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SERVICIOS REQUERIDOS |
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1.1 Requerimiento de compra
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, llama a licitación pública para contratar la compra de Servicios en asesoría en
gestión de calidad, para llevar a cabo el proceso de acompañamiento de la mejora continua
de la calidad de la atención, en los centros de tratamiento públicos y privados en convenio con
SENDA, en base a los documentos y orientaciones técnicas, definidas por el Área de
Tratamiento de SENDA.
El servicio licitado consiste en un producto de asesoría técnica a equipos de centros de
tratamiento, de los programas en convenio con SENDA, de las regiones que más adelante se
individualizan, a desarrollarse en base a los lineamientos técnicos definidos por el Área de
Tratamiento de SENDA, en conjunto con el Ministerio de Salud, y cuando corresponda, con el
Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, Gendarmería de Chile y Ministerio de
Desarrollo Social. Lineamientos que describen los procesos de mejora continua y gestión de
la calidad, velando por la equidad en el acceso, oportunidad y calidad de la atención en el
tratamiento del consumo problemático de alcohol y otras drogas.
En el marco de la presente licitación, se entenderá por asesoría técnica al proceso de
monitoreo, acompañamiento y apoyo técnico directo, brindado a los equipos de los centros de
tratamiento y sus programas, con el objetivo de promover en estos equipos la mejora de
competencias técnicas, la implementación de intervenciones terapéuticas eficaces,
fortaleciendo la organización de los programas de tratamiento y contribuyendo al
mejoramiento continuo de la calidad de la atención brindada a las personas usuarias.
El servicio a contratar considera la ejecución del mismo, principalmente a través de visitas
programadas a los centros de tratamiento a su cargo, además, estas pueden complementarse
con asesorías por vías remotas (videoconferencias, videollamadas, llamadas telefónicas y
correos electrónicos, entre otros). La asesoría se orienta a:
1. Informar y capacitar a los equipos de los centros de tratamiento respecto a los
contenidos de los lineamientos, las orientaciones técnicas y normativas vigentes
emanadas desde el Área de Tratamiento de SENDA, del Ministerio de Salud y/o del
Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, Gendarmería de Chile, Ministerio de
Desarrollo Social y Familia, cuando corresponda, en el ámbito del consumo
problemático de sustancias y otras problemáticas de salud mental y en lo referente a los
procesos de gestión de la calidad de la atención en salud.
2. Promover y optimizar con los equipos tratantes, los procesos de organización de
los servicios y de gestión técnica - administrativa, orientados a la mejora continua de la
calidad de la atención.
3. Velar por el cumplimiento de estándares de calidad en el funcionamiento de los
centros de tratamiento, respecto a las condiciones de infraestructura y equipamiento, la
composición del recurso humano destinado a la atención directa de personas usuarias,
la oferta programática y las prestaciones mínimas esperadas, entre otras variables
críticas del proceso de atención.
4. Orientar en la intervención de casos clínicos específicos, reforzando los procesos
de diagnóstico y evaluación integral y la implementación de planes de tratamiento
individualizado (PTI), potenciando el análisis clínico al interior de los equipos.
5. Promover en los equipos tratantes el resguardo de la continuidad de cuidados de
las personas usuarias, fortaleciendo la coordinación intersectorial y el trabajo en red.
6. Fomentar en los equipos de los centros de tratamiento una cultura de la
evaluación de sus procesos y resultados, que favorezca la mejora continua de la
calidad y la generación de evidencia local.
7. Promover el oportuno y acucioso registro en Ficha Clínica, en el sistema de registro
SISTRAT de SENDA y en otros sistemas que correspondan, fomentando la
sistematización de la información, para el análisis, monitoreo y evaluación de procesos y
resultados de tratamiento.
8. Acompañar y/o apoyar en la aplicación de instrumentos y/o procesos de
evaluación técnica y de evaluación de resultados cuando corresponda.
9. Mantener coordinación con el equipo del área de tratamiento de la oficina regional
participando de reuniones y actividades en conjunto.
10. Mantener coordinación con otras áreas de la oficina regional, en especial con el
área de Integración Social para procesos continuos y articulados en beneficio de la
recuperación de los y las usuarias en tratamiento.
Para los efectos de la presente licitación, en la ejecución del servicio deberán considerarse los
lineamientos y especificaciones técnicas contenidas en los documentos que se detallan a
continuación:
- Manual para el proceso de gestión de calidad.
- Sistema Preventivo de Situaciones Críticas.
- Manual SISTRAT.
- Manual TOP.
- Orientación para la intervención integral de personas en situación de calle que
presentan consumo problemático de alcohol y otras drogas.
- Orientaciones programa de tratamiento y rehabilitación para personas adultas con
problemas derivados del consumo de alcohol y otras drogas.
- Orientaciones técnicas para el tratamiento de niños, niñas y adolescentes con consumo
problemático de alcohol y otras drogas.
- Orientaciones técnicas. Tratamiento integral del consumo problemático de alcohol y
drogas y otros trastornos de salud mental con adolescentes y jóvenes en el marco de la
Ley 20.084.
- Especificaciones Técnicas Libertad Vigilada.
Los documentos mencionados son anexos de la presente licitación y serán aprobados por la
respectiva resolución exenta que haga el llamado a licitación pública de este proceso. Esta
resolución se tramitará una vez que sea tomada de razón la aprobación de las respectivas
bases de licitación.
Estos anexos serán adjuntados en el portal de mercado público en el mismo ID que identificará
a la presente licitación una vez se realice el correspondiente llamado.
Además de los documentos mencionados, elaborados por el Área de Tratamiento del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se pueden
sumar otras directrices técnicas y normativas vinculadas a esta materia que emanen desde la
autoridad sanitaria o desde este Servicio y que permitan fortalecer el trabajo de gestión de
calidad.
1.2 De la modalidad de la licitación
Se solicita realizar la presente licitación pública en la modalidad de adjudicación por línea de
servicio. Al adjudicar la presente licitación en la modalidad de adjudicación por líneas, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero con las siguientes limitaciones,
atendida la especial naturaleza del servicio objeto de la presente licitación:
- Cuando se trate de una persona natural, que presente una oferta para prestar los
servicios personalmente, solamente podrá adjudicarse una línea de servicio.
- En el caso de personas jurídicas, podrán postular y adjudicarse una o más líneas de
servicio, siempre que se proponga a una persona natural diferente por cada línea de
servicio a la que se postula y cumpla con las condiciones técnicas requeridas.
- En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), estas podrán postular y
adjudicarse más de una línea de servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y
su Reglamento. Con todo, una misma UTP no podrá presentar ofertas que tengan por
efecto que dos o más de sus integrantes resulten adjudicatarios de una misma línea de
servicio, ya sea actuando dentro de la misma Unión o mediante ofertas paralelas que
alteren la competencia. Cuando la UTP postule a más de una línea, deberá designar en
su oferta, para cada línea, una persona natural distinta responsable de la ejecución del
respectivo servicio, quien deberá cumplir íntegramente con los requisitos técnicos
exigidos en las presentes bases. Dicha persona podrá corresponder a uno de los
integrantes de la UTP, siempre que acredite el cumplimiento de las condiciones técnicas
establecidas. En caso de que la UTP postule a una sola línea de servicio, deberá
igualmente designar en su oferta a una persona natural responsable de la ejecución,
quien deberá cumplir con las exigencias técnicas requeridas. La designación de dichas
personas naturales formará parte integrante de la oferta técnica y será obligatoria para
efectos de evaluación y eventual adjudicación.
En razón de lo anterior, en el caso que postule una persona jurídica o una Unión Temporal de
Proveedores, para efectos de la evaluación, se considerará la información de la entidad o del
o la profesional que prestará el servicio según corresponda y como se señala en el punto 5.4
de las presentes bases.
En suma, atendida la naturaleza del servicio a contratar objeto de la presente licitación, éste
deberá prestarse por una sola persona natural por cada línea de servicio.
1.3 Líneas de servicio
Para todos los efectos jurídicos, esta licitación está compuesta por las siguientes líneas de
servicios (LS) y los respectivos montos máximos por año:
* La nómina de programas y/o centros a asesorar para cada línea de servicio, se establecerá una vez
adjudicada la presente licitación pública, y celebrado el contrato, de acuerdo a los requerimientos
presentados por la o el encargado de tratamiento de la correspondiente Dirección Regional de SENDA.
Con todo, señalar que, la cantidad de programas a asesorar en cada línea de servicio no podrá ser
superior al número máximo establecido en el cuadro anterior.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá excepcionalmente, por razones calificadas y
debidamente fundadas mediante acto administrativo, realizar reajustes con fechas distintas a
las expresamente señaladas.
Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará estarán sujetos a lo que establezca la Ley
de Presupuesto para el Sector Público para el respectivo año.
1.4 Recursos disponibles
Los recursos disponibles máximos por cada línea de servicio se encuentran desagregados por
línea de servicio y año en el número 1.3. SENDA no entregará recursos adicionales a los
mencionados, por lo que los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a la
correcta realización de los productos solicitados.
