Licitación ID: 2667-61-LE19
ESTUDIO ESTACIONAMIENTOS COMUNA DE VITACURA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 20
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Global
Cod: 80101604
VALOR TOTAL NETO POR EL ESTUDIO DE ESTACIONAMIENTOS EN ESPACIOS PUBLICOS DE LA COMUNA DE VITACURA, SEGUN BASES.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ESTUDIO ESTACIONAMIENTOS COMUNA DE VITACURA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de la presente Licitación es contratar a una persona natural o jurídica para elaborar el estudio de estacionamientos en espacios de bien nacional de uso público de la comuna de Vitacura, considerando para ello la recopilación de todos los datos necesarios para el buen desarrollo del trabajo, tales como la determinación de la oferta, demanda y rotación de los estacionamientos en las áreas definidas, análisis y zonificación en la comuna de Vitacura y demás antecedentes que se estiman necesarios en las Bases, para efectos de respaldar adecuadamente la toma de decisiones del municipio y así dar cumplimiento a las necesidades planteadas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-10-2019 12:00:00
Fecha de Publicación: 01-10-2019 18:44:14
Fecha inicio de preguntas: 01-10-2019 19:30:00
Fecha final de preguntas: 07-10-2019 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-10-2019 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-10-2019 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-10-2019 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-12-2019 10:24:14
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
 
Documentos Económicos
1.- Las Ofertas Económicas válidas, serán aquellas que se hayan realizado a través del portal www.mercadopublico.cl, asociada al ID de esta Licitación hasta la fecha y hora indicada para el cierre de las ofertas, indicadas en el llamado a Licitación publicado en el Portal y detallada conforme al Anexo Nº5 de las BAE, expresado el monto total sin impuestos en pesos chilenos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes EXPERIENCIA SI LA TUVIERE. Revisar Pauta de Evaluación, según Punto Nº 10, Bases Administrativas Especiales. 20%
2 Precio OFERTA ECONOMICA. Revisar Pauta de Evaluación, según Punto Nº 8, Bases Administrativas Especiales. 50%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios OFERTA TECNICA.Revisar Pauta de Evaluación, según Punto Nº 10, Bases Administrativas Especiales. 25%
4 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES. Revisar Pauta de Evaluación, según Punto Nº 8, Bases Administrativas Especiales. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE BUCAREY SEPULVEDA
e-mail de responsable de pago: jbucarey@vitacura.cl
Nombre de responsable de contrato: ANDRES RAMIREZ ZAMORA
e-mail de responsable de contrato: aramirez@vitacura.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-22402574-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 27-01-2020
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Los Oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento pagadero a la vista e irrevocable en la forma establecida en el artículo 53° de las Bases Administrativas Generales. En caso de presentar más de una oferta, el Oferente deberá entregar una garantía de seriedad por cada oferta presentada. Si hubiese sólo una garantía, para más de una oferta, se considerará dicha caución para la primera oferta que haya ingresado el oferente en el Portal, quedando inadmisibles las demás ofertas por él presentadas. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl, sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, el documento original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800, Piso 3°, teniendo como plazo límite, para ambas ocurrencias, la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas de la licitación. En el evento de no cumplir con la entrega física de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, antes señalados, el Oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta.
Glosa: “Garantiza Seriedad de la Oferta ID 2667-61-LE19”
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta a los Proponentes conforme lo previsto en los incisos, séptimo, octavo y noveno del artículo 53° de las BAG.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITRACURA
Fecha de vencimiento: 31-07-2020
Monto: 15 %
Descripción: Una vez notificada en el Portal la adjudicación de la Licitación, el Oferente Adjudicatario, deberá presentar dentro del plazo de veinte (20) días seguidos, a contar de la fecha de notificación de la adjudicación de la Propuesta, en la Secretaría Municipal, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en la forma y condiciones establecida en los artículos 55° a 59° de las BAG. Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del Contratista con sus trabajadores. En el caso eventual de demandas al Municipio, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá siempre mantenerse vigente, durante el desarrollo y resolución del proceso.
Glosa: “Garantiza fiel cumplimiento de las obligaciones del Contrato en la Licitación Pública ID 2667-61-LE19”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta al Contratista conforme lo previsto en las BAE y BAG, previa verificación y certificación por la Unidad Técnica que no existen obligaciones pendientes tanto contractuales como desde el punto de vista laboral y previsional de los trabajadores del mismo y/o de sus Subcontratistas, si los tuviere.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Generalidades

De acuerdo a las atribuciones otorgadas por la legislación vigente, la Municipalidad de Vitacura (en adelante e indistintamente la Municipalidad o el Municipio), ha dispuesto se someta a Licitación Pública (en adelante la Licitación o Propuesta) el “ESTUDIO DE ESTACIONAMIENTOS EN ESPACIOS PÚBLICOS EN LA COMUNA DE VITACURA” identificado en el portal www.mercadopublico.cl con la ID 2667-61-LE19.

En todo lo no regulado en las presentes Bases Administrativas Especiales (en adelante BAE) y Bases Técnicas (en adelante BT), el proceso licitatorio se regirá por las Bases Administrativas Generales (en adelante BAG) aprobadas por Decreto Alcaldicio Secc. 1ª N° 4/490, de fecha 1 de marzo de 2018, en subsidio, por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, Ley de Compras Públicas) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda de 2004 (en adelante el Reglamento de la Ley de Compras Públicas), y, las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que fueren pertinentes, especialmente las detalladas en el acápite N° 18, de las presentes BAE.

Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato o la Orden de Compra a que dé lugar la adjudicación, los documentos señalados en el Artículo 2° de las BAG y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación.

Para el correcto cumplimiento de los términos del Contrato y sus Anexos, se estará a lo establecido en el artículo 4° de las BAG.

