II. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA EN EL PORTAL
Para efectos de la presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente deberá ingresar como valor económico el monto total (neto) estimado del convenio, expresado en valores netos (sin impuestos), el que para la presente licitación corresponde al presupuesto estimado informado en las presentes Bases.
Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica válida y vinculante del oferente estará constituida por los valores unitarios informados en el Formulario N°4 Oferta Económica, debidamente completado y adjunto en el portal, los que deberán expresarse en pesos chilenos, valores netos, e incluir todos los costos directos e indirectos asociados al cumplimiento del contrato.
El monto ingresado en el portal tendrá un carácter referencial y de habilitación de la oferta económica dentro del sistema, no constituyendo por sí mismo el valor unitario adjudicado ni obligando a la Corporación a consumir la totalidad del presupuesto estimado.
En caso de discrepancia entre el monto total ingresado en el portal y los valores unitarios contenidos en el Formulario N°4, prevalecerá lo señalado en el Formulario N°4 para todos los efectos de evaluación, adjudicación, ejecución, facturación y pago.
IV. CONTENIDO DE LA OFERTA
Todos documentos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.
- Las proposiciones, declaraciones y formularios exigidos en estas bases deberán ser suscritos mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas. Se entenderá por Firma electrónica aquella emitida por prestadores acreditados o por sistemas institucionales que garanticen trazabilidad, integridad y autenticidad.
- Excepcionalmente, la Corporación podrá aceptar documentos suscritos con firma manuscrita escaneada (imagen), únicamente cuando se acompañen de la “Declaración Jurada de Autenticidad de Firma Manuscrita Escaneada” (Anexo N° A), cumpliendo copulativamente lo siguiente:
a) La declaración jurada deberá ser firmada manuscritamente en tinta sobre el documento impreso y escaneada como página completa (no se aceptará firma “pegada” o insertada como imagen recortada).
b) La declaración deberá incluir, escrita de puño y letra por el firmante: nombre completo, RUT, cargo, razón social, fecha, lugar, y un código único indicado por la Corporación para el proceso (por ejemplo: “Código: [ID licitación]-[fecha]”), el cual deberá quedar junto a la firma.
c) Se deberá adjuntar copia simple por ambos lados de la cédula de identidad del firmante (o documento equivalente), solo para fines de verificación de identidad y facultades.
Solicitud de original. La Corporación podrá, en cualquier etapa del proceso (incluida adjudicación y formalización), requerir la presentación del documento original en papel con firma autógrafa, o bien exigir su suscripción mediante firma electrónica, dentro del plazo que se indique. El incumplimiento será causal de rechazo de la oferta o de no suscripción/desistimiento de la adjudicación, según la etapa.
Alcance y no equivalencia. La aceptación excepcional de firma manuscrita escaneada no implica que ésta sea equivalente a firma electrónica para efectos de no repudio, trazabilidad o responsabilidades, siendo válida solo como mecanismo transitorio de presentación documental, sin perjuicio de las verificaciones que la Corporación estime pertinentes.
Se aceptarán documentos con firma manuscrita escaneada solo en los términos de la cláusula y su Declaración Jurada. Alternativamente, se aceptarán documentos cuya firma se encuentre autorizada ante notario (firma puesta en original ante ministro de fe), siempre que se adjunte copia íntegra escaneada del instrumento donde conste la autorización notarial, sin perjuicio de que la Corporación pueda requerir el original para cotejo.
- El Organismo podrá requerir, en cualquier momento del proceso, la verificación de la firma empleada o la presentación del soporte físico o electrónico que acredite su validez. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión de la oferta.
En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.
|
I. ANEXOS ADMINISTRATIVOS
|
|
N°
|
DESCRIPCIÓN
|
|
1.
|
Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.
|
|
2.
|
Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público
|
|
3.
|
Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha anterior al cierre de recepción de ofertas. (F-30)
|
|
4.
|
Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”
|
|
5.
|
Formulario N°5 “Datos de pago”
|
|
6.
|
En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”
|
|
7.
|
Anexo “A” Declaración jurada firma manuscrita (En caso que aplique)
|
Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):
- Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
- Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
- No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
- Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM
|
II. ANEXOS TÉCNICOS
|
|
N°
|
DESCRIPCIÓN
|
|
8.
|
Formulario N°3: Oferta técnica
|
|
Resolución o autorización sanitaria vigente del laboratorio dental
Debe acreditar la instalación y funcionamiento del laboratorio o establecimiento donde se ejecutarán las prestaciones, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
|
|
Patente comercial vigente del establecimiento.
|
|
Fotografías del laboratorio e instalaciones
- área de recepción,
- área técnica,
- zona de pulido,
- despacho,
- equipamiento relevante.
|
|
Identificación del responsable técnico del laboratorio
- Certificado de título acorde al área dental.
- Currículum o antecedentes que acrediten experiencia en confección y mantención de prótesis dentales
|
|
Identificación del personal
|
|
Declaración de infraestructura y capacidad operativa del laboratorio
Un documento técnico firmado por el oferente donde informe:
- dirección del laboratorio,
- distribución de áreas,
- capacidad instalada,
- dotación de personal,
- turnos o cobertura,
- capacidad para responder a la demanda mensual,
-
|
|
Nómina y respaldo del equipamiento mínimo
Listado del equipamiento técnico disponible:
- unidad de polimerización,
- recortadora de modelos,
- vibrador para yesos,
- articuladores,
- motor de banco,
- equipo de pulido,
- micromotor,
-
-
|
|
Declaración de materiales y fichas técnicas de insumos principales
Fichas técnicas, pero de los materiales clínicos del servicio:
- resina acrílica termo curable,
- dientes artificiales,
- alambres o retenedores,
- yesos dentales,
- ceras,
- adhesivos,
- materiales auxiliares.
- marca comercial,
- procedencia,
- cumplimiento de norma o estándar técnico,
- fichas o catálogos del fabricante
|
|
Certificados o antecedentes de bioseguridad
- protocolo de limpieza y desinfección,
- manejo de residuos,
- uso de EPP,
- capacitación en bioseguridad y control de infecciones del personal clave.
|
|
Propuesta de trazabilidad y cadena de custodia
Un documento donde el proveedor explique cómo identificará cada trabajo:
- paciente o código interno,
- establecimiento,
- fecha de recepción,
- fecha comprometida,
- materiales usados,
- estado del trabajo,
- .
|
|
Protocolo de control de calidad y rehechuras
Un documento que indique:
- controles de ajuste,
- revisión de oclusión,
- verificación de pulido y terminación,
- manejo de defectos,
- proceso de rehacer trabajos rechazados,
- tiempos de corrección
|
|
9.
|
Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
|
|
10.
|
Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
|
|
11.
|
Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
|
|
12.
|
Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
|
|
13
|
Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”
|
Los documentos correspondientes al Anexo técnico y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.
|
III. ANEXOS ECONÓMICO
|
|
Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
|
En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.
IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario Nº4 y Formulario Nº6 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.
El Formulario N°3 Oferta Técnica deberá ser completado íntegra, clara y fundadamente por el oferente, incorporando en cada apartado la información, descripción, detalle o explicación expresamente solicitada en dicho formulario y en las presentes bases. No será suficiente la sola referencia genérica a documentos adjuntos, expresiones tales como “se adjunta documento”, “según anexo” u otras similares, cuando el formulario exija una descripción o desarrollo específico por parte del oferente. En consecuencia, la omisión de la información requerida, la falta de completitud sustancial del Formulario N°3 o su llenado meramente formal, sin contener el detalle solicitado, será causal de inadmisibilidad de la oferta, por no dar cumplimiento a un antecedente técnico esencial exigido en las presentes bases.