El monto anteriormente indicado podrá ser reajustado en diciembre de 2026, y comenzará a
regir en el mes de enero de 2027. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época
indicada previamente teniendo como factores referenciales la variación del factor de
actualización del presupuesto del sector público anual y, especialmente, la disponibilidad
presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año
correspondiente. Los reajustes serán notificados al prestador una vez totalmente tramitado el
acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato si se encontrase
suscrito.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá excepcionalmente, por razones calificadas y
debidamente fundadas mediante acto administrativo, realizar reajustes con fechas distintas a
las expresamente señaladas.
Se recuerda que, el presupuesto considera montos brutos, siendo responsabilidad exclusiva
del oferente, considerar los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de
las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que
pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
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DURACIÓN DE LOS SERVICIOS |
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2.1 Duración de los Servicios
El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y hasta
el 31 de diciembre de 2027.
Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de
suscripción del respectivo contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Sin
embargo, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 1 de mayo de 2026.
2.2. Prórroga
SENDA podrá prorrogar los contratos provenientes de la presente licitación solo por el tiempo
en que se procede a un nuevo proceso de licitación, o se defina una nueva modalidad de
compra para este tipo de servicios, no pudiendo superar el 30% del total del contrato.
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ASPECTOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras
que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases,
presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
3.1 Encargado del proceso de licitación:
El encargado del presente proceso de licitación pública es la jefatura de la Unidad de
Adquisiciones de SENDA, o quien lo subrogue.
3.2 Encargado del contrato:
El encargado del proceso de contratación será la jefatura del Área de Tratamiento, de
SENDA, o quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, cada Dirección Regional, previa
notificación al Área de Tratamiento, podrá designar a una persona para efectos de la
ejecución del contrato.
3.3 Cómputos de plazos.
Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan, entendiéndose
como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días sábados, domingos y festivos.
En el caso que un plazo expire en día sábado, domingo o festivo el vencimiento se producirá
al día hábil siguiente.
3.4 Etapas de la licitación pública.
La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, por lo que en el acto de apertura
de las ofertas se procederán a abrir las ofertas técnicas y económicas.
3.5 Modificaciones a las bases
El Servicio Nacional para Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá
modificar las presentes bases de licitación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar
ofertas. Estas modificaciones deberán aprobarse por resolución fundada, la que deberá total
tramitarse de acuerdo a las normas legales vigentes, incluyendo el trámite de toma de razón si
procediere y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la licitación
pública.
En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo plazo para la presentación de
ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su
oferta a tales modificaciones.
3.6 Cronograma de actividades
ACTIVIDAD PLAZO
Plazo para publicar las bases
de licitación
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha
de la total tramitación de la respectiva resolución
que realice el llamado a licitación Pública. La
señalada resolución exenta será tramitada solo
una vez que se haya total tramitado con
anterioridad la resolución que apruebe bases de
licitación ante Contraloría General de la República.
Plazo para presentar
propuestas
20 días corridos siguientes a la fecha de
publicación de las bases de licitación en el portal
www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas.
Plazo para realizar consultas a
las bases de licitación
Hasta el día 10 corrido, contados desde la fecha
de publicación de las presentes bases a través del
portal www.mercadopublico.cl
Respuesta a las consultas
Hasta el día 4 hábil, desde la fecha de
vencimiento para presentar consultas
Apertura de las ofertas
El día 20 corrido siguiente a la fecha de la
publicación de las presentes bases, a las 14:01
hrs.
Periodo de evaluación
Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la
apertura de las ofertas.
Adjudicación
La adjudicación se realizará dentro de los 10 días
hábiles siguientes a la realización de la evaluación
de las ofertas.
Presentación de antecedentes
para la suscripción del contrato
Dentro de los 20 días corridos siguientes a la
fecha de la notificación de la resolución que
adjudica la presente propuesta pública.
Suscripción del contrato
Dentro de los 20 días corridos contados desde la
presentación de los antecedentes necesarios para
la elaboración del contrato.
3.7 Forma de presentación de las ofertas
Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica
esta licitación dentro de los 20 días corridos contados desde la fecha de publicación de estas
bases en el referido portal, hasta las 14:00 horas del trigésimo día.
En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl durante
este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y
Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, en
un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional
correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol (calle Agustinas N° 1235, piso 7, Santiago Centro), de lunes a viernes entre
las 9:00 y las 14:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del
certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo establecido en el N°3 del artículo 115
del Decreto Nº 661, del Ministerio de Hacienda, de 2024.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas en soporte papel que adjunten un certificado
de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
3.8 Fecha de recepción de ofertas
La fecha de cierre de recepción de ofertas será el día del vencimiento del plazo para la
presentación de las mismas, indicado en el número 3.7 precedente, a las 14:00 horas, el cuál
será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente
licitación pública, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal.
En caso de que el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, o en un lunes, o en un día
siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, se postergará la fecha del cierre de
recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora.
3.9 Número de ofertas
Cuando el oferente sea una persona natural, se deberá presentar solamente una oferta por
línea de servicio a la que postule, o solo una oferta por las líneas de servicio de la Región
Metropolitana y Región de Valparaíso, en atención a que todas las líneas de servicio de estas
regiones son iguales en cuanto a montos y cantidad máxima de programas a asesorar. Por lo
tanto, se deja constancia que, respecto de las líneas de servicio de la Región Metropolitana y
de la Región de Valparaíso, se podrá postular con una sola oferta para las líneas de servicio de
dicha región.
Si el oferente es una persona natural, y desea ofertar para alguna línea de servicio de la
Región Metropolitana o de la Región de Valparaíso, al momento de presentar su oferta en la
plataforma www.mercadopublico.cl deberá, seleccionar todas las líneas de servicio
correspondientes a la región. Si una persona natural presenta más de una oferta en la
plataforma de Mercado Público, este Servicio Público entenderá como válidamente presentada
solo una oferta, que será la última oferta subida al portal.
Una persona natural sólo podrá adjudicarse UNA línea de servicio. Cuando el oferente sea una
persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, podrá postular a más de una línea de
servicio de la misma o de diferentes regiones. En el caso de una persona jurídica, ésta deberá
señalar determinadamente las personas naturales que prestarán servicios para cada línea de
servicio o región, según corresponda, en cuyo caso deberá presentar el Anexo 2, debidamente
completado.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación pública, estarán a disposición de
los interesados, en el sitio web www.mercadopublico.cl.
4.1 Consultas y aclaraciones
Según lo indicado en el artículo N° 35 ter de la ley N° 19.886, los participantes o interesados en
el proceso de licitación, sólo podrán formular sus consultas a través del Sistema de Información
y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación
Pública, correspondiente a la presente licitación, dentro de los 15 primeros días corridos
desde publicadas las bases de licitación quedando absolutamente prohibido cualquier
otro tipo de contacto.
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal
www.mercadopublico.cl dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para
presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta
licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las
Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación
de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o
Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido
que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas
ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en
tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
4.2 Información General
Toda oferta deberá incluir todos los antecedentes administrativos y los documentos de la
propuesta técnica que se señalan en estas bases.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de
las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word,
en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación
implica que el respectivo oferente ha revisado y analizado todas las Bases Administrativas y
Técnicas, sus anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con
anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin
ningún tipo de condiciones a toda la documentación referida y exigida para participar en dicho
proceso. Por todo lo anterior lo hace responsable de todo lo propuesto en su oferta y
susceptible de ser supervisado en el cumplimiento de la misma durante la vigencia del contrato
si fuera el caso.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos exigidos
en la forma prevista en el número 4.3 de estas bases de licitación, quedará sometida a lo
establecido en el criterio de evaluación denominado cumplimiento de los requisitos formales.
Será declarada inadmisible aquella propuesta que haya presentado datos no fidedignos que
resulten determinantes en su oferta.
4.3 Antecedentes administrativos
Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán presentar una
declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona natural, jurídica o unión temporal
de proveedores, según a continuación se indica:
Persona Natural:
a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado
su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte
de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente
licitación pública.
Persona Jurídica:
a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado
su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte
de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente
licitación pública.
Unión Temporal de proveedores:
Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes de la Unión temporal,
sean personas naturales o jurídicas.
Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se adjuntan a las presentes
bases el Anexo 3A modelo de declaración jurada simple de persona natural, y el Anexo 3B:
modelo de declaración jurada simple de persona jurídica.
La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo, digitalizados
en formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación
pública.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de
Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de
compra, deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de
adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse
por instrumento público o privado.
Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y
el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el representante de la Unión
Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da
cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las
ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser
considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar
información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse
hábil en el Registro de Proveedores.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol revisará que los oferentes se encuentren registrados en el
"Registro de Proveedores", a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se deja
constancia, que se declararán inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que no
se encuentren registrados en el mencionado registro, en conformidad con lo establecido
en el art. 16 de la Ley 19.886.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol consultará el listado de empresas condenadas por prácticas
antisindicales y por infracción de derechos fundamentales del trabajador, publicado por la
Dirección del Trabajo, declarándose inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que
aparezcan condenados dentro de los anteriores dos años a la presentación de las mismas.