Objeto
El objeto de la presente Licitación es contratar a una persona natural o jurídica para elaborar el estudio de estacionamientos en espacios de bien nacional de uso público de la comuna de Vitacura, considerando para ello la recopilación de todos los datos necesarios para el buen desarrollo del trabajo, tales como la determinación de la oferta, demanda y rotación de los estacionamientos en las áreas definidas, análisis y zonificación en la comuna de Vitacura y demás antecedentes que se estiman necesarios en las Bases, para efectos de respaldar adecuadamente la toma de decisiones del municipio y así dar cumplimiento a las necesidades planteadas.
Oferentes que pueden participar

Podrán participar en la presente Licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl aquellas personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, y que no se encuentren afectas a una o más de las inhabilidades contempladas por la Ley de Compras Públicas y, que en este contexto, cumplan además con los requisitos establecidos en el artículo 6º de las BAG, e ingresen al Portal, en tiempo y forma, los antecedentes solicitados en el acápite 6, de estas BAE.

Serán de cargo del Oferente todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta, conforme lo previsto en los Artículos 12°, 13° y 37° de las BAG. La Municipalidad en ningún caso será responsable de dichos costos.

Presupuesto Disponible
El presupuesto máximo disponible es la suma única de $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos), impuestos incluidos. No obstante, lo anterior, el Municipio adjudicará a la oferta que sea más conveniente a los intereses Municipales.
De la Adjudicación

La modalidad de esta Adjudicación se realizará a suma alzada, a un solo Oferente.

La adjudicación será resuelta por el Alcalde mediante Decreto Alcaldicio que será publicado en el Portal, previo Informe de la Comisión Revisora de Bases y Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas. La Comisión Revisora y Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas recomendará la adjudicación, sobre cuya oferta resulte más conveniente a los intereses Municipales, teniendo para ello en consideración el Informe que presente la Unidad Técnica.

La Municipalidad de Vitacura se reserva el derecho a desestimar fundadamente todas las ofertas presentadas, si estima que éstas no satisfacen los intereses municipales; a revocar el procedimiento licitatorio o a declarar desierta la licitación. Esta facultad es privativa del Municipio, no encontrándose sujeta a impugnación, ni recurso de naturaleza alguna y no dará derecho a indemnización de ningún tipo a favor de los licitantes.

De igual manera, y por razones de servicio, se reserva el derecho de modificar eventualmente la fecha de adjudicación establecida en el Portal, sin que ello genere un perjuicio para los proponentes.

Los Oferentes podrán realizar consultas respecto de la Adjudicación, a través del Foro de Consultas y Aclaraciones disponible en el Sistema de Información, bajo el ID de la presente Licitación Pública.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los Oferentes podrán realizar consultas respecto de la Adjudicación, a través del Foro de Consultas y Aclaraciones disponible en el Sistema de Información, bajo el ID de la presente Licitación Pública.

Antecedentes requeridos para participar en la Licitación

Los Oferentes deberán elevar al portal www.mercadopublico.cl,  los documentos que se singularizan a continuación, hasta la fecha y hora del cierre de las ofertas, indicadas en el Decreto de llamado de licitación publicado en el Portal.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) los antecedentes que deben ingresar al portal, conforme a lo dispuesto en los requerimientos que a continuación se detallan, deben cumplirse respecto de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal, con excepción de la Garantía requerida en el acápite N° 12.1 de las presentes BAE que, para el caso de una eventual UTP, como tal, sólo deberá entregar una garantía de seriedad por cada oferta que presente.

Los documentos son los siguientes:

a. Individualización completa del Oferente (Anexo Nº1).

b. Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo al punto N° 12.1 de las BAE.

c. En el caso que el Oferente sea una persona jurídica, deberá acompañar además una declaración jurada, firmada por el representante legal, acreditando la actual composición del directorio o la identificación de los socios según sea el caso.

Si uno o más de los socios es una persona jurídica de cualquier tipo, deberá mediante declaración jurada simple acreditar los actuales socios de dicha persona jurídica.

Utilizar Formulario Declaración de Persona Jurídica que se adjunta en los Anexos de las presentes BAE).

d. Declaración Jurada Simple (Anexo Nº2).

e. Patente Municipal del Oferente al día, sea persona natural o jurídica, conforme a lo dispuesto en el DL N° 3.063 “Ley de Rentas Municipales”.

f. Oferta Experiencia (Anexos Nº3A, 3B y 3C), si la tuviere, según el punto N°7 de las BAE.

g. Certificado de Inscripción Vigente del Registro Nacional de Consultores MINVU y/o MOP.

h. Formulario plazo de entrega en días corridos (Anexo Nº4), según lo indicado en el punto N°15.1 de las presentes Bases.

i. Oferta Económica (Anexos 5), según el acápite N°8 de las BAE.

j. Oferta Técnica, según Punto N°9 de las BAE, incluye Programa de Trabajo (Anexo N° 6).

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En el caso de los documentos indicados en las letras c), d), y e) precedentes, que no se hayan entregado en la oportunidad indicada en el párrafo primero del punto 6 de las BAE, deberán ser entregados por el Oferente a más tardar, al tercer día hábil de requerida la entrega por la unidad técnica municipal encargada de la propuesta pública, y si no lo hiciera queda fuera de bases.

La presentación de los antecedentes, indicados en el párrafo precedente, que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de elevar al Portal su oferta, sólo será admisible cuando dichas certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones permanentes o que no pudieren cambiar entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
No se requiere para esta Licitación.
Solicitud de antecedentes adicionales
Durante la etapa de evaluación de las ofertas y a juicio de la Comisión Revisora de Bases y Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes, nuevos antecedentes que complementen o aclaren su oferta técnica, con excepción de la Garantía de Seriedad de la Oferta y la Oferta Económica, conforme a lo dispuesto en el Artículo 21° de las BAG. Asimismo, podrá solicitar aclaración a los oferentes, para salvar errores u omisiones formales.
Oferta Experiencia

La Oferta Experiencia corresponderá a la idoneidad técnica del Consultor para el desarrollo de las tareas encomendadas. Se evaluarán los Estudios desarrollados por la empresa consultora o Persona Natural, su categoría en los registros MINVU en materia de Estudios de Tránsito, cantidad y montos de los Estudios en que haya participado.

