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Resolución de empates |
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Cabe señalar, en caso de igualdad de puntaje, se aplicarán los siguientes criterios en orden descendente:
• Mejor puntaje según ITEM 4. “Entrevista personal”.
• Mayor puntaje ponderado del ITEM 1 “Oferente (persona natural)”.
• Menor puntaje según ITEM 2. “oferta económica”
• El primero en ingresar la oferta económica, corroborando la información a través del “Comprobante Ingreso Oferta.
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Forma de pago. |
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El pago será en base a la recepción conforme de las actividades mensuales pactadas mediante un informe de cumplimiento, lo cual se detalle en el punto 23 de las presentes Bases.
El pago lo realizará la Tesorería General de la República, y se realizará en moneda nacional (pesos chilenos), dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
a) Aceptación de la Orden de Compra mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
b) Recepción conforme de los servicios contratados, la cual será efectuada por la contraparte técnica.
c) Emisión de la boleta de honorarios: debe indicar en la sección “Referencias” el número completo de la Orden de Compra emitida por la Corporación, la materia (nombre de la licitación) y el territorio.
El adjudicatario deberá encontrarse hábil en el Registro Electrónico de proveedores del Estado, denominado Chileproveedores.
El finiquito será firmado una vez que CONAF haya verificado la correcta ejecución y el cumplimiento íntegro y oportuno de todas las actividades y obligaciones contempladas en el contrato, las bases y en las ofertas adjudicadas.
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APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del Estado y será efectuada en reunión presencial por:
- Titular: Jefe del Departamento de Administración y Finanzas Regional. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe de la Sección Bosque Nativo. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
Actuará como Ministro de Fe velando por la legalidad del proceso el Jefe de la Unidad Jurídica Regional, o quien lo subrogue o a quien se designe.
La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación; esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS RECIBIDAS |
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Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta licitación serán evaluadas por una Comisión compuesta por los siguientes funcionarios:
- Titular: Jefe del Departamento de Administración y Finanzas Regional. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe del Departamento De Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe Provincial respectivo. Suplente o quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe de la Sección Bosque Nativo. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
Actuará como Ministro de Fe velando por la legalidad del proceso el Jefe de la Unidad Jurídica Regional, o quien lo subrogue o a quien se designe.
La comisión deberá velar por la correcta aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en el Punto 6 de las presentes Bases.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO INVERSO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Cronograma de esta licitación (punto 3). Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la mencionada modalidad FORO de esta licitación en el mencionado portal de compras.
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ERRORES U OMISIONES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por CONAF y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
La solicitud de CONAF de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se informará y publicará a través del Sistema de Información. Todo lo anterior en conformidad al artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas.
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ADJUDICACIÓN DE ESTA LICITACIÓN |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo con las Bases Administrativas y Técnicas y podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en éstas.
Podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
Esta licitación se adjudicará por línea a la oferta que obtenga el mayor puntaje, obtenido de la información que ingresen los oferentes, de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, CONAF podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Ello en conformidad al artículo 58 inciso final del Reglamento de Compras Públicas.
Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas, cuestión que será decidida y evaluada por CONAF.
Se procederá al Trato directo en caso de no haber interesados. Para la aplicación de esta causal deberá concurrir los siguientes requisitos, en orden:
1. Si no hubo interesados o todas las ofertas fueron declaradas inadmisibles, de lo que quedará constancia en un acto administrativo publicado en el Sistema de Información.
2. Si habiendo, posteriormente, realizado un llamado a Licitación Privada, de conformidad a la Ley de Compras y su Reglamento, en esta no se hubieren presentado interesados o todas las ofertas se hubieran declarado inadmisibles. Todo en conformidad al artículo 73 del Reglamento de Compras Públicas.
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DOCUMENTOS QUE REGULAN LA OFERTA |
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Esta licitación y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
• Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
• Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las Bases.
• La oferta técnica y la oferta económica del(los) oferente(s) adjudicado(s) (Anexo N° 4).
• Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas, si las hubiere.
• El reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo.
• Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
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MODIFICACIONES DE LAS BASES |
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En caso de que las Bases sean modificadas antes del cierre de recepción de ofertas, deberá considerarse un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, en conformidad al artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas.
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VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 30 días corridos a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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DEL CONTRATO |
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Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obligan a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y el adjudicatario del territorio dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl
Las órdenes de compra serán emitidas por cada una de las Direcciones regionales. Los contratos serán confeccionados por abogados de las Unidades Jurídicas Regionales de la Corporación, y en ellos se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Los adjudicados deberán adjuntar la documentación que le requieran las Unidades Jurídicas Regionales dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el ID de la licitación del portal de compras.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización.
