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1.-
5.3.- OFERTA ECONÓMICA.
No obstante ser una propuesta a precio fijo, se deberá ingresar su oferta en Anexo L, debiendo publicarse en www.mercadopublico.cl el precio fijado para permitir la continuidad de la operación en el sistema por el resto del proceso. Lo anterior de acuerdo a lo señalado en el punto N° 3 de estas bases
6. - EQUIPO PROFESIONAL
La conformación y calidad del equipo de trabajo ofertado por el Consultor, es una condición esencial del contrato. Por esta razón, la SEREMI MINVU tendrá la facultad extraordinaria de exigir el cambio de integrantes del equipo de trabajo en caso de deficiencias en el desarrollo de las labores. Así mismo, si durante la ejecución de la consultoría, alguno de los integrantes del Equipo de Trabajo tuviera impedimentos fundados para entregar el aporte ofrecido en su especialidad, el Consultor podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, que cumpla con los requisitos exigidos, previa aceptación por escrito de la SEREMI.
Será obligación del Consultor, mediante comunicación fundada, solicitar el cambio de profesional, proponer un reemplazante y adjuntar el currículo del nuevo profesional, en los términos establecidos en las Bases de Licitación. Dicho cambio, deberá hacerse dentro del plazo consensuado con la coordinación del estudio. De no cumplirse el plazo, de manera injustificada, se aplicará una multa de acuerdo a lo señalado en el punto 15 de estas bases por cada día de atraso, sin perjuicio, además, de la facultad de la SEREMI de poner término al contrato.
El Equipo mínimo obligatorio del Oferente se conformará por: el Equipo Permanente y el Equipo Especialista, los cuales deberán estar integrados por los profesionales que se detallan en los numerales siguientes.
6.1. - EQUIPO PERMANENTE Y SUS PERFILES ESPERADOS.
EQUIPO PROFESIONAL Mínimo NECESARIO
El equipo consultor deberá disponer el siguiente equipo profesional mínimo:
A. Director del Proyecto/ Planificador urbano: Profesional con deseable experiencia en dirección de proyectos de Planificación Urbana Comunal e Intercomunal, con experiencia en desarrollo y planificación urbana y rural, con deseable experiencia en procesos de aprobación de IPT y/o dirección de proyectos de Planificación Urbana Comunal. Este profesional a su vez ejercerá la coordinación del Estudio como Jefe de proyecto, debe tener los poderes legales necesarios para tomar decisiones en nombre de la persona natural o jurídica firmante del contrato. Asimismo, deberá explicitarse si el Director de Proyecto asumirá las funciones de Coordinador, Jefe técnico del proyecto y/o Interlocutor; de no ser así se nombrará al efecto a otro de los profesionales del equipo ofertado.
B. (01) Responsable Área Ambiental: Profesional Ingeniero en medio ambiente Arquitecto, Geógrafo, u otro con experiencia sugerida de 5 años en Evaluación Ambiental Estratégica de los Instrumentos de Planificación Territorial y/o análisis ambiental en instrumentos de planificación territorial o profesional afín con experiencia acreditable en ésa área.
C. (01) Responsable Área SIG: Cartógrafo, Ingeniero en Geomensura, Geógrafo, Arquitecto u otro profesional con experiencia sugerida de 3 años en Sistemas de Información Geográfica SIG, asociada a la Planificación Urbana.
D. (01) Interlocutor: Este profesional cumplirá un apoyo clave en la transmisión de la información, como representante regional de la consultora, acreditando domicilio en la región, debiendo estar disponible para concurrir cada vez que la contraparte técnica solicite su presencia. Asimismo, el interlocutor deberá mediar entre la consultora y los estamentos públicos involucrados dentro de esta Consultoría Técnica, entregando respuestas a cada consulta y requerimiento con respecto a dudas, inconvenientes o aclaraciones. Este profesional debe ser parte del Equipo permanente y /o puede cumplir más de una función del equipo permanente.
E. (01) Responsable Área Participación: ARQUITECTO, Sociólogo, Psicólogo, u otro profesional afín con experiencia sugerida de 2 años en técnicas de manejo de grupos y procesos de participación, capaz de relacionarse en el contexto socio territorial en que se desarrolla la presente consultorías.
6.2. - Equipo de Asesores especialistas.
El equipo especialista, podrá ser sugerido por el Oferente o la Contraparte Técnica, necesario para un mejor tratamiento de situaciones puntuales que afecten el desarrollo óptimo de la presente consultoría técnica.
Los profesionales indicados en la letra A, B, C, D y E. El Director del Proyecto será el responsable de la consultoría técnica frente a la SEREMI MINVU y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUARA. El Consultor, será responsable que los profesionales propuestos no estén afectos a inhabilidades o impedimentos para participar en la ejecución del contrato.
7. – COORDINACIÓN DE CONTRATO
COORDINACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
La coordinación general del contrato será de responsabilidad del Jefe de Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la SEREMI MINVU Región de Tarapacá. Para lo cual contará con un administrador del contrato que corresponderá a la coordinación técnica del Estudio.
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
La Administración del Contrato estará a cargo de Cecilia Antiqueo Huircapan, Geógrafa, Profesional del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la SEREMI MINVU región de Tarapacá, (DUI), apoyado por la Asistente Administrativa del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la SEREMI MINVU Región de Tarapacá.
Las Funciones se describen a continuación:
a. Control de los plazos del estudio: fechas de entrega de etapas, observaciones y correcciones
b. Despacho y recepción de documentación relevante para el buen desarrollo del contrato (solicitudes, informe de observaciones, o informes de aprobaciones de la contraparte técnica, otros)
c. Control de entrega de resultados de las etapas (incluye etapas corregidas) conforme los plazos establecidos
d. Control de los estados de pagos y de instrumentos de garantías vigentes del contrato
e. Control de archivo de las etapas aprobadas del contrato
CONTRAPARTE Y COORDINACIÓN TÉCNICA DEL ESTUDIO
La ejecución Técnica y revisión del estudio estará compuesta por el equipo Contraparte Técnica, conformada por funcionarios del Departamento de Desarrollo Urbano (SEREMI MINVU) y del Municipio de Huara. El cual, previo a la firma del contrato, la Seremi MINVU nombrará, mediante Resolución Exenta, al equipo de profesionales de reparticiones públicas que conformarán la Contraparte Técnica del Estudio, individualizando a uno de ellos como Coordinador del Estudio y asimismo la subrogancia en caso de ausencias. La Resolución, con los nombres de los profesionales que conforman la contraparte y coordinación técnica forma parte de la presente Base Administrativa.
• Coordinador técnico del Estudio; Profesional del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la SEREMI MINVU región de Tarapacá, (DUI)
• Profesional Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la SEREMI MINVU región de Tarapacá, (DUI), responsable del área participación ciudadana y cartografía asociada al proyecto.
• Encargada de Obras de la Ilustre Municipalidad de Huara o quien este designe en su representación.
• Director SECPLAC de la Ilustre Municipalidad de Huara o quien este designe en su representación.
Serán funciones de la Contraparte Técnica
a) Recibir y analizar los informes de cada etapa, formulando las observaciones que procedan.
b) Pedir la aclaración de dudas suscitadas en la revisión de los informes o las presentaciones.
c) Disponer la complementación o las correcciones que estime necesarias.
d) Asistir y fijar reuniones de coordinación y trabajo.
e) Aprobación o rechazo de cada etapa del estudio en comento, cuando corresponda
f) Trabajar coordinadamente con el Equipo Técnico Integrado de Trabajo (ETIT) compuesto por el Consultor adjudicado, Equipo Municipal, apoyado de modo exógeno por el equipo de la Contraparte Técnica de la SEREMI MINVU
La Contraparte Técnica tendrá acceso a toda la información que el Consultor maneje en relación con el Estudio en cualquier momento de su desarrollo.
