Licitación ID: 1562-34-LQ25
PROYECTO PLATAFORMA PÚBLICA MINERA
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Software de desarrollo de plataforma Web 1 Global
Cod: 43232408
Contratación del Servicio Integral para la continuación de la implementación del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROYECTO PLATAFORMA PÚBLICA MINERA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación del Servicio Integral para la continuación de la implementación del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio Nacional de Geología y Minería
R.U.T.:
61.702.000-9
Dirección:
Avda. Santa María Nº 0180
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-05-2025 12:00:00
Fecha de Publicación: 07-05-2025 10:19:00
Fecha inicio de preguntas: 07-05-2025 10:36:00
Fecha final de preguntas: 15-05-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-05-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-05-2025 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-05-2025 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 23-06-2025 11:46:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital: I. Antecedentes Generales del Proponente: A. Tratándose de Personas Jurídicas Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso 1°, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886. B. Tratándose de Personas Naturales Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso 1°, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886. C. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores 1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo con el formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo con los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación. 2. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso 1°, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).
Documentos Técnicos
1.- II. Oferta Técnica La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
 
Documentos Económicos
1.- En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl se deberá informar el precio neto de la contratación, expresado en pesos chilenos y sin impuestos. Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal. Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse dentro del presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $135.000.000 (ciento treinta y cinco millones de pesos pesos), impuesto incluido, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles. Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado. En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo. Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente. Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio de la Oferta VER ARTÍCULO N°16 DE LAS BASES ADMINISTRATIVOS 10%
2 Experiencia en Desarrollo de Proyectos Tecnológico VER ARTÍCULO N°16 DE LAS BASES ADMINISTRATIVOS 25%
3 Presentación formal de la propuesta VER ARTÍCULO N°16 DE LAS BASES ADMINISTRATIVOS 5%
4 Experiencia Equipo Técnico, los integrantes que co VER ARTÍCULO N°16 DE LAS BASES ADMINISTRATIVOS 35%
5 Cumplimiento estándares de calidad de servicio y s VER ARTÍCULO N°16 DE LAS BASES ADMINISTRATIVOS 10%
6 Propuesta Metodológica y Plan VER ARTÍCULO N°16 DE LAS BASES ADMINISTRATIVOS 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DEL SERNAGEOMIN
Monto Total Estimado: 135000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: XIMENA HIDALGO
e-mail de responsable de pago: ximena.hidalgo@sernageomin.cl
Nombre de responsable de contrato: NELSON CARRASCO
e-mail de responsable de contrato: nelson.carrasco@sernageomin.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24825500-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERÍA
Fecha de vencimiento: 26-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para Garantizar a SERNAGEOMIN el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación del Servicio Integral para continuación de la implementación del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 21° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere. Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante. El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
  2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
  3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN.
  4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
  6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
  7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
  8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
  9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.

Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación simple y total, mediante la cual SERNAGEOMIN busca seleccionar la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, adjudicando en su caso la licitación a un solo oferente.

 

ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS

Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de la misma deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl. Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley N°19.886.

Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.

Cuando el último día del plazo recaiga en día sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, el que puede variar, siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES

Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación de sus integrantes
  2. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.
  3. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.
  4. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.

Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del Párrafo 2, del Capítulo XII del Reglamento de la Ley N° 19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.

ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES (revisar)

Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en los artículos 4°, inciso 1°, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886, que moderniza la Ley de Compras, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia de que no podrán contratar con SERNAGEOMIN aquellos participantes que se encuentren en una o más de las situaciones que se indican a continuación:

  1. Haberle sido aplicada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la medida de prohibición de contratar a cualquier título con órganos públicos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos o empresas o servicios en lo que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier  concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, en conformidad a lo dispuesto en la letra d), del artículo 26, del Decreto Ley N°211, de 1973.

  1. Tratándose de entidades privadas, encontrarse incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, para cuyo efecto el adjudicatario deberá acompañar certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración.

  1. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, tener condena vigente que le prohíba celebrar actos con los Órganos de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto SERNAGEOMIN consultará el Registro de personas jurídicas a las que se ha impuesto esta pena, que mantiene la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada indicada en el párrafo anterior, según corresponda. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La declaración jurada para ofertar que suscriban electrónicamente los proveedores al participar en el proceso de licitación pública es la siguiente:

“No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26 letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, del 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973.

Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por los delitos en la ley N°20.393.

No he sido condenado por los tribunales de justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 de delitos económicos. En el caso de mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o participe con poder para influir en la administración, a personas naturales que lo hubieren sido condenadas a la citada medida.

No soy ni he sido durante el periodo de un año trascurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a), a estos o aquellos por los vínculos descritos en la letra b)  del artículo 54 de la Ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad inclusive).

No integro la nómina del personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a) a estos o aquellos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

Mi representada no es sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes conforme parte o sea beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad en comunidad por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada, en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto o quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad anónima abierta en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o  más del capital o sean beneficiarias finales.

No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

Nota: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de los informado en una declaración jurada puede configurar el delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del código penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas del presidio menor en sus grados mínimos a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”.

ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los oferentes podrán formular consultas a las Bases, a través de la funcionalidad “preguntas licitación” que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los 8 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 2 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al décimo día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el artículo 1 de estas Bases.

Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.

Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.

 

ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERNAGEOMIN, con indicación del número de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado Licitación para la contratación del Servicio Integral para continuación de la implementación del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin”.

Cada oferta que se realice deberá efectuarse respecto de todos los requerimientos previstos en las presentes bases, sin que sea posible efectuar ofertas parciales.

Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta.

ARTÍCULO 7º: GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA.

Para tener derecho a participar en la licitación, cada oferente deberá entregar una garantía de seriedad de su oferta PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA Y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, expresada en pesos chilenos, por la suma $1.350.000 (un millón trescientos cincuenta mil pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente según el valor de la UF a la fecha de emisión del mismo.

El valor antes requerido corresponde al 1% del presupuesto disponible para esta contratación.

Esta entidad estima que el valor requerido se justifica atendido que esta es una contratación que implica el desempeño de labores muy importantes para Sernageomin, toda vez que este Servicio, es la entidad responsable de la fiscalización de las faenas mineras del territorio nacional y verificar el cumplimiento de la normativa minera.

En virtud de lo anterior, es de gran importancia asegurar que las ofertas presentadas cumplan con la seriedad que se necesita para este tipo de contratación.

La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, señalado en el artículo 8° sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas” contemplado en las presentes Bases.

La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico adquisiciones@sernageomin.cl y/o oficinadepartes@sernageomin.cl; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 52 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale “Para garantizar la seriedad de la oferta, de la licitación pública para la contratación del Servicio Integral para continuación de la implementación del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin”. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula.

Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante (SERNAGEOMIN, RUT N° 61.702.000-9).

Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante en los siguientes casos:

1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde; 

2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde;

3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;

4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta;

5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases;

6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado; y

7. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente y que sea atribuible a éste, durante el proceso licitatorio. 

Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante, en Avenida Santa María N° 0104, Providencia.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida.

 

ARTÍCULO 8°: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse dentro de los 20 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en día lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.

Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl, durante el plazo señalado, -circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas mediante el respectivo certificado-, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 3, del artículo  115, del Decreto Supremo Nº 661, de 2024 , del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 9º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:

 I.          Antecedentes Generales del Proponente:

  1. Tratándose de Personas Jurídicas

Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en  los artículos 4°, inciso 1°, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886.

B.    Tratándose de Personas Naturales

Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso 1°, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886.

C.    Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores

  1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo con el formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo con los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

  1. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los artículos 4°, inciso 1°, 35 quáter y 35 septies de la Ley N°19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).

ARTÍCULO 10º: LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

II. Oferta Técnica

La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

III. Oferta Económica

En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl  se deberá informar el precio neto de la contratación, expresado en pesos chilenos y sin impuestos.

Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal.

Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse dentro del presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $135.000.000 (ciento treinta y cinco millones de pesos pesos), impuesto incluido, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles.

Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado.

En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo.

Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente.

Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.

ARTÍCULO 11: PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Se deja expresa constancia de que toda referencia al “oferente” efectuada en este artículo se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

ARTÍCULO 12º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, SERNAGEOMIN podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga del plazo de validez de estas, hasta por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

ARTÍCULO 13°: APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará desde el cierre de las ofertas hasta 24 horas hábiles siguientes.

Se levantará un Acta de Apertura Electrónica emitida en el portal www.chilecompra.cl, en la cual se dejará constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y de la aceptación o rechazo de sus ofertas, señalando en su caso el fundamento del rechazo, como, asimismo, cualquier otro hecho relevante.

 

ARTÍCULO 14°: REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES

Sólo se aceptarán Ofertas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl.

Tratándose de una unión temporal de proveedores, sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión.

Se procederá a rechazar aquellas propuestas presentadas por participantes que no hayan remitido su oferta técnica y su oferta económica, electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl

SERNAGEOMIN solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas corridas contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “PRESENTACIÓN FORMAL DE LAS PROPUESTA”, según lo estipulado en el artículo sobre “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.

Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane los errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.

En todos los casos, será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.

ARTÍCULO 15°: SOLICITUD DE ACLARACIONES

SERNAGEOMIN podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de esta ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.

Asimismo, SERNAGEOMIN podrá autorizar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.  

Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.

ARTÍCULO 16º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

A continuación, se procederá a la evaluación de las ofertas por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:

  1. Sr. Nelson Carrasco Fraga; Rut 18.357.158-3, cargo: Jefe de Proyecto,
  2. Srta. Heidi Cano Guacucano; Rut 16.468.149-1, cargo: Jefa Subdepartamento de Inteligencia de Datos.
  3. Sra. Andrea Durán Mora; Rut: 15.431.646-9, cargo: Ingeniera TI del Subdepartamento de Inteligencia de Datos.
  4. Sr. Bruno Alvarado Villazon, Rut 15.931.570-3, cargo: Jefe Departamento Seguridad Minera,
  5. Sr. Luis Briceño Santos, Rut 9.468.072-7, cargo: Jefe Departamento Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.



En caso de ausencia o impedimento de algún integrante titular de la Comisión Evaluadora, se designan en calidad de reemplazantes a los siguientes funcionarios:

- don Andrés León Riquelme RUT N° 13.791.628-2, Subdirector Nacional de Minería, por don   Nelson Carrasco Fraga.

- don Sergio Vergara RUT N° 13.713.210-9, Ingeniero de Proyectos Tecnológicos por doña Heidi Cano Guacucano.

- don Francisco  Hahn RUT N° 18.382.373-6, Ingeniero de Proyectos Tecnológicos por doña Andrea Durán Mora.

-don Carlos Rojas Neculhual RUT N°18.117.640-7, Ingeniero de Proyectos por don  Bruno Alvarado Villazon.

-don Gabriel Valdés Caris RUT N° 13.876.558-K, Ingeniero de Proyectos por don Luis Briceño Santos.

Los criterios objetivos de evaluación, sus factores y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1.Experiencia en Desarrollo de Proyectos Tecnológicos en los últimos 3 años. 

25%

2.Experiencia Equipo Técnico, los integrantes que conforman el equipo

35%

3.Cumplimiento estándares de calidad de servicio y seguridad de la información.

10%

4.Propuesta Metodológica y Plan

15%

5.Precio de la Oferta

10%

6.Presentación formal de la propuesta

5%

                                          TOTAL

100%

Los criterios de evaluación de las ofertas serán evaluados por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con los puntajes o notas que obtengan de acuerdo a las fórmulas contenidas en la siguiente tabla:


CÁLCULO CRITERIOS DE EVALUACIÓN 

1. EXPERIENCIA EN DESARROLLO DE PROYECTOS TECNOLÓGICOS. 

Nota

%

La empresa demuestra experiencia en el desarrollo e implementación de proyectos que cumplan con las siguientes características:

1)      Sistemas a la medida o del tipo llave en mano en los últimos 3 años.

2)      Desarrollo e implementación al menos 3 proyectos con .net core.

3)      Sistemas que permitan el almacenamiento y visualización de datos geométricos y geográficos (gis).

4)      Desarrollo de servicios SOAP y REST.

5)      Conocimiento en uso de sistemas que hayan sido desarrollado utilizando la tecnología MULE ESB (Enterprise Service Bus) para la integración y gestión eficiente de los servicios.

6)      Implementaciones de sistemas con integración de servicios y/o microservicios de al menos 5 años.

7)      Al menos 5 años de experiencia en desarrollo de software para el sector público

8)      La empresa cuenta con conocimiento de los procesos de Minería de Sernageomin, específicamente en el desarrollo de módulos EFI, Registro empresa, creación de faenas, creación de instalaciones, inicio y cese de actividades o similares.

9)      La empresa cuenta con experiencia en migración e implementación de modelos de datos en motores de base de datos SQL Server >= 2019, Oracle 11g y PostgreSQL 12 - 16 (con uso de extensión Postgis). Excluyente experiencia en todas las siguientes tecnologías: React v18.2.0, Next.js v14.1.2, Node.js  v18.17.0, Reactstrapv9.2.1, Microsoft.EntityFrameworkCore. SqlServerv8.0.8,   AutoMapper.Extensions.Microsoft.DependencyInjection v12.0.1, MailKit v4.10.0.

10) Manejo de formatos de datos espaciales, al menos .shp (shapefile y los archivos que componen el conjunto)

7

25%

La empresa demuestra experiencia en el desarrollo e implementación de proyectos que cumplan con las siguientes características:

1)      Sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

2)      Desarrollo e implementación al menos 1 proyectos con .net core.

3)      Sistemas que permitan el almacenamiento y visualización de datos geométricos y geográficos (gis)

4)      Desarrollo de servicios SOAP y REST.

5)      Conocimiento en uso de sistemas que hayan sido desarrollado utilizando la tecnología MULE ESB (Enterprise Service Bus) para la integración y gestión eficiente de los servicios.

6)      Implementaciones de sistemas con integración de servicios y/o microservicios de al menos 3 años.

7)      Al menos 3 años de experiencia en desarrollo de software para el sector público

8)      La empresa no cuenta con conocimiento de los procesos de Minería de Sernageomin, específicamente en el desarrollo de módulos EFI, Registro empresa, creación de faenas, creación de instalaciones, inicio y cese de actividades o similares.

9)      La empresa no cuenta con experiencia en migración e implementación de modelos de datos en motores de base de datos SQL Server >= 2019, Oracle 11g y PostgreSQL 12 - 16 (con uso de extensión Postgis). Excluyente experiencia en: React v18.2.0, Next.js v14.1.2, Node.js v18.17.0, Reactstrapv9.2.1, Microsoft.EntityFrameworkCore. SqlServerv8.0.8,   AutoMapper.Extensions.Microsoft.DependencyInjection v12.0.1, MailKit v4.10.0.

10) Manejo de formatos de datos espaciales, al menos .shp (shapefile y los archivos que componen el conjunto)

3

La empresa no cumple con los requisitos mínimos para la evaluación 7 o 3.

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Cada oferente deberá presentar en su oferta un listado de proyectos tecnológicos realizados en los últimos tres años, indicando la empresa donde se ejecutó el proyecto, breve descripción, nombre contacto, teléfono, e-mail, cantidad de usuarios. Además, dentro de la descripción se debe indicar con los puntos que cumple cada proyecto.