Del mismo modo, quedarán excluidos de este proceso licitatorio aquellas personas naturales,
jurídicas o UTP que se encuentren afectos a las siguientes inhabilidades:
- Las indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
- Las inhabilidades establecidas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater
y siguientes de la Ley 19.886.
- Las indicadas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595
sobre Delitos Económicos.
- Si la entidad ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° y
10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas
Jurídicas en los Delitos que indica
- Si la entidad ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
4.4 Garantía de seriedad de la oferta
No se exigirá garantía de seriedad de la oferta en el presente proceso licitatorio, atendido que,
conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, su requerimiento tiene carácter excepcional y
debe fundarse en razones de interés público en licitaciones de determinado monto,
circunstancias que en la especie no concurren.
4.5 Propuesta Técnica
Se deberá presentar un formulario de presentación de propuesta técnica por cada línea
de servicio a la que se postule.
Para el caso que una persona jurídica o una unión temporal de proveedores quiera presentar
ofertas en dos o más líneas de servicio o región, deberá presentar tantos formularios de
presentación de propuesta técnica como ofertas y ellos deberán ser escaneados en un solo
archivo para ser subido en el portal www.mercadopublico.cl
No se podrá postular en un mismo formulario de presentación de propuesta técnica a
diferentes líneas de servicios.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal
www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 3.7 de estas bases, por lo
que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los
proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez
presentadas, sin perjuicio de lo establecido 3.9 de las presentes bases.
El formulario de presentación de la oferta deberá ingresarse como archivo adjunto en el
sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho
archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el anexo
1, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta
Técnica”.
La falta o no presentación del referido anexo, implicará declarar la inadmisibilidad de la
respectiva oferta.
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ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN TÉCNICA |
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La apertura de las ofertas se realizará el mismo día del cierre de recepción de estas, referido
en el numeral 3.7 de estas Bases, a partir de las 14:01 horas. Posteriormente se inicia la
admisibilidad administrativa.
5.1 Admisibilidad Administrativa
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
antes de evaluar las ofertas técnicas, realizará una revisión de los antecedentes presentados
por los oferentes, en la que verificará que se presenten los antecedentes mínimos exigidos en
las presentes bases.
En esta etapa, se revisará:
1. Presentación de “Formulario de presentación de propuesta técnica” (Anexo 1)
2. Presentación y pertinencia de declaración jurada (Anexo 3A - 3B)
3. Presentación y pertinencia de declaración jurada de inhabilidades (Anexo 5A -
5B)
4. En el caso de la UTP, revisará que se haya dado cumplimiento a la presentación del
documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta
forma, conforme al 4.3 de las presentes Bases.
No serán evaluadas técnicamente, aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos
establecidos precedentemente, declarando en consecuencia, su inadmisibilidad.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho
evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha
resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago, si continuará con
los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el
proceso.
5.2 Modalidad de Evaluación
El proceso de evaluación será interno y se realizará en una sola etapa.
Se evaluarán las propuestas técnicas presentadas por aquellos oferentes que hayan cumplido
con presentar los antecedentes administrativos en la forma exigida en estas bases.
Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente.
5.3 Comisión Evaluadora
Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por, a lo menos, tres
funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol. Se deja constancia que, de acuerdo al art. 35 nonies de la Ley 19.886, toda persona
que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá
suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare
expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad
sobre él. Para ello los miembros de la comisión evaluadora deberán completar antes de evaluar
el proceso licitatorio, la respectiva declaración jurada que la DCCP ha dispuesto para este
caso.
Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes
funcionarios:
a) Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quién éste(a) designe mediante
memorándum interno debidamente firmado.
b) Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe
mediante memorándum interno debidamente firmado.
c) Jefe(a) del Área de Tratamiento de la División Programática del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe
mediante memorándum interno debidamente firmado.
Además, un abogado de la División Jurídica de SENDA, actuará como ministro de fe de la
comisión.
En los casos en que corresponda podrá ser parte de la Comisión Evaluadora una persona
contratada a honorarios, la cual tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a
responsabilidad administrativa en el ejercicio de sus funciones dentro de la comisión.
En cualquier caso y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión
Evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en
SENDA
Sin perjuicio de lo anterior, y en consideración al especial carácter técnico de los servicios que
se licitan, la comisión evaluadora podrá ser asistida por un grupo de asesores de reconocido
prestigio en las materias técnicas a revisar, dependientes del Ministerio de Salud.
Serán funciones de la comisión evaluadora, las siguientes:
1. Determinar si las ofertas técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las bases. En caso de que ello
no ocurra, deberá rechazar la propuesta y dejar constancia en el acta final de evaluación
a objeto que, posteriormente, se declare mediante el acto administrativo pertinente la
inadmisibilidad de la oferta.
2. Evaluar las ofertas técnicas presentadas.
3. Solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los
errores y omisiones formales detectados en esta etapa, y solicitar la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta.
4. El acta de evaluación de la comisión evaluadora deberá referirse a las siguientes
materias:
a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos
establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
c) La proposición de declaración de líneas de servicio desiertas, cuando no se
presentan ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgue que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses de SENDA.
d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas
para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
e) La puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas, y la proposición
de adjudicación.
5.4 Criterios de Evaluación
Considerando la información que las entidades consignen en el Anexo 1 Formulario de
presentación de propuesta técnica, se evaluarán las propuestas de acuerdo a los criterios y
ponderaciones establecidos a continuación:
Criterio Subcriterio %
Subítem % Ítem
I
Formación del
Oferente
a. Formación en temáticas de
intervenciones terapéuticas en salud
mental y/o en tratamiento de personas
con consumo problemático de alcohol y/u
otras drogas.
50
35
b. Formación en temáticas de gestión de
calidad en el ámbito sanitario. 50
II Experiencia del
Oferente
a. Experiencia en la ejecución de proyectos
y/o programas de tratamiento por
consumo problemático de alcohol y/u
otras drogas.
20
50
b. Experiencia en docencia en educación
superior y/o relatorías en temas de
consumo problemático de alcohol y/u
otras drogas y/o trastornos de salud
mental.
30
c. Experiencia en gestión y/o asesoría de
programas de la red pública y/o privada. 50
III
Condiciones de
empleo y
remuneración
a. Recurso humano contratado. 100 5
IV Cumplimiento de los requisitos formales 3
V Cumplimiento del Programa de integridad 2
VI Propuesta económica 5
Criterio I: Formación (35%)
a. Formación en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o en
tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio
se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente
el servicio.
Nivel de cumplimiento Puntaje
El o la profesional evaluado ha completado formación de uno o más doctorados en
temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de
personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
100
El o la profesional evaluado ha completado formación en uno o más magíster en
temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de
personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
75
El o la profesional evaluado ha completado uno o más postítulos en temáticas de
intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de personas con
consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
50
El o la profesional evaluado ha completado uno o más diplomados en temáticas de
intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de tratamiento de personas con
consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
25
El o la profesional evaluado no ha completado doctorados, magíster, postítulos y
diplomados en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o de
tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas o, si
la tiene, no la informa.
0
b. Formación en temáticas de gestión de calidad en el ámbito sanitario.
Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio
se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente
el servicio.
Los certificados de cursos que se acompañen en la postulación y que sean anteriores al 2020,
no serán considerados.
Nivel de cumplimiento Puntaje
El o la profesional evaluado posee 130 horas o más certificadas, entre los años 2020
y 2025 en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o en gestión de calidad,
estas dos últimas, en el ámbito sanitario.
100
El o la profesional evaluado posee 100 horas o más y menos de 130 horas
certificadas de capacitación entre los años 2020 y 2025 en temáticas de drogas,
intervenciones terapéuticas y/o en gestión de calidad, estas dos últimas, en el ámbito
sanitario.
75
El o la profesional evaluado posee 50 horas o más y menos de 100 horas
certificadas de capacitación durante los años 2020 y 2025 en temáticas de drogas,
intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad, estas dos últimas, en el ámbito
sanitario.
50
El o la profesional evaluado posee menos de 50 horas certificadas de capacitación
entre los años 2020 a 2025, en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o
gestión de calidad, estas dos últimas, en el ámbito sanitario.
25
El o la profesional evaluado no posee capacitación entre los años 2020 a 2025 en
temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad, estas dos
últimas en el ámbito sanitario o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita.
0
Criterio II: Experiencia del Oferente (50%)
a. Experiencia en la ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por
consumo problemático de alcohol y/u otras drogas.
Este subcriterio se evaluará en base a la información entregada de la entidad postulante, sea
persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores.
Nivel de cumplimiento Puntaje
La entidad presenta experiencia igual o superior a 4 años en la ejecución de
proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u
otras drogas.
100
La entidad presenta experiencia inferior a 4 años e igual o superior a 3 años en la
ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de
alcohol y/u otras drogas.
75
La entidad presenta experiencia inferior a 3 años e igual o superior a 2 años en la
ejecución de proyectos y/o programas de tratamiento por consumo problemático de
alcohol y/u otras drogas.
50
La entidad presenta experiencia inferior a 1 año en la ejecución de proyectos y/o
programas de tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 25
La entidad no presenta experiencia en la ejecución de proyectos y/o programas de
tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas o, si la tiene, no la
informa y/o no la acredita.
