de las ofertas que hayan sido rechazadas en el acto de apertura, deberán pronunciarse señalando en el Acta de Evaluación de Ofertas las razones que lo justifican.
-              En cuanto a las ofertas que hayan sido aceptadas, serán sujetas a una fase de análisis de admisibilidad por parte de la Comisión evaluadora, la que tendrá como fin determinar si cada oferta presentada da cumplimiento a los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación.
-              Aquellas ofertas que resulten admisibles, deberán ser evaluadas por la comisión en función de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación, considerando todos los parámetros definidos para el proceso, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.
-              La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
-              Dejar constancia, en el Acta de Evaluación de ofertas, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, se dejará constancia, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
-              Recomendar a la autoridad competente el(los) proveedor(es) adjudicado(s).

Por otro lado, los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

-              Tener contacto con los oferentes, según los términos dispuestos en el artículo 35 ter de la ley N°19.886
-              Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con el proceso de licitación, mientras sea parte de la Comisión Evaluadora.
-              Aceptar donativos por parte de terceros, entendiéndose como terceros, entre otros, a empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:

-              Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-15-LE26. Presionar el Botón “Buscar”.
-              Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.
-              Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.
-              Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:

CRITERIOS A EVALUAR

Porcentaje

Oferta Económica

45%

Descripción de la oferta Técnica

50%

Criterios sustentables y/o inclusivos

3%

Programa de Integridad y Ética Empresarial

2%

a) Evaluación del criterio Oferta Económica (45%)

Para la evaluación de este criterio se tendrá en cuenta lo ofertado en el Anexo N°2 “Formulario de Oferta Económica”, incluyendo impuestos y costos asociados, considerando los 12 meses de vigencia de la suscripción.

La propuesta de menor valor económico será calificada con el mayor puntaje asignado para este factor (nota 4). Las siguientes ofertas serán calificadas con un puntaje proporcional a dicha propuesta, de acuerdo a la siguiente fórmula:


Nota Oferente: Valor económico de la oferta de menor precio x 4

                                          Valor económico de la oferta que se analiza

El monto máximo ofertado no podrá exceder del presupuesto total estimado para esta adquisición, que asciende a $8.000.000.- (ocho millones de pesos), incluidos impuestos y costos asociados.

b) Evaluación del Criterio Descripción de la Propuesta Técnica (50%)

La evaluación de este criterio se realizará en base a propuesta técnica entregada por los oferentes en el ítem I.- del Anexo N°3, donde deberán identificar la plataforma web de monitoreo de redes sociales que proponen y detallar las funcionalidades y servicios que esta ofrece, requerimientos técnicos mínimos establecidos en el numeral 9.1.3 “REQUERIMIENTOS TÉCNICOS” de las presentes bases.

Para la evaluación de este criterio, se aplicará lo siguiente:

Calificaciones

Justificación

Nota 4

La propuesta entregada por el oferente cumple de manera satisfactoria, pues describe en detalle todos los ítems descritos, abarcando completamente los requerimientos de la presente licitación.

Nota 3

La propuesta entregada por el oferente cumple con lo solicitado, pues describe o menciona los ítems descritos, sin embargo, carece de detalle o precisión en uno de ellos.

Nota 2

La propuesta entregada por el oferente cumple con lo solicitado, pues describe o menciona los ítems descritos, sin embargo, carece de detalle o precisión en dos de ellos.

Nota 1

La propuesta entregada por el oferente cumple con lo solicitado, pues describe o menciona los ítems descritos, sin embargo, carece de detalle o precisión en más de dos de ellos.

c) Evaluación del Criterio Inclusivo (3%)

Para la evaluación de este criterio, los oferentes deberán informar completando el ítem III.- del Anexo N°3, y obtendrán la nota de acuerdo con la siguiente tabla:

Calificaciones

Justificación

Nota 4

Acredita el cumplimiento de los tres ítems.

Nota 3

Acredita el cumplimiento de dos de los tres ítems.