2. EXPERIENCIA EQUIPO TÉCNICO, LOS INTEGRANTES QUE CONFORMAN EL EQUIPO

Nota

 %

A lo menos considerar presentar los roles de jefe de proyecto al 100% de dedicación, cuatro programadores al 100% de dedicación, ingeniero en base de datos, ingeniero de procesos y diseñador UX como el equipo de trabajo propuesto para el proyecto, que demuestre:

1)      Experiencia de a lo menos 4 años en el desarrollo de sistemas utilizando las tecnologías definidas en la arquitectura de ambiente web definida por Sernageomin (Punto 8 y 9 del Artículo 36)

2)      Experiencia del rol programador en el desarrollo de software con más de 4 años en C# Net Core.

3)      El equipo de trabajo cuenta con al menos 4 años de experiencia en el uso de herramientas de bases de datos definidas por Sernageomin en la arquitectura de datos en motores Sql Server, PostgreSQL y Oracle 11g.

4)      Experiencia de al menos 4 años en la integración de sistemas mediante servicios web y/o microservicios

7

35%

A lo menos considerar presentar los roles de jefe de proyecto al 100% de dedicación, cuatro programadores al 100% de dedicación, ingeniero en base de datos, ingeniero de procesos y diseñador UX como el equipo de trabajo propuesto para el proyecto, que demuestre:

1)      Experiencia de a lo menos 3 años en el desarrollo de sistemas utilizando las tecnologías definidas en la arquitectura de ambiente web definida por Sernageomin.

2)      Experiencia del rol programador en el desarrollo de software con más de 3 años de experiencia en C# Net Core.

3)      El equipo de trabajo cuenta con al menos 3 años de experiencia en el uso de herramientas de bases de datos definidas por Sernageomin en la arquitectura de datos en motores SQL Server, PostgreSQL y Oracle 11g.

3

A lo menos considerar presentar los roles de jefe de proyecto al 100% de dedicación, cuatro programadores al 100% de dedicación, ingeniero en base de datos, ingeniero de procesos y diseñador UX como el equipo de trabajo propuesto para el proyecto, que demuestra menos de 3 años:

 

  1. Experiencia en el desarrollo sistemas utilizando las herramientas definidas en la arquitectura de ambiente web definida por Sernageomin.
  2. Experiencia en el desarrollo de software en lenguaje de programación C# y Framework .Net Core.
  3. Experiencia con motores de bases de dato Sql Server, PostgreSQL y Oracle 11g.

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Se evaluará el Curriculum del equipo de trabajo propuesto para el proyecto, el cual debe identificar explícitamente la experiencia en los temas requeridos e indicar su rol en cada uno de los proyectos presentados y certificaciones obtenidas

3. CUMPLIMIENTO ESTÁNDARES DE CALIDAD DE SERVICIO Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

Nota

 %

La empresa posee certificación ISO 27001 (Gestión de Seguridad de la Información) u otra certificación afín que respalde su seriedad y compromiso en la gestión de la seguridad de la información y en la gestión de sus servicios. Además, utiliza herramientas de análisis estático para evaluar el código fuente, lo que permite mejorar la calidad del código.

7

10%

La empresa posee alguna certificación u otra afín que permita respaldar la seriedad y compromiso en la gestión de la seguridad de la información y gestión de sus servicios. Además, utiliza herramientas de análisis estático para evaluar el código fuente, lo que permite mejorar la calidad del código.

5

La empresa no posee ninguna certificación ISO 27001 (Gestión de Seguridad de la Información) ni herramientas de análisis estático para evaluar el código fuente, lo que permite mejorar la calidad del código.

3

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información de certificación o informe utilizado en entregas de algunos de sus proyectos).

4. PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN

Nota

 %

La propuesta metodológica detalla exhaustivamente todas las actividades descritas en las Bases Técnicas, y las asocia claramente a los entregables requeridos en un plan detallado.

7

15%

La propuesta metodológica aborda de manera parcial las actividades descritas en las Bases Técnicas y presenta un nivel de detalle insuficiente, lo que afecta tanto a la asociación con los entregables requeridos como a la coherencia del plan general.

3

La propuesta metodológica no aborda todas las actividades descritas en las Bases Técnicas, por tanto, no se asocian a los entregables requeridos ni se describen en un plan.

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Se evaluará la estrategia y método para la toma de requerimientos junto a la documentación que respalda dicha etapa, incluyendo la toma de requerimientos, la metodología de desarrollo y la gestión del cambio.

5. PRECIO DE LA OFERTA

La Oferta Económica, debe contener todos los antecedentes solicitados en las Bases Administrativas y Técnicas, para evaluar estos criterios. Este criterio se evalúa mediante la verificación del anexo económico N°4, cuyo precio total con impuesto incluido, debe estar dentro del presupuesto disponible, de conformidad a la preafectacion presupuestaria que da cuenta el expediente N° 11536/2023 de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

El precio más económico tendrá la máxima nota y las demás ofertas, serán evaluadas de manera inversamente proporcional a la oferta más económica, según la siguiente fórmula:

(Precio Oferta Menor) x (7)

(Precio Oferta)

7

10%

No informa/O SUPERA EL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA ESTE PROCESO.

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): La oferta económica será verificada mediante el ANEXO ECONOMICO N°4, deberá incluir el valor total de los servicios a desarrollar

6.PRESENTACION FORMAL DE LA PROPUESTA.

Cumple con todos los antecedentes solicitados en las Bases de Licitación.

7

5%

No informa

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): La no presentación de los antecedentes solicitados según lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación.

Nota mínima para adjudicar 5.5

Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado. Cualquier modificación al equipo de trabajo presentado originalmente por el oferente al Servicio debe ser consensuado teniendo en consideración las competencias y experiencia indicadas en la propuesta adjudicada. Los currículums presentados deben ser parte activa del proyecto reflejándose en la planificación. Además, el profesional no puede ejecutar dos roles a la vez en una misma etapa del proyecto y para los casos de los desarrolladores todos han de tener un 100% de dedicación al proyecto.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar antecedentes presentados por los oferentes.

Resolución de Empates

 

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

 

1.Experiencia Equipo Técnico, los integrantes que conforman el equipo

2.Experiencia en Desarrollo de Proyectos Tecnológicos en los últimos 3 años.

3.Propuesta Metodológica y plan.

4.Cumplimiento estándares de calidad de servicio y seguridad de la información

5.Precio de la Oferta

6.Presentación formal de la propuesta

 

 

En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate, se preferirá la oferta del proveedor que primero haya ingresado su oferta en el portal de mercado público.

 

De la evaluación resultante, se elaborará un acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha acta dará cuenta de lo siguiente:

 

a)    Los errores u omisiones de fondo que se hayan constatado en el proceso de revisión de las ofertas desarrollado con posterioridad a la apertura, dejando constancia en consecuencia de las ofertas que no fueron evaluadas por no cumplir con los requisitos establecido en las Bases, y especificando los artículos que habrían sido vulnerados y la forma como se configuró dicha vulneración.

 

b)    Los errores u omisiones formales detectados tanto en el acto de apertura como en el posterior proceso de revisión de las ofertas, señalando si se solicitó la subsanación a través de foro inverso, y dando cuenta de si fueron subsanadas en tiempo y forma o no.

 

c)    La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles, señalando los criterios y ponderaciones utilizados, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la aplicación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

 

d)    El Acta de Evaluación indicará con claridad a cuál oferente se sugiere adjudicar la licitación, o propondrá declarar desierto el proceso, en caso de que las ofertas presentadas no sean convenientes para los intereses de SERNAGEOMIN, o si ninguna de ellas resulta admisible por no cumplir los requisitos solicitados en las presentes Bases.

 

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aún cuando su oferta no sea la de más bajo precio, o, en su caso,rechazar fundadamente todas las ofertas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.

ARTÍCULO 17º: DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

Mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, SERNAGEOMIN podrá:

a. Declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.

b. Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

c. Adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio.

La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo de la SERNAGEOMIN, dentro de 10 días hábilescontados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, notificándose dicho acto administrativo mediante su publicación en el Sistema de Información.

