9.1. Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.2. Participantes
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso:
- Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal:
Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1 y 4, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
- Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal: No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante acuerdo que debe contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 180 del D.S., de Hda., N°661/2024 encontrarse vigente a la fecha de presentación de las ofertas y cumplir con el resto de los requisitos legales y reglamentarios.
9.3. Forma de cotización
Los oferentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
En los casos en que un oferente presente más de una oferta, se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases, y los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
Las ofertas y sus antecedentes, se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases de licitación. Para el caso que los archivos se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados, la oferta será declarada inadmisible, lo que constará en el acta de evaluación correspondiente junto con su debido respaldo. Asimismo, las ofertas y sus antecedentes no podrán ser confeccionados en forma manuscrita y deberán presentarse en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en idioma inglés u otro.
Para presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl y para asegurar la visibilidad de la oferta, los participantes deberán ingresar los documentos solicitados en estas bases, de acuerdo al siguiente software: Documentos en formato PDF, documentos de texto compatibles con Microsoft Word o formato imagen JPEG.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a) Las ofertas (Anexos Nºs 1 al 4) deben emanar de quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
b) Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el numeral 3.3 de las presentes BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 115, numeral 2, del D.S., de Hda., N° 661/2024.
c) En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
d) Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 9.7.2 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (Artículo 181, inciso 2º, del D.S., de Hda., N° 661/2024).
e) Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Sistema de Información, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f) Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las bases, no siendo la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, en ningún caso, responsable de estos.
g) En la etapa de apertura electrónica, la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, recibirá todas las ofertas ingresadas al Sistema de Información, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, quienes deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
9.4. Plazo de validez de la oferta
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad Provincia de Los Ande, deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes.
9.5. Precios y Monedas
Los precios presentados por los oferentes en el Sistema de Información, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA, no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entrega de los productos/servicio en las condiciones presentadas por las presentes bases de licitación.
Es importante señalar que, el valor final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
9.6. Contraparte Técnica
Actuará como contraparte técnica de esta contratación, el Sr. Juan Castro López, o quien subrogue en el ejercicio del cargo o incluso funcionario especialmente delegado para la función. O por quienes les suplan o reemplacen en dichos cargos. Dichos funcionarios ejecutaran su función de conformidad al procedimiento de ponderación presente en las bases administrativas y bases técnicas, los que deberán también cumplir con la correspondiente recepción conforme del servicio, a través de un Acta de Recepción disponible velará por el fiel cumplimiento del contrato y evaluará el comportamiento del proveedor por cada mes de servicio, según formato establecido por ChileCompra. Asimismo, y habiéndose cumplidos con todas las exigencias establecidas en estas bases de licitación, visará la documentación de pago quien tenga las atribuciones según corresponda.
Durante la vigencia del contrato, la Contraparte Técnica exigirá la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, quedando la Dirección de Vialidad facultada, en caso de detectarse incumplimientos, para poner término anticipado al contrato. Esta certificación deberá concretarse con la presentación del certificado de cumplimiento de obligaciones labores y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.
La documentación antes mencionada deberá ser enviada por el adjudicatario a la Contraparte Técnica, quien revisará para posteriormente proceder al pago de la factura, siempre y cuando cumpla con toda la documentación, de lo contrario la factura será reclamada. Visará la documentación de pago la autoridad que tenga las atribuciones correspondientes.
9.7. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta
La Evaluación de las Ofertas, será efectuada por una Comisión designada para tal efecto, mediante acto administrativo, que estará integrada por los siguientes funcionarios de la Dirección de Vialidad:
Encargado de Combustible y Capataz cuadrilla operativa Guardia Vieja Provincia de Los Andes, Sr. Maiker Herrera Iglesias.
Analista de Conservación y Administración Directa de la Provincia de Los Andes, Sr Santiago Carrillo Ortega.
Asistente Técnico de Gestión y Desarrollo de Personas y Administración Provincial de Los Andes, Sr. Luis Toro Vega.
O por quienes les subroguen, suplan o reemplacen en dichos cargos. Dichos funcionarios ejecutaran su función de conformidad al procedimiento de ponderación presente en las bases administrativas y bases técnicas.
Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, cada revisor de oferta, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de Información.
