Licitación ID: 1271359-24-LE26
C. SUMINISTRO CONFECCIÓN Y MANT. PROTESIS DENTALES
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa
Fecha de Cierre: 08-04-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Moldes dentales de laboratorio 1 Unidad
Cod: 42152206
CONVENIO DE SUMINISTRO DE CONFECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE PRÓTESIS DENTALES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
C. SUMINISTRO CONFECCIÓN Y MANT. PROTESIS DENTALES
Estado:
Publicada
Descripción:
La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa requiere la contratación de servicios especializados de laboratorio dental para la confección, reparación y mantenimiento de prótesis dentales durante el ejercicio 2026.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
LICITACIONES
R.U.T.:
70.954.200-1
Dirección:
Sargento aldea 898
Comuna:
Lampa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-04-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 26-03-2026 15:01:49
Fecha inicio de preguntas: 26-03-2026 20:01:00
Fecha final de preguntas: 31-03-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-04-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-04-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-04-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 29-04-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.
2.- Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público
3.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha anterior al cierre de recepción de ofertas. (F-30)
4.- Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”
5.- Formulario N°5 “Datos de pago”
6.- En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”
7.- Anexo “A” Declaración jurada firma manuscrita (En caso que aplique)
Documentos Técnicos
1.- Formulario N°3: Oferta técnica
 
2.- Resolución o autorización sanitaria vigente del laboratorio dental Debe acreditar la instalación y funcionamiento del laboratorio o establecimiento donde se ejecutarán las prestaciones, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
 
3.- Patente comercial vigente del establecimiento.
 
4.- Fotografías del laboratorio e instalaciones • área de recepción, • área técnica, • zona de pulido, • despacho, • equipamiento relevante.
 
5.- Identificación del responsable técnico del laboratorio • Certificado de título acorde al área dental. • Currículum o antecedentes que acrediten experiencia en confección y mantención de prótesis dentales
 
6.- Identificación del personal • Currículum • Certificados de capacitación, cursos o constancias internas que acrediten manejo de materiales dentales, apoyo en procesos de laboratorio o funciones afines.
 
7.- Declaración de infraestructura y capacidad operativa del laboratorio Un documento técnico firmado por el oferente donde informe: • dirección del laboratorio, • distribución de áreas, • capacidad instalada, • dotación de personal, • turnos o cobertura, • capacidad para responder a la demanda mensual, • plan de contingencia ante fallas o ausencias. Esto se relaciona con los requisitos de infraestructura, equipamiento y continuidad operativa.
 
8.- Nómina y respaldo del equipamiento mínimo Listado del equipamiento técnico disponible: • unidad de polimerización, • recortadora de modelos, • vibrador para yesos, • articuladores, • motor de banco, • equipo de pulido, • micromotor, • instrumental básico. • fotografías y/o declaración jurada simple de disponibilidad.
 
9.- Declaración de materiales y fichas técnicas de insumos principales Fichas técnicas, pero de los materiales clínicos del servicio: • resina acrílica termo curable, • dientes artificiales, • alambres o retenedores, • yesos dentales, • ceras, • adhesivos, • materiales auxiliares. • marca comercial, • procedencia, • cumplimiento de norma o estándar técnico, • fichas o catálogos del fabricante
 
10.- Certificados o antecedentes de bioseguridad • protocolo de limpieza y desinfección, • manejo de residuos, • uso de EPP, • capacitación en bioseguridad y control de infecciones del personal clave.
 
11.- Propuesta de trazabilidad y cadena de custodia Un documento donde el proveedor explique cómo identificará cada trabajo: • paciente o código interno, • establecimiento, • fecha de recepción, • fecha comprometida, • materiales usados, • estado del trabajo, • fecha de entrega.
 
12.- Protocolo de control de calidad y rehechuras Un documento que indique: • controles de ajuste, • revisión de oclusión, • verificación de pulido y terminación, • manejo de defectos, • proceso de rehacer trabajos rechazados, • tiempos de corrección
 
13.- Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
 
14.- Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
 
15.- Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
 
16.- Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
 
17.- Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 5 experiencias 80 Acredita debidamente 4 experiencias 60 Acredita debidamente 3 experiencias 40 Acredita debidamente 2 experiencias 20 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios de confección y mantenimiento de prótesis dentales, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL. Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3. La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente: - En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL - En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente - Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible - No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente - La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio. La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde. El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo: - Nombre del cliente o mandante - Fecha de la entrega del servicio - Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación. - Tipo de servicio contratado - Teléfono de contacto Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,20 20%
2 Plazo de Entrega En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3 y se evaluará como se indica el siguiente detalle: • Evaluación por Sub-factor Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor Ej. Plazo de entrega para prótesis total superior o inferior 80 puntos * 0,05 = 4% • Ponderación TOTAL A% + B% + C% + D% + E% + F% + G% + H%= C5 SUBFACTOR % DETALLES a) Plazo de entrega para prótesis total superior o inferior. 5 ≤ 8 días hábiles = 100 puntos 9 días hábiles = 80 puntos 10 días hábiles = 60 puntos > 10 días hábiles o no informa = Inadmisible b) Plazo de entrega para prótesis parcial removible. 5 ≤ 6 días hábiles = 100 puntos 7 días hábiles = 80 puntos 8 días hábiles = 60 puntos > 8 días hábiles o no informa = Inadmisible c) Plazo comprometido para reparación de prótesis. 4 Hasta 24 horas = 100 puntos Más de 24 y hasta 36 horas = 80 puntos Más de 36 y hasta 48 horas = 60 puntos Más de 48 horas o no informa = Inadmisible d) Plazo comprometido para rehechura total o parcial por falla imputable al proveedor. 4 ≤ 2 días hábiles = 100 puntos 3 días hábiles = 80 puntos > 3 días hábiles o no informa = Inadmisible e) Plazo de Rebase de prótesis 3 ≤ 2 días hábiles 100 puntos 3 días hábiles 80 puntos > 3 días hábiles o no informa = 0 puntos f) Plazo comprometido para adición de dientes. 3 ≤ 2 días hábiles = 100 puntos 3 días hábiles = 80 puntos > 3 días hábiles o no informa = Inadmisible g) Garantía técnica por defectos de fabricación 3 Mayor a 180 días corridos = 100 puntos Entre 121 y 180 días corridos = 80 puntos Entre 91 y 120 días corridos = 60 puntos Igual a 90 días corridos = 40 puntos Menor a 90 días corridos o no informa = Inadmisible h) Garantía de ajuste 3 Mayor a 60 días corridos = 100 puntos Entre 46 y 60 días corridos = 80 puntos Entre 31 y 45 días corridos = 60 puntos Igual a 30 días corridos = 40 puntos Menor a 30 días corridos o no informa = Inadmisible 30%
3 Sustentabilidad Políticas de sustentabilidad Materias y contenidos Medio de verificación A) Inclusión laboral B) Inclusión de género C) Fomento de buenas prácticas ambientales D) CONADI Deberá presentar alguno de los siguientes documentos: -Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) -Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos -Certificado ISO 14001-2015 -Certificado ISO 50001 vigente o norma chilena equivalente. Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C3*0,05 5%
4 Antecedentes formales de la propuesta Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos. Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05 5%
5 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,05 5%
6 Precio La oferta económica se evaluará sobre el Total Neto de los valores unitarios ofertados en el Formulario N°4 Oferta Económica. • MTNO = menor Total Neto ofertado. • TNO = Total Neto de la oferta evaluada. Puntaje C6 = ((MTNO /TNO) *100) * 0,35 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Según CDP
Monto Total Estimado: 13000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: solo en caso de ser necesario, según cláusula incorporada en Bases Administrativas Generales.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 8 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JAVIERA AYALA
e-mail de responsable de pago: javiera.ayala@corporacionlampa.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir, en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones emanados de la presente contratación, salvo en aquellos casos expresamente permitidos por la normativa vigente respecto de la cesión
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA
Fecha de vencimiento: 30-04-2027
Monto: 5 %
Descripción: Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso. ANTECEDENTES DESCRIPCIÓN DIRIGIDA A Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT 70.954.200-1 MONTO Igual al 5% del valor total neto del contrato, en pesos chilenos VIGENCIA Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo GLOSA Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: 1271359-24-LE26 CONVENIO DE SUMINISTRO DE CONFECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE PRÓTESIS DENTALES INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: 1271359-24-LE26 CONVENIO DE SUMINISTRO DE CONFECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE PRÓTESIS DENTALES
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía. El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES


    
II.             
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA EN EL PORTAL

Para efectos de la presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente deberá ingresar como valor económico el monto total (neto) estimado del convenio, expresado en valores netos (sin impuestos), el que para la presente licitación corresponde al presupuesto estimado informado en las presentes Bases.

Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica válida y vinculante del oferente estará constituida por los valores unitarios informados en el Formulario N°4 Oferta Económica, debidamente completado y adjunto en el portal, los que deberán expresarse en pesos chilenos, valores netos, e incluir todos los costos directos e indirectos asociados al cumplimiento del contrato.

El monto ingresado en el portal tendrá un carácter referencial y de habilitación de la oferta económica dentro del sistema, no constituyendo por sí mismo el valor unitario adjudicado ni obligando a la Corporación a consumir la totalidad del presupuesto estimado.

En caso de discrepancia entre el monto total ingresado en el portal y los valores unitarios contenidos en el Formulario N°4, prevalecerá lo señalado en el Formulario N°4 para todos los efectos de evaluación, adjudicación, ejecución, facturación y pago.

 IV.     CONTENIDO DE LA OFERTA

Todos documentos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.

  • Las proposiciones, declaraciones y formularios exigidos en estas bases deberán ser suscritos mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas. Se entenderá por Firma electrónica aquella emitida por prestadores acreditados o por sistemas institucionales que garanticen trazabilidad, integridad y autenticidad.

  • Excepcionalmente, la Corporación podrá aceptar documentos suscritos con firma manuscrita escaneada (imagen), únicamente cuando se acompañen de la “Declaración Jurada de Autenticidad de Firma Manuscrita Escaneada” (Anexo N° A), cumpliendo copulativamente lo siguiente:

a)       La declaración jurada deberá ser firmada manuscritamente en tinta sobre el documento impreso y escaneada como página completa (no se aceptará firma “pegada” o insertada como imagen recortada).

b)      La declaración deberá incluir, escrita de puño y letra por el firmante: nombre completo, RUT, cargo, razón social, fecha, lugar, y un código único indicado por la Corporación para el proceso (por ejemplo: “Código: [ID licitación]-[fecha]”), el cual deberá quedar junto a la firma.

c)       Se deberá adjuntar copia simple por ambos lados de la cédula de identidad del firmante (o documento equivalente), solo para fines de verificación de identidad y facultades.

Solicitud de original. La Corporación podrá, en cualquier etapa del proceso (incluida adjudicación y formalización), requerir la presentación del documento original en papel con firma autógrafa, o bien exigir su suscripción mediante firma electrónica, dentro del plazo que se indique. El incumplimiento será causal de rechazo de la oferta o de no suscripción/desistimiento de la adjudicación, según la etapa.

Alcance y no equivalencia. La aceptación excepcional de firma manuscrita escaneada no implica que ésta sea equivalente a firma electrónica para efectos de no repudio, trazabilidad o responsabilidades, siendo válida solo como mecanismo transitorio de presentación documental, sin perjuicio de las verificaciones que la Corporación estime pertinentes.

Se aceptarán documentos con firma manuscrita escaneada solo en los términos de la cláusula y su Declaración Jurada. Alternativamente, se aceptarán documentos cuya firma se encuentre autorizada ante notario (firma puesta en original ante ministro de fe), siempre que se adjunte copia íntegra escaneada del instrumento donde conste la autorización notarial, sin perjuicio de que la Corporación pueda requerir el original para cotejo.