DOCUMENTOS DE EXPERIENCIA A PRESENTAR

Se deberán elevar al portal www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos que conforman la Oferta Experiencia:

• Anexo 3A: Formulario de Experiencia de la Empresa (o jefe del Estudio, en caso de tratarse de Persona Natural), considerando la cantidad de Estudios de Tránsito en espacio público que haya desarrollado la Empresa Oferente y, monto de los mismos, certificando y detallando el mandante, el nombre del proyecto, la fecha de ejecución, su dimensión y una breve descripción de los trabajos realizados. Para el caso de la certificación de la Empresa Oferente, se podrán incluir Estudios de Tránsito en curso, explicitando dicha situación. Certificados: Para cada Estudio de Tránsito declarado, se solicitará adjuntar un Certificado en forma de un documento emitido y firmado por el mandante respectivo, que acredite su autoría, monto y buena ejecución, no se considerarán aquellos Estudios de Tránsito que no cuenten con este certificado.

• Anexo 3B: Formulario del Equipo de Trabajo. Se deberá presentar un formulario (Anexo 3B) por cada profesional integrante del equipo, incluido el jefe del estudio, los cuales deberán incluir su profesión (título y entidad superior), años de experiencia y una nómina no superior a los cinco (5) Estudios de Tránsito de mayor relevancia en que hayan participado, indicando sus labores. Sólo se podrán incorporar a esta evaluación aquellos profesionales o técnicos que desarrollen parte íntegra del Estudio, declarados en el organigrama de la Oferta Técnica.

• Anexo 3C: Formulario requisitos cumplimiento Equipo Consultor.

• Currículum Vitae detallado y copia de título o certificación profesional/técnica de cada integrante del equipo que participará en este Estudio. El equipo de trabajo presentado por el oferente, debe incluir al menos los profesionales que se indican en Anexo 3C de estas BAE. En caso que el Oferente no incluya los tres profesionales requeridos, su oferta será declarada inadmisible.

• Certificado de Inscripción Vigente del Registro Nacional de Consultores MINVU.

• En el caso de que el Oferente contemple la incorporación de una persona natural o jurídica subcontratada en su equipo de trabajo, deberá acompañar el currículum vitae de ésta, su certificación profesional/técnica y el respectivo formulario (Anexo 3B), marcando la casilla si corresponde a una subcontratación. Esta deberá cumplir los mismos requerimientos que el resto de los participantes.

Oferta Económica
Las Ofertas Económicas válidas, serán aquellas que se hayan realizado a través del portal www.mercadopublico.cl, asociada al ID de esta Licitación hasta la fecha y hora indicada para el cierre de las ofertas, indicadas en el llamado a Licitación publicado en el Portal y detallada conforme al Anexo Nº5 adjunto, expresado el monto total sin impuestos en pesos chilenos.
Oferta Técnica

El Oferente deberá presentar un documento denominado “Oferta Técnica”. Esta memoria debe indicar, en cumplimiento de los requerimientos explícitos en las Bases y la normativa vigente, el contenido de lo que se ofrece como Estudio, el análisis de lo solicitado y su propuesta de trabajo, incluyendo lo siguiente:

• Metodología para el desarrollo de las tareas requeridas, entendiéndose por tal, el enfoque o marco global de la Oferta en relación con la problemática a resolver y la metodología señalada en las Bases Técnicas.

• Nivel de detalle de las tareas comprendidas, incluyendo descripción de las tareas acorde a la metodología de trabajo del Consultor. Se señalarán actividades asociadas a cada una de las tareas, se deben detallar elementos específicos de cada tarea.

• Organigrama asignado al Estudio, especificando el cargo de cada uno de sus integrantes, su posición en el equipo y las tareas que se encontrarán a su cargo.

• Programa de Trabajo (Anexo N° 6): Cronograma de desarrollo del Estudio en formato Carta Gantt, de acuerdo a la Oferta del Consultor para las Etapas a desarrollar, el cual deberá incluir los hitos de entrega de informes y los plazos asignados al desarrollo de cada actividad y Etapa. El Adjudicatario podrá actualizar dicho Programa durante los 5 días posteriores al Acta de Inicio del Servicio, según lo indicado en el acápite 17º de las BAE.

Evaluación de las Ofertas

Para la evaluación de las Ofertas se considerarán los siguientes Criterios de Evaluación:

Tabla Nº 1

Criterios de Evaluación

Ponderación

P1: Oferta Experiencia

20%

P2: Oferta Económica

50%

P3: Oferta Técnica

25%

P4: Cumplimiento de Requisitos Formales

5%

Total: Oferta

100%

El puntaje Total de la Oferta será igual a la suma de los puntajes ponderados de cada factor en evaluación.

Total, Oferta= Oferta Experiencia + Oferta Económica + Oferta Técnica + Cumplimiento de Requisitos Formales

Oferta Experiencia (20%)

P1= (Puntaje Experiencia Oferente en evaluación / Mayor Puntaje Experiencia) x 20

La metodología para determinar los puntajes de Experiencia del Oferente (P1) será la siguiente:

Tabla Nº 2

Ítem a Evaluar Oferta Experiencia

Puntaje

Puntaje Máximo

1.     Cantidad de Estudios de Tránsito que haya desarrollado la Empresa Oferente durante los últimos 5 años. (Anexo 3A)

La Empresa Oferente presenta 10 o más certificados de Estudios de Tránsito incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos, desarrollados desde el año 2013 en adelante, declarados en el Anexo Nº3A.

30

30

La Empresa Oferente presenta entre 7 a 9 certificados de Estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos, desarrollados desde el año 2013 en adelante, declarados en el Anexo Nº3A.

20

La Empresa Oferente presenta entre 4 a 6 certificados de Estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos, desarrollados desde el año 2013 en adelante, declarados en el Anexo Nº3A.

10

La Empresa Oferente presenta entre 1 a 3 certificados de Estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos, desarrollados desde el año 2013 en adelante, declarados en el Anexo Nº3A.

6

La Empresa Oferente no presenta certificados de Estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos desarrollados desde el año 2013 en adelante, declarados en el Anexo Nº3A.