9.7.1. Procedimiento de Evaluación
a) Los revisores de ofertas recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Sistema de Información, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes BA y BT o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del D.S., de Hda., N° 661/2024.
b) Los revisores de ofertas propondrán declarar inadmisibles:
- Las ofertas que no cumplan con la presentación de los Anexos Nºs 2 y 3, indicados en el numerales 4.1.2 y 4.1.3, así como también los documentos contemplados en los numerales 4.1.1 y 5.1, por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en el punto 9.8 de estas bases de licitación y en el caso de las UTP, además de lo señalado, debe incluir los documentos públicos o privados mediante los cuales se da cuenta de la unión.
- Las ofertas que contengan archivos que se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados.
- Las ofertas y/o antecedentes confeccionados en forma manuscrita.
- Las ofertas presentadas por participantes que no asistieron a alguna de las visitas a terreno obligatorias establecidas en el número 4.7 de las presentes BA.
- Las ofertas riesgosas o temerarias, según lo establecido en el artículo 61 del D.S., de Hda., N° 661/2024.
c) Los revisores de ofertas propondrán declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº 19.886, en los siguientes casos:
- Cuando no se presenten ofertas, o
- Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 57 del D.S., de Hda., N° 661/2024.
d) Los revisores de ofertas efectuarán la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.7.2 de las presentes BA.
e) Los revisores de ofertas rechazarán las ofertas que NO cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BA y BT, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 54 del D.S., de Hda., N° 661/2024.
Los revisores de ofertas tendrán el plazo señalado en el numeral 3.8 de las presentes BA, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Sistema de Información, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las BA y BT, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
9.7.2. Factores de Evaluación
Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación:
a) Evaluación Precio: 60%
b) Evaluación Condiciones Laborales de los Trabajadores de la empresa: 30%
c) Evaluación Cumplimiento de Programa de Integridad: 5%
e) Evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales: 5%
El puntaje final resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente y en el caso de existir decimales en el resultado, este se aproximará hasta el número entero superior.
Oferta Económica.
a. Evaluación Precio:
La evaluación del precio tendrá una ponderación de 60%.
El puntaje se asignará de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Precio neto unitario mínimo ofertado/Precio neto unitario de la oferta) X 100
En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el Sistema de Información, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
b. Condiciones Laborales de los Trabajadores de la empresa:
La evaluación de las Condiciones Laborales de los Trabajadores de la empresa tendrá una ponderación de 30%.
El oferente deberá adjuntar la copia del modelo del contrato de trabajo.
El puntaje se asignara de acuerdo a la siguiente formula:
Remuneraciones 6%: Para el proceso de evaluación, los oferentes deberán indicar claramente en su oferta el sueldo ofrecido a sus trabajadores. El cálculo se hará sobre el sueldo mínimo legal vigente a la fecha de publicación de las presentes bases, no considera horas extras, gratificaciones u otros beneficios.
Se otorgará 6% al oferente cuya remuneración mensual a sus trabajadores sea igual o superior en un 30% del ingreso mínimo legal vigente.
Para obtener dicho porcentaje se procederá según tabla indicada a continuación:
|
PORCENTAJE
|
PUNTAJE
|
|
de 30% o más
|
6
|
|
de 20% a 29,99%
|
4
|
|
de 10% a 19.99%
|
2
|
|
de 0% a 9.99%
|
0
|
Será condición para evaluar la oferta que el proveedor indique el monto de la remuneración ofrecida a los trabajadores.
La empresa deberá Indicar el monto en ANEXO Nº 3 EL OFERENTE DEBERÁ MANTENER DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO EL PORCENTAJE POR SOBRE EL MÍNIMO OFERTADO, CONSIDERANDO LAS VARIACIONES QUE ESTE ÚLTIMO PUEDA EXPERIMENTAR DE ACUERDO A LA LEY.
Gratificación 6%: Número y cuantía de beneficios otorgados a los trabajadores que se desempeñen en dependencias del Servicio en el marco del contrato:
|
TIPO DE GRATIFICACION
|
PUNTAJE
|
|
Gratificación a todo evento, conforme lo dispuesto en el art. 50 del Código del Trabajo
|
6
|
|
Gratificación conforme arts. 46 a 49 del Código del Trabajo
|
3
|
Tipo de Contrato 6%: El proveedor deberá indicar claramente el tipo de contrato en la Oferta Técnica, se asignará puntaje según la siguiente tabla.
|
TIPO DE CONTRATO
|
PUNTAJE
|
|
Contrato de trabajo con plazo Indefinido
|
6
|
|
Contrato de trabajo Plazo Fijo o por faena
|
3
|
|
No se acepta contratación de trabajadores a honorarios
|
0
|
Nota: Para certificar estos parámetros, adjuntar copia del modelo de contrato de trabajo.