  • El Organismo podrá requerir, en cualquier momento del proceso, la verificación de la firma empleada o la presentación del soporte físico o electrónico que acredite su validez. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión de la oferta.

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.

         I.            ANEXOS ADMINISTRATIVOS

DESCRIPCIÓN

1.

Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.

2.

Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público

3.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha anterior al cierre de recepción de ofertas. (F-30)

4.

Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”

5.

Formulario N°5 “Datos de pago”

6.

En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”

7.

Anexo “A” Declaración jurada firma manuscrita (En caso que aplique)

Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):

  • Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
  • Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
  • No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
  • Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM

       II.            ANEXOS TÉCNICOS

DESCRIPCIÓN

8.

Formulario N°3: Oferta técnica

Resolución o autorización sanitaria vigente del laboratorio dental

Debe acreditar la instalación y funcionamiento del laboratorio o establecimiento donde se ejecutarán las prestaciones, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

Patente comercial vigente del establecimiento.

Fotografías del laboratorio e instalaciones

  • área de recepción,
  • área técnica,
  • zona de pulido,
  • despacho,
  • equipamiento relevante.

  Identificación del responsable técnico del laboratorio

  • Certificado de título acorde al área dental.
  • Currículum o antecedentes que acrediten experiencia en confección y mantención de prótesis dentales

Identificación del personal

  • Currículum

Declaración de infraestructura y capacidad operativa del laboratorio
Un documento técnico firmado por el oferente donde informe:

  • dirección del laboratorio,
  • distribución de áreas,
  • capacidad instalada,
  • dotación de personal,
  • turnos o cobertura,
  • capacidad para responder a la demanda mensual,

Nómina y respaldo del equipamiento mínimo
Listado del equipamiento técnico disponible:

  • unidad de polimerización,
  • recortadora de modelos,
  • vibrador para yesos,
  • articuladores,
  • motor de banco,
  • equipo de pulido,
  • micromotor,

Declaración de materiales y fichas técnicas de insumos principales
Fichas técnicas, pero de los materiales clínicos del servicio:

  • resina acrílica termo curable,
  • dientes artificiales,
  • alambres o retenedores,
  • yesos dentales,
  • ceras,
  • adhesivos,
  • materiales auxiliares.
  • marca comercial,
  • procedencia,
  • cumplimiento de norma o estándar técnico,
  • fichas o catálogos del fabricante

Certificados o antecedentes de bioseguridad

  • protocolo de limpieza y desinfección,
  • manejo de residuos,
  • uso de EPP,
  • capacitación en bioseguridad y control de infecciones del personal clave.

Propuesta de trazabilidad y cadena de custodia
Un documento donde el proveedor explique cómo identificará cada trabajo:

  • paciente o código interno,
  • establecimiento,
  • fecha de recepción,
  • fecha comprometida,
  • materiales usados,
  • estado del trabajo,
  • .

Protocolo de control de calidad y rehechuras


Un documento que indique:

  • controles de ajuste,
  • revisión de oclusión,
  • verificación de pulido y terminación,
  • manejo de defectos,
  • proceso de rehacer trabajos rechazados,
  • tiempos de corrección
9.

Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda

10.

Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda

11.

Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda

12.

Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.

13

Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”

Los documentos correspondientes al Anexo técnico y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.

     III.            ANEXOS ECONÓMICO

Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos

En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.

IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario Nº4 y Formulario Nº6 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.

El Formulario N°3 Oferta Técnica deberá ser completado íntegra, clara y fundadamente por el oferente, incorporando en cada apartado la información, descripción, detalle o explicación expresamente solicitada en dicho formulario y en las presentes bases. No será suficiente la sola referencia genérica a documentos adjuntos, expresiones tales como “se adjunta documento”, “según anexo” u otras similares, cuando el formulario exija una descripción o desarrollo específico por parte del oferente. En consecuencia, la omisión de la información requerida, la falta de completitud sustancial del Formulario N°3 o su llenado meramente formal, sin contener el detalle solicitado, será causal de inadmisibilidad de la oferta, por no dar cumplimiento a un antecedente técnico esencial exigido en las presentes bases.

   V.          DE LA EVALUACION

La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por al menos tres (3) miembros, designados mediante el correspondiente acto administrativo, todos los cuales deberán poseer la idoneidad necesaria para el adecuado análisis de las ofertas, atendida la naturaleza de la contratación. Excepcionalmente, podrán incorporarse asesores o expertos de apoyo, cuando la naturaleza del proceso así lo requiera, debiendo ello constar de manera fundada y sin alterar la responsabilidad de la Comisión en la evaluación.

La Comisión tendrá por función revisar la admisibilidad de las ofertas, solicitar las aclaraciones o subsanaciones que procedan a través del Sistema de Información, cuando ello sea legalmente procedente y no importe alterar la esencia de la oferta ni vulnerar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases; aplicar los criterios y subcriterios de evaluación establecidos en las presentes Bases; verificar los antecedentes técnicos, administrativos y económicos acompañados por los oferentes; y emitir un informe fundado de evaluación con la propuesta de adjudicación, deserción o inadmisibilidad, según corresponda.

Todos los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán suscribir, en forma previa al inicio de sus funciones y por cada procedimiento de contratación, una declaración jurada individual de ausencia de conflictos de interés y de confidencialidad, en la que declaren expresamente no mantener vínculos, intereses o circunstancias que puedan afectar su imparcialidad respecto de los oferentes o de las ofertas presentadas, y se obliguen a resguardar la reserva del proceso en los términos exigidos por la normativa vigente. Dichas declaraciones deberán incorporarse al expediente electrónico de la licitación.

Si con posterioridad a la suscripción de dicha declaración sobreviniere o llegare a conocimiento de alguno de los integrantes una causal, circunstancia o antecedente que pueda comprometer su imparcialidad, este deberá abstenerse de seguir interviniendo en la evaluación y comunicarlo de inmediato a la autoridad competente, a fin de que se adopten las medidas que correspondan y, en su caso, se disponga su reemplazo.

La Comisión Evaluadora actuará con estricta sujeción a las presentes Bases, a los principios de igualdad de trato entre los oferentes, probidad, transparencia y estricta sujeción a las bases, dejando constancia escrita y fundada de sus actuaciones y conclusiones en el respectivo informe de evaluación

      V.            PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

CRITERIO

PONDERACIÓN

1.

ANTECEDENTES FORMALES

5%

2.

PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

5%

3.

SUSTENTABILIDAD

5%

4.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

20%

5.

PLAZOS DE ENTREGA, CORRECCIONES Y GARANTÍA

30%

6.

OFERTA ECONÓMICA

35%

TOTAL PONDERACIÓN

100%

C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA

5%

Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.

Si Cumple = 100 puntos

No Cumple = 0 puntos                         

Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05

C2: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

5%

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.  

Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: 

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos        

Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,05

C3: SUSTENTABILIDAD

5%

a)       Inclusión laboral

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).

Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.

b)       Inclusión de género

El oferente es una Empresa liderada por una mujer.

Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)

c)        Fomento a empresas de menor tamaño.

El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño

El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.

d)       Fomento de buenas prácticas ambientales

La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente)

https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/ 

  • Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
  • Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl.

Se evaluará si el oferente acredita, mediante al menos un medio de verificación válido, el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:

  • inclusión laboral;
  • enfoque o participación de género;
  • calidad de empresa de menor tamaño;
  • adopción de buenas prácticas ambientales.

Para efectos de este criterio, las condiciones antes señaladas tendrán el carácter de alternativas, no siendo acumulables entre sí. En consecuencia:

Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.

Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.

Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,05

C4:  EXPERENCIA DEL OFERENTE

20%

PUNTAJE

DESCRIPCIÓN

100

Acredita debidamente 5 experiencias

80

Acredita debidamente 4 experiencias

60

Acredita debidamente 3 experiencias

40

Acredita debidamente 2 experiencias

20

Acredita debidamente 1 experiencias

0

No declara o no acredita debidamente su experiencia

Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios de confección y mantenimiento de prótesis dentales, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:

a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente

b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente

c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:

  • Decretos o Resolución de Adjudicación
  • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
  • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo

IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.

Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.

La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:

-     En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL

-     En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente

-     Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible

-     No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente

-     La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio.

La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.

El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:

- Nombre del cliente o mandante

- Fecha de la entrega del servicio

- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación.

- Tipo de servicio contratado

- Teléfono de contacto

Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,20

C5: PLAZOS DE ENTREGA, CORRECCIONES Y GARANTÍA

30%

En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3 y se evaluará como se indica el siguiente detalle:

•       Evaluación por Sub-factor

Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor

Ej.  Plazo de entrega para prótesis total superior o inferior

80 puntos * 0,05 = 4%

•       Ponderación TOTAL

A% + B% + C% + D% + E% + F% + G% + H%= C5

SUBFACTOR

%

DETALLES

a)     Plazo de entrega para prótesis total superior o inferior.

5

≤ 8 días hábiles

=

100 puntos

9 días hábiles

=

80 puntos

10 días hábiles

=

60 puntos

> 10 días hábiles o no informa

=

Inadmisible

b)     Plazo de entrega para prótesis parcial removible.

5

≤ 6 días hábiles

=

100 puntos

7 días hábiles

=

80 puntos

8 días hábiles

=

60 puntos

> 8 días hábiles o no informa

=

Inadmisible

c)     Plazo comprometido para reparación de prótesis.

4

Hasta 24 horas

=

100 puntos

Más de 24 y hasta 36 horas

=

80 puntos

Más de 36 y hasta 48 horas

=

60 puntos

Más de 48 horas o no informa

=

Inadmisible

d)     Plazo comprometido para rehechura total o parcial por falla imputable al proveedor.

4

≤ 2 días hábiles

=

100 puntos

3 días hábiles

=

80 puntos

> 3 días hábiles o no informa

=

Inadmisible

e)     Plazo de Rebase de prótesis

3

≤ 2 días hábiles

100 puntos

3 días hábiles

80 puntos

> 3 días hábiles o no informa

=

0 puntos

f)      Plazo comprometido para adición de dientes.

3

≤ 2 días hábiles

=

100 puntos

3 días hábiles

=

80 puntos

> 3 días hábiles o no informa

=

Inadmisible

g)     Garantía técnica por defectos de fabricación

3

Mayor a 180 días corridos

=

100 puntos

Entre 121 y 180 días corridos

=

80 puntos

Entre 91 y 120 días corridos

=

60 puntos

Igual a 90 días corridos

=

40 puntos

Menor a 90 días corridos o no informa

=

Inadmisible

h)     Garantía de ajuste

3

Mayor a 60 días corridos

=

100 puntos

Entre 46 y 60 días corridos

=

80 puntos

Entre 31 y 45 días corridos

=

60 puntos

Igual a 30 días corridos

=

40 puntos

Menor a 30 días corridos o no informa

=

Inadmisible

C6: OFERTA ECONÓMICA

35%

La oferta económica se evaluará sobre el Total Neto de los valores unitarios ofertados en el Formulario N°4 Oferta Económica.

  • MTNO = menor Total Neto ofertado.
  • TNO = Total Neto de la oferta evaluada.

Puntaje C6 = ((MTNO /TNO) *100) * 0,35

PUNTAJE TOTAL

Puntaje Total =   C1 x 5% + C2 x 5% + C3 x 5% + C4 x 20% + C5 x 30% + C6 x 35%

El puntaje total, corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación, y se adjudicará la oferta que posea el mayor puntaje total.

    VI.            COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES

La evaluación del Comportamiento Contractual tiene por objeto resguardar el correcto uso de recursos públicos, privilegiando a proveedores con conductas contractuales satisfactorias y penalizando significativamente a aquellos que registren incumplimientos reiterados o graves en contratos anteriores con organismos públicos.

