Descripción:
Que, con fecha 04 de noviembre de 2019, se publicó el llamado a participar en la Licitación Pública por el “CONVENIO SUMINISTRO DE MELFALÁN POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCIÓN INYECTABLE EN CASO DE NO DESPACHO DE CENABAST POR 18 MESES PARA EL HOSPITAL DEL SALVADOR” en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, bajo el ID N° 1058085-112-LQ19.
Que, por Resolución Exenta Nº0244, de fecha 22 de enero de 2020, el proceso de Licitación Pública para Contratar el “CONVENIO SUMINISTRO DE MELFALÁN POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCIÓN INYECTABLE EN CASO DE NO DESPACHO DE CENABAST POR 18 MESES PARA EL HOSPITAL DEL SALVADOR”, ID N°1058085-112-LQ19, fue declarado inadmisible, acorde al artículo 9° de la Ley N°19886 y artículo 23° de las Bases de Licitación ID 1058085-112-LQ19.
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 8º, letra a), de la Ley N°19.886, de 2003, que fija las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, es procedente la licitación privada, si en las licitaciones públicas no se hubieren presentado interesados, utilizando las mismas bases que se fijaron para la licitación pública declarada desierta por falta de ofertas.
Que, en virtud de la deserción realizada mediante Resolución Exenta Nº0244, de fecha 22 de enero de 2020, del proceso de Licitación Pública para contratar el “CONVENIO SUMINISTRO DE MELFALÁN POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCIÓN INYECTABLE EN CASO DE NO DESPACHO DE CENABAST POR 18 MESES PARA EL HOSPITAL DEL SALVADOR”, ID N°1058085-112-LQ19, regulado por Bases aprobadas mediante Resolución Exenta N°5448, de 04 de Noviembre de 2019, se llame a un proceso de Licitación Privada, indicando el nombre de las personas a invitar.