0
b. Experiencia en docencia en educación superior y/o relatorías en temas de
consumo problemático de alcohol y/u otras drogas y/o trastornos de salud
mental.
Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este
subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará
directamente los servicios.
Nivel de cumplimiento Puntaje
El o la profesional evaluado posee experiencia como docente en educación superior
en temas de consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 100
El o la profesional evaluado presenta experiencia como relator en tres o más
actividades relativas a temáticas de trastornos en consumo problemático de
sustancias y/o trastornos de salud mental.
75
El o la profesional evaluado presenta experiencia en dos relatorías en temáticas de
trastornos en consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 50
El o la profesional evaluado presenta experiencia en una relatoría en temáticas de
trastornos en consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 25
El o la profesional evaluado no presenta experiencia en docencia en educación
superior y/o relatoría o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0
c. Experiencia en gestión y/o asesoría de programas de la red pública y/o privada.
Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este
subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará
directamente los servicios.
Nivel de cumplimiento Puntaje
El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 3 años como
coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de
programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas
públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud.
100
El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 2 años y menor a 3
años como coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de
subrogancia) de programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría
de programas públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de
salud.
75
El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 1 año y menor a 2
como coordinador o director técnico (no se considerarán los períodos de
subrogancia) de programas de tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría
de programas públicos o privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de
salud.
50
El o la profesional evaluado posee experiencia inferior a 1 año como coordinador o
director técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de programas de
tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas públicos o
privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud.
25
El o la profesional evaluado no posee experiencia como coordinador o director
técnico (no se considerarán los períodos de subrogancia) de programas de
tratamiento de la red pública o privada, o en asesoría de programas públicos o
privados en convenio con SENDA y/o con algún servicio de salud o, si la tiene, no la
informa y/o no la acredita.
0
Criterio III: Condiciones de empleo y remuneración (5%)
Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este
subcriterio se evaluará en base a la información entregada del profesional que ejecutará
directamente los servicios. Este ítem se evaluará según la Información ingresada en el Anexo
12 en conjunto con los antecedentes solicitados. Equivale a un porcentaje del 5%.
Asignación de puntajes:
Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores se deberá
indicar en el correspondiente anexo el monto del pago destinado a la persona natural que
ejecutará directamente el servicio (se deberá llenar el anexo indicando la persona que
ejecutará el servicio en cada línea de servicio a postular). En caso de que el oferente sea una
persona natural que desempeñará personalmente el servicio, deberá indicar en el anexo
respectivo que ejecutará directamente el servicio y deberá indicar el monto correspondiente a
su oferta económica.
El puntaje de este criterio se calculará asignando 100 puntos a la oferta que destine el pago
más alto a la persona natural (sea directamente o por línea de servicio en el caso de personas
jurídicas o UTP) que ejecutará directamente el servicio por cada línea multiplicando cada valor
por 100 y dividiendo el resultado por el monto del pago más alto.
Si no indica información será asignada la oferta con 0 puntos.
La forma de calcular el puntaje será la siguiente:
Puntaje = (OPMA * 100) / OE
OPMA: oferta que destine el pago más alto a la persona natural
OE: es el precio de la oferta evaluada.
100: es el puntaje mayor.
Criterio IV: Cumplimiento de los requisitos formales (3%)
Nivel de cumplimiento Puntaje
El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta
en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes conforme al
art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
100
No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña
con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al
art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
50
No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56 del
Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo
solicitado.
0
Criterio V: Cumplimiento del programa de integridad (2%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad
que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. Se entenderá
por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si
resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o
procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de
cumplimiento. Lo antes mencionado de acuerdo a lo establecido en el Dictamen E370752N23
de la Contraloría General de la República, el 20 de junio de 2023.
Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del
programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno,
correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y
difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará puntaje 100 al oferente que
cuente con dicho programa y acompañe los respectivos verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 6), se
evaluará la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o
capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en que
conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a la
persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de ello.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse el
anexo N° 6 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores.
En caso de que el oferente no cuente con un programa de integridad o este no haya sido
difundido en el caso de las personas jurídicas y UTP, su oferta llevará por ello nota 0 en este
criterio.
Nivel de cumplimiento Puntaje
Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o
en caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada en
materia de integridad o compliance.
100
Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su
organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación
personal acreditada en materia de integridad o compliance.
0
Para acreditar el siguiente criterio deberá adjuntar Copia de documentación o certificación de
declaración jurada exigida en anexo 6, adjuntar Programa de integridad implementado en su
organización y deberá adjuntar medios que acrediten la difusión entre el personal mediante
cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier
otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa.
Si los oferentes nada dicen al respecto a este criterio o no acompañan documentos para
verificar su implementación se asignará la nota cero.
Criterio VI: Propuesta económica (5%)
El precio que señalen los oferentes en su Oferta Económica, a través del portal
www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos), expresados
en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo adjunto los
valores ofertados neto y brutos totales, así como también el impuesto al cual se encuentra
afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo número 7 del acápite III de
estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de
inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Las ofertas económicas presentadas por un monto valor total bruto superior a las señaladas en
el numeral 1.3 en la línea de servicio que se licita, no serán objeto de evaluación y serán
declaradas inadmisibles por SENDA. Del mismo modo, no se admitirán ofertas inferiores al
90% del valor total bruto señalado en estas bases.
La forma de calcular el puntaje económico será la siguiente:
Puntaje económico = OPM * 100
OE
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas.
OE: es el precio de la oferta evaluada.
100: es el puntaje mayor.
5.5 Errores, omisiones y aclaraciones
La comisión evaluadora podrá solicitar a las entidades oferentes que salven errores u
omisiones detectados durante la evaluación, o presenten certificaciones o antecedentes, según
a continuación se indica:
SENDA, podrá solicitar a los oferentes que salven los errores y omisiones formales detectados
en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen una situación de privilegio
respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y
de igualdad de los proponentes, debiendo informar dicha solicitud al resto de los oferentes a
través del Sistema de Información de Compras Públicas.
Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación
En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días hábiles para enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, contados desde efectuado el
requerimiento por el mismo medio.
5.6 Evaluación
El puntaje final que los oferentes obtengan por línea de servicio será la suma de las
ponderaciones obtenidas conforme a la evaluación señalada en el número 5.4 de estas bases.
El puntaje final será con aproximación y se expresará con dos decimales.
Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente, sin perjuicio
de lo indicado en el número 4.5.
a) Descuento por comportamiento contractual
Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación señalados en el numeral 5.4 de
estas bases, se revisará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de
los contratos con la entidad licitante, durante los últimos 3 años contados desde la fecha de
apertura de las propuestas de la presente licitación. De la revisión efectuada se realizará el
descuento correspondiente al tipo de sanción que se detallará a continuación respecto del
puntaje total obtenido en la etapa de evaluación.
El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar (en el total del puntaje
obtenido en la etapa de evaluación de acuerdo a los criterios del N°5.4.) el puntaje indicado en
la tabla siguiente por el número de sanciones recibidas por parte de la entidad licitante:
Tabla de descuento por comportamiento contractual anterior (Cca):
Sanción
Disminución de puntaje por sanción
Término anticipado total o parcial
de contrato
20 puntos por cada vez que se haya establecido
un término anticipado de contrato.
Multas aplicadas en el período
observado
10 puntos por cada ocasión en que se haya
aplicado una multa.
Amonestaciones aplicadas en el
período observado
5 puntos por cada ocasión en que se haya
amonestado a la entidad.
Si en los últimos 3 años contados desde la fecha de apertura de las propuestas de la presente
licitación, el oferente no ha suscrito convenio(s) previo(s) con SENDA no se aplicará
descuento al puntaje obtenido en los criterios de evaluación.
A modo de ejemplo: Un proveedor ha recibido un cobro de 2 multas y 1 amonestación en los
últimos 3 años, el puntaje de descuento que recibe en este criterio es de 25 puntos. Este último
puntaje (a modo de ejemplo: -25 puntos) se restará al puntaje total que haya obtenido el
oferente en conformidad del N°5.4.
b) Puntaje Final
Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación: Formación del Oferente (FO);
Experiencia del Oferente (ExO); Condiciones de empleo y remuneración (CER); Cumplimiento
de los requisitos formales en la presentación de la oferta (CRF); cumplimiento del programa de
integridad (CPI); y oferta económica (OE) se sumarán los respectivos ponderadores para
determinar el puntaje de evaluación. Una vez realizado esto se aplicará el descuento que
corresponda de acuerdo al comportamiento contractual anterior del oferente, dando como
resultado el puntaje final de la oferta, el cual se obtendrá según la siguiente fórmula:
Puntaje Total Evaluación (PTE):
(FO*0,35) + (ExO*0,50)+ (CER*0,05) + (CRF*0,03) + (OE * 0,05) + (CPI*0,02).
El puntaje total de evaluación (PTE) será con aproximación y se expresará con dos
decimales.