Este criterio se aplicará como factor de descuento directo del puntaje total obtenido por el oferente, afectando la ponderación final y, por tanto, su posición en el ranking de adjudicación.


a. Fuente de información


Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora considerará exclusivamente:

  • La información contenida en el Historial de Comportamiento Contractual del proveedor disponible en la Plataforma ChileProveedores,
  • Correspondiente a los últimos veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.

No se admitirán descargos, aclaraciones ni antecedentes distintos a los registrados oficialmente en dicha plataforma.


b. Tipos de sanciones consideradas


Se considerarán las siguientes sanciones contractuales debidamente registradas:

  • Cobro de Multa
  • Cobro de Garantía
  • Término Anticipado del Contrato por incumplimiento imputable al proveedor
  • c. Tabla de descuento de puntaje

El puntaje obtenido por el oferente será afectado por sanciones previas según el siguiente criterio:

Tipo de Sanción

Descuento de Puntaje

Cobro de Multa

−2 puntos por cada multa

Cobro de Garantía

−4 puntos por cada garantía cobrada

Término anticipado por incumplimiento

−8 puntos por cada término anticipado

Los descuentos serán acumulativos, aplicándose por cada sanción registrada, independiente del órgano contratante que la haya aplicado.

El descuento máximo que podrá aplicarse por Comportamiento Contractual será de hasta 20 puntos del puntaje total de evaluación.

La existencia de dos o más términos anticipados o cobros reiterados de garantías dentro del período evaluado podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora como antecedente suficiente para calificar la conducta del proveedor como deficiente, justificando fundadamente su no adjudicación, por riesgo para la correcta ejecución del contrato.

La sola presentación de una oferta implica que el proveedor conoce, acepta y se somete expresamente al presente criterio de evaluación y a los efectos derivados de la información registrada en su historial contractual oficial.

  VII.            MECANISMO DE DESEMPATE

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:

  1. Mejor puntaje Oferta económica.
  2. Mejor puntaje plazos de entrega, correcciones y garantía
  3. Mejor puntaje Experiencia del oferente.
  4. Mejor puntaje de Sustentabilidad.
  5. Mejor puntaje programas de integridad.
  6. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
  7. Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.

  1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.

La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso.

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Igual al 5% del valor total neto del contrato, en pesos chilenos

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo

GLOSA

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: 1271359-24-LE26 CONVENIO DE SUMINISTRO DE CONFECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE PRÓTESIS DENTALES

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.

La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.

El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.

  1. EFECTIVIDAD GARANTÍA

La caución de fiel cumplimiento se hará efectiva, unilateralmente por acto fundado y, sin necesidad de declaración judicial alguna, en el evento de producirse un incumplimiento del oferente adjudicado respecto a:

  • Requerimientos, condiciones y obligaciones establecidas en las presentes bases.
  • Obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.

La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.

En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.

Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá entregar dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, luego de notificado el acto administrativo que ordena el cobro de la caución, una nueva garantía de fiel cumplimiento de la formalidad en las mismas condiciones que establece el número anterior.

  1. VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato que se celebre tendrá una vigencia que durará desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que formaliza la contratación hasta el fin del periodo 2026 y/o hasta el término de los recursos asignados al proceso, lo que ocurra primero.

No obstante, en caso de que al finalizar el período correspondiente a 2026 la licitación aún disponga de saldo vigente, se podrá extender la vigencia del contrato por un período adicional de hasta seis (6) meses, previa aprobación mutua entre las partes involucradas.

Ante razones de buen funcionamiento de los servicios públicos se podrá dar inicio anticipadamente a la ejecución contractual, sin perjuicio de lo anterior, no se procederá ningún pago hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

  1. VALOR DEL CONTRATO

El monto máximo del contrato corresponderá al presupuesto estimado de $13.000.000 (trece millones de pesos chilenos), sin perjuicio de que el gasto final dependerá de las Órdenes de Compra Internas (OCI) que la Corporación emita durante la vigencia contractual.


El contrato se ejecutará bajo modalidad de valores unitarios, por lo que el valor del contrato estará dado por la suma de los bienes efectivamente requeridos y recepcionados conforme.


Los precios unitarios adjudicados deberán ser informados y mantenidos en moneda nacional (CLP), y se entenderán como valores netos (sin impuesto), debiendo incluir todos los costos asociados necesarios para el cumplimiento del contrato, tales como administración, embalaje, fletes, despachos y cualquier otro gasto que corresponda, sin cobros adicionales posteriores.

A los valores netos se les adicionará el IVA (u otros impuestos que correspondan) al momento de la emisión de la orden de compra interna, conforme a la normativa tributaria vigente.

El monto máximo indicado en esta cláusula constituye un límite de gasto y una estimación referencial, por lo que no obliga a la Corporación a comprar la totalidad del monto estimado, ni genera para el proveedor derecho a exigir un volumen mínimo de compras.

Cualquier incremento del monto máximo, ampliación de cantidades o modificación de condiciones económicas solo procederá mediante el acto administrativo y la modificación contractual que corresponda, conforme a la normativa aplicable y a lo establecido en las Bases.

  1. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato y posterior envío de la OC portal. El adjudicatario deberá suscribir, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.

La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:

•    Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.

•    Copia de escritura pública de constitución.

•    Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

•    Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

•    Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.

Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.

Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.

  1. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

La ejecución del contrato se iniciará una vez suscrito el respectivo contrato, emitida y aceptada la Orden de Compra en el portal www.mercadopublico.cl, y emitida la correspondiente Orden de Compra Interna (OCI), sin perjuicio de lo dispuesto en estas Bases respecto del eventual inicio anticipado por razones de buen servicio. La aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor constituirá condición necesaria para el inicio de las prestaciones y para la posterior tramitación del pago.

El contrato se ejecutará a demanda de la Corporación, conforme a los requerimientos que formule la Contraparte Técnica, y comprenderá la confección, reparación, rebase, adición de dientes, ajustes, pulidos y demás prestaciones complementarias asociadas a prótesis dentales removibles, en estricto apego a las Bases Técnicas, a la oferta adjudicada y a las instrucciones impartidas por la Contraparte Técnica.

Modalidad de requerimiento y recepción de trabajos

Cada prestación será solicitada mediante la respectiva orden de compra interna (OCI), en la que se individualizará, a lo menos, el tipo de trabajo requerido, cantidad, establecimiento requirente, condiciones de retiro y entrega, y cualquier antecedente clínico o técnico necesario para su correcta ejecución.

El proveedor deberá contar con un sistema de recepción documentada de impresiones, modelos y demás antecedentes remitidos por la Corporación, debiendo verificar su integridad al momento de la recepción y dejar constancia de ello. Cada trabajo deberá ser individualizado de manera trazable, permitiendo su correcta identificación durante toda la ejecución contractual.

Control mensual de prestaciones y emisión de OCI

Sin perjuicio de que el contrato se ejecute a demanda, para efectos de control administrativo, presupuestario, facturación y pago, las prestaciones se gestionarán por mes vencido. En consecuencia, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, el Encargado del Contrato o la Contraparte Técnica deberá remitir al Departamento de Abastecimiento una nómina consolidada de todas las prestaciones efectivamente ejecutadas y recepcionadas conforme durante el mes calendario inmediatamente anterior.

Dicha nómina deberá contener, a lo menos, la individualización del paciente o código interno, tipo de prestación realizada, cantidad, fecha de ingreso del trabajo, fecha de entrega, valor unitario adjudicado, valor total, observaciones si las hubiere y constancia de recepción conforme. Sobre la base de esta nómina, el Departamento de Abastecimiento procederá a gestionar la correspondiente Orden de Compra Interna (OCI), la que servirá de respaldo para la facturación respectiva.

En consecuencia, el proveedor solo podrá facturar aquellas prestaciones que se encuentren incorporadas en la nómina mensual remitida por la Contraparte Técnica y que hayan sido formalizadas mediante la respectiva OCI. La falta de envío oportuno de dicha nómina por parte del Encargado del Contrato impedirá la emisión de la OCI y, por consiguiente, la tramitación regular de la facturación y pago del período respectivo.

Ejecución técnica del servicio

El proveedor deberá ejecutar los trabajos con sujeción estricta a las especificaciones técnicas establecidas en las Bases, empleando materiales, insumos, equipamiento e infraestructura idóneos para la confección y mantención de prótesis dentales removibles.

En particular, deberá utilizar resina acrílica de polimerización térmica, dientes artificiales y demás materiales de calidad certificada que cumplan con las exigencias técnicas mínimas establecidas en las Bases Técnicas, así como disponer de laboratorio, equipamiento y personal técnico calificado suficientes para asegurar una prestación segura, continua y de calidad.

Asimismo, el proveedor deberá ejecutar todas las etapas técnicas que correspondan según el tipo de trabajo requerido, incluyendo, cuando proceda, vaciado de modelos, montaje en articulador, confección de rodetes, prueba de dientes, procesado, terminación, pulido y control de calidad final.

Plazos de ejecución y entrega

El proveedor deberá cumplir estrictamente los plazos ofertados y adjudicados, los que en ningún caso podrán exceder los máximos establecidos en las Bases Técnicas para cada tipo de prestación.

Los plazos de entrega se contarán desde la recepción conforme del trabajo, impresión, modelo o requerimiento respectivo por parte del laboratorio, según corresponda a la naturaleza de la prestación solicitada. Tratándose de reparaciones, rebases, adición de dientes u otras prestaciones complementarias, regirán igualmente los plazos máximos establecidos en las Bases Técnicas y en la oferta del adjudicatario.

Cualquier atraso deberá ser informado fundadamente a la Contraparte Técnica antes del vencimiento del plazo comprometido, sin que dicha comunicación libere al proveedor de las multas y demás consecuencias contractuales que procedan.

Retiro, transporte y entrega

El retiro y entrega de los trabajos se realizará en las dependencias del establecimiento requirente, o en el lugar que indique la Contraparte Técnica, sin costo adicional para la Corporación.

El proveedor será responsable del adecuado embalaje, custodia, transporte y conservación de las impresiones, modelos, prótesis y demás elementos asociados al servicio, debiendo adoptar todas las medidas necesarias para evitar pérdidas, daños, contaminación, fracturas o deterioros durante su manipulación y traslado.

Recepción conforme, control de calidad y rechazo

La recepción conforme de cada prestación será otorgada por la Contraparte Técnica o por quien ésta designe, una vez verificado el cumplimiento íntegro de lo solicitado en la OCI, en las Bases Técnicas, en la oferta adjudicada y en las instrucciones impartidas durante la ejecución contractual.

El proveedor deberá entregar los trabajos terminados en condiciones óptimas de calidad, funcionalidad, terminación, ajuste, oclusión, estética y limpieza, debiendo cumplir, a lo menos, con los estándares definidos en las Bases Técnicas respecto de ajuste preciso, ausencia de porosidades, fracturas, irregularidades, defectos de pulido, errores de confección o cualquier otra deficiencia técnica.

La Corporación podrá rechazar total o parcialmente cualquier trabajo que no cumpla con los estándares técnicos exigidos. En tal caso, el proveedor deberá rehacer, corregir, ajustar, reparar o reemplazar el trabajo observado, sin costo adicional para la Corporación, dentro del plazo que corresponda conforme a las Bases Técnicas o al que prudencialmente fije la Contraparte Técnica atendida la criticidad del caso. El rechazo no obstará a la aplicación de multas, cobro de garantía u otras medidas contractuales que procedan.

Bioseguridad y obligaciones sanitarias

El proveedor deberá cumplir íntegramente con las normas de bioseguridad aplicables a laboratorios dentales, debiendo mantener protocolos escritos de limpieza y desinfección, manejo de residuos, uso de elementos de protección personal y sanitización de impresiones, modelos y prótesis que ingresen o egresen del laboratorio.