0

2.     Cantidad total de los Estudios declarados en el anexo 3A durante los últimos 5 años.

Cantidad total de los Estudios de Tránsito del oferente en evaluación declarados en el Anexo Nº3A, respecto al total más alto de los oferentes que participan en la licitación, multiplicado por 30

(Total Of i /Oferente más alto) *30

30

No presenta Estudios

0

3.     Jefe del Estudio

El profesional a cargo del Estudio acredita 10 o más años de experiencia en estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos indicados en el Anexo Nº3B.

20

20

El profesional a cargo del Estudio acredita entre 7 a 9 años de experiencia en estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos indicados en el Anexo Nº3B.

10

El profesional a cargo del Estudio acredita entre 4 a 6 años de experiencia en estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos indicados en el Anexo Nº3B.

5

El profesional a cargo del Estudio acredita entre 0 a 3 años de experiencia en estudios de Tránsito, incluyendo Estudios de oferta y demanda de estacionamientos indicados en el Anexo Nº3B.

0

4.     Cumplimiento Requisitos del Equipo Consultor

El Equipo Consultor incluye los 3 profesionales indicados en el Anexo N°3C de las BAE.

5

 

El Equipo Consultor incluye más de 3 profesionales indicados en el Anexo N°3C de las BAE.

10

10

El Equipo Consultor no incluye los 3 profesionales indicados en el Anexo 3C del punto 7.1 de las BAE.

FUERA DE BASES

5.     Registro Nacional de Consultores MINVU: Ingeniería

El Consultor certifica la Subespecialidad (cód. 1605) VIALIDAD Y/O TRÁNSITO en primera categoría.

10

10

El Consultor certifica la Subespecialidad (cód. 1605) VIALIDAD Y/O TRÁNSITO en segunda categoría.

5

El Consultor certifica la Subespecialidad (cód. 1605) VIALIDAD Y/O TRÁNSITO en tercera categoría, o no certifica.

0

TOTAL

100

Oferta Económica (50%)

Se aplicará la siguiente fórmula para obtener el puntaje ponderado de cada oferta: P2 = (Menor monto ofertado / Monto en evaluación) x 50

Oferta Técnica (25%)

La fórmula de cálculo para obtener el puntaje ponderado de cada oferta es la siguiente:

P3 = (Puntaje Oferta Técnica en evaluación / Mayor Puntaje Oferta Técnica) x 25

Los criterios para determinar los puntajes en la Oferta Técnica serán:

Tabla Nº 3

Ítem a Evaluar Oferta Técnica

Puntaje

Puntaje Máximo

1.- Metodología

La metodología general es consistente con la metodología presentada en las Bases, considera un desarrollo del Estudio adecuado, con mayor profundidad que el descrito respecto de las Bases, acorde con los objetivos planteados, la problemática a trabajar y las herramientas de trabajo necesarias para su desarrollo.

30

30

La metodología general es consistente con la metodología presentada en las Bases, considera un desarrollo del Estudio adecuado, con similar profundidad al de las Bases Técnicas.

15

La metodología general es consistente con la metodología presentada en las Bases, considera un desarrollo del Estudio adecuado, con menor profundidad al de las Bases Técnicas.

5

La metodología es inconsistente o no cumple los requisitos mínimos solicitados para el desarrollo del Estudio.

Fuera de Bases

2.- Nivel de detalle de las tareas comprendidas

El Consultor considera todas las tareas exigidas por Bases. Se detallan las actividades a realizar con mayor precisión y coherencia, considerando los objetivos del Estudio.

40

40

El Consultor considera todas las tareas exigidas por Bases. Se detallan las actividades a realizar con similar precisión y coherencia, considerando los objetivos del Estudio.

20

El Consultor no considera todas las tareas exigidas por Bases, o bien, se detallan las actividades a realizar con menor precisión y coherencia, considerando los objetivos del Estudio.

0

2.- Organigrama

El organigrama responde a los objetivos del Estudio, y asigna las responsabilidades acordes a la experiencia de cada profesional, declarados en el Anexo Nº3B.

15

15

El organigrama responde a los objetivos del Estudio, y asigna las responsabilidades con algunas discrepancias acorde a la experiencia de cada profesional, declarados en el Anexo Nº3B.

7

El organigrama no se ajusta a los objetivos del Estudio o asigna las responsabilidades con grandes discrepancias acorde a la experiencia de cada profesional, declarados en el Anexo Nº3B.

0

4.- Programa de Trabajo

El Programa de Trabajo es coherente con los requerimientos del Estudio e hitos de entrega de informes.

15

15

El Programa de Trabajo es levemente inconsistente con los requerimientos del Estudio e hitos de entrega de informes.

7

El Programa de Trabajo presenta inconsistencias con los requerimientos del Estudio o hitos de entrega de informes.

0

TOTAL

100

Cumplimiento de Requisitos Formales P4 (5%)

El puntaje del Cumplimiento de Requisitos Formales se designará según la siguiente tabla: Tabla Nº 4

P4: Cumplimiento de Requisitos Formales

Puntaje

El Oferente cumple con la totalidad de los documentos solicitados, en los plazos requeridos, antes del cierre

5 puntos

El Oferente presenta los antecedentes omitidos en el plazo señalado en el Foro Inverso (posterior al cierre)

0 puntos

El Oferente no cumple con la totalidad de los documentos solicitados o NO informa

Fuera de Bases

Para efectos de la evaluación de las ofertas, todos los puntajes resultantes se redondearán al segundo decimal.

Resolución de Empates

Si al completarse la evaluación dos o más Oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a quien presente el mayor puntaje en el Criterio de Evaluación Oferta Experiencia. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente el mejor puntaje en el Criterio de Evaluación Oferta Técnica. De mantenerse aún la igualdad, será definido por quien presente el mayor Puntaje en la Oferta Económica.

Garantías

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Los Oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento pagadero a la vista e irrevocable en la forma establecida en el artículo 53° de las Bases Administrativas Generales. El monto de esta Garantía será de $1.000.000.- (un millón de pesos) y deberá estar vigente por al menos 90 días corridos, siguientes a la fecha de apertura de la Licitación, indicada en el Decreto Alcaldicio de llamado a Propuesta Pública.