Puntaje Final (PF):
(PTE- puntaje de descuento (Cca))
Una vez obtenido el puntaje total de evaluación (PTE), se les revisará su comportamiento
contractual anterior y se les aplicará las tablas de descuento por (Cca) dando como resultado el
puntaje final de la evaluación de su oferta.
El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de las notas finales
obtenidas en la evaluación del cumplimiento de la propuesta técnica, requisitos formales,
programa de integridad y aplicado el descuento por cumplimiento contractual anterior, será
quien se adjudique la presente licitación.
La evaluación se realizará dentro de los 15 días hábiles posteriores a la apertura de las
ofertas. Por su parte el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, adjudicará la presente licitación, por la línea de servicio, a quien presente la
mejor propuesta en la respectiva línea, dentro de los 25 días hábiles posteriores a la apertura
de las ofertas.
La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto
administrativo, el que será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica
la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, a través de acto administrativo fundado totalmente tramitado,
podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus
fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
Con todo, sin perjuicio de lo dispuesto en la resolución que adjudique las líneas de servicio de
la presente licitación, se deja constancia que, el servicio que se contraten con quienes resulten
adjudicados, queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria que establezca la Ley de
Presupuestos para el sector público correspondiente a los años 2026, 2027 y 2028.
5.7 Mecanismo para dirimir empates
En caso de que en una línea de servicio se verificase un empate en la calificación final obtenida
entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en
el orden de prelación que a continuación se indica:
1. Inicialmente se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la
más alta calificación en la evaluación del subcriterio denominado “Experiencia en
gestión y/o asesoría de programas de la red pública y/o privada”.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio
denominado “Formación en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud
mental y/o en tratamiento de personas con consumo problemático de alcohol y/u
otras drogas”.
3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio
denominado “Formación en temáticas de gestión de calidad en el ámbito
sanitario”.
4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio
denominado “Experiencia en docencia en educación superior y/o relatorías en
temas de consumo problemático de alcohol y/u otras drogas y/o trastornos de
salud mental”.
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio
denominado “Experiencia en la ejecución de proyectos y/o programas de
tratamiento por consumo problemático de alcohol y/u otras drogas”.
6. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la
evaluación del criterio “Propuesta Económica”.
7. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio
denominado “Recurso humano contratado”.
8. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado “Cumplimiento de los requisitos formales”.
9. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado “Cumplimiento del programa de integridad”.
10. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido el puntaje más bajo de descuento por
cumplimiento contractual anterior.
Finalmente, si, aplicados todos los criterios de desempate establecidos en las presentes bases,
persistiere la igualdad, la adjudicación se resolverá en favor del oferente cuya oferta haya sido
ingresada con anterioridad en el Portal de Compras Públicas, conforme al registro de fecha y
hora que conste en dicho sistema.
5.8 Rechazo de las ofertas
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en
las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación o la línea de servicio respectiva,
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del
SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo
fundado.
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ADJUDICACIÓN |
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6.1 Selección del adjudicado
Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga el puntaje final más alto entre los
oferentes de la línea de servicio en cuestión.
Los oferentes que como personas naturales presenten ofertas en más de una línea de servicio
deberán completar el respectivo anexo N°13 de priorización de adjudicación, el que servirá
como referencia a la hora de adjudicar. Esto por cuanto, de acuerdo con el N°1.9 en relación
con el 3.9 de estas bases, los oferentes que sean personas naturales solo podrán resultar
adjudicados en una línea de servicio, por lo tanto, en caso de tener puntaje suficiente para
adjudicar en más de una línea, SENDA revisará la selección de prioridad señalada por el
oferente en el respectivo anexo para indicar en cuál línea deberá ser adjudicado; procediendo a
correr la lista de puntajes en aquellas líneas en que teniendo puntaje suficiente no sé pueda
adjudicar por ya haber sido seleccionado en otra línea, pasando a ocupar el lugar el oferente
que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si
dicha oferta es conveniente a los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y así sucesivamente, hasta completar los
cupos a adjudicar o la línea, según corresponda. Si no hubiera otras ofertas convenientes a los
intereses del servicio, se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda,
a través de acto administrativo fundado.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con la Administración
del Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el
contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente a los intereses del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o bien,
se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
6.2 Causales para dejar sin efecto la adjudicación
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las
siguientes causales:
a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el número
7.2 de estas bases.
b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el
número 7.3 de las presentes bases.
c. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el número 7.4 de las presentes
bases.
d. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su
oferta.
e. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo
establecido en el número 7.5 de las presentes bases.
f. Si el oferente cuya oferta haya sido adjudicada, ha presentado datos inexactos o no
fidedignos en su oferta.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará al oferente que,
según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final en la línea
de servicio respectiva, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará
desierta dicha línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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CONTRATACIÓN |
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7.1 Del Contrato
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios, dentro
de los 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios
para la elaboración del contrato.
El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la Jefe(a) del Área de
Tratamiento e Intervención del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
7.2 Inhabilidades para contratar
No podrán celebrar el contrato respectivo los oferentes que presenten alguna de las siguientes
inhabilidades:
a. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35
quater de la Ley 19.886.
b. Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta,
hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal,
en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886.
c. Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o que estén unidas a ellos
por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575,
Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
d. Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o las
personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)
del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas
sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que
representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales; ni con
los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
e. Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que establece la Responsabilidad Penal
de las Personas Jurídicas en los delitos que indica
f. Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211 de 1973.
g. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de
la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará, en
la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de evaluación final hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente para los intereses del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o
declarará desierta la licitación o la línea de servicio, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho
evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha
resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, si
continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su
participación en el proceso.
7.3 Requisitos para contratar
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, en el plazo de
20 días corridos contados desde la notificación de la resolución que adjudica la presente
propuesta pública, la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato
respectivo:
(1) Todos los oferentes:
a. Encontrarse inscrito y hábil en registro de proveedores de la Dirección de Compras y
Contratación Públicas.
b. Acompañar una declaración jurada en la que el adjudicatario señale si registra o no
saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con aquellos trabajadores contratados en los dos últimos
dos años. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes
bases el Anexo N°4A en caso de Persona Natural y Anexo N°4B en caso de ser persona
jurídica: modelo de declaración jurada simple sobre deudas laborales o previsionales
dependiendo de si el oferente seleccionado es persona natural o jurídica,
respectivamente.
Si el oferente registra o declara saldos insolutos, éste deberá señalar el monto al que
asciende la deuda y los antecedentes que justifiquen el monto de la misma, para efectos
de lo dispuesto en el párrafo tercero del número 6.5 de estas bases. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°4C
c. Garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos del número 7.6 de estas bases.
(2) Documentos para persona natural:
a. Fotocopia simple de su cédula nacional de identidad.
b. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5A: Modelo
de declaración jurada simple.
(3) Documentos para persona jurídica nacional (Incluidas las Empresas Individuales
de Responsabilidad Limitada):
a. En el caso de las Sociedades:
a.1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la
acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal,
si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e
inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio que
corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N°
20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido
por la entidad competente.
a.2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
a.3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por
el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, o por la
autoridad facultada para ello.
a.4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
a.5. Fotocopia simple de la cédula de identidad de él o los representantes legales.
a.6. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que
representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°5B : Modelo
de declaración jurada simple.
b. En caso de las Fundaciones y las Corporaciones:
b.1. Entidades constituidas conforme al Decreto 110, de 1979 del Ministerio de Justicia:
Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
b.2. En entidades constituidas conforme a la ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe,
y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos
establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
b.3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o
certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e
Identificación.
b.4. Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus
pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
b.5. Certificado de vigencia con nómina de directorio.
b.6. Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para
suscribir contratos.
b.7. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
b.8. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes
legales de la entidad.
b.9. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que
representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el
cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5B: Modelo
de declaración jurada simple.
(4) Documentos para persona jurídica extranjera:
a. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el
Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
b. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello
escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que
acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si
hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad
chilena, documento donde conste la personería del representante legal, R.U.T de la
sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de
constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería
del representante legal, R.U.T de la agencia y cédula de identidad del representante
legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes
bases.
c. Deberá designar domicilio en Chile.
d. Si se trata de una sociedad anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo
a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
(5) Unión Temporal de Proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada
uno de sus integrantes deberá cumplir individualmente con los requisitos generales
establecidos en el numeral precedente, especialmente:
a) Encontrarse inscrito y hábil en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y
Contratación Públicas;
b) Acompañar la declaración jurada sobre deudas laborales o previsionales, según corresponda
a su naturaleza jurídica;
c) Cumplir con las exigencias relativas a inhabilidades establecidas en la normativa vigente.
La Unión Temporal de Proveedores deberá constituirse exclusivamente para el presente
proceso de compra y su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo
sus eventuales renovaciones o prórrogas.
El acuerdo que formaliza la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por
escritura pública. No obstante, cuando el monto total adjudicado sea inferior a 1.000 unidades
tributarias mensuales, dicho acuerdo podrá constar en instrumento público o privado, conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886 y adjuntarse al momento de la
presentación de la oferta. Dicho instrumento deberá contener, a lo menos:
1. La identificación de todos sus integrantes;
2. La designación de un representante o apoderado común, con facultades suficientes
para actuar durante el proceso y ejecución contractual;
3. La responsabilidad solidaria de todos sus integrantes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la Entidad.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato en si corresponde, deberá otorgarse a nombre de
la Unión Temporal de Proveedores, indicando expresamente la responsabilidad solidaria de sus
integrantes.