Será de exclusiva responsabilidad del proveedor adoptar todas las medidas necesarias para resguardar la seguridad sanitaria del proceso, dando estricto cumplimiento a la normativa sanitaria vigente y a las exigencias establecidas en las Bases Técnicas.

Garantía técnica y ajustes

Sin perjuicio de la garantía ofertada por el adjudicatario, el proveedor deberá otorgar, a lo menos, la garantía técnica y de ajuste establecida en las Bases Técnicas para defectos de fabricación, desprendimiento de dientes, porosidades no detectadas inicialmente y ajustes o retoques necesarios, excluyéndose únicamente aquellos daños imputables al mal uso o accidente del paciente.

Durante el período de garantía, el proveedor deberá efectuar, sin costo para la Corporación, las reparaciones, reposiciones, rehechuras, alivios, desgastes, pulidos y demás correcciones que resulten necesarias para subsanar defectos o no conformidades imputables a su ejecución.

Documentación obligatoria por cada entrega

Por cada trabajo entregado, el proveedor deberá acompañar, a lo menos, la documentación exigida en las Bases Técnicas, incluyendo guía de despacho o documento de remisión detallado, certificado de desinfección del trabajo, especificación de materiales utilizados e instrucciones de cuidado y mantención, cuando corresponda.

La falta de entrega de la documentación exigida facultará a la Corporación para rechazar la recepción conforme y suspender la tramitación del pago hasta su íntegra regularización.

Responsabilidad del proveedor

El proveedor será el único y exclusivo responsable de la correcta ejecución técnica del servicio, de la calidad de los materiales empleados, de la idoneidad de su personal, del cumplimiento de los plazos comprometidos y de la conservación e integridad de los trabajos recibidos y entregados durante toda la ejecución del contrato.

Toda deficiencia técnica, error de confección, incumplimiento de plazo, falla de calidad, pérdida, daño o infracción a las medidas de bioseguridad será de su exclusiva responsabilidad y dará lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en las Bases, sin perjuicio de las demás acciones administrativas o legales que correspondan.

  1. FACTURACIÓN

La facturación deberá efectuarse únicamente respecto de prestaciones efectivamente requeridas, ejecutadas y recepcionadas conforme, de acuerdo con la respectiva Orden de Compra Interna (OCI), la Orden de Compra emitida a través del portal Mercado Público, los valores unitarios adjudicados y la documentación de respaldo exigida en las presentes Bases.

En consecuencia, no podrá facturarse por prestaciones no ejecutadas, observadas, rechazadas, incompletas, pendientes de recepción conforme, no formalizadas mediante la respectiva OCI, o que no cuenten con respaldo técnico y documental suficiente.

La factura deberá emitirse por cada OCI, respetando el centro de costo correspondiente y asegurando la debida trazabilidad entre:

  • la prestación ejecutada;
  • el trabajo protésico efectivamente entregado;
  • la documentación técnica de respaldo;
  • la recepción conforme emitida por la Contraparte Técnica Clínica; y
  • el cobro realizado por el proveedor.

La emisión de la factura deberá guardar estricta concordancia con las prestaciones efectivamente ejecutadas por el proveedor, individualizando claramente, a lo menos:

a) tipo de prestación realizada;

b) cantidad;

c) fecha de ejecución o entrega;

d) valor unitario adjudicado;

e) valor total facturado;

f) número de OCI; y

g) referencia a la Orden de Compra del portal, cuando corresponda

DATOS DE FACTURACIÓN:

RAZÓN SOCIAL

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954-200-1

GLOSA

Detalle de la prestación ejecutada e indicación del número de OCI

DOC. REFERENCIA (CAMPO 801)

ID de la licitación

FOLIO

ID de la Orden de Compra del portal y número de OCI, según corresponda.

Cada Orden de Compra interna deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:

CENTRO DE COSTO

GIRO

SALUD

Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública)

Requisitos para facturar

El proveedor solo podrá facturar aquellas prestaciones que cumplan copulativamente con las siguientes condiciones:

a) haber sido válidamente requeridas dentro de la vigencia del contrato;

b) encontrarse incorporadas en la nómina consolidada del período respectivo;

c) contar con la respectiva OCI emitida;

d) haber sido efectivamente ejecutadas y entregadas;

e) contar con recepción conforme emitida por la Contraparte Técnica Clínica o por quien ésta designe; y

f) disponer de la documentación técnica y administrativa de respaldo exigida en las Bases.

Improcedencia de la facturación

No procederá la facturación de:

  • prestaciones no ejecutadas;
  • trabajos protésicos rechazados o con observaciones pendientes de subsanar;
  • prestaciones ejecutadas fuera de la vigencia contractual;
  • prestaciones que excedan el saldo disponible o la cobertura contractual;
  • prestaciones no incorporadas en la OCI respectiva; o
  • cobros que no coincidan con los valores unitarios adjudicados.

La emisión de facturas en contravención a lo anterior constituirá incumplimiento contractual y podrá dar lugar al rechazo del documento tributario, suspensión de la tramitación del pago y aplicación de las medidas contempladas en las presentes Bases.

Reclamo del contenido de la factura

La Corporación dispondrá del plazo legal de ocho (8) días corridos para reclamar del contenido de la factura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 N°2 de la Ley N° 19.983.

  1. PAGO

La Corporación pagará al proveedor únicamente por las prestaciones efectivamente requeridas, ejecutadas y recepcionadas conforme, de acuerdo con los valores unitarios adjudicados, las Órdenes de Compra Internas (OCI) emitidas durante la vigencia del contrato y la correspondiente Orden de Compra del portal, sin que el monto estimado del contrato obligue a la Corporación a consumir un mínimo determinado.

El pago procederá solo respecto de aquellos trabajos que hayan sido ejecutados en conformidad a las Bases Técnicas, a la oferta adjudicada, a las instrucciones de la Contraparte Técnica y a la documentación de respaldo exigida para cada entrega, especialmente tratándose de confección, reparación, rebase, adición de dientes, ajustes, pulidos u otras prestaciones asociadas a prótesis dentales removibles.

Cada estado de pago deberá guardar estricta concordancia con la OCI respectiva, con los trabajos efectivamente recepcionados conforme y con la factura emitida por el proveedor. No se cursará pago respecto de prestaciones observadas, rechazadas, incompletas, deficientemente ejecutadas o carentes de respaldo documental suficiente.

La recepción conforme será otorgada por la Contraparte Técnica o por quien ésta designe, una vez verificado el cumplimiento íntegro de la prestación y de la documentación exigida. En caso de observaciones, rechazos técnicos, faltantes, defectos de fabricación, incumplimientos de plazo o ausencia de documentos obligatorios, la Corporación podrá suspender la tramitación del pago hasta la total subsanación de las observaciones, sin perjuicio de la aplicación de multas, cobro de garantía o demás medidas contempladas en las Bases.

El contratista y encargado del contrato deberá realizar entrega de a lo menos la siguiente documentación para procesar el pago correspondiente:

  1. CONTRATISTA

Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales conforme a lo dispuesto en la ley 20.123 de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o Instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, del mes anterior (F30-1).

Guía de despacho o documento de remisión detallado, por cada entrega.

Antecedentes de factoring o cesión de crédito, si corresponde.

Comprobante de pago de multas, ejecutoriadas si las hubiese.

La(s) factura(s) respectiva(s).

  1. ENCARGADO DEL CONTRATO

Memorándum con breve descripción del estado de pago

Detalle de prestaciones recepcionadas, idealmente en una planilla o cuadro, con:

  • tipo de trabajo,
  • cantidad,
  • paciente o código interno,
  • fecha de ingreso,
  • fecha de entrega,
  • valor unitario,
  • valor total.

Constancia de que no existen observaciones técnicas pendientes, o bien que fueron subsanadas.

Visación de la factura por parte de la contraparte técnica.

Certificado que indique la recepción conforme de los productos y la(s) factura(s) respectiva(s) al estado de pago.

Cualquier otro antecedente que el ITO considere relevante para poder cursar el pago.

No se dará curso al pago en tanto no se cumpla con la entrega de toda la documentación antes indicada., es decir, “En ningún caso se pagarán prestaciones que no cuenten con trazabilidad documental suficiente, recepción conforme y respaldo técnico individualizado por trabajo ejecutado.”

 

Para que pueda realizarse el pago, la orden de compra deberá estar debidamente emitida y estar aceptada por quien haya sido contratado. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos posterior a la recepción conforme de los bienes y/o productos, salvo que se presenten incongruencias en las facturas y/u otro documento.

En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato factoring, éste deberá notificar a la corporación dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, para efectos del pago oportuno.

El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.

En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.


XVI. CONTRAPARTE TÉCNICA, ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN CONFORME


Para la correcta ejecución, supervisión, control y administración del contrato, la Corporación distinguirá expresamente entre la Contraparte Técnica Clínica, la gestión administrativa-contractual y las demás unidades competentes en materias presupuestarias, financieras y de control, sin perjuicio de la obligación del proveedor adjudicado de designar un Supervisor del Contrato que actúe como responsable directo de la coordinación y ejecución de los servicios contratados.

Contraparte Técnica Clínica

La Contraparte Técnica Clínica será ejercida por la Dirección de Salud de la Corporación, a través del profesional odontólogo, referente odontológico, encargado clínico del programa o funcionario que dicha Dirección designe formalmente para tales efectos.

Corresponderá a la Contraparte Técnica Clínica, a lo menos, las siguientes funciones:

a) supervisar la correcta ejecución técnica y clínica de las prestaciones contratadas, verificando su conformidad con las Bases Administrativas, Bases Técnicas, oferta adjudicada y demás antecedentes del proceso;

b) validar técnicamente la recepción, entrega, ajuste, reparación, rebase, rehechura, adición de dientes, reposición y demás prestaciones comprendidas en el contrato;

c) revisar la calidad técnica de los trabajos protésicos, incluyendo ajuste, funcionalidad, terminación, estabilidad, oclusión, pulido, adaptación y cumplimiento de los estándares técnicos y clínicos exigidos;

d) verificar el cumplimiento de los plazos comprometidos, así como de las exigencias de bioseguridad, trazabilidad, identificación, cadena de custodia, transporte, embalaje y entrega;

e) calificar, cuando corresponda, la existencia de urgencias, prioridades clínicas, observaciones, defectos, rechazos, rehechuras, incumplimientos técnicos o no conformidades imputables al proveedor;

f) requerir la corrección, reparación, reposición, rehechura o nueva ejecución de los trabajos que no cumplan con las exigencias técnicas o clínicas, sin costo adicional para la Corporación, dentro de los plazos establecidos en las Bases Técnicas o dentro del plazo especial que, de manera fundada, determine la Contraparte Técnica Clínica conforme a la necesidad del paciente y a la naturaleza de la observación detectada;

g) emitir informes, actas, constancias o certificados de recepción técnica conforme, recepción con observaciones o rechazo técnico, según corresponda;

h) informar por escrito al Departamento de Abastecimiento los incumplimientos técnicos detectados, acompañando los antecedentes de respaldo necesarios para la aplicación de multas, descuentos, cobro de garantías, medidas correctivas o eventuales procedimientos de término anticipado del contrato;

i) colaborar en la evaluación del desempeño del proveedor y en el análisis de eventuales renovaciones, prórrogas, aumentos, disminuciones o términos anticipados del contrato;

j) llevar, en conjunto con las unidades competentes, el control técnico y presupuestario del contrato, efectuando seguimiento permanente del monto adjudicado, prestaciones requeridas, prestaciones ejecutadas, prestaciones pendientes de facturación, montos consumidos y saldos disponibles, con el objeto de resguardar que la ejecución contractual se mantenga dentro del marco presupuestario y de la vigencia contractual;

k) verificar, en forma previa a solicitar, coordinar, autorizar o permitir la ejecución de cualquier prestación, que exista saldo contractual suficiente, cobertura presupuestaria y vigencia del contrato, absteniéndose de requerir prestaciones que excedan el monto adjudicado, el saldo disponible o el período de ejecución contractual;

l) informar oportunamente al Departamento de Abastecimiento, a Contabilidad y a la División de Planificación y Presupuesto, o a las unidades que hagan sus veces, cualquier riesgo de sobreejecución, agotamiento de saldo, insuficiencia presupuestaria o necesidad de adoptar medidas administrativas y presupuestarias complementarias.