V. DE LA EVALUACION
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por al menos tres (3) miembros, designados mediante el correspondiente acto administrativo, todos los cuales deberán poseer la idoneidad necesaria para el adecuado análisis de las ofertas, atendida la naturaleza de la contratación. Excepcionalmente, podrán incorporarse asesores o expertos de apoyo, cuando la naturaleza del proceso así lo requiera, debiendo ello constar de manera fundada y sin alterar la responsabilidad de la Comisión en la evaluación.
La Comisión tendrá por función revisar la admisibilidad de las ofertas, solicitar las aclaraciones o subsanaciones que procedan a través del Sistema de Información, cuando ello sea legalmente procedente y no importe alterar la esencia de la oferta ni vulnerar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases; aplicar los criterios y subcriterios de evaluación establecidos en las presentes Bases; verificar los antecedentes técnicos, administrativos y económicos acompañados por los oferentes; y emitir un informe fundado de evaluación con la propuesta de adjudicación, deserción o inadmisibilidad, según corresponda.
Todos los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán suscribir, en forma previa al inicio de sus funciones y por cada procedimiento de contratación, una declaración jurada individual de ausencia de conflictos de interés y de confidencialidad, en la que declaren expresamente no mantener vínculos, intereses o circunstancias que puedan afectar su imparcialidad respecto de los oferentes o de las ofertas presentadas, y se obliguen a resguardar la reserva del proceso en los términos exigidos por la normativa vigente. Dichas declaraciones deberán incorporarse al expediente electrónico de la licitación.
Si con posterioridad a la suscripción de dicha declaración sobreviniere o llegare a conocimiento de alguno de los integrantes una causal, circunstancia o antecedente que pueda comprometer su imparcialidad, este deberá abstenerse de seguir interviniendo en la evaluación y comunicarlo de inmediato a la autoridad competente, a fin de que se adopten las medidas que correspondan y, en su caso, se disponga su reemplazo.
La Comisión Evaluadora actuará con estricta sujeción a las presentes Bases, a los principios de igualdad de trato entre los oferentes, probidad, transparencia y estricta sujeción a las bases, dejando constancia escrita y fundada de sus actuaciones y conclusiones en el respectivo informe de evaluación
V. PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
N°
|
CRITERIO
|
PONDERACIÓN
|
|
1.
|
ANTECEDENTES FORMALES
|
5%
|
|
2.
|
PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
|
5%
|
|
3.
|
SUSTENTABILIDAD
|
5%
|
|
4.
|
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
|
20%
|
|
5.
|
PLAZOS DE ENTREGA, CORRECCIONES Y GARANTÍA
|
30%
|
|
6.
|
OFERTA ECONÓMICA
|
35%
|
|
|
TOTAL PONDERACIÓN
|
100%
|
|
C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA
5%
|
|
Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.
Si Cumple = 100 puntos
No Cumple = 0 puntos
Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05
|
|
C2: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
5%
|
|
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.
Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos
No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos
Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,05
|
|
C3: SUSTENTABILIDAD
5%
|
|
a) Inclusión laboral
|
|
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).
Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)
|
ü Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.
ü Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.
ü Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.
|
|
NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.
|
|
b) Inclusión de género
|
|
El oferente es una Empresa liderada por una mujer.
|
Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)
|
|
c) Fomento a empresas de menor tamaño.
|
|
El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño
|
El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.
|
|
d) Fomento de buenas prácticas ambientales
|
|
La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables
|
Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente)
https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/
- Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
- Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl.
|
|
Se evaluará si el oferente acredita, mediante al menos un medio de verificación válido, el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:
- inclusión laboral;
- enfoque o participación de género;
- calidad de empresa de menor tamaño;
- adopción de buenas prácticas ambientales.
Para efectos de este criterio, las condiciones antes señaladas tendrán el carácter de alternativas, no siendo acumulables entre sí. En consecuencia:
Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.
Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.
Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,05
|
|
C4: EXPERENCIA DEL OFERENTE
20%
|
|
PUNTAJE
|
DESCRIPCIÓN
|
|
100
|
Acredita debidamente 5 experiencias
|
|
80
|
Acredita debidamente 4 experiencias
|
|
60
|
Acredita debidamente 3 experiencias
|
|
40
|
Acredita debidamente 2 experiencias
|
|
20
|
Acredita debidamente 1 experiencias
|
|
0
|
No declara o no acredita debidamente su experiencia
|
|
Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios de confección y mantenimiento de prótesis dentales, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:
a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente
b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente
c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:
- Decretos o Resolución de Adjudicación
- Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
- Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo
IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.
Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.
La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:
- En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL
- En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente
- Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible
- No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente
- La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio.
La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.
El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:
- Nombre del cliente o mandante
- Fecha de la entrega del servicio
- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación.
- Tipo de servicio contratado
- Teléfono de contacto
Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,20
|
|
C5: PLAZOS DE ENTREGA, CORRECCIONES Y GARANTÍA
30%
|
|
En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3 y se evaluará como se indica el siguiente detalle:
• Evaluación por Sub-factor
Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor
Ej. Plazo de entrega para prótesis total superior o inferior
80 puntos * 0,05 = 4%
• Ponderación TOTAL
A% + B% + C% + D% + E% + F% + G% + H%= C5
|
|
SUBFACTOR
|
%
|
DETALLES
|
|
a) Plazo de entrega para prótesis total superior o inferior.
|
5
|
≤ 8 días hábiles
|
=
|
100 puntos
|
|
9 días hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
10 días hábiles
|
=
|
60 puntos
|
|
> 10 días hábiles o no informa
|
=
|
Inadmisible
|
|
b) Plazo de entrega para prótesis parcial removible.
|
5
|
≤ 6 días hábiles
|
=
|
100 puntos
|
|
7 días hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
8 días hábiles
|
=
|
60 puntos
|
|
> 8 días hábiles o no informa
|
=
|
Inadmisible
|
|
c) Plazo comprometido para reparación de prótesis.
|
4
|
Hasta 24 horas
|
=
|
100 puntos
|
|
Más de 24 y hasta 36 horas
|
=
|
80 puntos
|
|
Más de 36 y hasta 48 horas
|
=
|
60 puntos
|
|
Más de 48 horas o no informa
|
=
|
Inadmisible
|
|
d) Plazo comprometido para rehechura total o parcial por falla imputable al proveedor.
|
4
|
≤ 2 días hábiles
|
=
|
100 puntos
|
|
3 días hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
> 3 días hábiles o no informa
|
=
|
Inadmisible
|
|
e) Plazo de Rebase de prótesis
|
3
|
≤ 2 días hábiles
|
|
100 puntos
|
|
3 días hábiles
|
|
80 puntos
|
|
> 3 días hábiles o no informa
|
=
|
0 puntos
|
|
f) Plazo comprometido para adición de dientes.
|
3
|
≤ 2 días hábiles
|
=
|
100 puntos
|
|
3 días hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
> 3 días hábiles o no informa
|
=
|
Inadmisible
|
|
g) Garantía técnica por defectos de fabricación
|
3
|
Mayor a 180 días corridos
|
=
|
100 puntos
|
|
Entre 121 y 180 días corridos
|
=
|
80 puntos
|
|
Entre 91 y 120 días corridos
|
=
|
60 puntos
|
|
Igual a 90 días corridos
|
=
|
40 puntos
|
|
Menor a 90 días corridos o no informa
|
=
|
Inadmisible
|
|
h) Garantía de ajuste
|
3
|
Mayor a 60 días corridos
|
=
|
100 puntos
|
|
Entre 46 y 60 días corridos
|
=
|
80 puntos
|
|
Entre 31 y 45 días corridos
|
=
|
60 puntos
|
|
Igual a 30 días corridos
|
=
|
40 puntos
|
|
Menor a 30 días corridos o no informa
|
=
|
Inadmisible
|
|
C6: OFERTA ECONÓMICA
35%
|
|
La oferta económica se evaluará sobre el Total Neto de los valores unitarios ofertados en el Formulario N°4 Oferta Económica.
- MTNO = menor Total Neto ofertado.