Este plazo podrá extenderse, debiendo informarse esta situación en el Sistema de Información, indicando la nueva fecha para la adjudicación, asimismo las razones que justifican esta ampliación de plazo.

Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, señalando las notas que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.

Las consultas y/u observaciones respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del aplicativo de gestión de reclamos disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en dicho Registro de proveedores de Mercado Público, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles corridos desde que el SERNAGEOMIN le notifique la adjudicación de su oferta.

Readjudicación

                                        

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en el plazo de dos días desde que le fue despachada, no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para formalizar la contratación, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, SERNAGEOMIN tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de cuatro días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Los oferentes ubicados en los lugares segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 4 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar a SERNAGEOMIN dentro del mismo plazo de 4 días corridos señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La posibilidad de elección prevista en el inciso anterior, no procederá en caso de que el integrante de la unión que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, conforme a lo regulado en los incisos precedentes.

ARTÍCULO 18º: DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por SERNAGEOMIN dentro de 15 días hábiles contados desde la notificación efectuada en conformidad al artículo precedente, a menos que SERNAGEOMIN requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso, debiendo la entidad adjudicataria entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de SERNAGEOMIN, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.

ARTÍCULO 19: ANTECEDENTES PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO

Para proceder a la firma del contrato, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl.

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito y hábil en dicho Registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 5 días corridos desde que el SERNAGEOMIN le comunique la adjudicación de su oferta.

Tratándose de una Unión de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo denominado “Participantes” de estas Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si se desiste de su participación en el respectivo proceso o si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma, siempre que el integrante inhábil de la unión temporal que se retira no haya reunido una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. La decisión que se adopte deberá ser comunicada por escrito por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá entregar a SERNAGEOMIN, la información y documentación que a continuación se indica:

  1. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.

  1. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones.

  1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N°30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C, inciso segundo, del Código del Trabajo.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá hacer entrega de una declaración jurada que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones

  1. Nombre completo y dirección de correo electrónico de la Contraparte designada para la gestión del contrato a que dé lugar la presente licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo sobre “Administración del Contrato” de las Bases de Licitación.

  1. Información necesaria para realizar los pagos que correspondan.

  1. La siguiente información legal de la adjudicataria, en la medida que los respectivos antecedentes no se encuentren disponibles en el Sistema de Información, en el Registro de Proveedores del Estado, o en el Registro de Empresas y Sociedades creado por la Ley N°20.659:

1.    Tratándose de personas jurídicas:

a)    Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

b)    Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.

c)    Copia del Rol Único Tributario.

  1. Tratándose de personas naturales:

  1. Fotocopia de la cédula de identidad y Fotocopia del RUT si lo tuviere

  1. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores:

  1. Escritura pública que formaliza el acuerdo en que consta la Unión Temporal, a menos que dicha escritura púbica haya sido presentada al momento de ofertar. En la referida escritura pública se deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.

  1. Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes.

Se deja constancia de que en caso de que el adjudicatario no haga entrega de los documentos e información señalada, dentro del plazo y en la forma que establezca SERNAGEOMIN al efecto, SERNAGEOMIN dejará sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que siga en puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo “De la adjudicación y readjudicación” de las mismas Bases.

ARTÍCULO 20°: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, con anterioridad a la suscripción del contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA, y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, EXPRESADA EN PESOS CHILENOS, por la suma equivalente al 10% del monto total del contrato, impuestos incluidos (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia deberá comprender el plazo total del contrato más 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo.

La garantía se debe tomar a nombra de SERNAGEOMIN RUT N°61.702.000-9, podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico adquisiciones@sernageomin.cl y/o oficinadepartes@sernageomin.cl; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga “Para Garantizar a SERNAGEOMIN el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación del Servicio Integral para continuación de la implementación del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor”.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:

  1. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o el respectivo contrato.

  1. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el Contrato.

  1. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases y en el contrato y, en caso de que el proveedor cambie a uno o más miembros del equipo de trabajo, que no cumplan con el perfil de la evaluación técnica.

Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos indicados en este artículo, durante toda la vigencia del respectivo contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.

Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 21° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere.

Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante.

El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.

ARTÍCULO 21°: MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.

En caso de que la entidad contratada incurra retrasos en la prestación del servicio, se le aplicara una multa de acuerdo a lo que se indica en la tabla a continuación, que sea imputable al proveedor adjudicado:

Clasificación de Multa

Monto de la Multa

Motivo de Incumplimiento

Incumplimiento en la entrega de HITOS (Sin Desarrollo)

5 UTM por cada día de retraso injustificado

Para los hitos que no impliquen desarrollo, se aplicará una multa de 5 UTM por cada día de corrido de retraso injustificado en la entrega completa del hito (incluyendo los retrasos en las subsanaciones requeridas por la contraparte técnica) con un tope de espera de 15 días de corrido. SI SUPERA EL TOPE, SNGM QUEDA FACULTADO A PONER TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Incumplimiento en la entrega de HITOS (Con Desarrollo)

2% del pago del hito comprometido por cada día de retraso injustificado

Para los hitos que involucre desarrollo, se aplicará una multa de 2% por cada día de corrido de retraso injustificado en la entrega completa del hito (incluyendo los retrasos en las subsanaciones requeridas por la contraparte técnica) con un tope de un 30% respecto del pago del hito comprometido. SI SUPERA EL TOPE, SNGM QUEDA FACULTADO A PONER TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Y COBRO DE BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Demora o falta de autorización en el reemplazo de perfiles

0,5% del monto total del contrato por día de retraso en el reemplazo de perfiles o por cada reemplazo sin autorización

En el caso de que no se produzca el reemplazo de perfiles en el plazo de una semana durante la ejecución de los servicios o éste se efectúe sin previa autorización del encargado del contrato por parte de Sernageomin, definido para este proyecto, se aplicará una multa de un 0,5% del monto total del contrato, por cada día de retraso, respectivamente, con un tope del 10% del monto total del contrato. SI SUPERA EL TOPE, SNGM QUEDA FACULTADO A PONER TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Y COBRO DE BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Se entenderá como justificación para el retraso de la entrega, los que deriven de casos fortuitos, fuerza mayor debidamente acreditado o que sea de responsabilidad de Sernageomin. Si se configura alguna de estas circunstancias, el adjudicatario deberá informar y justificar los hechos con una anticipación de al menos 7 días corridos, previo al cumplimiento del plazo de entrega del hito.

Normas para la aplicación de multas.

La decisión sobre la aplicación de la multa será notificada a la contratante, mediante carta certificada, indicándosele claramente la causa que da origen al incumplimiento, el monto de la multa y las instrucciones para el pago. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda, debiendo ser pagada la multa dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a la notificación.

El contratante podrá presentar a SERNAGEOMIN sus descargos respecto de la aplicación de la multa, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación (hechos o circunstancias constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor). Dicho reclamo deberá presentarse por escrito, e ingresarse a través de la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN.

Toda reclamación presentada extemporáneamente será desechada de plano. Asimismo, todo reclamo presentado en forma verbal o por una vía distinta a la señalada, se considerará como no oficial y, por lo tanto, carente de validez administrativa.

SERNAGEOMIN resolverá, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su recepción la reclamación presentada; acogiendo los fundamentos dados por el contratante, o bien rechazándolos, confirmando así la aplicación de la multa respectiva.

Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que el contratante haya presentado reclamación, o bien rechazada la reclamación presentada, la aplicación de las multas se formalizará mediante la correspondiente resolución fundada, que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y se ejecutará unilateral y administrativamente por SERNAGEOMIN, deduciendo su valor de los pagos que corresponda cursar a la empresa, lo anterior sin perjuicio de los recursos administrativos a que haya lugar.