Gestión administrativa y contractual

El Departamento de Abastecimiento actuará como unidad responsable del seguimiento administrativo-contractual, control documental y coordinación de la tramitación contractual del proceso.

Le corresponderá, a lo menos:

a) efectuar el control administrativo del contrato, de sus actos complementarios, vigencia, modificaciones, saldo referencial, órdenes de compra internas, control documental y demás actuaciones que correspondan;

b) coordinar la emisión y tramitación de órdenes de compra, nóminas de prestaciones, estados de pago, respaldo documental y control de ejecución administrativa del contrato;

c) recepcionar y consolidar los informes, certificaciones y antecedentes remitidos por la Contraparte Técnica Clínica, para efectos de facturación, pago, multas, devolución de garantías y demás decisiones contractuales;

d) verificar que la documentación presentada por el proveedor y por la unidad requirente se ajuste a las presentes Bases, al contrato y a la normativa vigente;

e) tramitar administrativamente, sobre la base de los antecedentes remitidos por la Contraparte Técnica Clínica y de las demás unidades competentes, la aplicación de multas, descuentos, cobro de garantías, modificaciones contractuales, renovaciones, disminuciones, aumentos, prórrogas o término anticipado, según corresponda;

f) mantener debidamente actualizado el expediente administrativo y electrónico del contrato, resguardando la trazabilidad de todas las actuaciones relevantes.

Control presupuestario y coordinación interáreas

El control presupuestario del contrato será desarrollado de manera coordinada y conjunta entre la Contraparte Técnica Clínica, el Departamento de Abastecimiento, la unidad de Contabilidad y la División de Planificación y Presupuesto, o las unidades que hagan sus veces, cada una dentro del ámbito de sus competencias.

Para estos efectos:

a) la Contraparte Técnica Clínica deberá verificar la necesidad efectiva de la prestación, su pertinencia técnica y su compatibilidad con el saldo disponible antes de requerir su ejecución;

b) el Departamento de Abastecimiento deberá efectuar el control administrativo y documental de la ejecución contractual y de las órdenes de compra asociadas;

c) la unidad de Contabilidad deberá colaborar en la revisión del registro financiero, ejecución del gasto y consistencia de los antecedentes de pago;

d) la División de Planificación y Presupuesto deberá colaborar en la revisión de la disponibilidad presupuestaria, proyección de consumo y suficiencia de recursos para la continuidad del contrato.

La coordinación entre estas áreas tendrá por finalidad evitar la ejecución de prestaciones sin respaldo presupuestario, sin saldo disponible o fuera de la vigencia contractual, debiendo adoptarse con la debida anticipación las medidas administrativas y presupuestarias que correspondan.

Supervisor del Contrato por parte del proveedor

El proveedor adjudicado deberá designar formalmente, dentro del plazo que se establezca para la suscripción o inicio de ejecución del contrato, un Supervisor del Contrato, quien actuará como responsable directo de la coordinación operativa, técnica y documental de los servicios adjudicados.

El Supervisor del Contrato designado por el proveedor será el interlocutor válido y permanente frente a la Contraparte Técnica Clínica, al Departamento de Abastecimiento y a las demás unidades de la Corporación que intervengan en la ejecución, administración, control o seguimiento del contrato, en todos los asuntos relativos a la prestación del servicio, su correcta ejecución, control técnico, entrega de documentación, cumplimiento de procedimientos, observaciones, correcciones, requerimientos, coordinación operativa y demás materias vinculadas al contrato.

Serán funciones mínimas del Supervisor del Contrato del proveedor las siguientes:

a) coordinar la ejecución íntegra y oportuna de las prestaciones contratadas, asegurando su cumplimiento conforme a las Bases, oferta adjudicada y contrato;

b) recibir, canalizar y responder oportunamente los requerimientos, observaciones, instrucciones y comunicaciones que emitan la Contraparte Técnica Clínica, el Departamento de Abastecimiento u otras unidades competentes;

c) velar por la correcta entrega, retiro, transporte, trazabilidad, identificación, custodia y devolución de los trabajos, insumos, registros o antecedentes asociados al servicio;

d) supervisar el cumplimiento de los plazos técnicos, garantías, reposiciones, reparaciones, rehechuras, ajustes y demás obligaciones asumidas por el proveedor;

e) gestionar y entregar en tiempo y forma toda la documentación exigida por las Bases, el contrato o la Corporación, incluyendo informes, nóminas, actas, respaldos, comprobantes de entrega, documentos de facturación y demás antecedentes necesarios para la correcta administración del contrato;

f) adoptar las medidas internas necesarias para subsanar oportunamente observaciones, incumplimientos, rechazos técnicos o requerimientos formulados por la Corporación;

g) informar de inmediato cualquier contingencia, hecho sobreviniente, dificultad técnica, atraso o circunstancia que pueda afectar la continuidad, calidad o correcta ejecución del servicio.

La designación del Supervisor del Contrato, así como cualquier modificación posterior, deberá ser informada por escrito a la Corporación. Mientras no se comunique formalmente un reemplazo, se entenderá que el Supervisor inicialmente designado mantiene plena vigencia y responsabilidad para todos los efectos contractuales.

La falta de designación del referido Supervisor, su ausencia injustificada, la falta de respuesta o la inobservancia de las instrucciones impartidas por la Corporación no eximirá al proveedor de sus responsabilidades contractuales, y podrá ser considerada incumplimiento para los efectos de la aplicación de las medidas previstas en las presentes Bases y en el contrato.

Regla de distribución de competencias

La validación técnica y clínica de las prestaciones corresponderá exclusivamente a la Contraparte Técnica Clínica, mientras que la tramitación administrativa-contractual y documental corresponderá al Departamento de Abastecimiento, sin perjuicio de la intervención de Contabilidad y de la División de Planificación y Presupuesto en las materias propias de su competencia.

En consecuencia, la recepción conforme necesaria para cursar pago requerirá, como antecedente previo e indispensable, la certificación o validación emitida por la Contraparte Técnica Clínica, además de la revisión administrativa y presupuestaria que corresponda efectuar a las demás unidades involucradas.

Prohibición de requerir prestaciones sin saldo o cobertura

En ningún caso la Contraparte Técnica Clínica, ni la unidad requirente, podrá solicitar, coordinar, validar o permitir la ejecución de prestaciones sin haber verificado previamente, en conjunto con las áreas competentes, la existencia de saldo disponible suficiente, cobertura presupuestaria y vigencia contractual.

Del mismo modo, el proveedor no podrá ejecutar prestaciones que no hayan sido debidamente requeridas, coordinadas o validadas conforme al procedimiento establecido, ni aquellas respecto de las cuales se le hubiere advertido la inexistencia de cobertura contractual o presupuestaria.

La omisión de dicho control o la ejecución de prestaciones sin respaldo contractual o presupuestario constituirá un incumplimiento de los deberes de supervisión, administración y correcta ejecución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, financieras, contractuales o disciplinarias que pudieren corresponder.

Recepción conforme, observaciones y rechazo técnico

La recepción de las prestaciones podrá ser:

a) Recepción conforme, cuando la prestación se hubiere ejecutado íntegramente de acuerdo con las Bases, la oferta adjudicada y las exigencias técnicas y clínicas aplicables;

b) Recepción con observaciones, cuando existan defectos o incumplimientos subsanables, debiendo la Contraparte Técnica Clínica dejar constancia de las observaciones formuladas y del plazo otorgado para su corrección;

c) Rechazo técnico, cuando la prestación presente incumplimientos graves, defectos de fabricación, deficiencias de ajuste, incumplimiento de bioseguridad, errores técnicos, uso de materiales no autorizados o cualquier otra circunstancia que impida su aceptación técnica o clínica.

En caso de recepción con observaciones o rechazo técnico, el proveedor deberá subsanar, reparar, rehacer, reponer o corregir el trabajo sin costo adicional para la Corporación, dentro del plazo que corresponda conforme a las Bases Técnicas o dentro del plazo especial que, fundadamente, determine la Contraparte Técnica Clínica, sin perjuicio de las multas y demás medidas contractuales aplicables.

Valor de los antecedentes técnicos

Los informes, actas, registros, certificados, observaciones, respaldos clínicos, constancias de entrega y demás antecedentes emitidos por la Contraparte Técnica Clínica constituirán fundamento suficiente para acreditar la conformidad o no conformidad de la prestación, así como para sustentar la aplicación de multas, descuentos, cobro de garantía, suspensión de pago, exigencia de correcciones, rechazo técnico o eventual propuesta de término anticipado del contrato.

Asimismo, las comunicaciones, informes, constancias de entrega documental y registros emitidos o recepcionados por el Supervisor del Contrato del proveedor podrán ser considerados como antecedentes válidos para efectos de trazabilidad, coordinación operativa y acreditación del cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones contractuales.

Designación formal

La autoridad competente deberá designar formalmente a la Contraparte Técnica Clínica y, en su caso, a su subrogante o reemplazante, así como a la unidad o funcionario responsable del seguimiento administrativo-contractual. Cualquier modificación de dichas designaciones deberá constar por escrito e incorporarse al expediente del proceso.

Del mismo modo, el proveedor adjudicado deberá informar formalmente la identidad, cargo, medios de contacto y eventual reemplazo del Supervisor del Contrato, los que deberán mantenerse permanentemente actualizados durante toda la vigencia contractual.


XVII. INCUMPLIMIENTOS


Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato.


DESCRIPCIÓN

1.

Falta de credencial de identificación del personal

2.

Emisión de facturas fuera del plazo y condiciones estipuladas en las presentes bases.

3.

Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función.

4.

Cualquier falta y/o incumplimiento de carácter menor cometida por el prestador y/o sus funcionarios, que no origina riesgos a las personas, ni daños a los bienes de la corporación o a su imagen y que no esté afecta a cobros pecuniarios.

5.

Emitir más de una factura por mes, sin previamente anular la ya emitida.

6.

Factorizar sin previa notificación a la Corporación.

7.

Emisión de factura sin ajustarse a la OCI, orden de compra portal o prestaciones efectivamente ejecutadas

8.