- TNO = Total Neto de la oferta evaluada.
Puntaje C6 = ((MTNO /TNO) *100) * 0,35
|
|
PUNTAJE TOTAL
|
|
Puntaje Total = C1 x 5% + C2 x 5% + C3 x 5% + C4 x 20% + C5 x 30% + C6 x 35%
El puntaje total, corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación, y se adjudicará la oferta que posea el mayor puntaje total.
|
VI. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES
La evaluación del Comportamiento Contractual tiene por objeto resguardar el correcto uso de recursos públicos, privilegiando a proveedores con conductas contractuales satisfactorias y penalizando significativamente a aquellos que registren incumplimientos reiterados o graves en contratos anteriores con organismos públicos.
Este criterio se aplicará como factor de descuento directo del puntaje total obtenido por el oferente, afectando la ponderación final y, por tanto, su posición en el ranking de adjudicación.
a. Fuente de información
Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora considerará exclusivamente:
- La información contenida en el Historial de Comportamiento Contractual del proveedor disponible en la Plataforma ChileProveedores,
- Correspondiente a los últimos veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
No se admitirán descargos, aclaraciones ni antecedentes distintos a los registrados oficialmente en dicha plataforma.
b. Tipos de sanciones consideradas
Se considerarán las siguientes sanciones contractuales debidamente registradas:
- Cobro de Multa
- Cobro de Garantía
- Término Anticipado del Contrato por incumplimiento imputable al proveedor
- c. Tabla de descuento de puntaje
El puntaje obtenido por el oferente será afectado por sanciones previas según el siguiente criterio:
|
Tipo de Sanción
|
Descuento de Puntaje
|
|
Cobro de Multa
|
−2 puntos por cada multa
|
|
Cobro de Garantía
|
−4 puntos por cada garantía cobrada
|
|
Término anticipado por incumplimiento
|
−8 puntos por cada término anticipado
|
Los descuentos serán acumulativos, aplicándose por cada sanción registrada, independiente del órgano contratante que la haya aplicado.
El descuento máximo que podrá aplicarse por Comportamiento Contractual será de hasta 20 puntos del puntaje total de evaluación.
La existencia de dos o más términos anticipados o cobros reiterados de garantías dentro del período evaluado podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora como antecedente suficiente para calificar la conducta del proveedor como deficiente, justificando fundadamente su no adjudicación, por riesgo para la correcta ejecución del contrato.
La sola presentación de una oferta implica que el proveedor conoce, acepta y se somete expresamente al presente criterio de evaluación y a los efectos derivados de la información registrada en su historial contractual oficial.
VII. MECANISMO DE DESEMPATE
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta económica.
- Mejor puntaje plazos de entrega, correcciones y garantía
- Mejor puntaje Experiencia del oferente.
- Mejor puntaje de Sustentabilidad.
- Mejor puntaje programas de integridad.
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
- Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.
- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.
La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso.
|
ANTECEDENTES
|
DESCRIPCIÓN
|
|
DIRIGIDA A
|
Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
|
|
RUT
|
70.954.200-1
|
|
MONTO
|
Igual al 5% del valor total neto del contrato, en pesos chilenos
|
|
VIGENCIA
|
Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo
|
|
GLOSA
|
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: 1271359-24-LE26 CONVENIO DE SUMINISTRO DE CONFECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE PRÓTESIS DENTALES
|
|
INSTRUMENTOS
|
- Certificados de fianza
- Boletas de Garantías
- Vale vista
- Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
- Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
|
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.
El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
- EFECTIVIDAD GARANTÍA
La caución de fiel cumplimiento se hará efectiva, unilateralmente por acto fundado y, sin necesidad de declaración judicial alguna, en el evento de producirse un incumplimiento del oferente adjudicado respecto a:
- Requerimientos, condiciones y obligaciones establecidas en las presentes bases.
- Obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.
En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá entregar dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, luego de notificado el acto administrativo que ordena el cobro de la caución, una nueva garantía de fiel cumplimiento de la formalidad en las mismas condiciones que establece el número anterior.
- VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se celebre tendrá una vigencia que durará desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que formaliza la contratación hasta el fin del periodo 2026 y/o hasta el término de los recursos asignados al proceso, lo que ocurra primero.
No obstante, en caso de que al finalizar el período correspondiente a 2026 la licitación aún disponga de saldo vigente, se podrá extender la vigencia del contrato por un período adicional de hasta seis (6) meses, previa aprobación mutua entre las partes involucradas.
Ante razones de buen funcionamiento de los servicios públicos se podrá dar inicio anticipadamente a la ejecución contractual, sin perjuicio de lo anterior, no se procederá ningún pago hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
- VALOR DEL CONTRATO
El monto máximo del contrato corresponderá al presupuesto estimado de $13.000.000 (trece millones de pesos chilenos), sin perjuicio de que el gasto final dependerá de las Órdenes de Compra Internas (OCI) que la Corporación emita durante la vigencia contractual.
El contrato se ejecutará bajo modalidad de valores unitarios, por lo que el valor del contrato estará dado por la suma de los bienes efectivamente requeridos y recepcionados conforme.
Los precios unitarios adjudicados deberán ser informados y mantenidos en moneda nacional (CLP), y se entenderán como valores netos (sin impuesto), debiendo incluir todos los costos asociados necesarios para el cumplimiento del contrato, tales como administración, embalaje, fletes, despachos y cualquier otro gasto que corresponda, sin cobros adicionales posteriores.
A los valores netos se les adicionará el IVA (u otros impuestos que correspondan) al momento de la emisión de la orden de compra interna, conforme a la normativa tributaria vigente.
El monto máximo indicado en esta cláusula constituye un límite de gasto y una estimación referencial, por lo que no obliga a la Corporación a comprar la totalidad del monto estimado, ni genera para el proveedor derecho a exigir un volumen mínimo de compras.
Cualquier incremento del monto máximo, ampliación de cantidades o modificación de condiciones económicas solo procederá mediante el acto administrativo y la modificación contractual que corresponda, conforme a la normativa aplicable y a lo establecido en las Bases.
- FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato y posterior envío de la OC portal. El adjudicatario deberá suscribir, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.
La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:
• Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.
• Copia de escritura pública de constitución.
• Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.
• Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.
• Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.
Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.
Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
- DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se iniciará una vez suscrito el respectivo contrato, emitida y aceptada la Orden de Compra en el portal www.mercadopublico.cl, y emitida la correspondiente Orden de Compra Interna (OCI), sin perjuicio de lo dispuesto en estas Bases respecto del eventual inicio anticipado por razones de buen servicio. La aceptación de la Orden de Compra por parte del proveedor constituirá condición necesaria para el inicio de las prestaciones y para la posterior tramitación del pago.
El contrato se ejecutará a demanda de la Corporación, conforme a los requerimientos que formule la Contraparte Técnica, y comprenderá la confección, reparación, rebase, adición de dientes, ajustes, pulidos y demás prestaciones complementarias asociadas a prótesis dentales removibles, en estricto apego a las Bases Técnicas, a la oferta adjudicada y a las instrucciones impartidas por la Contraparte Técnica.
Modalidad de requerimiento y recepción de trabajos
Cada prestación será solicitada mediante la respectiva orden de compra interna (OCI), en la que se individualizará, a lo menos, el tipo de trabajo requerido, cantidad, establecimiento requirente, condiciones de retiro y entrega, y cualquier antecedente clínico o técnico necesario para su correcta ejecución.
El proveedor deberá contar con un sistema de recepción documentada de impresiones, modelos y demás antecedentes remitidos por la Corporación, debiendo verificar su integridad al momento de la recepción y dejar constancia de ello. Cada trabajo deberá ser individualizado de manera trazable, permitiendo su correcta identificación durante toda la ejecución contractual.
