BASES ADMINISTRATIVAS
CONVENIO DE SUMINISTRO "PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA 2023, COMUNA DE LAJA".
1. GENERALIDADES
La Municipalidad
de Laja llama a Licitación Pública,
a través del portal Mercado Público para contratación del convenio de suministros denominado "PLAN
NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA 2023, COMUNA DE
LAJA".
1.1. Descripción:
La Municipalidad de Laja requiere
contratar el servicio de proveedores con el objetivo de ejecutar servicio de esterilizaciones de caninos y felinos, machos y hembras, con y sin
dueño o responsable de su cuidado, que habiten en la comuna de Laja. Cabe destacar, que la implantación
del microchip está sujeta a la esterilización de la mascota.
En total se deben realizar 1.000 esterilizaciones, distribuidas
según especie en 600 caninos y 400 felinos.
El
oferente debe considerar una capacidad mínima por jornada(día) de 50
intervenciones.
Lo
anterior se deberá
trabajar de manera conjunta con la inspección técnica del servicio.
Se emitirán órdenes
de compra por la cantidad de servicios
requeridos por la Unidad Técnica, con pago de acuerdo con el valor ofertado y aceptado por la municipalidad.
La
Inspección Técnica del Servicio emitirá las órdenes de compra en acuerdo con el
adjudicatario y en función a la planificación de los operativos El oferente
debe considerar a lo menos 7 meses para procedimientos de esterilización con
implantación de microchips.
El material
de difusión tales como; pasacalles, pendón, volantes informativos y papelería, así
como la adquisición de microchips, lector de microchip y pistola lectora de código
de barra, será de cargo del oferente.
1.2.
Responsables:
Mandante: I. MUNICIPALIDAD DE LAJA.
Financiamiento: SUBDERE.
Presupuesto Disponible Total: $28.600.000.- con todo tipo de impuestos,
permisos y derechos incluidos; de
presentar oferta por un monto mayor serán considerados inadmisibles. Los
oferentes deberán utilizar
el total del monto disponible. Al consistir en una iniciativa con fondos SUBDERE,
es esencial y absolutamente
gratuito para la comunidad, no puede existir
cobro, ni exigencias de insumos o útiles de aseo de ningún tipo.
Vigencia del convenio de suministro: 12 meses
(considerando procedimientos médicos, administrativos y de cierre) en
consideración a la carta Gantt, emitida por oferente.
1.3.
Conceptos:
Esterilización: Procedimiento quirúrgico
realizado a caninos y felinos, que
impida de forma permanente la reproducción
en machos y hembras y aparición de celo en hembras.
Esterilización Temprana: Procedimiento
quirúrgico realizado a partir desde
los 2 meses de edad, siempre bajo el
criterio médico veterinario.
Guía
de Protocolos Médicos: Establece exigencias
tanto en los equipos, implementos e insumos
utilizados, así como requerimientos de manejos, procedimientos y practicas por parte
de los equipos de trabajo, pueden ser descargados en la plataforma http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/admin/documentos.
Unidad de Compras:
SECPLAN, es la encargada del proceso de licitación hasta la adjudicación de la licitación.
Inspección
técnica del Servicio (ITS): Es la encargada de la supervisión del contrato
y la correcta operatividad en la ejecución de los servicios contratados, quien ejercerá
las siguientes funciones:
·
Supervisar, coordinar
y fiscalizar el cumplimiento de las bases para el oportuno cumplimiento del
contrato. Lo anterior teniendo al oferente como experto en la materia, el que
podría hacer sugerencias que la ITS podrá o no aceptar.
·
Tendrá las más amplias
facultades para efectuar las observaciones que le merezca el desarrollo del
contrato y exigir subsanarlas de manera inmediata u otorgando un plazo
prudencial, siempre y cuando se justifique.
·
Coordinar las acciones
que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.
·
Dar visto bueno y recepción
conforme de los servicios, como también la tramitación de pagos y cobro de
multas u otras sanciones.
·
El oferente deberá
mantener informada a la inspección técnica del servicio, sobre la etapa en que
se encuentra el contrato y de su desarrollo en general.
La Propuesta se realiza mediante la Modalidad
a suma alzada, sin intereses y sin reajustes. Las
cubicaciones son de responsabilidad exclusiva de cada oferente.
2.
APLICACIÓN
DE LAS NORMAS DE DERECHO
La presente
Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas y Técnicas, Guía de protocolos médicos,
Anexos, Documento de Consultas y Aclaraciones, si los hubiere, además del contenido de la
Propuesta aceptada.
Una vez adjudicada la Licitación,
todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada, serán obligatorios
y se entenderá que forman
parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y
sanciones por infracción.
Supletoriamente se aplicarán
las disposiciones legales
y reglamentarias que sobre la materia
contempla la legislación chilena.
El idioma español regirá para todo el
proceso de Licitación, para todos los documentos asociados. El formato
de los antecedentes o anexos a
subir en el Portal
debe ser en Word, Excel, JPG o PDF, sino cumpliesen
con esto quedaran fuera de bases.
Para
efectuar las ofertas en el portal Chile Compra los proponentes deberán individualizarse automáticamente con su
razón social para el caso de las sociedades; y tratándose de personas naturales
con su nombre complete. Queda expresamente prohibido el uso de diminutivos, seudónimos o individualización numérica.
El proponente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada. El orden de las ofertas
estará determinado por lo siguiente:
a.
Archivos digitales
consolidados: cada documento o antecedente requerido en las presentes bases,
independiente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.
b.
Subir archivos en el
Anexo que corresponde: los antecedentes que se solicitan en las presentes bases
son de carácter administrativo, técnico
y económico.
c.
Nombre de los archivos digitales: el nombre que se asigne
a cada archivo debe guardar
relación con el contenido de este y estar antecedido por la letra que
le corresponda, en atención al orden
que fijan las presentes bases.
d.
No es necesario que
los proponentes ingresen antecedentes adicionales a los requeridos
La omisión, distorsión o alteración de
cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases
Administrativas, será causal suficiente para declarar fuera de bases la
propuesta presentada. Los formatos de
los anexos se entregan en formato Word, en caso de que el oferente modifique el formato debe mantener los campos del formato original.
3.
ANTECEDENTES
3.1. Reglamentación.
Como
marco legal, para la ejecución del servicio contratado, se utilizará la
legislación vigente mencionada a continuación, así como todas las normas
relacionadas a ellos:
a. Ley N°
20.380 de Protección Animal.
b. Ley N°
21.646 Modifica Textos
c. Ley N°
21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía.
d. Código
Sanitario
e. Reglamento
de Control Reproductivo de Animales de Compañía.
f.
Reglamento de Control y Prevención de
la Rabia en el Hombre y los Animales.
g. Reglamento
de Productos Farmacéuticos de uso exclusivamente Veterinario.
h. Reglamento
de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos
autorizados.
i.
