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ADJUDICACIÓN |
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La adjudicación de esta licitación se efectuará mediante Decreto Alcaldicio, seleccionando la oferta que resulte más ventajosa y conveniente para los intereses municipales, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora y conforme a la Pauta de Evaluación establecida en las presentes bases.
En caso de recibirse una sola oferta, ésta podrá ser adjudicada siempre que dé estricto cumplimiento a las exigencias de las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás requisitos establecidos en esta licitación.
Se deja expresamente establecido que los oferentes que no resulten adjudicados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza.
Si por cualquier motivo no se efectuara la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma, la municipalidad deberá informar a través del portal www.mercadopublico.cl las razones que justifican dicho incumplimiento, indicando además una nueva fecha estimada para adjudicación del proceso.
No se adjudicará la oferta de aquel oferente que, al momento de la adjudicación, se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
De conformidad a lo establecido en el Artículo 65, letra J, de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, se requerirá el acuerdo del Honorable Concejo Municipal para la Adjudicación de este Contrato, el cual tendrá la facultad legal de aprobar o rechazar en base a argumentos fundados la propuesta seleccionada.
Asimismo, si dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de liberación de las ofertas no se hubiese resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, estos tendrán la facultad de desistirse de su oferta y retirarla, sin derecho a indemnización alguna.
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Resolución de Empates |
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En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.
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Orden de Aplicación
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Regla o Pauta para Dirimir Empates
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Primero
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EVALUACIÓN TÉCNICA
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Segundo
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EVALUACIÓN ECONÓMICA
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Tercero
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CRITERIOS ADMINISTRATIVOS
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Cuarto
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COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL BASE
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Quinto
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CAPACIDAD ECONÓMICA
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar, consultas referidas al resultado del proceso de adjudicación, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a don jaime.sanchez@ptovaras.cl, en un plazo no superior a 3 días corridos contados desde la notificación de la adjudicación. Las consultas deberán hacerse a través del portal, la unidad respectiva entregará la respuesta y/o aclaración, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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Se evaluará el cumplimiento de los requisitos y además de todos aquellos solicitados en las presentes bases de la licitación, para lo cual se utilizará la siguiente escala:
100 Puntos: El oferente presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas, sin que se le otorgue plazo para enmendar errores u omisiones formales.
50 Puntos: El oferente SI presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas y se le otorga plazo para corregir, de acuerdo a la facultad contenida en las bases.
10 Puntos: El oferente NO presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas y se le otorga plazo para corregir, de acuerdo a la facultad contenida en las bases.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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Una vez resuelta la adjudicación de la oferta, la Municipalidad de Puerto Varas notificará al oferente adjudicado a través del portal www.mercadopublico.cl. Posteriormente, se procederá a la firma del contrato en un plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto de Adjudicación a través del portal de compras públicas, conforme a lo establecido en el artículo N° 119 del Decreto N° 661. Todos los costos relacionados con la autorización de firma ante notario y protocolización del contrato, si fuera necesario, correrán por cuenta del adjudicatario.
Los aspectos más relevantes del contrato son los siguientes:
● Modalidad del contrato: El contrato será a suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna índole, y se expresará en pesos chilenos. El contrato será firmado en tres ejemplares de igual tenor y fecha.
● Garantía de cumplimiento: Se notificará al proveedor adjudicado a través de correo electrónico, solicitando la gestión y obtención de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, la cual deberá ser presentada en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación.
● Firma del contrato: Una vez recibida la garantía y redactado el contrato, se informará al adjudicatario, también por correo electrónico, la necesidad de proceder con la firma del contrato. El plazo para la firma del contrato no podrá exceder los 5 días hábiles a partir de la notificación.
En caso de que el contrato no se firme dentro del plazo estipulado debido a una causa imputable al adjudicatario, se procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta o la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según corresponda. En este caso, la Municipalidad de Puerto Varas podrá adjudicar el contrato al siguiente oferente con mayor puntaje en la evaluación, o bien declarar la licitación como desierta. Estas acciones deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo.
El contrato incluirá como parte integral las presentes Bases de Licitación, las bases técnicas y sus aclaraciones, las respuestas a las consultas formuladas, la oferta adjudicada y toda la documentación intercambiada entre las partes.
El contrato será redactado por la Unidad Jurídica de la Municipalidad, quien incluirá las cláusulas necesarias para asegurar el resguardo de los intereses de ambas partes. El contrato será suscrito por el adjudicatario en la fecha que se le comunicará oportunamente.
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PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO |
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El plazo de vigencia del presente contrato de servicio será de 12 meses, contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe la respectiva adjudicación en el portal de compras públicas y la entrega formal del recinto por parte de la Inspección Técnica del Servicio. Este contrato también podría perder su vigencia cuando se consuma el presupuesto oficial disponible establecido en las presentes bases de licitación (lo que ocurra primero).
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ENTREGA DEL RECINTO A INTERVENIR |
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Se realizará la entrega del recinto en un plazo no mayor de 25 días hábiles, con posterioridad a la fecha de adjudicación en el portal de compras públicas (fecha que será informada al adjudicatario), suscribiendo para tal efecto un Acta, debiendo la empresa contratista iniciar trabajos inmediatamente después de este trámite.
