Licitación ID: 660872-13-LP25
PRODUCCIÓN GENERAL TRENES CULTURALES 2025
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 57
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Organizaciones de eventos culturales 1 Unidad
Cod: 93141701
PRODUCCIÓN GENERAL TRENES CULTURALES 2025  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PRODUCCIÓN GENERAL TRENES CULTURALES 2025
Estado:
Cerrada
Descripción:
generar instancias de acceso, encuentro y participación en torno a actividades artísticas culturales, los días 27 y 28 de diciembre del 2025
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Secpla
R.U.T.:
69.220.200-7
Dirección:
Calle San Francisco 413
Comuna:
Puerto Varas
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-11-2025 17:00:00
Fecha de Publicación: 18-11-2025 8:02:00
Fecha inicio de preguntas: 18-11-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 20-11-2025 17:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-11-2025 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-11-2025 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-11-2025 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 07-01-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Reunión Técnica 20-11-2025 11:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°2. “DECLARACIÓN JURADA SIMPLE” (Conflictos de interés, solo para Uniones Temporales de Proveedores), suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, agregado por la ley N° 21.634 y lo instruido por Contraloría General de la Republica mediante oficio E69939 emitido el 28 de abril de año 2025.
2.- Anexo N°3. “DECLARACIÓN PARA UNIÓN TEMPORALES DE PROVEEDORES” (solo para Uniones Temporales de Proveedores), En caso de que el oferente lo haga bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el organismo licitante verificará la información a través de dicho registro, para cada uno de los integrantes de ésta. Todos los anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de cada persona jurídica que forman parte de la UTP, según corresponda. Solo en caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N° 3 deben ser completado por cada uno de sus integrantes. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la mesa de ayuda del portal de compras públicas www.mercadopublico.cl , fono 600 7000 600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cabe destacar que, si se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un comprobante de envío de oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas del sistema.
3.- Copias simples de Escritura Pública de constitución de la Sociedad y modificaciones en su caso, en que conste la personería del o de los Representante(s) Legal(es) de la empresa, e inscripciones en el Registro de Comercio, en caso de que el oferente sea Persona Jurídica.
4.- Certificado de vigencia de la Persona Jurídica y personería de sus Representantes Legales, extendido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio correspondiente, o quien corresponda, con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha de cierre de la recepción de ofertas, en caso de que el oferente sea Persona Jurídica.
5.- Fotocopia del Rol Único Tributario de la Persona Jurídica, o del oferente, en caso de que sea Persona Natural.
6.- Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad (por ambos lados) del Representante Legal, en caso de que el oferente sea Persona Jurídica.
7.- Anexo N°1 “PRESENTACIÓN DEL OFERENTE”, el que deberá ser llenado según corresponda y adjuntado, debidamente firmado por el oferente/Representante Legal, u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para Representar a la empresa.
8.- Declaración Jurada a través del portal: Los proveedores sólo deben estar inscritos en forma gratuita en la plataforma www.mercadopublico.cl para poder ofertar en procesos de compra que publican los organismos de Estado. Para ello se les solicitará firmar en línea una Declaración Jurada que muestra que cumplen con los requisitos normativos para ofertar al Estado, los que se describen a continuación.
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°4, “OFERTA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS”. La NO presentación del documento anterior, determinará que la oferta presentada, podrá ser declarada inadmisible, por no contener oferta técnica o parte de ella.
 