La aplicación de una multa no podrá implicar atraso alguno en el pago de la factura, reteniéndose únicamente el monto de las multas. El monto deducido por concepto de multa se pagará al adjudicatario o se retendrá definitivamente, en cuanto se conozcan las resultas de los recursos presentados, o hayan transcurrido los plazos previstos al efecto por la Ley N°19.880 sin que el interesado haya impugnado la respectiva resolución.

ARTÍCULO 22°: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

El contrato que se celebre a consecuencia del presente proceso licitatorio entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe y se extenderá hasta el 31 DE DICIEMBRE DE 2025.. No obstante, los pagos correspondientes quedaran suspendidos y supeditados a la total tramitación de la referida resolución. 

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 

2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.

6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 

c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

7) Sobrepasar el límite o tope de las multas establecidas en la cláusula 21° “Medidas a Aplicar en caso de incumplimiento”.

8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.

9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

10) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

11) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a.         Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b.         De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c.         Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d.         Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e.         Disolución de la UTP.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el punto Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimiento”:

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

ARTÍCULO 23º:  PAGOS

El pago de los servicios contratados mediante el presente proceso de licitación se efectuará en 7 CUOTAS, de conformidad al detalle de los hitos que se indicarán.

Cada cuota se pagará mediante la plataforma de pago centralizado a través de Tesorería General de la República, dentro de los 30 días siguientes, contados desde la fecha de emisión de la factura respectiva, y i. previa recepción conforme de los servicios prestados emanada del Jefe de Proyectos.

ii. Acreditación por parte de la adjudicataria, del cumplimiento de todas sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. El cumplimiento de las prestaciones recién señaladas deberá ser informado documentalmente, antes de cada cobro.

FORMA DE PAGO:

SERNAGEOMIN procederá al pago de los bienes o servicios contratados, sobre la base de la entrega total de los requerimientos descritos en el presente documento, los cuales deberán estar completamente aceptados por el Jefe de Proyectos.

A continuación, se entregan los hitos de pago que consideran las actividades que requieren un medio de verificación de parte de la empresa. Para un detalle completo de las actividades remitirse al artículo 36.

Nro. De Hito

Porcentaje

Trabajo esperado (Objetivo específico)

Entregables
 (Medio de Verificación)

1

30%
 Plazo Máximo de entrega
(10 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra)
 

Planificación y acuerdos iniciales

1. Contrato firmado 
 2. Planificación y entendimiento general.
 3.Acordar Carta Gantt
 4. Documento de Análisis de requerimientos actualizado por hitos
 6. Acordar criterios de aceptación de cada entregable, hito y puntos de control (Propuesta de Acuerdo de Nivel de Servicio SLA)
 7. Acordar la entrega de correcciones

2

10%
(Plazo de entrega acordado
en el hito N°1)

Levantamiento, análisis, reingeniería y documentación de procesos de negocio clave

  1. Levantamiento de procesos
  2. Documento de análisis oportunidades de mejora (reingeniería)
  3. Diagramación de procesos
  4. Documentación de procesos
  5. Acta revisión conjunta

3

15%
(Plazo de entrega acordado
en el hito N°1)

Integración PPM-BPMS

  1. Mantenedor de Integraciones
  2. Módulo Empresas, Faenas e instalaciones
  3. Módulo Declaración Accidentabilidad
  4. Módulo Declaración Producción
  5. Documento técnico y funcional
  6. Plan de pruebas QA
  7. Informe corrección de errores o fallas del sistema, entiéndase caídas o errores fatales, que impidan la continuidad operativa del sistema, o mal funcionamiento de este.

4

10% 
(Plazo de entrega acordado
en el hito N°1)

Servicios Web

  1. Documentación técnica y funcional
  2. Diccionario de Servicios Web
  3. Código fuente (git Sernageomin)
  4. Mantenedor de administración de Servicios Web de Módulo Empresas, faenas e instalaciones, Módulo Accidentabilidad y Módulo Producción
  5. Plan de pruebas QA
  6. Capacitación Técnica a equipo TI

5

10%
(Plazo de entrega acordado
en el hito N°1)

Módulo Accidentes

  1. Documentación técnica y funcional
  2. Documento de arquitectura de la solución
  3. Código fuente (git Sernageomin)
  4. Entrega Módulo de Declaraciones

6

10%
(Plazo de entrega acordado
en el hito N°1)

Módulo Producción

  1. Documentación técnica y funcional
  2. Documento de arquitectura de la solución
  3. Código fuente (git Sernageomin)
  4. Entrega Módulo de Producción

7

15%
(Plazo de entrega acordado
en el hito N°1)

Visor de Faenas

  1. Módulo de reportes propiedad minera, rebaja de patente minera
  2. Módulo de reportes Empresa, Faena e Instalaciones
  3. Módulo de reportes Seguridad Minera
  4. Informe de corrección de errores o fallas del sistema, entiéndase caídas o errores fatales, que impidan la continuidad operativa del sistema, o mal funcionamiento de este.

Soporte y Mantención de Sistema PPM

  1. Registro y clasificación de incidentes según su impacto y urgencia. 
  2. Diagnóstico y resolución de problemas técnicos. 
  3. Actualización de manuales y documentación de uso 
  4. Corrección de errores o fallas del sistema, entiéndase caídas o errores fatales, que impidan la continuidad operativa del sistema, o mal funcionamiento de este.

Se exige que al final de cada hito se actualicen los documentos técnicos del aplicativo, código fuente (git) y ambientes de prueba de Sernageomin según el avance del proyecto. Además, al final de cada hito se debe incluir un acta de aceptación del hito aprobada por el Jefe de Proyectos. De cada hito del precio se deducirá el valor de las multas aplicadas, cuando proceda. Se exige que las extensiones y componentes utilizados no exijan una licencia extra a .net core, además se debe seguir los patrones de desarrollo según lo indicado por el manual oficial del framework.

En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.

SERNAGEOMIN exigirá al adjudicatario que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, el adjudicatario también podrá presentar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N° 30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a SERNAGEOMIN a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores lo descrito en los incisos precedentes deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes, y las consecuencias establecidas se harán efectivas en caso de que cualquiera de ellos se encuentre en las situaciones descritas.

En caso de término anticipado del contrato, SERNAGEOMIN procederá a la liquidación del mismo, de manera de pagar únicamente el monto correspondiente a los servicios efectivamente prestados.

Los pagos serán realizados mediante transferencia electrónica de fondos, para cuyo efecto el adjudicatario deberá proporcionar, en forma previa a la emisión de la póliza, la información necesaria para realizar esta transferencia.

El precio convenido en el contrato no estará afecto a reajustes.

ARTÍCULO 24°: FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre de SERNAGEOMIN, RUT N°61.702.000-9, indicando con claridad el número ID de la orden de compra, debiendo ingresarse exclusivamente a través de la casilla sernageominrecepcion@custodium.com.

En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº19.983 que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Factura, SERNAGEOMIN tendrá un plazo de 8 días corridos, desde su notificación electrónica para reclamar en contra de su contenido.

Se deja constancia que las facturas que correspondan sólo podrán presentarse una vez que los servicios hayan sido efectivamente prestados, a total satisfacción de SERNAGEOMIN, de manera que no se admitirá facturación por anticipado. SERNAGEOMIN procederá a rechazar sin más trámite las facturas presentadas con anterioridad a la prestación de los servicios contratados.

ARTÍCULO 25: ACREDITACIÓN DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES.

El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores.

En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores.

Si por cualquier causa SERNAGEOMIN dejara de efectuar o se abstuvieran de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

SERNAGEOMIN se reservan el derecho a exigir al contratista, en cualquier momento durante la vigencia de esta contratación, y a simple requerimiento del Encargado de Contrato, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de SERNAGEOMIN, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 2% del valor del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta. En tal caso, se aplicará el procedimiento previsto en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la firma del contrato correspondiente no significará en caso alguno que el contratista, o sus trabajadores, adquieran la calidad de funcionarios de SERNAGEOMIN.

