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Pacto de integridad |
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El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la
presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con
todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°,
12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos
adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar
esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos
y Empresas de Naciones Unidas.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición
contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre
los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o
participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que
participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido
directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y
Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y
en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos
los oferentes.
9. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el
Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del
respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles.
Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de
Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que
la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue
adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases
de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la AGCID ejecutará la garantía de seriedad
de la oferta presentada por el proveedor incumplidor, si se hubiere solicitado en las bases.
Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor
contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del
contrato en co
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