|
5.1. PLAZO DE VIGENCIA DE LAS OFERTAS. |
|
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
|
|
|
|
5.2. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS. |
|
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el Cronograma de Actividades de las presentes Bases Administrativas, en un solo acto, a través del Portal.
Primeramente, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de ofertas.
Frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información de Compras y Contratación de los Organismos Públicos Portal Web www.mercadopublico.cl y que impidan el desarrollo de la apertura electrónica, la de CONADI región del Biobío se encuentra facultada para interrumpir la continuidad administrativa del proceso y disponer su prosecución al día siguiente hábil y siempre que hubiese terminado tal situación técnica y, así sucesivamente hasta que tal situación técnica se subsane.
|
|
|
|
5.3. PACTO DE INTEGRIDAD. |
|
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en esta licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, obligándose expresamente los siguientes compromisos:
1. Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
4. Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
5.4. ERRORES U OMISIONES/FALTA DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES DURANTE LA ETAPA DE ADMISIBILIDAD. |
|
La Unidad Operativa Licitante CONADI Región del Biobío, podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones formales, dentro de un plazo fatal de 24 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal.
Para los efectos de la presente licitación, el comité podrá solicitar que se rectifiquen, enmienden o aclararen antecedentes formales, entre otros los siguientes:
- En caso de existir omisión de cédula de identidad de uno o más integrantes del equipo.
- En caso de existir omisión de Certificados de Título de Pregrado, postgrado y/o especialización.
- En caso de existir errores en Anexos N° 1, N° 2.
|
|
|
|
6. DE LA EVALUACIÓN. |
|
La Unidad Operativa Licitante CONADI Región del Biobío, evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los oferentes de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases.
|
|
|
|
6.1. COMISIÓN EVALUADORA. |
|
El Director Regional de la CONADI región del Biobío, designará, por Resolución Exenta, una Comisión integrada por 5 funcionarios públicos que se encargarán de analizar las diferentes ofertas, para posteriormente proponer la adjudicación a aquellos cuya oferta consideren que mejor satisface a los intereses y necesidades de la Institución y por haber obtenido la mayor evaluación global, aceptando por tanto la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidas en las presentes Bases, lo que deberá ser declarado por resolución fundada.
No obstante, a lo anterior, el Comité podrá constituirse y sesionar con un mínimo de tres de sus integrantes.
Durante la etapa de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá verificar y requerir todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas, pudiendo requerir información interna de CONADI y mediante el Sistema de Información de Compras y Contratación Públicas, Portal Mercado Público. En especial, podrá requerir información a través de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.
Los integrantes de la Comisión, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 13 y 54 del Reglamento de la Ley de Compras y artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes o sus representantes legales y cualquier circunstancia que les reste imparcialidad en el proceso de admisibilidad y evaluación en los términos que exige la Ley N° 18.575, debiendo en caso contrario abstenerse de inmediato comunicando por escrito a la Comisión y dejando constancia en el informe de ello.
Se considerarán sujetos pasivos de la Ley N° 20.730 del Lobby los integrantes de la Comisión Evaluadora formada, solo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren la Comisión.
Así mismo, los integrantes de la comisión deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo N° 53 de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
|
|
|
|
6.2. PROCESO DE EVALUACIÓN. |
|
El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, debiendo cada uno de los componentes evaluarse en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los dos componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, se utilizarán números con decimales.
En la tabla siguiente se detallan los puntajes máximos respecto de cada componente:
Componentes. Puntaje máximo.
Oferta técnica. 70
Oferta económica. 30
|
|
|
|
6.3. EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA (70 PUNTOS). |
|
La evaluación de las ofertas técnicas estará compuesta por los criterios que se señalan a continuación, los que podrán recibir el puntaje máximo que para cada caso se indica en el cuadro siguiente:
N° CRITERIOS Puntaje máximo
1 Propuesta Técnica. Metodología. 20
2 Propuesta Técnica. Plan de Trabajo. 10
3 Nómina de “trabajos similares”. 10
4 Listado de los profesionales que participa en la ejecución de la licitación. 20
5 Formalidades de la oferta. 05
6 Programas de integridad que sean conocidos por el personal del oferente. 05
|
|
|
|
6.3.1. MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJES. |
|
En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación de la oferta técnica y la asignación de puntajes para cada uno de esos criterios:
CRITERIO ASIGNACIÓN DE PUNTAJES MEDIOS DE VERIFICACIÓN
1. Propuesta Técnica.
Metodología. • Se asignará hasta un máximo de 20 puntos al oferente que presente una metodología general consistente con la formulación de tareas detallada e informada y que presente un desarrollo metodológico congruente con lo planteado en las bases, acorde con los objetivos, la problemática abordada, las herramientas de trabajo necesarias para su análisis y los productos esperados. Información contenida en la oferta técnica.