En caso de presentar más de una oferta, el Oferente deberá entregar una garantía de seriedad por cada oferta presentada. Si hubiese sólo una garantía, para más de una oferta, se considerará dicha caución para la primera oferta que haya ingresado el oferente en el Portal, quedando inadmisibles las demás ofertas por él presentadas.

Glosa Referencial de la garantía: “Garantiza Seriedad de la Oferta ID 2667-61-LE19”

La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl,  sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, el documento original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800, Piso 3°, teniendo como plazo límite, para ambas ocurrencias, la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas de la licitación. En el evento de no cumplir con la entrega física de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, antes señalados, el Oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta.

En caso que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio podrá solicitar prórroga de éstas, siendo obligación del Oferente su cumplimiento.

La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en cualquiera de los casos previstos en el artículo 54° de las BAG.

Esta garantía será devuelta a los Proponentes conforme lo previsto en los incisos, séptimo, octavo y noveno del artículo 53° de las BAG.

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE LOS TRABAJADORES

Una vez notificada en el Portal la adjudicación de la Licitación, el Oferente Adjudicatario, deberá presentar dentro del plazo de veinte (20) días seguidos, a contar de la fecha de notificación de la adjudicación de la Propuesta, en la Secretaría Municipal, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en la forma y condiciones establecida en los artículos 55° a 59° de las BAG. Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del Contratista con sus trabajadores.

El monto de esta Garantía, será el equivalente al 15% del valor total del Contrato, y deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y por al menos 90 días posteriores al término del mismo. En el caso eventual de demandas al Municipio, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá siempre mantenerse vigente, durante el desarrollo y resolución del proceso.

La garantía originalmente entregada, debe, en caso de aumentos del contrato, mantener el porcentaje exigido en las BAE, en relación al valor del contrato.

Glosa Referencial de la garantía: “Garantiza fiel cumplimiento de las obligaciones del Contrato en la Licitación Pública ID 2667-61-LE19”.

De acuerdo a lo indicado en el artículo 56° de las BAG, en caso de que el Contrato se extienda más allá del plazo original de vigencia, esta garantía deberá ser renovada con 60 días de anticipación a su vencimiento.

En caso de incumplimiento de la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, el Municipio podrá aplicar lo dispuesto en el Artículo 57° de las BAG.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva, sin más trámite, en cualquiera de los casos previstos en el Artículo 72° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo de la disposición citada y cuando el Municipio considere infringidas total o parcialmente cualquiera de las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus Anexos y /o el Contrato.

Esta garantía será devuelta al Contratista previa verificación y certificación por la Unidad Técnica que no existen obligaciones pendientes tanto contractuales como desde el punto de vista laboral y previsional de los trabajadores del mismo y/o de sus Subcontratistas, si los tuviere.

PÓLIZAS DE SEGURO COMO GARANTÍA

En caso de que las garantías requeridas en los puntos 12.1 y 12.2 de las BAE, fueran entregadas como pólizas de seguro, deberán ser tomadas a beneficio de la Municipalidad de Vitacura y deberán incluir expresamente una cláusula de inalterabilidad de sus términos y condiciones sin autorización por escrito de la municipalidad y excluir expresamente el arbitraje de entre sus condiciones, según lo dispuesto en el inciso tercero del Artículo 53° y en el inciso sexto del Artículo 55° de las BAG.

Así también, en el caso de existir deducibles en los términos de la Póliza, estos serán pagados por el Adjudicatario.

La renovación de las pólizas deberá realizarse con un mínimo de 30 días corridos de anticipación a su respectivo vencimiento, con excepción de lo previsto en el quinto párrafo del acápite 12.2 de estas BAE.

Forma de Pago

La forma de pago será en pesos chilenos con impuesto incluido, pagándose el precio convenido en tres (3) Estados de Pago de acuerdo a las a Etapas del Estudio indicadas en la Tabla Nº5, dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme por la Inspección Técnica del documento de cobro y toda la documentación solicitada en el punto Nº13.1 de las BAE.

El documento de cobro (Factura Electrónica) deberá ser enviada al correo electrónico: facturas@vitacura.cl de la Subdirección de Finanzas de la Municipalidad.

Los porcentajes asociados a cada Estado de Pago se indica a continuación:

Etapas del Contrato

Requerimientos

Estado de Pago

1

Etapa 1

Certificado de Aprobación de Informe:

Informe de Avance N°1: Evaluación

Estado de Pago Nº1: 30%

2

Etapa 2

Certificado de Aprobación de Informe:

Informe de Avance N°2: Proyecto

Estado de Pago Nº2: 50%

3

Etapa 3

Certificado de Aprobación de Informe:

Informe Final: Aprobaciones

 

Acta de Recepción Final del Servicio, dictada mediante Decreto Alcaldicio.

Estado de Pago Nº3: 20%

Cada Estado de Pago, será pagado al Adjudicatario como abono al precio del Contrato. Los Estados de Pago se considerarán como abonos parciales efectuados al Adjudicatario, a cuenta del valor del Contrato que se está realizando. En ningún caso se estimarán estos abonos como aprobación o recepción de las Etapas realizadas hasta ese momento.

Los pagos se realizarán contra presentación de factura, boleta de honorarios o instrumento tributario respectivo, acompañada del estado de pago aprobado y firmado por el ITS, la recepción conforme de bienes de acuerdo a lo dispuesto en el en el Reglamento N° 06 de 18 de enero de 2019 que aprueba el Reglamento sobre la Administración y Control de Bienes de Propiedad Municipal , la recepción de obras y de servicios y demás antecedentes que requieran las BAE o el Contrato, en los términos, condiciones y plazos que estas misma señalen.