Protocolos Médicos SUBDERE vigente.
Además
de lo establecido en las presentes bases, las Bases Técnicas y las consultas y
respuestas que surjan en el periodo correspondiente, en el portal Mercado Público
a través del Foro de la Licitación (Aclaraciones que no afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes). Se entenderá
incorporadas también en su momento las instrucciones y correcciones en el
proceso de ejecución, que surjan de la Unidad Técnica, en cuanto no afecten el
objeto y calidad de lo contratado. Deberá respetarse toda normativa vigente y/o
nueva al momento de ejecución del servicio contratado en cualesquiera de sus
etapas, sea esta normativa municipal y/o de cualquier servicio implicado en
servicios de esta naturaleza.
3.2.
Documentos Adjuntos
Adjunto a estas bases se entrega:
•
Link
de Guía de protocolos médicos (http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/).
•
Link de Guía operativa Plan Atención Veterinaria(http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/)
•
Diseño de documentación Programa Tenencia
Responsable de Animales de Compañía entregados a oferente adjudicado.
•
Requisitos Esterilización (indicaciones para dueños/tutores/padrinos).
Ø Ficha clínica - identificación Paciente (foliada).
Ø Consentimiento informado y declaración Simple y entrega paciente
(con Código de Proyecto y Etiqueta del Microchip).
Ø Cuidados
Procedimiento quirúrgico - Esterilización (indicaciones
y cuidados Post operatorios).
Ø Carnet de Salud.
•
Anexos: Guía de Protocolos Médicos SUBDERE, se establecen exigencias tanto en los equipos, implementos e insumos
utilizados, así come requerimientos de manejo, procedimientos y practicas por parte de los equipos de
trabajo, que permitan asegurar el éxito de las jornadas, la calidad, el
bienestar animal, un buen ambiente laboral, un buen trato a los usuarios y la promoción
constante de la Tenencia Responsable de Animales, la que debe ser
utilizada por todos los médicos y equipo que
trabajen en las jornadas.
4. INTERPRETACION
DE LOS ANTECEDENTES LICITACIÓN.
Para la interpretación
de los antecedentes de la licitación se regirá el siguiente orden de
presentación:
a. Documento de Consultas y Aclaraciones.
b. Bases Administrativas.
c. Guía de Protocolos Médicos.
d. Bases Técnicas.
e. Contrato.
5.
DEL SERVICIO
La presente licitación pública
contempla la contratación de servicios para la esterilización quirúrgica de
caninos y felinos, machos y hembras, sanos, con y sin dueño o cuidador
responsable, de mascotas que habiten en la comuna de Laja, con implantación
simultanea de microchip. Mediante la Licitación del Servicio en operativos
o jornadas de esterilización en las
localidades del sector urbano y rural de la comuna de Laja determinadas por la
Municipalidad, además de completar los antecedentes necesarios para proceder a
la inscripción en el Registro Nacional de Mascotas y Animales de Compañía.
6.
REQUISITOS DE LOS
PARTICIPANTES.
6.1. PARTICIPANTES
Sin
perjuicio de los requisitos establecidos para contratar, podrán participar
personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores
(UTP), sean chilenas o extranjeras, legalmente constituidas en Chile, y que no
se encuentren afectas a alguna de las inhabilidades que se señalan a
continuación establecidas en la Ley de Compras N°19.886 y su Reglamento Decreto
N°661.
Conforme
a los establecido en el artículo 154°, del Reglamento de la Ley de Compras
Públicas, quedarán excluidos de la licitación, por:
a.
Haber sido condenado
por algunos de los delitos concursales establecidos en el Título Noveno del
Libro Segundo del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en
los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo
tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97
del Código Tributario.
b.
Haber sido condenado
en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual
respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con
alguno de los organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta
de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
c.
Haber sido condenado
por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del
trabajador, según establece la ley.
d.
Haber sido condenado
por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro
II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley
N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones
en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo
contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas
terroristas y fija su penalidad.
e.
Haber sido declarada
inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones
financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco
Interamericano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en
Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco
Africano de Desarrollo.
f.
Haber informado,
según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras,
antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o
se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la
evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el
proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde
notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo.
g.Haber
sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida
dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija
normas para la defensa de la libre competencia.
h.
Haber sido condenado
a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de
la ley N° 20.393.
i.
Haber sido condenado
por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el
Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate
de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como
socio, accionista, miembro o participe con poder para influir en la
administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada
medida.
j.
Registrar una o más
deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o
superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin
que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio
sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se
encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia.
k.
Registrar deudas
previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores
dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad
competente.
l.
Encontrarse sujeto a
liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N°
20.720.
m.
Haber sido eliminado
o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la
Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y
162 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
n.
Haber sido condenado
por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar
actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada.
Lo
dispuesto en los párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente
mediante la presentación de una declaración jurada, conforme al Anexo N°2 de
las presentes BAE. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad
licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los
medios oficiales.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
6.1.
6.2. RESTRICCIONES
DE PARTICIPACIÓN
Podrán
participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido
condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales
del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro
de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras. Para
acreditar el cumplimiento de estos requisitos, la entidad licitante podrá
verificar esta información por medio de los medios oficiales disponibles para
el efecto.
Asimismo,
el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto
con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del
Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre
competencia.
Lo
dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente
mediante la presentación de una declaración jurada según el formato del anexo
N°2 (no excluyente) Declaración jurada simple (inhabilidades por condenas) de
las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad
licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los
medios oficiales disponibles.
Además,
los oferentes no podrán encontrarse afectos a ningunas de las causales de
incompatibilidad establecidas en el Artículo 35 quáter, de la ley N° 19.886, lo
que deberá ser declarado a través del Anexo N°3 Declaración jurada simple
(Conflictos de interés).
Tratándose
exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del
Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el
artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los
artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado. La entidad licitante verificará
esta información a través del Registro de proveedores de la Dirección de
Compras Públicas, que lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas
jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y
cohecho que indica. En caso de que el oferente lo haga bajo la figura de Unión
Temporal de Proveedores (UTP), el organismo licitante verificara la información
a través de dicho registro para cada uno de los integrantes de esta.
6.3. DE LA
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Los proveedores podrán asociarse entre
sí, como personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta,
con el fin de completar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas
propuestas y, en dicho caso, deberán formalizar la unión estableciendo la solidaridad entre las partes
respecto de todas las obligaciones que se generen con la Municipalidad, con una
vigencia no inferior a la vigencia de la contratación, mediante documento
público o privado, el que deberá acompañarse como antecedente para ofertar; en
caso que la licitación sea superior a 1.000 UTM, este deberá ser instrumento
público y ser presentado al momento de ofertar.