Omisión o error menor en la documentación de respaldo de cada trabajo, sin afectar la trazabilidad clínica esencial


B. 
GRAVES

B.1 Plazos de entrega y oportunidad del servicio

Incumplimiento

Multa propuesta

Observaciones

B1

Atraso en la entrega de una prestación respecto del plazo comprometido y adjudicado

0,5 UTM por día hábil de atraso, con tope de 5 UTM por trabajo

Aplica desde el día hábil siguiente al vencimiento

B2

Atraso en reparaciones, rebases, adición de dientes u otras prestaciones urgentes

1 UTM por día hábil de atraso, con tope de 6 UTM por trabajo

Por su mayor criticidad clínica

B3

No entrega del trabajo dentro de 5 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo comprometido

4 UTM por evento

Sin perjuicio del eventual término anticipado

B4

Incumplimiento reiterado de plazos en 3 o más trabajos dentro de un mismo mes calendario

5 UTM adicionales por evento

Acumulable a las multas precedentes

B.2 Calidad técnica y conformidad del trabajo protésico

Incumplimiento

Multa propuesta

Observaciones

B5

Entrega de prótesis, reparación o trabajo que no cumpla especificaciones técnicas mínimas

3 UTM por trabajo rechazado

Además deberá rehacerse o corregirse sin costo

B6

Presencia de defectos de fabricación: porosidades, fracturas, burbujas, desajustes evidentes, pulido deficiente, errores de oclusión o terminación

2 UTM por trabajo

Además de la corrección obligatoria

B7

Uso de materiales distintos o de calidad inferior a los ofertados o exigidos en Bases Técnicas

5 UTM por evento

Sin perjuicio de rechazo total del trabajo

B8

Entrega de trabajo que requiera rehechura por error imputable al proveedor

3 UTM por evento

Más obligación de rehacer sin costo

B9

Reincidencia en rehechuras o rechazos técnicos de un mismo tipo de prestación, por segunda vez dentro de 60 días corridos

50% adicional sobre la multa aplicable

Se acumula a la multa base

B.3 Bioseguridad, custodia y resguardo sanitario

Incumplimiento

Multa propuesta

Observaciones

B10

Incumplimiento de protocolos de limpieza, desinfección, sanitización o manejo de residuos

5 UTM por evento

Por tratarse de riesgo sanitario

B11

Entrega o recepción de trabajos sin certificado, respaldo o constancia de desinfección, cuando corresponda

2 UTM por evento

Además, podrá rechazarse la recepción

B12

Manipulación, embalaje o transporte inadecuado que provoque contaminación, deterioro, fractura o pérdida del trabajo

4 UTM por evento

Además de reposición o reparación sin costo

B.4 Trazabilidad, documentación clínica y recepción

Incumplimiento

Multa propuesta

Observaciones

B13

Falta de identificación trazable del trabajo recepcionado o entregado

2 UTM por evento

Incluye ausencia de paciente o código interno

B14

Omisión de guía de despacho, documento de remisión o respaldo técnico exigido para cada entrega

1 UTM por evento

Sin perjuicio de suspensión del pago

B15

Pérdida de impresiones, modelos, prótesis o antecedentes clínicos entregados por la Corporación

6 UTM por evento

Más reposición o medidas correctivas que procedan

B.5 Garantía técnica, reposición y correcciones

Incumplimiento

Multa propuesta

Observaciones

B16

No efectuar corrección, ajuste, reparación o rehechura dentro del plazo comprometido

1 UTM por día hábil de atraso, con tope de 6 UTM

Aplica durante la ejecución o garantía

B17

Negarse a responder por defectos cubiertos por garantía técnica

6 UTM por evento

Sin perjuicio de cobro de garantía

B18

Reposición, corrección o rehechura ejecutada nuevamente con fallas imputables al proveedor

4 UTM por evento

Agrava la reincidencia

B.6 Confidencialidad y protección de información

Incumplimiento

Multa propuesta

Observaciones

B19

Divulgación, uso no autorizado o manejo indebido de información clínica o personal de pacientes

10 UTM por evento

Sin perjuicio de término anticipado y otras acciones

B20

Uso no autorizado de antecedentes, modelos, imágenes o registros de trabajos realizados para fines distintos al contrato

8 UTM por evento

Incluye difusión o exhibición sin autorización

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 8 UTM son:

  • Abandono de las labores contratadas.
  • Negativa a trabajar sin falta justificada en los servicios convenidos en el contrato.
  • Faltas que atenten con la información confidencial de los usuarios/as de la plataforma
  • Entrega de productos con vencimiento cumplidos.
  • Actos, omisiones o imprudencia que afecten a la seguridad de los pacientes, funcionarios, a sus trabajadores o al funcionamiento de los centros.
  • Conductas indebidas y graves del contratista y sus trabajadores, tales como falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico contra algún funcionario u otro trabajador, injurias contra la corporación, conducta inmoral que afecte a la corporación.
  • .
  • Rechazo total de los productos por no ajustarse a las especificaciones técnicas.
  • Incurrir en falsedad en el cobro de los productos.
  • Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.
  • XVIII. DE LOS SERVICIOS

El proveedor deberá prestar el servicio con su propio personal, materiales, y todo instrumento que permita dar continuidad operativa y cumplir con las obligaciones contraídas.

Responsable técnico del servicio


El proveedor deberá mantener durante toda la vigencia del contrato un Responsable Técnico del laboratorio, que deberá contar con título de Técnico Dental y experiencia comprobable en confección y mantención de prótesis removibles, conforme a las Bases Técnicas. Dicho profesional será el interlocutor técnico válido frente a la Contraparte Técnica de la Corporación y será responsable de supervisar la correcta ejecución de los trabajos, control de calidad, bioseguridad, trazabilidad y cumplimiento de los plazos comprometidos.


Cualquier reemplazo del Responsable Técnico deberá ser informado por escrito a la Corporación con una anticipación mínima de 5 días hábiles, acompañando los antecedentes que acrediten que el reemplazante cumple iguales o superiores condiciones técnicas. La omisión de esta comunicación constituirá incumplimiento contractual.


XIX. PLAN DE CONTINUIDAD OPERATIVA Y CONTINGENCIA


El proveedor deberá asegurar la continuidad del servicio durante toda la vigencia contractual, manteniendo capacidad operativa suficiente para responder a la demanda efectiva de la Corporación.
Para estos efectos, deberá contar con equipamiento funcional, personal suficiente y un plan de contingencia ante fallas técnicas, mantenciones, ausencia de personal crítico, interrupciones logísticas o cualquier otra circunstancia que pueda afectar el cumplimiento de los plazos y la calidad del servicio.


La ocurrencia de contingencias no eximirá al proveedor de su responsabilidad contractual, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado y aceptado por la Corporación.

  XX.            CONFIDENCIALIDAD Y RESGUARDO DE INFORMACIÓN CLÍNICA

El proveedor y todo su personal deberán guardar estricta reserva respecto de toda información clínica, técnica, administrativa o personal a la que accedan con ocasión de la ejecución del contrato, especialmente aquella asociada a pacientes, diagnósticos, tratamientos, modelos, fichas, órdenes de trabajo y registros internos de la Corporación.


Dicha información solo podrá ser utilizada para la correcta ejecución del servicio contratado y no podrá ser divulgada, reproducida, almacenada, compartida ni utilizada para fines distintos, sin autorización expresa de la Corporación.


El incumplimiento de esta obligación será considerado infracción grave y podrá dar lugar a multas, término anticipado del contrato y demás acciones que correspondan.


XXI. REHECHURAS, URGENCIAS Y PRIORIDAD CLÍNICA


Cuando una prestación sea rechazada por incumplimiento técnico imputable al proveedor, éste deberá rehacerla sin costo adicional dentro del plazo máximo establecido en las Bases Técnicas.
Tratándose de reparaciones, ajustes urgentes o rehechuras calificadas como prioritarias por la Contraparte Técnica, el proveedor deberá otorgar atención preferente y coordinar su ejecución dentro del plazo especial que fundadamente defina dicha contraparte, atendida la necesidad clínica del paciente.


La reiteración de rehechuras, defectos o rechazos respecto de un mismo tipo de prestación constituirá antecedente suficiente para la aplicación de multas y para evaluar un eventual incumplimiento grave.


XXII. SUBCONTRATACIÓN


El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir, en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones emanados de la presente contratación, salvo en aquellos casos expresamente permitidos por la normativa vigente respecto de la cesión de créditos, factoring u otras situaciones legalmente autorizadas.

Atendida la naturaleza de la presente contratación, correspondiente a un servicio especializado de laboratorio dental, cuya adjudicación se funda en la idoneidad técnica, experiencia específica, capacidad operativa, cumplimiento de estándares clínicos, trazabilidad, bioseguridad y control de calidad del oferente adjudicado, no se permitirá la subcontratación total ni parcial de las prestaciones principales del contrato. Esta prohibición se funda en que se trata de un servicio especial contratado en consideración a la capacidad o aptitud propia del adjudicatario, en los términos del artículo 128 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

En consecuencia, deberán ser ejecutadas directamente por el proveedor adjudicado, sin intervención de terceros subcontratados, todas las etapas críticas o esenciales del proceso protésico y de la prestación contratada, incluyendo, a lo menos:

a) recepción técnica de trabajos y modelos;


b) confección, elaboración y terminación de prótesis removibles totales o parciales;


c) modelado, colado, acrilizado, montaje, pulido y terminaciones;


d) composturas, reparaciones, rebases, adición de dientes, ajustes y rehechuras;


e) reposiciones y correcciones cubiertas por garantía;


f) control de calidad técnico y clínico del trabajo;


g) cumplimiento de protocolos de bioseguridad, identificación, trazabilidad y cadena de custodia;


h) resguardo de antecedentes técnicos, clínicos y documentación asociada a cada prestación.

La infracción a esta prohibición constituirá incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, facultando a la Corporación para aplicar las multas que correspondan, rechazar prestaciones, suspender pagos, hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y, en su caso, poner término anticipado al contrato, de conformidad con las presentes Bases y la normativa vigente.

Lo anterior es sin perjuicio de que el proveedor pueda contratar, bajo su exclusiva responsabilidad, servicios accesorios o de apoyo no esenciales, siempre que éstos no impliquen la ejecución de prestaciones técnicas objeto de la licitación, no afecten la trazabilidad ni la confidencialidad de la información clínica, no comprometan la calidad del servicio y no importen, en los hechos, una subcontratación de la prestación principal. En todo caso, dichos apoyos no alterarán la responsabilidad íntegra del adjudicatario frente a la Corporación.

BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES

      I.              BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR

La información se encuentra contenida en “BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, TECNICAS Y ANEXOS” de la presente licitación.

Importante: La evaluación y adjudicación se realizará por la totalidad, esto quiere decir que podrá haber un proveedor adjudicado y en caso de no cumplir, estas serán declarada inadmisible.

         II.              REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en la presente licitación quienes cumplan con las siguientes disposiciones:

  1. Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten idoneidad técnica y financiera, y que se encuentren inscritas con su información actualizada en el “Registro de Proveedores”, en estado hábil.
  2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad al Artículo N°4 de Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  3. No haber incurrido en alguna inhabilidad establecida en Artículo N° 35 quáter de la Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  4. No situarse en alguna de las circunstancias indicadas en el Artículo N° 154 del Decreto N° 661 y Articulo N° 35 septies de la Ley N° 19.886.

       III.              INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

  1. Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las bases Administrativas Especiales. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los Formularios y/o anexos solicitados.
  2. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
  3. En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) el acuerdo en que conste la unión deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá materializarse mediante el Formulario N° 2, en el cual deberán individualizar a cada miembro y designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto
  4. El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas.

 

En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de los puntos III Y IV de las presentes bases, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.       

 IV.              PRESENTACIÓN DE OFERTAS FUERA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN

En el caso que existan circunstancias que impida presentar la respectiva oferta del bien y/o servicio en el portal www.mercadopublico.cl, se aceptará la presentación de las ofertas vía presencial y/o correo electrónico.

Ante dificultades, los proveedores deberán notificar la situación antes del cierre de recepción de ofertas al correo electrónico licitaciones@corporacionlampa.cl. De acuerdo a lo anterior, aquellos proveedores que no cumplan con la notificación vía correo electrónico, su oferta no será recepcionada.

Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, se aceptarán ofertas fuera del sistema de compras y contratación, en las siguientes circunstancias:

  1. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, como por ejemplo en caso de catástrofe, contingencia, emergencia climática u otro similar.

  1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Dicha circunstancia deberá ser ratificada por la Dirección de ChileCompra mediante el certificado de indisponibilidad, el cual deberá ser solicitado por el oferente.

El certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de su oferta fuera del Sistema de Información.

Además, se podrán presentar ofertas o antecedentes fuera del portal, previo al cierre de las ofertas, en los siguientes casos:

  1. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse de manera física.
  2. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.

