c) Oferta Económica.
respectivas Condiciones Económicas contenidas en el apartado II de las presentes
4.- Garantía de Seriedad de la Oferta.
Articulo 14°: Garantía de Seriedad de la Oferta.
No se requerirá la presentación de garantía de seriedad de la oferta, en conformidad con lo señalado en el artículo 52° del Reglamento de la ley N°19.886, aprobado por el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y que deja sin efecto el Decreto Supremo N°250, de 2004.
5.- Admisibilidad de las Propuestas.
Articulo 15°: Admisibilidad de las Propuestas.
Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta,
cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12° y 13º todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:
artículo 10° de las presentes Bases.
12° de las presentes Bases.
13° de las presentes Bases.
estas Bases.
Que la propuesta exceda los montos máximos para esta contratación.
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley N° 19.886. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16° siguiente.
Tratándose de oferentes inscritos en el registro electrónico de Proveedores del
Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal
Artículo 16°: Errores u omisiones formales.
La Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Subsecretaría podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, la Subsecretaría a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal de tres días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con cero puntos en el criterio "Cumplimiento de Requisitos de formales" o "Presentación y completitud de Antecedentes".
Artículo 17°: Apertura Electrónica.
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de
Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 "Calendario de Licitación”.
Artículo 18°: Validez de las Propuestas.
electrónica de la propuesta.
Artículo 19°: Comisión de Evaluación.
El análisis y evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, integrada por los miembros que a continuación se indican, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación, y que se establece en este acto:
1. Jefa de la División de Atención Primaria o quien subrogue.
2. Profesional del Departamento TIC
3. Un Profesional de la División de Finanzas y Administración Interna, designado
por el jefe de División.
Todos los miembros de la comisión de evaluación deberán suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él.
Toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas en el inciso anterior tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en los
artículos 12° y 13° de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que mejor cumplan los
Subsecretaría, o bien a proposición fundada de declarar desierta la licitación.
Artículo 20°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas.
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en los artículos 13º y 15° de las presentes Bases.
Artículo 21°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas.
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico.
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:
|
Criterios de Evaluación
|
Ponderación
|
|
a) Evaluación económica
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60%
|
|
b) Evaluación Técnica
|
30%
|
|
c) Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad
|
5%
|
|
d) Presentación de requisitos formales
|
3 %
|
|
e) Pacto de Integridad
|
2%
|
Se efectuará la evaluación de acuerdo con la siguiente fórmula:
a) Precio
|
Criterios de Evaluación
|
a. Evaluación económica ($)
|
Medio de Verificación
Documentos y requerimientos
|
|
Ponderación
|
60%
|
Oferta económica
Se evaluará la oferta económica de acuerdo al Anexo Nº3 de estas Bases.
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
|
|
Fórmula de Cálculo
|
Precio mínimo ofertado*7 /Precio ofertado
|
b) Evaluación Técnica. (30%)
Evaluación técnica de los antecedentes que las distintas propuestas de los oferentes han sido anexadas al portal de mercadopublico.cl. La documentación requerida para evaluar la propuesta es la siguiente:
|
Criterio
|
Ponderación
|
Sub Criterio
|
Ponderación
|
Anexo
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|
Evaluación Técnica
|
|
Certificaciones ISO 27.001
|
20%
|
Parte de la propuesta
|
|
Certificaciones ISO 9.001
|
10%
|
Parte de la propuesta
|
|
Certificaciones ISO 14.001
|
10%
|
Parte de la propuesta
|
|
Profesionales MDA certificados
|
20%
|
Parte de la propuesta
|
|
Contratos Vigentes de la misma naturaleza
|
10%
|
Anexo 7
|
|
Plazo de implementación (en días corridos)
|
30%
|
Parte de la propuesta (Plan de Trabajo)
|
Cumplimiento Técnico de Equipos:
Corresponde a la certificación en ISO 27001, ISO 9001 e ISO 14001. Certificaciones
que deben estar vigentes con al menos 1 año de anterioridad y permanecer vigentes durante la duración del contrato.
Se evaluará a partir de la información entregada por el oferente, donde deberá presenta la certificación con qué cuenta.
