No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, ni estar afecto a las inhabilidades del artículo 54 letra a inciso segundo y letra b de la Ley 18.575. Esto se acreditará mediante la declaración simple que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo N° 1 “Declaración Simple” de estas bases, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
La omisión de la presentación del Anexo N°1 “Declaración Simple” dentro del Sistema Mercado Público originará la exclusión del proceso al oferente participante, la cual se verá reflejada en la no admisibilidad en el proceso de apertura de ofertas del proceso de Licitación.