Control mensual de prestaciones y emisión de OCI
Sin perjuicio de que el contrato se ejecute a demanda, para efectos de control administrativo, presupuestario, facturación y pago, las prestaciones se gestionarán por mes vencido. En consecuencia, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, el Encargado del Contrato o la Contraparte Técnica deberá remitir al Departamento de Abastecimiento una nómina consolidada de todas las prestaciones efectivamente ejecutadas y recepcionadas conforme durante el mes calendario inmediatamente anterior.
Dicha nómina deberá contener, a lo menos, la individualización del paciente o código interno, tipo de prestación realizada, cantidad, fecha de ingreso del trabajo, fecha de entrega, valor unitario adjudicado, valor total, observaciones si las hubiere y constancia de recepción conforme. Sobre la base de esta nómina, el Departamento de Abastecimiento procederá a gestionar la correspondiente Orden de Compra Interna (OCI), la que servirá de respaldo para la facturación respectiva.
En consecuencia, el proveedor solo podrá facturar aquellas prestaciones que se encuentren incorporadas en la nómina mensual remitida por la Contraparte Técnica y que hayan sido formalizadas mediante la respectiva OCI. La falta de envío oportuno de dicha nómina por parte del Encargado del Contrato impedirá la emisión de la OCI y, por consiguiente, la tramitación regular de la facturación y pago del período respectivo.
Ejecución técnica del servicio
El proveedor deberá ejecutar los trabajos con sujeción estricta a las especificaciones técnicas establecidas en las Bases, empleando materiales, insumos, equipamiento e infraestructura idóneos para la confección y mantención de prótesis dentales removibles.
En particular, deberá utilizar resina acrílica de polimerización térmica, dientes artificiales y demás materiales de calidad certificada que cumplan con las exigencias técnicas mínimas establecidas en las Bases Técnicas, así como disponer de laboratorio, equipamiento y personal técnico calificado suficientes para asegurar una prestación segura, continua y de calidad.
Asimismo, el proveedor deberá ejecutar todas las etapas técnicas que correspondan según el tipo de trabajo requerido, incluyendo, cuando proceda, vaciado de modelos, montaje en articulador, confección de rodetes, prueba de dientes, procesado, terminación, pulido y control de calidad final.
Plazos de ejecución y entrega
El proveedor deberá cumplir estrictamente los plazos ofertados y adjudicados, los que en ningún caso podrán exceder los máximos establecidos en las Bases Técnicas para cada tipo de prestación.
Los plazos de entrega se contarán desde la recepción conforme del trabajo, impresión, modelo o requerimiento respectivo por parte del laboratorio, según corresponda a la naturaleza de la prestación solicitada. Tratándose de reparaciones, rebases, adición de dientes u otras prestaciones complementarias, regirán igualmente los plazos máximos establecidos en las Bases Técnicas y en la oferta del adjudicatario.
Cualquier atraso deberá ser informado fundadamente a la Contraparte Técnica antes del vencimiento del plazo comprometido, sin que dicha comunicación libere al proveedor de las multas y demás consecuencias contractuales que procedan.
Retiro, transporte y entrega
El retiro y entrega de los trabajos se realizará en las dependencias del establecimiento requirente, o en el lugar que indique la Contraparte Técnica, sin costo adicional para la Corporación.
El proveedor será responsable del adecuado embalaje, custodia, transporte y conservación de las impresiones, modelos, prótesis y demás elementos asociados al servicio, debiendo adoptar todas las medidas necesarias para evitar pérdidas, daños, contaminación, fracturas o deterioros durante su manipulación y traslado.
Recepción conforme, control de calidad y rechazo
La recepción conforme de cada prestación será otorgada por la Contraparte Técnica o por quien ésta designe, una vez verificado el cumplimiento íntegro de lo solicitado en la OCI, en las Bases Técnicas, en la oferta adjudicada y en las instrucciones impartidas durante la ejecución contractual.
El proveedor deberá entregar los trabajos terminados en condiciones óptimas de calidad, funcionalidad, terminación, ajuste, oclusión, estética y limpieza, debiendo cumplir, a lo menos, con los estándares definidos en las Bases Técnicas respecto de ajuste preciso, ausencia de porosidades, fracturas, irregularidades, defectos de pulido, errores de confección o cualquier otra deficiencia técnica.
La Corporación podrá rechazar total o parcialmente cualquier trabajo que no cumpla con los estándares técnicos exigidos. En tal caso, el proveedor deberá rehacer, corregir, ajustar, reparar o reemplazar el trabajo observado, sin costo adicional para la Corporación, dentro del plazo que corresponda conforme a las Bases Técnicas o al que prudencialmente fije la Contraparte Técnica atendida la criticidad del caso. El rechazo no obstará a la aplicación de multas, cobro de garantía u otras medidas contractuales que procedan.
Bioseguridad y obligaciones sanitarias
El proveedor deberá cumplir íntegramente con las normas de bioseguridad aplicables a laboratorios dentales, debiendo mantener protocolos escritos de limpieza y desinfección, manejo de residuos, uso de elementos de protección personal y sanitización de impresiones, modelos y prótesis que ingresen o egresen del laboratorio.
Será de exclusiva responsabilidad del proveedor adoptar todas las medidas necesarias para resguardar la seguridad sanitaria del proceso, dando estricto cumplimiento a la normativa sanitaria vigente y a las exigencias establecidas en las Bases Técnicas.
Garantía técnica y ajustes
Sin perjuicio de la garantía ofertada por el adjudicatario, el proveedor deberá otorgar, a lo menos, la garantía técnica y de ajuste establecida en las Bases Técnicas para defectos de fabricación, desprendimiento de dientes, porosidades no detectadas inicialmente y ajustes o retoques necesarios, excluyéndose únicamente aquellos daños imputables al mal uso o accidente del paciente.
Durante el período de garantía, el proveedor deberá efectuar, sin costo para la Corporación, las reparaciones, reposiciones, rehechuras, alivios, desgastes, pulidos y demás correcciones que resulten necesarias para subsanar defectos o no conformidades imputables a su ejecución.
Documentación obligatoria por cada entrega
Por cada trabajo entregado, el proveedor deberá acompañar, a lo menos, la documentación exigida en las Bases Técnicas, incluyendo guía de despacho o documento de remisión detallado, certificado de desinfección del trabajo, especificación de materiales utilizados e instrucciones de cuidado y mantención, cuando corresponda.
La falta de entrega de la documentación exigida facultará a la Corporación para rechazar la recepción conforme y suspender la tramitación del pago hasta su íntegra regularización.
Responsabilidad del proveedor
El proveedor será el único y exclusivo responsable de la correcta ejecución técnica del servicio, de la calidad de los materiales empleados, de la idoneidad de su personal, del cumplimiento de los plazos comprometidos y de la conservación e integridad de los trabajos recibidos y entregados durante toda la ejecución del contrato.
Toda deficiencia técnica, error de confección, incumplimiento de plazo, falla de calidad, pérdida, daño o infracción a las medidas de bioseguridad será de su exclusiva responsabilidad y dará lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en las Bases, sin perjuicio de las demás acciones administrativas o legales que correspondan.
- FACTURACIÓN
La facturación deberá efectuarse únicamente respecto de prestaciones efectivamente requeridas, ejecutadas y recepcionadas conforme, de acuerdo con la respectiva Orden de Compra Interna (OCI), la Orden de Compra emitida a través del portal Mercado Público, los valores unitarios adjudicados y la documentación de respaldo exigida en las presentes Bases.
En consecuencia, no podrá facturarse por prestaciones no ejecutadas, observadas, rechazadas, incompletas, pendientes de recepción conforme, no formalizadas mediante la respectiva OCI, o que no cuenten con respaldo técnico y documental suficiente.
La factura deberá emitirse por cada OCI, respetando el centro de costo correspondiente y asegurando la debida trazabilidad entre:
- la prestación ejecutada;
- el trabajo protésico efectivamente entregado;
- la documentación técnica de respaldo;
- la recepción conforme emitida por la Contraparte Técnica Clínica; y
- el cobro realizado por el proveedor.