Por lo anterior, la asignación de puntaje de este subcriterio será de acuerdo con la
siguiente tabla.
|
Certificación ISO 27001 (20%)
|
|
Puntos
|
|
Cuenta con Certificación ISO 27001.
|
SI
|
100
|
|
Cuenta con Certificación ISO 27001.
|
NO
|
0
|
|
|
|
|
Certificación ISO 9001 (10%)
|
|
Puntos
|
|
Cuenta con Certificación ISO 9001
|
SI
|
100
|
|
Cuenta con Certificación ISO 9001
|
NO
|
0
|
|
|
|
|
Certificación ISO 14001 (10%)
|
|
Puntos
|
|
Cuenta con Certificación ISO 14001.
|
SI
|
100
|
|
Cuenta con Certificación ISO 14001.
|
NO
|
0
|
Profesionales MDA certificados (20%)
Corresponde a la evaluación a realizar sobre la cantidad de profesionales que se
desempeñen en la Mesa de ayuda, encargado técnico y personal de la misma gestión del contrato, y que cuenten con certificación ITIL versión 3 o superior, relación con la gestión incidentes, gestión de requerimientos, y gestión de niveles de servicios. Dichas certificaciones deben estar vigentes al momento de presentar la oferta y durante el transcurso del contrato. Se evaluará a partir de la información entregada en la propuesta del oferente, debiendo acompañar su propuesta con los certificados de los profesionales. Por lo anterior, la asignación de puntaje de este subcriterio será de acuerdo a la siguiente tabla.
|
Criterios
|
Puntos
|
|
4 o más profesionales certificados.
|
100
|
|
3 profesionales certificados
|
75
|
|
2 profesionales certificados
|
50
|
|
1 profesional certificado
|
25
|
|
No tiene profesionales certificados
|
0
|
Contratos Vigentes de la misma naturaleza. (10%)
Corresponde a la evaluación que se realiza al oferente para determinar si actualmente tiene contratos vigentes de similares características. Se evaluará a partir de la información entregada en la propuesta del oferente del anexo 5 Ficha de contratos vigentes misma naturaleza. Por lo anterior, la asignación de puntaje de este subcriterio será de acuerdo a la siguiente tabla.
|
Contratos Vigentes similares
|
Puntos
|
|
5 o más contratos
|
100
|
|
4 contratos
|
75
|
|
3 contratos
|
50
|
|
2 contratos
|
25
|
|
1 contrato o no tiene contrato
|
0
|
Plazo de implementación. (30%)
Se evaluará a partir de la información entregada en la propuesta de PLAN DE
TRABAJO, el cual se debe detallar en días corridos, la implementación involucra la
distribución, instalación, puesta en marcha y validación de recepción conforme. P (i)= (Pz(min) X 100 / Pz (i)), donde: P (i)= puntuación del plazo del oferente "¡" Pz(i)= plazo total de implementación del oferente “¡" Pz(min)= plazo mínimo de implementación ofertado entre todos los participantes del proceso.
Quedarán excluidas de evaluación aquellas ofertas que excedan el plazo máximo de 20 días corridos
C) Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad. (5%)
La asignación de puntajes en este criterio será realizada de acuerdo con el cumplimiento de alguna de las materias y contenidos que a continuación se indican:
La documentación requerida para evaluar estos criterios es:
Eliminación de Equipos
Indicadores Básicos
Reporte de Sostenibilidad
En la eventualidad que algún oferente no declare o declare negativamente, o bien no logre acreditar ninguna de las "Materias o Contenidos" se asignará 0 puntos en este criterio.
Bastará con el cumplimiento de alguna de las tres "Materias y Contenidos" para
la asignación de los 100 puntos.
En caso de que el oferente cumpla con más de una (1) de las "Materias y Contenidos", se asignará igualmente todo el puntaje de este criterio, es decir, 100 puntos.
Los respectivos medios de verificación son:
a) Eliminación de equipos
El oferente cumple con la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, plásticos pilas y otros, con el objeto de eliminar responsablemente los equipos al término de su vida útil, a través de empresas especializadas para tal efecto, sin costo para el Contratante y respetando los trámites administrativos previos que éste deba formalizar para darlos de baja.
|
Criterio
|
|
Puntos
|
|
Proveedor cumple con la gestión de residuos
|
SI
|
100
|
|
NO
|
0
|
b) Indicadores Básicos
El oferente, en lo que sea aplicable, se compromete a que sus productos:
Cumplan con las últimas normas ENERGY STAR de eficiencia energética
momento de la fabricación del equipo.
