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1.-
Para el caso de los “ANEXOS TÉCNICOS”, los oferentes deberán adjuntar obligatoriamente en forma electrónica al portal www.mercadopublico.cl los siguientes documentos y formularios:
5.2.1 FORMULARIO Nº4 “EXPERIENCIA DEL OFERENTE.
En Formulario Nº4 denominado “Experiencia del Oferente”, deberán los proponentes individualizar y detallar la experiencia con la que cuenten en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de publicación del presente proceso de licitación respecto de la ejecución del servicio que se señalan a continuación:
• Concesión Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios y Transportes de estos Residuos al Relleno Sanitario.
• Concesión Servicio de Barrido y Aseo de Calles, y Ferias Libres.
Aquellos oferentes que deseen participar y no cuenten con la experiencia señalada, deberán ingresar de igual forma en el Portal www.mercadopublico.cl el Formulario N°4 de “Experiencia del Oferente”, firmado por el oferente o su Representante Legal, obteniendo 0 puntos en la evaluación, continuando en el proceso de licitación.
Los servicios acreditados según lo señalado precedentemente deberán haber sido prestados, es decir, contratos terminados.
Cada una de las experiencias indicadas en este formulario deberá ser acreditada, mediante certificados originales y digitalizados, expedidos por organismos públicos, municipalidades y a nombre del Oferente. Además, los certificados deberán contener los siguientes:
• Nombre y objeto del contrato.
• Vigencia: fecha de inicio y término.
• ID Licitación Asociada.
• Organismo público mandante.
• Teléfono y correo electrónico del contacto.
• Comuna en donde se ejecutó el servicio
• Monto total (o mensual) del contrato, el cual debe especificar si el monto es mensual o anual (12 meses)
• La declaración de que no ha sido terminado anticipadamente por incumplimiento de contrato.
• Nombre y Firma del funcionario o autoridad que lo suscribe, debidamente timbrado.
Los certificados emitidos deberán encontrarse debidamente firmados y timbrados por el funcionario que legal o reglamentariamente esté facultado para certificar a nombre del correspondiente organismo o municipalidad. Con todo, el oferente que no acredite la totalidad de su experiencia declarada en Formulario Nº4, será evaluado conforme a su experiencia certificada. Además, cabe señalar que no se considerará para efectos de evaluación de experiencia, documentos que no cumplan con lo señalado anteriormente.
En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) o una sociedad por acciones (SPA), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la (EIRL) O (SPA).
En caso de tratarse de una "Unión Temporal de Proveedores", se admitirá la experiencia que puedan acreditar todos los integrantes de ésta, de acuerdo con sus experiencias individuales, las que se imputarán íntegramente a la UTP. La experiencia de la UTP será la experiencia que sumen todos sus integrantes individualmente. Para dicho efecto, deberán acompañar el Formulario N°4 por cada uno de los proveedores integrantes de ésta, adjuntando para cada experiencia declarada la acreditación en los términos indicados en el presente punto.
Toda la documentación (certificados) que respalde la información indicada en el Formulario N°4, deberá ser ingresada al portal www.mercadopublico.cl, como Anexos Técnicos. Sólo se aceptará y evaluará la información que posea respaldo conforme a su experiencia certificada en los términos señalados en el presente punto.
Cabe destacar que el Municipio se reserva el derecho de comprobar la veracidad de lo declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad.
Al Oferente que entregue información falsa en el mencionado formulario será sancionado con la marginación automática del proceso de licitación y se le hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada la que pasará a total beneficio municipal. En el caso de comprobarse una vez adjudicado que parte o el total de la información proporcionada no es fidedigna, y celebrado el contrato, se pondrá término anticipado al mismo. En este último caso, se hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento la que pasará a total beneficio municipal o de constatarse la irregularidad durante la vigencia del contrato, será causal de término anticipado del contrato con ejecución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin derecho a indemnización.
No serán considerados aquellos certificados que den cuenta de un trabajo bajo la figura de subcontratación, así como tampoco contrataciones donde se hubiese liquidado anticipadamente el contrato por causas imputables al contratista.