2. Propuesta Técnica. Plan de trabajo. • Se asignará hasta un máximo de 10 puntos al oferente que presente plan de trabajo coherente, que considere todas las tareas exigidas por bases. Información contenida en la oferta técnica.
3. Nómina de “trabajos similares”. • Se asignarán 10 puntos a trabajos similares debidamente acreditados (5 o más trabajos en los últimos 5 años, sin contar el presente año presupuestario).
Para respaldar los trabajos similares informados se deberán adjuntar a la propuesta los documentos que den cuenta de la efectividad del trabajo y que permitan identificar que estos cumplen con la condición de similar conforme a lo que se señala en el párrafo siguiente.
Los documentos que podrán utilizarse son certificados de recepción conforme emitido por un servicio público u organismo mandante más orden de compra o contrato firmado por ambas partes y/o finiquito.
Los trabajos respecto de los cuales no se acompañen estos documentos o datos no se considerarán para la evaluación.
Se entenderá como trabajo similar, aquellos del mismo rubro y de la envergadura que a continuación se señala: Del mismo rubro, aquellos contratos referidos a los servicios requeridos en Numeral 2 de las bases técnicas, y de la misma envergadura aquellos cuyo monto sea igual o superior a $10.000.000 (a diez millones de pesos). IVA incluido. Información contenida en el Anexo N° 5 y sus antecedentes adjuntos.
4. Listado de los profesionales que participan en la ejecución de la licitación. • Se asignará hasta 20 puntos al oferente que presente un listado del personal en que los cargos tengan experiencia.
Se evaluará la experiencia del coordinador y del equipo.
Detallar el equipo profesional que se desempeñará en la ejecución de la licitación, indicando nómina de profesionales o especialistas. Se evaluará que los profesionales tengan experiencia laboral acorde a los servicios requeridos en la presente licitación. En la oferta se deberá proporcionar además los siguientes datos respecto de cada profesional, técnico, administrativo o trabajador de cualquier índole que forme parte del desarrollo de la licitación pública: Curriculum vitae con los antecedentes personales, académicos y laborales, debidamente firmado (obligatorio), utilizando para ello el formato de currículum vitae conforme al Anexo N°7, fotocopia de cédula de identidad vigente, fotocopia digitalizada de título o certificado de títulos de profesionales y/o técnicos,. Información contenida en los Anexos Nos 6 y 7.
5. Formalidades de la oferta • Se asignará 05 puntos (distribuidos en dos criterios)
• 1.- La Comisión Evaluadora no requiere se salven errores u omisiones formales en la oferta o no se soliciten certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta. (2 pts)
Certificaciones y/o antecedentes omitidos.
El objetivo del servicio y el objeto del oferente tienen correlación.
• 2.-Se asignará un puntaje de 03 puntos si verifica la correlación entre el objetivo del servicio requerido y el objeto del oferente participante del proceso.
6. Programas de integridad. • Se otorgará 05 puntos si el oferente acompaña en su oferta, el documento que identifican como Programa de Integridad o de Compliance.
Comprobante de entrega o Declaración Jurada Simple de conocimiento pacto integridad por parte del personal del oferente. anexo N° 10
Nota: La formalidad de la oferta se refiere a la verificación que los oferentes hayan efectivamente presentado todos los antecedentes o certificaciones necesarios para la correcta evaluación de sus propuestas. En consecuencia, estará determinada por la necesidad de recurrir al mecanismo contemplado en el Numeral 5.4. de las presentes Bases Administrativas y, en el evento de haber utilizado este mecanismo, por el resultado de la solicitud realizada.
|
|
|
|
6.4. EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA. |
|
La evaluación de la oferta económica estará compuesta por el criterio que se señala a continuación, el que podrá recibir el puntaje máximo que se indica para ese criterio:
N° Criterio Puntaje máximo Medio de verificación
1
La oferta económica deberá expresarse en pesos chilenos, con todas sus cifras y por el monto correspondiente a la prestación completa del servicio requerido en la presente licitación.
