Licitación ID: 812261-10-LQ20
SERVICIO DE TRASLADO DE MUESTRAS DE LABORATORIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 274
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de mensajería en bicicleta o motocicleta 1 Unidad
Cod: 78102206
DESPACHO DE MEDICAMENTOS DE PACIENTES A DOMICILIO DEL HOSPITAL LA FLORIDA, VALOR POR TRAMO CADA 30 ± 5 despachos  

2
Servicios de mensajería en bicicleta o motocicleta 1 Unidad
Cod: 78102206
DESPACHO DE EXAMENES Y OTROS DE LA RM, VALOR POR VIAJE TURNO DE LLAMADA  

3
Servicios de mensajería en bicicleta o motocicleta 1 Unidad
Cod: 78102206
DESPACHO DE EXAMENES Y OTROS, COSTO MENSUAL  

4
Servicios de mensajería en bicicleta o motocicleta 1 Unidad
Cod: 78102206
VALOR PROPORCIONAL POR CADA ENTREGA QUE SUPERE EL TRAMO HASTA LLEGAR AL TRAMO SIGUIENTE.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE TRASLADO DE MUESTRAS DE LABORATORIO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación del SERVICIO DE TRASLADO DE MUESTRAS para el Hospital de La Florida para que a través de uno o más adjudicatarios, se disponga en forma constante, continua y permanente de los servicios licitados, necesarios para responder adecuadamente a la demanda asistencial de pacientes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
convenios , operaciones , informatica
R.U.T.:
65.075.485-9
Dirección:
FROILAN ROA 6542
Comuna:
La Florida
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-12-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 03-12-2020 10:44:06
Fecha inicio de preguntas: 03-12-2020 12:00:00
Fecha final de preguntas: 08-12-2020 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-12-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-12-2020 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-12-2020 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 23-02-2021 23:42:09
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- CARPETA ADMINISTRATIVA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE DECLARACIÓN JURADA CONDICIONES DE EMPLEABILIDAD
Documentos Técnicos
1.- CARPETA TÉCNICA EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR REQUISITOS TÉCNICOS
 
Documentos Económicos
1.- CARPETA ECONÓMICA CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Requisitos Formales Según Punto 8.4.1 de las Bases de la Licitación 2%
2 Especificaciones Técnicas Según Punto 8.4.3.3 de las Bases de la Licitación 20%
3 Referencias egún Punto 8.4.3.2 de las Bases de la Licitación 5%
4 Evaluación Económica Según Punto 8.4.4 de las Bases de la Licitación 60%
5 Experiencia del Oferente Según Punto 8.4.3.1 de las Bases de la Licitación 10%
6 Condiciones de empleabilidad Según Punto 8.4.2 de las Bases de la Licitación 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Monto no es posible de estimar
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Gustavo Hernández
e-mail de responsable de pago: gustavo.hernandez@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Hernán Baeza Gallis
e-mail de responsable de contrato: hernan.baeza@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26121203-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza RUT 65.075.485-9
Fecha de vencimiento: 22-04-2021
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Garantizar la Seriedad de la Oferta para la Contratación del SERVICIO TRASLADO DE MUESTRAS ID 812261-10-LQ20
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato. Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza
Fecha de vencimiento: 28-04-2024
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de Servicio de Traslado de Muestras ID 812261-10-LQ20
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de cumplimiento del contrato, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término de su vigencia, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Administrador del Contrato, al término del convenio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
OBJETO
El objeto de la presente licitación es la contratación del SERVICIO DE TRASLADO DE MUESTRAS para el Hospital de La Florida, servicio que no se encuentra en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para que a través de uno o más adjudicatarios, se disponga en forma constante, continua y permanente de los servicios licitados, necesarios para responder adecuadamente a la demanda asistencial de todos los pacientes beneficiarios, y con ello dar cumplimiento a la obligación de otorgar las pertinentes prestaciones de salud. Las presentes Bases Administrativas, establecen las disposiciones que regirán la licitación y posterior Contrato que celebre el Hospital de La Florida, destinado a la provisión del servicio antes indicado, conforme a las Especificaciones Técnicas.