No se aceptarán contratos a Honorarios, en particular de los trabajadores destinados a cumplir funciones en el Recinto Fiscal.
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas, deberán ser mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia del iter contractual. Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa proveedora será verificado tras la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato, considerándose incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los trabajadores bajo la que se ofertó
Aguinaldos e Incentivos 6%: Solo se consideraran asignaciones, aguinaldos o bonos que se paguen a todo evento a los trabajadores de la empresa y que no estén sujetos al cumplimiento de determinados requisitos para percibirlos, como el Bono de Fiestas Patrias y Navidad.
% de criterio= Puntaje total oferta x 6 (ponderación sub factor)
Puntaje total criterio (100 puntos)
El proveedor deberá indicar con una x en la tabla, el monto comprometido para cada una asignación o bono.
Los Aguinaldos e Incentivos que se consideraran serán los siguientes:
|
AGUINALDOS E INCENTIVOS
|
PUNTOS
|
|
Asignación de Locomoción
|
25
|
|
Asignación de Colación
|
25
|
|
Aguinaldo de Fiestas Patrias
|
25
|
|
Aguinaldo de Navidad
|
25
|
|
Total puntos
|
100
|
Marcar con una X el monto comprometido por el proveedor
- Asignación de Locomoción:
|
MARCAR
|
MONTO
|
PUNTAJE
|
|
|
$ 30.000
|
25
|
|
|
$ 20.000
|
10
|
|
|
$ 10.000
|
05
|
|
|
No informa
|
0
|
- Asignación de Colación:
|
MARCAR
|
MONTO
|
PUNTAJE
|
|
|
$ 30.000
|
25
|
|
|
$ 20.000
|
10
|
|
|
$ 10.000
|
05
|
|
|
No informa
|
0
|
- Aguinaldo de Fiestas Patrias:
|
MARCAR
|
MONTO
|
PUNTAJE
|
|
|
$ 60.000
|
25
|
|
|
$ 50.000
|
10
|
|
|
$ 40.000
|
05
|
|
|
No informa
|
0
|
- Aguinaldo de Navidad:
|
MARCAR
|
MONTO
|
PUNTAJE
|
|
|
$ 60.000
|
25
|
|
|
$ 50.000
|
10
|
|
|
$ 40.000
|
05
|
|
|
No informa
|
0
|
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas, deberán ser mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia del iter contractual. Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa proveedora, serán verificados tras la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato, considerándose incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los trabajadores bajo la que se ofertó.
Para certificar estos parámetros, el oferente deberá adjuntar copia del modelo de contrato de trabajo.
CONVENIOS
Colectivos Vigentes 6%:
En este Sub Factor se evaluará si el oferentes mantiene vigentes convenios colectivos con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o si les hace aplicables convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscrito de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.Para la evaluación de este Sub Factor, el oferente deberá proporcionar dicha información en el Anexo Nº 3 y deberá acompañar a su oferta copia simple de tales convenios.
La vigencia de los convenios vendrá determinada según el documento suscrito.
Solo serán considerados aquellos convenios colectivos vigentes que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del Código del trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo, dentro de los cinco días siguientes a sus suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación disponible para tales efectos, donde conste su registro en dicha entidad.
El puntaje se asignará de acuerdo al siguiente cuadro:
Evaluación Pacto de Integridad por parte de los proveedores: (5%)
La evaluación del programa de integridad y ética empresarial del oferente tendrá una ponderación de 5%.
Para evaluar este Subfactor, el oferente deberá acompañar la Declaración Jurada Simple (ANEXO N° 5), que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Las ofertas serán evaluadas según los siguientes puntajes:
|
PACTO DE INTEGRIDAD
|
Porcentaje a asignar
|
|
El oferente acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal
|
5%
|
|
El oferente NO acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal.
|
0%
|
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente.
Nota: En caso de no tener programas de integridad y ética empresarial, deberá presentarlos al momento de contratar con la Dirección de Vialidad y, en caso de no presentarlo, se deberá desestimar la oferta y readjudicar en los términos del numeral 9.15 de las bases administrativas.