 

ARTÍCULO 26: COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL CONTRATISTA.

El contratista deberá observar durante la ejecución del contrato a que dé lugar el presente proceso de licitación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.

Dichos estándares de probidad exigibles al contratista se equiparán a los aplicables a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

Se deja constancia de que en caso que el oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como, dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de Sernageomin, que pudiera implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el proponente y SERNAGEOMIN; dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la evaluación de las ofertas, adjudicación, o celebración del contrato a que dé lugar la presente licitación; tergiversar hechos, con el fin de influenciar las decisiones de SERNAGEOMIN; se procederá a declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, ejecutándose la respectiva garantía de seriedad de la oferta o fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

 

ARTÍCULO 27º: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Toda información relativa a SERNAGEOMIM o a terceros a los que la adjudicataria tenga acceso con motivo de la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial, no pudiendo, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SERNAGEOMIN, pudiendo ser usada para efectos de efectuar su oferta correspondiente, limitando su tratamiento a ese trámite.

En consecuencia, la adjudicataria, se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedentes o bases de datos, de SERNAGEOMIN o de terceros, a la que tengan acceso o se genere en la prestación de los servicios encomendados, así como a tomar las medidas oportunas para garantizar que su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, mantengan también esta obligación de confidencialidad, respondiendo la adjudicataria de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.

El contratista bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte la información entregada por SERNAGEOMIN, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.

En consecuencia, la contratista:

  1. No deberá hacer ningún uso de la información, antecedentes o base de datos diferente del previsto en el respectivo contrato, ya sea por sí mismos o a través de sus filiales o terceros en general.
  2. No deberán transferir, ceder o transmitir a cualquier título, gratuito u oneroso, la información, antecedentes o base de datos generados, en virtud del respectivo contrato.
  3. No deberán transmitir o divulgar a terceros la información, antecedentes o bases de datos por ninguna otra vía o procedimiento.
  4. No deberán efectuar copia alguna, por ningún medio, ni bajo ningún concepto, de la información facilitada por SERNAGEOMIN para la realización de los servicios objeto del contrato, salvo autorización previa, expresa y escrita de SERNAGEOMIN.
  5. Deberán custodiar la información recibida a fin de que se garantice la protección adecuada de la misma y de su contenido, para evitar que personas no autorizadas o ajenas a la misma, puedan hacer uso indebido de ella.

La contratista deberá garantizar que en la prestación de los servicios no se infringirá de manera alguna las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y toda la normativa relacionada, y garantizar que los datos personales recolectados en la prestación de los servicios sólo serán utilizados para los fines del respectivo contrato, por lo que los mismos no podrán ser procesados o comunicados a persona alguna o utilizados para un propósito distinto al que contemple el contrato.

La contratista deberá devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente que constituya una información confidencial, sustentado en cualquier tipo de soporte, al término del contrato.

En caso de incumplimiento de esta cláusula, SERNAGEOMIN podrá terminar anticipadamente el Contrato, por incumplimiento grave del mismo, de acuerdo con lo especificado en el artículo sobre sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo al procedimiento establecido para el cobro de la misma en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.

 

ARTÍCULO 28º: REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA

En caso de fusión, transformación o cualquier otra modalidad de reorganización empresarial que realice la adjudicataria, que signifique la mantención del giro a través de una nueva figura, con la misma personalidad jurídica -o con una figura distinta, siempre que la persona jurídica que subsista sea su sucesora legal-,  la empresa deberá garantizar en la suscripción de los actos correspondientes, el estricto cumplimiento de las obligaciones adquiridas con SERNAGEOMIN y la debida continuidad del servicio ofrecido.

 

ARTÍCULO 29º: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.

La Adjudicataria deberá informar a SERNAGEOMIN, con anterioridad a la suscripción del contrato a que dé lugar la presente licitación, el nombre completo de la persona que ejercerá la función de contraparte y la casilla de correo electrónico a través de la cual se efectuarán las comunicaciones con SERNAGEOMIN.

La Contraparte, representará a la adjudicataria para efectos de la ejecución, coordinación y gestión del contrato, y será responsable de atender todos los requerimientos que sean formulados por SERNAGEOMIN. Esta persona deberá contar con un servicio de comunicación eficiente para contactarla fácilmente en caso de necesidades y requerimientos. El costo de este servicio será de cargo de la adjudicataria.

No obstante, lo anterior, y previa comunicación escrita a SERNAGEOMIN, la Adjudicataria podrá designar a otra persona para que, en caso de ausencia de la Contraparte, lo reemplace o haga las veces de tal.

Por su parte, SERNAGEOMIN designará como encargado del contrato a que dé lugar la presente licitación a Nelson Carrasco Fraga, Rut:18.357.158-3, Jefe de Proyectos, ubicado en Miraflores 383 piso 23, para que ejerza la función de responsable de contrato en representación de SERNAGEOMIN.

Al responsable del Contrato de SERNAGEOMIN le corresponderá la coordinación y control del cumplimiento oportuno y eficiente de las obligaciones del Adjudicatario, siendo responsable, entre otras, de dar visto bueno de conformidad a los servicios para efectos de proceder a las facturaciones que correspondan, aceptar o rechazar las facturas presentadas, gestionar la aplicación de las multas y/o término anticipado cuando corresponda, velar por la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento u otras comprometidas.

Previa comunicación escrita a la Contraparte, SERNAGEOMIN podrá designar a otro funcionario para que, en caso de ausencia del Encargado de Contrato, lo reemplace o haga las veces de tal.

 

ARTÍCULO 30°:  PROHIBICION DE CESIÓN DEL CONTRATO

El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.

 

ARTÍCULO 31°: MODIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES

La contratación podrá modificarse por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no se altere la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. SERNAGEOMIN podrá requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente. Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total del contrato en más de un 30%, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 129 inciso final del Reglamento de Compras.

Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por el acto administrativo pertinente, totalmente tramitado y deberá ir acompañada de la ampliación o reducción de la vigencia del contrato, cuando corresponda.

 

ARTÍCULO 32°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN

Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos y el contrato se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

ARTÍCULO 33°: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación, y las que se susciten durante la ejecución del contrato será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública, salvo que correspondan a acciones civiles derivadas de incumplimiento del contrato, como asimismo respecto de toda acción indemnizatoria, las cuales serán conocidas los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.

ARTÍCULO 34º: OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Sin perjuicio de lo establecido en estas bases, serán obligaciones del adjudicatario, entre otras, las siguientes:

  1. El adjudicatario será plenamente responsable por el manejo financiero de sus actividades, sin que ello pueda influir en la calidad del servicio que se obligue a prestar a SERNAGEOMIN.

  1. El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de los servicios. SERNAGEOMIN no tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal.

  1. Será de cargo y responsabilidad exclusiva del adjudicatario el pago de las remuneraciones, enterar las cotizaciones de seguridad social, pago de seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el pago de los impuestos y otros que deriven de la relación laboral que éste tenga con sus trabajadores o personas a través de las cuales prestará el servicio; de modo tal que SERNAGEOMIN no asume responsabilidad directa ni indirecta alguna por dichos conceptos.

SERNAGEOMIN, podrá solicitar, en cualquier momento, que el adjudicatario le exhiba los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones de índole laboral y previsional, relativo a la o las personas asignadas a la ejecución de las obras y actividades materia de esta contratación.

BASES TÉCNICA

ARTÍCULO 35: ANTECEDENTES Y OBJETO DE LA LICITACIÓN

 

El Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), a través de la Subdirección Nacional de Minería (SDNM), ha iniciado un proceso de modernización de sus sistemas de información y estandarización de datos, en línea con su misión institucional de velar por una industria minera segura, sostenible y alineada con la normativa vigente. Esta iniciativa responde al objetivo estratégico del Servicio de elevar los estándares de seguridad y sistemas de gestión en la industria extractiva minera, mediante una fiscalización más eficiente, focalizada y basada en información territorial confiable.