La información mínima que contendrá el acta será:
· Identificación del contrato.
· Identificación del adjudicatario.
· La fecha en que se inician los servicios.
· El plazo contractual.
· Nombre del profesional a cargo, por parte del adjudicatario.
· Nombre y cargo del Inspector Técnico que designe la Unidad Técnica.
Dicho documento será debidamente firmado por el representante legal de la empresa adjudicada y el Administrador Municipal.
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CAUSALES DE COBRO DE LA GARANTÍA 3. CAUSALES DE COBRO DE LA GARANTÍA |
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La Ilustre Municipalidad de Puerto Varas podrá hacer efectivo el cobro de las garantías presentadas por los oferentes o adjudicatarios, según corresponda, en los casos que a continuación se señalan:
Garantía de Seriedad de la Oferta
La garantía de seriedad de la oferta podrá hacerse efectiva en cualquiera de los siguientes casos:
1. Cuando el oferente retire o modifique su oferta dentro del período de vigencia de la misma, ya sea durante el proceso de evaluación o en la etapa de contratación.
2. Si el oferente adjudicado no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo estipulado en estas Bases, como condición para formalizar el contrato.
3. Si el adjudicatario se niega injustificadamente a firmar el contrato derivado del proceso licitatorio.
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá hacerse efectiva en cualquiera de las siguientes circunstancias:
1. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en estas Bases, sin mediar justificación debidamente acreditada.
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales o de seguridad social para con sus trabajadores, conforme a la legislación vigente.
3. Si el adjudicatario no paga las multas que le hayan sido impuestas por la Municipalidad.
4. Cuando el contrato sea terminado anticipadamente por causa imputable al adjudicatario, de conformidad con lo establecido en estas Bases o en el contrato respectivo.
5. Por incumplimiento de las obligaciones contractuales o administrativas establecidas en las presentes Bases, en la oferta o en el contrato celebrado.
El cobro de cualquiera de las garantías señaladas en estas Bases no excluye ni limita la facultad de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas para aplicar otras medidas sancionatorias, conforme a la normativa legal, contractual o administrativa vigente. En consecuencia, dicho cobro podrá ser complementado con:
● La aplicación de multas u otras penalidades establecidas en el contrato.
● La ejecución de acciones civiles tendientes a obtener la reparación de daños y perjuicios derivados del incumplimiento.
● La eventual denuncia ante el Ministerio Público o el inicio de acciones legales si los hechos que motivan el incumplimiento revisten carácter de delito, especialmente aquellos contemplados en la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, o en otras normas pertinentes.
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PAGOS |
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4.1. Forma y Plazo de Pago
El pago por los servicios contratados se realizará en 12 cuotas mensuales vencidas, previa recepción conforme de los servicios prestados. Se descontarán, en su caso, los montos correspondientes por concepto de multas u otras sanciones contractuales.
En conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto Supremo N° 661/2024) y lo establecido en la Ley N° 21.131, sobre pago a 30 días, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas se compromete a efectuar el pago dentro de un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la Recepción Conforme de la factura y la respectiva orden de compra, registrada en el Sistema de Información de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl).
El pago se realizará exclusivamente respecto de servicios efectivamente ejecutados y debidamente recepcionados por el Inspector Técnico del Servicio (ITS) o la unidad técnica correspondiente.
4.2. Requisitos para el Pago
Los pagos mensuales se gestionarán mediante estados de pago, que deberán ser revisados y visados por la unidad requirente. Para su aprobación, el adjudicatario deberá presentar obligatoriamente los siguientes antecedentes:
● Copia de los contratos de trabajo de los guardias o personal de aseo u obras menores (según corresponda) destinados al servicio (para el primer pago y cada vez que haya reemplazo de personal, acompañando finiquito y nuevo contrato).
● Certificados F30 y F30-1 emitidos por la Dirección del Trabajo, de todos los trabajadores involucrados a este contrato, conforme a lo exigido por las Leyes N° 20.238 y N° 19.886.
● Certificados de pago de cotizaciones previsionales del mes anterior, emitidos por las instituciones previsionales correspondientes (no exigible en el primer mes del contrato).
● Cualquier otro documento que sea requerido por la Unidad Técnica para verificar la correcta ejecución del servicio.
Adicionalmente, la Municipalidad podrá requerir, en cualquier momento y con un plazo máximo de entrega de 24 horas, copia de contratos de trabajo, finiquitos y antecedentes asociados, sin perjuicio de exigir el cumplimiento subsidiario de las obligaciones laborales por parte del adjudicatario.
4.3. Facturación
La factura deberá emitirse una vez que la orden de compra haya sido recepcionada conforme en el portal www.mercadopublico.cl.
Las facturas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Datos de Facturación:
● Razón Social: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
● RUT: 69.220.200-7
● Domicilio: San Francisco N° 413, Puerto Varas
Medios de Entrega:
● De manera presencial en la Oficina de Partes de la Municipalidad.
● De forma digital al correo electrónico: fabian.bascur@ptovaras.cl, con copia a adquisiciones@ptovaras.cl o al correo que se indique en la orden de compra.