Informen si las partes y piezas de plástico contienen las siguientes sustancias:
✓ Bifenilos polibromados (PBB - polybrominated biphenyls).
✓ Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers).
✓ Parafinas bromadas (brominated paraffins).
✓ Parafinas cloradas de cadena corta.
Cumplan restricciones en Partes y Piezas de Plástico (> 25 g o superficie > 200
mm2):
✓ No contienen Cadmio ni Plomo (por ejemplo, catalizador o estabilizador).
✓ No contienen halógenos (excepciones en algunos casos para aditivos fluorados
siempre y cuando esté presente en cantidades < 0,5% en peso).
✓ Estén identificadas (marcadas) con su código de resina, según clasificación de la
Asociación Industrial de Plásticos y Químicos (http://www.pacia.org.au) o en
concordancia con la ISO 11469.
Cumplan restricciones en los Retardantes de Llama en las Piezas y Partes de
Plástico (> 25 g):
✓ Retardantes de llama halogenados.
✓ R45 (H350) - Puede causar cáncer.
✓R46 (H340) - Puede causar alteraciones genéticas hereditarias.
✓R60 (H360F) - Puede perjudicar la fertilidad.
✓ R61 (H360D) - Riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto.
Cumplan restricciones de ciertas Sustancias en Placas de Circuito Impreso:
✓ Bifenilos polibromados (PBB - polybrominated biphenyls).
✓ Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers).
✓ Parafinas cloradas.
Informan:
✓ Administración de la energía, incluyendo el consumo de energía mínimo y máximo de la unidad de control en cada modo de funcionamiento.
✓ Una declaración de que el equipo no se debe tirar a la basura o enviarse a vertedero,sino que su diseño permite la reutilización y/o reciclaje de partes y piezas. En este caso,además debe adjuntar instrucciones precisas de cómo proceder para la reutilización y/o reciclaje.
✓ Recomendaciones para la limpieza del equipo de forma ambientalmente preferible.
Cumplan restricciones en los Materiales de Vidrio:
✓ Cristal de plomo.
✓ Alambre reforzado con vidrio.
Cumplan con restricciones al Revestimiento de Superficies de Metal y
Aleaciones: Cadmio, Níquel, Estaño, Cromo.
No contienen Sustancias Restringidas:
✓ Agentes aglutinantes orgánicos halogenados
✓ Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers)
✓ Parafinas polibromadas
✓ Parafinas cloradas de cadena corta
✓ Aminas a base de anilina
✓ Ftalatos (DEHP, DBP, DAP o BBP)
✓ Aziridina o polyaziridines
Alquilfenol Etoxilados (APEO) y sus derivados (APD)
✓ Pigmentos que contengan: Plomo, Estaño, Arsénico, Cadmio, Mercurio, o sus
componentes
✓ CFC, HCFC, HFC o cualquier sustancia que agite la capa de ozono
Retardantes de llama halogenados orgánicos
✓Cadmio
✓Plomo
✓ Mercurio
Cromo VI
• Cumplan con Restricciones sobre el Envase:
El envase no posee plásticos Clorados y/o Halogenados y/o de PVC.
✓ El envase usado es capaz de ser reciclado por los sistemas de reciclaje local.
✓ El papel utilizado para el relleno absorbente de choques está hecho de pulpa
reciclada.
✓ No se utiliza CFCs como agente espumante.
Cumplan con requisitos en la Información del Producto:
✓ Administración de la energía, incluyendo el consumo de energía mínimo y máximo de la unidad de control en cada modo de funcionamiento.
✓ Una indicación de que el producto consume energía en modo de espera y que sólo el consumo es cero cuando se desenchufa de la toma de corriente, a menos que pruebas independientes sean capaces de demostrar lo contrario.
✓ Una indicación de que el equipo no se debe tirar a la basura o enviarse a vertedero, sino que su diseño permite la reutilización y/o reciclaje de partes y piezas. En este caso.
además debe adjuntar instrucciones precisas de cómo proceder para la reutilización y/o reciclaje.