Se hace presente que la Unión Temporal
de Proveedores, debe estar integrada por una o más empresas de menor tamaño,
conforme a lo establecido en el artículo 178° del Reglamento de la Ley de
Compras Públicas. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedor
que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
Todo
lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 180° y siguientes, del
párrafo 2 capítulo XIII, del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y
articulo 51 y siguientes de la Ley de Compras Púbicas.
Las
participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas
naturales y/o jurídicas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando
expresamente que actúan de la forma señalada e indicar el nombre del
representante o apoderado común con poderes suficientes.
Como
consecuencia de la unión temporal de proveedores, la Municipalidad podrá exigir
a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las
obligaciones contraídas, cualquiera sea naturaleza. De igual forma, el pago
efectuado por la Municipalidad a cualquiera de sus integrantes, salvo que los
miembros de la unión establezcan a cuál de ellos ha de realizarse, será válido
y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido
satisfecha. Quienes participen de manera conjunta deberán presentar una única
propuesta que comprenda todos los antecedentes requeridos en estas bases para
las ofertas técnica y económica, respectivamente.
Al momento de
la presentación de la oferta los integrantes de una Unión Temporal de
Proveedores no podrán participar en otra licitación pública, artículo 54,
inciso segundo de la Ley 19.886.
No podrán
adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar
con las entidades conforme lo dispuesto en el artículo 58 inciso séptimo del
Decreto 661/2024, Reglamento de la Ley 19.886.
Para el caso de las Uniones
Temporales de Proveedores, los acompañantes del oferente quien realiza la
oferta en el portal deberán suscribir y enviar a través del portal, el Anexo
Nº1-UTP. Los requisitos mínimos para participar afectarán a cada integrante
de la Unión individualmente considerado.
Lo dispuesto en los párrafos
precedentes deberá ser acreditado por el oferente mediante la presentación de
una declaración jurada, conforme al Anexo N°2. Lo anterior, sin
perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta
información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales.
6.3.1 DE LA
FACTURACIÓN: En el caso de una UTP,
será el representante de esta, indicado en el documento de su constitución,
quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que
generen la ejecución contractual.
6.3.2
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: En el
caso de una UTP, son causales de término anticipado del contrato las
siguientes:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha
figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal
circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional
Económica.
b. Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal no cuente
con la autorización previa y expresa del órgano contratante, Artículo Nº183,
numeral 1 del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a
cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que
la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en
los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
6.1.
6.2.
6.3.
6.4. REQUISITOS PARA
CONTRATAR CON EL MUNICIPIO
Las personas que, al
momento de presentar sus ofertas, hayan sido condenados por prácticas
antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro
de los anteriores dos años. Quedarán también excluidos los oferentes que se
encuentren en la situación descrita en el inciso sexto del artículo 4° de la
Ley 19.886. Para acreditar lo anterior los postulantes deberán presentar
declaración jurada simple firmada por el representante legal que indique tal
circunstancia.
Las personas naturales que
sean funcionarios directivos del Servicio o que estén unidas a ellos por los
vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 56 de la Ley Nº
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado.
En caso de que el oferente
lo haga bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el organismo
licitante verificara la información a través de dicho registro para cada uno de
los integrantes de esta.
7. VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta
quedan obligados al mantenimiento de la
misma durante un plazo de al menos
90 (noventa) días corridos contados
desde la fecha de
Apertura de la Propuesta.
Las
ofertas se formularán en pesos y su valor
incluye todo gasto que irrogue
el cumplimiento del Contrato,
sea directo, indirecto o a causa de él.
8. SUFICIENCIA DE LA
OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar
su oferta, está en conocimiento de todo el estudio
de las bases de licitación, guía médica, bases técnicas, conocimiento de la Comuna,
riesgos, contingencias y demás factores
de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases.
9. INSTRUCCIONES PARA LA
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán
presentar sus ofertas a través del Portal, dentro del plazo de recepción de
estas, establecido en el cronograma de la licitación. Los oferentes podrán
presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas debe cumplir
íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones.
La oferta se compone de los
antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica,
según se detalla en los siguientes puntos de estas bases.
La falta de presentación de
cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos será condición
suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y
adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones o
de emplear otros mecanismos, en los términos que se establecen más adelante en
las presentes bases administrativas sólo para los casos que se señalan.
Las ofertas deberán
presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los anexos de las
presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en
formato editable en el Portal. En caso de que el oferente quiera complementar
su información, podrá hacerlo en archivos adicionales. Asimismo, los oferentes
podrán ingresar sus ofertas en documentos que no sean los anexos puestos a su
disposición, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada.
La sola circunstancia de
presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha
analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de
la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que
manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni
condiciones a toda la documentación referida.
Cuando haya
indisponibilidad técnica del Portal, circunstancia que deberá ser ratificada
por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente
certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho
servicio dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las
ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados
desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la
presentación de sus ofertas fuera del Portal.
Las
únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal
www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se
aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en
estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema,
de conformidad con el artículo 115 del reglamento de la Ley de Compras. Será
exclusiva responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias
para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los
oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal
electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el
previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de
acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los
archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo,
se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso
de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del
“Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede
ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será
posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad
del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de
ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del sistema,
pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual
será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de
cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá
asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes
que estime, debiendo descargar un nuevo comprobante.
9.1. ANTECEDENTES
ADMINISTRATIVOS EN EL PORTAL
Los
anexos enunciados a continuación deben ser ingresados a través del sistema
www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.
|
N°
|
DESCRIPCIÓN
|
SEGÚN FORMATO
|
|
1
|
Identificación
del Oferente
|
Anexo N° 1
Los oferentes que sean personas jurídicas deberán
acompañar, además, una copia escaneada en formato electrónico de su escritura
de constitución, su inscripción en el registro de comercio correspondiente, y
certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a
los 60 días.
Los oferentes que se encuentren inscritos en el
Registro de Proveedores en Mercado Público no deberán acompañar estos
documentos si ellos, u otros similares se encuentran disponibles en dicho
registro a la fecha de apertura de las ofertas.
|
|
2
|
Declaración Jurada Simple
|
Anexo N° 2 (Declaración Jurada Simple para Ofertar)
|
|
3
|
Declaración Jurada Simple
|
Anexo N° 3 (Conflictos de interés)
|
Todos
los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal
de la persona jurídica o representante de la UTP, según corresponda.