Los integrantes de una UTP no podrán participar, individualmente o integrando otra Unión, en
el mismo proceso de compra.
Se deja constancia que, el presente proceso de licitación no corresponde a un procedimiento
de contratación para la innovación ni de diálogo competitivo, por lo tanto, las Uniones
Temporales de Proveedores deberán estar conformadas exclusivamente por empresas de
menor tamaño, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se
encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores.
Con todo, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol podrá requerir toda la información legal adicional a que haya lugar en protección de sus
intereses y podrá solicitar, especialmente, los documentos auténticos o debidamente
autorizados. Además, SENDA se reserva el derecho de revisar la pertinencia y legalidad de
todos los antecedentes recabados durante el proceso de licitación.
7.4 Presentación de Antecedentes
Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, señalados en el número 7.3,
deberán ser presentados en la Unidad de Gestión Documental (oficina de partes) del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en
Agustinas N° 1235, piso 7, comuna de Santiago, en la oficina regional correspondiente al
domicilio del oferente. Dicha oficina regional de SENDA deberá remitir los antecedentes a más
tardar el día hábil siguiente al Servicio Nacional.
Los antecedentes podrán ser enviados de manera virtual solamente mediante el Sistema de
Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual
7.5 Formalización del contrato.
El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 20 días
corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la
elaboración del contrato.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida
su oferta, y adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el
siguiente mejor puntaje final, en la línea de servicio correspondiente o declarará desierta la
licitación en la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo
fundado.
7.6 Garantía de Fiel Cumplimiento
Una vez notificado al oferente la adjudicación, y en el caso de que el contrato final del oferente
supere los 1000 UTM, éste deberá, dentro de 15 días corridos a contar de dicha
notificación, presentar una caución o garantía pagadera a la vista, que asegure el cobro de la
misma de manera rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter de
irrevocable, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones
contractuales, con una vigencia que exceda en, al menos, 60 días hábiles después de la
finalización del contrato.
Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Rut 61.980.170-9, por un monto mínimo del
5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, considerando la o las
líneas adjudicadas de acuerdo al número 1.3 de las presentes bases de licitación.
En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro o certificado de fianza y esté expresada
en Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al día de su emisión.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será pagadera a la vista, con carácter
de irrevocable. Tratándose de una boleta bancaria, es necesario que en dicho documento se
indique la individualización del oferente seleccionado.
La garantía deberá señalar que se encuentra tomada como Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y
multas, e indicando ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl,
señalando además la o las líneas de servicio garantizada por la misma.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que junto con afianzar el
fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones
laborales y sociales, y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del
contrato suscrito. Cuando se acompañe una póliza de seguro, ésta deberá excluir las cláusulas
de arbitraje.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de
manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma
Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, podrá ser enviados de manera virtual solamente
mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual y dentro del plazo de 15 días corridos a contar de la
notificación de la adjudicación.
En el caso que la garantía consista en un Depósito a la vista o Vale Vista, se deberá presentar
conjuntamente con éste el Anexo Nº 8B.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato es otorgada en el extranjero, el
emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un
banco o institución financiera chilena.
Si en el documento en que consta la garantía no alcanza a escribirse el nombre de Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, R.U.T.
61.980.170-9, este se podrá abreviar, señalando el R.U.T. 61.980.170-9.
Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del
plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará al
oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o
declarará desierta la licitación o la línea respectiva, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter
irrevocable
Beneficiario
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA
RUT
61.980.170-9
El nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse
el RUT.
Vigencia mínima Vigencia mínima de 60 días hábiles después de la
finalización del contrato.
Monto Deberá ser equivalente a al menos el 5% (cinco) del precio
final neto ofertado por el adjudicatario.
Expresada en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía esté
expresada en Unidades de Fomento, se calculará su valor
en pesos chilenos al día de su emisión.)
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus
trabajadores y multas, e indicar el número de ID que
identifica a la presente licitación a través del portal
www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio respectiva.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento
de las obligaciones contractuales, se afianza el
cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el
pago de multas a las que pudiera dar origen el
incumplimiento del contrato.
Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se
requerirá glosa. Deberá presentar conjuntamente el Anexo
Nº 8.
En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones
generales no se establece expresamente su carácter
irrevocable, dicha exigencia deberá ser incorporada en la
glosa del referido instrumento.
La devolución de la garantía de fiel cumplimiento se realizará, una vez recibido conforme los
servicios por parte de la contraparte técnica, y cumplido a satisfacción el contrato.
7.7 De la aprobación del contrato.
El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total
tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el
servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del
mismo. No obstante, lo anterior, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 1 de
enero de 2026.
En ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
7.8 Duración del servicio.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha que indique el respectivo
contrato, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027. Durante este período, el contratista
deberá realizar la actividad correspondiente a la línea de servicio que haya resultado
adjudicado, según se detalle en el contrato respectivo.
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DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS |
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8.1 Del pago
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
pagará a los adjudicatarios las acciones de gestión de calidad a que se refiere el número 1.1.
de estas bases, según la línea de servicio que corresponda.
De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, cada línea de servicio tendrá un monto total
máximo a financiar por todo el período del contrato de $44.160.600.-
Cada línea de servicio se pagará en 11 cuotas, a contar de la total tramitación del contrato.
Para el año 2026, se consideran cinco (5) cuotas iguales, con un monto máximo a
financiar de $20.073.000.- Para el año 2027, se pagarán seis (6) cuotas iguales, con un
monto máximo a financiar de $24.087.600.-
Cada cuota se pagará, previa presentación y aprobación de un informe:
- La primera cuota se pagará 15 días corridos a contar de la total tramitación del contrato,
previa entrega de un informe inicial.
- Las 9 cuotas siguientes se pagarán previa presentación y aprobación de informe de
ejecución, de acuerdo al plan de trabajo y las fechas indicadas en la siguiente tabla:
Año Tipo de Informe Plazo de entrega del Informe
2026
Informe 1 Inicial Plan de
trabajo 15 días corridos desde la total tramitación del contrato
Informe 2 de Ejecución 10 de julio
Informe 3 de Ejecución 10 de septiembre
Informe 4 de Ejecución 10 de noviembre
2027
Informe 5 de Ejecución 10 de enero
Informe 6 de Ejecución 10 de marzo
Informe 7 de Ejecución 10 de mayo
Informe 8 de Ejecución 10 de julio
Informe 9 de Ejecución 10 de septiembre
Informe 10 de Ejecución 10 de noviembre
Los informes deberán ser entregados en las fechas detalladas en el cuadro anterior, a través de
ventanilla única (https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual), además el oferente deberá entregar
la correspondiente boleta o factura cuando el informe sea aprobado por la contraparte técnica,
de acuerdo al 8.2. Todas las boletas o facturas deben ser extendidas a nombre del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N°
61.980.170-9.
El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista dará derecho a dar por terminado
anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación.
Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte
del contratista de las facturas o boletas y la demás documentación correspondiente.
Con todo, los pagos que corresponda efectuar durante el año 2027 estarán condicionados a
que la Ley de presupuestos del referido año, contemple los recursos necesarios al efecto.
Se deja expresa constancia que si el adjudicatario declara que registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de
la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para estos efectos, en este plazo,
deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total
cumplimiento de la obligación.
8.2 De los informes de ejecución y aprobación de los mismos.
En cuanto al contenido de los informes:
El informe inicial, deberá contener, a lo menos:
- Diagnóstico de la situación de los centros o programas que la oficina regional de SENDA
le ha asignado para asesorar: revisión de planes de asesoría anteriores, análisis de
resultados de aplicación de pauta de evaluación técnica, fichas de monitoreo y planes de
mejora, revisión de registros SISTRAT, reuniones de traspaso de información en
temáticas abordadas en el período anterior de asesoría, y otros insumos relevantes para
la elaboración del plan de asesoría de cada centro.
- Plan de gestión de calidad para el año 2026, incorporando propuestas de temas para
abordar y propuesta de calendarización de visitas de asesoría a cada centro o programa
asignados.
Los informes de ejecución, es decir, desde el informe 2 al informe 10, deberán elaborarse de
acuerdo al formato establecido en el Anexo 11 e incluir a lo menos:
- Descripción de las actividades realizadas durante el período con los centros asignados,
intersector y con miembros de la oficina regional de SENDA.
- Metodología utilizada para cada actividad.
- Fecha de realización de cada actividad.
- Participantes de cada actividad.
- Compromisos suscritos en las actividades, si correspondiera.
- Sugerencias o recomendaciones para el mejor funcionamiento del servicio prestado.
Además de lo anterior, los siguientes informes de ejecución deben incorporar específicamente
lo siguiente:
- Informe 2 de ejecución, que se presenta, a más tardar, el 15 de mayo de 2026:
○ Entrega de los planes de trabajo para el año 2026 de cada uno de los programas
asesorados.
