Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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Ilustre Municipalidad de Cañete
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Fecha de vencimiento:
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18-07-2025
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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El adjudicatario entregará a la Subsecretaría de Transportes, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, una Garantía que podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. La garantía podrá estar constituida por boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza, u otro instrumento financiero que asegure su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, cuyo monto será equivalente al 5% del valor total del contrato.
La garantía deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad con sucursal en Chile, que garantice el fiel cumplimiento del servicio contratado y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena el artículo 11 de la Ley 19.886.
La Garantía deberá ser extendida como irrevocable y pagadera “a la vista” o “a primer requerimiento”, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Cañete, Rol Único Tributario N° 69.160.500-0 y tomada por el consultor, por uno o varios integrantes de la unión temporal de proveedores o por un tercero a nombre del consultor.
En caso que la Garantía esté constituida por una Póliza de Seguro, además, ésta deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, a su entrega, el Consultor deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. La póliza podrá extenderse en Unidades de Fomento.
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Glosa:
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Garantía de fiel cumplimiento del contrato para la ejecución del estudio denominado ‘Plan Maestro de Gestión de Tránsito Comuna de Cañete' y de las obligaciones que ordena el artículo 11° de la Ley Nº 19.886”
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Forma y oportunidad de restitución:
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Transcurrida la vigencia de la garantía, ésta podrá ser retirada por el consultor.
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