Serán funciones del Coordinador del Estudio:
a) Presidir la Contraparte Técnica.
b) Asumir la supervisión y control del Estudio
c) Supervisar que se cumplan los términos del contrato del presente estudio
(verificar los plazos de cumplimiento en la entrega de los informes de cada etapa y final; constatar la calidad de los mismos; controlar el estado de avance del Estudio; etc.).
d) Mantener la documentación que se genere tanto en el proceso de Licitación como de ejecución del estudio y distribuirla a quien corresponda.
e) Compilar y Emitir los informes de la Contraparte Técnica correspondientes a las entregas de cada etapa por parte del Consultor.
g) Comunicar oficialmente al consultor las correcciones necesarias cuando el informe no sea favorable.
h) Citar a reunión a la Contraparte Técnica y al Equipo Profesional del Consultor cuando lo estime conveniente en razón del buen desarrollo del Estudio.
Asimismo, la Contraparte Técnica podrá invitar a funcionarios de otras reparticiones regionales y/o comunales o de otros organismos públicos y/o privados para el análisis de aspectos específicos del Estudio, siempre que ello no implique sobrepasar los plazos de revisión establecidos en estas las Bases Administrativas.
8. -EVALUACION DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas estará compuesta por los siguientes integrantes:
a) Director Departamento de Secplac, Ilustre Municipalidad de Huara o quién este designe en su representación.
b) Jefe Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura Seremi MINVU o quién este designe en su representación.
c) Encargada/o de obras de la Ilustre Municipalidad de Huara o quién se designe en su reemplazo
d) Coordinador del Estudio
Formará parte de la citada comisión un abogado/a de la Unidad Jurídica de esta Seremi, para el solo efecto de verificar la legalidad de la documentación presentada.
El Coordinador del Estudio presidirá la Comisión Evaluadora, nombramiento efectuado por resolución exenta. En el evento de que las propuestas no se ajusten a las Bases Administrativas y Técnicas como también cuando se omita alguno de los documentos requeridos, la Comisión Evaluadora descalificará dichas propuestas. La Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo de los puntajes obtenidos por cada oferente, de acuerdo a las ponderaciones de la Pauta de Evaluación establecidas en el punto 9 de las presentes Bases. Posteriormente, levantará un acta informando a la Seremi MINVU las tres (si correspondiere) ofertas mejor evaluadas proponiéndole la que estime más conveniente a los intereses de la SEREMI MINVU REGION DE TARAPACA.
La Comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando tales rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. La solicitud se efectuará por el portal de mercadopublico.cl. La Comisión, además podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo para subsanar será de 48 hrs. Contados desde la solicitud, lo que se informará a través del Sistema.
Los integrantes de la comisión harán declaración jurada de no tener a la fecha de la evaluación, conflicto de interés respecto de él o los oferentes y sus propuestas, y de confidencialidad de los antecedentes correspondientes a cada propuesta y de sus deliberaciones, de la que se dejará constancia en acta de evaluación.
9. - PAUTA DE EVALUACION DE LAS OFERTAS
9.1. - CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS (CPT):
Las propuestas serán calificadas por la siguiente pauta de evaluación en escala relativa de 0 a 100 puntos.
Los aspectos a evaluar son los siguientes:
9.1.1. - ESTRATEGIA METODOLÓGICA A DESARROLLAR (EM):
Se valorará la vigencia y coherencia de las Estrategias Metodológicas propuestas de en función de articular el proceso de tramitación, para su posterior entrada en vigencia de un instrumento de planificación territorial de acuerdo al artículo 2.1.11 de la OGUC, con lo establecido en el Decreto N°32 Ministerio Medio Ambiente, que aprueba Reglamento de la Evaluación Ambiental Estratégica, con las áreas y temas a abordar en la “CONSULTORIA TECNICA DE APOYO AL PROCESO DE APROBACION MODIFICACION DEL PRC DE LA COMUNA DE HUARA, LOCALIDADES HUARA – PISAGUA”, y los objetivos de la misma; la comprensión que se demuestre del trabajo a realizar y la consistencia interna del proceso metodológico que se propone para abordar cada una de las etapas, procesos, tareas y las particularidades del estudio del Instrumento de Planificación Territorial en aprobación, su profundización y presentación, la organización, secuencias de actividades, el tiempo y recursos asignados a cada una de ellas en cada etapa del estudio.
Se valorará el planteamiento propio que el oferente tiene sobre el tiempo de cada una de las etapas a modo de abordar la consultoría para llegar a una propuesta de cronograma con sentido, a la luz de lo estipulado en la normativa vigente del área de medio ambiente y LGUC/OGUC evitando en lo posible la trascripción de la metodología planteada en las presentes Bases y/o TDR, ya que éstas son solo referencias generales para entender el contexto del estudio.
Dado lo anterior cabe señalar que se evaluarán del siguiente modo los siguientes aspectos:
• Planteamiento del Desarrollo Metodológico de la consultoría.
Atributos y claridad del desarrollo metodológico y su capacidad
para recoger lo planteado en las Bases y sus Anexos.
Posee un Planteamiento de la Metodología organizado y estructurado de tiempos ,etapas, áreas de trabajo, hitos, puntos críticos, etc. 100 pts.
Posee un Planteamiento de la Metodología 50 pts.
No posee un Planteamiento de la Metodología en los términos señalados 0 pts.
• Plan de Trabajo en terreno para el desarrollo del estudio y trabajos desarrollados para la elaboración de la consultoría.
Despliegue en terreno para el desarrollo de los trabajos en base a cantidad de tiempo destinado y calidad de actividades programadas.
Posee Plan de Trabajo en terreno para el desarrollo de la consultoría y trabajos desarrollados para la elaboración del de la consultoría detallado por etapas y sus hitos a desarrollar, con los insumos necesarios de confeccionar, gestionar en cada etapa o fase de desarrollo del proceso de aprobación. 100 pts.
Posee Plan de Trabajo en terreno para el desarrollo de la consulta y trabajos desarrollados para la fase de aprobación sin detalle por etapa. 50 pts.
No posee Plan de Trabajo en terreno para el desarrollo de la consulta desarrollada para la consultoría. 0pts.
• Metodología y Plan de Coordinación para la Consulta Pública.
Propuesta metodológica que asegure el desarrollo óptimo según normativa vigente de la Consulta Pública informada y la forma en que se integran los resultados de ésta, en todas las fases de la consultoría.
Posee Metodología y Plan de Coordinación para la consulta pública definidos en concordancia con las etapas planteadas y normativa vigente. 100 pts.
Posee Metodología y Plan de Coordinación para la consulta pública pero sin definición 50 pts.
No posee Metodología y Plan de Coordinación para la consulta publica 0pts.
• Metodología, Mecanismo y Plan de trabajo para la difusión, información y coordinación.
Tomará en cuenta los Mecanismos de trabajo, coordinación para la difusión, entrega de información oportuna y coordinación intersectorial que se presenten en el proceso
Posee Metodología, Mecanismo y Plan de trabajo para la difusión, información y coordinación, detallada para cada etapa según corresponda, y para consultoría en general 100 pts.
Posee Metodología, Mecanismo y Plan de trabajo para la difusión, información y coordinación. 50 pts.
No Posee Metodología, Mecanismo y Plan de trabajo para la difusión, información y coordinación. 0pts.
• Innovación en las Tecnologías y Metodología para desarrollar de la consultoría
Calidad innovadora de las tecnologías y metodología consideradas para el desarrollo del estudio.
Posee Innovación en las Tecnologías y Metodología para desarrollar el Estudio. 100 pts.
Posee Innovación en las Tecnologías o Metodología para desarrollar el Estudio. 50 pts.
No posee Innovación en las Tecnologías y Metodología para desarrollar el Estudio 0 pts.