DE LOS OFERENTES
2.1 De los Oferentes Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica. Tanto el proponente como el adjudicatario, deberán constituir domicilio en la ciudad de Santiago, para todos los efectos legales. Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El HLF no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación. 2.2 Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar Podrán participar como oferentes, las personas naturales o jurídicas , nacionales o extranjeras, que no les afecten alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria; y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica. Tratándose de la unión temporal de proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. 2.3. Aceptación del contenido de las bases Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión del servicio que se requiere y de las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento. 2.4. Presentación de documentos El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación. Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Todos los anexos deben venir debidamente firmados si correspondiere. 2.5. Unión temporal de los proveedores. Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de Marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos • Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación. • Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado. • Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican: • Hospital de La Florida, Hospital o HLF: Establecimiento asistencial dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile. • Director: Autoridad superior del Hospital de La Florida. • Referente técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es jefe de CR de Unidades de Apoyo o quien esta designe para tal efecto. • Especificaciones Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar. • Administrador de contrato: funcionario designado por el Hospital, que velará por el adecuado cumplimiento del contrato y será interlocutor válido ante el oferente. • Orden de compra: Documento emitido a través del portal www.mercadopúblico.cl en virtud del cual se formaliza una determinada decisión de compra, estipulándose particularmente para el servicio respectivo, a lo menos la descripción y el precio. • Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. • Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación son días corridos. En caso que el plazo expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico. • Unión temporal de proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitación.
DISPOSICIONES GENERALES
5.1. Comunicaciones Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio. 5.2. Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio. Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta. En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes. El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital de La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes. 5.3. Entrega de Respuestas y Aclaraciones Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases. 5.5. Modalidad de Propuesta Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., incluyendo dicho valor todos los gastos en los que deba incurrir el adjudicatario. 5.6. Ofertas alternativas Los proponentes podrán presentar ofertas alternativas, las que serán estudiadas por el Hospital como una oferta más. Las ofertas alternativas deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas en el Portal Mercado Público. Cada oferta deberá indicar claramente el número de la alternativa a la cual corresponde y presentarse de acuerdo a lo especificado en estas Bases. 5.7. Validez de las Ofertas Las ofertas deberán tener una validez por 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Hospital a través de www.mercadopublico.cl. Desde el décimo día hábil contado de la comunicación de no perseverar en la propuesta, se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga. 5.9. Enmiendas a los Documentos de la Licitación En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir aclaraciones y/o modificaciones a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra el Hospital de La Florida deberá cambiar la fecha de cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado. En este evento, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.1. Asimismo, es obligación del oferente revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía. 5.10. Pacto De Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LAS PROPUESTAS
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas. Los archivos y documentos, Anexos, que constituyan la oferta y que deban subirse al portal mercadopublico.cl deben denominarse en su nomenclatura, de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador; a modo ejemplar: Anexo02DeclaracionJurada. Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir, deberá incorporarse con el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro). En el caso que el oferente requiera presentar un documento firmado, deberá subirlo escaneado en pdf. 6.1.-Carácter de los Documentos Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que cada una de estas exigencias está compuesta por documentos, antecedentes o anexos, que tienen un carácter diferenciado en razón de la posibilidad de enmienda o subsanación de errores u omisiones. Conforme a lo anterior, el carácter de los antecedentes, se puede clasificar en esencial o subsanable, según el siguiente detalle: a.1 Carácter Esencial: Son aquellos elementos dentro de los documentos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con una de las exigencias de carácter esencial, la oferta será declarada inadmisible. Está expresamente prohibido modificar los anexos que conforman la parte esencial de estas bases de licitación y cualquier modificación de estos acarreará consigo la inadmisibilidad de la oferta. Donde serán elementos esenciales los siguientes: • Cumplimiento de los requerimientos obligatorios de las presentes bases y sus documentos de respaldo • El precio del servicio ofertado en el portal y en la Carta Oferta • El documento de garantía de seriedad de la oferta presentado correctamente en tiempo y forma a.2 Carácter Subsanable: Son aquellos elementos dentro de los documentos, antecedentes o anexos que adolecen de defectos de forma o errores no esenciales, siempre que aquello defectuoso, omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, ni genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes. Si alguna de las propuestas no cumple con las exigencias de carácter subsanable, los oferentes podrán presentar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores de carácter subsanable, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el HLF, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso. Sin perjuicio de lo cual la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral 8.4.1 de las presentes bases. Si transcurrido el plazo antes señalado, no se subsanare la observación, se entenderá que el requerimiento no se cumple y la oferta obtendrá cero puntos en ese requerimiento. Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles en www.mercadopublico.cl. Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberán acompañar los siguientes documentos: • Si es persona natural: - Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad. • Si es persona jurídica: - El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar alternativamente:  Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.  Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la persona jurídica y de todas sus modificaciones.  Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta. - El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la persona jurídica, y para ello deberá presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y alternativamente:  Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.  Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.  Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta. No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha de apertura de las ofertas. • Si es Unión Temporal de Proveedores: En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán además presentar el documento que materialice la unión temporal de proveedores, según corresponda. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el Decreto Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA
Se efectuará en un acto la apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado. Se realizará una revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que no cumplen con dichos requisitos en Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1. Comisión de Evaluación La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales: Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida Jefe de Departamento de Finanzas del Hospital La Florida Jefe Unidad de Convenios Clínicos del Hospital La Florida Jefe CR Unidades de Apoyo del Hospital La Florida Profesional encargado del proceso de licitación del Hospital La Florida Referente técnico del Hospital La Florida En caso que exista cualquier circunstancia que reste imparcialidad a cualquiera de los integrantes de la Comisión de Evaluación, el afectado se deberá abstener de participar en los procedimientos de contratación, conforme con lo establecido en el Artículo 6º bis del Reglamento de la Ley N°19.886. La comisión revisará las ofertas recibidas y dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas y que fueron declaradas admisibles en el acto de apertura. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por a lo menos por tres miembros con conocimiento en el servicio evaluado. La Comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación: Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida La comisión podrá sesionar con un mínimo de 4 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Se publicará en el portal www.mercadopublico.cl , la integración de la comisión. Las decisiones se tomaran conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3. 8.2. Examen de antecedentes Durante el período de evaluación, el Hospital, a través del Foro Inverso podrá solicitar aclaración de las ofertas que están en proceso de evaluación. El oferente dispondrá de 24 o 48 horas, según se especifique, desde el requerimiento para acompañar los antecedentes omitidos o aclaraciones solicitadas. Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y por lo tanto, no se le asignará el puntaje correspondiente. En caso que sea necesario para la correcta evaluación de las ofertas, se solicitará la presentación de muestras o demostraciones de los productos o servicios que determine la comisión de evaluación, por la totalidad o alguno de los oferentes. Dicha solicitud se materializará únicamente a través del mecanismo de foro inverso indicándose en este el plazo y lugar donde se deberán presentar las muestras y/o demostraciones, cuidando de no vulnerar los principios de igualdad entre los oferentes. 8.3. Metodología de evaluación La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación. La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Se ponderarán los puntajes obtenidos; estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital La Florida. Se elaborarán los informes respectivos para cada una de las evaluaciones realizadas. La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo dicotómico o porcentual. Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje y, en caso contrario, el puntaje obtenido será cero. Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente: Criterio Mayor Valor=((Valor ofertado)/(Mayor Valor Ofertado))x (Puntaje del requerimiento) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación. Criterio Menor Valor=((Menor Valor ofertado)/(Valor Ofertado))x (Puntaje del requerimiento) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación. 8.5 Evaluación Final La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe Final de Evaluación" el cual contendrá: • Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación así como también la nota del puntaje final. • En caso que una oferta incumpla alguno de los requerimientos obligatorios, quedando por lo tanto fuera de evaluación, se informará cuál o cuáles requerimientos fueron incumplidos. • Un análisis final de evaluación y de observaciones. • Una recomendación fundada de adjudicación o de declarar desierto el proceso o desestimar las propuestas, según sea el caso, dirigida a la comisión de adjudicación.
