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Bases técnicas |
2.1.- GENERALIDADES
Los requerimientos que se detallan a continuación se refieren a las condiciones, alcances y
características relativas a la contratación para la elaboración del estudio para el “Desarrollo del
Manual de Requisitos Mínimos para Sistemas de Tratamiento y Reutilización de Aguas Grises en
Proyectos Habitacionales”.
2.2.- ANTECEDENTES
A nivel nacional, el aumento del consumo de agua potable en las últimas décadas se ha tornado
preocupante, así como el incremento de la escasez hídrica en más de la mitad del territorio nacional.
A esto se suma el gran volumen de agua que consume el área industrial y productiva, que impacta
severamente en la disponibilidad de este recurso en el país. En materia de construcción, por ejemplo,
sólo en la operación de la edificación (público, comercial y residencial), se consume alrededor del 6%
del total de agua potable a nivel país.
EL Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en este escenario, ha impulsado el desarrollo de iniciativas de
construcción más sustentables, que aporten al cuidado del medioambiente. Para ello, se han
incorporado estrategias en la industria relacionadas, entre otros temas, con la gestión eficiente del
agua, como el abastecimiento sustentable en zonas no urbanizadas; la promoción de artefactos más eficientes al interior de las viviendas y en los espacios abiertos –como jardines y parques donde se
privilegia el uso de riego eficiente-; la reutilización de aguas grises para fines no potables, entre
otros.
En este contexto, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y el Ministerio de Salud, están desarrollando
cambios y nuevos reglamentos, para incorporar en sus documentos normativos los Sistemas de
Reutilización de Aguas Grises.
Dado lo anterior, el MINVU busca desarrollar requerimientos técnicos mínimos que aseguren la
calidad y durabilidad para sistemas de tratamiento y reutilización de aguas grises, los cuales deberán
ser aplicables en cualquier proyecto habitacional a lo largo del país.
Dentro de los antecedentes se debe considerar la Ley N° 21.075, de 2018, del Ministerio de Obras
Públicas, que regula la recolección, reutilización y disposición de aguas grises; así como también, los
borradores disponibles del Reglamento de la Ley N° 21.075, que debe dictar el Ministerio de Salud.
2.3.-OBJETIVOS DEL ESTUDIO
2.3.1.- OBJETIVO GENERAL
Compilar y desarrollar un documento que contenga las especificaciones y requerimientos mínimos
para los distintos sistemas de tratamiento y reutilización de aguas grises existentes y que sean
aplicables en proyectos habitacionales.
2.3.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Elaborar un Manual con los requerimientos técnicos que aseguren la calidad y durabilidad de
sistemas de tratamiento y reutilización de aguas grises, para ser utilizado en proyectos privados y
públicos.
2.4.- DESCRIPCIÓN DEL ESTUDIO
Este estudio tiene como propósito desarrollar un documento de uso técnico que defina los
requerimientos técnicos mínimos que aseguren la calidad y durabilidad de sistemas de tratamiento y
reutilización de aguas grises en proyectos habitacionales privados y públicos. Este documento,
deberá contener la descripción técnica de todas las partes del sistema, su funcionamiento y
mantención, cumpliendo con las normas respectivas e incluyendo aspectos de la mantención de los
sistemas.
El Consultor seleccionado deberá proveer todo el personal, dependencias y servicios necesarios para
el desarrollo de las actividades que forman parte de este estudio, descritas en las presente bases de
licitación.
2.4.1.- REVISIÓN DE ANTECEDENTES NACIONALES O INTERNACIONALES
El estudio constará de una primera parte en la que se revisarán distintos antecedentes para el
desarrollo de requerimientos técnicos mínimos para sistemas de tratamiento y reutilización de aguas
grises, además de un levantamiento de información (normativas, estándares, tipos de sistemas de
tratamientos y de filtros, entre otros) y de referentes nacionales e internacionales.
El Consultor deberá elaborar y entregar un informe de resultados y conclusiones a partir de esta
revisión de metodologías y levantamiento de información.
Contenidos mínimos del informe:
a. Levantamiento de información (normativas, estándares nacionales o internacionales).b. Tipos de sistemas de tratamiento.
c. Labores de operación y programas de mantención.
d. Tipos de filtros.
e. Referentes nacionales e internacionales.
f. Conclusiones para un óptimo desarrollo de requerimientos técnicos mínimos.
Producto: Informe de antecedentes..
2.4.2.- DESARROLLO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
A partir de la etapa anterior, el Consultor deberá desarrollar requerimientos técnicos mínimos para
sistemas de tratamiento y reutilización de aguas grises que velen por la calidad y durabilidad del
sistema, además del cumplimiento de las normas sanitarias, para proyectos habitacionales.
El Consultor deberá elaborar y entregar un informe con los requerimientos técnicos mínimos,
acompañado de un diagrama explicativo de las fases de diseño, ejecución, operación y mantención
de los sistemas de tratamiento y reutilización de aguas grises, asociadas a los respectivos
requerimientos técnicos mínimos definidos. Se espera que se propongan requerimientos técnicos
mínimos para al menos cuatro (04) tipos de sistemas de tratamiento y reutilización de aguas grises,
incluyendo variedad en los tipos de filtros, y para las fases de diseño, ejecución, operación y
mantención del sistema en cualquier tipología de proyecto habitacional. Estos cuatro (04) tipos de
sistemas, deberán abarcar los siguientes casos: sistemas unitarios, sistemas compartidos (para 2 o
más viviendas), sistemas colectivos (para edificios) y sistemas de interés público (riego de plazas y
parques).