✓ Recomendaciones para la limpieza del equipo de forma ambientalmente preferible.
Cumplan con restricción en el contenido de Metales Pesados en Baterías
Acumuladores: Mercurio, Cadmio o Plomo.
✓ La información de estos "Indicadores básicos” en lo que les sean aplicables pueden estar indicados en el Atributo Extendido de la "URL del fabricante", para cada producto.
|
Criterio
|
|
Puntos
|
|
Cumplimiento de todos los Indicadores Básicos
|
SI
|
100
|
|
NO
|
0
|
c) Reporte de Sostenibilidad.
Reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI -iniciativa de Reporte Global- o equivalente.
Más información en www.globalreporting.org
Este reporte deberá acreditarse con la copia digital del informe bajo el estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.
Se deja expresa constancia que MINSAL se reserva el derecho de comprobar y solicitar que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas en este criterio, así como el contenido de estas.
|
Criterios
|
|
Puntos
|
|
Acompaña la oferta reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI
|
SI
|
100
|
|
NO
|
0
|
D) Presentación de requisitos formales.
Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en estos términos de referencia. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales antecedentes o certificaciones requeridos al momento de presentar la oferta, obtendrá el puntaje máximo en este criterio. En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud del artículo 52, inciso 4°, del reglamento de la ley N° 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 1 punto en este criterio.
Para obtener el puntaje en este criterio, se ha dispuesto la siguiente tabla:
|
CRITERIO
|
Ponderación
|
Anexo
|
|
Presentación de Requisitos Formales
|
3%
|
Sin anexo
|
|
Respuesta del Oferente
|
Puntos
|
|
Cumple con los criterios dentro del plazo anterior al cierre de las ofertas
|
100
|
|
Completa documentación con posterior a la fecha de cierre de las ofertas
|
50
|
|
No completa con posterioridad a la fecha de cierre de las ofertas
|
0
|
Se considerarán como documentos que acreditan los puntos anteriores, aquellos
definidos en el Artículo 13º de las presentes Bases, punto a) "Antecedentes del oferente y otros documentos".
E) Pacto de Integridad
|
Criterio de Evaluación
|
Pacto de integridad
|
Medio de Verificación
|
|
Ponderación
|
2%
|
Para acreditar el cumplimiento del presente factor, las empresas deberán acompañar en su oferta de acuerdo con lo solicitado en el anexo Nº 6, el documento que identifican como Programa de Integridad o de Compliance. y deberá entregar respaldos que éste es conocido por el personal y/o trabajadores, tales como certificación de capacitación interna. comunicado interno por correo electrónico u otro medio similar, que conste en su página web, sea parte de su reglamento interno de orden, higiene y seguridad u otro.
Cuando se trate de la unión temporal de proveedores, solo se asignará puntaje cuando todos los integrantes de la UTP cuenten con el programa de integridad implementado y conocido sus respaldos de verificación.
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota:100
|
|
Fórmula de Cálculo
|
100= Si el oferente cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por el equipo de trabajo de la propuesta y entrega medios de verificación.
|
|
|
50: Si cuenta con un programa de integridad o de compliance (cumplimiento normativo) pero aún no se comunica a los/as trabajadores/as.
0= Si el oferente NO cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por su personal o no entrega respaldo de verificación.
|
|
|
Criterio de desempate:
En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden
ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente
procedimiento, en el orden señalado:
En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la propuesta que oferte la mayor cantidad de equipamiento. Si el empate persiste, la adjudicación se estimará de la oferta mejor evaluada en el criterio de "Propuesta Económica". Si el empate persiste, la adjudicación se estimará que la propuesta más ventajosa es la que mayor puntuación haya obtenido en el criterio "Propuesta Técnica". De persistir el empate se preferirá el que tenga mayor puntaje en el sub criterio de propuesta técnica "Contratos de la misma naturaleza".
De persistir en este último caso, se preferirá a la que tenga el mayor puntaje en el sub criterio de Cumplimiento técnico de equipos.