Esta cantidad debe incluir todo impuesto o retención legal y no podrá incluir reajuste alguno. En ningún caso se aceptará que la cantidad total ofertada se agregue la frase “más impuesto” o “más IVA”.
La oferta económica deberá contener el detalle de la distribución de recursos por ítem, considerando al menos los siguientes costos y/o gastos: en personal, operacionales, de administración, inversión u otros.
La oferta económica debe ser por el total del monto disponible de la presente licitación pública, conforme a lo establecido en el numeral 4.3. de las bases administrativas. 30 Información contenida en el anexo N° 9
|
|
|
|
7. INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA. |
|
La Comisión evaluadora emitirá un Acta o Informe, en el que se contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el Cronograma de Actividades.
El informe final de la comisión evaluadora deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 de este reglamento.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
1. Primer decimal en el puntaje final.
2. Mayor puntaje de la oferta técnica.
3. Mayor puntaje de la oferta económica.
4. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar las reglas anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el Portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
|
|
|
|
8. DE LA ADJUDICACIÓN. |
|
La unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes bases, mediante acto administrativo en el que se especificarán los criterios de evaluación aplicados. En todo caso, se deberá dar cumplimiento y tener presente las situaciones indicadas en el art 58 del DS 661, de 2024.
El puntaje mínimo para adjudicar será de 60 puntos sobre un total de 100 puntos.
|
|
|
|
9. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN. |
|
La unidad operativa licitante de CONADI Región del Biobío, declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la ley o el reglamento.
La unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado. Para tales efectos, regirán los alcances indicados en el artículo N° 61 del DS 661, de 2024.
Además, la CONADI declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
En todos los casos, la resolución deberá ser fundada y publicada en el Sistema de Información.
|
|
|
|
10. FACULTAD DE READJUDICAR. |
|
La unidad operativa licitante de CONADI Región del Biobío de CONADI, en virtud de la aplicación del art. 58 del DS 661, podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en el Numeral 3.4 Cronograma de actividades N°8 “Entrega de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato”.
b. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato.
c. Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
d. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886 o en virtud del artículo 10 de la Ley N° 20.393 o del artículo 26 letra d) del Decreto Ley N° 211, de 1973, o del artículo 33 de la Ley N° 21.595 Sobre Delitos Económicos, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
En tales casos La unidad operativa licitante de CONADI Región del Biobío, podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original en el Portal, o declarar desierta la licitación.
|
|
|
|
11. DEL CONTRATO. |
|
Una vez adjudicada la mejor propuesta, el adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro del plazo establecido para tales efectos en el Cronograma de actividades.
Conforme lo dispone el art. 117 del DS 661, de 2024, para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley de Compras, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor. De la misma forma, podrán formalizarse las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
La Orden de Compra debe ser emitida por cada proceso de compra, renovación, prórroga, aumento de montos de un contrato, o ejecución de una opción de compra, según corresponda. Además, debe emitirse oportunamente dentro del plazo estipulado en las Bases o en la resolución de Adjudicación o en el contrato, según corresponda.
El plazo de validez de las ofertas será de 60 (sesenta) días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y el presente reglamento. El contrato definitivo será suscrito entre la CONADI y el Adjudicatario dentro del plazo establecido en las Bases, debiendo publicarse en el Sistema de Información. Si nada se indica en ellas, deberá ser suscrito por las partes dentro de un plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la Adjudicación.
El contrato definitivo podrá ser suscrito por medios electrónicos, de acuerdo con la legislación sobre firma electrónica.
Las órdenes de compra emitidas de acuerdo con un contrato vigente deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato deberá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.
El contenido del contrato deberá ajustarse a las Bases y contener lo señalado en el art. 118, del DS 661 de 2024. Para la firma del contrato:
a. El adjudicatario que sea persona natural deberá acompañar una copia de su cédula de identidad.
b. El adjudicatario que sea persona jurídica deberá acompañar una copia de:
1. la escritura de constitución y de sus modificaciones.
2. un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante (s), emitidos con una antelación no superior a 6 (seis) meses, y
3. una copia de la cédula de identidad de su (s) representante (s).
c. El adjudicatario se trate de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar:
1. los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a 6 (seis) meses.
d. El adjudicatario que sea una unión temporal de proveedores deberá acompañar:
1. una copia del documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de dicha forma para licitaciones inferiores a 1.000 UTM, sin perjuicio del resto de las obligaciones legales y reglamentaria que resulten aplicables. Esta entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato de cada proveedor de dicha unión temporal.