Nota 2

Acredita el cumplimiento de uno de los tres ítems.

Nota 0

No acredita el cumplimiento de ninguno de los tres ítems indicados.

d) Evaluación del criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial (2%)

La evaluación de este criterio se realizará en base a si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal, y acompaña los antecedentes requeridos, lo que será evaluado según lo indicado en el ítem IV.- del Anexo 3.

Calificaciones

Justificación

Nota 4

El oferente declara poseer un programa de integridad y ética empresarial conocido y aplicado por su personal, adjunta copia de dicho Programa y de los medios que acrediten que éste es conocido y aplicado por su personal.

En caso de personas naturales, declara poseer un programa de integridad y ética empresarial y adjunta copia de dicho Programa.

Nota 0

El oferente declara no poseer un programa de integridad y ética empresarial; o no adjunta copia del programa de integridad y ética empresarial declarado y/o no acredita que sea conocido y aplicado por su personal.

Criterios de desempate

El resultado de la evaluación se obtendrá del promedio ponderado considerando los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes asignados a dichos factores.

En caso de que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:

             Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Descripción de la Propuesta Técnica”.
             Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Oferta Económica”.
             Mayor puntaje total obtenido en el criterio denominado “Criterios sustentables y/o inclusivos”.

9.12.- ADJUDICACIÓN

Terminada la evaluación y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.

La adjudicación producirá efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que la apruebe.

En caso de que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral N° 3.- “Etapas y plazos”, ProChile informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

De acuerdo al artículo 59 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 4.- “Antecedentes para incluir en la oferta”, o cuando estas no se ajusten a lo establecido en las Bases de Licitación, la Ley N°19.886 y sus modificaciones o su Reglamento.

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el inciso segundo del artículo 9 de la Ley N° 19.886. En este caso, ProChile considerará para efectos de la evaluación de la presente licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no sea considerada una oferta “riesgosa o temeraria” de acuerdo a la definición establecida en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886, es decir, se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por la Contraparte Técnica de ProChile que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.

Adicionalmente, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886, ProChile, podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas no fueran admisibles y/o cuando estas últimas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas, no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.

Consulta sobre la Adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica comprasprochile@prochile.gob.cl.

Responsabilidades y obligaciones del Adjudicatario

             Velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores durante todo el periodo de contratación.
             El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336, sobre propiedad intelectual.
             Velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los bienes y/o servicios entregables requeridos en virtud de los servicios encomendados, so pena de la medida que esta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.
             Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por ProChile, esto es, en los plazos que se determine para la entrega de estos.
             Proveer de los servicios que fueron adjudicados en los plazos comprometidos, según su oferta adjudicada, y cumpliendo las especificaciones y requerimientos técnicos correspondientes establecidos en las Bases de Licitación.
             El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
             Acreditar, a la mitad del periodo de vigencia de la contratación, y con un máximo de seis meses, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
             Cumplir con las demás obligaciones que le impone las Bases de licitación y la respectiva Orden de Compra.
             El cumplimiento de las normativas del Código del Trabajo y otras normas relacionadas como la Ley Karin, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.

9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN

La adjudicación será dejada sin efecto por resolución fundada en los siguientes casos:

-              Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;
-              Si el Adjudicatario no acepta la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el numeral 9.14.
-              Si el Adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para el envío de la Orden de Compra dentro del plazo establecido en el numeral 9.14.
-              Si el Adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con ProChile;
-              Si el Adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la adjudicación.
-              Si la oferta presentada no emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
-              Si la oferta no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
-              Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste.

Verificada alguna de las causales anteriores, ProChile podrá, dentro de un plazo de 60 días contados desde la publicación del acto administrativo que adjudicó, dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar nuevamente la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.

9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES

Notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, no deberá mediar un plazo superior al establecido en la correspondiente adjudicación, para la emisión de la(s) Orden(es) de Compra respectivas, período en que debe gestionarse la presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario.