En
el caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedentes de carácter
administrativo, podrán presentarlo en un plazo de 48 horas contados desde el
requerimiento de la municipalidad a través del portal chile proveedores, se
exceptúan de esta opción la entrega de ofertas técnicas y económicas, las
cuales deberán ser entregadas antes del cierre de la licitación
9.2. OFERTA
TÉCNICA EN EL PORTAL
Los
anexos enunciados a continuación deben ser ingresado a través del sistema
www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
a)
Organigrama del
equipo de trabajo; (equipo mínimo de 5 personas;
entre 2 médico veterinario, 2 técnicos veterinarios y 1 administrativo), según
numeral 5 de las bases técnicas de la presente licitación, con detalle de las
principales funciones asignadas y los cargos según el personal que propone.
b)
Identificación y
curriculum vitae del equipo Médico Veterinario
(de cada médico veterinario propuesto en la oferta), según formato adjunto,
Anexo N° 4, además debe acompañar copia simple de certificado de título, con
posterior autentificación una vez adjudicado el contrato.
c)
Documentos para
acreditar experiencia del oferente o
integrante de la UTP, mediante certificados de ejecución de servicios de
esterilización con implementación de microchip, correspondiente a contratos con
entidades públicas. Se validarán servicios ejecutados en los últimos cinco
años, con detalle de las intervenciones ejecutadas
d)
Propuesta logística
de trabajo, donde se detalle el procedimiento
completo del servicio veterinario, desde su llegada al punto de ejecución (sede
social u otro recinto), hasta la salida de este.
e)
Carta de compromiso
firmada por el oferente en la cual se
certifica que contará con equipamiento e insumos solicitados en las presentes
bases, según formato, anexo N°4.
f) Carta
de compromiso firmada por cada Médico Veterinario; integrantes
del equipo propuesto que certifique su participación en el presente proceso
licitatorio, según formato, Anexo N°5.
9.3. OFERTA
ECÓNOMICA EN EL PORTAL
Se
deberá ingresar en el Portal Mercado Publico, en el ítem a ofertar. El oferente
deberá subir una oferta con el valor neto por servicio(unitario) de
esterilización, según formato del Portal Mercado Publico.
Además,
debe anexar Oferta Económica según formato (Anexo N° 6).
10. DE
LAS CONSULTAS,
CLARACIONES Y MODIFICACION DE BASES Y PLAZOS DE LICITACIÓN.
Las
Consultas se recibirán el día definido en el Cronograma de Licitación en
sistema de compras públicas. No se aceptará ni responderá ningún tipo de
consulta telefónica, vía fax u otro mecanismo informal.
La
Municipalidad de Laja, a través del Portal dará respuesta a las consultas
recibidas mediante el portal, el día definido en el Cronograma de Licitación,
por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
Durante
la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de propuestas
Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes a través
del Portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del reglamento de
compras la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes
hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de
evaluación. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones
no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás
oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción
a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de
los proponentes a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl.
De
dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto,
elabore la Comisión Evaluadora.
En
conformidad a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento de la Ley N°19.886, el
municipio podrá realizar modificaciones a las presentes bases de licitación,
como así también a las especificaciones técnicas y anexos, hasta antes del
cierre de la presentación de ofertas, lo que será aprobado mediante el
respectivo Decreto Alcaldicio, el que deberá ser publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. Y en caso de ser necesario, deberán otorgar un plazo
prudencial para que los participantes puedan estudiar los antecedentes y
adecuar sus propuestas.
11. DE
LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizará como máximo en la forma, fecha y
horario establecidos en estas Bases y en el Cronograma de Licitación. A menos
que se produzca la situación definida en el último párrafo del numeral 10.
12. DE LA APERTURA DE LAS
OFERTAS
La apertura de antecedentes es electrónica, se
realizará el día y hora señalado en el Cronograma de Licitación.
Con posterioridad a la apertura de los antecedentes
administrativos se abrirá la oferta económica del portal Mercado Público.
La facultad de declarar fuera de bases en caso de
que el incumplimiento referido se detecte en el proceso de apertura electrónica
o con posterioridad a la apertura durante el estudio y análisis detallado de
las propuestas presentadas, cuando se incurra en alguno de los incumplimientos;
la no presentación de antecedentes técnicos y económicos, o que estos no
cumplan requisitos señalados en las Bases.
Los proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de
plazo, será
sancionado
en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, según
lo indicado en los criterios de evaluación. Sin embargo, la no presentación dentro del plazo
fatal se declarará fuera de bases la oferta.
Si en la apertura de los
antecedentes, faltan documentos que forman parte de los antecedentes técnicos o
económicos o estos están incompletos, ilegibles o mal extendidos por el proponente,
en tales situaciones el proponente
será declarado fuera de Bases,
y no se evaluará, su Propuesta Económica.
Con
posterioridad a la apertura de los antecedentes administrativos se abrirá la
oferta econ6mica del portal Mercado Publico.
La facultad
de declarar fuera de bases corresponderá a la Comisión de Evaluación, en caso de que el incumplimiento referido se detecte en el proceso
de apertura electrónica o con posterioridad a la apertura durante el estudio y
análisis detallado de las propuestas presentadas, cuando se incurra en alguno
de los incumplimientos; la no presentación de antecedentes técnicos y
económicos, o que estos no cumplan requisitos señalados en las Bases.
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13. DE
LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La
municipalidad designara una Comisión para la evaluación de ofertas, a través de
Decreto Alcaldicio, la que estará conformada por al menos tres funcionarios,
dos funcionarios de DIMAAO y uno de la unidad de compras, quienes verificaran
en detalle que las ofertas cumplan las Bases de Licitación.
La
Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas
recibidas, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha de
apertura de la propuesta.
Las
Pautas de Evaluación que se considerarán en esta licitación serán:
|
FACTORES QUE EVALUAR
|
PORDERACIÓN (%)
|
|
Experiencia del oferente
|
40 %
|
|
Número de intervenciones ofertadas
|
30 %
|
|
Capacidad de respuesta clínica
|
10 %
|
|
Disponibilidad y capacidad anestésica
|
15%
|
|
Cumplimiento de requisitos formales
|
5 %
|
EXPERIENCIA
Solo se considera la experiencia del
oferente, o de los integrantes de la UTP, en caso de que aplique. Se validarán
mediante certificados de ejecución de servicios de esterilización de caninos y
de felinos con implantación de microchip, correspondientes a contratos con
entidades públicas. Se validarán
servicios ejecutados en los últimos
cinco años, con el detalle de intervenciones ejecutadas, de
acuerdo a lo indicado en el numeral 9.2, letra c).
|
EXPERIENCIA
|
|
Oferente acredita la realización intervenciones, acreditadas:
|
PUNTOS
|
|
PRIMERA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de esterilizaciones con implantación de microchip.
|
100
|
|
SEGUNDA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de esterilizaciones con implantación de microchip
|
75
|
|
TERCERA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de esterilizaciones con implantación de microchip.
|
50
|
|
CUARTA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de esterilizaciones con implantación de microchip
|
0
|
NUMERO DE INTERVENCIONES
|
Número de Intervenciones Ofertadas
|
PUNTOS
|
|
PRIMERA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de intervenciones con implantación de microchip.