En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en los párrafos anteriores si ellos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl). Asimismo, el proveedor adjudicado deberá efectuar la declaración jurada de acuerdo contenida en el Anexo Nº 3 "Declaración jurada para contratar" (Deudas vigentes con trabajadores), en donde deberá señalar si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
En el caso de las UTP, la declaración debe ser realizada por cada uno de los integrantes de esta, por su situación particular.
En caso de que la persona natural o jurídica o UTP, adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de 5 (cinco) meses, en conformidad a los alcances señalados en el indicado Anexo N° 3.
Se exigirá que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
En el caso de que el proveedor adjudicado sea una UTP, deberá indicar el integrante a quién deba realizarse el pago por los servicios.
|
|
|
|
12. CONDICIONES BÁSICAS DEL CONTRATO. |
|
El contrato por suscribirse contendrá las condiciones básicas que se indican en el siguiente cuadro:
Domicilio de las partes. Comuna de Cañete, Región del Biobío
Subcontratación. La CONADI podrá establecer en las Bases que Determinadas tareas críticas no puedan ser objeto de subcontratación, debiendo ser estas ejecutadas directamente por el Proveedor adjudicado.
No será admisible la subcontratación en los casos señalados en el art 128 del DS.661.
Cesión de derechos y
factoring
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro del plazo de 24 horas, de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N° 19.983.
No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes. Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurará causal de incumplimiento grave para los efectos del término del contrato.
Vigencia del contrato. Desde la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato y envío de la orden de compra y 5 meses.
Duración del contrato. La duración del contrato será de 5 meses contados desde la fecha de la resolución que aprueba el contrato o desde la emisión y aceptación de la orden de compra, según corresponda.
Vigencia y renovación de contrato
El contrato se cursará por un plazo de 5 meses a contar del día hábil siguiente de publicada en el portal www.mercadopublico.cl, la Resolución aprobatoria del Contrato totalmente tramitada, pudiendo ser prorrogado con a lo menos 20 días de anticipación al vencimiento del plazo original, por una sola vez hasta por (un mes), por razones fundadas y siempre que se cumplan las siguientes consideraciones:
a. Exista visación de la unidad licitante, en la medida que se estime por informe fundado que acredite que la necesidad de continuar con el requerimiento se mantiene y resulta por tanto imprescindible seguir con el contrato.
b. Que el adjudicatario cuente con la capacidad técnica para continuar con los servicios, conforme los resultados de los informes de evaluación, mínimo uno cada doce meses, tenga nota promedio igual o superior a 3,5 (tres comas cinco).
c. Que se disponga del financiamiento correspondiente y que el proveedor acepte prorrogar en las condiciones que establezcan las presentes bases.
d. Que se autorice la prórroga por Resolución fundada.
En caso de prórroga se deberá canjear la garantía por otra que cubra el nuevo monto y período.
Documentación integrante del contrato. Se considerará como parte integrante del contrato las bases administrativas y técnicas y anexo; Así como las aclaraciones y modificaciones a las bases, las preguntas y respuestas del período de consultas y la oferta técnica y económica del contratista.
Solución de controversias y legislación aplicable. El contrato se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Las partes desde ya prorrogan la competencia a dichos tribunales de justicia con asiento en la comuna y ciudad de
Precio y forma de pago.
El precio total del contrato es la cantidad de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos).I.V.A. incluido (Impuesto al Valor Agregado incluido), el pago del servicio se realizará en tres cuotas contra entrega de informe de ejecución, aprobación de informe con recepción conforme de los productos por estado de avance de los servicios contratados durante el plazo de ejecución del contrato, previa autorización y conformidad de la Contraparte Técnica de la Unidad de Desarrollo Indígena de CONADI región del Biobío, de los Informes de Estado de Avance e Informe Técnico Final según corresponda, con sus respectivos medios de verificación por el cumplimiento de los servicios en la etapa de avance correspondiente, contra prestación de las respectivas facturas electrónicas, pagaderas en un plazo máximo de treinta días (30).
Los documentos tributarios para el pago de los servicios contratados deberán ser electrónicos siendo emitidos solo si el contratista recibe la aprobación de la Contraparte Técnica de la Unidad de Desarrollo Indígena de CONADI región del Biobío, respecto del cumplimiento de los servicios contratados.