• Demuestra conocimiento y claridad del proceso de Aprobación EAE y 2.1.11 OGUC
Demuestra conocimiento y claridad del procedimiento de la Aprobación EAE y 2.1.11 OGUC, con cronograma establecido y las vincula al desarrollo de la consultoría según bases 100 pts.
Demuestra conocimiento y claridad del procedimiento Aprobación EAE y 2.1.11 OGUC 50 pts.
No demuestra conocimiento y claridad del proceso de Aprobación EAE y 2.1.11 OGUC 0 pts.
• Plazo ofertado y coherencia entre los plazos de cada etapa
Plazo ofertado y coherencia entre los plazos de las etapas y sus contenidos, en función de lo establecido en las bases.
Posee Plazo ofertado y coherencia entre los plazos de cada etapa en función de lo establecido en las base. 100 pts.
Posee Plazo ofertado. 50 pts.
No posee Plazo ofertado y coherencia entre los plazos de cada etapa. 0 pts.
9.1.2.- EQUIPO PROFESIONAL (EP):
Se calificará tanto la experiencia de la Empresa en la aprobación y elaboración de Instrumentos de Planificación Territorial (IPT), como del equipo profesional que participará en la consultoría, entendiéndose a aquellos como profesionales universitarios titulados cuyas profesiones guarden relación con los aspectos que engloba el estudio y que serán responsables de cada una de las tareas del IPT. Los integrantes del equipo profesional serán como mínimo aquellos establecidos por las presentes Bases en el punto 6 “Equipo Profesional”. Se pondrá mayor atención en aquellos que tengan experiencia en planificación territorial, aprobación de IPTs, procesos de evaluación ambiental estratégica.
La calidad curricular de la empresa y de sus integrantes, entregará mayor ponderación junto a aquellos currículos que cuenten con mayor experiencia en Instrumentos de Planificación Territorial y procesos de Aprobación con IPTs vigentes, también se evaluará de mejor manera a consultores que presenten equipos con perfiles profesionales superiores en cuanto a estudios de postgrado.
De acuerdo a lo anterior, se evaluarán los siguientes aspectos:
• Experiencia en trabajos similares con proceso de aprobación (EAE/2.1.11OGUC) culminado y entrada en vigencia.
El oferente posee experiencia en 5 o más en trabajos similares 100 pts.
El oferente posee experiencia en 3 ó 4 trabajos similares 50 pts.
El oferente posee experiencia en 1 ó 2 más trabajos similares 25 pts.
No posee experiencia en trabajos similares 0 pts.
• Experiencia en Instrumentos de Planificación Territorial (IPT), de escala Regional, Intercomunal y Comunal.
El oferente posee experiencia en 5 o más en IPT 100 pts.
El oferente posee experiencia en 3 o 4 en IPT 50 pts.
El oferente posee experiencia en 1 o 2 en IPT 25 pts.
No posee experiencia en IPT 0 pts.
• Equipo de profesiones establecidos por Bases.
Todos los profesionales cumplen con la experiencia sugerida 100 pts.
4 o más profesionales cumplen con experiencia sugerida 50 pts.
1 a 3 profesionales cumplen con experiencia sugerida 25 pts.
Ninguno de los profesionales cumple experiencia sugerida 0 pts.
• Estudios de postgrados de los integrantes del equipo.
Todos los profesionales poseen postgrados 100 pts.
4 o más profesionales poseen postgrados 50 pts.
1 a 3 profesionales poseen postgrados 25 pts.
0 profesional posee postgrados 0 pts.
9.1.3.- PLAN DE TRABAJO (PT):
Se estudiará y valorará la relación y coherencia existente entre la Metodología Propuesta, la organización y secuencias de actividades, la vinculación que debe existir entre la aprobación de Evaluación Ambiental Estratégica y la aprobación del 2.1.11 de la OGUC y recursos humanos asignados a las mismas, representada en la Carta Gantt.
Para el Plan de Trabajo se evaluarán los siguientes aspectos:
• Coherencia con la Metodología.
La propuesta incluye un P.T. coherente con la metodología y cada etapa, tarea y/o actividad justificada en relación de la asignación de tiempo, calendarización y objetivo a cumplir dentro del proceso aprobación de un IPT. 100 pts.
La propuesta contiene un P. T. con algunas incoherencias en la Metodología de las etapas y sin justificación del tiempo de cada una de ellas, calendarización y objetivo a cumplir dentro del proceso aprobación de un IPT. 50 pts.
El plan de trabajo no muestra coherencia con la Metodología 0 pts.
• Asimilación de los Objetivos de la Consultoría Técnica.
La propuesta incluye un Plan de Trabajo coherente con todos los objetivos generales y específicos de la Consultoría Técnica. 100 pts.
La propuesta contiene un Plan de Trabajo Basado solo en algunos objetivos generales y específicos de la Consultoría Técnica. 50 pts.
El Plan de Trabajo no muestra coherencia con los Objetivos generales y específicos de la Consultoría Técnica. 0 pts.
• Organización y secuencias de las actividades, en el proceso de aprobación
Todas las actividades se encuentran debidamente organizadas y en secuencia, relacionadas con el proceso de aprobación, según normativa vigente. 100 pts.
No todas las actividades se encuentran debidamente organizadas y en secuencia con el proceso de aprobación, según normativa vigente. 50 pts.
Las actividades no se encuentran organizadas con el proceso de aprobación, según normativa vigente. 0 pts.
• Organización y Experiencia del Oferente y su equipo profesional.
Organización y experiencia del oferente y equipo profesional basado entre 4 o más de estudios de IPT finalizados y aprobados. 100 pts.
Organización y experiencia del oferente y equipo profesional basado entre 4 o más estudios de IPT finalizados y/o aprobados 50 pts.
Organización y experiencia del oferente y equipo profesional basado entre 2 o más procesos de estudios de IPT finalizados. 0pts.
• Experiencia del Oferente y su equipo profesional en procesos de aprobación finalizados y publicación en el Diario Oficial de IPTs.
Experiencia del oferente y equipo profesional basado entre 4 o más procesos de aprobación finalizados y/o Publicación en el DO de IPTs. 100 pts.
Experiencia del oferente y equipo profesional basado entre 2 o 3 Procesos de Aprobación y/o Publicación en el DO de IPTs. 50 pts.
Experiencia del oferente y equipo profesional basado entre 0 a 1Procesos de Aprobación y/o Publicación en el DO de IPTs. 0 pts.
Organización y secuencias de las actividades, para efectos de verificar la comprensión del encargo, respecto del proceso de aprobación de la EAE/IPT.
• Tiempo y recursos humanos asignados por actividad.
Se indican los tiempos asignados al recurso humano en cada tarea y/o actividad 100 pts.
Se indican parcialmente o de manera incompleta los tiempos asignados al recurso humano 50 pts.
No se indican los tiempos asignados al recurso humano 0 pts.
9.2.- CALIFICACIÓN DE PROTECCIÓN DE CONDICIONES LABORALES (PCL):
Se tendrán en consideración las propuestas que ofrezcan las mejores condiciones de empleo y remuneraciones, lo cual se evaluará en atención a si poseen incumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. Lo anterior se verificará de acuerdo a lo acreditado en el correspondiente certificado de antecedentes laborales y previsionales acompañados de una fecha de antigüedad no superior a 10 días contados hacia atrás desde su presentación. Esta evaluación de las condiciones laborales equivale a un 5% del total. Para esto se evaluará el siguiente aspecto:
Acompaña certificado que da cuenta del cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales 100 pts.
El certificado da cuenta de incumplimiento en sus obligaciones laborales o previsionales o no se acompaña 0 pts.
9.3.- CALIFICACIÓN CUMPLIMENTO FORMALES DE BASES (CCB)
• Cumple la totalidad de los requisitos formales solicitados en bases según lo estipulado en Art.40 del Reglamento de Compras
Cumple con la totalidad de los requisitos formales solicitados en bases según lo estipulado en Art.40 del Reglamento de Compras 100 pts.