En este contexto, un primer trabajo permitió sentar las bases para la estandarización de la información contenida en el Atlas Minero de Chile, principal repositorio digital de datos sobre empresas, faenas e instalaciones mineras del país. Como resultado de dicha fase inicial, se elaboró un protocolo de estandarización de datos, definiéndose una estructura única y oficial que todas las empresas mineras deberán seguir al reportar información al Servicio. Este esfuerzo marcó un hito relevante en el proceso de modernización del Atlas Minero, representando el primer paso hacia una gestión territorial de datos minera más coherente, transparente y alineada con los distintos ejes normativos del sector, como lo son la Seguridad Minera, la Ley de Cierre y la gestión de relaves.

La experiencia recogida en la primera etapa evidenció que el flujo de ingreso de datos al Atlas Minero presenta múltiples entradas por lo que corresponde al esfuerzo de esta segunda etapa avanzar hacia la estandarización de las más prioritarias.

En virtud de lo anterior, esta licitación tiene por objetivo dar continuidad a la etapa anterior mediante la implementación de un sistema de gestión de datos mineros estandarizados a través de servicios web, que permita encauzar y controlar todas las entradas de información al Atlas Minero. Este sistema debe:

  • Implementar los lineamientos definidos en el protocolo de estandarización de datos desarrollado en la primera etapa.
  • Contar con capacidades para el ingreso digital, estructurado y validado de la información minera por parte de los actores relevantes.
  • Incluir mecanismos de trazabilidad, auditoría, control de versiones y seguimiento de los datos ingresados.
  • Permitir la integración con otras plataformas internas de la Subdirección de Minería y del Sernageomin, asegurando interoperabilidad y consistencia de la información.
  • Ser capaz de resguardar la integridad, calidad y disponibilidad de los datos, permitiendo su aprovechamiento por usuarios internos del Servicio.

Esta fase es clave para consolidar una gestión moderna, eficiente y segura de la información minera territorial, posicionando al Atlas Minero como una plataforma de referencia nacional, no solo en el ámbito de la Seguridad Minera, sino también en los demás aspectos críticos de la industria extractiva. La contratación de este servicio integral representa un paso esencial en la transformación digital del Servicio, potenciando su capacidad fiscalizadora, su vinculación con el territorio y su aporte a una minería más sostenible, transparente y eficiente.

 

 

 

ARTÍCULO 36: OBJETIVO GENERAL Y SERVICIO REQUERIDO

La presente licitación tiene por objeto la contratación de un servicio integral para la ejecución de actividades requeridas por la Subdirección Nacional de Minería. El servicio integral considera las siguientes actividades:

1.- Levantamiento, análisis, reingeniería y documentación de procesos clave de negocio.

1.1.- Levantar procesos

  • Reuniones y talleres participativos con los actores clave de cada proceso.
  • Identificación de actividades, responsables, entradas/salidas, reglas de negocio y puntos críticos sobre los siguientes procesos: ciclo de vida de una faena minera y declaraciones de accidentabilidad y producción.

1.2.- Reingeniería de procesos solicitados

  • Análisis de oportunidades de mejora sobre el ciclo de vida de una faena minera y declaraciones de accidentabilidad y producción.
  • Documento de análisis de oportunidades de mejora con la propuesta de rediseño orientado a eficiencia y digitalización.

1.3.- Diagramar procesos

  • El proveedor deberá modelar los procesos utilizando la notación BPMN 2.0, representando de forma clara y estructurada las actividades, eventos, decisiones y participantes involucrados.
  • Los diagramas deben incluir la identificación de subprocesos, cuando corresponda. Roles y actores participantes, utilizando pools y lanes según la notación BPMN. Puntos de decisión, con su lógica de negocio claramente representada. Eventos de inicio, intermedios y fin, según aplique al flujo del proceso.

1.4.- Documentar procesos:

  • El proveedor deberá elaborar una descripción textual y detallada del flujo de cada proceso, incluyendo una narrativa clara y estructurada de las actividades y su secuencia lógica.
  • Se deberán elaborar matrices de responsabilidades (RACI) para cada proceso identificando los roles que intervienen en cada actividad.
  • Asimismo, se deberán documentar las reglas de negocio asociadas a cada actividad, especificando condiciones, restricciones y criterios aplicables al proceso.

1.5.- Presentar resultados:

  • Entrega formal a negocio de los procesos documentados, incluyendo todos los entregables requeridos (diagramas BPMN, narrativa del flujo, matrices RACI, reglas de negocio).
  • Acta de revisión conjunta y validación de los entregables.

2.- Diseñar e implementar Integración del Módulo EFI (Empresas, Faenas e Instalaciones) con el Sistema BPMS Auraquantic. Como resultado del levantamiento, análisis y reingeniería de los procesos asociados al ciclo de faena y a las declaraciones de accidentabilidad y producción, se requerirá el diseño e implementación de componentes de software que permitan la integración entre la plataforma PPM y el sistema BPMS AuraQuantic, el cual es responsable del seguimiento de procesos clave en el ciclo de vida de una faena minera. Esta actividad comprenderá lo siguiente:

2.1.- Analizar y planificar integración

  • Definición de objetivos y alcance de la integración.
  • Identificación de los procesos y datos que serán compartidos entre ambos sistemas.
  • Evaluación de compatibilidades técnicas y requisitos de infraestructura.
  • Definición de estándares de seguridad y gobernanza de datos

2.2.- Diseñar solución de arquitectura

  • Especificación de arquitectura de integración (APIs, conectores, middleware, etc.)
  • Mapeo de datos y definición de transformaciones necesarias
  • Diseño de flujos de comunicación y sincronización de información.
  • Elaboración de documentación técnica y funcional.

2.3.- Desarrollar e implementar integración

  • Configuración de los entornos de integración
  • Desarrollo de interfaces, conectores y servicios de intercambio de datos
  • Implementación de reglas de negocio y validaciones requeridas
  • Pruebas unitarias y de integración para validar la funcionalidad

2.4.- Validar integración

  • Pruebas de interoperabilidad entre PPM y BPMS
  • Evaluación de rendimiento, seguridad y estabilidad
  • Ajustes y correcciones según resultados de las pruebas
  • Validación con usuarios clave antes del despliegue

2.5.- Desplegar y monitorear la integración

  • Implementación en el entorno productivo con planes de contingencia
  • Monitoreo continuo de la integración y detección de posibles fallos
  • Optimización y ajustes post-implementación según necesidades operativas
  • Capacitación a usuarios y documentación final.

3.- Módulo de Declaraciones de Accidentabilidad Minera. Diseñar e implementar solución basada en los requerimientos funcionales y técnicos definidos a partir de la información documentada durante las actividades de levantamiento, análisis, reingeniería y documentación de procesos.

3.1.- Diseñar solución

  • Diseño de interfaces (mockups o wireframes).
  • Especificación de flujos para las declaraciones de accidentabilidad validación y cierre de registros.
  • Consideración de roles y permisos por perfil de usuario integrados al módulo de gestión de usuarios de la Plataforma Pública Minera.

3.2.- Desarrollar módulo

  • Formulario de declaración de accidentabilidad (con campos definidos por normativa interna y legal).
  • Validaciones, estados, alertas y bandeja de entrada de seguimiento.
  • Integración con bases de datos y servicios web de la Plataforma Pública Minera y BPMS Auraquantic.
  • Funcionalidad para la consulta y generación de reportes históricos, permitiendo visualizar y analizar registros previamente ingresados.

3.3.- Documentar información técnica y funcional

  • Manual de usuario y de administración.
  • Documento de arquitectura de la solución.