DE LA ADJUDICACIÓN DE PROPUESTA
9.1 Criterios de Adjudicación Se adjudicará la propuesta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido evaluadas como ventajosas para los intereses de la institución según priorización dada por sus puntajes relativos, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, las necesidades de técnicos de diferentes especializaciones que requiere el Hospital y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. 9.2 Criterio para Dirimir Empates En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios: • Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en cumplimiento de la evaluación técnica. • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en criterio Condiciones de Empleabilidad. • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en criterio Oferta Económica. • En última instancia, se preferirá, fundadamente, la oferta que resulte más conveniente a los intereses de la institución, para lo cual se podrá recurrir a la información emanada desde el Registro de Proveedores del portal. 9.3 Comunicación de la Adjudicación El Hospital adjudicará las ofertas mediante un acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado a los adjudicatarios y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto. El Hospital se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases. De igual manera, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias. La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl. 9.4.- Peticiones o Reclamos delos Proponentes Adjudicados Adjudicada la propuesta, no podrán los proponentes formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos; las cuales se entienden plenamente conocidas por el solo hecho de presentación de la oferta. 9.5.- De la Readjudicación El Hospital podrá readjudicar la licitación, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos: 1. Si algún contrato no se firma dentro del plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. 2. Si algún adjudicatario no entrega el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido. 3. Si algún adjudicatario desiste de su oferta. 4. Si algún adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. El Hospital determinará si efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose en cualquier caso la respectiva resolución.
DEL CONTRATO
10.1.- Plazo para Celebrar el Contrato El adjudicatario deberá firmar el contrato de que trata la presente licitación dentro del plazo indicado en el punto 5.4. De las bases. La comunicación se realizará mediante la publicación de la respectiva resolución de adjudicación en portal www.mercadopublico.cl, y si el Hospital lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al domicilio, al fax o al correo electrónico de los proponentes, según Anexo N° 1. El adjudicatario deberá dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato e informar los datos del documento de garantía por Fiel cumplimiento de contrato, según el siguiente detalle: • Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado. El adjudicatario deberá cumplir con la inscripción en el registro de Chileproveedores dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. La no inscripción configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente y se llamará a sesionar nuevamente a la Comisión de Adjudicación con miras a readjudicar entre las siguientes ofertas válidas o declarar desierta la licitación según sea el caso. • Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Al momento de contratar, el proveedor adjudicado debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. • Acreditación poderes del representante legal. Al momento de contratar, el proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a tres (3) meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el contrato. • Declaraciones juradas. El oferente adjudicado, al momento de contratar, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas: a) Declaración Jurada simple del oferente, firmada por el representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigna haber estudiado, analizado y aceptado las bases de licitación como las respuestas otorgadas a las consultas y aclaraciones efectuadas durante el período de licitación. b) Declaración Jurada simple del representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigne que no se encuentra vinculado por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886, ni ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº 20.393. c) En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la escritura que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda • Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Además, al momento de firmar el contrato, el proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso. Cabe hacer presente que es responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas. En caso de no cumplir los requisitos, anteriormente mencionados, al momento de la suscripción del contrato, el Hospital se encontrará habilitado para adjudicar esta licitación al 2º mejor oferente, el que deberá acreditar dentro del plazo de 5 días hábiles desde notificado de la adjudicación que se encuentra inscrito en Chile Proveedores, y acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores. En todo caso, El Hospital podrá declarar desierta la licitación, cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses, en conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.886. 10.2.- Contenido del Contrato Los contratos contendrán la declaración del adjudicatario de que se obliga a entregar el servicio objeto del contrato, por la suma alzada de su propuesta y con arreglo a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos. Se comprende dentro del objeto de la obligación y de la prestación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose las eventuales capacitaciones necesarias para el personal. Contendrá dicho contrato todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, y el detalle de las obligaciones de cumplimiento de plazos, de protocolos, de normas, etc. El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el contrato y podrá dar origen a su término, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Hospital. Las cláusulas del respectivo contrato son aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones accesorias y complementarias se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren. El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. El HLF podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato. 10.3.