No cumple con la totalidad de los requisitos formales solicitados en bases según lo estipulado en Art.40 del Reglamento de Compras, (Aun cuando lo haya acompañado con posterioridad al cierre de la presentación de oferta a solicitud de esta SEREMI) 0 pts.
9.4.- CALIFICACIÓN FINAL
• Para el cálculo de la Calificación de propuesta Técnica (CPT) se ponderarán los aspectos anteriores en los siguientes porcentajes, respectivamente:
EM EP PT PCL CCB
40% 25% 20% 5% 10%
La calificación final se obtendrá al evaluar con notas del 0 al 100 en la siguiente tabla:
NOTA:
• 1, 2, 3, 4 y sucesivas corresponden a las eventuales ofertas recibidas en la Licitación. (referencial)
• Evaluador 1 y siguientes corresponden a los integrantes de la Comisión revisora designada para la calificación de las ofertas para el Estudio. (referencial)
9.4.- RESOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE
En caso que, una vez evaluadas las propuestas, dos o más proponentes obtuvieren igual suma total de puntos, la lista priorizada o ranking se ordenará en orden descendente de acuerdo al proponente que tenga el puntaje más alto en el factor EM. Si persistiere el empate, continuará ordenándose de igual forma según el orden de los factores establecidos en el punto 9.1.3 de las presentes Bases Administrativas (Estrategia Metodológica a desarrollar (EM); Equipo Profesional (EP); Plan de Trabajo (PT), Calificación de Protección de condiciones Laborales (PCL), Cumplimiento de bases (CCB).
La Comisión Evaluadora deberá presentar un informe detallado sobre el análisis y comparación de las propuestas, exponiendo las razones precisas en que se fundamenta la selección de la propuesta evaluada como la más conveniente, presentación que se traducirá en un informe de adjudicación que será publicado en el portal de la licitación.
En caso de presentarse una sola propuesta, la Comisión Evaluadora podrá proceder a realizar su evaluación, para analizar su adjudicación.
9.5. - CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Serán descalificadas las ofertas técnicas de los consultores que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Calificación en cualquier de los siguientes ítem: EM, EP, PT menor o igual a 40 (rechazada).
b) Calificación en dos o más Ítems entre 41 – 60.
c) Las Ofertas Técnicas que vengan condicionadas, en el sentido de no estar
claro que se ofrece, prestándose a más de una interpretación.
Conforme al artículo 9° de la Ley N° 19.886, la SEREMI MINVU declarará inadmisibles las ofertas que no cumplieren los requisitos establecidos en el punto 4 y 5 de las presentes Bases Administrativas u otros que las bases señalen y los documentos requeridos por la Ley 19.886. La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de rechazar fundadamente una, varias o todas las ofertas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación o declarar desierta esta licitación. Asimismo, toda información que demuestre ser falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad entre los oferentes, entregada en los documentos requeridos, será rechazada de plano, en cuyo caso los proponentes quedan inhabilitados para reclamar indemnización alguna.
10.- ADJUDICACIÓN
La adjudicación se resolverá dentro del plazo indicado en el Cronograma de Licitación. Sin perjuicio de la facultada de esta seremi, de postergar fundadamente dicho plazo de acuerdo a lo señalado en el D.S. N° 250/2004 del Min. Hacienda.
La SEREMI MINVU notificará su decisión a los oferentes mediante la publicación de la correspondiente resolución en el sitio www.mercadopublico.cl y se comunicará.
Las propuestas permanecerán vigentes por un plazo de 60 (sesenta) días corridos, pasado el cual, si la SEREMI MINVU no comunicara sus resultados, los Consultores podrán desistirse de ellas, quedando libres de todo compromiso. En el caso que no se hayan presentado ofertas, la propuesta será declarada desierta.
11.– CONTRATO
11.1.- SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación de la Propuesta, se notificará al adjudicatario, a través de su respectiva publicación en el portal www.mercadopublico.cl, conforme al artículo 6 del D.S. N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda. Al momento de la firma del contrato deberá encontrarse en calidad hábil, en el Registro de Chileproveedores y en calidad de vigente en el Registro de Consultores MINVU correspondiente, en caso contrario podrá estimar la Seremi que el oferente ha desistido de su oferta. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación deberá presentar a la SEREMI MINVU los documentos que se detallan a continuación para la firma del contrato correspondiente. No obstante, a lo anterior, y en el evento de producirse demoras justificadas, no imputables al Consultor, o de estimarlo necesario esta SEREMI, se otorgará un plazo adicional para la entrega de los antecedentes y firma del contrato:
A Declaración Jurada sobre Inhabilidades, Incompatibilidades y Prohibiciones del Oferente, para contratar según modelo contenido en Anexo B1de estas Bases Administrativas, con una antigüedad no mayor a 30 días de la fecha de presentación.
B Certificados de vigencia de la entidad con una antigüedad no mayor a 30 días de la fecha de presentación.
C En el evento de existir modificaciones al contrato de sociedad, no informadas en el registro de consultores, debe acompañarse respecto de ellas lo señalado en los puntos anteriores.
D Certificado de informe comercial emitido por una empresa especializada del ramo, que acredite no tener documentos protestados o impagos en el sistema financiero, emitido no antes de 5 días a la fecha de presentación.
E Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, de una data no mayor a 30 días.
F Copia del RUT de la empresa
G Fotocopia de la cédula de identidad del o los representantes legales de la persona jurídica.
I Instrumento de Garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según punto 13.2 de las presentes Bases.
J Original o copia autorizada ante notario del original del título o certificado de título profesional o técnico, de los integrantes del equipo a que se refiere el punto 6 de estas bases
K Declaración Jurada sobre Confidencialidad, según modelo contenido en Anexo I de estas Bases Administrativas.
Aquellos antecedentes que hayan sido presentados junto con la Oferta se entenderán como ya acompañados, siempre y cuando se encuentren vigentes. Para gestionar el contrato respectivo, el adjudicatario deberá contactarse con el coordinador del estudio.
No se exigirán aquellos documentos presentados, en las condiciones señaladas, para su inscripción o actualización en el registro de consultores del Ministerio de la Vivienda, o aquellos que hubiesen sido acreditados y se encuentren disponibles en el portal de mercadopublico.cl.
Si el Oferente es una Universidad, sólo deberá acompañar una copia de los siguientes documentos de identificación del oferente:
1. Instrumento en que conste su constitución o existencia legal.
2. Instrumento en que conste el nombramiento del Rector, del decano y/o de la persona que comparezca en representación de la Universidad.
Todos los documentos se solicitan ser ingresados en formato PDF. Las propuestas que no incluyan los antecedentes y condiciones indicadas serán rechazadas.
Tampoco serán exigibles aquellos documentos que se encuentren, en las condiciones señaladas, debidamente acreditados en el registro de proveedores de mercadopúblico
11.2. - DESISTIMIENTO DEL OFERENTE ADJUDICADO.
En caso de que el adjudicatario no cumpla dentro del plazo con las obligaciones establecidas en el punto precedente o de no concurrir a su firma, podrá entenderse por la SEREMI, que desiste de su oferta, pudiendo este servicio hacer efectiva el instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta. Asimismo, la SEREMI MINVU podrá contratar la siguiente oferta más conveniente de acuerdo a la evaluación, siempre que su calificación no sea inferior al 65% del puntaje total.
11.3. - DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO.
Forman parte integrante del Contrato las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, sus Anexos, las Respuestas y/o Aclaraciones y modificaciones a las Bases, si las hubiere, la Oferta Técnica presentada por el Consultor
11.4.- SANCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO.
