Se deberá privilegiar en primera instancia aquella oferta que presente mayor puntaje, de acuerdo a los factores de evaluación señalados en el punto anterior.
En caso de haber empate en el máximo puntaje total, se privilegiará los criterios de evaluación para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a) En el criterio “Oferta económica”, se seleccionará al oferente que presente mayor puntaje en este criterio.
b) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presente la menor cantidad de días en el criterio "Plazo de ejecución".
c) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presente el mayor número de servicio/obras de edificaciones públicas y/o equipamientos públicos certificadas.
d) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta la menor cantidad de infracciones, de acuerdo al criterio “Comportamiento Contractual”.
Finalmente, en caso de aplicados todos los criterios para resolver el empate de las ofertas presentadas y aún persiste, se privilegiará la oferta que haya presentado la mayor cantidad de experiencia acreditada, en lo requerido.