Para verificar las condiciones laborales de los trabajadores, se deberá adjuntar copia del modelo de contrato de trabajo.
Las condiciones laborales antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas, deberán ser mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia del iter contractual. Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa proveedora será verificado tras la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato, considerándose incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los trabajadores bajo la que se ofertó
Cumplimiento de los Requisitos Formales: (5%)
La evaluación del cumplimiento de los requisitos formales del oferente tendrá una ponderación de 5%.
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FACTOR A EVALUAR
|
CRITERIO/DEFINICIÓN
|
PUNTAJE
|
|
Cumplimiento de Requisitos Formales
|
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la Licitación, Anexos y documentos legales y certificados solicitados que correspondan a su oferta
|
5%
|
|
Cumple con entregar documentación solicitada después del plazo de presentación de ofertas los formularios y documentos legales correspondientes a su oferta solicitada mediante respuestas a consultas en foro inverso en Mercado Publico.
|
0%
|
En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, NO se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
9.8. Contacto en etapa de evaluación de ofertas
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, los revisores de ofertas podrán solicitar a través del Foro disponible en el Sistema de Información por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al artículo 56 del D.S., de Hda., N° 661/2024.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 1 día hábil, contado desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, siempre que no se vulnere el principio de igualdad de los oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno de los oferentes.
Desde la fecha de publicación en el Sistema de Información hasta la adjudicación, los revisores de ofertas solo podrán mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que esta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
9.9. Derecho a desestimar las ofertas
La Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del presupuesto referencial, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente. En tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Sistema de Información.
9.10. Derecho a variación de cantidades
No se considera variación de cantidades para esta licitación.
9.11. Resolución de empates
En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación
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LUGAR
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NOMBRE FACTOR
|
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1°
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Precio
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|
2°
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Condiciones Laborales de los Trabajadores
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3º
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Cumplimiento de Programa de Integridad
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4º
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Cumplimiento de los Requisitos Formales
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En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal electrónico www.mercadopublico.cl
9.12. Adjudicación de la licitación
La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad de Los Andes, Región de Valparaíso. Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases, las presentes BA, BT y Anexos; las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de Evaluación de Ofertas, en lo que corresponda.
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del Servicio, indicando las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esa Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
Es importante señalar que, NO se contratará la oferta de aquel oferente que se encuentre inhabilitado para contratar con las entidades que conforman la administración del estado.
9.12.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a) En caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato
b) En caso de que el proveedor no acepte o rechace la orden de compra.
c) En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
d) Si el oferente adjudicado NO acreditase su inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las presentes BA.
e) Si el oferente adjudicado correspondiese a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, NO acreditasen su inscripción en el Registro anteriormente señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores hábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
f) Si el oferente adjudicado NO cumpliese con los requisitos para contratar, establecidos en el numeral 5 de estas BA.
g) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases.
h) En caso de que el proveedor adjudicado no presente garantías exigidas en punto 8 de las presentes Bases, en caso de que hayan sido requeridas
i) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error
j) En general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente durante el presente proceso licitatorio.
La Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el numeral 9.15 “Readjudicación de la licitación”, de las presentes BA.
9.13. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del Sistema de Información, para hacer consultas sobre la adjudicación, por medio del referido Sistema de Información.
Las consultas referidas a la adjudicación se podrán realizar al correo electrónico que se indicará en la resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad Provincia Los Andes, deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 2 días hábiles siguientes desde la fecha de recepción de las consultas.
9.14. Notificación y aceptación de orden de compra
La Dirección de Vialidad Provincia Los Andes, publicará el resultado de la licitación en el Sistema de Información, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al artículo 9 del D.S., de Hda., N°661/2024, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad Los Andes publique en el Sistema de Información, la resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través del Sistema de Información, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Provincia Los Andes podrá cancelar dicha orden de compra.
La orden de compra respectiva será enviada una vez adjudicada la presente licitación en la plataforma de www.mercadopublico.cl.
9.15. Readjudicación de la Licitación
La Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes , podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando corresponda), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
9.16. Cesión del contrato
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
9.17. Gestión del contrato
Firma del contrato
De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA.
Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante la vigencia del contrato se declarase la inhabilidad sobreviniente del proveedor, se estará a lo dispuesto en el artículo 159 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, evaluará, antes de tramitar el estado de pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el oferente adjudicado.