Para proceder al pago correspondiente, la Unidad Técnica actuará conforme lo previsto en el Decreto Alcaldicio N° 10/1620 del 23 de julio de 2018 reglamento "Para la recepción de facturas y/o boletas de servicios en adelante documentos para pago, correspondiente a compras de bienes o contratación de servicios requeridos por la Municipalidad, para el desarrollo de sus funciones"

DOCUMENTACIÓN A SOLICITAR

Para dar curso a cada estado de pago, éstos deberán contar con:

a. Factura del Contratista y Estado de Pago, debidamente visada por el ITS.

b. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo. En el evento que haya un subcontrato, el Contratista deberá presentar este Certificado respecto de las obligaciones de su Subcontratista con los trabajadores de éste.

c. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo referido al período en que se curse el pago, conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C, del Código del Trabajo y D.S. 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, tanto para el Contratista como para su Subcontratista, de haberlo.

d. Pago de multas cursadas, si las hubiere;

e. Copia de la Patente Municipal al día, para los meses de enero y julio de c/año, si corresponde.

f. Comprobante de pago de pólizas de seguros, en el caso que corresponda.

g. Certificado de Aprobación de Informe de la Etapa que corresponda (según Tabla N° 5 precedente).

RETENCIONES DE PAGO

Los Estados de Pago, se podrán retener en los siguientes casos:

a. Si no se acredita oportunamente, por el Contratista, el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C, del Código del Trabajo y Decreto Supremo Nº 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.

b. Observaciones no subsanadas, para lo cual se retendrá el valor de las tareas pendientes de término.

c. Existencia de reclamos en la Inspección del Trabajo, o laborales o previsionales pendiente por parte del Adjudicatario y que hayan sido notificadas a la Municipalidad.

d. Si la Municipalidad fuera demandada subsidiaria o solidariamente. En estos casos la Municipalidad quedará facultada para pagar con estos fondos. En caso de demandas solidarias y/o subsidiarias en que la Municipalidad haya debido defenderse judicialmente y, se dicte sentencia condenatoria en contra, ya sea de la Municipalidad o del Contratista; este último deberá reintegrar al Municipio la totalidad de los costos que haya asumido en su defensa judicial.

e. Por incumplimiento de alguna de las exigencias indicadas en las Actas de Observaciones o Certificados de Aprobación de Informes. De producirse alguna causal, no podrá facturarse hasta subsanar todas y cada una de los pendientes.

La Municipalidad se reserva el derecho a retener el estado de pago pertinente con la sola notificación de una demanda laboral en su contra o en contra del contratista o bien una orden de algún organismo público que tenga facultades para ordenar dicha retención previamente notificada al municipio

Multas por incumplimiento

En caso de incumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario, la Unidad Técnica, a través de su Inspector Técnico del Servicio ITS (ver acápite 16.1 de las BAE), aplicará las multas moratorias que a continuación se detallan, de acuerdo con el procedimiento fijado en los artículos 51° y 52° de las BAG, con un tope máximo de 250 UTM, conforme lo dispuesto en el Artículo 79 ter del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Este tope no constituye una limitación a la responsabilidad del Contratista en relación a otras estipulaciones del contrato

Se aplicará una multa diaria de 1 UTM por no dar cumplimiento en los plazos de entrega de Informes.

Se aplicará una multa diaria de 1 UTM por no dar cumplimiento a las instrucciones del ITS en los trabajos solicitados.

Se aplicará una multa de 3 UTM, por evento, si es que se comprueba la entrega de informes incompletos.

Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso al plazo establecido para la entrega del Estudio terminado.

Se aplicará una multa de 2 UTM por evento, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas Especiales y Técnicas y demás documentos que forman parte del presente proceso de Licitación, que atente contra la correcta ejecución del contrato y que no tenga asociada una multa específica.

El valor de la UTM a considerar será el correspondiente al del día de pago de la multa.

Con respecto a las alegaciones, descargos u observaciones que le merezcan al Contratista las multas impuestas se aplicará lo dispuesto en los incisos tercero, cuarto, quinto y sexto del artículo 51° y artículo 62° de las BAG.

Cuando el monto acumulado de las multas aplicadas al contratista, alcancen el monto máximo señalado en el primer párrafo de este numeral, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato.

Del Contrato

PLAZO DEL CONTRATO Y PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El Contrato entrará en vigencia a contar de la firma del mismo por ambas partes, sin perjuicio que el plazo máximo para la prestación del servicio será de 90 días corridos, a contar de la fecha del Acta de Inicio del Servicio.

La duración de cada etapa del servicio será ofertada por el Proponente.

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Sin perjuicio de las acciones judiciales que le competen para resarcirse de los daños y perjuicios originados por el incumplimiento de las obligaciones del Contratista, la Municipalidad podrá poner término anticipado al Contrato, sin derecho a indemnización alguna por parte del Contratista, en aquellos casos previstos en los artículos 48° de las BAG, o bien, si se acumulasen más de 15 días de atraso en el desarrollo de las tareas, o cuando se haya alcanzado el tope máximo de multa previsto en el numeral 14° de las BAE. En estos casos el Adjudicatario, no tendrá derecho a indemnización alguna.

Si el Contratista es una Unión Temporal de Proveedores (UTP), para todos los efectos de aplicación de esta cláusula, se considerará como Contratista al conjunto y a cada uno de los miembros que integran la UTP.

DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA

El Contratista será considerado como único empleador del personal que utilice y único responsable del pago de las remuneraciones, salarios, jornales o cualquier otra contraprestación, de las indemnizaciones, retenciones, aportes y contribuciones legales y/o de índole previsional que deba ser cumplida por el empleador, de conformidad con el derecho vigente.

El Adjudicatario deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 72° de las BAG.

RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA Y SOLIDARIA

El Municipio hará siempre efectivo el derecho a ser informada y el derecho de retención a que se refieren los incisos primero y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, exigiendo al Contratista, conjuntamente con la o las factura (s) por la prestación de sus servicios y como condición para el pago de éstas, presentar obligatoriamente al Inspector Técnico del Servicio (ITS), un certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo (Certificado F30-1) o bien por medios e instituciones idóneas que garanticen la veracidad y cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del Contratista.

Adicionalmente, el ITS podrá requerir, en cualquier momento, que el Contratista le presente copia de la planilla de pago de las imposiciones a los organismos de previsión que corresponda, respecto de todo su personal afecto al Contrato debidamente cancelada, copia de las liquidaciones de sueldo de dicho personal debidamente pagadas, correspondiente al mes inmediatamente anterior al que se factura, registros de asistencia, etc.