La emisión de la factura deberá guardar estricta concordancia con las prestaciones efectivamente ejecutadas por el proveedor, individualizando claramente, a lo menos:
a) tipo de prestación realizada;
b) cantidad;
c) fecha de ejecución o entrega;
d) valor unitario adjudicado;
e) valor total facturado;
f) número de OCI; y
g) referencia a la Orden de Compra del portal, cuando corresponda
DATOS DE FACTURACIÓN:
|
RAZÓN SOCIAL
|
Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
|
|
RUT
|
70.954-200-1
|
|
GLOSA
|
Detalle de la prestación ejecutada e indicación del número de OCI
|
|
DOC. REFERENCIA (CAMPO 801)
|
ID de la licitación
|
|
FOLIO
|
ID de la Orden de Compra del portal y número de OCI, según corresponda.
|
Cada Orden de Compra interna deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:
|
CENTRO DE COSTO
|
GIRO
|
|
SALUD
|
Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública)
|
Requisitos para facturar
El proveedor solo podrá facturar aquellas prestaciones que cumplan copulativamente con las siguientes condiciones:
a) haber sido válidamente requeridas dentro de la vigencia del contrato;
b) encontrarse incorporadas en la nómina consolidada del período respectivo;
c) contar con la respectiva OCI emitida;
d) haber sido efectivamente ejecutadas y entregadas;
e) contar con recepción conforme emitida por la Contraparte Técnica Clínica o por quien ésta designe; y
f) disponer de la documentación técnica y administrativa de respaldo exigida en las Bases.
Improcedencia de la facturación
No procederá la facturación de:
- prestaciones no ejecutadas;
- trabajos protésicos rechazados o con observaciones pendientes de subsanar;
- prestaciones ejecutadas fuera de la vigencia contractual;
- prestaciones que excedan el saldo disponible o la cobertura contractual;
- prestaciones no incorporadas en la OCI respectiva; o
- cobros que no coincidan con los valores unitarios adjudicados.
La emisión de facturas en contravención a lo anterior constituirá incumplimiento contractual y podrá dar lugar al rechazo del documento tributario, suspensión de la tramitación del pago y aplicación de las medidas contempladas en las presentes Bases.
Reclamo del contenido de la factura
La Corporación dispondrá del plazo legal de ocho (8) días corridos para reclamar del contenido de la factura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 N°2 de la Ley N° 19.983.
- PAGO
La Corporación pagará al proveedor únicamente por las prestaciones efectivamente requeridas, ejecutadas y recepcionadas conforme, de acuerdo con los valores unitarios adjudicados, las Órdenes de Compra Internas (OCI) emitidas durante la vigencia del contrato y la correspondiente Orden de Compra del portal, sin que el monto estimado del contrato obligue a la Corporación a consumir un mínimo determinado.
El pago procederá solo respecto de aquellos trabajos que hayan sido ejecutados en conformidad a las Bases Técnicas, a la oferta adjudicada, a las instrucciones de la Contraparte Técnica y a la documentación de respaldo exigida para cada entrega, especialmente tratándose de confección, reparación, rebase, adición de dientes, ajustes, pulidos u otras prestaciones asociadas a prótesis dentales removibles.
Cada estado de pago deberá guardar estricta concordancia con la OCI respectiva, con los trabajos efectivamente recepcionados conforme y con la factura emitida por el proveedor. No se cursará pago respecto de prestaciones observadas, rechazadas, incompletas, deficientemente ejecutadas o carentes de respaldo documental suficiente.
La recepción conforme será otorgada por la Contraparte Técnica o por quien ésta designe, una vez verificado el cumplimiento íntegro de la prestación y de la documentación exigida. En caso de observaciones, rechazos técnicos, faltantes, defectos de fabricación, incumplimientos de plazo o ausencia de documentos obligatorios, la Corporación podrá suspender la tramitación del pago hasta la total subsanación de las observaciones, sin perjuicio de la aplicación de multas, cobro de garantía o demás medidas contempladas en las Bases.
El contratista y encargado del contrato deberá realizar entrega de a lo menos la siguiente documentación para procesar el pago correspondiente:
- CONTRATISTA
|
|
Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales conforme a lo dispuesto en la ley 20.123 de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o Instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, del mes anterior (F30-1).
|
|
Guía de despacho o documento de remisión detallado, por cada entrega.
|
|
Antecedentes de factoring o cesión de crédito, si corresponde.
|
|
Comprobante de pago de multas, ejecutoriadas si las hubiese.
|
|
|
La(s) factura(s) respectiva(s).
|
- ENCARGADO DEL CONTRATO
|
|
Memorándum con breve descripción del estado de pago
|
|
Detalle de prestaciones recepcionadas, idealmente en una planilla o cuadro, con:
- tipo de trabajo,
- cantidad,
- paciente o código interno,
- fecha de ingreso,
- fecha de entrega,
- valor unitario,
- valor total.
|
|
Constancia de que no existen observaciones técnicas pendientes, o bien que fueron subsanadas.
|
|
Visación de la factura por parte de la contraparte técnica.
|
|
Certificado que indique la recepción conforme de los productos y la(s) factura(s) respectiva(s) al estado de pago.
|
|
Cualquier otro antecedente que el ITO considere relevante para poder cursar el pago.
|
No se dará curso al pago en tanto no se cumpla con la entrega de toda la documentación antes indicada., es decir, “En ningún caso se pagarán prestaciones que no cuenten con trazabilidad documental suficiente, recepción conforme y respaldo técnico individualizado por trabajo ejecutado.”
Para que pueda realizarse el pago, la orden de compra deberá estar debidamente emitida y estar aceptada por quien haya sido contratado. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos posterior a la recepción conforme de los bienes y/o productos, salvo que se presenten incongruencias en las facturas y/u otro documento.
En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato factoring, éste deberá notificar a la corporación dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, para efectos del pago oportuno.
El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.
XVI. CONTRAPARTE TÉCNICA, ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN CONFORME
Para la correcta ejecución, supervisión, control y administración del contrato, la Corporación distinguirá expresamente entre la Contraparte Técnica Clínica, la gestión administrativa-contractual y las demás unidades competentes en materias presupuestarias, financieras y de control, sin perjuicio de la obligación del proveedor adjudicado de designar un Supervisor del Contrato que actúe como responsable directo de la coordinación y ejecución de los servicios contratados.
Contraparte Técnica Clínica
La Contraparte Técnica Clínica será ejercida por la Dirección de Salud de la Corporación, a través del profesional odontólogo, referente odontológico, encargado clínico del programa o funcionario que dicha Dirección designe formalmente para tales efectos.