El Contrato del Estudio que se suscriba con el Oferente será sancionado mediante Resolución Exenta de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá. El contrato entrará en vigencia desde que se notifica al Consultor que el instrumento que lo aprueba ha sido totalmente tramitado. La notificación se efectuará mediante publicación de la misma en el portal de chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en al art. 6° del D.S. N° 250/2004 del Min. Hacienda.
11.5.- GASTOS DEL CONTRATO.
Todos los gastos, pagos e impuestos que deriven de la ejecución del Estudio y del cumplimiento del Contrato, serán de cargo exclusivo del Consultor.
11.6.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
Corresponderá a la SEREMI, la interpretación del Contrato que se suscriba, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República.
11.7.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
Podrán efectuarse solamente en aspectos que no afecten el principio de igualdad de los proponentes y la normativa que rige este tipo de contratación, siempre que exista acuerdo mutuo entre las partes contratantes, fundamentadas en informes escritos. Cualquier modificación que se acuerde introducir estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
12.- ETAPAS Y MODALIDAD DE PAGO
El precio del estudio será pagado por parcialidades, mediante cuatro Estados de Pago, correspondientes a cada una de las etapas, los que se presentarán a la SEREMI MINVU. Las etapas se entenderán cumplidas previa aprobación del correspondiente informe entregado por el consultor, lo que deberá efectuarse mediante informe técnico aprobatorio de la contraparte técnica, una vez subsanadas las observaciones, si las hubiere y entregados los productos que involucra cada etapa.
Cabe hacer presente que el pago de la Sub etapa 2.2; “APROBACIÓN 2.1.11 OGUC”, por $7.500.000.-, será de cargo de la Ilustre Municipalidad de Huara, según el convenio adscrito con esta SEREMI MINVU, aprobado mediante Resolución Exenta N° 868/2018 de esta SEREMI.
El pago de las etapas, se efectuará en las siguientes proporciones del valor total del Estudio.
ETAPAS DURACION % PAGO DEL TOTAL ETAPA
ETAPA 1: REVISION Y AJUSTE DEL ESTUDIO E INCIO DEL PROCESO DE APROBACIÓN DEL PLAN 25 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor) 36% $18.200.000
ETAPA 2: PROCESO DE APROBACIÓN AMBIENTAL, LEGAL (2.1.11 OGUC) Y APOYO MUNICIPAL. PLAZO REFERENCIAL 270 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor) 54%
(suma de sub etapas 2.1 y 2.2) $26.800.000
SUB ETAPA 2.1 “AUDIENCIAS PUBLICAS , INSTANCIAS DE CONSULTAS Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONALES” PLAZO REFERENCIAL 120 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor) 39% $19.300.000
SUBETAPA 2.2: “APROBACIÓN 2.1.11 OGUC” 150 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor) 15% $7.500.000
ETAPA 3: PROMULGACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE HUARA, LOCALIDADES HUARA – PISAGUA PLAZO REFERENCIAL 45 DIAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor) 10% $5.000.000
TOTAL 340 días 100% $50.000.000
(Plazo máximo a ofertar total del estudio 340 días)
En cada estado de pago el consultor ingresará vía oficina de partes, junto con los documentos de pago, un informe detallado donde conste fecha de término de la etapa en evaluación y fecha de recepción en Oficina de partes de la SEREMI MINVU, Plazo efectivo de entrega de lo contratado. El plazo efectivo de ejecución de los trabajos, será el utilizado por el consultor para la ejecución de éstos más el utilizado para la solución de las observaciones requeridas por la Contraparte Técnica, en caso que las hubiese, lo cual será visado por el coordinador del estudio.
El consultor deberá entregar al Coordinador del estudio los siguientes documentos que forman parte de los estados de pago antes señalados:
a Carta con un informe detallado de los trabajos que se están entregando, el número de documentos entregados y el porcentaje de avance al que corresponde, solicitando la recepción de la presente entrega. Sin perjuicio de lo señalado para la etapa V, en las respectivas bases técnicas
b Los productos, según lo señalado en las Bases Técnicas, de acuerdo a la etapa respectiva.
c Certificado que acredite cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con una antigüedad no superior a 10 días.
d Estado de Pago correspondiente a la etapa, según formato indicado en el ANEXO M.
e La Boleta o Factura correspondiente a los estados de pago acordados, indicando el detalle de la etapa que se pagará, y el presupuesto a la cual se carga.
Con relación al punto e, precedente, el documento deberá ser emitido con los siguientes datos:
Nombre: Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá
Dirección: Patricio Lynch N° 50, Iquique.
R.U.T: 61.802.001-0
Glosa: Consultoría Técnica
“Licitación ID ……………. : “APOYO AL PROCESO DE APROBACION MODIFICACION DEL PRC DE LA COMUNA DE HUARA, LOCALIDADES HUARA – PISAGUA” COD. BIP 30484196-0”.
En tanto, para el pago de la etapa 2.2., el documento deberá ser emitido con los siguientes datos:
Nombre: Ilustre Municipalidad de Huara
Dirección: Vicuña Mackenna s/n°, Huara.
R.U.T: 69.010.200-5
Glosa: Consultoría Técnica
“Licitación ID ……………. : “APOYO AL PROCESO DE APROBACION MODIFICACION DEL PRC DE LA COMUNA DE HUARA, LOCALIDADES HUARA – PISAGUA” COD. BIP 30484196-0”.
Para su cancelación, los Estados de Pago deberán contar con el visto bueno del Coordinador del Estudio.
Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
13.- INSTRUMENTO DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Y FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
13.1.- SERIEDAD DE LA OFERTA.
Se caucionará mediante un único instrumento de garantía por un monto de $1.000.000.- (un millón de pesos), con una vigencia de a lo menos 60 días corridos, a contar de la fecha de cierre para la recepción de ofertas, a nombre del “Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá.”, con carácter irrevocable, pagadera a la vista a su sola presentación. Si encontrándose próxima la fecha de vencimiento del instrumento de Garantía (10 días del término del plazo), aún estuviere pendiente la firma del contrato con la persona natural o jurídica adjudicada, ésta deberá prorrogar la vigencia de la misma; en caso contrario el Secretario Regional Ministerial previo informe emitido por la contraparte técnica podrá hacerla efectiva. Este instrumento de garantía debe ser ingresado por oficina de partes de la SEREMI MINVU, antes de las 12:00 hrs. del día fijado para la presentación de las ofertas.
El instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelto a los proponentes, mediante el endoso correspondiente, una vez efectuada la notificación de la adjudicación de la propuesta, a excepción de los seleccionados en segundo y tercer lugar, a quienes se les restituirá una vez que se encuentre totalmente tramitado el instrumento que apruebe el contrato suscrito con el Consultor.
Al Consultor adjudicado le será devuelta una vez que entregue un nuevo Instrumento de Garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, previo a la suscripción de éste.
El instrumento de garantía deberá constar en pesos chilenos, pagadero a la vista e irrevocable y debiendo ser tomado por el oferente y cuyo cobro pueda efectuarse en la ciudad de Iquique. En caso que por la naturaleza del instrumento de garantía no incluya la glosa, esta podrá constar en el anverso o en declaración jurada ante notario adjunta. El caso que el instrumento corresponda a una póliza de seguros, esta no podrá contener cláusula de arbitraje.
13.2.- EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Se caucionará mediante un instrumento de garantía un valor de $2.500.000.- (dos millones quinientos mil pesos) con una vigencia igual a un plazo de 120 días corridos sobre el término plazo fijado para la consultoría técnica, este instrumento se presentará en la oficina de partes de la SEREMI MINVU para la suscripción del contrato. Si a 30 días de la expiración de su vigencia, aún se encontraren pendientes obligaciones del consultor, deberá renovar el instrumento referida por un período adicional de 90 días, cuantas veces sea necesario, hasta total de las obligaciones a que se refieren estas bases. En caso de no hacerlo, la SEREMI MINVU estará facultada para hacer efectiva el instrumento de garantía.