Artículo 22°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
1) Verificación de admisibilidad de los oferentes: Se deberá dejar constancia del
cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma
de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se
deberá deja constancia de ello.
2) Análisis particular de las propuestas.
3) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
4) Análisis final de evaluación y de observaciones.
5) Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la Subsecretaria a más tardar al quinto día hábil siguiente al de la apertura de las propuestas presentadas.
La decisión de adjudicación de la Subsecretaria será remitida, conjuntamente con el Informe de Evaluación, a la División Jurídica para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir a dicha División la propuesta adjudicada y sus antecedentes respectivos.
9.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 23°: Adjudicación.
La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a un solo oferente, por el servicio
licitado.
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en
conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 22° de las presentes Bases.
Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o
menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría. Los
participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 "Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha
en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886.
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá Re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.
Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación.
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los
requisitos establecidos en las presentes Bases.
En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.
La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación
cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las
presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo
establecido en el artículo 9 de la lev N°19.886.
Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante
resolución fundada.
De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
10.- Del Contrato.
Artículo 25°: Contrato.
Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente,
debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos:
1. Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el presente Artículo para cumplir con este
requisito.
2. Declaración jurada simple respecto al estado de cumplimiento de obligaciones
laborales y previsionales.
El contrato respectivo, deberá suscribirse dentro del plazo de diez días corridos contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en el Artículo 7º de las presentes Bases.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato, o bien, no aceptará la orden de compra respectiva, dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en este artículo, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Subsecretaría procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los casos en que ello sea procedente, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo con la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en este Artículo, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Artículo 26°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
Para la presente licitación no se requerirá la constitución de garantías para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo, en conformidad a lo señalado en el inciso primero del artículo 121°, del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 27°: Contenido del contrato y suscripción.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la entidad licitante y será suscrito por Subsecretaría de Redes Asistenciales y la persona natural adjudicada o el (los) representante (s) legal (es) de la persona jurídica adjudicataria, según corresponda.
Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases, el contenido mínimo del contrato será el siguiente:
a) Individualización de las partes contratantes;
b) Características de los bienes y/o servicios contratados:
c) Precio;
d) Plazo de duración;
e) Causales de término anticipado;
f) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de
Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;
g) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del
contrato, esto es; las Bases Administrativas, Condiciones Económicas y Bases
Técnicas, y sus Anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las
modificaciones a las Bases si las hubiere, la Propuesta respectiva, además de
todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida
ejecución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de las presentes Bases;
h) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa о
con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del
Proveedor;
i) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por por el Proveedor;
j) Declaración en el sentido que el contrato celebrado no significará impedimento
para que el Ministerio y/o la Subsecretaría de Salud Pública pueda celebrar otros
contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario
para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
k)Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños
ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles
a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las
obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras
personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese
Proveedor a propósito del convenio;
I)Declaración de confidencialidad, en virtud de la cual se dejará establecido que
toda información respecto al Ministerio o las entidades licitantes y la función
administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el
Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o
ejecución del contrato, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su
divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos
relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia del contrato,
durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el
Proveedor se obliga a mantener estricta reserva y a no usar, a ningún título, para
sí ni para beneficios de terceros, ni divulgar, compartir, comunicar, revelar,
reproducir o poner a disposición de terceros parte alguna de la información
referida.
m) Declaración que entre el Ministerio y la Subsecretaría de Salud Publica y el
personal dependiente, contratado o subcontratado del Proveedor no existe
ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario;
n) Declaración que el Proveedor se obliga al cumplimiento de lo establecido en la
Política General de Seguridad de la Información, publicada por el Ministerio de
Salud en su página web, la cual debe ser consultada en el link:
http://web.minsal.cl/seguridad de la informacion
El contrato respectivo deberá suscribirse dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en las presentes Bases.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en estas bases, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Entidad Contratante procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, en los casos en que ello sea procedente, declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo con la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo.
En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos
establecidos en los artículos 26° y 27° precedentes, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Artículo 28°: Precio del contrato y pagos.
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio de los bienes y/o servicios será sin reajustes, y se pagará conforme a lo
establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las
presentes Bases.
El servicio, se contratará mediante el sistema de suma alzada, sin reajuste ni intereses de ninguna especie. El pago del precio se hará en la forma indicada en el Apartado II de las presentes Bases.