Corresponderá a la Contraparte Técnica Clínica, a lo menos, las siguientes funciones:
a) supervisar la correcta ejecución técnica y clínica de las prestaciones contratadas, verificando su conformidad con las Bases Administrativas, Bases Técnicas, oferta adjudicada y demás antecedentes del proceso;
b) validar técnicamente la recepción, entrega, ajuste, reparación, rebase, rehechura, adición de dientes, reposición y demás prestaciones comprendidas en el contrato;
c) revisar la calidad técnica de los trabajos protésicos, incluyendo ajuste, funcionalidad, terminación, estabilidad, oclusión, pulido, adaptación y cumplimiento de los estándares técnicos y clínicos exigidos;
d) verificar el cumplimiento de los plazos comprometidos, así como de las exigencias de bioseguridad, trazabilidad, identificación, cadena de custodia, transporte, embalaje y entrega;
e) calificar, cuando corresponda, la existencia de urgencias, prioridades clínicas, observaciones, defectos, rechazos, rehechuras, incumplimientos técnicos o no conformidades imputables al proveedor;
f) requerir la corrección, reparación, reposición, rehechura o nueva ejecución de los trabajos que no cumplan con las exigencias técnicas o clínicas, sin costo adicional para la Corporación, dentro de los plazos establecidos en las Bases Técnicas o dentro del plazo especial que, de manera fundada, determine la Contraparte Técnica Clínica conforme a la necesidad del paciente y a la naturaleza de la observación detectada;
g) emitir informes, actas, constancias o certificados de recepción técnica conforme, recepción con observaciones o rechazo técnico, según corresponda;
h) informar por escrito al Departamento de Abastecimiento los incumplimientos técnicos detectados, acompañando los antecedentes de respaldo necesarios para la aplicación de multas, descuentos, cobro de garantías, medidas correctivas o eventuales procedimientos de término anticipado del contrato;
i) colaborar en la evaluación del desempeño del proveedor y en el análisis de eventuales renovaciones, prórrogas, aumentos, disminuciones o términos anticipados del contrato;
j) llevar, en conjunto con las unidades competentes, el control técnico y presupuestario del contrato, efectuando seguimiento permanente del monto adjudicado, prestaciones requeridas, prestaciones ejecutadas, prestaciones pendientes de facturación, montos consumidos y saldos disponibles, con el objeto de resguardar que la ejecución contractual se mantenga dentro del marco presupuestario y de la vigencia contractual;
k) verificar, en forma previa a solicitar, coordinar, autorizar o permitir la ejecución de cualquier prestación, que exista saldo contractual suficiente, cobertura presupuestaria y vigencia del contrato, absteniéndose de requerir prestaciones que excedan el monto adjudicado, el saldo disponible o el período de ejecución contractual;
l) informar oportunamente al Departamento de Abastecimiento, a Contabilidad y a la División de Planificación y Presupuesto, o a las unidades que hagan sus veces, cualquier riesgo de sobreejecución, agotamiento de saldo, insuficiencia presupuestaria o necesidad de adoptar medidas administrativas y presupuestarias complementarias.
Gestión administrativa y contractual
El Departamento de Abastecimiento actuará como unidad responsable del seguimiento administrativo-contractual, control documental y coordinación de la tramitación contractual del proceso.
Le corresponderá, a lo menos:
a) efectuar el control administrativo del contrato, de sus actos complementarios, vigencia, modificaciones, saldo referencial, órdenes de compra internas, control documental y demás actuaciones que correspondan;
b) coordinar la emisión y tramitación de órdenes de compra, nóminas de prestaciones, estados de pago, respaldo documental y control de ejecución administrativa del contrato;
c) recepcionar y consolidar los informes, certificaciones y antecedentes remitidos por la Contraparte Técnica Clínica, para efectos de facturación, pago, multas, devolución de garantías y demás decisiones contractuales;
d) verificar que la documentación presentada por el proveedor y por la unidad requirente se ajuste a las presentes Bases, al contrato y a la normativa vigente;
e) tramitar administrativamente, sobre la base de los antecedentes remitidos por la Contraparte Técnica Clínica y de las demás unidades competentes, la aplicación de multas, descuentos, cobro de garantías, modificaciones contractuales, renovaciones, disminuciones, aumentos, prórrogas o término anticipado, según corresponda;
f) mantener debidamente actualizado el expediente administrativo y electrónico del contrato, resguardando la trazabilidad de todas las actuaciones relevantes.
Control presupuestario y coordinación interáreas
El control presupuestario del contrato será desarrollado de manera coordinada y conjunta entre la Contraparte Técnica Clínica, el Departamento de Abastecimiento, la unidad de Contabilidad y la División de Planificación y Presupuesto, o las unidades que hagan sus veces, cada una dentro del ámbito de sus competencias.
Para estos efectos:
a) la Contraparte Técnica Clínica deberá verificar la necesidad efectiva de la prestación, su pertinencia técnica y su compatibilidad con el saldo disponible antes de requerir su ejecución;
b) el Departamento de Abastecimiento deberá efectuar el control administrativo y documental de la ejecución contractual y de las órdenes de compra asociadas;
c) la unidad de Contabilidad deberá colaborar en la revisión del registro financiero, ejecución del gasto y consistencia de los antecedentes de pago;
d) la División de Planificación y Presupuesto deberá colaborar en la revisión de la disponibilidad presupuestaria, proyección de consumo y suficiencia de recursos para la continuidad del contrato.
La coordinación entre estas áreas tendrá por finalidad evitar la ejecución de prestaciones sin respaldo presupuestario, sin saldo disponible o fuera de la vigencia contractual, debiendo adoptarse con la debida anticipación las medidas administrativas y presupuestarias que correspondan.
Supervisor del Contrato por parte del proveedor
El proveedor adjudicado deberá designar formalmente, dentro del plazo que se establezca para la suscripción o inicio de ejecución del contrato, un Supervisor del Contrato, quien actuará como responsable directo de la coordinación operativa, técnica y documental de los servicios adjudicados.
El Supervisor del Contrato designado por el proveedor será el interlocutor válido y permanente frente a la Contraparte Técnica Clínica, al Departamento de Abastecimiento y a las demás unidades de la Corporación que intervengan en la ejecución, administración, control o seguimiento del contrato, en todos los asuntos relativos a la prestación del servicio, su correcta ejecución, control técnico, entrega de documentación, cumplimiento de procedimientos, observaciones, correcciones, requerimientos, coordinación operativa y demás materias vinculadas al contrato.
Serán funciones mínimas del Supervisor del Contrato del proveedor las siguientes:
a) coordinar la ejecución íntegra y oportuna de las prestaciones contratadas, asegurando su cumplimiento conforme a las Bases, oferta adjudicada y contrato;
b) recibir, canalizar y responder oportunamente los requerimientos, observaciones, instrucciones y comunicaciones que emitan la Contraparte Técnica Clínica, el Departamento de Abastecimiento u otras unidades competentes;
c) velar por la correcta entrega, retiro, transporte, trazabilidad, identificación, custodia y devolución de los trabajos, insumos, registros o antecedentes asociados al servicio;
d) supervisar el cumplimiento de los plazos técnicos, garantías, reposiciones, reparaciones, rehechuras, ajustes y demás obligaciones asumidas por el proveedor;
e) gestionar y entregar en tiempo y forma toda la documentación exigida por las Bases, el contrato o la Corporación, incluyendo informes, nóminas, actas, respaldos, comprobantes de entrega, documentos de facturación y demás antecedentes necesarios para la correcta administración del contrato;
f) adoptar las medidas internas necesarias para subsanar oportunamente observaciones, incumplimientos, rechazos técnicos o requerimientos formulados por la Corporación;
g) informar de inmediato cualquier contingencia, hecho sobreviniente, dificultad técnica, atraso o circunstancia que pueda afectar la continuidad, calidad o correcta ejecución del servicio.
La designación del Supervisor del Contrato, así como cualquier modificación posterior, deberá ser informada por escrito a la Corporación. Mientras no se comunique formalmente un reemplazo, se entenderá que el Supervisor inicialmente designado mantiene plena vigencia y responsabilidad para todos los efectos contractuales.
La falta de designación del referido Supervisor, su ausencia injustificada, la falta de respuesta o la inobservancia de las instrucciones impartidas por la Corporación no eximirá al proveedor de sus responsabilidades contractuales, y podrá ser considerada incumplimiento para los efectos de la aplicación de las medidas previstas en las presentes Bases y en el contrato.
Regla de distribución de competencias
La validación técnica y clínica de las prestaciones corresponderá exclusivamente a la Contraparte Técnica Clínica, mientras que la tramitación administrativa-contractual y documental corresponderá al Departamento de Abastecimiento, sin perjuicio de la intervención de Contabilidad y de la División de Planificación y Presupuesto en las materias propias de su competencia.