|
100
|
|
SEGUNDA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de intervenciones con implantación de microchip
|
75
|
|
TERCERA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de intervenciones con implantación de microchip
|
50
|
|
CUARTA
MEJOR OFERTA en cuanto a cantidad total
de intervenciones con implantación de microchip
|
0
|
CAPACIDAD DE RESPUESTA CLINICA
Disponibilidad
de atención presencial de profesional médico veterinario, en caso de
presentarse complicaciones postquirúrgicas durante los 10 días posteriores a la
intervención.
|
CAPACIDAD
DE RESPUESTA CLINICA
|
PUNTOS
|
|
Atención profesional en 6 horas
|
100
|
|
Atención profesional en 12 horas
|
75
|
|
Atención profesional en 24 horas
|
0
|
DISPONIBILIDAD Y CAPACIDAD ANESTESICA
Se
considera como indicador clave en el nivel de atención, seguridad y complejidad
en los procedimientos quirúrgicos, la posibilidad de contar con diferentes
protocolos anestésicos permitiendo adaptar el manejo del paciente según su
especie, raza y condición clínica entre otros.
|
PROTOCOLO
ANESTESICO
|
PUNTOS
|
|
Anestesia parenteral e inhalatoria
|
100
|
|
Anestesia exclusivamente parenteral
|
75
|
CUMPLIMIENTO
DE REQUISITOS FORMALES
Solo
se consideran los antecedentes administrativos;
|
CUMPLIMIENTO
REQUISITOS
|
PUNTOS
|
|
Presentación
completa de los requisitos formales.
|
100
|
|
Oferente completa antecedentes administrativos emitidos durante las 48
horas desde la solicitud realizada por el foro inverso del portal
|
50
|
|
Oferente no completa los antecedentes administrativos omitidos,
solicitados por el foro inverso del portal, se desestimará la oferta
|
0
|
En el caso de existir igualdad
en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:
a) Número
de intervenciones ofertadas.
b) Experiencia.
c) Capacidad
de respuesta clínica
d) Disponibilidad
y capacidad anestésica
e) Cumplimiento
de los requisitos formales
La
evaluación establecerá un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se
ordenarán las ofertas, de acuerdo con el puntaje que hayan obtenido luego de
haberles aplicado los factores de evaluación con las correspondientes puntajes
y ponderaciones. Luego la comisión informara la evaluación de las propuestas al
Administrador Municipal.
La
comisión podrá dejar fuera de Bases a las oferentes que presenten
inconsistencias en sus antecedentes o que al revisar la documentaci6n se
observen anomalías, falsificaciones o adulteraciones de estos.
Ningún
oferente podrá alegar desconocimiento de las Bases y antecedentes, además de la
geografía de la comuna y vialidad de la zona y por el hecho de participar en la
licitación, se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la
Municipalidad en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada,
desde el punto de vista técnico.
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14. DE
LA FACULTAD DE ADJUDICAR Y READJUDICAR
La
Comisión de Evaluación, presentara al Administrador Municipal un acta de
evaluación, la propuesta más ventajosa para el servicio.
El
Municipio adjudicara la Licitación mediante Decreto Alcaldicio aquella oferta
que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según las criterios de
la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo
informado y propuesto por la Comisi6n Evaluadora. La adjudicaci6n se comunicará
mediante la publicación del Decreto Alcaldicio respective en el sitio
www.mercadopublico.cl
Conforme
a lo estipulado en la Ley N° 19.886, el Municipio podrá declarar las ofertas inadmisibles
cuando estas no cumplan las requisitos establecidos en las presentas bases;
declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien,
cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar
cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo,
siempre que cumpla con todos las requisitos señalados en estas bases.
El
Municipio podrá en caso de que el adjudicatario se rehúse a suscribir el
contrato, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la
evaluación de las ofertas y así sucesivamente hasta que no existan proponentes
a las cuales adjudicar dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde
la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan
algo distinto. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a
realizar un nuevo proceso de licitación.
Los
proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de
ninguna naturaleza.
Facultad de readjudicar en las siguientes casos:
a.
Si el adjudicatario
no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato y no suscribe el contrato en el plazo
estipulado, par causas atribuibles al adjudicatario.
b.
Si
el adjudicatario se desiste de su oferta.
15. LOS
SUBCONTRATOS Y TRASPASO DE CONTRATO
No se permite.
16. GARANTIAS
DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Previo a la formalización de la
contratación, el proveedor deberá entregar una garantía de fiel y oportuno
cumplimiento, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en
cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva y que
permita la Ley 19.886. La que deberá tener las siguientes características:
|
Beneficiario
|
Ilustre
Municipalidad de Laja.
RUT:
69.170.300-2
|
|
Pagadera
|
A la vista.
|
|
Vigencia
mínima
|
Todo el
plazo de ejecución del contrato, aumentado en 90 días corridos contados desde
la fecha de inicio del contrato.
|
|
Expresada
en
|
Pesos
chilenos.
|
|
Monto
mínimo
|
5% del precio total del contrato.
|
|
Glosa (exigible
respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de glosas)
|
“Para
garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del CONVENIO DE SUMINISTRO
"PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA 2023,
COMUNA DE LAJA".
|
|
Forma y
oportunidad de su restitución
|
A
petición escrita del proveedor, una vez terminado el contrato y realizada la
liquidación del contrato y se encuentre autorizada la devolución la garantía,
mediante aprobación por decreto Alcaldicio.
|
Las garantías serán verificadas su
autenticidad mediante consulta a las entidades que las emitan.
El proveedor deberá proporcionar el
contacto de la entidad que emitió la garantía (nombre, fono y mail), para
tramitar la autenticidad del documento presentado.
17. DEL
CONTRATO
Una
vez resuelta la adjudicación, esta se formalizará mediante la suscripción de un
contrato simple entre las partes. La firma del contrato deberá realizarse
dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la
resolución de adjudicación. Para ello, se establece el uso del formato de firma
electrónica avanzada.
Asimismo,
para suscribir el contrato, el oferente adjudicado, sea cual sea su calidad
jurídica, deberá presentar en el plazo antes indicado, la Garantía de fiel
cumplimiento de contrato, en los plazos y términos expuestos en las presentes
bases.
Si
el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo señalado, salvo caso
fortuito o fuerza mayor, facultará a la Municipalidad a adjudicar al segundo
oferente mejor evaluado o hacer un nuevo llamado de Licitación.
A medida que la ITS levante requerimientos de
esterilización al proveedor, se procederá con la emisión de la orden de compra
correspondiente. El proveedor deberá aceptar dicha orden a través del portal de
Mercado Público, para lo cual contará con un plazo de 5 días hábiles. La orden
de compra aceptada deberá ser adjuntada al momento de efectuar el cobro del
servicio respectivo.
18. DEL
PLAZO DE EJECUCIÓN
El
plazo máximo de ejecución del Servicio será de 12 meses a contar de la fecha de
aceptación de la adjudicación por parte del proveedor.