Para los efectos anteriores, se entiende por suma alzada la oferta a precio fijo realizada por el proponente, cuya determinación corresponde a la realizada por este, siendo los valores inamovibles, sin que proceda, en consecuencia, por causa alguna, un aumento del precio, el pago de mayores servicios ejecutados, la ampliación de plazos, ni el pago de indemnizaciones por los mayores costos que haya debido soportar el contratista.
El contratista deberá asumir todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en la ejecución de los servicios, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia; por ejemplo, aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costo de las garantías y, en general, sin que la enumeración sea taxativa, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto.
Artículo 29°: Vigencia y aumento del Contrato.
La contratación tendrá una duración máxima de 36 meses, comenzando a regir a contar de la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases.
La vigencia de los bienes y/o servicios se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35° de las presentes Bases.
Artículo 30°: Domicilio.
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna у
ciudad de Santiago.
Artículo 31°: Informes.
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.
Los informes deberán describir los hechos relevantes con recomendaciones asociadas del mes finalizado en los distintos servidores o plataformas administradas. Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad compradora a más tardar el quinto (05) día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.
Dichos informes deberán contener, a lo menos:
Servicios Soporte Técnico y MDA Etapa de entrega
ID Serie del equipo
Código y Nombre del Establecimiento
Dependencia Establecimiento
Comuna
La fecha y hora de reporte de la falla.
La fecha y hora de atención
Descripción de la falla
La fecha y hora de solución definitiva del problema
El acta de aceptación o rechazo del incidente (del mes completo en
formato PDF)
Tipo de Falla
Solución
Las horas de atraso si es que existiesen en solucionar la falla
Otros requeridos por la contraparte técnica de cada servicio o ministerial.
Informe de Inventario mensual de los equipos, el cual incluirá reemplazos, actualización de números de serie u otros requeridos en formato Excel y PDF.
Además, un resumen mensual de tendencia de incidentes reportados: Frecuencia
Situaciones anómalas Métricas de comportamiento
- Cumplimiento de SLA asociados:
i. Nombre del nivel de servicio
ii. Valor del período
iii. Grado de cumplimiento
- Informe de multas del período:
i. SLA asociado
ii. Fecha de cada uno de los eventos (timestamp) y duración.
iii. Monto de multa
Informe de estatus e inventario semestral:
i. Cantidad de tickets
ii. tipo y motivo de tickets
iii reemplazo de equipos, cantidad y números de serie reemplazados
iv actualización de numero de series de equipos reemplazados
v número de serie de los equipos reportado y reemplazados.
Estos informes mensuales deberán ser remitidos a la Contraparte Técnica
Contratante dentro de los cinco primeros días de cada mes y publicado en la página web (Sistema de administración de contratos, el cual contenga el historial completo de informes, SLA, Multas y cualquier documento relacionado con la administración del contrato) designado por la empresa adjudicada. A su vez, se deberá dar acceso a la plataforma de incidentes a la contraparte técnica.
En el caso de existir retraso en la entrega de estos informes, se aplicará multa
por cada día corrido de atraso que se calculará en base al 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades acordadas con un tope de 10 días hábiles.
Sin perjuicio de esos informes que deba efectuar la empresa adjudicada, éste
deberá informar sobre cualquier aspecto de los servicios contratados cuando la
Contraparte Técnica así lo requiera.
Sin perjuicio de los informes mensuales que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica así lo requiera.
Los servicios prestados por los proveedores deben ser descritos, cuando
corresponda, en un "Informes de cumplimiento Mensual de Servicio".
Los informes deberán describir los hechos relevantes con recomendaciones asociadas del mes finalizado en los distintos servidores o plataformas administradas. Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad compradora a más tardar el quinto (05) día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.
Dichos informes deberán contener, a lo menos:
Servicios Soporte Técnico y MDA Etapa de entrega
ID Serie del equipo.
Código y Nombre del Establecimiento.
Dependencia Establecimiento.
Comuna.
La fecha y hora de reporte de la falla..
La fecha y hora de atención.
Descripción de la falla.
La fecha y hora de solución definitiva del problema.