Los factores a medir, son:
- Oportunidad de entrega
- Calidad
- Cumplimiento especificaciones técnicas
- Desempeño en general
9.18. Preparación y Suscripción del Contrato
El Servicio hará llegar al adjudicatario por correo electrónico, el borrador del contrato.
El adjudicatario deberá entregar el contrato firmado y timbrado en soporte papel, dentro del plazo de 7 días hábiles desde que se le haga llegar éste, junto con la garantía de fiel cumplimiento.
En forma previa a la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar su inscripción en el Registro Oficial de Proveedores del Estado.
En caso que el adjudicatario no cumpliera con las obligaciones anteriores, y/o no suscribiese el contrato dentro del plazo indicado, el Servicio declarará sin efecto la adjudicación y procederá a celebrar el contrato con el oferente que le siga en calificación, utilizando el mismo procedimiento.
9.19. Vigencia del Contrato
El plazo de vigencia del contrato por la prestación de los servicios licitados será de 24 meses, a contar del 01 de septiembre de 2025 y se extenderá hasta el 31 de agosto de 2027, o cuando se encuentre en total tramitación la Resolución que aprueba el contrato, en caso que esto último sucediera antes de cumplido el término antes señalado.
En consecuencia el plazo de vigencia del contrato se dividirá en tres periodos, atendida a la disponibilidad presupuestaria de los años 2025, 2026 y 2027. El primer periodo se extenderá desde el 01 de septiembre hasta el 31 de diciembre del año 2025; el segundo, corresponderá al periodo entre el 01 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2026; y por último el tercer periodo será desde el 01 de enero hasta el 31 de agosto del año 2027, los que quedarán por tanto supeditado a la disponibilidad que se considere para tales efectos en los presupuestos del servicio del año 2026 y 2027.
Sin perjuicio de lo señalado, la duración del contrato podría terminar antes de los plazos fijados, en caso de agotarse los recursos presupuestarios dispuestos para la atención de los servicios contratados. Además, de lo señalado anteriormente, la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, previa notificación por escrito y con 30 días de anticipación.
El contrato podrá ser prorrogado hasta por un periodo de cuatro (4) meses, en el caso que a su fecha de término del nuevo proceso licitatorio que se realice aún se encuentre en trámite o bien, se declare desierto o sus ofertas sean consideradas inadmisibles.
En el caso de prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, y en las condiciones establecidas en el artículo 129 del D.S., Nº 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
El servicio iniciará su entrega y/o ejecución de acuerdo a lo establecido en punto 9.19 de las BA.
9.20. Acreditación de cumplimientos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social
El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, una declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un Certificado de Antecedentes
Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados.
La Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas.
9.21. Normas laborales
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo
9.22. Condiciones de Pago
El pago al proveedor, se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente, la contraparte técnica certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 615.
Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es:
REGIÓN_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_LOS_ANDES.
Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
Se deberá considerar que el pago del servicio contratado para los meses de diciembre y enero, serán cursados una vez que se encuentren aprobados los recursos para los procesos presupuestarios de dichos ejercicios en el mes de febrero de cada año, previa confirmación de la Inspección Fiscal para la emisión de las facturas.
Se establece que la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario.
En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Morandé 71, Primer Piso
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
Se podrán realizar pagos parcializados de acuerdo a las cantidades entregadas por el proveedor y previa recepción conforme por parte de la contraparte técnica de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Los Andes
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes de generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, deberá ingresar una solicitud de Autorización de Pagos a Través de Bancos en la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente enlace: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e identificarse mediante ClaveÚnica y completar el formulario web.
Requisitos para crear una solicitud
Requisitos en caso de ser Persona Natural: Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave única, con lo que se verificará identidad.
Requisitos en caso de ser Persona Jurídica:
Ser Representante Legal de una Empresa.
Contar con Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Contar con Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Ambos certificados hayan sido emitidos recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad máxima de 48 horas.