Los documentos tributarios electrónicos deberán extenderse a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y/o CONADI, R.U.T. N° 72.396.000-2, de giro Servicio Público, dirección de Segundo de Línea N°398, comuna de Cañete, Región del Biobío, indicando en el detalle el nombre de la Licitación Pública (si se alcanzase a escribir dicho detalle respecto del documento electrónico boletas de honorarios ), su ID y la ID de la Orden de Compra emitida por CONADI y aceptada por el proveedor en el Portal Web www.mercadopublico.cl.
El no cumplimento del proceso señalado anteriormente, en el caso de una factura, será inmediatamente rechazada por el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado y/o por la Contraparte Técnica de CONADI.
Para la visación correspondiente de la Contraparte Técnica, los antecedentes previamente individualizados (Informes de Estado de Avances y medios de verificación e Informe Técnico Final y medios de verificación), deberán ser rendidos y enviados a la casilla de correo electrónico institucional mantileo@conadi.gov.cl.
Los Informes de Avance y Final, y los medios de verificación y facturas deberán ser ingresadas a la Dirección Regional CONADI Región del Biobío, de la forma que esta lo disponga. A través de Oficina de Partes, ubicada en calle Segundo de Línea N° 398, Cañete o digitalmente al Encargado/a del programa mantileo@conadi.gov.cl. Se reitera que se deben emitir las Facturas sólo una vez que se encuentre aprobado el correspondiente Informe técnico de avance.
La modalidad de presentación de los informes de avance e informe final por parte del ejecutor se establecerán en el respectivo contrato de ejecución, sin perjuicio de lo estipulado en las bases administrativas.
Los informes deben contener los productos requeridos según etapa y los medios de verificación requeridos.
La contraparte realizará la respectiva evaluación y solicitará la factura correspondiente al ejecutor una vez aprobado el informe parcial o la etapa que corresponda del bien o servicio adquirido.
Para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al personal del contratista, respecto de sus dependientes, la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, exigirá como requisito para cursar el pago, que el Contratista acompañe a los documentos tributarios electrónicos para el pago correspondiente, los siguientes documentos:
a. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de las personas que prestaron el servicio el mes anterior al que se está pagando.
b. Fotocopia de las liquidaciones de sueldo firmadas por los trabajadores que prestaron el servicio a la unidad operativa licitante de CONADI en el mes que se está pagando o su liquidación con firma digital.
Para dar curso al pago del estado de avance 1, se exigirá informe de avance y medios de verificación, las liquidaciones de sueldo firmadas y la factura respectiva, previa visación de la Contraparte Técnica de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío.
En el caso que el contratista no tenga trabajadores contratados por el Código del Trabajo deberá presentar una Declaración Jurada Simple señalando que no cuenta con trabajadores dependientes sujetos a relación de trabajo bajo vínculo de subordinación y dependencia de acuerdo al Código del Trabajo, debiendo acompañar, respecto de los prestadores de servicios a honorarios una declaración jurada ante Notario Público de haber recibido el pago de sus honorarios y copia de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos Formulario 29, del Servicio de Impuestos Internos.
Del rechazo y/o pago de facturas. Las facturas se rechazarán automáticamente sí:
a. No se indica correctamente la Orden de Compra, (OC), de acuerdo con el formato de Mercado Público y en el campo habilitado en el sistema de facturación electrónica del Servicio de Impuestos Internos.
b. La OC no es aceptada por el proveedor en Mercado Público.
c. No envía el archivo xml de la factura a la casilla de intercambio conadirecepcion@custodium.com dentro de 72 horas en la forma establecida por el Servicio de Impuestos Internos.
d. Factura por un valor mayor al disponible en la Orden de Compra.
Recibido el documento tributario en ACEPTA, es remitido a la Contraparte Técnica a objeto que esta determine su conformidad o rechazo en atención a los servicios contratados y ejecutados en la etapa de avance respectiva, debiendo dentro de 6 días de emitido este expresar:
• Conformidad mediante su firma en el mismo documento tributario, en el certificado de recepción conforme y junto a un memorándum conductor o por correo electrónico.
En este caso, además, el funcionario responsable de la licitación gestiona la Recepción Conforme de la orden de compra en Portal Web de Mercado Público.
• Disconformidad mediante memorándum o correo electrónico indicando si el rechazo del documento tributario corresponde a: I) un reclamo por contenido del documento; II) reclamo por falta parcial de los productos/servicios contratados; III) reclamo por falta total de los productos/servicios contratados; IV) otras que defina la plataforma ACEPTA, pudiendo indicar mayores detalles si es pertinente.