El acta de aceptación o rechazo del incidente (del mes completo en
formato PDF).
Tipo de Falla.
Solución.
Las horas de atraso si es que existiesen en solucionar la falla
Otros requeridos por la contraparte técnica de cada servicio o ministerial.
Informe de Inventario mensual de los equipos, el cual incluirá
reemplazos, actualización de números de serie u otros requeridos en
formato Excel y PDF.
Además, un resumen mensual de tendencia de incidentes reportados: Frecuencia
Situaciones anómalas
Métricas de comportamiento
- Cumplimiento de SLA asociados:
1. Nombre del nivel de servicio
2. Valor del período
3. Grado de cumplimiento
Informe de multas del período:
1. SLA asociado
2. Fecha de cada uno de los eventos y duración.
3. Monto de multa
-Informe de estatus e inventario semestral:
1. Cantidad de tickets
2. Tipo y motivo de tickets
3. Reemplazo de equipos, cantidad y números de serie reemplazados
4. Actualización de numero de series de equipos reemplazados
5. Número de serie de los equipos reportado y reemplazados.
Estos informes mensuales deberán ser remitidos a la Contraparte Técnica Contratante dentro de los cinco primeros días de cada mes y publicado en la página web (Sistema de administración de contratos, el cual contenga el historial completo de informes, SLA, Multas y cualquier documento relacionado con la administración del contrato) designado por la empresa adjudicada. A su vez, se deberá dar acceso a la plataforma de incidentes a la contraparte técnica.
En el caso de existir retraso en la entrega de estos informes, se aplicará multa por cada día corrido de atraso que se calculará en base al 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades acordadas con un tope de 10 días hábiles.
Sin perjuicio de esos informes que deba efectuar la empresa adjudicada, éste deberá informar sobre cualquier aspecto de los servicios contratados cuando la Contraparte Técnica así lo requiera.
Artículo 32°: Encargado Técnico.
El Proveedor designará un "Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo
representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la
ejecución del contrato, el "Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
El proveedor será el encargado de comunicar a las contrapartes técnicas, en caso de cambiar personal de atención telefónica o visita en terreno, según zona geográfica y actualizar su contraparte técnica de cada uno de los contratos.
Artículo 33°: Cesión del contrato.
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o
parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente
licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 36° de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
11.- Multas y Sanciones.
Artículo 34°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones.
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el MINISTERIO, sino que exclusivamente con el Proveedor.
Durante la ejecución del contrato, el Proveedor podrá efectuar subcontrataciones para la realización parciales de las actividades de este contrato, siempre que no supere en un 40% el valor de la propuesta misma. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al MINISTERIO. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el MINISTERIO.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el
Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las
obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los
subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las
obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados
emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 36° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley N°20.123, sobre trabajo en régimen de subcontratación.
12.- Terminación anticipada del contrato.
Artículo 35°: Multas por atrasos.
El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos y a los niveles de
calidad de servicio (SLA) en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al contratante para aplicar las multas de acuerdo con la tabla señalada El cobro de la multa se efectuará en cualquier periodo de la vigencia de contrato, sin perjuicio de que la medición se hará según la frecuencia indicada en la tabla. El monto total de multas no podrá exceder al 10% del monto total del contrato, por lo tanto, en caso de que excediere, sólo se aplicará las multas hasta el tope definido, sin perjuicio de la facultad para poner término anticipado del contrato.
El adjudicatario deberá proveer de todas las herramientas necesarias para realizar el seguimiento al cumplimiento del servicio e identificación de incumplimiento y causales de multa Finalmente, el CONTRATANTE no cursará multas por el incumplimiento de los niveles de servicio durante los primeros dos meses de ejecución del contrato, que serán considerados como período de transición de los servicios.
De acuerdo a niveles de servicio.
1) El incumplimiento de la empresa adjudicada a los plazos establecidos de
la puesta en marcha facultará a MINSAL para aplicar una multa de 1,5%
(uno coma cinco por ciento) del valor del equipo por cada día hábil de
atraso, respecto del plazo de entrega acordado con un tope de 15% del
valor del equipo.