Transcurrido el plazo señalado y no existiendo observaciones u obligaciones pendientes se procederá previo visto bueno del Coordinador del proyecto a la devolución del instrumento respectivo.
El instrumento de garantía deberá constar en pesos chilenos, pagadero a la vista e irrevocable y debiendo ser tomado por el oferente y cuyo cobro pueda efectuarse en la ciudad de Iquique. En caso que por la naturaleza del instrumento de garantía no incluya la glosa, esta podrá constar en el anverso o en declaración jurada ante notario adjunta. El caso que el instrumento corresponda a una póliza de seguros, esta no podrá contener cláusula de arbitraje.
Será responsabilidad del consultor, mantener vigente la garantía vigente en caso de que a la fecha de término existan obligaciones pendientes o en caso de prórroga.
La Seremi podrá hacer efectiva la garantía en los siguientes casos:
Incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases o el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del proveedor. Lo anterior en los casos que se señale en estas bases.
Multa por atraso.
No renovación oportuna de garantía.
Incumplimiento del proveedor de obligaciones laborales y/o sociales.
Las demás que señalen la ley o estas bases
Las garantías a que se refieren estas bases se harán efectiva administrativamente, sin forma de juicio, ni necesidad de requerimiento previo.
En caso de cobro, el proveedor deberá reponerla en el plazo de 05 días al cobro, so pena de término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna.
13.3. - EL DETALLE DE LOS INSTRUMENTOS DE GARANTIA.
Los instrumentos de garantía, deberán ser adquiridas en una entidad bancaria chilena o con sucursal en Chile, y poseer el siguiente detalle:
Monto: Según Ítem (Seriedad de la Oferta / Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato).
Ser nominativa a nombre:
- SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO DE TARAPACA
- Dirección: PATRICIO LYNCH 50 Iquique.
- Rut: 61.802.001-0
Nombre Oferente: Oferente que toma el instrumento.
En Glosa señalar el motivo de la Caución de acuerdo a lo señalado en las bases
Vigencia: Según lo establecido en las presentes Bases.
14.- PLAZOS DEL ESTUDIO
Este estudio se inicia a partir del día siguiente de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl, de la resolución que aprueba contrato correspondiente y tiene un plazo máximo para su ejecución de 340 días corridos. Plazo que involucra el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones del consultor.
El Consultor, podrá modificar en su oferta, los plazos sugeridos para cada etapa, pero en ningún caso podrá ofertar un plazo máximo distinto al señalado previamente (380 días corridos).
Plazos sugeridos para cada etapa:
ETAPAS DURACION
ETAPA 1: REVISION Y AJUSTE DEL ESTUDIO E INCIO DEL PROCESO DE APROBACIÓN DEL PLAN 25 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor)
ETAPA 2: PROCESO DE APROBACIÓN AMBIENTAL, LEGAL (2.1.11 OGUC) Y APOYO MUNICIPAL. PLAZO REFERENCIAL 270 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor)
SUB ETAPA 2.1 “AUDIENCIAS PUBLICAS , INSTANCIAS DE CONSULTAS Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONALES” PLAZO REFERENCIAL 120 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor)
SUBETAPA 2.2: “APROBACIÓN 2.1.11 OGUC” 150 DÍAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor)
ETAPA 3: PROMULGACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE HUARA, LOCALIDADES HUARA – PISAGUA PLAZO REFERENCIAL 45 DIAS (No incluye plazos de revisión de la contraparte técnica y corrección del consultor)
TOTAL 340 días
No obstante lo anterior, y solo por causas debidamente justificadas, o no imputables al consultor, el Seremi, previo informe favorable del Coordinador del Estudio, podrá suspenderlo temporalmente; todo lo cual deberá ser solicitado y autorizado por escrito. El plazo total no incluye los períodos de revisión por la Contraparte Técnica del estudio, de cada una de las etapas propuestas por el Oferente. Tampoco es imputable al plazo total, el plazo fijado para la corrección N° 1 de cada etapa, según el cuadro que se indica más abajo.
Los días en que la Contraparte Técnica exceda los plazos preestablecidos para revisión, no serán imputables como atraso al Consultor.
Los días en que el Consultor exceda de los plazos establecidos para cada etapa, así como en las correcciones que excedan el plazo fijado para la “Corrección 1”, de cada etapa, serán imputables como atraso y, por tanto, objeto de multas según el punto 15 siguiente, salvo que no fuere imputable al Consultor, lo que deberá justificar por escrito ante la Contraparte Técnica.
Si en alguna corrección N° 1 de cada etapa, el Consultor utiliza una menor cantidad de días, el saldo restante será considerado en una eventual segunda corrección de la misma etapa, a fin de disminuir el monto de las multas, o podrá traspasarse a la corrección, de otra etapa en que requiera más días que los preestablecidos.
Se hace presente que; lo que exceda del plazo fijado para la corrección N° 1, será objeto de multa por atraso, por ende, se incluye como tal, la corrección 2 y otras.
Plazos Revisión - Corrección ( en días)
ETAPA REVISÓN CORRECCIÓN 1 REVISIÓN 2 CORRECIÓN 2 REVISIÓN 3 PLAZO TOTAL
1. 10 DIAS HÁBILES 20 CORRIDOS 10 DIAS HÁBILES 10 CORRIDOS 7 DIAS HÁBILES 30 CORRIDO
2.1. 10 DIAS HÁBILES 20 CORRIDOS 10 DIAS HÁBILES 10 CORRIDOS 7 DIAS HÁBILES 30 CORRIDO
2.2. 10 DIAS HÁBILES 20 CORRIDOS 10 DIAS HÁBILES 10 CORRIDOS 7 DIAS HÁBILES 30 CORRIDO
3. 10 DIAS HÁBILES 20 CORRIDOS 10 DIAS HÁBILES 10 CORRIDOS 7 DIAS HÁBILES 30 CORRIDO
Los plazos establecidos para revisión por parte de la contraparte técnica serán de días hábiles comprendiéndose por inhábiles aquellos señalados en el artículo 25 de la Ley N° 19.880. Los plazos de revisión no serán imputables a los plazos propios del estudio, sin embargo, deben ser considerados para efectos administrativos. Los plazos de corrección referidos se contarán a partir de la fecha de notificación del oficio en que se le comunican al Consultor las observaciones. La citada notificación se podrá efectuar personalmente o vía correo electrónico dirigido a la dirección fijada para este efecto en Anexo A. La notificación se entenderá practicada desde la fecha en que conste el retiro personal del oficio respectivo o desde la emisión del correo correspondiente por parte del Coordinador del proyecto.
Si cumplidas las instancias de corrección, con su respectiva revisión, y vencidos los plazos totales señalados en el respectivo cronograma, subsisten observaciones, la SEREMI MINVU, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato o de señalar un nuevo plazo al Consultor para que corrija las observaciones. Este plazo y el que emplee la Contraparte Técnica para su revisión, se imputará como atraso al Consultor, dando lugar a las multas señaladas en el punto 15 de estas Bases Administrativas. Cuando los plazos expiran en día sábado, domingo o festivo, se entenderá que se cumplen al día hábil siguiente.
La recepción conforme de una etapa y el inicio de la siguiente se entenderán ocurridos con la notificación respectiva, de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior.
15.- ATRASOS Y MULTAS
Por cada día de atraso en que incurra el Consultor respecto del plazo y obligaciones establecidas en los puntos 6 (Equipo Profesional) y 14 (Plazos de Estudio), referidos al cambio de profesionales y atrasos en la entrega de productos, correcciones que excedan el plazo fijado, siempre que éste no sea imputable a fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará una multa por día de atraso equivalente a $70.000.- setenta mil pesos, suma que se descontará del siguiente estado de Pago del Estudio. También será imputable al plazo del estudio el o los plazos de revisión de las observaciones que subsistan luego de la segunda corrección.