El responsable del proceso debe informar esta situación mediante correo electrónico al Contratista (Proveedor).
En caso de disconformidad y acorde a información recibida, adquisiciones/administrador SGDT, rechaza documento tributario en SGDTE/SII.
Todo lo anterior, se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el contrato definitivo que se redactará de acuerdo con lo determinado en las presentes bases.
|
|
|
|
13. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. |
|
Previo a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar, conforme al cronograma de actividades, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, la que deberá tener las siguientes características:
Beneficiario. Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y/o CONADI
R.U.T. N° 72.396.000-2.
Pagadera. A la vista.
Vigencia mínima. Todo el plazo de ejecución del contrato, aumentado en 60 días hábiles posteriores a la terminación del contrato.
Expresada en. Pesos chilenos o unidades de fomento (U.F.)
Monto. Equivalente a un 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, a menos que, según lo establecido en las Bases, sean declaradas ofertas temerarias o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En las contrataciones iguales e inferiores a las 1.000 UTM. La Entidad licitante podrá fundadamente requerir la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en virtud del riesgo involucrado en la contratación, en el porcentaje previamente señalado.
Glosa (exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de glosa). “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la Licitación Pública ID N° ____-__-___25”.
Forma y oportunidad de restitución. Podrá ser retirada por el contratista a la fecha de su vencimiento y una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del Contratista a satisfacción de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío.
Se hace presente que esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del Contratista de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 19.886 y 121 del DS 661.
En caso de aumento de plazo del contrato, el Contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en este párrafo.
La extensión de la vigencia de la garantía deberá presentarse en la unidad operativa licitante de CONADI Región del Biobío con a lo menos 20 días corridos de anticipación al vencimiento del plazo original.
La extensión de la vigencia de la garantía deberá presentarse en la Oficina de Partes de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, ubicada en calle Segundo de Línea, N° 398, comuna de Cañete con a lo menos 20 días corridos de anticipación al vencimiento del plazo original.
La garantía otorgada de manera electrónica debe ajustarse a la Ley N° 19.799, “Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma”, y entregarse mediante correo electrónico a la casilla de correo electrónico institucional a la contraparte técnica del programa: mantileo@conadi.gov.cl. En ambas situaciones con a lo menos 10 días corridos de anticipación al vencimiento del plazo original.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras c), d), e), g), h) e i), del Numeral 18 de las presentes Bases Administrativas.
En caso que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato esté constituida por una Póliza de Seguro, ésta además deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida en pesos chilenos y/o Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), extendida a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas bases de licitación y el contrato, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la póliza respectiva, adjuntando el respectivo comprobante de pago de la prima.
En caso de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, este deberá ser pagadero a la vista, nominativo, no negociable, irrevocable y pagadero a primer requerimiento, debiendo adjuntar el comprobante de pago de la comisión por afianzamiento en base al certificado de fianza.
Respecto a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se recomienda y/o sugiere que esta sea otorgada de manera electrónica conforme a la Ley N° 19.799.
|
|
|
|
13.1. GARANTÍA DE ANTICIPO. |
|
En el evento que las Bases permitan la entrega de anticipos al proveedor, la CONADI Región del Biobío deberá exigir una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados. En este caso se permitirán los mismos instrumentos establecidos al regular la garantía por buen cumplimiento de contrato y obligaciones laborales.
La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la Entidad, de los bienes o servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo.
La garantía de anticipo es un requisito previo al otorgamiento del anticipo, debe venir en sobre cerrado y dirigido al dirigido al director regional de la CONADI Región del Biobío, a la dirección ubicada en calle Segundo de Línea 398 Cañete. En caso de que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento.
El plazo máximo para entregar esta garantía será al momento de suscribir el contrato.
Glosa : Para garantizar el Adecuado y Correcto uso del anticipo del Contrato de la licitación pública ID N° ____-__-___25”.
Forma y oportunidad de restitución: La entrega debe ser efectuada por única vez, juntamente con la solicitud de anticipo, expresando el o los productos contra los cuales procede el pago y de los que se solicita anticipo.