En tal caso, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente. Si el proceso se declarase desierto, se podrá optar por la modalidad de “Trato o Contratación Directa”
No obstante, quedan excluidos de esta disposición, los adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas.
Documentos a presentar en el momento de la firma de contrato:
• Fotocopia de licencia de conducir al día.
• Fotocopia de la revisión técnica al día del vehículo que utilizará en las actividades del servicio.
• Copia de “Seguro Obligatorio de Accidentes Personales” (SOAP) del vehículo.
• Copia de póliza de seguro de vida.
El extensionista podrá utilizar carpetas prediales y cartografía de propiedad de CONAF, para el buen cumplimiento de las funciones para las cuales ha sido contratado.
La Corporación podrá entregar para el buen desempeño de su trabajo al adjudicatario elementos distintivos, para la debida identificación del profesional como Extensionista forestal en su accionar en terreno.
El contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando así lo determinen las partes y siempre que no exista perjuicio alguno para la administración del Estado y siempre que no se afecte la igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato. A su vez, podrá modificarse el contrato, excepcionalmente, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones. CONAF estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación. Cualquier modificación de aquellas señaladas precedentemente, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial. Todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas modificado por la Ley 21.634.
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TÉRMINO ANTICIPADO DE LOS SERVICIOS |
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La Corporación queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del servicio, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre a lo menos una de las causales que se señalan:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
8. Cualquier incumplimiento o trasgresión de la normativa ambiental o forestal.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
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MULTAS |
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En caso de retraso o demora de los plazos definidos en el cronograma de trabajo y/o contrato de prestación de servicios fijados por CONAF en conjunto con el adjudicatario, se aplicará una multa equivalente a 1 UF por cada día de retraso. Se exceptúan razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas y calificadas así por CONAF, como condiciones climáticas, razones de salud debidamente justificada, violencia rural, tomas, ocupaciones ilegales, usurpaciones, manifestaciones políticas, cortes de camino u otras.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada en el cronograma. No serán admitidas a análisis, en ningún caso, justificaciones presentadas una vez producido el retraso, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, proponiendo el nuevo plazo de entrega y fundando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo al mérito de los antecedentes que se presenten, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los Informes, o en su defecto no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
Monto máximo Cobro Multa
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto estimado del contrato.
El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas.
2) El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Director Regional, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la Oficina Regional de CONAF.
4) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada.
5) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional de CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
6) La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
7) La aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
8) En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
9) Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF.
10) La Directora Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
11) Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor.
Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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CONSIDERACIONES GENERALES |
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CONAF no considerará para ser evaluadas las ofertas que no acompañen los documentos o antecedentes solicitados ni aquellas cuyos contenidos no se ajusten a las exigencias establecidas en las Bases Técnicas y Administrativas.
El oferente adjudicatario asume la responsabilidad plena en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes bases.
En los casos en donde el proveedor(a) dentro del año calendario hubiera cumplido a cabalidad lo contemplado en su contrato, podrá evaluarse por parte del Departamento de Conservación de ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, y siempre que CONAF cuente con la disponibilidad presupuestaria para ello, el aumento del contrato hasta un 30% del monto originalmente pactado, para el desarrollo de labores de la misma naturaleza contratada, (art. 13 de la Ley de Compras Públicas).
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MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION |
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En caso de existir dudas después de la adjudicación, se deberá consultar a los correos electrónicos de claudio.tenorio@conaf.cl o mauricio.vasquez@conaf.cl serán respondidas por el mismo medio. Solo se responderán las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLAUSULAS |
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Los (as) pequeños (as) y medianos (as) propietarios (as) forestales que han sido afectados por incendios forestales y por los efectos del cambio climático con la consecuente pérdida del recurso e ingresos asociados a su manejo, han enfrentado efectos catastróficos a nivel socioeconómico, debido a la disminución del ingreso familiar, aumento del desempleo y con ello de la pobreza rural.
Es por lo anterior, que la gestión forestal sostenible y las soluciones basadas en la naturaleza, la restauración de los recursos vegetacionales en general, podrían volverse un componente fundamental para los esfuerzos de creación de empleos y ofrecer oportunidades únicas que permitan mejorar algunos objetivos económicos, sociales y ambientales, en pos del bienestar humano de los grupos vulnerables a través de inversiones públicas (“verdes”) dirigidas, las que podrían crear una cantidad importante de nuevos empleos en materia de forestación, recuperación, el manejo de bosques naturales, viveros, recolección de semillas, además de la protección contra incendios forestales.