El
proveedor no debe dejar de considerar lo descrito en el numeral 1.1 vigencia
del convenio de suministro.
El
cumplimiento será fiscalizado por la ITS designada para velar por la correcta
ejecución de los servicios contratados, así como también por los plazos
estipulados.
Las
jornadas de esterilizaciones que requiera el municipio podrán ser efectuadas de
lunes a domingo.
El
proveedor deberá presentar un informe de actividades el que será visado por la
ITS, la que a su vez visará el informe final.
19. DEL
PAGO
El
pago se realizará en estados de avance por la cantidad de servicios requeridos
por la inspección del servicio, previa autorización y recepción conforme de la
ITS, quien solo autorizará el pago luego de la aprobación de todos los
respaldos escritos exigidos, recepción municipal de los documentos de respaldo
originales (fichas médicas y de
identificación de pacientes), contra la
entrega de informes y factura, debidamente recibida y visada por la ITS,
extendida a nombre de la Municipalidad de Laja, Rut 69.170.300-2, domiciliada
en Balmaceda N° 292, y deberá ser recibida en la Dirección de Medio Ambiente,
aseo y Ornato, de acuerdo a avances conforme a las esterilizaciones con implantación
de microchip realizadas en el periodo.
Dicho
pago será realizado mediante transferencia electrónica bancaria, para Io que el
proveedor deberá informar, junto con la entrega de la factura, el número de la
cuenta bancaria y demás antecedentes, a la que se debe realizar la respectiva
transferencia bancaria del pago.
En
el caso que se produzca la muerte de un animal entre el día de la cirugía y los
10 días de post operatorio, ésta no será pagada por el Contratante hasta
aclarar la situación.
19.1.
Para el pago de las
cuotas se requerirá de los siguientes documentos.
a)
Carta solicitud de
Proveedor.
b)
Estado de avance, o
estado de pago único o por avance del servicio, según corresponda.
c)
Factura electrónica a
nombre de la Municipalidad de Laja.
d)
Informe de
esterilizaciones realizadas durante el periodo visado por la Unidad Técnica.
e)
Certificado de
cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales respecto de los
integrantes del equipo que se ha desempeñado en el proyecto, si procediere.
f)
Fotocopia de la
Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos Formulario 29, cuando
proceda.
g)
Fotocopia de la (s)
boletas de honorarios de los integrantes del equipo de trabajo, firmado por la
empresa (Oferente), cuando proceda.
h)
Nómina de los
trabajadores o equipo de trabajo, según corresponda.
i)
Entrega de la
documentación escrita de las intervenciones ejecutadas (registro de
consentimiento e información ficha clínica), visada por la Unidad Técnica.
j)
Base de datos, de
intervenciones a cobrar en periodo, digital y física.
k)
Fotografías de cada
una de las jornadas realizadas. Se solicita, que las fotos se envíen, además,
por correo electrónico a la Unidad Técnica.
l)
Haber entregado a la
Unidad Técnica, en el plazo de tres días hábiles desde la ejecución de cada
operativo, el listado de mascotas intervenidas y registro auditable de
inscripción, en el Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y
Animales de Compañía: Ficha Clínica, Formulario Esterilización Consentimiento
informado y Declaración Simple.
m)
Durante el transcurso
de todo el contrato el oferente adjudicado deberá mantener actualizada la
página http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/ con las fichas de los operativos
(ficha de Identificación del paciente) realizados a la fecha de cada pago, será
requisito para su cancelación. La que será verificada por la Unidad Técnica de
Inspección.
n)
Certificado de
Conformidad de la Unidad Técnica de los trabajos ejecutados.
Será responsabilidad del proveedor el pago total
de imposiciones de su personal, la retención y pago
de impuestos y, en general, el cumplimiento de las Leyes Laborales, Sociales y
Tributarias, según corresponda.
En caso de
que la certificación (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones
Laborales y Previsionales, F30-1) señale el no pago de las cotizaciones
previsionales de algún trabajador,
la Municipalidad de Laja podrá retener el pago de las obligaciones que tenga a
favor del proveedor o pagar por subrogación a la institución previsional o al
trabajador.
La Municipalidad tendrá derecho a que la Inspección del Trabajo
respectiva Ie informe respecto de las eventuales infracciones que pudiera cometer el proveedor. Todo esto en conformidad a lo establecido por el Código del Trabajo, “Del Trabajo en
Régimen de Subcontratación y del Trabajo en Empresas de Servicios
Transitorios”.
Cabe
reiterar que la cancelación se realizará conforme
la entrega de todos y cada uno de los recién indicados documentos.
Se
entenderá por prestaciones conformes aquellas que
se encuentren aprobadas
informe favorable de la Unidad
Técnica.
En el caso de faltar algún antecedente
o efectuarse alguna observación, deberá subsanar la observación o acompañar el antecedente en su caso.
Luego, el proveedor podrá presentar la boleta de honorarios o factura (según
corresponda), por el monto equivalente al número de esterilizaciones realizadas y
aprobadas.
19.2.
Para el pago final,
será necesario presentar los siguientes documentos
Además de la documentación requerida para el estado
de Pago:
a) Acta de Recepción Definitiva del Servicio, aprobada
a través de Decreto Alcaldicio.
b) El documento de cobro deberá ser dirigido a:
Nombre:
Municipalidad de Laja R.U.T.: N 69.170.300-2
Dirección: Balmaceda N°292, Laja.
c) Haber entregado a la ITS, en el plazo establecido,
la ejecución de cada operativo, el listado de mascotas intervenidas y planilla
de inscripción en el Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y
Animales de Compañía; Ficha Clínica, Formulario Esterilización Consentimiento
informado y Declaración Simple.
19.3.
Factorización del pago
El
proveedor tendrá la obligación de informar oportunamente a la ITS en caso de
factorizar documentos de cobro. Tal notificación será a través de carta formal
ingresada por Oficina de Partes, vía correo electrónico ofpartes@munilaja.cl indicando que
procederá a factorizar, en el que deberá detallar Io siguiente; El número de la
factura, nombre del contrato, numero de la Licitación Pública, numero del
Estado de Pago.
La
Municipalidad se reserva el derecho a no cancelar mientras no esté cotejada la
información correspondiente. Será la Unidad Técnica, quien dé el pase para
factorizar e informará de esto a la Dirección de Administración y Finanzas.
No
será autorizada la factorización del documento de cobro, si Ie afecta una
multa.
20. RETENCIONES Y ANTICIPOS
No
se considera.
21. AUMENTO
PLAZOS
El proveedor podrá solicitar
aumento de plazo, si fuera necesario, todo esto en común acuerdo con la inspección,
si hubiere causales, para ello (según corresponda) y aprobación de la ITS con
antelación mínima de 10 días hábiles antes de que se cumpla el plazo
contractual. Si la petición fuere procedente, el Mandante dictará un Decreto
Alcaldicio autorizando la ampliación del plazo, previa coordinación y/o
consulta a la contraparte SUBDERE.