Para la emisión de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá remitir a ProChile los siguientes Antecedentes Legales:

1.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):

-              Declaración Jurada, según formato ANEXO N°5-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y en el artículo 33 de la Ley N°21.595.
-              Cédula de identidad del Adjudicatario.
-              Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por cada una de las personas naturales que la integran.

2.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:

-              Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
-              Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
-              Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
-              Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
-              Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
-              Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y los artículos 33 y 50 de la ley N° 21.595 y que identifique los principales socios o accionistas del Adjudicatario.
-              Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.

3.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:

-              Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
-              Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
-              Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
-              Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-C, que acredite que no se encuentra en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595.
-              Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.

4.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:

-              Declaración Jurada, según formato Anexo N° 5-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y sus modificaciones y el articulo 33 en concordancia con el artículo 50, de la Ley N°21.595 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa Adjudicatario.
-              Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el antecedente señalado precedentemente deberá ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integren.
-              Documentos que acrediten su existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser superior a 5 días hábiles.

El Adjudicatario sólo deberá remitir a ProChile aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores.

En los casos de que el oferente sea una empresa pública, se requerirá el acto administrativo de nombramiento de su representante legal o su equivalente, conforme lo determine la normativa aplicable al caso, y toda la documentación anteriormente citada, en los casos que sea procedente conforme con la naturaleza de la empresa pública.

La presente contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, para lo cual el adjudicatario tendrá un plazo máximo de 2 días corridos para notificar la aceptación. En caso contrario, ProChile estará facultado para dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al segundo proveedor mejor evaluado, y así sucesivamente.

9.15.- MODIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la contratación podrá modificarse, en los siguientes casos:

-              Aumento del monto total contratado. Esta modificación no deberá superar el 30 %.
-              Aumento del Plazo de vigencia de la contratación por solo una vez. Esta modificación será hasta completar el total del monto máximo aumentado que no deberá superar el 30 %.
-              Modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.

Con todo no podrá aumentarse el monto de la contratación más allá del 30% del monto originalmente pactado. Todo aumento se realizará siempre que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello. Cualquier modificación de aquellas señaladas previamente, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

9.16.- DEL PAGO

ProChile pagará un monto fijo en pesos chilenos, en un desembolso, correspondiente al 100% del monto total adjudicado, una vez se haya recepcionado a conformidad la totalidad de las credenciales de acceso a los servicios contratados.

El procedimiento general será el siguiente:

-              Cada pago se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la respectiva Factura, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, por los servicios contratados, y siempre que cuente con Recepción Conforme de la Contraparte Técnica de ProChile.
-              Las facturas electrónicas deben ser enviadas a los correos electrónicos: “prochilerecepcion@custodium.com” y “dipresrecepcion@custodium.com”.
-              Cada factura deberá ser emitida a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto). Lo anterior, señalando como “Giro”: Actividad de la Administración Pública en General “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
-              Cada pago estará sujeto a que se encuentren aceptada/s la/s Órdenes de Compra emitidas a través de www.mercadopublico.cl.
-              Los pagos podrán efectuarse, a través de transferencia electrónica, para lo cual el proponente adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.

9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA

Actuará como contraparte técnica en ProChile, la Jefa del Subdepartamento de Comunicaciones Externas, a quien le corresponderá gestionar la contratación, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado, la aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato y las garantías asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al reemplazante.

9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN

La contratación entrará en vigor una vez encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudique la presente Licitación y aceptada la Orden de Compra por parte del Adjudicatario a través del sitio web www.mercadopublico.cl y se extenderá hasta que se hayan prestado la totalidad de los servicios a conformidad de ProChile.