EL oferente deberá ingresar al portal www.mercadopublico.cl el “FORMULARIO N°4, según la modalidad de postulación.
5.2.2 FORMULARIO N°6 “PROGRAMA O PLAN DE TRABAJO”.
Debidamente firmado por el Oferente o su Representante Legal, en el cual deberá indicar descripción en detalle del servicio propuesto, separadamente en capítulos con índice por cada uno de los servicios que a continuación se señalan:
(A) Concesión Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios y Transportes de estos Residuos al Relleno Sanitario.
(B) Concesión Servicio de Barrido y Aseo de Calles, y Ferias Libres.
El Programa o Plan de Trabajo deberá incluir por cada uno de estos 2 servicios, a lo menos, el detalle de los siguientes elementos:
DOCUMENTO QUE INDIQUE PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS.
Procedimiento general para desarrollar el servicio respectivo. De acuerdo con las particularidades de cada servicio se deberá detallar los procedimientos que le son propios a cada uno de ellos. Por ejemplo, el procedimiento que se utilizará para el barrido de ciclovías (detallando según se efectúe con barrido manual, mecanizado o una combinación de ambos), plan de lavado de paseos peatonales y Plazas, procedimiento que se utilizará para extraer chicles y otros residuos adheridos a los paseos, procedimiento que deberá tener para limpieza y lavado de basureros peatonales, sistema de lavado de ferias libres, etc. Para todos los servicios, deberá considerar:
• Frecuencias del servicio (mantener sistema actual informado en Bases Técnicas).
• Horarios (mantener sistema actual informado en Bases Técnicas).
• Recorridos (mantener sistema actual informado en Bases Técnicas).
Como referencia se mantienen los sistemas informados en las Bases Técnicas, pero se podrán hacer propuestas complementarias o modificatorias, claramente identificadas, que la unidad técnica podrá aceptar siempre y cuando vayan en beneficio del servicio y que no irroguen un mayor costo para el mandante.
DESCRIPCIÓN DE LA FLOTA, EQUIPOS, MAQUINARIA Y BASE DE OPERACIONES.
Se requiere aportar toda la documentación de los equipos y maquinarias acorde a lo requerido en las bases técnicas de la presente propuesta.
Los oferentes deberán indicar expresamente:
• Camiones recolectores por cada uno de los servicios incluyendo sus especificaciones técnicas según fabricante (marca, año de fabricación, lugar de fabricación, capacidad -tara y carga-, dimensiones, características del motor (cilindradas, hp, etc.), y otros antecedentes que se estimen relevantes).
• Cajas compactadoras: dimensiones, capacidad de carga, ciclo de trabajo, capacidad de compactación, y otros antecedentes que se estimen relevantes.
• Máquinas barredoras, mismo detalle de los otros vehículos de acuerdo con lo que sea aplicable a estos.
• Características de la base de operaciones y aparcadero de la flota (Si el oferente opta por una base distinta a la oficina, según lo indicado en las Bases Técnicas, deberá indicar estas mismas características por cada una de ellas):
• Programas de mantenimiento de los equipos que se utilizarán.
• Protocolos para el control de la flota durante los horarios de trabajo.
• Protocolos de limpieza y lavado de la flota.
Nota: En las Bases Técnicas se entregan algunos detalles de flota, maquinaria, insumos y equipos por cada uno de los servicios que integran esta concesión. Se trata de un equipamiento mínimo obligatorio, por lo que las ofertas que no lo consideren en su totalidad quedarán fuera de bases y no serán evaluadas.
Además, podrán adicionar a este conjunto otros elementos, vehículos, maquinaria o equipamiento que complementen estas exigencias básicas.
DOTACIÓN DE PERSONAL
Actualmente, los servicios de recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios y Barrido de Calles en la comuna de Graneros son ejecutados por el siguiente personal:
- 16 personas destinadas a labores de barrido de calles
- 06 auxiliares recolectores, encargados del levantamiento y carga de residuos domiciliarios
- 03 conductores, choferes, responsables de la conducción de los camiones recolectores
- 01 administrador de contrato y supervisor.