En caso de autorizarse la
ampliación del plazo, la garantía deberá ser reemplazada por otra, de acuerdo
con el nuevo plazo contractual, según documento entregado.
En la eventualidad de existir
un acontecimiento a circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito, que hagan
imposible continuar con el desarrollo del servicio, el proveedor deberá
formalizar por escrito ante la Unidad Técnica de esta situación, al menos con 5
días desde producido el evento o acontecimiento. Si la petición fuere
procedente, la Municipalidad dictará un Decreto Alcaldicio donde autoriza la
paralización del plazo del contrato.
Se entenderá como fuerza mayor
o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias:
a)
Que se produzca el atraso en forma
independiente de la voluntad del proveedor.
b)
Que el hecho sea imprevisible,
inesperado o sorpresivo.
c)
Que el hecho sea insuperable.
d)
Que se produzca la imposibilidad de
ejecutar la obligación.
e)
Otra situación, que será calificada
por el Municipio.
f)
No tener inscritas, la totalidad de
las mascotas intervenidas en el Registro Nacional Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía.
En el presente caso, el
proveedor deberá mantener vigente la garantía durante este periodo, y deberá
reemplazar el documento de garantía al momento de la reactivación del plazo,
teniendo presente el nuevo plazo contractual y en las mismas condiciones que la
mencionada originalmente.
22. TERMINO
ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad podrá poner término anticipado o
modificar el contrato, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las
causales establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas en
relación con el artículo 77 de su Reglamento, a saber:
1)
Por resciliación o mutuo acuerdo entre
los contratantes.
2)
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas para el proveedor, entendiendo por ello:
•
El retardo superior a 15 días en
prestación del servicio o ejecución de una actividad o aplicación de multas en
4 ocasiones.
•
Si el proveedor no procedió en los
animales intervenidos a la extracción de los órganos reproductivos, ovario
histerectomía en hembras y orquiectomía en machos.
•
Si el proveedor no realizó el implante
del respectivo microchip en la mascota intervenida, a menos que la mascota
tenga microchip vigente.
•
Si el proveedor no marcó e identificó
a los animales intervenidos.
•
Si el proveedor realizó cobro de algún
servicio a los usuarios o prestó servicios adicionales a los contemplados en el
contrato, cobrando este último a los usuarios.
•
Si se sorprende que la realización de
los procedimientos quirúrgicos no fue efectuada por el o los profesionales
inscritos en la oferta o los suplentes aprobados por la Unidad Técnica.
•
La utilización en la ejecución del
encargo de materiales o insumos defectuosos o de calidad inferior y/o insumos
insuficientes a la especificada en las Bases y requeridos por el Proyecto.
•
Si el proveedor no reporta los
animales fallecidos.
•
Si tasa de fallecimiento de pacientes es
mayor a 1 en 1000.
•
En general, no ceñirse a las
indicaciones técnicas.
•
Incumplimiento reiterado de las
instrucciones impartidas por la Unidad Técnica.
•
No entregar los documentos de garantía
cuando corresponda.
3) El estado de notoria insolvencia del
proveedor, a menos que mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento
del contrato.
4) Por exigirlo el
interés público o la seguridad nacional.
5) Por caso fortuito o
fuerza mayor, debidamente calificado por la Municipalidad.
23. OBLIGACIONES
DEL PROVEEDOR
a.
El proveedor será el
único responsable de la licitación frente a la Municipalidad y terceros. Todo
daño o perjuicio de cualquier naturaleza no atribuible a un fenómeno natural,
que, con motivo de la ejecución del servicio contratado, se ocasione a/o en
bienes nacionales de uso público, mobiliario o bienes de terceros, que
deteriore o destruya los elementos materiales del servicio u ocasione pérdida
de materiales de la infraestructura facilitada, será de exclusiva
responsabilidad del proveedor, debiendo repararlos a su costo.
b.
El proveedor debe
cumplir con todas las disposiciones pertinentes de la Ley N°16.744, sobre
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, aparte de las
disposiciones del artículo 66 bis,
que se indica y además
deberá cumplir con la normativa vigente relativa
a la Ley N” 20.123 y Reglamento que regula el trabajo en régimen de
subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios y el Contrato de
Trabajo de Servicios Transitorios.
c.
Ejecutar el servicio
solicitado conforme a las presentes bases administrativas, términos de
referencia, normas legales e Instrucciones de la Unidad Técnica.
d.
En conjunto con el
contratante (representado en este caso por la Unidad Técnica) se deberán
agendar y concretar al menos 2 reuniones de coordinación y evaluación de los
operativos a ejecutar y ejecutados, esto deberá realizarse antes del primer
operativo agendado (1° reunión) y luego de terminado el 50% de las cirugías
contratadas (2° reunión). Lo anterior con la finalidad de prever imprevistos y
subsanar posibles deficiencias y/o descoordinaciones.
e.
Cumplir con las
jornadas de esterilización acordadas entre las partes.
f.
La presentación
oportuna y completa de la documentación para el pago del servicio.
g.
Mantener en optimas
condiciones los equipamiento menor incorporados para la ejecución del proyecto,
tales como lector d microchips, pistola lectora de código de barra y maquina
depiladora. Es equipamiento debe ser entregado a la Unidad Técnica una vez finalizado
el proyecto.
h.
Otras obligaciones
del contratista:
-
Sera obligación del
contratista responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la
incorrecta o extemporánea ejecución del servicio.
-
Cualquier efecto
negativo en la salud de los animales intervenidos, que pueda surgir como
resultado de la intervención quirúrgica, tales como muerte, complicaciones post
operatorias, estrangulación, laceraciones, sangrados u otras lesiones que
pongan en peligro, tanto la salud pública, como la del propio animal, y que
sean atribuibles al adjudicatario, serán de su exclusiva responsabilidad.
-
Sera obligación del
contratista responder por malos tratos a usuarios o funcionarios municipales.
-
El contratista está
obligado, especialmente, a dar cumplimiento a las obligaciones contractuales y
previsionales con sus trabajadores.
24. OBLIGACIÓN DE
REPOSICIÓN O CAMBIO DE INSUMOS O MATERIALES
La
Inspección Municipal podrá rechazar y ordenar el retiro de todo aquello que no
sea de calidad y especificaciones requeridas de acuerdo con las Especificaciones
Técnicas, Bases y Guía de protocolos Médicos 2024.
Estas
órdenes deberán cursarse por escrito al Proveedor, quien deberá proceder de
inmediato a ajustarse a los términos del Contrato sin que medie un mayor plazo
para la ejecución, como tampoco un mayor precio.