En consecuencia, la recepción conforme necesaria para cursar pago requerirá, como antecedente previo e indispensable, la certificación o validación emitida por la Contraparte Técnica Clínica, además de la revisión administrativa y presupuestaria que corresponda efectuar a las demás unidades involucradas.
Prohibición de requerir prestaciones sin saldo o cobertura
En ningún caso la Contraparte Técnica Clínica, ni la unidad requirente, podrá solicitar, coordinar, validar o permitir la ejecución de prestaciones sin haber verificado previamente, en conjunto con las áreas competentes, la existencia de saldo disponible suficiente, cobertura presupuestaria y vigencia contractual.
Del mismo modo, el proveedor no podrá ejecutar prestaciones que no hayan sido debidamente requeridas, coordinadas o validadas conforme al procedimiento establecido, ni aquellas respecto de las cuales se le hubiere advertido la inexistencia de cobertura contractual o presupuestaria.
La omisión de dicho control o la ejecución de prestaciones sin respaldo contractual o presupuestario constituirá un incumplimiento de los deberes de supervisión, administración y correcta ejecución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, financieras, contractuales o disciplinarias que pudieren corresponder.
Recepción conforme, observaciones y rechazo técnico
La recepción de las prestaciones podrá ser:
a) Recepción conforme, cuando la prestación se hubiere ejecutado íntegramente de acuerdo con las Bases, la oferta adjudicada y las exigencias técnicas y clínicas aplicables;
b) Recepción con observaciones, cuando existan defectos o incumplimientos subsanables, debiendo la Contraparte Técnica Clínica dejar constancia de las observaciones formuladas y del plazo otorgado para su corrección;
c) Rechazo técnico, cuando la prestación presente incumplimientos graves, defectos de fabricación, deficiencias de ajuste, incumplimiento de bioseguridad, errores técnicos, uso de materiales no autorizados o cualquier otra circunstancia que impida su aceptación técnica o clínica.
En caso de recepción con observaciones o rechazo técnico, el proveedor deberá subsanar, reparar, rehacer, reponer o corregir el trabajo sin costo adicional para la Corporación, dentro del plazo que corresponda conforme a las Bases Técnicas o dentro del plazo especial que, fundadamente, determine la Contraparte Técnica Clínica, sin perjuicio de las multas y demás medidas contractuales aplicables.
Valor de los antecedentes técnicos
Los informes, actas, registros, certificados, observaciones, respaldos clínicos, constancias de entrega y demás antecedentes emitidos por la Contraparte Técnica Clínica constituirán fundamento suficiente para acreditar la conformidad o no conformidad de la prestación, así como para sustentar la aplicación de multas, descuentos, cobro de garantía, suspensión de pago, exigencia de correcciones, rechazo técnico o eventual propuesta de término anticipado del contrato.
Asimismo, las comunicaciones, informes, constancias de entrega documental y registros emitidos o recepcionados por el Supervisor del Contrato del proveedor podrán ser considerados como antecedentes válidos para efectos de trazabilidad, coordinación operativa y acreditación del cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones contractuales.
Designación formal
La autoridad competente deberá designar formalmente a la Contraparte Técnica Clínica y, en su caso, a su subrogante o reemplazante, así como a la unidad o funcionario responsable del seguimiento administrativo-contractual. Cualquier modificación de dichas designaciones deberá constar por escrito e incorporarse al expediente del proceso.
Del mismo modo, el proveedor adjudicado deberá informar formalmente la identidad, cargo, medios de contacto y eventual reemplazo del Supervisor del Contrato, los que deberán mantenerse permanentemente actualizados durante toda la vigencia contractual.
XVII. INCUMPLIMIENTOS
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato.
|
N°
|
DESCRIPCIÓN
|
|
1.
|
Falta de credencial de identificación del personal
|
|
2.
|
Emisión de facturas fuera del plazo y condiciones estipuladas en las presentes bases.
|
|
3.
|
Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función.
|
|
4.
|
Cualquier falta y/o incumplimiento de carácter menor cometida por el prestador y/o sus funcionarios, que no origina riesgos a las personas, ni daños a los bienes de la corporación o a su imagen y que no esté afecta a cobros pecuniarios.
|
|
5.
|
Emitir más de una factura por mes, sin previamente anular la ya emitida.
|
|
6.
|
Factorizar sin previa notificación a la Corporación.
|
|
7.
|
Emisión de factura sin ajustarse a la OCI, orden de compra portal o prestaciones efectivamente ejecutadas
|
|
8.
|
Omisión o error menor en la documentación de respaldo de cada trabajo, sin afectar la trazabilidad clínica esencial
|
B. GRAVES
B.1 Plazos de entrega y oportunidad del servicio
|
N°
|
Incumplimiento
|
Multa propuesta
|
Observaciones
|
|
B1
|
Atraso en la entrega de una prestación respecto del plazo comprometido y adjudicado
|
0,5 UTM por día hábil de atraso, con tope de 5 UTM por trabajo
|
Aplica desde el día hábil siguiente al vencimiento
|
|
B2
|
Atraso en reparaciones, rebases, adición de dientes u otras prestaciones urgentes
|
1 UTM por día hábil de atraso, con tope de 6 UTM por trabajo
|
Por su mayor criticidad clínica
|
|
B3
|
No entrega del trabajo dentro de 5 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo comprometido
|
4 UTM por evento
|
Sin perjuicio del eventual término anticipado
|
|
B4
|
Incumplimiento reiterado de plazos en 3 o más trabajos dentro de un mismo mes calendario
|
5 UTM adicionales por evento
|
Acumulable a las multas precedentes
|
B.2 Calidad técnica y conformidad del trabajo protésico
|
N°
|
Incumplimiento
|
Multa propuesta
|
Observaciones
|
|
B5
|
Entrega de prótesis, reparación o trabajo que no cumpla especificaciones técnicas mínimas
|
3 UTM por trabajo rechazado
|
Además deberá rehacerse o corregirse sin costo
|
|
B6
|
Presencia de defectos de fabricación: porosidades, fracturas, burbujas, desajustes evidentes, pulido deficiente, errores de oclusión o terminación
|
2 UTM por trabajo
|
Además de la corrección obligatoria
|
|
B7
|
Uso de materiales distintos o de calidad inferior a los ofertados o exigidos en Bases Técnicas
|
5 UTM por evento
|
Sin perjuicio de rechazo total del trabajo
|
|
B8
|
Entrega de trabajo que requiera rehechura por error imputable al proveedor
|
3 UTM por evento
|
Más obligación de rehacer sin costo
|
|
B9
|
Reincidencia en rehechuras o rechazos técnicos de un mismo tipo de prestación, por segunda vez dentro de 60 días corridos
|
50% adicional sobre la multa aplicable
|
Se acumula a la multa base
|
B.3 Bioseguridad, custodia y resguardo sanitario
|
N°
|
Incumplimiento
|
Multa propuesta
|
Observaciones
|
|
B10
|
Incumplimiento de protocolos de limpieza, desinfección, sanitización o manejo de residuos
|
5 UTM por evento
|
Por tratarse de riesgo sanitario
|
|
B11
|
Entrega o recepción de trabajos sin certificado, respaldo o constancia de desinfección, cuando corresponda
|
2 UTM por evento
|
Además, podrá rechazarse la recepción
|
|
B12
|
Manipulación, embalaje o transporte inadecuado que provoque contaminación, deterioro, fractura o pérdida del trabajo
|
4 UTM por evento
|
Además de reposición o reparación sin costo
|
B.4 Trazabilidad, documentación clínica y recepción
|
N°
|
Incumplimiento
|
Multa propuesta
|
Observaciones
|
|
B13
|
Falta de identificación trazable del trabajo recepcionado o entregado
|
2 UTM por evento
|
Incluye ausencia de paciente o código interno
|
|
B14
|
Omisión de guía de despacho, documento de remisión o respaldo técnico exigido para cada entrega
|
1 UTM por evento
|
Sin perjuicio de suspensión del pago
|
|
B15
|
Pérdida de impresiones, modelos, prótesis o antecedentes clínicos entregados por la Corporación
|
6 UTM por evento
|
Más reposición o medidas correctivas que procedan
|
B.5 Garantía técnica, reposición y correcciones
|
N°
|
Incumplimiento
|
Multa propuesta
|
Observaciones
|
|
B16
|
No efectuar corrección, ajuste, reparación o rehechura dentro del plazo comprometido
|
1 UTM por día hábil de atraso, con tope de 6 UTM
|
Aplica durante la ejecución o garantía
|
|
B17
|
Negarse a responder por defectos cubiertos por garantía técnica
|
6 UTM por evento
|
Sin perjuicio de cobro de garantía
|
|
B18
|
Reposición, corrección o rehechura ejecutada nuevamente con fallas imputables al proveedor
|
4 UTM por evento
|
Agrava la reincidencia
|
B.6 Confidencialidad y protección de información
|
N°
|
Incumplimiento
|
Multa propuesta
|
Observaciones
|
|
B19
|
Divulgación, uso no autorizado o manejo indebido de información clínica o personal de pacientes
|
10 UTM por evento
|
Sin perjuicio de término anticipado y otras acciones
|
|
B20
|
Uso no autorizado de antecedentes, modelos, imágenes o registros de trabajos realizados para fines distintos al contrato
|
8 UTM por evento
|
Incluye difusión o exhibición sin autorización
|
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 8 UTM son:
- Abandono de las labores contratadas.