En cada uno de los servicios que integran la concesión, se deberá considerar lo siguiente:
• Perfil de cada uno de ellos (por cada categoría de trabajadores). Se deberá especificar el perfil requerido para cada categoría de trabajador, de acuerdo con las funciones que desempeñan dentro del servicio
• Programa de capacitación o entrenamiento. Se deberá indicar el programa de capacitación o entrenamiento previsto para el personal, considerando los conocimientos y habilidades necesarios para el correcto cumplimiento de sus labores.
• Uniformes que se les proporcionará por temporada. Se deberá detallar el tipo de uniforme que se entregará al personal, diferenciando según la temporada del año.
• Equipamiento individual que se les asignará por cada categoría o tipo de trabajo. Se deberá especificar el equipamiento individual que corresponde a cada categoría de trabajador según las tareas que realiza.
• Sistema de turnos de personal para cubrir el servicio adecuadamente. Se deberá indicar el sistema de turnos que se implementará, con el fin de garantizar la continuidad y adecuada cobertura del servicio.
• Sistemas de reemplazos, feriados. Se deberá contemplar un sistema de reemplazos que asegure la cobertura del servicio en caso de ausencias por feriados, licencias u otras eventualidades.
Dentro del programa de trabajo, se deberá indicar los puntos en los cuales el Contratista tendrá considerado como servicios higiénicos dentro de las Rutas de Recolección, Barridos y Aseo de Ferias lo cual deberá ser validado por la Inspección del Servicio.
Complementariamente, el personal de la empresa contratista podrá utilizar las dependencias municipales descritas en las Bases Técnicas de la presente licitación.
Adicional a lo anterior, el Oferente deberá indicar en el Formulario N°6, la sumatoria de camiones Recolectores NUEVOS y USADOS proyectados en el Servicio, lo cual será evaluable acorde a lo indicado en la Pauta de Evaluación y el Porcentaje de Camiones Nuevos Ofertados.
5.2.3. FORMULARIO Nº7 “REMUNERACIONES Y CANTIDAD DE TRABAJADORES”.
Debidamente firmado por el oferente o su Representante Legal, a través del cual deberá informar la cantidad de trabajadores para la prestación de cada uno de los servicios contratados, de acuerdo con las distintas categorías establecidas y las remuneraciones correspondiente a cada uno de ellos.
Para estos efectos, se considerarán las categorías que se indican a continuación, sin perjuicio que cada oferente pueda considerar otras adicionales que complementen su dotación (estas últimas no deben declararse en el presente formulario, pero sí detallar o incluir en el Programa o Plan de Trabajo de formulario N°6).
i. Categoría Personal Calificado: Para el caso de aquellos trabajadores calificados (profesionales y/o técnicos titulados) deberán ser identificados y adjuntar copia de títulos o certificados de título, junto al Currículum de cada uno de éstos, al momento del inicio de sus servicios a requerimiento de I.T.C., acá se considera el Administrador de Contrato y Supervisores.
ii. Categoría Personal semi calificado: Comprende aquellos trabajadores con especialización en oficios como por ejemplo conductores profesionales de cada uno de los camiones recolectores que serán utilizados en la presente concesión y que se encuentran habilitados para conducir de acuerdo con la normativa vigente y maquinaria pesada, entre otros.
iii. Categoría Personal no calificado o auxiliar: Corresponde a trabajadores que se desempeñarán en los distintos servicios sea como auxiliares recolectores y cargadores de residuos, de escombros, barredores, peonetas o aseadores, entre otras labores similares, acá se Consideran los Auxiliares de Barrido y Auxiliares de Recolección.
Los oferentes deberán señalar, además, en el Formulario N°7, la cantidad de trabajadores que se ofrece por cada uno de los servicios de la concesión y su remuneración indicando el total líquido, es importante señalar que el total haberes se debe componer a lo menos de sueldo base, bono movilización, bono colación, (aguinaldo septiembre y diciembre, según corresponda) y otros conceptos que estima procedente incluir cada oferente.
Para efectos de la aplicación de la pauta de evaluación, en el subfactor “Remuneraciones”, sólo se considerará la columna denominada “Total Líquido” de las 3 categorías, Conductor, Auxiliar de barrido (Mantenedores) y Auxiliares de recolección.
En materia de gratificaciones, participaciones, bonos de movilización, alimentación y otros beneficios, éstos corresponden a una situación propia de cada oferente, quien deberá ajustarse íntegramente a lo dispuesto en la normativa laboral vigente.
En materia salarial, el sueldo líquido ofertado no podrá ser, en ningún caso, inferior al indicado en la tabla siguiente para cada categoría. Dichas remuneraciones corresponden al “promedio devengado” exigido por el artículo 6° letra C de la Ley N°19.886.
Para efectos de dicha norma, se entiende por “promedio devengado” el monto total efectivamente devengado por los trabajadores que desempeñaron igual función durante los últimos tres meses del contrato anterior. Este promedio incluye todas las sumas que constituyen remuneración conforme al artículo 41 del Código del Trabajo, incluyendo la gratificación legal cuando ésta haya sido devengada, así como otros haberes de carácter remuneracional.
No se consideran dentro de este promedio las asignaciones que no constituyen remuneración, tales como movilización, colación o viáticos.
CATEGORÍA TOTAL LIQUIDO
Conductores $800.000
Auxiliares barridos (mantenedores) $550.000
Auxiliares de recolección $600.000
El sueldo deberá ser reajustado anualmente acorde al incremento del IPC, lo cual, se realizará al valor del contrato acorde a lo indicado en los puntos asociados al reajuste.
BONO SUBDERE: En relación a las transferencias de recursos que eventualmente efectúe la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) a los trabajadores de los servicios de aseo de la comuna para mejorar su condición económica, salvo que dicho organismo entregue instrucciones diferentes, se entenderá que dichos recursos serán traspasados exclusiva e íntegramente a la empresa contratista a la que se le haya adjudicado la presente concesión, la que deberá distribuirla entre sus trabajadores de las categorías correspondientes a “Choferes” y “Personal no calificado o auxiliares” de todos los servicios que integran la presente concesión. Con todo, esta asignación en ningún caso podrá imputarse al sueldo ofertado por el concesionario.
Adicionalmente, en Formulario N°7, el oferente deberá ofertar el Porcentaje (%) de trabajadores de la empresa que actualmente prestan el servicio concesionado, que continuarán prestando servicios para la nueva concesión.
Adicional a lo anterior, es importante señalar que dentro de la evaluación se considerará la Inclusión Laboral, para lo cual en el Formulario N°7 se deberá indicar el porcentaje de Empleados que el Oferente contratará para el cumplimiento de dicha Ley.
Lo anterior será ratificado por la ITC una vez inicie el servicio, aplicando las multas correspondientes en caso de incumplimiento del personal ofertado.
5.2.4 FORMULARIO Nº8 CONDICIONES DE EMPLEO.
Este convenio debe estar debidamente firmado por el oferente o su representante legal, a través del cual el proponente:
1. CONVENIO COLECTIVOS: El oferente deberá declarar la cantidad de convenio(s) colectivo(s) vigente(s) acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo, con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hacen aplicables a éstos.
Aquellas empresas que mantengan convenios colectivos vigentes obtendrán el puntaje máximo respecto a este ítem.
Las empresas que no cuenten con convenios colectivos obtendrán 0 puntos, sin embargo, no quedan fuera del proceso de eπvaluación.
2. CAPACITACIONES ANUALES: El oferente deberá indicar la cantidad de capacitaciones anuales que realizará a sus trabajadores. En el caso de realizarse capacitaciones, indicar materia de la capacitación a realizar y en qué periodo se desarrollarían. Lo anterior, debidamente firmado por el oferente o su representante legal.
Las empresas que realicen capacitaciones anuales a sus trabajadores obtendrán el puntaje máximo respecto a este ítem.
Las empresas que no realicen capacitaciones anuales a sus trabajadores obtendrán 0 puntos, sin embargo, no quedan fuera del proceso de evaluación.
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