En caso que el Contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada en el párrafo precedente, o que la Municipalidad tome conocimiento o sea notificada de cualquier demanda deducida por un trabajador en contra del Contratista, que pueda afectar la responsabilidad solidaria o subsidiaria del Municipio, en los términos establecidos en el Artículo 183-B o 183-D del Código del Trabajo, la Municipalidad podrá retener de la factura que deba pagar al Contratista, una suma equivalente al monto de que es responsable, procediendo con el producto de dicha retención a pagar al trabajador o institución previsional acreedora, en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo y el Decreto 319 de 2006 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; Subsecretaría del Trabajo que Aprueba el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.

A mayor abundamiento, el Contratista faculta expresamente a la Municipalidad para efectuar tal retención, y la autoriza para que, en su nombre y representación, pague al trabajador o a la institución previsional acreedora su acreencia con cargo a los dineros retenidos.

Asimismo, el Contratista se obliga especialmente, a informar al Municipio de manera oportuna y cabal, (i) cualquier reclamo presentado por los trabajadores en la Inspección del Trabajo, o (ii) citación que reciba de este organismo, y que se haga con motivo o en el marco del procedimiento dispuesto en el párrafo 7º del Capítulo II del Libro V del Código del Trabajo, y siempre que dicha citación diga relación con alguno de los trabajadores o ex trabajadores que presten o hayan prestado labores o servicios durante el plazo de ejecución del Contrato.

Se deja constancia que esta obligación tiene como finalidad principal que la Municipalidad pueda tomar las providencias necesarias para ejercer su debido derecho a defensa ante dicho organismo o simplemente plantear ante este todo aquello que estime necesario para una correcta y cabal comprensión de los hechos materia de la denuncia.

En caso que el Contratista no dé el aviso correspondiente, o bien dándolo, la Municipalidad sea requerida para cumplir alguna prestación laboral con motivo de un Procedimiento laboral, el Municipio queda facultado para retener del Contratista todas aquellas sumas de dinero pretendidas por el trabajador u ordenadas pagar por el Tribunal respectivo.

Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de los demás derechos que la ley confiere a la Municipalidad en su calidad de empresa principal.

Inspección Técnica del Servicio

Los trabajos a ejecutar serán supervisados, por la Inspección Técnica la que instruirá por escrito cualquier exigencia relativa a los trabajos encomendados.

Una vez terminado el plazo de ejecución establecido para cada etapa, o en el transcurso de ellas, la Inspección Técnica procederá a verificar su cumplimiento. En el caso de realizarse observaciones a los trabajos realizados, se otorgará un plazo adicional máximo de 10 días corridos para que sean subsanadas. Transcurrido este plazo, se aplicará multa por atraso. De todo lo anterior quedará constancia en las respectivas Actas de Reunión, Actas de Observaciones, o Certificados de Aprobaciones. Para efectuar la Recepción del Servicio, no deberán existir observaciones por parte de la Inspección Técnica sin subsanar.

PROFESIONAL DE COORDINACIÓN E INSPECCIÓN (ITS)

De acuerdo a artículo 63º de las BAG el desarrollo del Servicio será coordinado e inspeccionado por el Profesional que indique la Municipalidad de Vitacura (Inspector Técnico del Servicio - ITS) y el Adjudicatario reconocerá como válida la coordinación, control sobre el Servicio, sus avances y detalles. El ITS será el encargado de las relaciones contractuales entre el Contratista y el Mandante.

Sin perjuicio de todas las otras funciones que le encomiende la Municipalidad, al ITS le corresponderán las siguientes funciones:

a. Para efectos contractuales, ser el interlocutor de la Municipalidad con el Adjudicatario, en todo aquello que el Municipio no delegue en otro.

b. Ser el interlocutor con entidades externas a la Municipalidad, en todo aquello que el Municipio no delegue en otro

c. Aprobar los avances del Servicio.

d. Aprobar y cursar los Estados de Pago. e. Aplicar multas.

f. Colaborar con el Contratista, si procediere, en todo lo que fuere necesario para la correcta ejecución del Contrato.

REPRESENTANTE DEL CONSULTOR

Conforme lo previsto en el artículo 74° de las BAG, el Consultor designará un Profesional a cargo de la gestión administrativa y técnica del Contrato, quién deberá ser aprobado por la Unidad Técnica y deberá acreditar por escrito al ITO o ITS que cuenta con atribuciones y facultades para adoptar medidas y tomar decisiones respecto del requerimiento que el Municipio ha contratado.

Programa de Trabajo

El Adjudicatario entregará dentro de 5 días corridos siguientes al Acta de Inicio del Servicio, el Programa de Trabajo ofertado (Anexo N° 6) en formato Carta Gantt con la programación por cada tarea, incluyendo los ajustes requeridos por la Inspección Técnica. Dichos ajustes serán acordados por ambas partes para una mejor ejecución de las tareas encomendadas y no podrán aumentar el plazo ofertado. El programa será revisado y aprobado por La Inspección Técnica y deberá permitir un control de avance del servicio cada 15 días, entendiéndose como parte integrante del Contrato.

REUNIONES DE TRABAJO

Las reuniones de trabajo se realizarán a requerimiento del Consultor o del ITS. Como regla general, éstas serán coincidentes con la entrega de cada uno de los informes establecidos en la Tabla Nº 5 de las presentes Bases o cuando se requiera por cualquiera de las partes para ver los avances y coordinaciones.

En dichas reuniones se tratarán todos los temas relacionados con la marcha del Estudio, de manera de facilitar y agilizar todo tipo de información a beneficio del Estudio y del normal desarrollo del Programa de Trabajo, dejando constancia de todo lo tratado en Acta que será firmada por los participantes, quedando un ejemplar de ella en poder de cada parte.

Marco Regulatorio

En el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, el Contratista deberá considerar como parte integrante del Contrato las siguientes leyes, reglamentos ordenanzas y normativas. La enumeración no es taxativa, en forma tal que el Contratista deberá cumplir con cualquier otra exigencia legal o reglamentaria que sea de aplicación en el momento de realizarse la prestación de los servicios.