El atraso injustificado en más de 30 días corridos imputables al Consultor para la aprobación de una etapa, facultará a la SEREMI MINVU, previo informe de la Contraparte Técnica, poner término anticipado al contrato, haciendo efectiva el instrumento de garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin derecho a indemnización alguna.
El monto acumulado de multas no podrá sobrepasar el 8.4% del valor total del estudio. Si lo sobrepasara, la SEREMI MINVU podrá resolver administrativamente el contrato y hacer efectiva el instrumento de garantía, pagando al Consultor las etapas aprobadas por la Contraparte Técnica, previamente deducidas las multas que correspondan. A la vez se informará al Registro Nacional de Consultores del MINVU para aplicar las sanciones que correspondan.
MULTA POR RECHAZO
Si un informe es rechazado por segunda vez, la SEREMI -MINVU cobrará una multa ascendente $180.000, ciento ochenta mil pesos, por cada día que transcurra entre la comunicación del rechazo del informe y la entrega de una nueva versión del mismo.
Si el monto de cualquiera de las multas indicadas, no fuere cubierto por el saldo pendiente se procederá al cobro del correspondiente instrumento de garantía.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado
16.- CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y COBRO DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, el Contrato del Estudio podrá terminar anticipadamente, sin derecho a reclamar indemnización alguna por parte del Consultor, en los siguientes casos:
• El representante legal, socio o accionista de la empresa adjudicataria es declarado reo por delito que merezca pena aflictiva.
• Se produce quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia por parte de la empresa consultora.
• La consultora no acata órdenes e instrucciones que imparta la Contraparte Técnica.
• La consultora no cumple el contrato en los plazos y condiciones establecidas.
• Los productos quedan con defectos graves por errores del consultor y éstos no puedan ser reparados o subsanados.
• Se modifica o alteran los productos sin la debida autorización de la Contraparte Técnica.
• La consultora realiza traspaso, a cualquier título, del contrato.
• Si la consultora demuestra incapacidad técnica para ejecutar los productos.
• Si la consultora no se ajusta a las bases de la licitación en la ejecución del contrato.
• Por mutuo acuerdo de las partes. En el evento que, transcurridos seis meses desde la conclusión y pago de la Etapa 2 del estudio, no ha podido ejecutarse la Etapa 3 ”Promulgación del Plan Regulador Comunal de Huara, Localidades Huara - Pisagua”, por Razones ajenas al consultor, las partes podrán poner término de común acuerdo al contrato.
Por incumplimiento del Consultor en las obligaciones que impone el Contrato del Estudio, sea total o parcialmente, ya sea en el aspecto técnico o formal (no cumplir con los requerimientos técnicos en una o más etapas del estudio; elaboración del estudio sin la participación de los profesionales señalados en su oferta; no subsanar las observaciones de la Contraparte Técnica; hacer uso particular y difusión de los resultados sin la expresa y previa autorización de la SEREMI MINVU etc.), y especialmente en los casos señalados en las presentes Bases.
En tales casos, se cancelarán sólo las etapas del estudio que se encuentren aprobadas por la Contraparte Técnica. En caso de que el Contrato termine anticipadamente por incumplimiento del Consultor, procede ponerle término anticipado administrativamente con cargo, y hacer efectiva el instrumento de Garantía del fiel y oportuno cumplimiento del Contrato.
El término anticipado se materializará, dando al Consultor un aviso mediante envío de carta certificada remitida al domicilio que conste en el contrato con, a lo menos, diez días corridos de anticipación a la fecha en que dicho término haya de producir sus efectos, sin que el consultor tenga derecho a indemnización alguna.
El término anticipado del contrato por cualquiera de los motivos señalados en las presentes bases dará derecho a la SEREMI MINVU, a realizar un nuevo llamado a Licitación Pública, para adjudicar las obras remanentes por su costo equivalente, a los proponentes que se presentaron a la licitación original.
Finalmente, transcurridos los seis meses sin resultados respecto de la Etapa 3 de “Promulgación del Plan Regulador Comunal de Huara, Localidades Huara – Pisagua”, y habiendo dado término al contrato de mutuo acuerdo de las partes, se podrá comprometer un pago máximo del 50% del monto total de la Etapa 3, siempre que el consultor haya realizado gestiones adicionales asociadas a la etapa, por ejemplo, responder observaciones. Dicho pago se realizará mediante entrega de Informe ingresado a la SEREMI MINVU y aprobado por la contraparte técnica. De no haber gestiones adicionales por parte del consultor en el transcurso de los de los seis meses de la Etapa 3, y habiendo dado término al contrato de mutuo acuerdo de las partes, no se comprometerán pagos asociados a la Etapa y se devolverá el instrumento de Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
17. - PRESENTACION DE LAS ENTREGAS DE ETAPAS Y CAUSAL DE RECHAZO DE RECEPCION.
17.1. - NORMAS MÍNIMAS DE PRESENTACIÓN DE ETAPAS.
Cada una de las etapas del Estudio deberá consultar las siguientes normas mínimas de presentación e incluirán los tópicos y exigencias establecidas en las Bases:
a) Los antecedentes que conforman la entrega de c/u de las etapas deberán presentarse foliados en un archivador por ejemplar, debidamente caratulado e individualizado.
b) Formato tamaño carta.
c) Cada archivador debe consultar su respectivo índice
d) Dentro de cada archivador, los temas deberán venir con separadores.
e) Dentro de cada tema se insertarán los planos correspondientes, debidamente individualizados y numerados, y en directa relación con el texto al cual acompaña.
f) Ancho máximo de planos: 90 cm.
g) Al término de cada etapa, se acompañarán los archivos digitales de todos los antecedentes y documentos de la etapa, en disco compacto. La información digital de bases de datos y cartografía debe ser en ArcGis, Autocad o formato afín, cada uno debe incluir la data respectiva.
Los antecedentes de las distintas Etapas se presentarán en la cantidad y calidad de ejemplares indicadas en las Bases Técnicas. Se deberá considerar las copias en papel Bond de todos los planos finales oficiales que por ley deben firmar las autoridades correspondientes.
Los planos se entregarán digitalizados sobre base cartográfica aero fotogramétrica georreferenciada, a escalas a definir en la etapa de proposición de alternativas. De cada uno de ellos se entregarán 6 copias además de los respectivos originales en impresión física y los CD correspondientes; las copias de planos además de otros documentos gráficos como fotografías, gráficos, etc. se entregarán formando carpetas y archivos digitales con el objeto de que se puedan reproducir.
El registro de planos e información deberá quedar citado en los textos y/o plano, como fuente de información, si fuera necesario se reproducirán en lo pertinente en un apartado que no se considera parte misma del trabajo a realizar por el equipo Consultor, pero sí necesario para su complementación y fundamentación. En la etapa final del estudio deberá entregarse tres o más CDs, los archivos que conforman los gráficos, tablas y base de datos que sean parte del Estudio y que hayan sido creados mediante aplicaciones del Sistema de Información Geográfico ArcGis. Se incluirá además un manual explicativo y un índice de los contenidos de los CD que facilite la búsqueda temática y la manipulación expedita del material.
El Consultor que se adjudique la propuesta deberá considerar a lo menos los siguientes requerimientos por Etapa.
a Resumen Ejecutivo de cada una de las etapas del estudio, con un número de 4 ejemplares.
b Exposición, por parte del equipo Consultor que se adjudique la propuesta, de cada una de las etapas del estudio, considerando local, medios audiovisuales, medios gráficos, difusión, programa y servicio de cafetería.
c Las exposiciones señaladas en el punto anterior deberán contemplarse en el calendario de actividades que proponga el Consultor, esta actividad deberá realizarse inmediatamente a continuación de la entrega de la etapa correspondiente al mandante.
d Considerar a lo menos una reunión intermedia con la contraparte técnica antes de finalizar cada una de las etapas correspondientes del estudio.
e Resumen Ejecutivo del trabajo final que, en forma sintética, resuma el contenido completo del Estudio en referencia, con un número según sea el número de integrantes de la contraparte técnica. (Acordar con el coordinador del estudio)
f Asimismo, el Consultor deberá preparar los documentos descriptivos y gráficos que permitan la divulgación del Estudio para su exposición mediante Proyección audiovisual.
