Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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HOSPITAL TRAUMATOLÓGICO DE CONCEPCIÓN
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Fecha de vencimiento:
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28-03-2028
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Monto:
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3
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Descripción:
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Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero, por un monto de 3% del valor total neto adjudicado, en pesos chilenos, pagadera a la vista de carácter irrevocable, con vigencia mínima que exceda en 120 días corridos al periodo de vigencia del contrato, plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación.
Todo documento que no cumpla con la ley N° 19.799 sobre documentos Electrónicos debe ser entregado en sobre cerrado única y exclusivamente en oficina de partes del HTC, ubicada en calle San Martín #1580 Concepción, con un plazo de entrega de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación.
Debido a que el Portal Mercado Público no permite a los oferentes subir documentos una vez cerrada la licitación, en los casos que se otorgue garantía electrónica, el oferente deberá emitir el documento electrónico al correo catalina.balogh@ssconcepcion.cl y diego.crisostomo@ssconcepcion.cl, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. La garantía electrónica deberá ajustarse a lo señalado en la Ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicio de certificación de dicha firma.
En el caso de adjuntar vale vista, el oferente deberá adjuntar declaración jurada simple que indique la glosa.
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Glosa:
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA ID 2157-128-LQ25, “CONVENIO DE SUEROS PARA EL HTC”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Al adjudicatario se les devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el/la director/a del HTC o quien lo subrogue, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.
En el caso de documento electrónico, esta entidad devolverá dicho documento de la manera que lo indique el emisor de éste o según lo solicite el proveedor que presentó ese documento.
En el evento que se genere una modificación o renovación de contrato, el proveedor deberá cambiar la garantía por una nueva, o bien complementar la inicialmente entregada por el monto y/o vigencia que corresponda, y que cumpla con las mismas condiciones que primera. En el primer caso, la garantía anterior será devuelta una vez que se haya validado la segunda.
“Debido a la contingencia y sin perjuicio de lo anterior, se solicita a los proveedores que prefieran todas aquellas boletas, fianzas electrónicas u otros documentos electrónicos que puedan caucionar y que cumplan con los requisitos ya preestablecidos en las presentes bases administrativas”.
CAUSALES DE COBRO DE GARANTIA: Esta garantía podrá ser cobrada de acuerdo a las siguientes causales:
a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
b) Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago, ni pague dentro del plazo de 15 días de notificado el cobro. El HTC podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del HTC. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la garantía debiendo el HTC consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el 5% del contrato, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. El HTC retendrá el saldo a favor hasta que el adjudicatario entregue la nueva garantía. Si no existiere pago o garantía pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El Hospital podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
c) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en el punto 9.28.2. N°1 al N°8, de las presentes bases administrativas.
8.3.- ERRORES EN LAS GARANTÍAS: Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del licitante, RUT, Glosa o monto o fecha de vigencia, el HTC podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido. Para el caso de la garantía de seriedad de la oferta, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles contado desde la notificación sobre el error a través del foro inverso. Respecto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, será subsanado dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde que se informa el error a través de correo electrónico.
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