- Ley 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley de Compras Públicas).

- Decreto 250 del 24/09/2004, Ministerio de Hacienda. Reglamento Ley de Compras Públicas.

  - DFL 1-19653 del Ministerio General de la Presidencia del 2000. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

- DFL 1-18.695 del Ministerio del Interior del 2006. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipales

- Ley 19.300. Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

- Decreto Supremo N° 40 del Ministerio del Medio Ambiente de 2012. Aprueba reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

- Ley N° 19.653 Sobre Probidad Administrativa de los Organos de la Administración del Estado.

- Ley 19.880 Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado.

- Ley 20.285 Sobre acceso a la información pública.

- Ley N° 20.730. Regula el Lobby y las Gestiones que Representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

- Ley N° 20.393. Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamientos del Terrorismo y Delitos de Cohecho.

- Ley 21.131 Establece Pago a 30 días

- Ley 19.799 Ley sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma.

- Ley 20.422 Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.

- Código del Trabajo En Particular Título III “Del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y sus modificaciones.

- Ley N°16.744, sobre prevención de accidentes del trabajo, de seguridad e higiene industrial.

- Decreto Supremo 594 de 1999 el Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

- Decreto N° 40 de 1969 de la Subsecretaría de la Previsión Social. “Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales”.

- Decreto N° 54 de 1969, Subsecretaría de Previsión Social y sus modificaciones. “Aprueba Reglamento para la Constitución y Funcionamiento Comités Paritarios de Higiene y Seguridad”.

- Decreto N° 50 de 1988 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. “De la Obligación de Informar a los Trabajadores de los Riesgos Laborales”.

- Ley 20.123 Regula trabajo en Régimen de Subcontratación.

- Decreto Supremo N° 319 de fecha 13 de diciembre de 2006 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Aprueba el Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.

- Decreto Alcaldicio Sección 1ª N 10/2420, de fecha 10 de noviembre de 2017. Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Municipalidad de Vitacura.

- Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 4/490, de fecha 01 de marzo de 2018. Aprueba Bases Administrativas Generales para la Adquisición de Bienes, Ejecución de Obras y/o Prestación de Servicios a través de Licitación Pública o Privada, a través del portal www.mercadopublico.cl

- Decreto Alcaldicio N° 5/1245, de fecha 22 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento sobre Función y Deberes de los Administradores de Contrato de la Municipalidad de Vitacura.

- Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 10/1839, de fecha 30 de agosto de 2017 aprueba texto refundido del Procedimiento de Resguardo de Boletas de Garantía y otras Acreencias.

- Decreto Alcaldicio N° 10/1620 del 23 de julio de 2018 “Reglamento de Recepción de Facturas y/o Boletas de Servicios, correspondiente a compras de bienes o contratación de servicios requeridos por la Municipalidad, para el desarrollo de sus funciones"

- Decreto 10/1604 de fecha 03/08/2015 Reglamento de Prevención de Riesgos para Contratistas y Subcontratistas de la Municipalidad de Vitacura.

- Ordenanzas Municipales Locales y sus posteriores modificaciones (Aseo y Ornato, Medio Ambiente, Obras, Tránsito u otras), de la comuna de Vitacura tales como: Ordenanza Local para Ocupación Transitoria de Espacios Públicos por Trabajos, Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales, Ordenanza Local Sobre Horario de Carga y Descarga de Camiones de la Construcción, Ordenanza Comunal sobre Mantención de áreas verdes y especies vegetales en la vía pública, Ordenanza de Urbanismo y Construcción y Ordenanza Municipal Ruidos Molestos, entre otros.

- Políticas y condiciones de uso del Sistema ChileCompra.

- Dictámenes pertinentes de la Contraloría General de la República.

- Directivas de la Dirección de Contrataciones y Compras Públicas.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ACLARACION N° 1
Modifíquese la letra “g” del Punto N° 6 “ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN”, de las Bases Administrativas Especiales, en lo siguiente:

Donde dice: Certificado de Inscripción Vigente del Registro Nacional de Consultores MINVU y/o MOP.

Debe decir: Certificado de Inscripción Vigente del Registro Nacional de Consultores MINVU y/o Registro de Consultores MOP, sólo en el caso de que perteneciera a uno o a ambos registros.
ACLARACION N° 2
Modifíquese el párrafo 5 del Punto N° 7.1 “DOCUMENTOS DE EXPERIENCIA A PRESENTAR”, de las Bases Administrativas Especiales, en lo siguiente:

Donde dice: Certificado de Inscripción Vigente del Registro Nacional de Consultores MINVU.

Debe decir: Certificado de Inscripción Vigente del Registro Nacional de Consultores MINVU, y/o del Registro de Consultores del MOP.
ACLARACION N° 3
Modifíquese el ítem 5 de la Tabla N°2, del Punto N° 10 “EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS”, de las Bases Administrativas Especiales, en lo siguiente:

Donde dice:

5. Registro Nacional de Consultores MINVU: Ingeniería

El Consultor certifica la Subespecialidad (cód. 1605) VIALIDAD Y/O TRÁNSITO en primera categoría.

10

10

El Consultor certifica la Subespecialidad (cód. 1605) VIALIDAD Y/O TRÁNSITO en segunda categoría.

5

El Consultor certifica la Subespecialidad (cód. 1605) VIALIDAD Y/O TRÁNSITO en tercera categoría, o no certifica.

0

TOTAL

100


Debe decir:

5. Registro Nacional de Consultores MINVU y/o MOP

El Consultor certifica la Subespecialidad Vialidad y/o Tránsito del Registro MINVU, y del Área de Ingeniería de Tránsito del Registro MOP.

10

10

El Consultor certifica la Subespecialidad Vialidad y/o Tránsito del Registro MINVU, o del Área de Ingeniería de Tránsito del Registro MOP.

5

El Consultor no presenta certificación de inscripción en Registro MINVU o Registro MOP.

0

TOTAL

100


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.