Cada factura deberá indicar con claridad el ID de la orden de compra correspondiente y detallar los servicios efectivamente prestados.
4.4. Recepción Conforme
La Recepción Conforme constituye el hito que habilita el cómputo del plazo legal de pago. Esta deberá ser registrada en el portal www.mercadopublico.cl dentro de un plazo máximo de 10 días corridos desde la prestación del servicio.
En caso de existir observaciones fundadas por parte de la unidad requirente, estas deberán ser comunicadas al adjudicatario dentro del plazo señalado. El contratista dispondrá de 8 días hábiles para subsanar dichas observaciones. Durante ese período, el cómputo del plazo de pago se suspenderá, reanudándose una vez que las observaciones sean subsanadas y registrada la Recepción Conforme.
El primer mes del contrato deberá ser facturado proporcionalmente a los días efectivamente trabajados. Los meses siguientes serán facturados por mes calendario completo, según lo establecido en el contrato.
4.5. Monto y Respaldo del Pago
El monto a pagar corresponderá al señalado en la orden de compra emitida mensualmente, el cual se limitará exclusivamente a los servicios prestados y recepcionados conforme.
Cualquier diferencia entre el monto facturado y los servicios efectivamente ejecutados será objeto de observación, debiendo el adjudicatario resolver las discrepancias antes de que se autorice el pago correspondiente.
4.6 Obligaciones del adjudicatario
El adjudicatario tiene las siguientes responsabilidades:
1. Emitir y presentar la factura de manera oportuna, incluyendo todos los servicios requeridos en la orden de compra.
2. Subsanar cualquier observación que se le realice respecto de la factura o los servicios prestados, dentro de los plazos establecidos.
3. Mantener al día sus obligaciones laborales, tributarias y previsionales, cuya inobservancia podrá constituir causal de retención o no pago hasta que se regularicen, conforme al artículo 58 del Reglamento DS N° 661.
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RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA |
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a) Será de cargo del contratista el cumplimiento derivado de la aplicación de las normativas correspondientes a la legislación laboral, leyes sociales, y de higiene y seguridad en el trabajo. Para ello, el contratista deberá informar mensualmente al Municipio, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, conforme lo establece la ley 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontrataciones. Los daños que se ocasionaren a terceros en el transcurso del contrato serán de cargo del contratista, como también todo incumplimiento derivado de las leyes sociales y toda materia relacionada con las obligaciones contraídas con los trabajadores y proveedores.
b) El contratista deberá mantener en forma permanente, el personal idóneo para la ejecución de los diferentes trabajos y será el responsable ante cualquier requerimiento de la inspección técnica.
c) El contratista deberá respetar las disposiciones municipales y reglamentarias pertinentes y acatar las instrucciones que le formule el mandante a través de la unidad técnica.
d) El contratista deberá dar estricto cumplimiento al Resumen Ejecutivo y maquinarias puestas a disposición de los servicios según lo ofertado.
e) Las remuneraciones que se paguen a los trabajadores, no podrán ser inferiores a las legales vigentes y serán de cargo exclusivo del adjudicatario, al igual que las cotizaciones previsionales, seguros que correspondan o cualquier otra obligación legal que surja en este aspecto.
f) La oferta deberá asegurar a cada trabajador a lo menos lo siguiente: Ingreso mínimo remuneracional y las prestaciones legales obligatorias, tales como; Pago de cotizaciones previsionales (AFP, Isapre o Fonasa, AFC, Accidente del trabajo), Vacaciones legales y permisos legales.
g) En caso que, el personal contratado se declare en huelga, esto no se tomará como causal de incumplimiento del contrato, sin perjuicio a ello, la empresa contratista, quedará obligada a arbitrar en un plazo no superior a dos días, y a adoptar las medidas para que las labores continúen en forma normal, efectuando el reemplazo respectivo de los trabajadores ausentes, aplicándose como única medida el descuento proporcional por la fuerza de trabajo ausente, con un máximo de 10 días hábiles
i) Los uniformes a utilizar, deberán llevar la Imagen Corporativa de la Empresa y en el caso que el inspector técnico del servicio lo requiera, también deberá llevar el logo o distintivo del Municipio de Puerto Varas.
j) El contratista asumirá la responsabilidad total, por cualquier daño a personas y/o a la propiedad objeto del presente contrato, como a la propiedad de terceros como consecuencia de la ejecución del presente contrato. De igual forma, si el contratista causare daños de carácter material a la propiedad pública o privada, el contratista deberá repararlo con materiales nuevos y según se constate el daño. La Municipalidad se reserva el derecho de descontar del último estado de pago o de las retenciones, el valor necesario para efectuar las reparaciones o indemnizaciones que correspondan. En caso de que estos montos no fueran suficientes, se podrá hacer uso la garantía por el fiel cumplimiento del contrato.
k) El ITS se reserva el derecho de solicitar el retiro inmediato de todo aquel trabajador que vulnere cualquier derecho en contra de algún trabajador del municipio, condiciones de seguridad y que coloque en riesgo su propia integridad y el normal desarrollo de los servicios
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