25. REMOCIÓN Y/O SUSTITUCIÓN DEL PERSONAL
Salvo que la Unidad Técnica autorice por escrito lo
contrario, el Proveedor no podrá efectuar cambio de los profesionales
propuestos. Si por cualquier motivo, no imputable al proveedor, como
jubilación, muerte, incapacidad médica, entre otros, fuera necesario sustituir
a un profesional, el proveedor deberá reemplazarlo con otra persona con
calificaciones similares a las del reemplazado, situación que deberá, en todo
caso, contar con la aprobación de la ITS. El Proveedor estará obligado a
presentar el Curriculum Vitae y fotocopia del certificado de título del nuevo
profesional antes de que participe directamente en las cirugías, siendo
indispensable la autorización anteriormente descrita (aprobación escrita). La
ITS podrá rechazar la persona suplente si considera que ésta no cumple
requisitos.
Si la ITS toma conocimiento de que algún profesional
ha cometido un acto, considerado como constitutivo de mala conducta o ha sido
acusado de haber cometido un acto criminal, o tiene motivos razonables para
estar insatisfecho con su desempeño, podrá solicitar su remoción mediante
solicitud por escrito, con expresión de causa, debiendo el Proveedor
reemplazarlo por otra persona cuyas calificaciones y experiencia sean
aceptables para la ITS.
El Proveedor no podrá reclamar costos adicionales o
incidentales originados por la remoción y/o reemplazo del profesional.
26. DE
LAS MULTAS
a)
Por incumplimiento
injustificado de las jornadas requeridas por la ITS y aceptada por el
proveedor, importará una multa de 0,001% del monto neto contratado, es decir,
excluido el Impuesto al Valor Agregado, por día de atraso, con un tope máximo
de 3 eventos que se incurran con esta causal.
b)
En caso de que falten
insumos o papelería durante la realización de un operativo, se aplicará una
multa de 1 UTM por jornada. Con un tope máximo de 3 eventos que se incurran con
esta causal.
c)
Por el incumplimiento
de los Términos de Referencia o de las Guías de Protocolos Médicos o Guía
Operativa, en las Jornadas de Esterilización, se aplicará una multa de 2 UTM
por evento. Con un tope máximo de 3 eventos que se incurran con esta causal.
d)
La aplicación de las
multas se hará sin forma de juicio y será deducido de los estados de pagos más
próximos, por vía administrativa.
e)
Por cada infracción o
aplicación de multa que se registre en la entrega del servicio contratado la
Unida Técnica deberá general un informe en que se detalle dicha infracción.
f)
El oferente adjudicado
que renuncia a la terminación del contrato sin cumplirlo totalmente será
sancionado con hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por
simple resolución administrativa.
g)
Sera labor de ITS
informar al oferente de las Multas a las cuales se encuentre afecto el
proveedor, pudiendo darse las siguientes situaciones:
a.
Si la ITS considerara
aplicar multas durante la ejecución del servicio, estas deberán descontarse del
estado de pago más inmediato.
b.
Se procederá a dar
término del servicio, después de haber aplicado multas en tres (3) ocasiones,
por incumplimiento del contrato.
c.
Los plazos del
oferente se contabilizarán desde que ingresa las cartas por Oficina de Partes
del Municipio y los plazos del ITS se contabilizaran desde que ingresan a la
respectiva Unidad Municipal.
Nota:
La UTM aplicable será la correspondiente al mes en que se verificó la falta.
27. DE
LA UNIDAD TECNICA Y DEL ACTA DE INICIO
Se
entiende por inspección técnica del servicio ITS al funcionario designado por
decreto Alcaldicio y quien asume el derecho y la obligación de fiscalizar el
cumplimiento del servicio.
a)
El proveedor
suministrará un libro foliado, autocopiativo y con hojas en triplicado, el cual
deberá estar presente en el lugar de la ejecución de las esterilizaciones y el
desarrollo de todas las actividades encomendadas, bajo custodia y
responsabilidad del oferente, en el cual se dejará constancia, entre otras
cosas, de:
b)
Las ordenes de la ITS,
dentro de los términos del contrato, que se impartan al proveedor y en general
al equipo que ejecuta el contrato. El Adjudicatario deberá someterse a las
instrucciones o resoluciones que imparta por escrito la Unidad Técnica, conforme
a los términos y condiciones de las Bases.
c)
Las observaciones que
se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.
d)
Cualquier comunicación
de orden técnico que deba realizarse entre el proveedor y la ITS.
e)
Dicho libro, deberá
entregarse al momento de la firma del acta de inicio del servicio.
f)
El incumplimiento de
una orden dará lugar a aplicar las sanciones indicadas en estas Bases.
g)
El control que ejerza
la Municipalidad por medio de la Inspección Técnica del Servicio, no libera al
Proveedor de la responsabilidad técnica que Ie cabe. La responsabilidad por la
calidad del servicio será exclusivamente del Proveedor.
28. CONFIDENCIALIDAD
Y PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS Y PRODUCTOS
Todos
los documentos, informes, planillas y productos presentados por el proveedor
adjudicatario pasaran a ser de propiedad de la Municipalidad de Laja.
El
Proveedor podrá conservar una copia de los documentos generados, no obstante,
no podrá utilizarlos de modo alguno para ninguna finalidad sin autorización
previa, por escrito, del Municipio.
29. RESPONSABILIDAD
DEL CONTRATANTE Y DE LA MUNICIPALIDAD
La
Municipalidad de Laja queda liberada de toda responsabilidad por cualquier tipo
de daños imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales,
que se produjesen con motivo del cumplimiento del Contrato, como asimismo de
las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los
que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario. Los
proveedores responden de toda indemnización que deba efectivamente pagar la
Municipalidad, quien podrá tomar, si lo desea, una Póliza de Seguro, que cubra
en parte o la totalidad de la posible indemnización.
30. RECEPCIÓN
CONFORME O DEFINITIVA
Una
vez cumplidas todas las jornadas establecidas y las esterilizaciones
contratadas, el oferente solicitará por escrito la Recepción del Servicio,
solicitud que deberá ingresar en la oficina de Partes de la Municipalidad de
Laja.
La
Unidad Técnica verificará el Fiel Cumplimiento del Contrato y demás
antecedentes de la licitación.
Una
vez verificado por la Unidad Técnica el cabal cumplimiento del contrato, ésta
dará curso a la recepción y levantará un Acta de Recepción Definitiva,
sancionada a través de Decreto Alcaldicio, lo que habilitará al proveedor para
la tramitación del último estado de pago.
Se
consignará como fecha de término del servicio, la fecha que haya indicado la
Unidad Técnica.
31. OTROS
Cualquier
otro aspecto no considerado en estas bases se resolverá en común acuerdo de las
partes.
MARÍA A. FAÚNDEZ R. RENÉ VIDAL LLANOS PROFESIONAL DIMAAO
DIRECTOR DIMAAO