17.2.- CAUSALES DE RECHAZO DE ENTREGA DE ETAPAS.
Dentro de los 5 primeros días hábiles posteriores al ingreso por Oficina de Partes de los antecedentes correspondientes a la entrega de una etapa o a la entrega de la corrección de observaciones, se procederá a revisar que la entrega contenga los documentos y antecedentes solicitados en Bases y ofertados por el Consultor. En caso de incumplimiento, se rechazará la entrega y se devolverán los antecedentes mediante oficio del Coordinador del Estudio. En esta situación, se considerará la etapa o la corrección de observaciones, como no entregada.
18.- CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
El Consultor acepta y declara que todos los datos, documentos, registros, resultados, informes, comunicaciones y toda otra información que se adquiera o desarrolle en el curso del cumplimiento del presente contrato, se tratará como información confidencial. El Consultor se obliga a que los integrantes de su equipo de trabajo y/o sus contratistas guarden igual celo en el mantenimiento de confidencialidad respecto de estas materias.
Al término del contrato, el consultor no podrá hacer uso ni explotación de la información generada durante el desarrollo del estudio, debiendo, una vez que la haya entregado a la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá, eliminarla de sus registros, en la forma que corresponda.
Junto con el informe final del estudio, el consultor deberá presentar una declaración jurada, autorizada ante notario, utilizando el formato incluido en el Anexo J de las presentes bases, en orden a no guardar copia alguna en texto, archivos magnéticos u otro medio, de datos y programas computacionales fuentes y ejecutables, desarrollados en el estudio. El consultor no podrá utilizar total o parcialmente los datos, resultados o antecedentes del estudio, sin la previa autorización por escrito de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá.
El incumplimiento de estas obligaciones autorizará a la Seremi MINVU para poner término anticipado al contrato y para iniciar las acciones legales correspondientes. No obstante lo anterior, las disposiciones de ésta cláusula no se aplicarán en los siguientes casos:
a) Cuando la información a la fecha en que se revela sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del Consultor, los integrantes de su Equipo de Trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas relacionadas con aquél.
b) Cuando por virtud de la ley, o por resolución judicial, el Consultor sea obligado a revelar la referida información.
19.- RESPONSABILIDADES LABORALES DEL CONSULTOR
Será obligación del Consultor mantener bajo su cargo y responsabilidad el personal adecuado para la ejecución del Estudio. Se deja expresamente establecido que dichos trabajadores no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con SEREMI MINVU. El Consultor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes, respecto de todos los integrantes de su Equipo de Trabajo. En consecuencia, el Consultor será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su Equipo de Trabajo.
20.- LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
El Consultor libera de toda responsabilidad a la SEREMI MINVU frente a acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones al derecho de autor, de marca, de propiedad intelectual y otros, utilizadas por él indebidamente.
21.- CAMBIO DE PROFESIONALES
Si el adjudicatario, en el lapso que medie entre la fecha de presentación de su oferta y el inicio del contrato, o bien, durante su ejecución, procediere a hacer cambios con respecto al personal que integra su equipo de profesionales, el o los profesionales de reemplazo deberán ser previamente aceptados por la Seremi –MINVU de Tarapacá, y no podrán tener inferior calidad técnica o experiencia que el o los profesionales que se postula reemplazar.
Para realizar dicho cambio, la Consultora Adjudicada deberá informar por escrito a La Seremi – MINVU Región de Tarapacá, adjuntando el Currículum Vitae del o los profesionales y Certificado de Título. Los antecedentes serán evaluados por la Seremi – MINVU Región de Tarapacá, informando en un plazo de 5 días hábiles la decisión del Servicio. De ser favorable la decisión, desde el día de notificación podrá asumir dicho Profesional.
Como consecuencia de lo anterior, el oferente adjudicado, deberá pagar a SEREMI -MINVU Región de Tarapacá una multa ascendente a 30 UF por cada profesional que sea reemplazado. Sin perjuicio de lo anterior, no regirá dicha multa, en el evento que el cambio de profesional se deba a un caso fortuito o de fuerza mayor debidamente acreditado, circunstancia que será sometida a la consideración de este Servicio.
Si el Consultor no dispone del profesional exigido, la SEREMI -MINVU podrá hacer efectiva el instrumento de Garantía por fiel cumplimiento.
22.- DOMICILIO, LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, el mandante y la consultora, según corresponda, fijan domicilio en la ciudad de Iquique, sometiéndose a la Ley Chilena y a la jurisdicción de los Tribunales del Iquique.
23.-PROPIEDAD INTELECTUAL
La propiedad intelectual de los informes, y todo el material que se produzca con motivo de la ejecución del Estudio, corresponderán al Estado de Chile.
a. El producto del trabajo que la Consultora desarrolle con ocasión del contrato, tales como, procedimientos, modelos, diagramas, u otros, serán de propiedad del Ministerio de Vivienda y Urbanismo quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el Consultor realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al contrato, sin la autorización previa, expresa y escrita de la SEREMI.
b. Todos los resultados intelectuales o materiales del presente contrato, sea que estén en soporte material o en soporte electrónico u otros, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad del Estado de Chile, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie para su uso en el Sector Vivienda, no pudiendo por tanto la Consultora realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al contrato, sin la autorización previa y expresa de ella.
24.-CESIÓN DEL CONTRATO
El Oferente que resulte adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o traspasar, parcial ni totalmente, a cualquier título ni bajo ninguna circunstancia, los derechos y obligaciones del contrato que se suscribirá en relación a la presente licitación, sólo se pagarán los Estados de Pago al titular del Contrato y no a sus cesionarios, cualquiera sea la denominación que tengan, tales como transferencia, cesión, traspaso, mandato para percibir, subrogancia, etc.
Por lo tanto, el Consultor no podrá ceder los derechos del Contrato ni a proveedores ni a empresas de Factoring, Bancos, celebrar contratos con prenda mercantil u otorgar poder para percibir a su nombre, a favor de terceros.
25.-PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER DISCREPANCIAS
Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico de la presente licitación y del contrato resultante.
En la eventualidad que durante el curso del Estudio se produjeran discrepancias en cuanto a lo previsto en los diversos documentos que rigen la realización del Estudio, la controversia se resolverá de acuerdo a lo que al respecto dispongan tales antecedentes, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a. Las bases administrativas y técnicas, incluidas las consultas, respuestas, modificaciones y aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las bases administrativas;
b. El contrato respectivo;
c. La oferta técnica y económica
d. Ajuste Metodológico
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación o servicio, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
26.-CALIFICACIÓN DEL CONSULTOR
En cumplimiento al Art. 29 del D.S. Nº 135/78 Reglamento del Registro Nacional de Consultores del MINVU y sus modificaciones posteriores, se procederá a calificar en el momento de recepción de los trabajos, al Consultor según lo indicado en el Título V “De las Calificaciones”.
Para estos efectos, se designará una comisión calificadora.
27.-SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Por el solo hecho de participar en la presente licitación, el oferente deberá dar cumplimiento a las políticas vigentes de seguridad de la información del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que se encuentran publicadas en el link http://documentos.minvu.cl/regionI/seremi/resoluciones_exentas/Documentos/res_ex_2019_2097.pdf , y sus correspondientes modificaciones.
28.-PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
29.-COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente provean los servicios que resulten adjudicados, no podrán ofrecer obsequios al personal del MINVU, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y el Ministerio, debiendo observar el más alto estándar ético.
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