El anticipo no podrá ser superior al 30% del monto total pactado, salvo que se trate de contratos adjudicados en zonas de difícil o dispendioso acceso, lo que deberá ser previamente calificado por la unidad licitante, evento en el cual se podrán anticipar hasta el 60% del precio ofertado, en este último caso estas circunstancias deberán haber sido consideradas también en las Bases técnicas.
|
|
|
|
14. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. |
|
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el Contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a. No podrá hacer por propia iniciativa cambio alguno al detalle de los servicios requeridos y a las especificaciones técnicas contenidas en las presentes bases.
b. Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación.
c. Ejecutar la contratación con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d. Cumplir fielmente las obligaciones que le corresponden como empleador en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, y demás que le resulten aplicables.
e. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes, instrucciones y directrices que establezca la Contraparte Técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de remuneraciones, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el
f. cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales para con sus trabajadores.
g. Mantener un permanente control sobre la ejecución de los servicios, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.
h. Entregar los Informes de Estado de Avance e Informe Técnico Final.
i. Las demás que le encomienden las presentes bases.
|
|
|
|
15. ENCARGADO DEL CONTRATISTA. |
|
El Contratista deberá nombrar en el contrato a un encargado para la ejecución de este, que tendrá, a lo menos las siguientes funciones:
a. Representar al Contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
b. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.
Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado a la Contraparte Técnica de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío por el Contratista, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado.
|
|
|
|
16. CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA UNIDAD OPERATIVA LICITANTE DE CONADI. |
|
La Contraparte Técnica le corresponderá al encargado del programa de la Unidad de Desarrollo Indígena de la CONADI Región del Biobío, o en caso de ausencia o impedimento, por quien lo sustituya, subrogue, reemplace o corresponda realizar sus funciones acordes a las instrucciones impartidas por la jefatura de la unidad operativa licitante de CONADI, quien realizará las siguientes funciones:
a. Supervisar, coordinar, y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y todos los aspectos considerados en las presentes bases.
b. Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
c. Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante memorándum y/ correo electrónico a las Unidades de Administración y Finanzas y Jurídica de la unidad operativa licitante de CONADI en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
d. Dar visto bueno y recepción conforme de los Informes de Estado de Avance e Informe Técnico Final, revisar y aprobar los medios de verificación, como asimismo dar tramitación a los pagos y las multas.
e. Demás funciones que encomienden las presentes Bases.
|
|
|
|
17. MULTAS. |
|
Cada vez que el Contratista incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el Contratista ante la Contraparte Técnica.
|
|
|
|
17.1 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS. |
|
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases sean constitutivos de multa, la Contraparte Técnica notificará esta circunstancia al Contratista mediante correo electrónico, indicando en forma precisa los hechos que se imputan.
El Contratista dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en la oficina de partes de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, ubicada en calle Segundo de Línea N° 398, comuna de Cañete o mediante correo electrónico a la casilla de correo electrónico institucional mantileo@conadi.gov.cl.
Una vez realizados los descargos por parte del Contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 (cinco) días hábiles sin que el Contratista haya formulado descargos, la Contraparte Técnica informará esta situación a la Unidad de Administración y Finanzas de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.
La multa se aplicará mediante resolución, la que será notificada al Contratista en forma personal, vía correo electrónico o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del 3° (tercer) día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos de Chile correspondiente.
El Contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en la oficina de partes de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, ubicada en Segundo de Línea N° 398, comuna de Cañete o mediante correo electrónico a la casilla de correo electrónica institucional mantileo@conadi.gov.cl.
La unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el Contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la Ley N° 19.880, que sean procedentes.
|
|
|
|
17.2. CAUSALES Y MONTO DE LAS MULTAS. |
|
La unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, podrá administrativamente cobrar multas al Contratista, cuando se verifiquen las situaciones que se indican en el siguiente cuadro, y por los montos que para cada caso se señalan:
CAUSAL CAUSAL CATEGORÍA MULTA APLICABLE
1. Incumplimiento de las siguientes obligaciones del Contratista. a. No ejecutar la contratación con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases de licitación y el contrato respectivo.
b. No cumplir fielmente las obligaciones que le corresponden como empleador en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, y demás que le resulten aplicables.
c. No dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes, instrucciones y directrices que establezca la Contraparte Técnica de conformidad con las bases de la licitación y el contrato que le de origen. En especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de remuneraciones, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales para con sus trabajadores.
d. No entregar los Informes de Estado de Avance e Informe Técnico Final. Falta leve
Falta menos grave
Falta grave
Falta gravísima 0,5 U.F. por evento con un tope de 10 eventos
1 U.F. por evento con un tope de 10 eventos.
1,5 U.F. por evento con un tope de 10 eventos
2,0 U.F. por evento con un tope de 3 eventos
NOTA:
1. La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la correspondiente al día en que se verificó la falta.
2. Las multas se podrán aplicar cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
3. En todo caso las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total en forma acumulada, un 5% del valor total del contrato.
|
|
|
|
17.3. PAGO DE LAS MULTAS. |
|
El Contratista podrá pagar las multas a través de una transferencia electrónica de fondos a la cuenta corriente que posee la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, en el Banco del Estado de Chile, a informársele.