La postulación podrá realizarse de manera física o vía correo electrónico a licitaciones@corporacionlampa.cl, en el cual deberán entregar:

  1. Toda la documentación solicitada para esta licitación, como, por ejemplo, formularios, anexos y/o certificados.  Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
  2. Certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, en caso que corresponda.

En caso de entrega física, deberá realizarse mediante la entrega de un sobre sellado en las dependencias de la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa.

Sin perjuicio de lo señalado, se publicarán en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.

        V.              INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

El proveedor deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores) para ofertar de manera efectiva. De la misma manera aplicará tratándose adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores. En caso de que al momento de adjudicar se encuentre(n) sin información se extenderá un plazo máximo de 02 días corridos.

Para subsanar esto, en caso que el(los) proveedor(es) se encuentre(n) inhabilitado(s), la oferta será declarada inadmisible, y se podrá readjudicar.

      VI.            FORO Y PREGUNTAS

Las consultas deberán formularse por escrito a través de la página www.mercadopublico.cl en los plazos establecidos, Link "FORO" durante la fecha y hora que se señala en el portal. Estas consultas serán respondidas por esa misma vía a través de Resolución Fundada, al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta, dentro de los plazos estipulados.

a)     La corporación se reserva el derecho de no responder la totalidad o parte de las consultas si no las considera pertinentes al desarrollo de este proceso.

b)     El oferente adjudicado no podrá condicionar ninguna aclaración o modificación de las Bases Administrativas o Técnicas, si ella no ha sido materia de la serie de preguntas y respuestas efectuadas dentro del plazo antes dicho.

c)      Si habiéndose realizado consultas complejas que dificulten dar respuesta dentro de los plazos establecidos o impliquen la revisión de los antecedentes del Itemizado, se extenderá el plazo de respuestas.


VII. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta, existiendo la posibilidad de re-adjudicación.

En el caso del adjudicado, las condiciones comerciales ofrecidas se mantendrán vigentes hasta el total cumplimiento de la entrega de lo requerido, o por el periodo de duración del contrato, salvo que exista alguna modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en las Bases de Licitación.


VIII. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

v  ACLARACIONES DE OFERTA

Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

  • Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.

  • Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.

  • Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.

  • Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste.

Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible.

Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.

  IX.            REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN

Se procederá a Revocar la licitación cuando exista una causa justificada que afecte el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Y puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución o acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.

Con relación al estado de Licitación “suspendida”, permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días, y posteriormente, seguir con el curso normal de una licitación y procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida pudiendo asignarse el estado desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.

    X.          INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas cuando éstas no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento.

 Además, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.

Esta declaración se hará a través de acto administrativo o resolución fundada, y no dará derecho a indemnización a los oferentes. Las causas que pueden llevar a esta declaración son:

û  La falta de publicación de la oferta en el Sistema de Información Mercado Público, a menos que haya una indisponibilidad del sistema.

û  Ofertas publicadas con valores de $1.

û  No presentar las garantías solicitadas en las bases.

û  Cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior, la corporación podrá considerar para efectos de la evaluación, la oferta más conveniente.

û  No adjuntar, modificar o presentar de forma incompleta los Anexos técnicos y/o económicos.

û  Conforme a las bases, en caso de haber incongruencias entre la información entregada por el proveedor en el Anexo económico y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el formulario N°4, sin embargo, si el anexo mencionado también presenta incongruencias, será causa de inadmisibilidad de la oferta.

û  Si las fichas técnicas o la información entregada respecto al producto son ilegible, incongruente y/o carecen de la información y especificaciones básicas solicitadas.

û  La omisión de documentos administrativos o técnicos esenciales que conducen a la inelegibilidad de la oferta y, por ende, a su exclusión según las pautas de las bases de licitación.

û  Ofertas que no cumplan con las pautas de postulación según tipo de adjudicación, como la no oferta de todos los insumos de una canasta o producto.

û  Ofertas presentadas que superan el presupuesto disponible indicado y que no se dispongan de los recursos financieros suficientes para aceptarla. En otras palabras, solo se admitirá la oferta que, al exceder el presupuesto, la corporación tenga los recursos económicos necesarios.

û  Si el precio unitario ofertado no resulta conveniente para la adquisición en base a la comparación del costo en el mercado.

û  No cumplir con la asistencia a la visita a terreno o entrega de muestra cuando se indique su carácter obligatorio. 

û  No suscribir el contrato mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas.

Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten todos los documentos exigidos debidamente firmados por el representante legal, apoderado con facultades suficientes o por el oferente, en el caso de personas naturales.

Todos los formularios, declaraciones y antecedentes requeridos en estas Bases deberán estar suscritos mediante Firma Electrónica Simple o Avanzada, conforme a la Ley N°19.799. La utilización de firmas escaneadas solo será aceptada de forma excepcional y cuando así se disponga expresamente, no siendo equivalente a la Firma Electrónica Avanzada.

La Entidad Licitante podrá requerir la verificación de la firma utilizada. La falta de acreditación de su validez será causal de inadmisibilidad de la oferta.

En el caso de Uniones Temporales de Proveedores, el apoderado deberá acreditar poder suficiente para participar en la licitación. La falta de dicha acreditación dará lugar a la inadmisibilidad.

    XI.            OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS

La Corporación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trate de ofertas riesgosas o temerarias. 

Una oferta será declarada riesgosa o temeraria cuando cumpla con alguna de las siguientes condicionantes:

  • Si el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras ofertas propuestas,

Para esto, quien o quienes estén a cargo de la revisión de la oferta consideraran el cálculo del promedio de las ofertas no consideradas temerarias, se calculará el cociente entre la oferta previamente considerada temeraria y el promedio de las otras cuando el valor sea igual o inferior al 0,40 esta será considerada temeraria. Esto conforme a la siguiente formula:

Promedio =

Sumatoria de los precios totales no considerados temerarios

Cantidad de oferentes no considerados temerarios

          Formula final =

              Precio total de la oferta considerada temeraria

Promedio

  • Si la oferta es menor al 50% del presupuesto estimado/disponible.

  • Si el precio ofertado está 50% por debajo de los precios del mercado.

  • Si la ponderación final obtenida en el acta de evaluación es igual o inferior a un 50%

Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

Sin embargo, La corporación estará facultada para evaluar las ofertas riesgosas mediante la solicitud de información a través del sistema a él o los oferentes:

Antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. La cual deberá ser adjuntada al portal en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la solicitud de los antecedentes.

La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato

En caso de ser adjudicada la oferta, el oferente deberá realizar aumento o presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia del precio ofertado y el precio ofertado por el proveedor que sigue en la calificación económica.

En caso que la licitación solo reciba una oferta el oferente deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto del monto adjudicado.

         XII.     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases.

Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.

       XIII.              DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA

El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado y se procederá, posteriormente, a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de la Corporación, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas.

La notificación de la adjudicación, tanto al/los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Si el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, Re-adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento.

  XIV.         CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica licitaciones@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.

    XV.         FACTORING

La Corporación cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, conforme a lo dispuesto en el Artículo 127 del Decreto N° 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, “siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.

En relación a la Ley 19.983, que “regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”; operaciones con Factoring, se establece que una vez firmado el contrato o durante la ejecución de del contrato y en la eventualidad que el contratista ceda el crédito a un Factoring, el contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de Factorizar.

El contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de factorizar al correo adquisiciones@corporacionlampa.cl. El contratista sólo podrá factorizar, facturas con glosas recepcionadas por la unidad técnica siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

En todo lo no previsto se regirá por lo estipulado en la Ley N. º 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la Factura.

Si la empresa contratista no cumple con lo solicitado en este punto, será causal de liquidación del contrato con cargo a la empresa.

       XVI.     DERECHO DE RETENCIÓN

Conforme al Artículo N°4 de la Ley 19.886, en caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Para lo anterior el proveedor deberá enviar a adquisiciones@corporacionlampa.cl los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C Inciso Tercero del Código del Trabajo, el derecho de retención es aquél que le permite a la empresa principal retener de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora. El mismo derecho tienen los contratistas respecto de sus subcontratistas.

Si la empresa no logra acreditar el pago al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato y/o sobrepasa los seis meses, la Corporación estará facultada para retener cualquier estado de pago. No obstante, se otorgará un plazo de 5 días hábiles adicionales para acreditar el pago, de no ser así, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, y se realizará el cobro de la Boleta de Fiel cumplimiento con la finalidad de liquidar los saldos insolutos de sus obligaciones laborales y previsionales, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

     XVII.     OBLIGACIONES DEL OFERENTE

a)      Obligaciones Esenciales:

  • Dar cumplimiento íntegro a las Bases Administrativas Generales y Bases Administrativas Especiales.

b)       Obligaciones de Suministro:

  • Cumplir con los plazos de entrega establecidos.
  • Mantener los precios ofertados durante la vigencia del contrato.

c)       Obligaciones Financieras y Administrativas:

  • Emitir facturas según procedimiento establecido.
  • Cumplir con garantías exigidas por Ley 19.886.
  • Mantener registros actualizados de entregas.

   XVIII.     INCUMPLIMIENTO Y MEDIDAS APLICABLES

En virtud al Artículo 135 del decreto N° 661, en caso de incumplimiento por parte de los proveedores respecto a las obligaciones establecidas en las Bases y/o en el contrato, la Entidad contratante podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas

que se determinen.

Las medidas sancionatorias tienen su origen en un incumplimiento de naturaleza contractual y registran las conductas contrarias a lo comprometido en el contrato respectivo. Cada medida sancionatoria influirá en la nota de comportamiento contractual.

LEVES

Infracciones que no afectan de manera significativa la ejecución del contrato.

GRAVES

Infracciones que afectan la ejecución del contrato o el cumplimiento de sus condiciones.

GRAVÍSIMAS

Infracciones que comprometen gravemente la integridad del contrato o los intereses de la Corporación.

  XIX.          TIPOS DE MEDIDAS Y SANCIONES

INCUMPLIMIENTOS LEVES

AMONESTACIÓN

Medida que se aplica por incumplimientos leves a las obligaciones dispuestas en las bases de un contrato.  Es una medida que se registra y puede tener como consecuencia la aplicación de sanciones más graves si las faltas son reiterativas

INCUMPLIMIENTOS GRAVES

MULTAS

Obligación al pago de un monto de dinero, según el cálculo que se fijó en las Bases Administrativas especiales.

INCUMPLIMIENTOS GRAVISIMOS

COBRO DE GARANTÍAS

Se aplica el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, de seriedad de la oferta y/u otras garantías.

RESCISIÓN DEL CONTRATO

La terminación anticipada del contrato, que es una sanción severa.

    XX.     PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MEDIDAS SANCIONATORIAS

Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida sancionatoria, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de una carta de notificación mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, en caso de contar con Ficha de Contrato al tratarse de convenio suministros o contrataciones de ejecución en el tiempo.

 

A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, los que podrá ingresar directamente a través de la Ficha de Contrato si aplica, o bien remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl  con copia a  licitaciones@corporacionlampa.cl

Una vez recibido los descargos, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles para determinar si aplica la sanción de forma completa, parcial o se descarta de manera completa. Para ello, se realizará una comisión de análisis y evaluación de descargos, compuesta por el Departamento de Abastecimiento, Unidad de Control y Dirección de Administración y Finanzas, conforme a resultados obtenidos en dicha comisión, se dictará el respectivo acto administrativo fundado, aplicando en caso que corresponda la medida sancionatoria y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha situación.