II) Multas por Incumplimiento de los Niveles de Servicio Requeridos
El incumplimiento de la empresa adjudicada a los niveles de servicio requeridos
facultará a MINSAL para aplicar una multa correspondiente a 1 U.F. (una unidad de
fomento) por cada hora de atraso corrida hábil aplicable a cada incidente según los reportes certificados que a tal efecto suministre la Contraparte Técnica, con un tope de 46 UF anual, lo que será considerado falta grave y causal de termino de contrato.
Se entenderá por hora corrida hábil, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas.
Las multas serán aplicables a la empresa adjudicada en cualquiera de las etapas de
desarrollo del contrato, e inclusive en el término de este y se descontarán del pago de
la cuota siguiente o de cualesquiera sean la cuota que se encuentre en autorización
de pago.
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MDA
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|
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Horario de
disponibilidad
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Lunes a
viernes
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8:00 a 18:00 hrs.
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Tiempo de
respuesta.
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2 horas máximo contado desde la recepción de la solicitud de atención en
la MDA
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Tiempo de
resolución remota
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8 horas máximo contado desde la recepción de la solicitud de atención en
la MDA
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Servicio técnico, soporte y continuidad operativa
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Tiempo de respuesta y
resolución nivel 1
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1 hora máximo contado desde la recepción de la solicitud de atención
en la MDA.
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Tiempo de respuesta y
resolución nivel 2 o resolución remota
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Dentro de 1 hora siguiente a la no resolución del nivel 1.
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Tiempo de respuesta y
resolución técnica presencial.
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Dentro de las 24 horas corridas siguientes a la recepción de la solicitud
de atención remota.
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Tiempo de respuesta para
reemplazo de equipamiento.
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Dentro de las 24 horas corridas siguientes a la notificación de la
incidencia.
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Supervisión y encargado técnico
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Deberá efectuar el seguimiento y control del correcto cumplimiento de los estándares de tiempos de solución para todos los reportes de problema, como también de los compromisos asumidos por las unidades resolutoras respecto de los plazos de solución de estos reportes El Supervisor actuará entonces como primer nivel de escalamiento para casos no resueltos en el tiempo especificado. Representará al proveedor ante el MINSAL para todos los efectos del
servicio, administración del contrato y entrega del producto.
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III) Multas por Incumplimiento de entrega de los informes mensuales.
En el caso de existir retraso en la entrega de los informes mensuales de
cumplimiento de servicio, se aplicará multa por cada día corrido de atraso que se
calculará en base al 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las
cantidades acordadas con un tope de 10 días hábiles, conforme a lo detallado en
el artículo 33 de las presentes Bases
IV) Valor de la multa
En todos los casos anteriores, en que el valor de la multa esté expresado en
Unidades de Fomento (UF), la transformación a moneda de curso legal para efectos
del pago de éstas deberá ser de acuerdo al valor de la UF correspondiente al día en
que la resolución que aplicó la multa quede ejecutoriada.
V) Cobro de Multas
Para aplicar una multa, el contratante será responsable de la aplicación de las
multas correspondiente a su contratos.
El Contratante, primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha
comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta
detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos.
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de diez días hábiles para formular
sus descargos al SUBSECRETARIO DE REDES ASISTENCIALES. Evacuados o
no los descargos y vencido el plazo para ello, el Contratante deberá determinar la
aplicación o no de multas, lo que deberá realizar mediante resolución fundada.
Con todo, las multas aquí establecidas no serán acumulables con las
indemnizaciones que pudiere fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios
causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
Se entenderá que el Proveedor está en mora por el solo hecho de incumplir sus
obligaciones dentro de los plazos establecidos, para lo cual no será necesario
requerimiento judicial previo.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner
término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases
y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Todo lo anterior, sin perjuicio de los recursos judiciales y administrativos que
procedan de conformidad a la ley
Artículo 36°: Terminación anticipada del contrato.
Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al
contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la
autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras
emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34° de las presentes Bases.
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
i. Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la
propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código
Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la
ley N°19.886 - modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley N°20.720.
ii. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
iii. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor
de sus acreedores.
iv. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
v. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito
que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese
alguno de los directores o gerente.
f) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 33° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 15% del precio del contrato.
g) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En
tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el
suceso respectivo Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.