Crear una solicitud
Completar el formulario web indicando:
Rut de la empresa
Región (en la que desea agregar o revocar la cuenta)
Correo electrónico
Tipo de Solicitud (Agregar o Revocar cuenta)
Cuenta
Tipo de Cuenta
Banco
Además, en caso de ser Persona Jurídica:
Cargar Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
Cargar Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
Ambos certificados pueden ser obtenidos en el sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago / Trámites en Línea /Registro de Comercio (https://www.conservador.cl/portal/)
Aprobación/Rechazo de la solicitud
Una vez verificados los datos proporcionados en la solicitud de Autorización, ésta será Aprobada o Rechazada.
La notificación del resultado de la solicitud será entregada a través del correo electrónico proporcionado en formulario web. En caso de ser aprobada, la autorización o revocación comenzará a regir a partir del tercer día hábil siguiente desde que la solicitud sea recibida en la plataforma.
La autorización comenzará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción del documento en la Dirección de Contabilidad y Finanzas, y se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio de poder revocarla, notificando por escrito con a lo menos 3 días de anticipación a la fecha requerida de revocación. También será causal de expiración el cierre de la cuenta individualizada. La información que se detalla en esta autorización es de exclusiva responsabilidad del beneficiario, eximiendo a la Dirección de Contabilidad y Finanzas de toda responsabilidad por errores o imprecisiones en los datos entregados. Las personas jurídicas deberán acreditar su representación mediante los instrumentos requeridos.
9.23. Multas, sanciones y procedimiento para su aplicación
Se entenderá por incumplimiento del contrato, la no entrega y/o la entrega deficitaria del servicio de vigilancia que se contrata, es decir, hecho este último que será sancionado con multa equivalente al 15% del valor mensual de los servicios encomendados, la que se hará efectiva descontándose dicho porcentaje del valor neto de la factura correspondiente o, eventualmente, haciéndose efectivo el cobro de la Garantía de “Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato”, previo aviso al contratante con 5 días hábiles de antelación. Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago a la empresa a cargo del servicio de vigilancia al que se le pone término anticipado en razón de su incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados y que excedan el monto de la garantía.
La no entrega del servicio, sin que exista caso fortuito o fuerza mayor que lo justifique, circunstancia que corresponderá calificar soberanamente a la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, de acuerdo con informe que deberá evacuar el Inspector Fiscal del contrato que se designe, facultará al Servicio para dar término anticipado al Contrato.
Sin perjuicio de otras que pueda declarar mediante acto fundado el Inspector Fiscal del contrato de vigilancia, constituyen formas de incumplimiento de las obligaciones que de él emanan, las que a continuación se indica:
Hurto o robo con fuerza en las cosas ejecutado por terceros durante la vigencia del servicio contratado;
Ausencia o no presentación de los vigilantes convenidos en el recinto por más de 30 minutos o por una hora al inicio de los turnos correspondientes.
Presencia del personal en condiciones o estado físico o psicológico que le impida el cumplimiento adecuado de sus funciones;
La no identificación en su uniforme del personal que se desempeña como vigilante;
Falta de presentación de Directiva de Funcionamiento entregada a Carabineros de Chile;
No acreditación de Curso OS10, certificada por Carabineros para la empresa proveedora del servicio de vigilancia contratado;
No entrega de Formulario 35-B “Solicitud de Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo”;
No cumplir con las normas mínimas de seguridad e higiene para cada uno de los guardias que se desempeñan en las dependencias de la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes (ropa adecuada para el clima, ropa de seguridad mínima, entre otras).
Adicionalmente, el Servicio considerará la condición de las empresas adjudicatarias cuyos contratos hayan terminado anticipadamente a causa de graves incumplimientos a las obligaciones que de él emanan, para la evaluación de las ofertas que, en futuras licitaciones, efectúe la Dirección de Vialidad.
9.23.1. Procedimiento para la aplicación de multas
En el caso que corresponda la aplicación de multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Contraparte Técnica comunicará mediante oficio o correo electrónico al proveedor contratado, que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
Dicha Contraparte Técnica conocerá y analizará los descargos del proveedor contratado, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del oficio o correo electrónico remitido por la Contraparte Técnica. Si esta última estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director Regional de Vialidad, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento y el monto de la multa.
b) El Director Regional de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito al proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Área de Adquisiciones.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el punto anterior (Director de Vialidad), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra “c” anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra “c”, tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva será descontada del pago correspondiente.