Estas inversiones verdes, podrían destinarse a generar oportunidades para trabajadores (as) desempleados (as) o recientemente despedidos, incrementando sus ingresos y contribuyendo a atenuar la espiral económica descendente. La mayor parte de estos empleos surgirían en las áreas rurales donde contribuirían a mejorar los niveles de vida.
Bajo este escenario, La Corporación Nacional Forestal, a través de la Gerencia de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos y su respectivo departamento regional, impulsa el Plan de Restauración de Bosques Nativos a Gran Escala (Siembra por Chile-Chile Apoya), con el fin de contrarrestar los efectos económicos negativos que ha provocado la pandemia por COVID-19, fomentar la reactivación económica y la generación de empleos, a través de la recuperación de ecosistemas forestales. El Plan considera acciones para iniciar procesos de restauración de bosques nativos a gran escala, priorizando en zonas de conservación y protección de suelos, humedales, cabeceras de cuenca y cuerpos de agua.
Bases Técnicas del servicio
Las especificaciones técnicas del servicio a realizar en el periodo 2025 están definidas a través de actividades, con su descripción, cantidad, medio de verificación y valorización en ANEXO 1 (VALORIZACIÓN DE ACTIVIDADES). En este anexo se establecen los servicios, los cuales pueden corresponder a la totalidad o un subconjunto de las actividades expuestas en él.
Detalle de los productos requeridos, la Licitación es por línea:
Detalle Producto Valor total 2025
Línea N° 1 Servicios de Extensión Forestal Siembra por Chile –Provincia de Malleco $ 18.400.000 impuestos incluidos
Línea N° 2 Servicios de Extensión Forestal Siembra por Chile –Provincia de Cautín $ 18.400.000 impuestos incluidos
El o la profesional deberá poseer disponibilidad para desarrollar sus labores en cualquiera de las comunas de la provincia a la cual postula.
Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá modificar o ampliar el territorio de trabajo dadas las dinámicas propias del programa y con la finalidad de su mejor ejecución para lo cual se desarrollará una reunión de trabajo y se suscribirá un acta de acuerdo entre las partes.
Todas las acciones serán de costo del extensionista y se encuentran incluidas en el servicio requerido.
Planificación, Supervisión y evaluación de tareas del (la) extensionista
La planificación será mensual. La prestación de servicios debe ser coherente con la planificación y lineamientos que impulsa la región, que se basa en los objetivos y metas institucionales en el marco de la implementación del Plan de Restauración de Bosques Nativos (Siembra por Chile) y otros programas de establecimiento y manejo de bosque nativo, amparado en la legislación vigente.
La planificación, que contendrá los servicios y actividades mensuales que deberá realizar El (La) Extensionista. Esta planificación permitirá la adecuada ejecución y supervisión de las actividades a desarrollar por El (La) Extensionista.
Esta planificación podrá ser revisada y modificada mensualmente por el o la supervisor/a, con el objeto de efectuar ajustes a la planificación y cumplimiento de metas y objetivos. Para ello el o la supervisora deberá realizar a lo menos una reunión mensual de coordinación con el o la Extensionista para analizar el avance de las acciones realizadas y los posibles ajustes a la planificación.
Informe Mensual
En el marco de la ejecución de la planificación definida, el Informe o liquidación mensual será el instrumento que permitirá pagar por los servicios y al mismo tiempo evaluar el avance y cumplimiento de las actividades programadas y ejecutadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por la supervisor(a).
El Informe Mensual debe contener el conjunto de actividades realizadas mensualmente, de acuerdo con lo planificado, el grado de cumplimiento de éstas, junto con todos los medios de verificación que respalden la realización de las actividades, de acuerdo con lo establecido en el “Plan Operativo Anual”.
El Informe Mensual que emita El (La) Extensionista, podrá ser aprobado con observaciones, las cuales deberán ser corregidas en el plazo que CONAF indique en su oportunidad. El no cumplimiento reiterado de esta exigencia podrá ser considerado como causal para poner término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases.
Supervisión.
La supervisión por parte de CONAF será efectuada por el Jefe Provincial Malleco (o quien se designe), quien se reserva el derecho de verificar la gestión del (la) Extensionista pudiendo, en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades. El (la) Extensionista deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
El o la supervisor(a) será la responsable de visar el Informe Mensual del (la) Extensionista para proceder al pago de sus servicios.
Evaluación.