- Vigencia y Duración del Contrato El Contrato entrará en vigencia a contar de la fecha de notificación al adjudicatario de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, y su duración será de 36 meses contados desde su vigencia con un gasto adjudicado que alcance un gasto de 3.500 UTM, lo que suceda primero. No obstante, por razones de buen servicio la prestación podrá iniciarse antes de la total tramitación de la resolución antes indicada; sin perjuicio que el pago quede sujeto al cumplimiento de la notificación 10.4.- Modificación del Contrato Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. c) Aumentos o Disminuciones; durante la vigencia del contrato, el requerimiento podrá disminuir o aumentar hasta en un 30%, por motivos fundados, toda vez que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para la prestación de servicios adicionales a los contratados en la presente licitación en caso de aumentos. 10.6.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato La garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva sin notificación ni forma de juicio, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones del Contrato, calificado por el Hospital, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar. La devolución de las garantías de cumplimiento del contrato, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término de su vigencia, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Administrador del Contrato, al término del convenio. Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario, podrá solicitar la devolución ante el responsable de la licitación, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería. 10.7. Término anticipado del Contrato Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento respectivo. Así mismo, el Hospital podrá poner término anticipado, previo aviso por escrito con una anticipación no menor a 30 días a la fecha solicitada para su término, en caso de que se produzca este término anticipado no generará indemnización alguna en contra del Hospital. 10.8.- Cesión y Subcontratación El adjudicatario no podrá ceder, traspasar, transferir, ceder en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones establecidos en el contrato suscrito entre las partes. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará al artículo 75 del Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes. Dada la calidad de los servicios licitados, se prohíbe la subcontratación sin que el HLF apruebe previamente la calidad técnica de los profesionales que otorgarán el servicio. Cualquier cambio posterior de uno o más personas, que el proponente presente en su Oferta Técnica, deberá ser aceptado por el HLF. Esta se aceptará ante la ocurrencia de una situación excepcional y ajena a toda previsión, atendido que uno de los factores por los cuales se adjudicó la licitación es por la evaluación a que fue sometido cada uno de los integrantes del personal del oferente, por lo que no podrá ser de inferior calidad curricular. 10.9. Reajustabilidad de los Precios El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
DE LAS ACTIVIDADES
11.1 Inicio de Actividades El inicio formal de las actividades será informado al adjudicatario, momento en el cual se acordará el protocolo con sus responsabilidades. Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico correspondiente o quien lo subrogue, siempre enmarcado en el objeto de este proceso de licitación.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
12.1 Término Anticipado Del Contrato El HLF podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada de su Director, poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada e inmediata, en caso de incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo Nº 77 del Decreto Nº 250 de 2004 que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, y especialmente por las siguientes causales: 1. Incumplimiento gravísimo de alguna de las obligaciones del contrato y/o de las bases. 2. Incorporación de personal sin las competencias experiencia, exigidas para el servicio contratado y/o sin previa autorización del HLF. 3. Errores graves o recurrentes, definido por el referente técnico. 4. Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida y aceptada por la Entidad. 5. Acumulación de multas por un monto equivalente a un 200% del valor del contrato. 6. Por situación de instrucción de una autoridad competente de la cual el Hospital dependa o deba acatar instrucciones fundadas en el interés público, tales como del: Ministerio de Salud, Seremi de Salud, Instituto Salud Pública, ISP, entre otros. 7. Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios. 8. Incurrir en falsedad en la documentación presentada. 9. Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia. 10. Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen. 11. Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 12. Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393. 13. Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato. 14. Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato, es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena. 15. Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria. Terminado que sea en forma anticipada el contrato, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización siempre que se haya debido a responsabilidad del proveedor. 12.2 Sanciones Con el objeto de cautelar la calidad del servicio brindado, existirá como método de control la aplicación de dos tipos de sanciones: amonestación y multa. 12.2.1 Amonestación. Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante. 12.2.2 Multas. El HLF podrá aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada de su Director, por el monto que se indica y según las causales que se detallan a continuación: i) Inicio del servicio: Se aplicará una multa por cada semana de atraso en el inicio del servicio, conocida por el adjudicado ii) Falta gravísima: importa incumplimiento grave del contrato celebrado y puede llevar asociada la terminación anticipada del mismo sin forma de juicio y hacer efectiva la garantía indicada en las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales y cobro de indemnizaciones a que hubiese lugar. a) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes y/o funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo falta comprobada a la probidad y transparencia del cargo que desarrolla; maltrato físico o verbal al paciente y/o funcionarios; robo o hurto a pacientes y/o funcionarios, etc.) b) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio. (por ejemplo no cumplir con los protocolos de seguridad y/o infecciones, etc.). c) No disponer del personal o vehículo presentado en la oferta, al inicio de la prestación de servicios (aplicará sanción por cada una de los puntos no disponibles).se debe informar a más tardar en 48 horas en caso de urgencias, sin detener el servicio brindado. d) Incurrir en 3 (tres) faltas graves dentro de un plazo de 6 (seis) meses, contados desde la comisión de la primera falta grave: la comisión de la tercera falta grave equivaldrá a una falta gravísima. iii) Falta grave: será aquella con la cual se ponga en riesgo o se afecte directamente a las personas o limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea posible de ser corregida. a) Conductas que conlleven incumplimiento de los tiempos ofertados y/o protocolos acordados con el Hospital, por responsabilidad comprobada del oferente; retraso superior a 30 minutos en el horario de ingreso del personal al turno sin justificación comprobada de causa mayor. b) Conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos de atención y/o seguridad definidos con el Hospital. (Por ejemplo, aviso inoportuno de causal de fuerza mayor o caso fortuito que impida la adecuada ejecución de los servicios, se estima inoportuno si excede de 12 horas contadas de sucedido el hecho; incumplimiento en tiempo y forma con los informes clínicos y/o administrativos solicitados por el Hospital.) c) Incurrir en los incumplimientos a las obligaciones señaladas en las Bases Técnicas de Licitación. d) Incurrir en 3 (tres) faltas leves dentro de un plazo de 12 (doce) meses, contados desde la comisión de la primera falta leve. iv) Falta leve: importa incumplimiento del contrato que no origina riesgos a las personas o daño a los bienes del Hospital o a su imagen. a) Acumulación de dos amonestaciones dentro de un período de dos meses
DEL PAGO
La obligación de pago por parte del Hospital La Florida se perfeccionará a partir de la recepción completa, conforme y sin observaciones del servicio brindado, que debe constar en el respectivo Informe de Visación Técnica suscrito por el referente técnico, documento que dará origen a la Orden de Compra correspondiente. Una vez emitida esta, el proveedor podrá facturar. Además de la Factura y del Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” (si procede), momento en el cual se inicia el término fijado para el pago. Para acreditar los servicios realizados en forma efectiva, a mes vencido, el proveedor deberá presentar al administrador del contrato, un listado mensual que deberá contener a lo menos la siguiente información: - Identificación del funcionario que presto el servicio, con nombre, Rut, Unidad, horario de entrada y salida. - Identificación y registro de los viajes realizados fuera de horario hábil. El pago de facturas se efectuará en un plazo no superior a 30 días hábiles, contados desde la recepción de los documentos antes indicados, conforme a lo establecido en la Glosa 02 e) de la Ley de Presupuesto del Sector Salud. Lo anterior se funda en los plazos existentes, considerando los procesos administrativos de la institución. En caso que falte algún documento o la factura presente algún error, el HLF dispondrá de 8 días para reclamar la factura en el SII. Éste dispondrá de 10 días hábiles para subsanar los errores, emitiendo una nota de crédito por la factura reclamada y la refacturación correspondiente. La nueva factura, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, cuyo pago lo realizará la Tesoreria General de la República. En caso que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.”
ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Hospital, designará a dos funcionarios en calidad de Administrador Titular y Suplente, los que tendrán las siguientes responsabilidades: • Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. • Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. • Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento al adjudicatario, recibiendo los descargos si se presentaren. • Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar. • Autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o solicitar se haga efectiva, si procede. • Remitir la factura al Departamento de Finanzas, previa aprobación del correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a 10 días hábiles de su recepción. En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten la ejecución del contrato. Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Jefe o Encargado de Contrato que se relacionará con el Administrador del contrato para los efectos señalados. Todas las decisiones y acuerdos adoptados por el Administrador y Jefe o Encargado de Contrato deberán constar en actas firmadas por ambos.
RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o pérdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital la Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que las visitas que realice tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetas a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado, así como un protocolo para la entrega de medicamentos en domicilio de los pacientes beneficiarios del Hospital
LEY Nº20.584
Sin perjuicio de las normas aplicables a la prestación de servicios, tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios.
AUTORIZACIÓN SANITARIA y ACREDITACIÓN
El adjudicatario, estará obligado a prestar toda su colaboración y cumplir con todos los requisitos que sean exigidos por la autoridad pública en el proceso de autorización sanitaria y/o acreditación del Hospital La Florida, en caso de cualquier incumplimiento o negativa por parte del proveedor o su personal, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato.