- Informe 6 de ejecución, que se presenta, a más tardar, el 15 de enero de 2027:
○ Evaluación general del plan de gestión de calidad de 2026.
○ Plan de gestión de calidad para el año 2027, incorporando propuestas de temas
para abordar y propuesta de calendarización de visitas de asesoría a cada centro
o programa asignado.
- Informe 7 de ejecución, que se presenta, a más tardar, el 15 de marzo de 2027:
○ Entrega de la evaluación de cumplimiento de los planes de trabajo del año 2026
de cada uno de los centros o programas asesorados.
○ Entrega de los planes de trabajo para el año 2027 de cada uno de los programas
asesorados.
Además, se deberá adjuntar a cada informe los productos elaborados en el periodo cuando
corresponda (plan de asesoría, actas de visitas, actas de reunión de coordinación con
encargado de tratamiento de SENDA, u otros Para lo anterior se deben utilizar los formatos que
se proporcionará el Área de Tratamiento una vez iniciada la gestión.
Además de los informes inicial y de ejecución, la Entidad deberá presentar un informe final, a
más tardar el 31 de diciembre del 2027, el que debe contener a lo menos:
- Evaluación del plan de gestión de calidad 2027.
- Evaluación de cumplimiento de los planes de trabajo del año 2027 de cada uno de los
centros o programas asesorados.
- Sugerencias para dar continuidad a la asesoría de cada uno de los centros o programas
asesorados.
- Los verificadores, en formato virtual, de las actividades realizadas en el período total del
contrato, incluyendo los correspondientes al anexo 10 de Monitoreo y seguimiento de la
ejecución del servicio Gestor/a de Calidad.
Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al procedimiento que se describe
a continuación.
Una vez presentados los respectivos informes, SENDA, a través de la Contraparte Técnica,
dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para hacer observaciones, contados desde que éste
haya sido recibido por parte de este Servicio. Si dentro de dicho plazo, la Contraparte Técnica
de SENDA no formula observaciones, éste se tendrá por aprobado. En caso de realizarse
observaciones, el proveedor tendrá el mismo plazo anterior (5 días hábiles) para contestar las
observaciones y corregir el referido informe, atendiendo a las indicaciones presentadas por el
Servicio.
Ante la entrega del nuevo informe o de la carta de contestación a las observaciones, se seguirá
el mismo procedimiento establecido en el párrafo anterior. Con todo, en el evento que hayan
transcurrido 40 días desde la primera presentación del respectivo informe y se mantengan las
observaciones formuladas por SENDA, el informe será rechazado definitivamente y SENDA se
encontrará facultado para poner término anticipado al presente convenio.
Sin perjuicio a los plazos antes señalados, SENDA podrá prorrogar los mismos a petición de la
contraparte o por necesidad del Servicio, notificando tal circunstancia al proveedor del servicio.
8.3 Contraparte Técnica
La labor de Contraparte Técnica de SENDA será realizada por la o el encargado de tratamiento
regional de SENDA respectivo, o quien subrogue a éste.
Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Revisar y aprobar los informes a que se refiere el número 8.2 de estas bases, planteando
al oferente las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes,
certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al profesional en el ámbito de sus competencias.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de
los objetivos y de los servicios contemplados.
d) Solicitar en cualquier momento, información acerca de las actividades realizadas.
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DEL CONTRATO |
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9.1 Cesión de contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un tercero
las obligaciones que emanan de la presente licitación.
9.2 Modificación Del Contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los
mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se
evaluará y propondrá al mismo la eventual modificación del contrato, incluyendo las
prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 30% al originalmente propuesto.
Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto
administrativo, totalmente tramitado.
Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados y
adjudicados.
9.3 EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de licitación, en el
contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del servicio contratado, el Servicio
Nacional para la prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá aplicar al
prestador, las sanciones de amonestación, multa y/o término anticipado.
Teniendo en consideración que el prestador es evaluado cada 3 o 6 meses por la prestación de
sus servicios, las causales de amonestación y multas se encuentran vinculadas al puntaje
obtenido en las evaluaciones. Asimismo, algunas causales de término anticipado de contrato
también se encuentran vinculadas al puntaje obtenido.
Así, de acuerdo a la pauta de evaluación de la ejecución del servicio especializado que consta
en el anexo N°10 de las presentes bases, existen 8 diferentes criterios que se evalúan de
acuerdo al cumplimiento de condiciones indicadas en el mismo instrumento. Los criterios
señalados se pueden evaluar con puntajes 1, 2, 3 o 4, siendo el puntaje “1” un cumplimiento
muy deficiente y el puntaje “4” un cumplimiento excelente.
Explicado lo anterior, solo se aplica sanción a la obtención de un criterio en puntaje 1 y/o 2, de
acuerdo a lo que se indica a continuación:
Criterio Puntaje
1
Puntaje
2
1. Plan anual de trabajo de
cada centro asesorado
Menos del 60% de los centros
asesorados no cuentan con el plan
anual de trabajo actualizado
Entre el 60% y 79% de los centros
asesorados cuentan con el plan anual de
trabajo actualizado
2. Gestión de la calidad
Menos del 40% de los centros
presentan asesoría en la
utilización de al menos 2 de los
siguientes instrumentos
metodológicos de gestión de la
calidad
1. Ficha de monitoreo de
resultados,
2. Ciclo de mejoramiento continuo,
3. Satisfacción usuaria,
4. pauta de evaluación técnica
Entre el 40% y 59% de los centros
presentan asesoría en la utilización de al
menos 2 de los siguientes instrumentos
metodológicos de gestión de la calidad
1. Ficha de monitoreo de resultados,
2. Ciclo de mejoramiento continuo,
3. satisfacción usuaria,
4. pauta de evaluación técnica
3. Asesoría clínica:
Evaluación Integral, Planes
de Tratamiento
Individualizado (PTI) y
análisis clínico
Menos del 40% de los centros
asesorados cuentan con asesoría
clínica, en relación a:
- Evaluación integral,
- PTI y
- Análisis clínico.
Entre el 40% y 59% de los centros
asesorados cuentan con asesoría clínica,
en relación a:
- Evaluación integral,
- PTI y
- Análisis clínico.
4. Gestión de la
información y registros
Menos del 40% de los centros son:
- Monitoreados a través de
SISTRAT de manera continua, a
lo menos una vez al mes,
- Monitoreados respecto del registro
oportuno en Ficha Clínica -
Asesorados en el uso de la
información de SISTRAT para la
evaluación de procesos y
resultados, a lo menos dos veces
al año.
Entre el 40% a 59% de los centros son:
- Monitoreados a través de SISTRAT de
manera continua, a lo menos una vez al
mes,
- Monitoreados respecto del registro
oportuno en Ficha Clínica,
- Asesorados en el uso de la información
de SISTRAT para la evaluación de
procesos y resultados, a lo menos dos
veces al año.
5. Cumplimiento de
asesorías programadas (*)
No cumple con 3 o más de las
asesorías programadas y no
justifica (**).
No cumple con 2 de las asesorías
programadas y no justifica (**).
6. Información de
actividades
El 30% o más de las actividades
programadas en el período
evaluado no ha sido informado al
encargado de tratamiento regional.
Entre el 29% y 20% de las actividades
programadas en el período evaluado no
ha sido informado al encargado de
tratamiento regional.
7. Participación en
instancias de coordinación
y capacitación
desarrolladas por SENDA y
previamente convocadas
Participa en menos del 60% de las
reuniones, jornadas e instancias
de capacitación, desarrollados por
SENDA y previamente
convocadas.
Participa entre el 60% y 74% de las
reuniones, jornadas e instancias de
capacitación, desarrollados por SENDA y
previamente convocadas.
8. Procedimiento Alertas
Preventivas (revisa
dotación de recurso
humano, registro SISTRAT
e infraestructura del
programa).
Aplica el procedimiento de alertas
preventivas en menos del 40% de
las visitas realizadas a los centros
asesorados.
Aplica el procedimiento de alertas
preventivas entre el 40%y 59% de las
visitas realizadas a los centros
asesorados.
9.3.1. AMONESTACIÓN
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la
cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la
enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento
de reincidir.
SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento tardío a la
entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos
establecidos en el artículo 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases.
Causales de amonestación
a) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 1 en uno o dos criterios.
b) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 2 en uno, dos o tres
criterios.
9.3.2.- MULTAS:
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
cobrará una multa de 10 UF al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con
incumplimientos de las obligaciones contempladas en el contrato, aplicables en los siguientes
casos:
a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 3 a 5 criterios con puntaje 1.
b) Si en una misma evaluación el prestador presenta 4 o más criterios con puntaje 2.
c) Si en una 2da evaluación el prestador tiene 1 o 2 criterios con puntaje 1.
d) Si en una 2da evaluación el prestador tiene de 1 a 5 criterios con puntaje 2.
e) Si en una 3era evaluación el prestador tiene de 1 a 3 criterios con puntaje 2.