4.- Módulo de Declaraciones de Producción. Diseñar e implementar solución basada en los requerimientos funcionales y técnicos definidos a partir de la información documentada durante las actividades de levantamiento, análisis, reingeniería y documentación de procesos.

4.1.- Diseñar solución

  • Diseño de interfaces (mockups o wireframes).
  • Especificación de flujos para las declaraciones de accidentabilidad y producción, validación y cierre de registros.
  • Consideración de roles y permisos por perfil de usuario integrados al módulo de gestión de usuarios de la Plataforma Pública Minera.

4.2.- Desarrollar módulo

  • Formulario de ingreso de declaración de producción (por unidad de tiempo, faena u otro criterio).
  • Validaciones, estados, alertas y bandeja de entrada de seguimiento del estado de la declaración.
  • Implementación de la integración con bases de datos y servicios web de la Plataforma Pública Minera y sistema BPMS Auraquantic
  • Funcionalidad para la consulta y generación de reportes históricos, permitiendo visualizar y analizar registros previamente ingresados.

4.3.- Documentar información técnica y funcional

  • Manual de usuario y de administración.
  • Documento de arquitectura de la solución.

5. Diseñar e Implementar Servicios Web

5.1.- Levantar y diseñar solución técnico-funcional

  • Módulo de empresa, faena e instalaciones
  • Módulo de accidentabilidad
  • Módulo de producción minera
  • Identificación de flujos de trabajo actuales en accidentabilidad y producción.
  • Sincronización de datos con sistemas externos según periodicidad o eventos disparadores.
  • Validaciones y reglas de negocio
  • Mapeo de necesidades de integración con sistemas externos.
  • Diseño de arquitectura técnica, modelo de datos y servicios web.
  • Especificación de endpoints, estructuras JSON/XML, tokens, mecanismos de autenticación, seguridad, etc.

5.2.- Visualizar y administrar solución

  • Paneles para monitoreo de registros, alertas, sincronizaciones exitosas o fallidas.
  • Logs de integración y control de errores.
  • Administración de credenciales y configuraciones de conexión.

5.3.- Documentar, capacitar y probar solución

  • Pruebas unitarias, de integración y de aceptación (UAT).
  • Manuales de uso, documentación de APIs y de arquitectura.
  • Capacitación técnica a equipo TI y funcional a usuarios finales.

6.- Servicio Visor de Faenas

6.1.- Levantamiento y diseño técnico-funcional

  • Módulo de reportes propiedad minera, rebaja de patente minera
  • Módulo de reportes Empresa, Faena e Instalaciones
  • Módulo de reportes Seguridad Minera

7.- Soporte y Mantención de Sistema PPM

            7.1.- Gestionar Incidentes

  • Registro y clasificación de incidentes según su impacto y urgencia.
  • Diagnóstico y resolución de problemas técnicos.
  • Documentación de soluciones y generación de informes de atención

7.2.- Capacitar a usuarios y soporte

  • Actualización de manuales y documentación de uso
  • Corrección de errores o fallas del sistema, entiéndase caídas o errores fatales, que impidan la continuidad operativa del sistema, o mal funcionamiento de este.

8.- Tecnologías Solicitadas:

8.1.- Desarrollo de Módulos (EFI y otros componentes)

FrontEnd:

  • React v18.2.0
  • Node.js v18.17.0
  • Reactstrap v9.2.1

BackEnd:

  • Microsoft.EntityFrameworkCore.SqlServer v8.0.8
  • Microsoft SQL Server 2019
  • AutoMapper.Extensions.Microsoft.DependencyInjection v12.0.1
  • MailKit v4.10.0
  • jose-jwt v5.1.0
  • NetTopologySuite v2.5.0
  • NetTopologySuite.IO.GeoJSON v4.0.0
  • NetTopologySuite.IO.ShapeFile v2.0.1
  • System.IdentityModel.Tokens.Jwt v8.2.0
  • PostgreSQL v14.17
  • Npgsql v8.0.5

8.2.- Desarrollo del Visor

FrontEnd:

  • React v18.2.0
  • Next.js v14.1.2
  • Node.js v18.17.0
  • @mui/material v5.16.4
  • Lenguaje de programación TypeScript

BackEnd:

  • Microsoft.EntityFrameworkCore.SqlServer v8.0.8
  • Microsoft SQL Server 2019
  • AutoMapper.Extensions.Microsoft.DependencyInjection v12.0.1
  • MailKit v4.10.0
  • jose-jwt v5.1.0
  • NetTopologySuite v2.5.0
  • NetTopologySuite.IO.GeoJSON v4.0.0
  • NetTopologySuite.IO.ShapeFile v2.0.1
  • System.IdentityModel.Tokens.Jwt v8.2.0
  • PostgreSQL v14.17
  • Npgsql v8.0.5
  • Lenguaje de programación C# usando ADO.NET o EF Core

8.3.- Diseño de Interfaces y Prototipado: se requiere el uso de las siguientes herramientas de diseño para la elaboración de prototipos, interfaces gráficas y material visual asociado:

  • Figma
  • Adobe XD
  • Miro
  • Balsamiq Mockup
  • CSS3
  • HTML
  • Adobe InDesign
  • Adobe Illustrator

9.- Requisitos del Proveedor:

  • Experiencia comprobada en desarrollo de sistemas con integración vía servicios web para productos mineros.
  • Conocimiento en buenas prácticas de seguridad para APIs (OAuth, JWT, etc.)
  • Habilidad para documentar y versionar servicios para terceros.
  • Deseable experiencia en interoperabilidad con entidades públicas o mutualidades.

ARTÍCULO 37°: PERIODO DE EJECUCION DEL SERVICIO: El proyecto debe considerar como una restricción fuerte, que la totalidad de los requerimientos y sus correspondientes aceptaciones técnicas deben ser finalizadas con fecha límite el 31 de diciembre 2025. Si la propuesta indica como fecha de término del servicio una fecha posterior al plazo 31 de diciembre 2025, la oferta será declarada inadmisible. El oferente deberá presentar una planificación propuesta considerando los plazos establecidos y estimando la complejidad de los temas descritos en el presente documento.

ARTICULO 38: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

La información proporcionada por el Servicio, tanto en la fase de difusión de la presente Licitación como aquella que sea accesible por el oferente seleccionado para desarrollar los sistemas de información adjudicados, tendrá carácter de reservada y sólo podrá ser utilizada por los oferentes exclusivamente en relación con su participación en este proceso.

De la misma forma, los productos entregables que genere el desarrollo del proyecto serán de propiedad intelectual de SERNAGEOMIN al igual que la documentación generada y los códigos fuentes de las aplicaciones desarrolladas.

ARTÍCULO 39°: ASPECTOS MINIMOS DE LA OFERTA TECNICA

La oferta técnica deberá incluir, como mínimo, lo siguiente:

  1. Resumen del plan del servicio, considerando los alcances y restricciones expuestas en el presente documento, exponiendo la metodología formal de trabajo utilizada por el oferente, cronograma propuesto, entregables propuestos, herramientas propuestas, entre otros.
  2. Listado de proyectos desarrollados por el oferente relacionados a: implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano desarrollados con .net core, migración exitosa de sistemas; manejo en construcción y diseño de base de datos espaciales o que haya trabajado con almacenamiento de geometrías o geografías en el motor de base datos PostgreSQL con la extensión de Postgis, visualización de datos georreferenciados, y manejo de base de datos relacionales con los motores de datos SQL Server y Oracle (Indicar la Empresa donde se ejecutó el proyecto, el tiempo de implementación, nombre de contacto, teléfono, e-mail y nombrar tecnologías utilizadas).

 

ARTÍCULO 40°: OFERTA TÉCNICA

La oferta técnica que presenten los oferentes deberá ajustarse íntegramente, como mínimo, a los requerimientos señalados en las presentes bases técnicas, y en caso de no cumplir no serán evaluados, y, en consecuencia, serán declaradas inadmisibles.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.