En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no encuentren con reclamación pendiente o con plazo vigente para reclamar de ella, será descontado del pago por los servicios por estado de avance que corresponda de cuerdo al contrato.
Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la unidad operativa licitante de CONADI región el Biobío, de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. En caso de hacerse efectivo su cobro, el Contratista deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características dentro de los 10 días siguientes al cobro de la anterior, con el propósito de asegurar la continuidad del servicio contratado.
|
|
|
|
18. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
|
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en los artículos 13, 13 bis de la Ley 19.886, y 129 y siguientes del DS N° 661 de 2024, por las siguientes causales:
a. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d. El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren
f. entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.
g. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
h. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
h. Disolución de la UTP.
i. Proveedores condenados en conformidad a lo establecido en el artículo 10 de la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595, sobre delitos económicos.
j. Las demás causales establecidas en la Ley y en las presentes bases de licitación o en el contrato.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución de este, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones no podrán afectar el precio del contrato.
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá aprobarse mediante resolución que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal c) “El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor”, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando a la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío para poner término anticipado al contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la Contraparte Técnica de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío:
1. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
2. El incumplimiento de lo establecido en el Numeral 14 de las presentes bases administrativas (Obligaciones del Contratista).
3. Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas.
4. Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 5% del valor del contrato.
Para efectos de aplicar la causal de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el Numeral 17.1. de las presentes bases administrativas.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras c), d), e), g), h) e i) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena CONADI puedan ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
|
|
|
|
19. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN, ANTECEDENTES, DOCUMENTOS Y CONFIDENCIALIDAD. |
|
La información, documentos e informes que se generen como resultado de los servicios y/o productos objeto del contrato serán de exclusiva propiedad de CONADI, no pudiendo hacer uso de ellos el Contratista y/o los encargados del proyecto, profesionales o personal ligado al mismo, sin autorización previa y por escrito de CONADI, debiendo además el Contratista mantener la confidencialidad de ellos.
|
|
|
|
20. DEL TÉRMINO DE LA EJECUCIÓN Y CIERRE DE LA LICITACIÓN. |
|
20. DEL TÉRMINO DE LA EJECUCIÓN Y CIERRE DE LA LICITACIÓN.
Informes En la etapa de término de la ejecución el Contratista debe entregar a la Contraparte Técnica de la Unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío el Informe Técnico Final, presentando posteriormente el respectivo documento tributario electrónico para el pago (factura electrónica y/o boleta de servicios electrónica) una vez que este sea aprobado.
En el citado informe, el Contratista debe incorporar las etapas y actividades de los servicios contratos con sus respectivos medios de verificación, como también todos los gastos incurridos y su detalle.
La Contraparte Técnica de la unidad operativa licitante de CONADI región del Biobío, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la entrega de dicho informe y su documentación, procederá al estudio y revisión de aquellos, para luego pronunciarse sobre su conformidad o disconformidad mediante un Informe Técnico y Financiero de Cierre de Proyecto. En caso de disconformidades del Informe Técnico Final y su documentación, se solicitará al Contratista corregirlos.
Una vez entregado el Informe Técnico Final corregido, CONADI revisará nuevamente la documentación y se pronunciará respecto de su conformidad o disconformidad definitiva. De mantenerse la o las disconformidades, se procederá conforme a la letra b) del Numeral 18 en relación con el Numeral 14 letras c) y g) de las Bases Administrativas.
La aprobación del Informe Técnico Final por parte de la Contraparte Técnica constituye un prerrequisito para efectuar el cierre satisfactorio del contrato.
Cierre del contrato Con la aprobación satisfactoria del Informe Técnico y Financiero de Cierre de Proyecto, se procederá al cierre conforme del contrato mediante resolución exenta que lo aprueba y se suscribirá el finiquito en dos originales para darle término, quedando uno en poder del Contratista y el otro en poder de CONADI, el que deberá aprobarse mediante resolución exenta.
|
|
|
|