En todo caso, el monto total acumulado de las multas que se impongan durante la vigencia
contractual no podrá exceder del treinta por ciento (30%) del precio total del contrato, de
conformidad con el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
9.3.3. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol
podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 6 o más criterios en puntaje 1.
b) Si en una segunda evaluación el prestador presenta de 3 a 5 criterios en puntaje 1.
c) Si en una segunda evaluación el prestador presenta de 6 a 8 criterios en puntaje 2.
d) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 1 o 2 criterios en puntaje 1
e) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 4 o 5 criterios en puntaje 2
f) Por incumplimiento grave, debidamente calificado de obligaciones esenciales del
servicio contratado, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol (SENDA) podrá poner término anticipado al contrato, mediante acto
administrativo fundado únicamente en los siguientes casos:
f1) Si el prestador se niega a ejecutar o no ejecuta instrucciones técnicas impartidas
por escrito por SENDA, destinadas a corregir una situación crítica que comprometa
la oportuna entrega de herramientas al equipo técnico clínico, la adecuada
coordinación con SENDA Regional o con las demás instituciones vinculadas al
servicio, y dicha omisión persiste pese a requerimiento formal de cumplimiento.
f2) Si el prestador, en el marco de visitas, monitoreos o asesorías, toma
conocimiento de una situación crítica que implique un riesgo grave o inminente para
la continuidad, seguridad o calidad del tratamiento y no informa de manera inmediata
al Encargado de Tratamiento de SENDA por los canales formales definidos, o no
adopta las acciones de coordinación instruidas por SENDA para su abordaje.
Se entenderá por riesgo grave o inminente toda situación que represente una
amenaza seria y próxima para:
la vida, integridad física o psíquica, seguridad o salud de las personas
usuarias, del equipo de trabajo o de terceros vinculados al servicio; o
la continuidad o calidad del tratamiento, de modo tal que pueda generarse un
daño relevante en su ejecución o resultados.
El riesgo será grave cuando sus posibles consecuencias puedan afectar
significativamente la seguridad de las personas o el adecuado funcionamiento del
tratamiento.
El riesgo será inminente cuando exista una alta probabilidad de ocurrencia en el corto
plazo, de forma inmediata o próxima, si no se adoptan medidas urgentes de
contención, mitigación o corrección
f3) Si el prestador presenta, entrega o utiliza información o respaldos falsos,
adulterados o manifiestamente inveraces respecto de actividades ejecutadas,
monitoreos, asesorías, resultados o entregables del servicio, cuando ello
afecte la trazabilidad, fiscalización o control de la ejecución contractual.
g) Si el prestador o el ejecutor del servicio solicita o acepta donativos, ventajas o privilegios
de cualquier naturaleza para sí o para terceros;
h) Si el prestador o el ejecutor del servicio realiza actividades, utilizar personal, material o
información reservada o confidencial del SENDA para fines ajenos a sus labores;
i) Si el prestador o el ejecutor del servicio atenta contra los bienes del servicio, comete
actos que produzcan la destrucción de materiales, instrumentos o productos de trabajo o
disminuyan su valor o causen su deterioro;
j) Si el prestador o el ejecutor del servicio incita a destruir, inutilizar o interrumpir
instalaciones públicas o privadas, o participar en hechos que las dañen;
k) Si el prestador o el ejecutor del servicio no realiza las actividades planificadas durante
más de 3 días consecutivos sin justificación oportuna.
l) Si el ejecutor del servicio presenta condena por crimen o simple delito, siempre que la
naturaleza de los mismos tenga relación con las funciones que la persona debe desempeñar y/
o afecte al normal desempeño de sus funciones. No obstante, si el ejecutor es persona jurídica
o UTP y la condena le afecta al profesional que ejecuta directamente los servicios, podrá al
momento de tomar conocimiento de dicha condena solicitar el reemplazo del profesional
mediante lo indicado respecto de la vacancia definitiva siguiendo el procedimiento detallado en
estas bases, de no cambiar al profesional en el plazo allí indicado se aplicará esta causal y el
correspondiente procedimiento de término anticipado del contrato.
m) Si el prestador que al momento de contratar registraba saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los dos últimos dos años y no dio cumplimiento a la obligación de
imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o
no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
n) Si el prestador o el ejecutor del servicio efectúa cualquier tipo de cobro a algún centro de
tratamiento o a uno o más usuarios del programa.
o) En el evento que las multas aplicadas a la entidad por SENDA, fueren iguales al 30%
del monto total del contrato, según lo establecido en el numeral de la presente cláusula.
p) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante el proceso de
licitación, en particular, aquella que fue especialmente considerada en el proceso de evaluación
de propuestas.
q) Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un Procedimiento
Concursal de Liquidación y Renegociación, o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a
menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para
garantizar el cumplimiento del contrato.
r) Falta de disponibilidad presupuestaria para cubrir el pago de las prestaciones
contratadas.
s) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
t) Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere.
u) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
v) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de
autoridad que hagan imperativo terminarlo.
w) evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley
N°21595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que al proveedor se le imponga
la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la Ley
N° 20.393.
9.3.4. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de multas por este Servicio, el
Director Regional de SENDA le comunicará al prestador, mediante oficio, los hechos que
originan la sanción y su monto en caso de las multas.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán
mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el prestador
en su propuesta técnica. Se entenderá por notificado al día hábil siguiente desde el envío del
referido correo electrónico.
Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo electrónico, Senda podrá
efectuar dicha diligencia a través de carta certificada al domicilio proporcionado por el
prestador. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer
día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El prestador de servicios dispondrá de 5 días hábiles contados desde que se le haya notificado
el referido oficio, para efectuar sus descargos ante el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, acompañando todos los antecedentes y
pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren
fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que
desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la
o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las sanciones que correspondan,
dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y en la que se establecerá, si correspondiere,
el monto de la multa en pesos chilenos, de acuerdo al valor de la UF.
Con todo, el prestador podrá renunciar a su derecho a presentar descargos y proceder
directamente al pago, para lo cual se deberá considerar el valor de la U.F. correspondiente al
01 de enero del año en que se dictó el oficio.
Si el prestador ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días
hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o
acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. De lo resuelto,
se notificará al contratista por correo electrónico.
En virtud de lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el prestador podrá
presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre. Si el contratista no
presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio
de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo
cuerpo legal.
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el contratista podrá pagar la multa voluntariamente
en un plazo de 30 días corridos desde notificada la resolución. No obstante, si el proveedor no
paga directamente la multa, SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de
cualquiera de los pagos que SENDA le corresponda efectuar respecto de cualquiera de sus
contrataciones de análoga naturaleza, o satisfacer el monto de aquélla haciendo efectiva la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, lo que deberá informar al prestador
mediante oficio.
Para todos los efectos, el valor de la multa se deberá calcular de acuerdo al valor de la UF que
indica el Banco Central de Chile, al 01 de enero del año en que dictó el oficio que comunicó los
hechos que originaron la multa.
La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pueda poner término anticipado al contrato
si se configuran las causales previstas en el siguiente título, de la presente cláusula.
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DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS |
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El profesional adjudicado deberá ejecutar los servicios contratados a partir de lo indicado las
presentes bases, debiendo mantener la continuidad de los mismos conforme a lo requerido.
10.1 De la Vacancia temporal del cargo contratado con persona jurídica
En caso de vacancia temporal del cargo, esto es, por un período igual o superior a 30 días
corridos, la entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de
tratamiento regional, el Anexo 9A, comunicando dicha vacancia, dentro de los 5 días corridos
de acaecida. En tal caso, el formulario deberá contar con la siguiente información:
1. Nombre del Profesional;
2. Periodo de cese de funciones;
3. Profesional que suplirá el cargo con sus antecedentes académicos y profesionales;
Es importante señalar que, habida consideración de la especialidad del cargo, el profesional
suplente, deberá contar, al menos, con las mismas aptitudes y características académicas y
profesionales que el titular del cargo. Por lo anterior, recibido el formulario por el encargado de
tratamiento regional, este, podrá aprobarlo o rechazarlo, para lo cual, en el segundo caso, la
entidad deberá, dentro del plazo de 5 días hábiles, subsanar las observaciones o presentar otro
profesional que cumpla con los requisitos. Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá
por no presentado el formulario, transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa
correspondiente.
10.2 De la vacancia definitiva del cargo con persona jurídica
La entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de tratamiento
regional, el Anexo 9B comunicando la vacancia definitiva del cargo con la siguiente
información:
1. Nombre del Profesional;
2. Periodo de cese de funciones;
3. Profesional suplente y/o definitivo que suplirá el cargo con sus antecedentes
académicos y profesionales;
Con todo, si la entidad, al momento de comunicar no cuenta con un profesional definitivo que
asuma el cargo, deberá informar al encargado de tratamiento regional de dicha situación,
presentado un plan de mitigación y estado de la ejecución de las obligaciones hasta el
momento, pudiéndose en tal caso, otorgarse a la entidad, un plazo extraordinario de 5 días
hábiles para presentar una propuesta de profesional, en calidad de titular del cargo.
Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario,
transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa correspondiente, pudiendo SENDA dar
término anticipado al contrato en caso de presentarse una nueva solicitud de vacancia
definitiva, para lo cual, el encargado de tratamiento regional o quien se designe, deberá
presentar un informe debidamente fundado, justificando tal decisión.
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