- Negativa a trabajar sin falta justificada en los servicios convenidos en el contrato.
- Faltas que atenten con la información confidencial de los usuarios/as de la plataforma
- Entrega de productos con vencimiento cumplidos.
- Actos, omisiones o imprudencia que afecten a la seguridad de los pacientes, funcionarios, a sus trabajadores o al funcionamiento de los centros.
- Conductas indebidas y graves del contratista y sus trabajadores, tales como falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico contra algún funcionario u otro trabajador, injurias contra la corporación, conducta inmoral que afecte a la corporación.
- .
- Rechazo total de los productos por no ajustarse a las especificaciones técnicas.
- Incurrir en falsedad en el cobro de los productos.
- Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.
- XVIII. DE LOS SERVICIOS
El proveedor deberá prestar el servicio con su propio personal, materiales, y todo instrumento que permita dar continuidad operativa y cumplir con las obligaciones contraídas.
Responsable técnico del servicio
El proveedor deberá mantener durante toda la vigencia del contrato un Responsable Técnico del laboratorio, que deberá contar con título de Técnico Dental y experiencia comprobable en confección y mantención de prótesis removibles, conforme a las Bases Técnicas. Dicho profesional será el interlocutor técnico válido frente a la Contraparte Técnica de la Corporación y será responsable de supervisar la correcta ejecución de los trabajos, control de calidad, bioseguridad, trazabilidad y cumplimiento de los plazos comprometidos.
Cualquier reemplazo del Responsable Técnico deberá ser informado por escrito a la Corporación con una anticipación mínima de 5 días hábiles, acompañando los antecedentes que acrediten que el reemplazante cumple iguales o superiores condiciones técnicas. La omisión de esta comunicación constituirá incumplimiento contractual.
XIX. PLAN DE CONTINUIDAD OPERATIVA Y CONTINGENCIA
El proveedor deberá asegurar la continuidad del servicio durante toda la vigencia contractual, manteniendo capacidad operativa suficiente para responder a la demanda efectiva de la Corporación.
Para estos efectos, deberá contar con equipamiento funcional, personal suficiente y un plan de contingencia ante fallas técnicas, mantenciones, ausencia de personal crítico, interrupciones logísticas o cualquier otra circunstancia que pueda afectar el cumplimiento de los plazos y la calidad del servicio.
La ocurrencia de contingencias no eximirá al proveedor de su responsabilidad contractual, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado y aceptado por la Corporación.
XX. CONFIDENCIALIDAD Y RESGUARDO DE INFORMACIÓN CLÍNICA
El proveedor y todo su personal deberán guardar estricta reserva respecto de toda información clínica, técnica, administrativa o personal a la que accedan con ocasión de la ejecución del contrato, especialmente aquella asociada a pacientes, diagnósticos, tratamientos, modelos, fichas, órdenes de trabajo y registros internos de la Corporación.
Dicha información solo podrá ser utilizada para la correcta ejecución del servicio contratado y no podrá ser divulgada, reproducida, almacenada, compartida ni utilizada para fines distintos, sin autorización expresa de la Corporación.
El incumplimiento de esta obligación será considerado infracción grave y podrá dar lugar a multas, término anticipado del contrato y demás acciones que correspondan.
XXI. REHECHURAS, URGENCIAS Y PRIORIDAD CLÍNICA
Cuando una prestación sea rechazada por incumplimiento técnico imputable al proveedor, éste deberá rehacerla sin costo adicional dentro del plazo máximo establecido en las Bases Técnicas.
Tratándose de reparaciones, ajustes urgentes o rehechuras calificadas como prioritarias por la Contraparte Técnica, el proveedor deberá otorgar atención preferente y coordinar su ejecución dentro del plazo especial que fundadamente defina dicha contraparte, atendida la necesidad clínica del paciente.
La reiteración de rehechuras, defectos o rechazos respecto de un mismo tipo de prestación constituirá antecedente suficiente para la aplicación de multas y para evaluar un eventual incumplimiento grave.
XXII. SUBCONTRATACIÓN
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir, en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones emanados de la presente contratación, salvo en aquellos casos expresamente permitidos por la normativa vigente respecto de la cesión de créditos, factoring u otras situaciones legalmente autorizadas.
Atendida la naturaleza de la presente contratación, correspondiente a un servicio especializado de laboratorio dental, cuya adjudicación se funda en la idoneidad técnica, experiencia específica, capacidad operativa, cumplimiento de estándares clínicos, trazabilidad, bioseguridad y control de calidad del oferente adjudicado, no se permitirá la subcontratación total ni parcial de las prestaciones principales del contrato. Esta prohibición se funda en que se trata de un servicio especial contratado en consideración a la capacidad o aptitud propia del adjudicatario, en los términos del artículo 128 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En consecuencia, deberán ser ejecutadas directamente por el proveedor adjudicado, sin intervención de terceros subcontratados, todas las etapas críticas o esenciales del proceso protésico y de la prestación contratada, incluyendo, a lo menos:
a) recepción técnica de trabajos y modelos;
b) confección, elaboración y terminación de prótesis removibles totales o parciales;
c) modelado, colado, acrilizado, montaje, pulido y terminaciones;
d) composturas, reparaciones, rebases, adición de dientes, ajustes y rehechuras;
e) reposiciones y correcciones cubiertas por garantía;
f) control de calidad técnico y clínico del trabajo;
g) cumplimiento de protocolos de bioseguridad, identificación, trazabilidad y cadena de custodia;
h) resguardo de antecedentes técnicos, clínicos y documentación asociada a cada prestación.
La infracción a esta prohibición constituirá incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, facultando a la Corporación para aplicar las multas que correspondan, rechazar prestaciones, suspender pagos, hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y, en su caso, poner término anticipado al contrato, de conformidad con las presentes Bases y la normativa vigente.
Lo anterior es sin perjuicio de que el proveedor pueda contratar, bajo su exclusiva responsabilidad, servicios accesorios o de apoyo no esenciales, siempre que éstos no impliquen la ejecución de prestaciones técnicas objeto de la licitación, no afecten la trazabilidad ni la confidencialidad de la información clínica, no comprometan la calidad del servicio y no importen, en los hechos, una subcontratación de la prestación principal. En todo caso, dichos apoyos no alterarán la responsabilidad íntegra del adjudicatario frente a la Corporación.