Sin perjuicio del cobro de la garantía (cuando corresponda), se podrán interponer las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Dirección de Vialidad sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado
9.24. Modificación y término anticipado del contrato
En virtud artículo 129 del D.S., N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé algunas de los siguientes supuestos:
1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, (ii) Que el cambio de proveedor generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, (iii) Que se límite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria, y (iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el Proveedor y la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Por otro lado, y en conformidad al artículo 130 del D.S., N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la ley de compras públicas. En tal caso, la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las multas y otras las medidas establecidas en las bases, según el artículo 135 del reglamento de la ley de compras públicas.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las Bases de la licitación o en el contrato.
9.24.1 Procedimiento previo a la declaración de término anticipado, por mutuo acuerdo del contrato:
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10 días.
Si la EMPRESA es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, EL SERVICIO hará efectiva la garantía correspondiente, por incumplirse el plazo de vigencia establecido en el contrato, considerando esa sola circunstancia como causal de perjuicio y suficiente para la tramitación del término anticipado por parte de la Dirección de Vialidad.
Si es el MOP - Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa adjudicada no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
9.24.2. Procedimiento de Término Anticipado o de Caducidad del Contrato
Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término del contrato por incumplimiento de las obligaciones impuestas al mismo, la Dirección de Vialidad aplicará el siguiente procedimiento, previo a la solicitud de declaración de extinción del contrato:
a. La Dirección de Vialidad, notificará al adjudicatario los incumplimientos graves del Contrato y antecedentes relevantes e informará de esta situación a la Unidad de Conservación de la Provincia de Los Andes, o quien subrogue en el ejercicio del cargo o incluso funcionario especialmente delegado para la función. O por quienes les suplan o reemplacen en dichos cargos.
b. El adjudicatario en el plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección, informe pormenorizado de la situación que produjo el incumplimiento, adjuntando los antecedentes que lo comprueben, conteniendo además las medidas para subsanar las faltas o evitar su ocurrencia en el futuro. El informe deberá abordar las medidas de gestión necesarias y especificar un cronograma de implementación de las acciones propuestas.
c. La Dirección de Vialidad, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las conclusiones, si corresponde, podrá fijar un plazo para subsanar los incumplimientos, que deberán ser verificados e informados a la Unidad Conservación de la Provincia de Los Andes, o quien subrogue en el ejercicio del cargo o incluso funcionario especialmente delegado para la función. O por quienes les suplan o reemplacen en dichos cargos.
d. En caso de incumplimiento del Contrato, la Dirección de Vialidad de Los Andes, informará a la Unidad Conservación de la Provincia de Los Andes, o quien subrogue en el ejercicio del cargo o incluso funcionario especialmente delegado para la función. O por quienes les suplan o reemplacen en dichos cargos, para que se tramite el acto administrativo de término del Contrato y aplicación de sanción. Ello sin perjuicio del derecho que le asiste al Adjudicatario de interponer los recursos que correspondan contra la decisión de la Dirección, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880.
9.25. Subcontratación
El Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser regido de acuerdo con las normas del Código del Trabajo.
El MOP no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal, por lo que corresponderá al adjudicatario toda responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de su personal y de aquel que contrate a su nombre para la prestación de los servicios. A su turno, el MOP, no será responsable por cualquier accidente de trabajo y/o todo riesgo o daño que pudiere producirse con motivo u ocasión del contrato que se suscriba.
Sin perjuicio de lo indicado, previa autorización de IF o CT, el contratista podrá Subcontratar servicios especializados, como la limpieza de vidrios, aseo, en ningún caso el servicio de vigilancia, que es objeto del Contrato.
9.26. Traspaso Del Contrato
La empresa adjudicada es obligada a ejecutar directamente las obligaciones que emanan del contrato, quedando prohibido absolutamente el traspaso o subcontratación de las mismas, luego de licitado y adjudicados los servicios.
9.27. Solución de controversias
Los reclamos que se susciten durante la vigencia del contrato, serán presentados a la Contraparte Técnica, quien lo enviará, si fuese necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a consideración del Director Nacional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 19.880.
9.28. Jurisdicción y domicilio
Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Valparaíso de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
9.29. Interpretación e información
Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases de Licitación, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
9.31. Confidencialidad y Seguridad de la Información
a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
9.32. Días inhábiles
Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
9.33. Estándares de probidad
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
9.33.1. Marca o equivalentes
Cualquier referencia a marcas y modelos respecto de lo solicitado en la presente licitación, entiéndase con la posibilidad de ofertar equivalentes del mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas.