Licitación ID: 548847-3-LE21
Servicio de Guardias de Seguridad IPS Tarapacá
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Guardias de seguridad 1 Unidad
Cod: 92121504
contratación del SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Guardias de Seguridad IPS Tarapacá
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación del SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IPS Region de Tarapaca
R.U.T.:
61.979.440-0
Dirección:
Tarapacá Nº 568 2° Piso
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-12-2021 15:35:00
Fecha de Publicación: 09-12-2021 15:55:56
Fecha inicio de preguntas: 09-12-2021 16:05:00
Fecha final de preguntas: 15-12-2021 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-12-2021 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-12-2021 15:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-12-2021 15:40:00
Fecha de Adjudicación: 16-02-2022 16:03:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Terreno Tarapacá 568 2do piso 13-12-2021 9:00:00
Visita Terreno Avda La Pampa 3117, Local 17-18 13-12-2021 11:00:00
Visita Terreno Aldunate N°310 13-12-2021 14:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.1.1.- Antecedentes Generales Deben ser ingresados a www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos, como Anexos Administrativos. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado no deberán acompañar estos documentos si ellos se encuentren disponibles en dicho registro a la fecha de apertura de las ofertas: Si es Persona Natural: 1. Identificación del oferente, contenida en Anexo N°1. 2. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, la que deberá suscribirse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl. 3. Declaración Jurada contenida en Anexo N°4 sobre trabajadores en situación de discapacidad. Si es Persona Jurídica: 1. Identificación del oferente, contenida en Anexo N°1. 2. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, la que deberá suscribirse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl. 3. Declaración Jurada contenida en Anexo N°4 sobre trabajadores en situación de discapacidad. Si es Unión Temporal de Proveedores: 1. Documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado por el representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior al plazo de la contratación. Los integrantes de la unión temporal de proveedores no podrán ser modificados durante el período de evaluación de ofertas. Si la unión temporal de proveedores no adjunta el presente documento, la oferta será declarada inadmisible. La oferta también será declarada inadmisible si durante el proceso de evaluación de las ofertas uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira, siempre cuando sus características hayan sido incluidas para la evaluación. Cualquiera de los integrantes de la unión temporal de proveedores podrá informar esta situación al Instituto de Previsión Social. 2. Identificación del oferente, contenida en Anexo N°1. 3. Declaración Jurada Simple de habilidad para postular en la presente licitación, la que deberá suscribirse a través del portal www.mercadopublico.cl. Los restantes proveedores que conformen la unión temporal deberán suscribir Anexo N°6 y adjuntarlo al portal Mercado Público. 4. Declaración Jurada contenida en Anexo N°4 sobre trabajadores en situación de discapacidad.
Documentos Técnicos
1.- 5.1.2.- La Oferta Técnica Es la que detalla las características del servicio ofertado, conforme a lo requerido en las Bases Técnicas. Debe presentarse electrónicamente, en el portal www.mercadopúblico.cl (letra b del ambiente del proveedor), de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, considerando los alcances de su oferta en la secuencia señalada en la Pauta de Evaluación Técnica e incorporando antecedentes de respaldo. Deben ser ingresados a www.mercadopublico.cl, como Anexos Técnicos, los siguientes documentos: a) Anexo N°2 “Experiencia del Oferente”. b) Documentos que respalden la oferta presentada.
 
Documentos Económicos
1.- 5.1.3.- La Oferta Económica Es la que, cumpliendo todas las exigencias de estas Bases, detalla el precio del servicio ofertado en la correspondiente oferta técnica, en todos sus aspectos esenciales. Debe presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, debiendo utilizarse para ello el Anexo Nº3 de las presentes Bases. Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional, en valores neto, es decir no debe contener ningún tipo de impuestos. Lo anterior, independiente de completar el formato de Anexo N°3 Oferta Económica contenido en las presentes Bases, en el cual se debe establecer el valor neto señalado en el Portal, además de los impuestos a que esté afecto el servicio, si correspondiere. En caso de discrepancia entre el monto ofertado en el anexo económico y el ingresado en el portal mercado público, prevalecerá lo indicado por el oferente en el anexo económico. Ello, sin perjuicio de la correspondiente aclaración que se pueda solicitar a través del sistema.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento Contractual Anterior (10% de la Eva Para estos efectos, se considerará la Información relativa al comportamiento contractual existente en el Registro de Proveedores de www.mercadopublico.cl, referida a las sanciones aplicadas por incumplimientos en Mercado Público, en los últimos 24 meses. Criterios Puntaje El oferente tiene Nota 5 10 El oferente tiene Nota entre 4 y 4,99 6 El oferente tiene Nota entre 3 y 3,99 3 El oferente tiene Nota entre 2 y 2,99 1 El oferente tiene Nota menor a 2 o no se encuentra Inscrito en el Registro de Proveedores 0 10%
2 Cumplimiento de requisitos formales (5% de la Eval Para la evaluación de este criterio, se considerará el cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de las ofertas. Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle: CRITERIO PUNTOS Presentación completa de los antecedentes y dentro del plazo fijado en el calendario de eventos 10 Presentación incompleta de los antecedentes dentro del plazo fijado en el calendario de eventos que se normaliza dentro del plazo fatal de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la comisión evaluadora. 0 En caso de presentación incompleta, para subsanar dicha situación deberá ajustarse a lo indicado en el punto 8.3., de las presentes bases. Si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado, obtendrá 0 puntos en este criterio. Lo anterior, salvo si se tratare de información que la Comisión evaluadora califiqu 5%
3 De las Ofertas Técnicas (30% de la Evaluación Tota 8.4.3.1.- Experiencia del oferente (100% del total de la Oferta Técnica): Para estos efectos, el oferente deberá completar Anexo N°2 indicando los trabajos similares ejecutados, entendiendo por tales, aquellos que sean del mismo rubro y envergadura que los servicios requeridos en la presente licitación. Para estos efectos, se considerarán del mismo rubro los contratos referidos a los servicios de guardias de seguridad, y de la misma envergadura aquellos cuyo monto mensual, sea igual o superior a $1.000.000.- (Un millón de pesos) y que se encuentren acreditados mediante contratos, órdenes de compra y/o facturas. Criterios Puntaje Posee 10 o más trabajos acreditados 10 Posee de 7 a 9 trabajos acreditados 8 Posee de 4 a 6 trabajos acreditados 5 Posee de 1 a 3 trabajos acreditados 3 No tiene experiencia o no acredita. 0 Sólo los proyectos que se estimen de similar naturaleza y envergadura al licitado por este acto y que cuenten con la certificación respectiva, se consideraran para efect 30%
4 Condiciones de remuneración y empleo (10% de la Ev El proponente deberá señalar, mediante Declaración Jurada Simple firmada por el representante legal con antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta, el nivel inferior de remuneraciones imponibles que pagará a él o los trabajadores, considerando una jornada ordinaria laboral de 44 horas semanales. El nivel de remuneraciones imponibles que el oferente pagará a sus trabajadores, el cual no podrá ser inferior al mínimo legal, será evaluado según lo expresado en la siguiente fórmula: Formula MCER = (Oferta Evaluada / Oferta de Sueldo Imponible más Alto) * 10 10%
5 De las Ofertas Económicas (35% de la Evaluación To El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas ofertas técnicas que cumplen las exigencias requeridas en las Bases, cual resulta económicamente más ventajosa y conveniente para el Instituto. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje Oferente= (Oe/Oi)*10 Dónde: Puntaje Oferente = Puntaje obtenido por oferente Oe = Oferta más Económica Oi = Oferta del Oferente La Oferta económica debe ser presentada por los oferentes en el Anexo N°3 “Oferta Económica”. 35%
6 Existencia de contrato/convenio Colectivo (5% de Se asignará puntaje a los oferentes que tengan contratos o convenios colectivos vigentes con organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo. CONTRATOS/CONVENIOS COLECTIVOS PUNTAJE Tiene 10 No tiene/no señala/ no adjunta documentación 0 Para acreditar este factor, el oferente deberá adjuntar copia del contrato, convenio o acuerdo respectivo e indicarlo en el Anexo N°4. 5%
7 Trabajadores con Discapacidad (5% de la Evaluación Para efectos de verificar este factor, se estará a lo dispuesto en la Ley Nº21.015, y el oferente deberá adjuntar documento que acredite la inscripción del trabajador o prestador en el Registro Nacional de la Discapacidad o Certificado de la COMPIN o comprobante de haber iniciado el trámite, y el contrato de trabajo que acredite la relación laboral, con una vigencia de al menos 90 días anteriores al cierre de presentación de las ofertas, además de completar y presentar el formato establecido en el Anexo 4. Para las ofertas de Unión Temporal de Proveedores, el puntaje obtenido será el resultante de la mejor acreditación presentada por uno de los integrantes de la UTP. Factor: Criterios a validar en contratación de personas con Discapacidad Puntos Encontrándose obligado por la Ley Nº21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita más del mínimo legal. 10 No encontrándose obligado por la Ley Nº21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita un 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Institucional
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Manuel Robles
e-mail de responsable de pago: manuel.robles@chileatiende.cl
Nombre de responsable de contrato: Oscar Ossio Serrano
e-mail de responsable de contrato: oscar.ossio@chileatiende.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2248304-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Servicios no se pueden subcontratar
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Fecha de vencimiento: 24-03-2023
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el Adjudicatario deberá entregar al momento de su firma, una garantía a la vista, irrevocable y no endosable, a nombre del Instituto de Previsión Social, por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor total del contrato, cuya vigencia será desde la fecha de suscripción de éste y hasta 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo, conforme lo establece el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886. El instrumento/documento utilizado como Garantía debe asegurar el pago de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: glosa “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del contrato y vencida su vigencia. Por el contrario, este instrumento/documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso de término anticipado del contrato, por las causales imputables establecidas en las presentes bases. En el evento que la garantía venza con anterioridad a la vigencia establecida, el adjudicatario, con diez días hábiles de anticipación al vencimiento del documento vigente, deberá entregar otra caución en reemplazo de la anterior, que cubra dicho período y bajo las mismas condiciones de la garantía original. De no hacerlo, el Instituto podrá poner término al contrato, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento original. NOTA: "La garantía deberá ser tomada por el Adjudicatario o por un tercero a nombre del Adjudicatario".
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Readjudicación En el supuesto de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, el IPS podrá, dentro de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar al oferente que le siga en su puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación o declarar desierto el proceso. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar, la unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, pudiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. En todos los casos el Instituto de Previsión Social podrá también declarar desierto el proceso.
Adjudicación
El Instituto se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, aunque no sea la de menor valor. El oferente cuya propuesta u oferta ha sido seleccionada de este modo será, entonces, denominado Adjudicatario. En el evento que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la suscripción del contrato. Dentro del mismo plazo, deberá encontrarse hábil en el referido registro. Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de dicha Unión debe estar inscrito y hábil en el registro oficial de contratistas del Estado. En caso de estar conformado por personas jurídicas extranjeras, esto es, no constituidos y sin operación en Chile, se exigirá solamente la inscripción en el referido Registro. La adjudicación se efectuará a través de una Resolución Exenta de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria. El Instituto se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso en el cual, antes del cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S. Nº 250/2004 Hacienda, modificado por el D.S. Nº 1763/2009 Hacienda, que señala: “Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las Bases esta posibilidad”.
Readjudicación
En el supuesto de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, el IPS podrá, dentro de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar al oferente que le siga en su puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación o declarar desierto el proceso. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar, la unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, pudiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. En todos los casos el Instituto de Previsión Social podrá también declarar desierto el proceso.
Redacción del contrato y sus fuentes
Notificada la adjudicación, el Instituto procederá, a redactar el contrato en conformidad al contenido de estas Bases, a las consultas y respuestas, a los documentos aclaratorios intercambiados por las partes, a la oferta del Adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la Ley Nº19.886 y su Reglamento.
Ofrecimiento a la firma y plazo
Redactado el contrato, se ofrecerá a la firma del Adjudicatario otorgándole un plazo máximo de 10 días hábiles para suscribir, contado desde la fecha en que el IPS le notifique vía correo electrónico que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. Al momento de la suscripción de éste, el Adjudicatario deberá hacer entrega del respectivo documento de Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Al momento de la suscripción del contrato, el Adjudicatario deberá hacer entrega de la nómina de los trabajadores que desarrollarán el servicio o ejecutarán la prestación contratada, con identificación completa de cada uno de ellos, esto es, nombre completo, nacionalidad, N° de Rut, domicilio particular, estado civil y dirección particular. Además, deberán hacer entrega de copia del contrato individual de trabajo de todos ellos. La no presentación de la nómina de trabajadores en los términos indicados y/o la no entrega de copia de los contratos individuales de trabajo, implica el desistimiento del Adjudicatario, lo cual faculta al Instituto para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato e iniciar las acciones judiciales de indemnización de perjuicios pertinentes. En el evento que, durante el desarrollo o ejecución de los servicios, se incorporen nuevos trabajadores o se produzcan despidos de algunos de los informados en la nómina inicial, la empresa contratada deberá para los nuevos ingresos informar por escrito la identificación del trabajador o trabajadores, adjuntando copia del contrato o los contratos individuales. Respecto de los despidos informar la identificación del o los trabajadores desvinculados y entregar copia del o los finiquitos respectivos. Por su parte el Instituto al momento del inicio del servicio, entregará al proveedor, copia del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, acompañado de la Resolución Exenta N° 61, de fecha 17 de enero de 2014, de la Dirección Nacional del IPS, que aprueba dicho reglamento, y que contiene la Política de Seguridad y Salud Ocupacional del IPS. Cabe hacer presente que dicho reglamento se entenderá parte integrante del proceso.
Vigencia
El contrato tendrá duración hasta el día 31 de diciembre de 2022 y su entrada en vigencia puede ser de alguna de las siguientes maneras: 1. El contrato entrará en vigencia a contar de la fecha en que se notifique al Adjudicatario la total tramitación de la resolución aprobatoria del Contrato; o, 2. Por razones fundadas de estricta necesidad, el Instituto podrá convenir con el Adjudicatario que la prestación del servicio se inicie una vez suscrito el contrato, pero antes de la total tramitación de la resolución aprobatoria respectiva. En este caso, no se cursará pago alguno por los servicios sino hasta la total tramitación del acto administrativo aprobatorio del contrato, oportunidad en que se pagarán los servicios prestados hasta esa fecha. Esta modalidad excepcional de entrada en vigencia del contrato, emana de la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, cuyo artículo 52 dispone expresamente que “los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.” Lo anterior es sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el Instituto con el Adjudicatario, desde la notificación de la adjudicación. Con todo el administrador del contrato deberá dejar en Acta firmada por las partes, la fecha exacta de la iniciación de los servicios. Dicha Acta deberá formar parte del expediente del contrato.
Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto designará a dos funcionarios, en calidad de Administrador Titular y Suplente, los que tendrán al efecto las siguientes facultades-responsabilidades: a) Tomar conocimiento del Manual de Administración de Contratos publicado en la Intranet del IPS, y cumplir estrictamente con las responsabilidades allí asignadas al Administrador del Contrato, y especialmente cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada, suscribiendo el Acta de inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de multas e informe de término anticipado del contrato cuando corresponda, y siempre el Informe Final del Contrato y la Evaluación del proveedor. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato y proponer la aplicación de multas. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del “Instituto” de los servicios contratados. e) Revisar y aprobar los estados de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del Adjudicatario, considerando las eventuales multas a que hubiere lugar. f) Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente. Estos últimos no podrán ser ejecutados sin antes contar con la autorización mediante Resolución Exenta del Departamento Administración e Inmobiliaria. g) Revisar el contenido íntegro de la factura, considerando lo señalado en la Ley N° 19.983 Artículo 3°, que indica “… se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, ó 2. reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción...” h) Remitir las facturas del proveedor contratado, al Área de Finanzas, previa aprobación de los correspondientes estados de pago, en un plazo no mayor a 8 días de recepcionadas éstas, a fin de dar cumplimiento con lo estipulado en la Circular Nº 23, del Ministerio de Hacienda, de fecha 13 de abril de 2006, que señala que el plazo de pago a proveedores deberá ser en el menor tiempo posible, y no mayor a treinta días corridos desde la fecha de recepción de las facturas correspondientes. i) Cursar la devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato o solicitar que se haga efectiva, según corresponda. j) Velar por el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del Reglamento Especial para Empresas Contratistas, Subcontratistas y de Servicios Transitorios del Instituto de Previsión Social. k) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato. Asimismo, el Adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados. Todas las definiciones adoptadas por el Administrador del Contrato y el Coordinador Técnico deberán constar en Actas firmadas por ambos.
Cumplimiento de normas sobre higiene y seguridad laboral
Los trabajadores de la adjudicataria desarrollarán los servicios que se contratan, con sujeción a las disposiciones del Reglamento Especial para Empresas Contratistas, Subcontratistas y de Servicios Transitorios del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Previsión Social, documento que ha sido ingresado al Portal. El Adjudicatario deberá cumplir fielmente con lo dispuesto en los incisos 1° y 2° del artículo 184 del Código del Trabajo, que dispone que “el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”. “Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica”. Obligaciones respecto a la Alerta Sanitaria por virus Sars: 1. Gestionar permisos de traslado en caso de cuarentena: Debe gestionar los permisos de traslado para los trabajadores que presten servicio en las dependencias del IPS en la Región de Tarapacá. 2. Control y registro de temperatura: Se deberá contar con un libro de registro, donde los trabajadores de su empresa que presten servicios de guardia en las dependencias de los centros de atención del IPS en la región de Tarapacá deberán registrar a diario su temperatura al momento de ingresar a las oficinas. 3. Contar con los EPP de rigor: Es de exclusiva responsabilidad del empleador hacer entrega semanal de los elementos de protección personal (guantes, mascarillas desechables, buzo o pecheras desechables, alcohol gel, termómetro o cualquier elemento que designe el servicio de salud para tal efecto) a sus trabajadores contando con el registro y firma de recepción. 4. Examen PCR COVID-19: El Adjudicatario deberá realizar los exámenes correspondientes a sus trabajadores, si se levanta alerta de protocolo COVI-19 en la dependencia que ellos se desempeñen. 5. Protocolo COVID-19: el proveedor deberá contar con un protocolo de acción frente a un posible caso de COVID-19 de su personal, además de proveer el reemplazo de este con la finalidad de una continuidad en el servicio. En caso de detectarse incumplimientos por parte del proveedor adjudicado a la normativa vigente sobre higiene y seguridad social o las obligaciones aquí registradas, el Administrador del contrato designado por el Instituto tendrá la facultad de ordenar la inmediata paralización del servicio.
Pago del servicio
El servicio se pagará por mes vencido, una vez recepcionado conforme por el Instituto de Previsión Social. Para estos efectos, el adjudicatario deberá presentar un Estado de Pago, dentro de los 5 primeros días del mes siguiente, al Administrador del contrato con el cobro del mes respectivo, quien tendrá un plazo máximo de 10 días corridos podrá efectuar observaciones, transcurridos el cual, sin que ellas se hayan formulado, deberá presentar la factura correspondiente. Si las formulare, las pondrá en conocimiento inmediato del Adjudicatario, el que sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el Estado de Pago, en lo que fuere pertinente. Presentada la factura de acuerdo al Estado de Pago aprobado, el “Instituto” la pagará en un plazo máximo de 30 días corridos siguientes al de presentación del referido documento. El Instituto en forma previa al pago, exigirá al Adjudicatario, la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de un certificado emitido por la Dirección del Trabajo, quedando facultado en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados. El pago se realizará por transferencia electrónica de fondos, al momento de presentar la factura, para lo cual, el Adjudicatario deberá entregar los siguientes datos, en caso de presentar alguna modificación a los datos o razón social de la empresa, deberá dar aviso de forma inmediata: ● Dirección del proveedor ● Teléfono de contacto ● Correo electrónico de contacto ● Cuenta corriente (asociada al RUT del proveedor) ● Banco ● Tipo de cuenta
Multas
El Instituto estará facultado para aplicar y cobrar multas al Adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por hechos imputables a su responsabilidad. Se entenderá que hay incumplimiento grave en las siguientes situaciones: Infracción Monto de Multa 1.- Deficiente atención de parte del personal del adjudicatario, verificado a través del formulario de Sugerencias y Reclamos dispuestos en los respectivos inmuebles institucionales. 2.- Incumplimiento de la dotación. No contar los equipos de comunicación definidos en las bases técnicas o que estos se encuentren en mal estado. 3.- No entrega de los EPP necesarios a sus trabajadores 4.- No tener actualizados los libros y planillas exigidos para la dependencia. 5.-No presentar o presentar en forma incompleta, las fotocopias de las liquidaciones de sueldos y planillas de pago de cotizaciones previsionales de sus trabajadores, en forma previa al pago mensual del servicio. 5% del valor Neto de la facturación del mes en que ocurra la situación que dé origen a la sanción, por cada una de las infracciones cometidas y se descontará de la facturación del mes siguiente al que se dicte la resolución que disponga su aplicación. Con todo, el total de las multas a aplicar para un mes de servicio en particular, no podrá exceder del 20% del valor neto mensual del contrato señalado y se descontará de la facturación del mes siguiente al que se dicte la resolución que disponga su aplicación. En caso de no ser posible el descuento, el Instituto podrá exigir el pago directamente al adjudicatario o rebajar el monto de la garantía de oportuno y fiel cumplimiento del contrato. Si se verificare la ocurrencia de las infracciones antes citadas, el Instituto comunicará por escrito su decisión al Adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. El Adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular mediante resolución o resoluciones fundadas del Departamento de Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al Adjudicatario. Vencido el plazo para la interposición de recursos o rechazado (s) éste (os), la multa quedará firme, y podrá ser descontada del Estado de Pago correspondiente. No procederán estas sanciones si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificada así por el Instituto, mediante Resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.