Producto: Informe de requerimientos técnicos mínimos.
2.4.3.- ELABORACIÓN DEL MANUAL DE REQUISITOS MÍNIMOS
El Consultor deberá desarrollar un Manual de requisitos mínimos a ser utilizado por profesionales que
trabajen en los programas de vivienda del MINVU y que lo consulten para diseño, construcción o
montaje, operación y mantención del (los) sistema(s).
Como resultado, el Consultor deberá entregar la versión definitiva, que deberá ser definida en
consenso con la Contraparte Técnica MINVU.
Contenidos mínimos del documento:
1. Objetivos y alcances.
2. Consideraciones generales y requisitos.
3. Descripción de los sistemas y su funcionamiento: esquemas, diagramas e infografías.
4. Requerimientos técnicos mínimos para fase de cálculo, dimensionamiento y diseño de cada uno de
los sistemas.
5. Requerimientos técnicos mínimos para fase de ejecución e instalación, además de pruebas y
puesta en marcha.
6. Requerimientos técnicos mínimos para fase de operación y mantención de los sistemas.
7. Antecedentes a presentar: documentación necesaria para evaluar y aprobar sistemas por parte de
la autoridad competente.
8. Glosario.
9. Anexos y diagramas.
2.5.- INFORMES A ENTREGAR EN EL DESARROLLO DEL ESTUDIO
Los avances del estudio se verificarán a través de la entrega de informes.
Para el logro de los resultados esperados se ha definido la entrega preliminar de dos (02) informes
de resultados y una entrega final con la versión definitiva de los dos (02) documentos: Itemizado
Técnico y Manual de Aplicación.
El cronograma de entrega de informes es el siguiente:
(ver cuadro en bases adjuntas).
2.6.- OPERATORIA DEL ESTUDIO
2.6.1.- REUNIONES DE COORDINACIÓN
Se deberá considerar el hecho que se requiere al menos una (01) reunión de coordinación
programada por cada etapa del trabajo, con la Contraparte Técnica MINVU, sin que esto impida que
se realicen reuniones adicionales.
Las reuniones programadas serán las siguientes:
a. Inicio de actividades del estudio: discusión sobre el plan de trabajo, antecedentes y criterios
mínimos para el óptimo desarrollo del estudio.
b. Revisión del primer informe: antecedentes y avance de estudio, con la finalidad de revisar
observaciones presentadas por la Contraparte Técnica del MINVU y aclarar dudas.
c. Revisión del segundo informe: Requerimientos Técnicos mínimos y avance de estudio, con la
finalidad de revisar observaciones presentadas por la Contraparte Técnica del MINVU y aclarar
dudas.
d. Revisión final del estudio: previo a la entrega de los documentos finales, se deberá llevar a cabo
una reunión que permitirá ajustar las últimas observaciones.
El coordinador o jefe de proyecto designado por el Consultor, deberá estar presente en cada una de
las reuniones antes indicadas y deberá levantar un acta de cada una de las reuniones realizadas, la
que contendrá los acuerdos alcanzados en cada una de ellas
.
2.6.2.- ENTREGA DE LOS INFORMES
El Consultor deberá entregar los informes correspondientes en la Sección de Partes y Archivos del
MINVU dentro de los plazos indicados en su oferta o en el máximo establecido para cada uno de ellos
(ver Tabla del presente punto). Éstos deberán ser entregados en dos (02) copias escritas más una
copia en formato digital (CD, DVD o Pendrive) empleando programas ad-hoc a los requerimientos.
La Contraparte Técnica del MINVU revisará, formulará observaciones y aprobará los informes
entregados. Para ello, tendrá los siguientes plazos:
- Informes Etapa 1 y 2: dentro de los cinco (05) días corridos después de la presentación de los
informes.
- Informe Etapa 3: dentro de los cinco (05) días corridos después de la presentación de los
documentos.
Los días de revisión de la Contraparte Técnica del MINVU, serán en paralelo al desarrollo de la etapa
inmediatamente siguiente; por lo que, el consultor debe considerar horas de trabajo en dicha etapa
para subsanar las observaciones generadas en la etapa de revisión, si las hubiere.
La aprobación de los informes deberá constar en un “Acta de recepción conforme” emitida por la
Contraparte Técnica del MINVU, la que se comunicará al Consultor por correo electrónico dirigido al
coordinador del estudio. Las observaciones a los informes también serán comunicadas al Consultor
por correo electrónico dirigido al coordinador del estudio. Una vez hecho eso, el Consultor dispondrá
de los siguientes plazos:
- Informes resultados preliminares, Etapa 1 y 2: cinco (05) días corridos después de la entrega de las
observaciones por parte de la Contraparte Técnica del MINVU para presentar un nuevo informe que
subsane o corrija dichas observaciones.
- Documentos en su versión final, Etapa 3: cinco (05) días corridos después de la entrega de las
observaciones por parte de la Contraparte Técnica del MINVU para presentar nuevos documentos
que subsanen o corrijan las observaciones formuladas.
La Contraparte Técnica del MINVU, al recibir el nuevo informe, dispondrá de cinco días corridos,
según la Etapa en revisión, para revisar, analizar y aprobar dicho informe. De no corregir las
observaciones planteadas, será rechazado, siendo comunicado al Consultor por correo electrónico
dirigido al coordinador del estudio. Si no fuere subsanado el informe, se dará termino anticipado al
contrato.
La Contraparte Técnica dispondrá de los siguientes plazos (días corridos), como máximo:
(ver cuadro en resolución adjunta).
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