Respecto a la Evaluación de los servicios y actividades realizadas por El (La) Extensionista, se llevará a cabo de la siguiente manera:
Considerará el porcentaje de cumplimiento de las actividades planificadas trimestralmente y la evaluación cualitativa del o la supervisor(a). Es decir, permitirá comparar el grado de cumplimiento de las actividades planificadas y/o programadas con las actividades efectivamente realizadas por El (La) Extensionista.
El o La supervisor(a) será responsable de la totalidad de las actividades ejecutadas en el marco del contrato y del presente plan de trabajo. Para estos fines deberá contemplar dentro de su planificación, las actividades necesarias para revisar tanto en terreno como en gabinete una parte de las actividades y productos desarrollados por el o la extensionista a su cargo.
Al cabo de cada período a pago de los servicios, El (la) Extensionista deberá presentar todos los respaldos de las actividades realizadas, señalados en el subtítulo “Medios de verificación” de cada actividad en el SIGEFOR o el medio que CONAF disponga para estos fines. En este contexto se realizarán reuniones de supervisión, para revisar avances de la planificación.
Definición de productos específicos del servicio
A continuación, se describe y detalla los requisitos mínimos para que el (La) Extensionista desarrolle los productos esperados, se especifican las actividades y los medios de verificación requeridos:
Producto : Jornada de extensión forestal Siembra por Chile
Descripción : Corresponde a la prestación de servicios específicos para la ejecución de actividades temáticas relacionadas al Plan de restauración de Bosques Nativos – Siembra por Chile, definidas por CONAF en el área de Captación de usuarios, elaboración de proyectos Siembra por Chile, elaboración de estudios técnicos relativos a la normativa vigente relacionados a usuarios Siembra por Chile, fortalecimiento organizacional, participación ciudadana, gestión de proyectos, levantamiento de información territorial o predial, capacitación y asistencia técnica y jornadas de apoyo a la gestión de CONAF, entre otras. Su objetivo será gestionar la solución y/o resolver situaciones específicas de los habitantes rurales u organizaciones sociales territoriales y/o gestionar su solución, la que podrá involucrar vínculos con otras instituciones. Así mismo, se considerarán en este ítem la coordinación entre el extensionista y CONAF en eventos programados, fortalecimiento de capacidades para una mejor atención de usuarios y jornadas de administración, en un número que asegure la correcta ejecución del programa.
Consideraciones obligatorias • Todas las acciones a desarrollar como jornada de extensión serán parte de un programa de trabajo presentado por el extensionista y autorizado en acuerdo entre con el supervisor y el coordinador técnico regional.
• Se deberá confeccionar un programa de trabajo anual – mensual tentativo, que establecerá las actividades a desarrollar por el extensionista. Este programa será confeccionado en acuerdo con el supervisor(a) designado.
• Se establecerá por mutuo acuerdo un número máximo de Jornadas de Extensión Forestal al mes en un número que asegure la correcta ejecución del producto contratado de acuerdo al proceso de desarrollo del Plan de Restauración de bosques nativos – Siembra por Chile.
• Las instrucciones de operación de este producto serán entregadas por Of. Regional.
• El o la profesional deberá poseer disponibilidad para desarrollar sus labores en cualquiera de las comunas de la provincia a la cual postula.
• Todos los costos involucrados en la prestación de los servicios ser´na de cargo del o de la profesional adjudicada
Medios de verificación • Un reporte profesional en formato proporcionado por CONAF.
• Un set fotográfico, que registre y de cuenta de la actividad realizada a excepción de actividades de gabinete (elaboración de informes, cartografía, planes de manejo, entre otros).
• Lista de asistentes en formato proporcionado por CONAF (si corresponde).
• Otros según corresponda al carácter de la actividad desarrollada.
• Reporte de la actividad en SIGEFOR o el medio que CONAF disponga para estos fines.
Requisitos mínimos de ingreso a pago
Para proceder a tramitar el pago mensual de actividades, todas las actividades desarrolladas por el extensionista durante el mes, deberán estar debidamente ingresadas y aprobadas en el medio que CONAF disponga para estos fines (Solo las actividades registradas podrán ser canceladas mensualmente), debiendo además ingresar en oficina de partes, la siguiente documentación:
• Boleta de honorarios o factura según corresponda.
• Declaración jurada trabajadores a cargo (Cuando corresponda).
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales (Cuando corresponda).
• Informe Mensual del Extensionista, debidamente validado por el Supervisor directo, con la debida valorización de actividades ejecutadas y sus respectivos medios de verificación.
• Copia de prima del seguro de accidentes y de vida.
La fecha de ingreso límite de la documentación será el quinto día hábil del mes siguiente de la prestación de servicios.
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