BASES TÉCNICAS DE LA LICITACION
1. CONDICIONES GENERALES VEHÍCULO DE TRASLADO DE EXAMENES a).-Término de Referencias El servicio: tiene por finalidad despachar en forma segura muestras que podrán ser de Exámenes de Laboratorio, Anatomía Patológica, etc. desde y hacia el HLF dentro de la región metropolitana de los beneficiarios del Hospital la Florida, requeridos por parte del Hospital. La Empresa Adjudicada proporcionará un vehículo, con un conductor debidamente validado para realizar despachos y rutas a diario de las muestras del HLF a la red pública o privada de salud, dentro de la región metropolitana. El horario es de lunes a viernes de 08 a 17 horas, pero excepcionalmente, estará de llamado un fin de semana u horario nocturno para el traslado de muestras de Urgencia, cuyo valor será facturado según número de llamados en el mes. La empresa debe disponer de los contenedores de traslado y control de temperatura trazable electrónicamente, para la seguridad de los productos según normativa. El vehículo deberá permanecer durante las 9 horas diarias a disposición de la ruta requerida en traslados de muestras y otros suministros desde y hacia el HLF. La ruta será realizada a diario por parte de Jefe de laboratorio durante las 9 horas diarias de trabajo, para esos fines u otros; siempre que el cometido se ajuste a estándar de traslado y tiempo. El Transportista debe entregar las muestras en el centro destino y luego entregar los comprobantes de registro de dicha entrega a Jefe de Laboratorio ó a quién se designe. Asimismo, el transportista debe solicitar insumos a Laboratorio externo de derivación según indicaciones de Jefe de Laboratorio HLF y hacer entrega de éstos al personal autorizado del Laboratorio HLF. La Empresa debe llevar un control de las entregas con firmas de recepción de sus traslados. Así como la temperatura de los cometidos, hacia y desde el HLF El control de su horario será por parte su empleador, por cuanto deberá llevar un sistema de control de asistencia. b).- RRHH: La Empresa debe tener la cantidad de RRHH suficiente para brindar este servicio, durante las 45horas semanales. Debe tener experiencia en trabajos similares, como certificaciones del vehículo que lo traslada para brindar este servicio, así como tener personal disponible para mantener en forma obligatoria un servicio permanente. Se evalúan Documentos de conducción de los conductores y documentos del vehículo, sean estos clase B o C, Ideal capacitación o experiencia en atención de cliente o paciente, trato al usuario , como la leyes del tránsito, la seguridad de su personal en la ruta, así como los derechos primordiales de los trabajadores de su dependencia. El encargado del proyecto por parte de la Empresa debe tener responsabilidades de capacitación, instrucción, así como resolver los problemas que presente su personal en terreno, de su arbitrio y responsabilidad: hacer cumplir la Ley 20.584 respecto a derechos y deberes de los pacientes. Identificación de la empresa externa a la visita y portar una identificación con su nombre y foto. En el caso de ausentismo de su personal, debe contactarse con referente técnico y poner otra persona el mismo día y estar acreditado y validado el personal (back up) para el cumplimiento de la ruta, y conocer que existen amonestaciones y multas. c).- RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES Al inicio del convenio se acordará un protocolo que, junto a las actividades citadas en el punto anterior, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario podrá agregar las siguientes: a) Asistir al Hospital diario para recepcionar la hoja de ruta despacho de exámenes de Laboratorio b) Despachar todos los días los exámenes solicitados en hoja ruta. c) Solicitar a laboratorio externo de derivación insumos para toma de muestra según programación. d) Cumplir con las normas establecidas por la institución (reglamentos, registros, protocolos, procedimientos e IAAS) e) Mantener un ambiente de respeto profesional y personal con los colegas, personal de la unidad, funcionarios del HLF, funcionarios de Otros Laboratorios y pacientes. f) Deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el hospital, a través del jefe de Laboratorio Clínico HLF y/o administrador del contrato. g) Cumplir con la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. h) Guardar confidencialidad de los antecedentes clínicos de los pacientes i) Queda prohibido que el proveedor o los profesionales cobren alguna suma de dinero o especie a los pacientes j) Ante la eventual pérdida de muestras Clínicas por extravió o deterioro negligente, la Empresa será multada por el valor de los exámenes deteriorados. Jefa de Laboratorio será el encargado de reportar estas anomalías.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.