2.- Anexo N°7 Programa de Integridad
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 5, “OFERTA ECONÓMICA”. En este anexo se deberá indicar el monto neto, IVA y monto total. El formulario oferta económica será el único válido para la presentación de la propuesta, no sirviendo ningún otro, aunque sea legalizado. Los formularios referidos deberán entregarse completos y debidamente firmados por el oferente, caso contrario se entregará puntaje según lo indicado en criterios de evaluación. En el caso de que los oferentes no presenten coincidencia entre la “OFERTA ECONÓMICA” que detallen en el anexo y la oferta económica ingresada al sistema a través de la ficha electrónica, se considerará la oferta ingresada en el anexo, lo mismo en caso de que exista contradicción entre la oferta ingresada a través de la ficha electrónica, y algún documento anexo, se considerará la oferta ingresada en el anexo. Todo esto aplicando las sanciones necesarias según los criterios de evaluación de las ofertas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica Remitirse al punto 16.1 letra a) de las bases administrativas. 70%
2 Oferta económica Remitirse al punto 16.1 letra b) de las bases administrativas. 25%
3 Cumplimiento Requisitos Formales Remitirse al punto 16.1 letra c) de las bases administrativas. 4%
4 Programa de Integridad Remitirse al punto 16.1 letra d) de las bases administrativas. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Extrapresupuestario
Monto Total Estimado: 120000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gladys Lorena Burgos Oyarzún
e-mail de responsable de pago: lorena.burgos@ptovaras.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
Fecha de vencimiento: 02-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: Esta garantía se otorgará para caucionar el fiel cumplimiento del contrato una vez formalizado, la que acredita las obligaciones que se han estipulado en el documento. De esa forma se podrá indemnizar al asegurado si es que no se cumple con lo definido en el acuerdo.
Glosa: Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “PRODUCCIÓN GENERAL TRENES CULTURALES 2025”, (en aquellos casos que el banco no incorpore dicha información, esta información deberá ser incluida por el oferente al reverso de este y firmado en señal de conformidad).
Forma y oportunidad de restitución: La Unidad Requirente deberá revisar y remitir la garantía a la Dirección de Administración y Finanzas para su custodia. La devolución de la garantía se hará previa solicitud del contratista a la Unidad Técnica una vez que se haya aprobado el decreto de Recepción Provisoria sin observaciones. La garantía será devuelta al contratista a su solicitud, previa presentación de la garantía bancaria para caucionar la correcta ejecución de las obras, una vez que se haya dado término a la ejecución de la misma y recibido conforme sin observaciones.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, podrá realizar una nueva adjudicación o re adjudicación, según lo indicado por el Artículo 58 del reglamento 661 de ley de compras públicas, así como en los siguientes casos: •El oferente adjudicado no acepte la orden de compra dentro de 5 días corridos desde que la orden de compra se encuentre en estado “ENVIADA A PROVEEDOR”. •Si el oferente adjudicado, previo a la perfección del contrato, figurase en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado en estado inhábil. •Si se descubre en cualquier momento, entre la adjudicación y la firma del contrato, que el oferente adolece de alguna inhabilidad para contratar con el Estado. •El oferente pretende modificar su oferta una vez adjudicado o se negara a dar cumplimiento de esta. •También se podrá re adjudicar en caso de que se compruebe algún error en el acta de evaluación propuesta. •El adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro de los plazos establecidos. •No constituye la UTP de acuerdo a lo establecido en bases. La nueva adjudicación, que se efectuará mediante acto administrativo totalmente tramitado, recaerá en el oferente que haya obtenido el siguiente más alto puntaje y así sucesivamente.
Resolución de Empates

En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.

ORDEN DE APLICACIÓN

REGLA O PAUTA PARA DIRIMIR EMPATES

Primero

Criterio Técnico

Segundo

Oferta Económica

Tercero

Experiencia en la producción de eventos masivos igual o superior a 3000 personas

Cuarto

Asistencia visita a terreno[JKR1] 

Quinto

Programa de Integridad


 [JKR1]Ver definición de Reunión Técnica o Visita a Terreno


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar respecto al resultado del proceso de adjudicación, consultas referidas a la misma, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a licitaciones@ptovaras.cl , en un plazo no superior a 3(tres) días corridos contados desde la notificación a través del portal de la resolución de adjudicación, unidad que entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

Recepción Conforme
La Recepción conforme será registrada en el portal Mercado Público y constituye el hito que habilita el cómputo del plazo para el pago, conforme a lo estipulado en el artículo 2° de la Ley N° 21.13. La recepción deberá emitirse en un plazo no superior a diez (10) días corridos desde la prestación del servicio, salvo que el municipio a través de su unidad requirente presente observaciones fundadas, dentro de dicho plazo. En caso de existir observaciones o reparos, el adjudicatario tendrá un plazo de ocho (8) días hábiles para subsanarlos. Durante este período, el cómputo del plazo de treinta (30) días para el pago quedará suspendido, y se reiniciará una vez que las observaciones hayan sido subsanadas y se haya registrado la Recepción Conforme. El adjudicatario podrá emitir su factura una vez efectuada la Recepción Conforme de la Orden de Compra a través del portal de Compras Públicas.
Pago
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley N°19.886 (Decreto Supremo N°661/2024), y en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N°12.131, que regula el pago a treinta (30) días corridos, contados desde la Recepción Conforme de la factura y la respectiva orden de compra, debidamente registrada en el Sistema de Información de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl) El pago se efectuará únicamente respecto de los productos efectivamente entregados y que hayan sido debida y conformemente recepcionados. La Recepción Conforme deberá ser certificada por la unidad requirente.
Montos y Respaldo de Pago
El monto a pagar será el indicado en la orden de compra, según los detalles indicados. El pago estará limitado exclusivamente a los servicios efectivamente entregados. Cualquier diferencia entre el monto facturado y los productos realmente entregados será objeto de una observación al proceso, la cual deberá ser resuelta antes de la Recepción Conforme. Asimismo, el pago deberá ser respaldado por los siguientes documentos: •La factura debidamente emitida y de acuerdo a lo establecido Ítem III, punto 2., “PAGOS”. • Ordenes de Ingreso a Bodega (si las hubiere) • Listado de entrega. •Imágenes de los productos adquiridos. •Cualquier otro documento que acredite la entrega los productos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.