No obstante, el proveedor tendrá un plazo de hasta cinco (5) días hábiles para interponer un recurso de reposición o jerárquico con el fin de solicitar una revisión de la medida sancionatoria, esto basado en argumentos de hecho o derecho, los que podrá remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl  y fpardo@corporacionlampa.cl  con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl  y a licitaciones@corporacionlampa.cl  

Vencido el plazo, y si no se presentará recurso de reposición o jerárquico, la Corporación ratificará el acto administrativo fundado inicial, la cual será notificada al adjudicatario, mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, en caso de contar con Ficha.

Sin embargo, si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición o jerárquico en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante acto administrativo fundado.

Estos actos administrativos fundados serán publicadas y notificadas electrónicamente, a través de correo electrónico, y en el módulo de gestión de contratos, en caso de contar con Ficha de Contrato, y en la ficha del proveedor, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio, correo electrónico y convenio respectivo.

Las notificaciones de los actos administrativos antes referidos, que deban practicarse por medio de correo electrónico serán dirigidas a la casilla o dirección que el oferente adjudicado indique al momento de la postulación para estos efectos, el cual deberá procurar mantener operativa.

En caso de adquisiciones simples, que no impliquen la gestión de contratos, la resolución de multa será publicada solo en el módulo “Ficha del proveedor” sección Comportamiento del proveedor en el portal mercado público.

El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la orden de compra correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar o mediante el cobro de la o las boletas de garantía.

El contratista podrá pagar las multas directamente en la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación o a la cuenta corriente de la Corporación, indicada mediante resolución que aplica la multa, debiendo otorgársele recibo para tal efecto.

  XXI.     ACUMULACIÓN DE MULTAS

Las multas ejecutoriadas no podrán superar el 30% del valor del contrato o la orden de compra. En caso de que las multas acumuladas superen el porcentaje, la Corporación podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen.


XXII. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La entidad contratante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario.

a)      LIQUIDACIÓN POR DECISIÓN DEL MANDATARIO

Por caso fortuito o fuerza mayor de la Corporación, podrá dar término anticipado al contrato. Además, cuando no haya fondos disponibles para llevarlas adelante, o cuando así lo aconsejan sus necesidades.

El aviso de término deberá ser comunicado por escrito al contratista con una anticipación mínima de 20 días corridos.

Si la unidad ejecutora pone término anticipado al contrato por causa que no sea imputable al contratista, quedará obligada a pagar a éste las sumas por concepto de:

v  Costo de los trabajos realizados hasta ese momento, por partida, unidad o fracción, de acuerdo al presupuesto ponderado.

Para el cobro de estas cantidades, el contratista cuando proceda, deberá acreditar con los documentos, comprobantes o recibos pertinentes, los gastos en que hubiere incurrido.

b)      LIQUIDACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA

La corporación podrá poner término anticipado al contrato, por causas imputables al contratista, en los siguientes casos:

v  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

v  Por fallecimiento o incapacidad sobreviniente del proveedor.

v  El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las Bases y este contrato, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

v  Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

v  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.

v  Si el contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes los documentos de garantía y/o la póliza de seguros correspondiente, y ha excedido el periodo otorgado para el pago de multas por estos conceptos.

v  No acatar órdenes expresas de la Inspección Técnica, insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave. debidamente comprobado y tal situación persistiese por un período superior a 10 días hábiles.

v  En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

v  Si el contratista es declarado en quiebra.

v  Si el contratista es declarado como imputado por una causa civil o penal.

v  Incumplir lo señalado en bases administrativas punto “Factoring”.

v  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

v  Si el proveedor no puede cumplir con su obligación de suministro de los productos debido a la cancelación de la licencia del producto o de la autorización para su comercialización o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el producto o no cuente con el mismo.

v  Si, transcurrido a lo menos la mitad del período de vigencia del contrato, los productos se encuentran descontinuados o desaparecen del mercado lo cual deberá ser debidamente acreditado por el Proveedor con la documentación que dé cuenta de ello. Lo anterior a menos que el proveedor ofrezca productos alternativos de igual o superior calidad, por el mismo precio contratado.

v  Si los productos licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.

v  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

v  Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas.

v  La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad compradora, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

v  En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de tres meses.

v  En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

v  En caso de que inhabiliten al proveedor para contratar con el Estado.

En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación, mutuo acuerdo o fallecimiento, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

 XXIII.            MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La Corporación se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas Generales, bases administrativas especiales, técnicas y anexos, sea por iniciativa propia. o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de compra.

Estas modificaciones se realizarían hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, las que deberán ser aprobadas por el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas.

La Corporación comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes por medio del portal www.mercadopublico.cl, las cuales podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas, suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, que pudiesen ser relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior adjudicación.

   XXIV.     GESTIÓN CONTRACTUAL

Roles que intervienen en la gestión del contrato:

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

  • Elaborar contratos.
  • Realizar reunión de inicio y coordinación contractual con la contraparte técnica y proveedor adjudicado, además de enviar correo con detalle.
  • Creación, publicación y actualización de la ficha del contrato en el aplicativo de Gestión de Contrato a partir de una licitación o de una orden de compra, completando los datos requeridos e incorporando aquella documentación que sea necesaria adjuntar en la ejecución y duración contractual.

En general, desarrollar todas las acciones de apoyo referidas a velar por el buen cumplimiento y gestión del contrato

SUPERVISOR DEL CONTRATO

  1. Es quien valida la información incorporando al sistema de Gestión de Contratos por parte del administrador de contrato.
  2. Verificar la gestión y seguimiento oportuno de los contratos.
  3. Verificar la gestión oportuna de las medidas de incumplimiento.

CONTRAPARTE TÉCNICA E INSPECTOR DEL CONTRATO

   Es la unidad, requirente y/o referente que realiza el requerimiento del servicio y/o producto, quien cumple la función de:

  1. Supervisar el cumplimiento de los requisitos y especificaciones técnicas establecidos, según área de competencia.
  2. Solicitar e informar incumplimientos, solicitar aumentos y/o disminución, prórrogas, aumento de plazos y/o cualquier otro acontecimiento.
  3. Llevar control de ejecución y saldos en conjunto con el administrador del contrato.
  4. Otras funciones establecidas en las Bases Administrativas especiales.

     XXV.     AUMENTO Y DISMINUCIÓN

La Corporación podrá ordenar al proveedor que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total del contrato u orden de compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.

   XXVI.     RESPOSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO

El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.

 XXVII.     PERSONAL DEL PROVEEDOR

El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.


XXVIII EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES

La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la Corporación de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.

real efectuado y el precio unitario indicado por el oferente en su propuesta.

   XXIX.          INCORPORACIÓN DE SERVICIOS

Durante la vigencia del convenio, podrán incorporarse nuevos productos/servicios de la misma naturaleza, marca y categorías adjudicadas, siempre y cuando no implique alterar la naturaleza de los productos/servicios objeto de la licitación y del contrato, asimismo no signifique un aumento del contrato superior a la 30%, debiendo ajustarse al siguiente procedimiento:

  1. La contraparte técnica e inspector solicitará al proveedor, cotización del nuevo producto/servicio, mediante el documento “Formulario N°4.
  2. El proveedor deberá enviar la respectiva cotización, individualizando, especificaciones técnicas, valor neto y valor con impuestos incluidos. en un plazo máximo de 3 días hábiles, contados desde la fecha de envío del referido correo electrónico.
  3. La contraparte técnica e inspector del contrato, deberá realizar una evaluación técnica y económica de la cotización presentada en conjunto con la Dirección de Administración y Finanzas, asegurando que esta se ajuste a las condiciones y valores del mercado.
  4. Dicha cotización será aprobada mediante acto administrativo y publicado en la plataforma de Mercado público, sección “Ficha del contrato”.
  5. En caso de rechazo de la cotización, por razones técnicas y/o económicas, se procederá a un nuevo proceso de compra por los productos y/o servicios.

     XXX.          PRÓRROGA DE CONTRATO

Para todos los efectos de las presentes bases, se entenderá por prórroga la extensión excepcional, transitoria y no renovable del plazo de vigencia del contrato originalmente suscrito, manteniéndose íntegramente las condiciones técnicas, económicas y jurídicas pactadas, sin dar origen a un nuevo período contractual ni a un nuevo contrato.

En conformidad con la Ley N°19.886, modificada por la normativa vigente, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, la Corporación podrá prorrogar el contrato, por una sola vez y hasta por un plazo máximo de seis (6) meses, únicamente cuando dicha extensión resulte indispensable para asegurar la continuidad del servicio mientras se desarrolla o se concluye un nuevo procedimiento de contratación.


La prórroga operará exclusivamente bajo las siguientes condiciones y etapas:

  1. Deberá disponerse con anterioridad al vencimiento del contrato vigente, encontrándose expresamente prohibida su aplicación retroactiva.

  1. Dictación de una resolución fundada, que acredite la necesidad de continuidad del servicio, la inexistencia de una alternativa contractual inmediata y la evaluación favorable del proveedor.

  1. No podrán modificarse precios, alcances, niveles de servicio ni demás condiciones del contrato original.

  1. Garantía de Fiel Cumplimiento: El proveedor deberá mantener, ampliar o adecuar la garantía vigente, de forma tal que ésta cubra íntegramente el período prorrogado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, en los mismos montos, condiciones y modalidades exigidas originalmente.

La prórroga no constituirá renovación, no generará derechos adquiridos ni expectativas legítimas a favor del proveedor y no podrá utilizarse como mecanismo ordinario de extensión contractual, de conformidad con los criterios reiterados de la Contraloría General de la República.

   XXXI.     RENOVACIÓN DEL CONTRATO

Para los efectos de estas bases, se entenderá por renovación la habilitación de un nuevo período contractual, derivado del mismo procedimiento concursal, cuya aplicación no es automática y se encuentra sujeta a una decisión expresa de la Corporación.

De conformidad con la Ley N°19.886 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, el contrato podrá ser renovado por un período adicional de hasta doce (12) meses, siempre que dicha facultad se encuentre expresamente contemplada en las presentes bases y que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente y en el contrato.


La renovación se aplicará conforme a las siguientes condiciones:

  1. Oportunidad: La decisión de renovación deberá adoptarse antes del término del contrato vigente.
  2. Evaluación previa: La renovación estará condicionada a una evaluación técnica, administrativa y financiera favorable del proveedor, acreditando el cumplimiento íntegro de sus obligaciones contractuales.
  3. Fundamentación: Requerirá la dictación de una resolución fundada, que justifique la conveniencia institucional de la renovación, la eficiencia del contrato y la continuidad del servicio.
  4. Disponibilidad presupuestaria: Será requisito indispensable contar con disponibilidad presupuestaria para el período a renovar.
  5. Garantía de Fiel Cumplimiento: Previo al inicio del período renovado, el proveedor deberá renovar, sustituir o constituir una nueva garantía de fiel cumplimiento, que cubra la totalidad del período renovado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, conforme a las exigencias de las presentes bases.

La renovación no otorgará derechos adquiridos, no operará de forma automática y no podrá ejecutarse si no se cumple íntegramente el procedimiento descrito, en resguardo de los principios de competencia, eficiencia, transparencia y estricta sujeción a las bases, conforme al marco regulatorio de las compras públicas y a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República.

 XXXII.          EXCLUSIVIDAD

Los bienes y/o servicios contratados serán sin exclusividad, es decir, en caso que se encuentren condicionas más ventajosas, quiebre de stock y/u otra circunstancia que dificulte el suministro de los bienes y/o productos, la Corporación podrá adquirir los productos y/o servicios mediante otros mecanismos dispuestos en la ley N° 19.886.


XXXII. PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

v  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

v  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

v  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

v  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

v  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.


XXXIV. ANTECEDENTES FINALES

Para efectos de la presente licitación, las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.

Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato.

En caso de existir discordancia entre lo indicado en las Bases Administrativas Generales y la Ficha Electrónica de la Licitación, primará lo informado en las Bases Administrativas.

Finalmente, los servicios y sistemas ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.