9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN

La contratación podrá terminarse anticipadamente por ProChile sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

             La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
             Resciliación o mutuo acuerdo de las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
             Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratado, entendiéndose por tal la aplicación de una multa o sanción, o se haya superado el porcentaje máximo establecido en el numeral 9.20. SANCIONES de las presentes bases.
             Estado de notoria insolvencia del contratado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
             Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
             Por la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible o dificulte significativamente la prestación de los servicios de la manera en que fueron contratados.
             Por la incapacidad del contratado de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación, según se indica en el N° 5 del artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
             Si los representantes o el personal dependiente del contratado cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
             Si el proveedor -en virtud de una petición de ProChile conforme al artículo 4° de la Ley N° 19.886- no presenta comprobantes y planillas que acrediten que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución de la contratación, con un máximo de seis meses.
             Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de Licitación o durante la vigencia de la contratación.
             En caso que al proveedor se le imponga una pena de Inhabilitación para contratar con el Estado, lo que produce la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el proveedor condenado, de acuerdo al artículo 33, inciso segundo, de la Ley N° 21.595, de Delitos Económicos, así como en el caso que al proveedor se trate de una persona jurídica y se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, regulada en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Es caso de la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, y cuando no sea posible modificar la contratación conforme a lo indicado en el numeral 9.15. de las presentes Bases ProChile pagará el precio sólo por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación, lo que deberá ser verificado por la Contraparte Técnica de ProChile.

En el caso en que se configure alguna causal de término anticipado del contrato que sea imputable al proveedor contratado, será utilizado el mismo procedimiento para la aplicación de sanciones descrito en el numeral 9.20. de las presentes Bases, en aquellas secciones que corresponda.


Se dictará una resolución fundada disponiendo el término anticipado de la contratación, la cual se pronunciará sobre el alcance de la terminación, la fecha a partir de la cual ésta entrará en vigor y los descargos efectuados, si existieren. El referido acto administrativo será impugnable por el proveedor contratado, por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.


Una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

9.20.- SANCIONES

Para los efectos de sanciones, se aplicarán las multas de acuerdo a los siguientes ítems, las cuales, conforme con lo señalado en el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en todo caso no podrán superar el 30% del monto total de la contratación:

             Por el atraso en la entrega a ProChile de los accesos a la plataforma, respecto al plazo ofertado, por causas que le sean imputables al adjudicatario, en cuyo caso se aplicará una multa equivalente al 2% del monto total adjudicado, por cada día hábil de atraso, con un tope de 5 días hábiles.

La multa no se aplicará si el evento se produce por caso fortuito o fuerza mayor.

Si ProChile considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al contratado, indicando el monto y fundamento de la misma. El contratado dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos.

En los descargos, el Proveedor deberá señalar todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Todo ello, sin perjuicio de otras presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del procedimiento sancionatorio con el mismo objeto. Asimismo, deberán solicitarse las diligencias probatorias pertinentes.

Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, ProChile resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada, dentro del plazo de diez días hábiles, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al contratado, copia del Acto Administrativo pertinente.

Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por el contratado por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones del artículo 59 de la Ley Nº 19.880.

En caso de que ProChile determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, el Adjudicatario deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a 5 días contados desde su notificación mediante la resolución fundada. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado, ProChile quedará facultado para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera al Adjudicatario del cumplimiento de la obligación principal.

9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las Personas Jurídicas chilenas)

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, el Adjudicatario que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación, con un máximo de seis meses.

ProChile, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que el Adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

9.22.- CONFIDENCIALIDAD

El personal del Adjudicatario que realice las tareas objeto de esta licitación, estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.

Asimismo, el Adjudicatario quedará obligado a guardar absoluta reserva y confidencialidad acerca de la información de ProChile a que pueda tener acceso en razón de la ejecución de la contratación. Esta obligación recaerá, además, en las personas que le presten servicios, permanentes o no y a cualquier título, asumiendo el adjudicatario la responsabilidad por el cumplimiento de dicha obligación.

9.23.- PACTO DE INTEGRIDAD

i.             El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
ii.           El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
iii.          El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iv.           El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
v.            El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
vi.          El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vii.         El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
viii.        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
ix.          El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.